Índice de contenidos
Número 81-82
Serie IX
- Textos Pontificios
-
Actas
-
Programa del VII Congreso del «Office International»: Patrias-Naciones-Estados
-
Ante el Congreso de Lausanne de 1970
-
Los itinerarios culturales de la revolución
-
Los valores permanentes de la cultura
-
Nuestro combate cultural
-
Plática en la misa del 7 de diciembre. [VIII Reunión de amigos de la Ciudad Católica]
-
De la libertad rousseauniana a la «desalienación» marxista y al «desacondicionamiento» marcusista
-
Formación doctrinal
-
- Estudios
- Información bibliográfica
- Documentos
Autores
1970
Fundamento y soluciones de la organización por cuerpos intermedios. II. Soluciones
FUNDAMENTO Y SOLUCIONES DE LA ORGANIZACION POR CUERPOS INTERMEDIOS
POR
JuAN V ALLE'I' DE GoYTisow.
II) SOLUCIONES.
Los fundamentos de la organizac10n por cuerpos intermedios
se complementan con la comprobación de su certeza en la prueba
que nos suministran las soluciones equilibradas a que lleva su aplicación.
a I Solución política.
La historia del Derecho político a partir de la Revolución
francesa nos muestra un repetido intento de equilibrar autoridad
y libertad en un esfuerzo creciente de democratización. Sin em
bargo. los resultados nos muestran una tendencia cada vez mayor
hacia el totalitarismo estatal, no sólo en los países calificados
peyoratiYamente de
totalitarios, sino también en los democráticos.
Xo en nno, como
ha notado Emil Brunner (35),
el totalita
rismo tiene "propiamente su raíz histórica" "en la República de
la
ReYolución francesa,
en el
contra! social de Rousseau, en su
principio de la
a/ie,wtí.on lota/e" (36). Este aparente contrasen-
1_3.3) E. Brunner, ob. cit . ., cap. XVI, pág. 175. (36) .-\cerca de la "aliénation totale" del "contrat social", recomen
damos: la
lectura en
VERBO 74, de los trabajos de Francisco Puy Muñoz, ''El mito
del contrato social" (págs. 74 y sigs.), y de José
M.ª Coronas .--\.Ionso "El mito de la libertad revolucionaria ante el totalitarismo moderno" (pág;. '297 y sigs).
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JUAN V ALLET DE GOYTISOLO
tido tiene una fácil explicación, que Joaquín Costa (37) expuso
lucidamente al decir que frente al gobierno, los súbditos,
el país
elector es "la masa caótica, cuya misión_ se cifra entera en obe
decer a aquellos a quienes ha constituido en órganos suyos,
despojándose de su soberanía, El país elector es el servum pecus,
sin personalidad propia, que recibe credo y consigna de lo alto,
que obedece sin derecho en ningún caso a mandar" ...
El · proceso histórico de ese resultado fue expuesto hace más
de un siglo por Tocqueville ( 38) : "la Revolución francesa no ha
tenido únicamente por objeto cambiar un gobierno antiguo, sino
abolir la forma antigua de la sociedad". Sobre las ruinas produ
cidas por ella se desarrolla ''un poder central inmenso que ha
atraído y absorbido en su unidad todas las partículas de autoridad que antes estaban dispersas en una infinidad de poderes secunda
rios, órdenes, clases,
profesiones, familias e individuos, y como
difundidas en todo el cuerpo social".
Es cierto que este resultado había sido preparado por el abso
lutismo inmediatamente anterior_,
en especíal
desde el Cardenal Ri
chelieu a Luis XIV, al despoblar las provincias de sus notables,
provocar el descrédito de las corporaciones, asfixiar las institu
ciones peculiares y autónomas de municipios y regiones (39). Así,
observaba Tocqueville (
4-0) que cuando sobrevino la Revolución,
"en vano
se hubieran buscado en casi toda Francia diez hombres
que tuvieran el hábito de realizar alguna acción en común
y de
atender por sí mismos a su propia defensa: el poder central era
el único que desempeñaba esta función ... " Pero no es menos cierto
que en enero de 1822, Royer-Collard declaraba ante la Cámara de Diputados :
"La Revolución no ha dejado en pie más que in-
(37) Joaquín Cost.a, "Renovación del C',ódi,go por la costumbre", en La
libertad civil y el congreso d,e Juristas Aragoneses, Madrid, 1883, capí
tulo Vl, pág. 167.
(38) Alexis de Tocqueville, El antiguo régimen. y 'la Revolución, lib. I,
cap. II, cfr. trad. al castellano, Madrid, 1911, págs, 20 y sigs,
(39)
Tocqueville, op. cit._, lib. II, cap. VII, pág. 96, cap. X, pági
nas 129 y sigs., y lib. III, cap. VII, p.ágs. 227 y sigs.
(40) Tocqueville, op. cit., lib. III, cap. VIII, págs. 420 y sigs.
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SOLUCIONES DE LOS CUERPOS INTERMEDIOS
dividuos, y de esta sociedad pulverizada ha salido la centraliza
ción, y ahí donde no hay más que individuos, todos los negoeios
que no son suyos son negocios públicos, negocios del Estado. Es
así
como hemos
venido a ser un pueblo de administrados" (41) ...
No podemos olvidar que, conforme observó sagazmente
Toc
queville
( 42), es "difícil de concebir cómo hombres que han re
nunciado enteramente
al hábito de dirigirse a sí mismos podrán
conseguir escoger bien a quienes deban conducirles ... ".
Es una evidencia repetidamente comprobada que el hombre
sólo es libre en cuanto miembro activo
y responsable de comu
nidades a su alcance y medida. Messner ( 43) lo subraya y concluye:
"Libertad significa responsabilidad personal y autonomía en todas
las esferas vitales, con participación de todas las regulaciones que
en cada una de ellas afectan a todos los miembros de la sociedad".
En cambio, como explica Savatier ( 44),
todos los grupos,
todas las comunidades, "desde la familia hasta la corporación, todos
eran a los ojos de la Revolución, a los ojos de Jean Jacques Rousseau,
y también a los ojos de Bonaparte, unos usurpadores
de la libertad individua!" ; pues, para esa escuela, la libertad del
individuo solamente podía ser restringida por
"la soberanía po
pular, voluntad del conjunto de ciudadanos, y expresión del Es
tado", con lo cual "aquélla quedaba sometida a la voluntad del
Estado",
y así "un nuevo peligro surge" en la omnipotente vo
luntad del Estado, dueño y árbitro único.
Por eso, la defensa de la libertad requiere
la solución contra
ria. "El pluralismo de los órdenes sociales
-ha dicho Le
(41) Cfr. esta cita en Louis Daujarques, "El neodirigismo tecnocrá
tico", en
VERBO, 65-66, pág. 480.
(42) Tocqueville, De la démocratie en Amérique, vol. II, IV parte,
cap. VI, edición dirigida por Jr. P. Mayer, París, Gallimard, 1961,
página 177.
(-U) Johannes 1fessner, La cuestión socWl, versión castellana, Madrid,
Rialp,
1960, núm. 129, pág. 546.
(44) René Savatier,
Du droit civil au droit frublic, cap. I, París,
"Livr. Générale
de Droit et
de Jurisprudence", 1950, págs. 6 y sigs.
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JUAN V ALLBT DB GOYTISOLO -
Fur ( 45)-es la mejor garantía contra los abusos de cada uno
de ellos". Y Roubier (46) propone como solución que el poder pú
blico se distribuya en numerosos grupos,
y "que sintetice cada uno
por su parte un fragmento del interés general" ... "provincias, mu
nicipios, órdenes, corporaciones o sindicatos, agrupaciones pura
mente privadas, asociaciones, sociedades, familias ... ''.
En efecto, ha advertido Marce! de Corte ( 47) : "Todo Estado
construido sobre las comunidades naturales
y sobre la radicación
que ellas difunden, ve
de tal suerte su poder reducido a su justa
medida que raramente actúa como una manifestación de una fuerza
exterior a los ciudadanos. Por el contrario, todo Estado sin socie
dad -es axiomática.mente un Estado coercitivo, policíaco, armado
de un arsenal de leyes y reglamentos encargados de dar sentido a
las conductas imprevisibles y aberrantes de los individuos. Su
tendencia al totalitarismo es directamente proporcional a la des
aparición de
las comunidades naturales, a la ruina de las cos
tumbres, a la hecatombe de la educación. Al límite, el "grueso
animal" político
del que habló Platón, el terrorífico Leviatán social
que conocemos se -sustituye a las autoridades sociales moderadoras
que una Constitución o que una legislación insensatas han tenido la imprudencia de eliminar". Hay que concluir, pues,
con Puy (
48) que "es
el federalismo
histórico tradicional
el único modo de unión viab1e entre los hom
bres. Porque es el único que reconoce en sus justos límites
la
función de los cuerpos sociales intermedios". Tres notas le ca racterizan, según
nos explica:
Sociedalismo, o sea "que el poder político superior tiene, y
(45,) Le Fur, "Du droit individue! au droit social", en Arch.,:ves de
Philosophie du Droit
et
de Sociologie
Ju:ridique, 1931, núm. 3-4, pág. 307.
