Índice de contenidos
Número 523-524
- Presentación
- Estudios y notas
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Cuaderno
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De la experiencia jurídica al derecho
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Vigencia de la noción de Iglesia como sociedad jurídicamente perfecta y su anclaje en el derecho natural
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El deber de legislar en lo penal
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El positivismo judicial como reacción conservadora en el derecho constitucional estadounidense: una propuesta final al problema
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El derecho natural en el derecho administrativo. El caso de Francia
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- Crónicas
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Información bibliográfica
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John Finnis, Philosophy of law. Collected essays: volume IV y Religion & public reasons. Collected essays: volume V
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Walter Cardenal Kasper, El evangelio de la familia
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Francisco José Contreras, Catolicismo, liberalismo y ley natural
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Bernardino Montejano, Proyecto de reforma del Código Civil y Comercial: un análisis crítico
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Alain Laurent, En finir avec l'angélisme pénal
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Jean-Claude Magendie, Les sept péchés capitaux de la justice française
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Alain Laurent, En finir avec l'angélisme pénal
Alain Laurent, En finir avec l’angélisme pénal, París, Les Belles Lettres, 2013, 130 págs.
Ente escrito del ensayista Alain Laurent (1939), seguidor del «objetivismo» americano, fundador de la sección francesa de la Sociedad Ayn Rand –escritora estadounidense de origen ruso defensora del ultraindividualismo–, combate lo que llama el «angelismo penal» y que reputa no ser sino la vertiente judicial (y deletérea) de lo políticamente correcto. Que parte de una concepción descarriada –es el autor quien califica– del humanismo, surgido de una compasión blanda. Que une el irrealismo de una representación irenista del delincuente, transfigurado en víctima desgraciada que no aspira sino a la reinserción, con respuestas post-punitivas de eficacia problemática. Y que concluye en una política penal productora de impunidad y, de resultas, de injusticia e inmoralidad pública. Frente a este abolicionismo, así como frente al que denomina «populismo penal», caracterizado por el fervor punitivo a remolque de las sacudidas de la opinión pública, enuncia un principio fundamental –inspirado en las grandes figuras del humanismo liberal clásico (Locke, Kant, Humboldt, Constant, Tocqueville y Stuart Mill)–, el de que cuanto más se quiere vivir con libertad y seguridad en una sociedad abierta al pluralismo de los géneros de vida, más necesario es sancionar toda transgresión violenta de las mínimas reglas de conducta justa que la hacen posible.
Así pues, estamos ante una ilustración en sede penal de la tensión entre la modernidad y la posmodernidad. El autor rechaza a la segunda en nombre de la primera. Incluye erróneamente entre los agentes de la segunda a la Iglesia Católica, que se insertaría así en la estela del angelismo penal. Sin embargo, la posmodernidad es la exasperación de la modernidad. Y la Iglesia, con todas las debilidades que se pueden encontrar en la cultura católica hodierna, no puede avenirse con ésta, pero tampoco con aquélla. Por eso, para acallar esas críticas infundadas, no estaría de más recuperar los estudios de derecho penal en la tradición tomista y escolástica.
Juan CAYÓN