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Poder político y poder económico

PODER POLITICO Y PODER ECONOMICO
por
FRANCISCO Jost FERNÁNDEZ DE LA CIGOÑA.
Juan XXIII en M ater et M agistra (§ 108) expresó que las
nuevas características de la vida económica, «han contribuido a
crear en muchos la duda sobre
si, en las actuales circunstancias,
ha perdido su vigencia, o al menos ha disminuido en· importancia,
un principio de la doctrina económico-social firmemente ense­
ñado y propugnado por Nuestros Predecesores, a saber : el que
establece que
el derecho a la propiedad privada, incluso de los
. bienes de producción, le ha sido dado al hombre por la misma
naturaleza;..
Su respuesta (§ 109) fue rotunda: «Semejante duda debe
considerarse desprovista de todo fundamento. Porque, en efecto,
el derecho de propiedad privada, incluso el que se refiere a bie­
nes de producción, es válido en cualquier tiempo, puesto que ~stá
contenido en la misma naturaleza, la cual nos enseña que los
hombres son anteriores a la sociedad y que, por tanto, ésta debe
ordenarse al hombre como a su fin. Por otra parte, sería vano
reconocer el derecho de libre iniciativa en el campo económico
a los particulares si, al mismo tiempo, no se les concediera la
facultad de elegir y disponer libremente de los medios nece­
sarios
para ejercitar aquel derecho. Por último, la historia y
la experiencia atestiguan que allí donde los regímenes políticos
no reconocen la propiedad privada, incluida la de los bienes pro­
ductivos, allí se viola o se suprime por
compfoto el e"jercicio de
la libertad humana en sus aspectos fundamentales, lo cual de­
muestra evidentemente que el uso de ]a libertad encuentra su
garantía y su estímnlo en el derecho de propiedad».
Y
el Concilio Vaticano II en la Constitución Gauáium et
s¡,es (§ 71, ap. 2) continúa afirmando que: «La propiedad pri­
vada, o un cierto dominio sobre los bienes externos, aseguran
a
cada cual una zona absolutamente necesaria para la autonomía
personal
y familiar, y deben ser c_onsiderados como prolongación
de la libertad humana. Por último, al estimular el ejercicio de )a
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tarea y de la responsabilidad, constituyen una de las condiciones
de las libertades civiles».
¿ Por qué esa insistencia en el mismo principio de la pro­
piedad privada, antes, ayer y hoy?
Recuerdo que al estudiar Historia universal nos explicaron
que un grave defecto de la organización política y social en la
Edad Media fue la confusión del dominio y la soberanía, esto es,
del
poder económico y el poder político. Hoy resulta que no sólo
el socialismo, sino también
la tecnocracia lo propugnan, y que
la sinarquía pretende realizarla.
En esa confusión está la esencia
del
totalitarism10 que hace intervenir al Estado en todas las rel~­
ciones de la vida y fundamentalmente en las económicas (1).
Como Hayeck {2)
ha advertido: "Nuestra generación ha ol­
vidado que el sistema de la propiedad privada
es la más impor­
tante garantía de la libertad, no sólo para quienes poseen pro­
piedad sino también y apenas en menor grado, para quienes
no la tienen.
No hay quien tenga poder completo sobre nosotros,
y, como individuos, podemos decidir en lo que hace a nosotros
mismos gracias tan sólo a que el dominio de los medios de
producción está dividido entre muchas personas que actúan inde­
pendientemente. Si todos los medios de producción estuviesen en
una sola mano, fuese nominalmente la de la sociedad o la de un
dictador, quien ejercitase este dominio tendría un poder com­
pleto sobre nosotros". Halláríase en peligro definitivo no sólo
la libertad de trabajo, sino también con ella, la de residencia.
Eso lo sabían muy bien generaciones anteriores que defendían
"la Ubertad cvvif' como "la verdadera condición de los pueblos
libres", viendo
-según palabras de Qurán y Bas·(3}---------, "el mejor
testimonio de que la disfruta
un pueblo", "en la libertad de la
propiedad
y en la libertad de ,contratación". "Cuando más libre
es
un pueblo, más libre es su propiedad".