(46) Paul Roubier, Téorie Générale du Droit, 2P ed., París, Sirey,
1951, núm. 32, págs. 20 y sigs.
(47)
Marce! de
Corte, ''La educación
política", núm. 2, en V:ERBO, 59,
págs. 644.
(48) Francisco Puy, "Federalismo tradicional y federalismo revolu
cionario", en
Contríbución ... , págs. 149 y sigs., o en VERBO, 63., páge, 183
y sigs.
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SOLUCIONES DE LOS CUERPOS INTERMEDIOS
sólo ése, la fuerza necesaria para organizar la sociedad respe
tándola. Porque el único límite correcto para el poder es la valla
al poder que le oponen los grupos, dentro de los cuales tiene cada hombre asegurada su máxima libertad de acción para su
actuar cotidiano''.
Pluralismo, o sea "que los grupos intermedios mantienen sus
fricciones y voces en
el marco de una paz dinámica de tensiones;
que encuentran marco para el diálogo y jurisdicción para dirimir
oposiciones definitivas".
Fucrismo o foralismo, o sea "que el vehículo de equilibrio entre
el poder y !a libertad que garantiza la paz es el derecho que re
conoce las peculiaridades de los grupos en lo que no se oponen al
bien común, más general, pero garantizando el bien común más
particular''.
* * *
b) Solución económico-polüica.
Cna sociedad sin cuerpos intermedios se adentra en la con
fusión de poder político
y poder económico, bien sea porque las
grandes
compañÍa5 capitalistas
dominen la
política. o porque el
Estado extienda su poder a un dominio totalitario de la econo
mía
(+9). Xo oh·idemos que, como ha sintetizado Salieron (SO),
la solución que tradicionalmente ha venido dando el mundo occi
dental al interés social ha consistido en
la separación del poder
económico .. basado en la propiedad privada, y el poder político, en
manos del Estado. El mundo comunista, con la abolición de la
propiedad
prh-ada, comporta
la abolición del poder económico
especifico
y la
absorción de todo el poder en las únicas manos
del Estado.
(49) Cfr. el cap. VI, "Poder político y poder económico", de la II de
parte de nuestro libro Sociedad de masas J.' derecho, Madrid, Taurus '&iicione:::. 1968. pii.g:,;. 387 y sigs.
(50) Louis
Salleron, "Poder
y propiedad en la empresa", en
VERBO, 28-29, págs. 437 y sigs.
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JUAN V ALLET DE GOYTISOLO
De esta forma desaparece la libertad civil (51), o facultad de
moverse "dentro de la esfera del derecho privado", "corno condición
de poder y de independencia", que pone "en perfcta consonancia
los derechos civiles" oon los derechos "como ciudadanos (52), ca
lificada como "verdadera condición de los pueblos libres"
(53).
Necesaria correlación que
ha reafirmado la Constitución pastoral
GoodiM.m et
spes,
sobre la Iglesia en el mundo moderno del Con
cilio Vaticano II:
"La, propiedad privada a un cierta dominio sabre
b-ienes
externas asegura
a
cada uno
una zona indispensable de auto
namia persanal y familiar, y debe ser considerada cama una prolon
gación de w libertad humana, y cama constituye un estfmula para el
ejercicio
del
cargo y
del deber, constituye una de
las condiciones
de
las libertades cvuiles" ~§ 71 ).
Esa libertad civil requiere una sociedad, estructurada orgáni
camente, en sociedades doméstica, municipal, comarcal, regional.
profesional...
y presidida por el pri,ncipio de subsidiariedad (54).
Píerre de
Calan ( 55) explica con una doble imagen su aplica
ción a la economía:
"Las concepciones económicas del socialista son siempre más
o menos mecánicas: ruedas, fuerzas, impulsiones, una coherencia
fundada en la sumisión rigurosa a una impulsión central sin la
que nada puede producirse ... sino accidentes o desgastes de ener gía. Se aprieta un botón
y la máquina se pone en marcha, re-
(51) Cfr. nuestro trabajo "I.,a libertad civil", en Contribución ... , pá
ginas 153 y sigs., y en VERBO, 63, págs 186 y sigs.
(5·2) Durán y Bas, "La codificación",
en Escritos, vol. I, "Estudios
jurídicos", Barcelona, 1888, págs 338 y sigs.
(53) Durán ~ Bas, Memoria acerca de las instituciones del derecho
civil de Cata,luña, Barcelona, 1883, cap. IV, pág. 218.
(54)
Cfr. Michel Creuzet,
Los cuerpos iintermedios, II parte, págs. 51
y sigs.; Jean Madiran, De la ju.stice socia-l, II parte, núm. 32 y 33, pá
ginas 48 y sigs., ambas editada.' e!1 castelfano por Speiro, y Gonzalo Cuesta
Moreno,
"La doctrina pontificia y los cuerpos intermedios", en COfftribu
ción ... ,
.págs, 76 y sigs., y en VER110, 61-62, págs. 79 y sigs.
(55) Pierre de Calan, Renaissance des libertés économ,,iques et sociales,
II, B, 2, págs. 42 y sigs.
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SOLUCIONES DE LOS CUERPOS INTERMEDIOS
produciendo los movimientos y produciendo los. efectos que sus
constructores han previsto."
En cambio, el principio de subsidiariedad presupone Una cons
titución representada por una imagen biológica: "la vida social
exige, ante todo, la expansión de la vida en cada una de sus cé
lulas."
"Ciertamente que entre todas las células existen interdependen
cias vitales, pero tan complejas que en el más perfeccionado de
los
robots y la más poderosa de las máquinas electrónicas no
pueden sustituirlas más que una débil parte,
y que la ciencia se
halla lejos de haber concluido de analizar." "También es cierto que la voluntad consciente puede
modi~
ficar
el comportamiento
y la acción de las diversas partes del
cuerpo social;
y uno de los más graves errores de los primeros
liberales iue el haberlo olvidado." "Pero esta acción no se pretende aplicarla constantemente a
todos
los órganos,
a todas las células. Se ejerce en los solos casos
y en los solos ámbitos en los que se la juzga necesaria y, nor
malmente, la mayor parte de las funciones vitales conservan su
carácter reflejo. Por lo demás, la acción directriz de la voluntad
se ejerce de una manera difusa, por el juego de incitaciones, cone xiones, inter-reacciones múltiples,
y en gran parte inconscientes.
X o
comporta indicaciones precisas, dadas de modo preciso a
cada cédula." "Ciertamente, en fin, el cuerpo social
y la vida económica
están expuestos a enfermedades -a las atrofias como a los cán
ceres-y el otro grave error del liberalismo primario ha sido
el de negar estas enfermedades o el declararlas incurables. Pero
el tratamiento de un organismo vivo es infinitamente más
em
pírico y más
complejo que el cambio de una pieza mecánica o que
el corte eléctrico." ... "Los métodos buenos para una máquina no lo son para
un
ser Yivo. En
economía como en biología, la vida es y debe
seguir siendo anterior a la organización." El principio de subsidiariedad viene confirmado también por
razones prácticas :
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JUAN V ALLÉT DE GOYTISOLO
"Es una enorme y abusiva pretensión de los dirigentes de un
país creerse capaces de fijar las necesidades mejor que el con junto de los consumidores; la naturaleza
y cantidad de los bienes
a producir
y la naturaleza y cantidad de las inversiones a realizar,
mejor que el conjunto de los productores;
el empleo más conve
niente a
cada trabajador,
mejor que éste mismo, y lo que debe
hacer cada ahorrador con su ahorro, mejor que él mismo."