"La mejor de las libertades --:---'había escrito otro autor ca­
talán
(4)-es la que nos permite arreglar nuestro patrimonio
(1) Cfr. Emil Brunner, La Justicia, -trad. castellana· de Luis Re­
casens Siches---- México 1961, cap. XVI, pág. 175, y cap. XIX_, pág. 238
y sigs. Recomendarnos la lectura de la comunicación de J ean Madiran
Caracteres del totalitarismo moderno, en VERBO núm. 31, pág. 53 y sigs.
(2) Friedrick A. Hayeck, Ca,min.o de lri. servidwmbre, trad. española
de la 2.ª ed. inglesa. Madrid 1950, cap, VIII, pág. 107 y sigs.
(3) Manuel Durán y Bas, M em,oria acerca de las instituciones del
Derecho
civil de Cataluñ(l¡, Barcelona 1883, cap. IV, pág. 218.
(4) Félix M."' de Falguera, Idea general del Derecho Catalán,, su
espíritu y pn'ncip-ios que lo informan, en Conferencias del Derecho Ca-
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conforme a nuestro libre albedrío y no nos obliga a amoldarlo
a la ciega voluntad del Estado, que no puede saber
lo que nos
conviene. ¿ De qué nos sirven sin ésta, todas las demás libertades?
¿ Qué sacamos de ser reyes en el Parlamento si no podemos reinar
en nuestra casa?".
El académico francés Paul Bourget (5) observó hace unos
años un aspecto de la familia que también va olvidándose. Su
función como
órgano de duración o canseroadón de las adqu,i,si­
dones humanas de orden mate-ria,J, y m mitir,
la idea de la herencia, confiere a la propiedad un aspecto
distinto y trascendente como continuidad familiar y estabilidad
de la sociedad: "Es desarrollar en sí mismo --escribía-el sen­
tido de la responsabilidad frente al destinatario de esta riqueza,
así amasada y administrada, y es, por contrapartida, provocar
en el destinatario si tiene el corazón en su sitio, sentimientos no
menos preciosos...
La noción de propiedad se ennóblece... Se
transforma como en un depósito. El titular no se considera con
todos los derechos sobre esta tierra, sobre esta casa. Un con­
trato tácito le vincula a sus predecesores
y a sus sucesores ... "
Función que justifica ese contraste de destinos que, a priori, quizás
parezca cruehnente injusto: contemplar que tal hijo encuentra
en la cuna una posición distinta de la de sus hermanos.
Pero se
comprende viendo que de reprimirse esa desigualdad "se pro­
duce el mal mayor de destruir ese órgano de duración, como mues­
tra la historia".
Y cuanto decimos de la propiedad y de la sucesión en ella,
podemos aplicarlo a la empresa. Sin embargo,
hoy, esta concepción
está
en crisis. El tan traído y llevado libro de Bloch-Lainé,
Pouvovr et propriété dans l'entreprise, ha llegado a convencer a
muchos de que "la empresa
no es fuente de poder, sino que éste
está fundado permanentemente en un
«permiso» para dirigir, per­
petuamente revocable (6), porque
"su supervivencia se ha hecho
indispensable para la salvaguardia de otros intereses que los de
sus propietarios; el pleno empleo de la población activa de la
talán, dadas en el Ateneo barcelonés, de 1870-1880 (Barcelona 1883),
pág. 13 y sigs.
(5) Paul Boorgest, Reflerions swr rheritage, en "Au service de
l'ordre" (París 1929), cap. IX, pág. 173 y sigs.
(6) Bloch-Lainé, Pour une reforme de rentreprise -París 1963-,
cap. 111, pág. 51 y sigs. (cfr. para la crítica del libro de Bloch-Lainé,
además del trabajo -de Salieron que citamos en la nota 9, el trabajo del
Club J ean Louis Richard La Tecnocracia y las libertades, I, parte en
VitRBO, 28-21), pág. 447 y sigs.).
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localidad donde funciona, la prosperidad de esa localidad y de
su región, la productividad máxima de los medios que inmovi­
liza, etc." (7).
El Estado pasa a ser la fuente del poder. ¿ Pero cómo lo
administra? Otro miembro del propio Club J ean Moulin, Claude
Brouclain, en su reciente libro
Le socialisme .et f Europe, ha re­
conocido francamente que
la organización socialista de la eco­
nomía "es por naturaleza incapaz de promover eficazmente la
elevación del nivel
de vida", _y ha puesto entre otros ejemplos
el de la U. R. S. S., que "ha tenido que constituir una enorme
burocracia que sofoca
00.jo su propia masa y en sus propios pro­
cedimientos", que "constituye por sí misma una forma de de­
rroche
y, sobre todo, se revela incapaz de organizar la diversi­
ficación de los bienes de consumo".
"El académico Glochiskov ha
calculado que si
la organización de la gestión sigue igual que
actualmente, hará falta emplear en este solo sector en 1980, prin­
cipalmente en
la contabilidad y la planificación ... , a toda la po­
b.Jación adulta de la U. R. S. S." (8).
Pero,
¿ existe una tercera solución como pretenden Bloch­
Lainé
y Brouclain? En Francia, Louis Salieron (9) contestó
que, con el sistema de Bloch-Lainé se apunta no sólo en contra
de las insuficiencias y de las injusticias de un orden antiguo muy
quebrantado, sino también contra este orden mismo incluso en
lo que tenga de válido"; y, con ello, "al romper el orden social
constituido, abre sus puertas a
la fuerza, sea de los hombres,
de las ideas, o de los sistemas. Ante el vacío jurídico creado,
el
poder de hecho del Estado y el del comunismo serían las dos
únicas fuerzas coherentes que podrían
-uno u otro--llenarlo".
La empresa democrática es un mito -ha escrito hace poco el
mismo Salleron (10)-si con esa denominación se quere ex­
presar la subordinación de los dirigentes a los dirigidos en un
régimen de autogobierno. Sólo cabe un
control del poder a tra­
vés de una fuente exteri01' a la empresa, ya sea una Organización
sindical o el Estado, de modo que "el conjunto de aspiraciones
(7) Bloch-Lainé, ob. cit., cap. VI, núm. !, pág. 129.
(8) Claude Brouclain, Le socialisme et fEurope -París 1965-, pá­
gina 23 y sigs. (Cfr. el romentario de esta obra de Yves Le Penquer
en "Carta a Claude Brouclain", VERBO 47-48, pág. 481 y sigs.).
(9) Louis Salleron, Swr un livre de Bloch-Lai-né, Powvoir. et pro­
J,rieté datns tentreprise, en Itinéraires, núm. 75, pág. 67 y traducido al
castellano en V (10) Louis Salieron, La democratie dans l'entreprise, en Itinéraires,
núm. 101, pág, 81 y sigs.
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del Poder que resume la palabra «democracia» no puele realizar­
se más que en estructuras exteriores y superiores a la empresa".
"No hay -añade-otra alternativa". Dotada de vida la em­
presa por su fundador,
su poder basado en la autoridad de que
la invistió su obra creadora, hay que institucionalizarlo, sea a
través del Derecho privado, mediante la herencia, o bien a través
del Derecho público. Ante esto, en un. interesantísimo y reciente
libro, Salleron (11) contesta que intenta organizar la sociedad
rechazando utilizar las cosas como medio para ello : es violar la
naturaleza humana, pues es afirmar que el hombre no está lla­
mado a transformar la naturaleza y apropiársela sino por con­
ducto de la colectividad. Con la caída del poder de la propiedad
privada declinan la libertad personal del trabajo y el derecho a
contratar. El hombre individual
es absorbido por el hombre social.
Sólo el Estado se mantiene en pie y reina entre esclavos".