... "Es una pretensión mayor aún imaginar que .la vida eco
nómica animada por la voluntad de un pequeño grupo de hom
bres tendrá el mismo dinamismo, la misma fuerza de expansión
que una economía en la que cada uno da lo mejor de sí mismo,
porque se siente directamente, personalmente comprometido por
su propio interés y su responsabilidad, personalmente aguijonada
por la actividad de sus competidores ... " Esta
solución lleva a la economía concertada (56), propiamente
dicha, en lugar de las planificaciones tecnocráticas por muy in
dicativas que se autocalifiquen (57). Louis Marie Ferrier e Yves
Le Penquer (58) han subrayado
que los núcleos totalitarios y sus redes ideológicas sustentadoras
están integrados por una minoría de tecnócratas e ideólogos so
ciali.zantes o
marxistas que, en principio, carecen de la autoridad
natural de los verdaderos responsables de hecho y de derecho
de las empresas y profesiones, que unen su experiencia a su
poder real concreto. Hay que reavivar, pues, las organizaciones
naturales apoyándose en esos hombres prácticos, con visión su
perior,
"élites" naturales
verdaderamente representativas, que- su
perarán el totalitarismo
"en la
medida en que opondrán
el plan
de la ley natural y divina al plan de las tecnocracias."
* * *
(56) Cfr. ''La economía concertada y los cuerpos intermedios", en VER
BO, n-úm, 7, págs. 3 y sigs.
(57) Cfr. el cap. V1I de la II parte de Sociedad de masas y derecho,
núm. 110 y sigs, págs. 447 y sigs.
(S8) Louis Marie Ferrier e Yves Le Penquer, La tecnocracia :.l' las liber
tades, II 113-rte, cap. V, en VERBO, 50, págs. 663 y sigs.
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SOWCIONES DE LOS CUERPOS INTERMEDIOS
e) Solucwn jurúlica.
"No importa -ha escrito Bertrand de J ouvenel ( 59)- que
el poder no encuentre en
la sociedad unas potencias concretas
capaces de contenerlo, si se detiene respetuoso ante la potencia
abstracta del derecho." Pero para ello, prosigue el mismo autor,
es necesario "un derecho anterior al Estado que le sirva de men
tor"', porque "si el derecho es algo que el poder elabora, ¿cómo
podría ser para él, en ningún caso, un obstáculo, un consejero o
un juez?".
El nominalismo al negar la existencia de un orden natural, y
el voluntarismo al fundarlo en el contrato social, o en la voluntad
soberaua del príncipe o de la asamblea o del referendum popular,
pusieron el derecho en manos del Estado (60). El racionalismo, al
identificar la razón con la opinión general, o con el criterio de los
detentadores del poder estatal, reforzó más esta sumisión (61). Pero así, a la vez que se sometía
el derecho al Estado, éste
tenía en su mano adulterarlo, falsearlo
y someterlo a su razón de
Estado (62), del que Giovanni Gentile -uno de los teóricos
de fascismo italiano, en su obra "Che e.osa e i1 fascismo", Firen
ze, 1925, pág. 34--escribió que "es la gran voluntad de la nación,
(59) Bertrand de Jouvenel, El poder, cap. XVI, vers. en castellano,
11adrid, Editora
Nacional,
1956, págs. 345.
(60) Cfr.
nuestro trabajo La crisis d,el derecho, ed. sep. o en R. G. de
L.
y J., CX, abril 1962, págs. 457 y sigs., y Pooorama del Derecho civil,
Barcelona, ed. Bosch, 1963, tema I y núm. III, págs. 31 y sigs.
(61) Cfr. nuestro trabajo "De la virtud de la justicia a lo justo ju
rídico", núm. 19, en Rev. de Derecho Espafvol y Americano, núm. 10;
1Iadrid, octubre-diciembre, 1960, págs. 78 y sigs.
(62) Así nos explica Paul Roubier, op. cit., núm 7, pág. 59, que la
vieja máxima
salus populi sup-rema le:,;-representa u:na gran tentación para
los hombres de Estado, que invocan sedicentes necesidades
para abrir
brecha
en el orden jurídico, y acusan entonces a los intelectuales que se
detienen ante escrúpulos de justicia, como hizo, nada menos que en Ingla
terra en
1889, J. Chamberlain "de traicionar su deber nacional y de lavarse
las
manos, como Pilatos, de responsabilidades nacionales".
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Fundaci\363n Speiro
JUAN V ALLET DE GOYTISOLO
y, por tanto, su gran inteligencia" (63). Sin embargo estas teorías
no pueden superar la vieja
critica de
Cicerón:
"Si los
derechos
se fundaran en la voluntad de los pueblos, en las decisiones de
los príncipes y las sentencias de
los jueces,
sería lícito el robo,
jurídica la falsificación, jurídica la suplap.tación de testamento,
siempre que tuviera a su favor los votos o
plácemes de
una masa
popular"
(64). "Si los treinta tiranos de Atenas hubiesen que
rido imponer sus leyes, o si todos los atenienses estuvieron a
gusto con leyes tiránicas, ¿ iban por esto a ser justas las
leyes?" (65).
¿ Cómo defender el derecho de la voluntad del Estado?
El Estado moderno lo ha querido fundar en su proclamación
de los derechos del hombre, en su propia autolimitación
y en la
división de poderes. Ninguna resulta eficaz.
"A despecho
-dice De Corte
(66)-de todos los derechos
del hoinbre~ de los que a coro o a gritos hemos proclamado la
universalidad, el Estado en ningnna parte ha abdicado de su facul
tad de decidir soberanamente
en materia de bien o de mal y su
trascendencia con
relación a la ley natural y
a los preceptos gene
rales inmutables de conducta que prescribe. Se podrían aquí citar
numerosos ejemplos.
La expresión misma de convención de los
derechos del homl,re indica claramente que el derecho natural en
esta materia
ha dejado plaza a un derecho positivo del cual el
Estado soberano determina siempre la pertinente aplicación en
función de su razón de Estado."
La autolimitación del Estado, o de la administración estatal,
no es más que una entelequia, simples puertas puestas al campo,
pues,
como pregunta Roubier (67), de no parecer el Derecho algo
superior al Estado,
¿ por qué ésta se inclinaría ante él y lo re&-
(63) Cfr. Etienne Gilson, La unidad de la ,experiencia filosófica, ver-
sión en castellano, Madrid,
Rialp, 1960,
cap. XI, págs.
334 y sigs.
(64) Cicerón, De Legibus, !-XIV, 44.
(65) Cicerón, op. cit., I-XV, 42.
(fió) De Co'rte, "La educación política", núm. 2, en VERBO, 59, p-á
gina 664.
(67) Roubier, op. cit., núm. 7, pág. 58.
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SOLUCIONES DE LOS CUERPOS INTERMEDIOS
petaría? ~I ucho más si vivimos un maquiavelismo de hecho en
el cual los detentadores del poder del Estado creen que el fin,
que muchas veces identifican con la propia conservación del poder,
justifica los medios, y si a su vez, paralelamente, ese fin muchas
veces se justifica, con una conciencia rusoniana, alegando que se trata del bien de los más frente al de los menos ( 68).
La independencia de la función judicial es esencial para la
defensa del derecho. Pero como ha observado Beltran de Jou
venel (69), en conflicto con
el Tribunal Supremo, el poder ejecu
tivo, cj_ue dispone
de poderosos medios de información de masa,
hace chocar contra aquél la opinión pública, que "con un sim
plismo decepcionante no puede soportar, en modo alguno, que
la
opinión de unos pocos hombres paralice lo que reclama la
opinión de toda la sociedad", aunque no se trate sino de "una
emoción momentánea, que métodos de agitación cada vez más per
feccionados permiten usar cada vez con mayor facilidad a un
gobierno o a un partido".
El camino adecuado sólo puede lograrse con un pluralismo
de órdenes jurídicos, como la vieja concepción fuerista española
había sostenido (70). Y este pluralismo debe actuar tanto en orden
a la creación del derecho, como al de su defensa contra las
intro
misiones
del Estado. Ha de dimanar de un régimen de cuerpos
intermedios que "han de brotar como las plantas, de abajo
arri
ba, y no. al revés, descolgarse de arriba abajo, dominadas ya sea por
el Estado, por el partido mayoritario, por el partido único o por
otros organismos
superiores a las agrupaciones que
han de se repre
sentativas,
pues en
esos otros
casos no
hay tales cuerpos interme
dios, sino simples sucursales del poder dominante totalmente
mediatizadas
y, por ende, no representativas" (71).
* * *
(6S-i Cfr. Sociedad de masas J' derecho, núm. 70, págs. 290 y sigs.
t,69) Beltrán de J ouyenel, op. cit., cap. XVI, págs. 357 y sigs.