Pero el Estado abre brecha por el medio que denomina lo
social. ·
Con la expresión Derecho social ha observado el jurista Geor­
ges Ripert (12) se "designa hoy el conjunto
de reglas que ase­
guran la igualdad de situaciones a pesar
de la diferencia de for­
tunas; que protegen a los más débiles y desarman a los más
fuertes ... ". "Pero -prosigue---para proteger a unos y desarmar
a los otros es necesario recurrir a una fuerza superior que no
puede ser otra que la del Estado. Si ésta interviene en las rela-­
ciones privadas entre los hombres, el derecho privado cede el
paso a las relaciones del derecho público. La publicización es el
medio de hacer el derecho social". Y, añade más adelante (13),
que public_izar o socializar el Derecho, "es dar entrada al de­
recho público en ese círculo [ de las relaciones privadas] y per­
mitirle dominar en lo sucesivo la vida privada". Es, en definitiva,
minar o destruir la libertad civil.
Este es el dilema que se plantea en una sociedad de mtzsas,
de la que se ocupó especialmente Juan Vallet no hace mucho,
en una conferencia qúe pronunció en el Colegio de Abogados
de Barcelona (14), quien lo formuló en estos térmirios:
(11) Louis Salieron, Le fondament &u pouvoir dans l' entrep-rise, -Pa­
rís 1965-, pág. 163 y sigs.
(12) Georges Ripert, Le declin &u Droit -París 1949---, núm. 11,
pág. 39.
(13) Ripert, ob. cit., núm. 20, pág. 63.
(14) Juan Vallet de Goytisolo Derecho y Sociedad de Masas, M. 24.
Conf. en el Iltre. Colegio de A:bogados de Barcelona, el 24 de marzo
de 1966, pendiente de public3.ci6n en Revista Jm-ídica de Cataluiía.
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"Es una evidencia que en todos los países no comunistizados
conviven en diversa proporción, por una parte, una sociedad in­
tegrada por familias con el soporte material de la propiedad, la
previsión y el ahorro, con el impulso de la iniciativa y la res­
ponsabilidad de su jefe, y, de otra parte, una masa amorfa de
población, tutelada por
el Estado, con el porvenir sólo cubierto
por los seguros estatales obligatorios que tienden a liberarla de
todo riesgo y de toda responsabilidad patrimonial.
"La protección de estas masas obedece inicialmente a una
necesidad social y a una clara razón de justicia. Su proletariza­
ción, su pauperismo, su desenraizamiento requieren, sin duda,
tutela. Y esa tutela se la brinda el Estado moderno -ya sea
bien o mal
orientada~, mediante el Derecho laboral, con su
organización de la seguridad social, con la democratización de la
enseñanza, con la llamada redistribución de la renta nacional,
la política del pleno empleo, las viviendas de protección estatal,
etc. y, en suma, con la dirección y planificación de la economía.
"Ahora bien, esa protección pnede presentar muy notable di­
versidad de orientaciones y alcanzar niveles distintos.
"Puede mantener un
statu qua entre esos dos grupos de po­
blación, e incluso favorecer 1a desmasificación del sector prote­
gido, difundiendo entre sus miembros la propiedad, promoviendo
su sentido de la responsabilidad, de la previsión y del ahorro.
"Pero, también puede ampliar y fomentar la masificación.
La
protección a la masa cuesta cara y el Estado no puede dar más
de
lo que recibe.
"Si los impuestos destruyen la pequeña industria o los talle­
res artesanos, se aumentará la masificación y se favorecerá el
capitalismo monopolístico. Si los controles de precios, por tasas
o por importaciones de choque, disminuyen los márgenes de be­
neficio de
la .agricultura, y así el éxodo de la mano de obra se
acentúa en busca de sueldos más elevados de sectores ciudadanos
protegidos, especialmente el de la construcción, dando lugar al
abandono de pequeñas explotaciones agrarias, se incrementa así
la masa de las urbes. Si disminuye
el sentido de responsabilidad
y del ahorro de los beneficiarios, aumenta su despreocupación e
incrementa desproporcionadamente su consumo de bienes super­
fluos ;
la masificación se acentúa".
He aquí la problemática más profunda del Derecho de ma­
sas.