(iO) Cfr. Elías de Tejada, "Libertad abstracta y libertades concretas",
en
Contribución ... , págs 128 y sigs., y en VERBO, 63, págs. 198 y sigs.
,il) ''La crisis del derecho", en R. G. L. y J., CX, pág. 483.
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JUAN V ALUT DE GOYTISOLO
d) Solución en orden a la segurúlad social.
Es cierto que, como ha hecho notar Savatier (72), en el mundo
occidental fue considerado siempre "un deber de la comunidad ar
bitrar medidas de seguridad a favor de quienes -como conse
cuencia de eventos que escapan a su control- se ven amenazados
por el hambre o por la extrema indigencia"; pero las instituciones
de
tipo local, "que inicialmente atendieron tales necesidades, re
sultaron inadecuadas cuando el desarrollo de las grandes
cilldades
y la creciente movilidad de las gentes quebrantó los viejos lazos
de vecindad, de tal forma que
-allí' donde
las autoridades locales
no obstaculizaron dichos movimientos
migratorios-los serri
cios
se estructuraron sobre base nacional" ...
Sin embargo, el Estado puede actuar subsidiariamente, en lugar
de monopolizar la seguridad social. Ahora, que tanto se habla de cogestión obrera, se comete la
incongrnencia de quererla imponer en la esfera de la empresa
y fue
ra de su ámbito adecuado y. en cambio, de excluirla totalmente en
materia que podría considerarse suya, por ser propiamente corpora
tiva, como es la seguridad social. Henri Charlier (73) ha propuesto
que el capital resultante de las cotizaciones de
la seguridad social
de
una corporación sea administrado por las diversas clases que
forman una empresa, así se promocionaría una élite de obreros
Haptos para dirigir una organización, para prever y juzgar, que
se formarían en el mando".
En el
seguro de desempleo sería aconsejable la actuación sub
sidiaria del Estado, que asegurase
un mínimo uniforme allí donde
los sindicatos
o gremios no pudieran alcanzarlo. Estos serían los
que cubrirían inicialmente este riesgo entre sus sindicados. Así, ade-
· (72) René Savatier, Les métcmwrphoses économique~ et sociales du
droit civil d'aujOI/IIYd'hui, París, Dalloz, 1952, núms. 275 y sigs., págs. 246
y sigs.
(73) Henri Cha.rlier, "Error de confundir
gobierno y
administración y
necesidad de restaurar
· las
corporaciones y los demás organismos naturales",
en VERBO, 55, pág. 362.
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Fundaci\363n Speiro
SOLUCIONES DE LOS CUERPOS INTERMEDIOS
más, la mayor extensión nwnérica de las subvenciones por paro neu
tralizaría la afluencia de mano de obra a sectores donde los salarios
resultasen proporcionalmente más elevado y haría pesar sobre éstos
el mayor contingente de desempleo provocado en su propio sector
por su elevada cuantía salarial, lo cual haría medir mejor a
los
sindicatos
el alcance de sus pretensiones de aumento
de salarios.
También en el seguro de vejez, detrás del ahorro y la previsión
familiar, debemos situar los· realizados a través de las corpora
ciones o asociaciones profesionales o laborales; en la siguiente línea,
la de los municipios o diputaciones, y, en último término, la del
Estado, limitada a cubrir el mínimo vital de aquellas necesidades
que queden sin satisfacer en su medio correspondiente.
La atención del seguro de enfermedad ha sido estudiado en
VERBO por Felipe Fernández Arqueo (74). El tema se hace más
candente cuando la organización estatal trata de
absorber mu
tualidades y organiraciones corporativas, impidiéndoles actuar en
régimen autónomo.
Cualquiera creería, dice este autor,
"que anteriormente
al seguro
de enfermedad los menesterosos morían en las aceras
desain
parados. Sin embargo, no era así: los hospitales municipales y
provinciales prestaban asistencia gratuita a los pobres; de .manera
espontánea
y eficaz, los médicos eran elementos de distribución
de la riqueza, porque los atendían esmeradamente por una gra
tificación simbólica, a cambio de acreditarse ante su clientela pri
vada, que con sus altos honorarios les resarcía de ese esfuerzo
y venía a ser así indirecta sostenedora de esa asistencia a los
pobres.
Las organizaciones
obreras tenían en perfecto funciona
miento la asistencia de sus afiliados" . . .
"La clase media podía
cubrir el riesgo de enfermedad en varias sociedades de Seguro
libre, competitivas entre sí,
lo cual mantenía una emulación y auter
vigilancia
eficacísima de sus servicios. Nada, pues, de mesianismos
ni de redención en la actual seguridad social.
La iniciativa oficial a
(74) Felipe Fernández Arqueo, "La estatificación de la medicina. y de
la seguridad social", en VJ<;RBO, 49, págs. 582 y sigs.
123
Fundaci\363n Speiro
JUAN V ALLET DE GOYTISOW
niveles infraestatales y la privada han demostrado históricamente su
capacidad asistencial".
Y añade: "En el presente, esta capacidad se sigue demostrando
en tres variedades de servicios sanitarios : Las sociedades de Se
guro libre que han sobrevivido a la estatificación y que tienen un
fin mercantil, buscado y satisfecho de manera honesta, no so
lamente por las virtudes de sus gerentes, sino por la libre com
petencia entre
ellas. Los
servicios médicos de algunos cuerpos
intermedios, como Colegios de abogados, ingenieros, etc., que no
tienen · un fin mercantil sino asistencial y son expresión de la
vitalidad y celo por su bien común de esas asociaciones naturales.
Y, finalmente, los servicios en que el Instituto Nacional de Pre
visión limita su función a inspeccionar unos servicios en los que
los médicos, los sanatorios
y sus clientes se entienden directa
mente
y se eligen libremente; tales el Seguro escolar y los mé
dicos de empresa''.
A
su juicio:
"Solamente un punto puede parecer confuso. Las
dificultades surgidas en la asistencia a los pobres de solemnidad
en hospitales municipales y provinciales. Tienen dos raíces: la
actitud de los médicos [ que
"al desaparecer
su clientela
han te
nido
que revisar a fondo su economía"] y la congelación de
los
presupuestos''.
Agregamos
la tremenda descapitalización efectiva
de las entidades benéficas que la inflación ha producido, sin alterar los capitales nominales, imposibílitándoles la realización, en la
medida prevista, de los fines para los que se constituyeron.
La intervención del Estado debe llegar
tan sólo en última
instancia. Como prosigue el autor al que vamos siguiendo : "Si
estos Municipios y Diputaciones no hallaran personas particulares que atendieran a los pobres, y si esas atenciones sobrepasaran las
posibilidades de su gestión directa, sería conforme
al principio de
subsidiariedad, muy de acuerdo con un orden social cristiano, que el
Estado, en última instancia, se hiciera cargo de la asistencia a
los desamparados e incapaces del cuerpo social. Pero sólo de la
de ellos.
En la práctica, parece difícil que se llegue a interesar
la iniciativa privada en una estatificación de las prestaciones sani-
124
Fundaci\363n Speiro
SOLUCIONES DE LOS CUERPOS INTERMEDIOS
tarias. con todo el cortejo de limitaciones e inconvenientes inhe
rentes, tan aireadas últimamente, y que son ciertamente uri mal,
pero un mal menor que el desamparo''.
* * *
e) Solución para la agricultura,
La sobrevivencia del campesinado en su forma tradicional de
explotación familiar
y, por contraste, su total colectivización de
penden de la forma en que se agrupe. Hace años (75) observá
bamos que ese fenómeno puede producirse impulsado por fuerzas
contrarias, puede moverse con orientaciones
y finalidades distin
tas
y puede llevar hacia muy· diversos resultados.
La mecanización del campo, la necesidad de mejorar la pro
ducción. la lucha por los mercados, la defensa de las plagas del
campo, el mantenimiento de los precios rentables, etc., fuerzan
a les campesinos a agruparse en cooperativas, herman.dades, aso
ciaciones profesionales ... La asociación, la coordinación, la coope ración, la organización son imprescindibles, en especial para
1a
pequeña propiedad. Juan
XXIII, en Mater et Magistra (§ 146), lo había destacado:
"X o debe olvidarse tampoco que en el sector agra.rio, del mismo
modo que en cualq-ufer
otro sector de la
producdón, es sumai,nen
te cOWl'e11íente que los
agricultores se asocien,
sobre todo, cuando
dirigen empresas fa-mita.res. En cualquier
caso
conviene que los
campesinos
se
sientan solidarios
entre sí
y colaboren de com-ún
acuerdo en la
creación
de cooperativas
y asociaciones profesWnales;
ambas
clases de
a.sociac.iones deben
ser
considerada,s como mwy
necesarias, ya. sea.
para poner a su. alcance las ventaja.s del pro-
grcso cient-ífico y técnico, ya para defender los precios de los
prodn~tos del ca-nz.po. Aiiádase a esto que med!ante estas asocia
ciones
los
agricultores que así
lo hagan lograrán ejercer sobre la
administraáón p·ública el
peso
y laJ influencia
que corresponde
aJ
(75) Prólogo al "Campesinado", en VERBO, 20, pág. 23.
125
Fundaci\363n Speiro
/UAN V ALLET DE GOYTISOLO
su profesión,· pues, como suele decirse, en el tienz.po en que vivi
mos la voz de uno solo es, con razón, consi.derada como si se la
llevwra el viento".
En estos casos la fuerza impulsora será interna, es decir, de
verdadera cooperación
y asociación. Los gobernantes, corno dijo
también Juan XXIII (Ma,ter et Magistra, § 152), ateniéndose
"oi prvncipio de subsirüo,-iedad, deben favorecer y ayudar a /a ini-
tiatima primada, de toi mo,fo que, en /,J, medida de lo posible, sean
las
propios
ciudada,nos qwienes lleven a feliz. término la obra por
ellos iniciada".
Pero el riesgo radica en que la fuerza impulsora aglutinante
sea extrínseca
y venga de arriba, en forma de encuadramiento
coactivo, organizado y dirigido por la tecnocracia y la burocracia
oficial. En este segundo caso se 'está a un paso, muy fácil de
dar -y que en. ciertos países inexorablemente se da-, del kol
khose de la organización marxista. Lenin lo había previsto : "Ha
parecido indispensable adecuar cierta graduación en el paso del
campesinado a
la forma colectiva de explotación.
La fórmula de
tránsito más sencilla a esa nueva forma y más accesible al pe
queño labrador es la cooperativa" ... "La pequeña burguesía rural,
incapaz de sostener la competencia de las cooperativas [ ayuda
das por el Estado] estará condenada a desaparecer". Comenzada
la obra, como en la Alemania del Este (76), los
gobernantes
arrebatan "en primer lugar a los trabajadores los sindicatos y
han puesto en su lugar un sindicato estatal, que no es otra cosa
que una prolongación del aparato de dominio estatal hasta las
empresas y las economías domésticas", así les "han quitado en
gran medida todo aquello que le daba independencia y le podía hacer posible manifestar una voluntad propia, incluso frente
al
aparato político del dominio del Estado", Los campos, luego,
"quedan sólo con ·«mano de obra» dependiente y sus vigilantes".
Sin embargo, el orden natural pide libertad en ese impulso
de cooperación y asociación, Si la cooperativa o la asociación fun-
(76) Cfr. la declaración del Bundestad alemán occidental de 6 abril
1960, en Vl!;RBO, 20, págs. 84 y sigs.
126
Fundaci\363n Speiro
SOLUCIONES DE LOS CUERPOS INTERMEDIOS
ciona mal, hay que poder salir de ella y tener la posibilidad de
organizar otra ... , si es que el defecto no puede ser remediado
más fácilmente cambiando los dirigentes. El principio de subsi
diariedad pide que los organismos de más amplia base y en espe
cial
el Estado no intervengan sino cuando la finalidad no es cu
bierta por los cuerpos intermedios más inmediatos, salvo el deber
de aquéllos de fomentar, orientar, estimular, facilitar ... Esta necesidad y los daños por no querer respetarla han sido
recientemente puestas de manifiesto desde su raíz e ilustrados con
numerosas experiencias
y datos estadísticos por el Vicepresiden
te del Instituto Agrícola Catalán de
San Isidro,
Francisco
de Go
mis (77).
Pero, además de esa obra de cooperación y asociación, a su lado
y más allá se habla la cuestión de la representación agraria para la
solución realista de sus problemas. De ella se ocupó uno de los
fono¡¡ de la VI Reunión de amigos de la Ciudad Católica, el 28
de octubre de 1967, actnaodo de Ponente
el entonces Presidente de
la Cámara S. Agraria de Tarragona,
J. Gil Moreno de Mora (78).
Su propuesta partió de que ]a actual representación, a través de tres
escalones: hermandades locales, cámaras agrarias
y hermandad
nacional, requiere escalones intermedios de modo que los superiores sean
representativos de
los inferiores, para que las asambleas
sean menos numerosas para ser operantes. Entre el primer esca
lón local
y el provincial, habría que intercala:f el comarcal, y
entre el provincial y el nacional otro regional o por cuencas hidro
gráficas, en los cuales se podrían lograr asambleas reducidas
y reso
lutivas. Además habría que salvar
la compartimentación entre
dependencias de :iiinisterios diversos (Trabajo, Agricultura, Or ganización sindical)
y que revisar el criterio de organización cen
tralizada desde
:VIadrid, para
resolver muchos problemas soln
cionables a
nivel local,
comarcal, provincial o regional.
El mismo
J. Gil Moreno de Mora con el Alcalde de Vimbodi,
(i7) Francisco de Gomis, "La agricultura contemporánea, el hombre
y la nueYa coyuntura técnica", en VERBO, núm. 77, págs. 619 y sigs.
(i8) Cfr. en VERBO, 64, págs. 33 y sigs.
127
Fundaci\363n Speiro
JUAN V ALI.ET DE GOYTISOLO
Enrique Coch Beguer, han planteado la necesidad de dar vida
a
la comarca como agrupación natural (79), señalando su perso
nalidad, su representatividad como mancomunidad de municipios,
medio
de contacto y comunicación entre ellos, de coordinación
armónica, de información, complemento subsidiario de su
admi
nistración y base de comercialización de los productos agrícolas.
Así se inicia una obra de restauración de verdaderos cuerpos in termedios naturales, principio de una ingente tarea
práctica a
rea
lizar.
* * *
f) Solución para la función social realizada por las llamadas
profesiones liberales.
También los colegios profesionales han sido objeto de nues
tra preocupación.
El forum "Los cuerpos intermediOS y las pro
fesiones
liberales" en
nuestra VI Reunón (80), en el que actuaron
de ponentes José Antonio G. de Cortázar
y el Dr. Alberto Ruiz
de Galarreta,
y el forum "El futuro de los colegios profesionales",
de la VII Reunión (81), que recibió las comunicaciones del
.he
sidente
del Colegio de Médicos de Madrid, Dr. Francisco
García
Miranda, y varios miembros del recientemente formado Colegio de
Ingenieros navales, así como una brillante intervención del Notario
de Barcelona, Angel Martínez Sarrión, así lo demuestran.
"La existencia de las profesiones liberales --expuso G. de
Cortázar- como cuerpos intermedios naturales dentro de los Ua
mados profesionales es un principio básico en el plano del orden
social cristiano, que es, en esencia, un orden de cuerpos intenne-
(79) Enrique Coch Begue;: y J. Gil Moreno de Mora, "La comarca
agrupación natural",
en
Fuerza Nueva, 116 (29 marzo 1969), p:igs. 13 y si
guientes.
(80) Cfr. en
VERBO, 64, págs. 304 y sigs. y en C0111tribución ... , págs. 211
y sigs. (81) Cfr. en
VERBO, 75-76, págs. 423 y sigs.
128
Fundaci\363n Speiro
SOLUCIONES DE LOS CUERPOS INTERMEDIOS
dios. Las profesiOnes liberales, junto con la familia y la propiedad,
las instituciones locales, las uniones profesionales
y el Estado deben
tener su propio campo de acción en la espesa malla que preside
la vida social. El fin primordial del Estado consiste en dejar a
los interesados -en este caso concreto las profesiones liberales
la
administración de sus propios y típicos asuntos''.
Pío XI había calificado los cuerpos profesionales de órganos,
si no esenciales, al menos naturales en la sociedad, afirmación
repetida por Juan XXIII en
Mater et Magistm.
"El Estado -escriben Ousset y Creuzet (82)- no tiene más
que un papel de vigilancia, de coordinación, de emulación, de
árbitro. ?\o tiene que aplastar bajo la red de una administración
asfixiante al que sólo puede vivir por sí mismo".
En sentido parecido Alvarez Robles (83) estima que la fun
ción del Estado se concreta a controlar, coordinar, estimular y
suplir en caso de inacción, pero "no suplantar · nunca las activi
dades,
ni
usurpar jamás los medios para ejercerlas, que compe
ten
a los miembros de la organización social, por verdadero dere
cho natural, derivado de Ja naturaleza
y de los fines respectivos
que ésta les ha señalado".