Por eso creemos, que
el llamado Derecho social, para ser
verdaderamente Derecho
y no resultar antisocial .en sus conse-
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PODER POLITICO Y PODER ECONOMICO
cuendas, debe proteger a la masa y tender a desmasificarla, sin
masificar al resto del pueblo.
Este peligro de masificar se acentúa con una mala regulación
de las relaciones de empresa
y de los riesgos económicos, con
una excesiva expansión de la seguridad social (15), con
una po-
(l.5'.)1 René Savatier, en las últimas páginas de su ob:a Les metamor­
phosts écan~s et ·sociales du Droit civil d'aujourd'houi, (Z.ª ed.,
Pa!"Ís 1952), núm. 354, pág. 298, ha hecho notar en dos aspectos diversos,
los peligros
de 1a proletarización de la empresa, ya que, a su juicio, en
primer lugar, "en el contrato laboral, la condición jurídica del prole­
tariado se manifiesta por la exención jurídica de los riesgos recayentes
solamente en el patrono o en la colectividad. Mientras que al empresario
le corresponde el riesgo del capital aportado a la empresa, de que su clientela pueda dispersarse ,por su negligencia, que su reputación puede
quedar a merced de su quiebra; en cambio, al obrero o al empleado,
demasiado débil económicamente para arriesgar algo, trata de garanti­
zarle
tm salario fijo, independiente de la prosperidad de la empresa y
del provecho obtenido por ella de sus servicios. Sin embargo --continúa-,
¿ cuántos comerciantes, partícipes, cuántos artesanos, no pretenden hoy
aprovecharse
de una condición jurídica tan segura? Por Una manifiesta
contradicción, quieren gozar, como capitalistas, de todo el provecho de
su emp,resa;
y beneficiarse de toda la seguridad de los meros asala­
riados". Y
prosigue : "En la industria y et comercio los jefes de empresa
¿ no se hacen garantizar' por una costumbre de derecho positivo, unos
márgenes de ben.efie'ivs que les preservan de los riesgos y que explican 1a
casi desaparición de los riesgos? Ya que casi a esto se resume el control
de precios.
Situación acentuada aún más por la existericia de los privi­
legios anteriormente denunciados, que defienden
contra la

concurrencia
a tantos
comerciantes en plaza, y obligan a 1a clientela a remunera,r in­
discriminadamente
sus servicios, buenos o malos. Cuando estos comercian­
tes se lamentan de estar,
en cierto modo, «funcionarizados» al servicio
del Estado,
¿no se olvidan que ésa es 1a contrapartida normal de las
ventajas
que ellos mismos solicitan? Tratando de eximirse en su pro­
vecho de
todo riesgo, ¿no se aproximan, en cierto modo, al trato de un
funcionario?".
Vallet en su indicada conferencia (núm. 26) apostilla: -"La plena res­
ponsabilidad y
1a plena asunción del éxito o fracaso de 1a empresa, es
el antídoto de 1a masificación. Pero en el logro de su exención, en esa
contradictoria pretensión de máximo
provecho y de exoneración de ries­
gos coinciden plenamente el gran ca,pita1ismo anónimo y el socialismo. 11¡ Es esa juventud ambiciosa que ya no sueña en crear riqueza con
su esfuerzo y
su riesgo, s,ino que sueña en planificar, dirigir y adminis­
trar la riqueza de todos, arriesgando el patrimonio común, pero no e1
propio!
"Es el capitalismo anónimo oue cubre su prop,io -dinero y se juega
el ajeno. que limita su responsabilidad y pide la colaborari6n del Estado
--en préstamos a largo plazo, autorizaciones que significan monopolios
de
ihecho, etc._, para obtener personalmente los máximos beneficios; y
que huye a
tiempo cuando el harco hace aguas, dejando que naufrague
con aquéllos
que habían puesto su confianza en su propaganda."
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lítica de pleno empleo que no vacila en llegar a la inflación (16) o
en evitarla con intervenciones abusivas, con la planificación (17) ...
(16) Una de las necesidades más apremiantes de las masas es, sin
duda, la de la seguridad social. Sinr embargo, hay diversos modos de reali­
zarla,
y hay límites que no deben rebasarse.
Ha llamado la atención el Profesor vienés J ohannes Mesner (La cues­
tión social, vers, española, Madrid, 1960, § 851 pág. 271 y sigs.) "que hoy
exista un tan nutrido núcleo de_ personas en el Oeste, no sólo dispuestas,
sino empefiadas en transferir al
Estado obligaciones que les debieran co­
rresponder a ellos", ... "dicha socialización anula la -responsabilidad per­
sonal
en la espera vital en que recibe los más poderosos estúnulos. Pero
1a naturaleza del hombre necesita ponsabilidad y la libertad son siempre para el hombre algo gravoso, algo
a lo cual está siempre dispuesto a sustrnerse., necesitando, por tanto, de
un
estímu:1o que le fuerce a plegarse a sus exigencias. En otras palabras :
s61o con la puesta en juego de la personalidad crece y madura el hombre
en
cuanto persona, s61o en la medida de su voluntad, de responsabilidad del
justo uso de su libertad., ,es, y llega a ser persona. La socialización de la
responsabilidad afecta, por tanto,
al cimiento vital del despliegue de la
personalidad, pertenece al mundo del hombre masificado".
"Error verdaderamente trágico", ha dicho el Canciller Ludwig Erhard
(Bienestar pw-a tod0$, trád. espafiola de la 4.ª ed. alemana, cap. XII, pá­
gina 206 y sigs.); no se quiere reconocer, por lo visto que el progreso
económico
y la p:osperidad· funda.da en un rendimiento mejor son incom­
patibles con
un sistema, de seguridad colectiva''.. Lo que "parece exigible,
desde
puntos de vista sociales", es "mantener al individoo en su sentido de
la responsabilidad humana, e incluso fortalecer esta responsabilidad más
de lo que hasta ah.ora se ha hecho". La posición en la vida económica, si
ha de tener pleno sentido, "debe ser conquistada y reconquistada a diario
por la propia productividad económica, por la disposición _y el ánimo para
afrontar los riesgos y, sobre todo, por la voluntad de configurar la vida
con responsabilidad y solvencia individual".
Pero hay que buscar el justo término equilibrado. Así lo ha preci­
sado
Erhard ( ob. y cap. cits., pág. 209 y sigs.) "Mis críticas al funesto
deseo de imj>lanta,r tm Estado- provisor no deben ser erróneamente inter­
pretadas en
el sentido de que yo pretendie".'a con ellas atentar contra el
seguro social...
Por el contrario... Lo que yo considero equivocado es que
personas que por profesión y vocación, así como por su posición en el
proceso económico nacional, tienen
el derecho Y. aún más, el deber de la
libertad, se afanen por ing-:-esar dentro de lo colectivo o, mejor· dicho, que
se imponga y fuerce a esas gentes a penetrar en lo colectivo". "La pro­
tección obligatoria del Estado tienen
que detenerse, o debería detenerse,
aili donde el individuo y su familia se hallan en condiciones de proveer in­
dividualmente y con responsabilidad propia". Lo deseable es que el cain­
po del asegu.,ramiento colectivo "se estreche más bien que se ensanche".
(17) Frente la fórmula del pleno empleo como medida social se plan­
tea el problema
de la estabilidad del valor de la moneda y el peligro de la
inflación,
cuya política practica Erhard (ob. cit., cap. XII, pág. 213) ha
califica.do de
desaprensiva y criminal.
La seguridad social por el ahorro queda destruida por la inflaci6n.
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etc. ; en suma, con la tecnificación a ·ultranza que seca al hom­
bre
(18),
cuando el ahorro no juega aliado a una especulación favorecida por la
depreciación monetaria.