Este ilustre notario, inspirado en gran parte por la doctrina
del solidarismo, doctrina eje de la Unión Social de Malinas y de
su Código Social, publicado en 1920, señala que ésta "parte como
supuesto fundamental de la sociedad organizada moral
y material
mente, llevando siempre esta doble mira, conjugar el fin personal de
la vida social con el fin social de la vida personal; es antiindividua
lista porque impone siempre el desarrollo del fin personal, deman
dando para ello el restablecimiento de los órganos de la vida social,
acoplados a la vez al desarrollo de las funciones de interés común
(82) Jean Ousset y Michel Creuzet, El Trabajo, II Parte, cap. IV,
vers.
en castellano de Speiro, Madrid,
1964, pág. 113.
(83) Juan M. Antonio Alvarez Robles, "El Notario como corpora
ción", en Estudias de Derecho Notarial con motivo del Centenario de la
Ley
del
Notariado, sec. II, voit. II, Madrid, 1965, págs. 63 y sigs., y en·
especial 74 y sigs.
129
Fundaci\363n Speiro
JUAN V ALLET DE GOYTISOLO
y de manera que en su prosecución se tengan Siempre también presentes los fines y los derechos legítimos de los individuos". Las profesiones liberales tiene hoy dos grandes enemigos : el
totalitarismo y la tecnocracia.
El totalitalismo es enemigo de las profesiones liberales y de
su autonomía corporativa, como lo es de todo cuerpo intermedio
natural, porque no quiere que exista entre el Estado y la masa
desarraigada y amorfa más que las funciones impuestas por la
propia organización estatal.
La tecnocracia. formada por ideólogos encuadrados en la je
rarquía estatal, planificadora desde arriba y socializante, no ve en
los cuerpos y colegios profesionales más que obstáculos y estor
bos. Estos defienden a la sociedad contra las utopías y
el totali
tarismo de los tecnócratas.
La libertad social depende en gran
parte de la subsistencia de los cuerpos profesionales libres y de
su organización autónoma de la administración del Estado. Por
eso los tecnócratas quisieran la funcionarización, más o menos
apresurada, de los diversos elementos de las profesiones libe
rales (84).
El doctor Francisco García Miranda
(85),, en
su referida co
municación, destacó la imperiosa necesidad de buscar y procurar
el deseable equilibrio de los diversos grupos sociales porque en
ello está el germen de la paz, el orden y el progreso, "De manera
semejante a como dentro de una dinámica alucinante de todos los
elementos siderales, el universo es un todo perfectamente ordenado
y regido: así, uua sociedad, para que pueda desarrollarse y cumplir
sus fines primordiales hacia los individuos que la componen, debe
conseguir
y mantener un perfecto equilibrio entre sus elementos
integrantes".
(84) J. M., "Los tecnócratas contra las profesiones liberales", capí
tulo VIII de la obra dirigida por Henri Coston, Les technocrates et la
syna,rchie,
Lectures frairu;aises, febrero 1962, cfr. en VERBO, 52, págs. 175
y sigs.
(85) Francisco .García Miranda,
"El futuro
de los colegios profesiona
,les",
en
VBRBO, 75-76, págs. 423 y sigS.
130
Fundaci\363n Speiro
SOLUCIONES DE LOS CUERPOS INTERMEDIOS
Para cumplir ese fin la organización de los cuerpos profesio
nales debe basarse en los principios de la
libertad de
cada orga
nización compatible con la de los demás cuerpos intermedios so
ciales, la autonomía de organización y de medios para el desarrollo
de sus funciones, la aip·aüticidad respecto a corrientes y modas del
momento.
La comunicación de los miembros del Colegio de Ingenieros
aeronáuticos señaló como fines principales de los colegios profesio
nales: 1.0 La deontología y disciplina profesional de los colegiados;
2.0 La defensa de éstos dentro de los límites del bien común;
3.0 La ayuda a la investigación y al desarrollo técnico; 4.0 La
asistencia social a colegiados y a sus familiares inmediatos.
El notario Angel
Martínez Sarrión
expuso el riesgo de que
una legislación general frene el desarrollo de esas corporaciones,
y el abogado Jesús Va!dés y Menéndez V aldés observó que no
es el poder ejecutivo, sino las propias corporaciones las que han de articular sus Estatutos dentro del ámbito de sana autonomía
que, conforme a las bases legislativas, les corresponda (86).
* * *
g) Solución de problemas para una justa ordenación urba,
nística.
Es indudable que 1as aglomeraciones urbanas imponen recí
procas limitaciones a los ciudadanos para que la convivencia sea
posible
y armónica. Pero, entre las diversas soluciones posibles,
algunas resultan de una tremenda fuerza impulsiva hacia. el tota
litarismo. Parece incluso que los tecnócratas se ufanan por incre mentar el volumen macrocósmico
de las
ciudades para mejor im
plantar un totalitarismo absoluto. De ese modo
el concepto del urbanismo se agiganta y se con
vierte en un medio de intervención del Estado en todo el terri-
(86) Cfr. estas tres últimas referencias recogidas del forum último cit., en VERBO, 75-76, págs. 428 y sigs.
131
Fundaci\363n Speiro
JUAN V AUET DE GOYTISOLO
torio. Leerno_s en el Primer Plan de Desarrollo Económico y Social
(cap. 26. ap. 4.°, 3): "El urbanismo ha dejado de ser un simple
instrumento corrector y ordenador de la ciudad para transformarse
en una actuación de conformación social general, que tiene como
finalidad principal la planificación u ordenación anticipada de las
estructuras demográficas, sociales
y económicas de una unidad
territorial''.
Y así, como observa Sauvy (87): "Una ciudad nueva se cons
truye sobre la maqueta, la cual es juzgada solamente por el ojo
exterior",
y por eso, para tantos urbanistas y funcionarios, "el
habit:am,te acaJJa par ser a veces icn m"portuno) casD un adversario".
El problema a discutir radica especialmente en determinar cómo
se debe ordenar y, en concreto, quién o quiénes han de realizar
las ordenaciones y planes urbanos:
Germán
Alvarez de S.otomayor (88), en su comunicación a
nuestra VII reunión, en
La Balmesiana de Barcelona, ha expli
cado dos diversos modos de planear urbanístico. El más usual
es aquel en el cual el urbanista lo prevé todo (aunque luego fallen
sus
previsiones, o
éstas, una vez realizadas, tengan unos resul
tados fuera de lo previsto), traza calles y plazas, dibuja edificios, sitúa Iglesias, mercados, escuelas, parques, etc., y distribuye vo
lúmenes edificables, repartiendo riqueza o pobreza con su lápiz
mágico;
y, mientras trabaja en su realización, bloquea amplias
zonas que esperan
el final de su obra creadora, en tanto que sin
orden ni concierto fuera del área prevista surgen aglomeraciones
aberrantes. El otro es más flexible en todos los aspectos; trata de
fijar unos
módulos para la apertura de viales, distancias, volúmenes
edificab}es, etc.,
y unas ordenanzas, dentro de los cuales, los particu
lares pueden moverse libremente, o deben ponerse de acuerdo
para ajustarse en su con junto a esa reglamentación
y distribuirse,
conforme a ella, los volúmenes
y las compensaciones, con el mí-
(87) Alfrey Sauvy, Mythologie de notre temps, París, Payot, 1966,
cap. XII, pág. 145.
(88) Germán Alvarez de Sotomayor, "El futuro del urbanismo", cfr.
VERBO, 78-79, págs. 827 y sigs.
132
Fundaci\363n Speiro
SOLUCIONES DE LOS CUERPOS INTERMEDIOS
nimo posible de intervención burocrática de la Administración
pública y de sus organismos.
Por otra parte: "Va creciendo la idea -según escribe An
derson (89)-de que la planificación sólo puede tener éxito si
se convierte cada vez más en una activídád compartida;
y deben
tener parte en ella los distintos grupos organizados de la comu nidad" ...
·"El progreso ha
de ser lento, pero los resultados más
durables".
La antítesis del binomio tecnocracia-masa han de superarla
los diversos grupos organizados de la comunidad.
Así Daujarques (90), frente al "dirigismo fundado únicamente
en justificaciones técnicas, que reduce las colectividades locales
a simples medios de información
y transnúsión de directrices
tecnocráticas", contrapone la propuesta de humanización del Plan
que, en su informe al L Congreso Nacional de la' Asociación de Al
caldes de Francia elevó el finado Raymond Berr"urier, vicepresi
G.ente de
dicha asociación
y secretario de 1a sección francesa
del Consejo de
:\Iunicipios de
Europa (91):
"La única solu
ción --decía éste-- para la nación reside en su reencauzamiento
en los principios fundamentales de la vida libre en comunidades
libres
y en un justo reparto de las aportaciones nacionales entre
el modo de vida urbano y el modo de vida rural permitiendo la
modernización de éste" ... ; "en salvaguardar para
las ciudades
una justa autonomía
y el libre ejercicio de las_ funciones que les
son propias".
Como
nota Hayeck (92), por otra parte, en general, las orde
nanzas
de ámbito local provocan una competencia entre las distin-
!89) Xels Anderson, Sociología de la comunidad urbana. Una pers
pectit:a
mundial, ed en castellano, México, 1960, pág. 582.
(90)
Louis Daujarques, "Le
neo-dirig:isme technocratique", cap. II, en
Pcrmanences. 47, febrero 1968, págs. 64 y sigs.
(91) Cfr. en
VERBO 56-57, págs. 481 y sigs., extractos de lo más fun
damental del citado informe de Raymond Berrurier.
(92) Hayeck,
Los fundamentos de la libertad, ed. en castellano. Fund.
Ignacio Villalonga, 1961, cap. XII,
!IlÚm. 7,
págs. 169 y sigs.
133
Fundaci\363n Speiro
JUAN V ALUJT DE GOYTISOLO
tas corporaciones interesadas que suprime obstáculos y restric
ciones carentes de base, con bastante mayor rapidez y eficacia que
unas ordenanzas generales de aplicación a todo el país o a ex.tensas
regiones del mismo.
j Claro que se objetará ineficiencia municipal! Pero, evidente
mente, primero habrá que dotar a los Municipios de la autonomía
que ha de corresponderles
y de ~os medios que deben ser suyos
propios
y que el centralismo estatal les ha arrebatado ... Este es
un paso fundamental en la restauración del tejido social
(93,).
Por
otra parte, parece que el régimen más justo para realizar
las obras urbanísticas de acuerdo con lo previsto en el plan es el
que concede a los propietarios de los terrenos la facultad de ur banizar a su costa, dotando obligatoriamente a éstos de los ser
vicios reglamentarios
y repartiéndose, proporcionalmente a sus
aportaciones, los volúmenes
edi.ficables que
les correspondan. Sis
tema que merece ser alentado y estimulado con ciertas exencio
nes fiscales temporales,
y regulado con la mayor flexibilidad y
agilidad posible, con el mínimo de intervención administrativa y
de trámites burocráticos, y, en todo lo posible, permitiéndoles
actuar dentro de las formas de Derecho privado usuales en la contratación inmobiliaria (94). Las agrupaciones de propietarios pueden, por lo tanto, cons
tituir un tipo de cuerpo intermedio sub-municipal de indudable
eficacia para una eficaz
y justa solución de muchos problemas
urbanísticos.
* * *
(93) Cfr. el interesante estudio del equipo SICLER, L'avenir des com
m,wnes fra.n.,aises, Le Chesnay, 1969, en especial su IV parte, que examina
las
condiciones de la autoncmía local, " ... d'abord des finances."
(págs. 57
y sigs.) (94) Cfr. el cap. X
"½', gran ciudad como problema", de nuestro libro
cit. Sociedades de masas y derecho ... , núm. 142, págs. 581 y sigs,.
134
Fundaci\363n Speiro
SOWCIONES DE LOS CUERPOS INTERMEDIOS
h) Solucwn de los problemas de la educación y la enseií-.
"La formación del hombre es, ante todo -nos explicó Gam
bra (95)-, familiar y ambiental.
Las primeras
convicciones y
sentidos los recibe el niño de su medio, sobre todo familiar; sólo
después la enseñanza ampliará y ensanchará en ex.tensión esta
básica formación, deseablemente en línea de creencias y senti
mientos con ella". La contraria concepción entraña una visión
racionalista del ser humano
y se presta a enfrentar una enseñanza
«organizada» y aun <
y an1biental local. Hay una serie de razones que fundamentan el papel educador
primario de la familia (96). En primer lugar, normalmente es en
la familia donde se obtienen los primeros conocimientos, en especial
de la madre,
donde se
adquiere el sentido de la
realidad y
apren
de el significado de las palabras usuales. En segnndo término,
el amor de los padres les concede una influencia sobre su hijos
en sus primeros años que los pedagogos mejores no pueden al
canzar, pese a sus mejores deseos. En tercer lugar, en la
f~i
lia
hallan
los hijos el medio educativo que les es más conveniente
en cuanto les es el más natural. Son "ramas del mismo árbol que
van a continuar su crecimiento recibiendo la misma savia nu tricia". Y, finalmente, la experiencia enseña que el niño edu
cado en familia desarrolla más pronto sus facultades, tiene más
iniciativa y presenta menos dificultades de adaptación social.
llfarcel de
Corte (97) ha señalado el carácter básico que la
educación familiar tiene en la educación política, tomada en su
más amplio significado: "Educación de la amistad, de la
obe-
(95) Rafael Gambra Ciudad, ponencia en el forum sobre fa enseñanza,
en la V Reunión de amigos de la Ciudad Católica, cfr.
VERBO, 52, pági
na 161.
(96) Cfr. ).fichel Creuzet, L'en-s,ei9nement, París, Club du Livre Civi
que, 1965, I parte, cap. I, págs. 10 y sigs.
(97)
).farcel de
Corte,
"La educación política", 2, en VERBO, 59, pá
ginas 637 y sigs.
135
Fundaci\363n Speiro
JUAN V ALLET DE GOYTISOLO
diencia, de la confianza; educación de la colaboración, de la ab
negación, de la responsabilidad; educación de la justicia, de la
generosidad, del
espír,itu de economía, del respeto, de la piedad
hacia las tradiciones, de la inteligencia
y de la voluntad; educa
ción de la continuidad
temporal por
el recuerdo del pasado, por
la ocupación del presente, por la preocupación del ponrenir; edu
cación en el espacio social por las relaciones con los próximos, los
consanguíneos, los uterinos, los allegados, los emparentados, etc.
No acabaríamos de enumerar las facetas de
la educación con re
sonancia política que la familia dispensa, con inagotable prodi
gilidad, sin el menor plan
J)Teconcebido, en
función de las nece
sidades siempre cambiantes de la vida, con una capacidad
creadora
y un poder de invención que surge improvisadamente,
que confunden al observador bajo la imperiosa presión de la
na
turaleza social misma del hombre actuando en cada miembro de la
comunidad familiar
y de la na-turaleza de los seres, de las cosas
y
de los
O:C!71ttecimientos con los cuales cada uno de ellos se halla
confrontado".
, Si, como observa Creuzet (98), la familia "es el medio na
tural de
la educación de los niños": "La empresa, el oficio, la pro
fesión son
el medio natural en el cual el adolescente va a hallar
sus contactos, no solamente para transformar
la materia, sino
como un medio humano portador de una tradición, de una ver
dadera herencia"...
"La formación
dada, por ejemplo, en un
cuerpo de
oficio no
consiste solamente en una técnica de pro
ducción en vistas únicamente al rendimiento cuantitativo. El pres
tigio del oficio reside
'en constituir
un verdadero humanismo que
abra la inteligencia del trabajador desde la práctica manual hacia
una cultura más amplia"... "Del mismo modo, las corporaciones locales, portadoras de una civilización particular con su lengua
y sus costumbres, son modos de vida. También fecundos. También
naturalmente más aptos para transmitir los valores locales de los
que son depositarios. Papel tanto más importante
por cuanto
el
crecimiento demográfico
y el progreso de la organización llevan
(98) Creuzet, ob. ú:lt. cit., cap. II, págs. 35 y sigs.
136
Fundaci\363n Speiro
SOLUCIONES DE LOS CUERPOS INTERMEDIOS
de por sí el peligro de "mecanizar" a ultranza la vida humana.
Además contribuyen
al equilibrio
humano, a la armonía de la
personalidad"... También toda empresa "tiene derecho,
por su
propia naturaleza, a organizar el aprendizaje con vistas a con
seguir un personal cualificado".
Pero, como ha destacado Henri Charlier (99) :
"La reforma
de la enseñanza, la reforma intelectual
y la reforma social están
naturalmente religadas en conjunto". Precisamente el problema
radica en que hoy "la familia y el oficio no están en modo alguno
organizados'' "para destacar «élites» naturales".