La nueva propiedad derivada de ese fenómeno resulta insocial, en
tanto es inasequible por el simple ahorro ---- (Salleron, Sur im livre de Blach-L en VERBO, 28-29, pág. 444, refiriéndose a Blooh Lainé, ptt"egunta "qué
piensa, como director de la Caisse des Dépots de ese gigantesco ... engaño
que se llaman las Cajas de Ahorro. ¿ Le parece bien que los tenedores de
e.artillas de esas cajas que no suelen ser capitalistas generalmente, hayan
sido .. , privados, en 1962, de 370 millones de francos, porque la inflación
juega contra ellos? Han colocado en su cuenta 100 francos pero en diciem­
bre, no tenían poder adquisitivo más que de 97,50. El estado se nutrió
de su ignorancia .. ¿ Tal escándalo deja indiferente a Bloch-Lainé, tan
preocupado por la justicia social en la emp,resa privada?") y pOr cuanto
con la especulación y las operaciones monopolísticas pueden crearse ver-
tiginosamente
las mayores fortunas. .
En cambio, el secreto a voces de su función social dd.rigida al pleno
empleo no consiste sino
en una "gradual y automática rebaja de los sala­
rios reales a consecuencia de la subida de los precios que se estimó pa­
saría inadvertida a los interesados" CToaquín Reig Alhiol, En. tamo a la
inflación., II, · Balance, núm. 90, pág. 13). Pero· no solamente mantiene
subyacente
el problema, sino que provoca la característica rar,rera desen­
frenada de precios y salarios, y, además, subrepticiamente va agravando
ocultamente la enfermedad económica al dar lugar al conswmo Je capital,
estimado erróneamente como beneficio, y a la m.alinversi6n ,del capital que
en mayor o menor escala, serán sus consecuencias inevitables (Reig Al­
biol, loe. últ. cit., Babi.ce, núm. 89, pág. 17).
Como dice Hayeck (Los fwndammtos de la libertad, vol. II, vers. caste­
llana Valencia 1961, cap. xxr, núm. 6, pág. 161) "La inflación hace cada
vez más
difícil que las personas de ingresos moderados provean por sí mis­
mas a las neces-idades de su vejez ; disuade el ahorro; induce a las gentes
a endeudarse, y al destruir las clases medias crea esa dramática y prefíada de
amenazas
desigualdad entre ricos y pobrés, tan típica de todas aquellas so-
ciedades
que han sufrido inflaciones prolongadas". · .
Sin duda, nota Messner ( op. cit., § 126, pág. 458), debería haberse opues­
to la conciencia pública sin ceder en lo más mínimo, lo cual no ha sido,
sin embargo, el ca.so, dehido, a la aparente justificación de las mismas por su
vinculación a las medidas de urgencia social.
Además, la inflación lleva al Plan más o menos rápidamente según
su intensidad, y a la pérdida de la libertad. Todo desorden monetario
significa la
creación par el Estado de falsos créditos, cu.ya circulación
exige como si fueran verdaderos, pero que todos sus poseedores intentan
sacudirse como los jugadores de naipe en el juego de 1a mona, lo cual
crea el consigu.ien.te desorden social.
Joaquín Rueff
(El orden social, vers. española Madrid1 1964) nos ha explicado que: "Hasta 1930 el déficit siempre ha' arrastrado a los países
donde se
producía a la pendiente del desorden social" . . . "Pero desde·
Hitler las perspectivas se modifican por completo". "Los acontecimientos
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FRANCISCO !OSE FERNANDEZ DE "LA CIGONA
No se crea, por lo expuesto, que defendemos el liberalismo
económico. No es así. Su base es un concepto materialista, el
de la absorción de la moral por el juego de la oferta y la de­
manda, lo cual rechazamos.
Lo que no aceptamos es la sustitu­
ción de esta regla de juego
por la omnipotente voluntad del Es­
tado, que constituye un mal mayor que seca muchas fuentes de
bienes.
Por otra parte, creemos en la organización de cuerpos
intermedios de empresas, de profesiones
y de óficios (19), con
el contrapeso de las representaciones de los respectivos con-
que han reducido a la nada _ las monedas alemana y au,striaca, entre 1920
y 1934, ya no se producirán ni reproducirán, por lo menos en tanto sub­
sista un aparato gubernamental" (cap. xxxvrr, pág. 569) ... "si se quiere
suprimir los trastornos-inseparables de la devaluación monetaria, el go­
bierno
que no pueda o no quiera volver al orden financiero, no tiene más
que
una soluci6n : imponer el orden planificado al desorden de los falsos
derechos". Pero,
en un régimen de planificación total no existe el hombre
libre. "Todos
los hombres como los bueyes en el establo, reciben la ra­
ción y deben cumplir 1a tarea que el plan les asigna" (cap. XXXVII, pá­
gina 569).
Además el falso derecho "no sólo modifica los caracteres de la acción
gubernamental, sino que afecta profundamente, por lo menos en tanto no
esté contrarrestado
por el desagtÜe monetario, el estatuto del individuo".
"¿ Cómo pensar que el hombre pueda ser responsable de ·SU propia suerte y
de la de los suyos
si el aborto que ha acumulado para su vejez o para los
días malos se evapora por
1.llila elevación de precios que no podía prever ni
evitar
?11• 4'El hombre no
asume legítimamente las consecuencias de sus actos
más que si los elige libremente más que en tanto pt.teda ejercer efectivamen­
te la facultad de 1-ihre disposición que sus derechos le prometen" (cap. xxxv,
pág. 558 y sigs.).
"El hombre que ha perdido la soberan_ía de su destino ya no merece
ni las alegrías
que le acaecen ni las penas que le afligen. Se le puede
enseñar la moral y el
derecho, incluso se le puede aplicar ; pero por sí
mismos no podrían ser más que supervivencias ilegitimas de los tiempos
ya acabados. Tendrán que caer forzosamente en desus0, puesto que el
hombre
para el aue habían sido creados habrá dejado de existir. Y con
ellos desaparecerán todas las
nociones que nuestros catecismos, nuestras
morales y nruestros códigos nos habían ensefiado a -respetar y que cons­
tituían
la grandeza y la dignidad humana" (cap. xxxv, pág. 563).
(Sobre esta materia cfr.
Vallet de Goytisolo, La ootiteJ'is infl ticia, en "Rev. Jur. de Cataluña", LIX, septiembre-octubre, 1960, pá~
gína 531 y sigs. y en la "Rev. Internacional del Notariado", núm. 50-51,
pág.
47 y sigs.; y su citada conforencia Derecho y sociedad de masas,
núms. 32, 33 y 34, cuyas citas hemos seguido.)
(18) Cfr. Louis-Marie Ferrier y Yves la Penquer, La tecnocracia y
los libertades, II P~te, en V:"F;RBO, núm. 50, pág. y sigs_
(19) Cfr. Jean Ousset y Michel Oreuzet, El trabajo (vers. española
de Speiro, Madrid, 1964), 3.ª Parte, pág. 133 y sigs., y Michel 0:-euzet,
Los cuerpos intermedios (vers. esp. de Speiro Madrid, 1964).
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PODER POLJTJCO Y PODER ECONOMICO
surnidores. Y reconocemos la necesidad del arbitrio supremo del
Estado con tal de que éste sea siempre respetuoso con el princi­
pio de subsidiariedad (20).
(20) Cfr. Los cuerpos -intermedios~ II Parte, cap. II, ¡pág. 65 y sigs.
PATRIA -NACION -ESTADO
l. ESTA COMUNIDAD SOCIAL DE LA QUE SOMOS HIJOS
II. DEFINICIONES PROPUESTAS
III. LA EDUCACION DEL PATRIOTISMO
IV. EL INTERNACIONALISMO
V. LA NACION CONSIDERADA COMQ ABSOLUTO
VI. UNIDAD DE RAZA Y UNIDAD DE LENGUA
VII.
ERROR DE UNA CONCEPCION DEMASIADO DESENCAR­
NADA DE LA NAC!ON
VIII.
ERROR DE UNA CONCEBCION MATERIALISTA DE LA
PATRIA O DE LA N ACION
IX. MAQUIAVELIS,MO O
TOTALITARISMO ESTATAL
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