"Es, pues,
reorganizando la sociedad en sí misma, conforme a
sus condiciones naturales, familia y oficio, como la enseñanza pro
piamente se encontraría reorganizada"... "El respeto a la fami
lia implicará para la edad infantil la escuela confesional;
el oficio,
la escuela técnica corporativa
y el aprendizaje artesano. La carga
soportada por el Estado se hallará bastante reduc'da
y su labor
simplificada. Se reducirá a lo esencial: a asegurar que la
vercfa
dera
formación intelectual no sea sacrificada a la visión estrecha
o al interés material inmediato de las familias o de los diversos
cuerpos de la nación. Todo ganará, el Estado,
la inteligencia, la
libertad, la
,-ida''.
Los
hechos, la naturaleza de las cosas, el bien social, reclaman
una enseñanza diversificada
y adaptada al medio familiar y pro
fesional, aunque
en modo alguno cerrada, sino abierta a las ver
daderas vocaciones
y capacidades adecuadas.
Como hace notar
1fessner (100): La superación del espíritu
de
la masa exige una reestructuración de la sociedad con
una
nue\·a fundamentación
de la responsabilidad de la comunidad
en función del principio de
la articulación estructural", en el cual
"5e halla
ínsita la
multip1icac;ón de
comunidades, miembros de ín
dole cooperativa
regional y, especialmente, de índole estamental
profesional_.
y. a
la vez. una interpretación inequívoca del
princi-
(99) Henri Charlier, Culture école et métier, París, Nouvelles Ed.
Latines, 196, Introd., págs. 21 y sigs.
(100) Messner, op. cit., § 131, pág. 143.
137
Fundaci\363n Speiro
JUAN VALLET DE GOYTISOLO
pio de la élite; las élites han de ser tan múltiples y multiformes
como 1a propia sociedad articulada, según el orden de la subsidia
riedad".
La receta de H. Charlier (101) es ésta: "Las proiesiones son
muy diversas. Unas necesitan pocos jefes
y muchos obreros_. otras
piden de
todos sus obreros un espíritu de observación
y un saber
de ingenieros." Por eso, al dejar a la
profes:ón el
cuidado de re
gular su enseñanza, el Estado no tendría otra misión que la de
imponer un programa de estudios medios dfrersifica
la
enseñanza. No se olvide que los aprendizajes prácticos han de comenzarse
siendo jóvenes. Hoy --observa- un joven "puede presentarse e
ingresar en la Escuela naval si.n haber visto jamás el mar.
Debería
navegar primero para comprobar su vocación. Los Toun•ille, los
Duquesne, los Turenne, eran marinos o soldados a los quince
años. Tenían. ciertamente, los conocimientos históricos
y geográ
ficos necesarios para los oficiales superiores. Pero no tenían que
pasar el bachillerato. Basta que el examen profesional tenga en
cuenta la cultura general". Las escuelas técnicas superiores -prosigue Charlier- debe
rían comprender la enseñanza media en lo esencial, aunque en
menos alta dosis pero prolongándola un mayor período, combinada
con las enseñanzas técnicas
y con la experiencia práctica de los
oficios relacionados.
"No habría
sino ventajas en que los futuros agrónomos su
pieran labrar a los quince años, los futuros ingenieros manejar una lima, en que los futuros marinos navegaran, en que los fu
turos oficiales hicieran el ejercicio a la misma edad. He citado la
opinión de un alto oficial de la Marina que me dijo: «Nuestros
oficiales están mejor instruidos
y son más inteligentes, pero los
ingleses son marinos» ... '' Con esa orientación, según el mismo Charlier (102): "Todos
(101) H. Charlier, ofr. cit., cap. IV, págs. 63 y sigs.
(102) H. Charlier,
op. cit. cap. V, págs. 71 y sigs., y en especial 95
a 101.
138
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SOLUCIONES DE LOS CUERPOS INTERMEDIOS
los jóvenes que tengan pronto una vocación imperiosa por un
oficio activo, o por la mecánica, o que hallen llamados a suceder
a sus padres en un oficio determinado, irán a las escuelas técnicas, donde recibirán una enseñanza media apropiada a su edad
y a la
duración de sus estudios". El bachillerato completo propiamente
dicho, en el cual se precisa "la mejor cultura general, es decir,
una adaptación de las antiguas humanidades
renovadas", en el
que
conviene que se "sepan menos cosas, literarias o matemáticas,
pero que las
sepan mejor", sólo será exigido a "los futuros ma
gistrado;:;, médicos,
notarios, profesores, etc.".
El
error de p1anteamiento, como hace resaltar José Luis de
Zayas (103)_.
"consiste en seguir pensando que el Estado tiene
derecho a hacerlo todo : dictar las normas, preparar los progra
mas. elegir los catedráticos, dar los títulos, etc. Este plantea
miento, en total contradicción con el principio de subsidiariedad,
nos conduce a la
CniYersidad burocrática,
en la que los rectores,
los decanos
y los directores de centro se convierten en meros
funcionarios del Estado. Dos condiciones fundamentales tienen
que darse para que una universidad pueda considerarse autónoma:
independencia administrativa
y autoridad para organizar sus pro
pio:--programas
de enseñanza,
que se
hayan trazado".
También H. Charlier (104) cree que asimismo en la Universi
dad
;'hay que
suprimir la dirección estatal de la enseñanza"
y
que la primera reforma debe consistir "en dar libertad a las
CniYersidades para
administrarse a sí mismas, elegir su rector
y
admitir por cooptación los profesores que deseen; para orgamzar
las enseñanzas,
hacer los planes, crearse ... ".
i)03) José Luis de Zayas Arancibia, "Las "Cniversidades autónomas",
en
YE.RBO. i3. págs. 230 y sigs.
(10-I-)
H.
Charlier,
op. cit .. cap. VIII, págs.136 y sigs.
139
Fundaci\363n Speiro
POR
JuAN V ALLE'I' DE GoYTisow.
II) SOLUCIONES.
Los fundamentos de la organizac10n por cuerpos intermedios
se complementan con la comprobación de su certeza en la prueba
que nos suministran las soluciones equilibradas a que lleva su aplicación.
a I Solución política.
La historia del Derecho político a partir de la Revolución
francesa nos muestra un repetido intento de equilibrar autoridad
y libertad en un esfuerzo creciente de democratización. Sin em
bargo. los resultados nos muestran una tendencia cada vez mayor
hacia el totalitarismo estatal, no sólo en los países calificados
peyoratiYamente de
totalitarios, sino también en los democráticos.
Xo en nno, como
ha notado Emil Brunner (35),
el totalita
rismo tiene "propiamente su raíz histórica" "en la República de
la
ReYolución francesa,
en el
contra! social de Rousseau, en su
principio de la
a/ie,wtí.on lota/e" (36). Este aparente contrasen-
1_3.3) E. Brunner, ob. cit . ., cap. XVI, pág. 175. (36) .-\cerca de la "aliénation totale" del "contrat social", recomen
damos: la
lectura en
VERBO 74, de los trabajos de Francisco Puy Muñoz, ''El mito
del contrato social" (págs. 74 y sigs.), y de José
M.ª Coronas .--\.Ionso "El mito de la libertad revolucionaria ante el totalitarismo moderno" (pág;. '297 y sigs).
111
Fundaci\363n Speiro
JUAN V ALLET DE GOYTISOLO
tido tiene una fácil explicación, que Joaquín Costa (37) expuso
lucidamente al decir que frente al gobierno, los súbditos,
el país
elector es "la masa caótica, cuya misión_ se cifra entera en obe
decer a aquellos a quienes ha constituido en órganos suyos,
despojándose de su soberanía, El país elector es el servum pecus,
sin personalidad propia, que recibe credo y consigna de lo alto,
que obedece sin derecho en ningún caso a mandar" ...
El · proceso histórico de ese resultado fue expuesto hace más
de un siglo por Tocqueville ( 38) : "la Revolución francesa no ha
tenido únicamente por objeto cambiar un gobierno antiguo, sino
abolir la forma antigua de la sociedad". Sobre las ruinas produ
cidas por ella se desarrolla ''un poder central inmenso que ha
atraído y absorbido en su unidad todas las partículas de autoridad que antes estaban dispersas en una infinidad de poderes secunda
rios, órdenes, clases,
profesiones, familias e individuos, y como
difundidas en todo el cuerpo social".
Es cierto que este resultado había sido preparado por el abso
lutismo inmediatamente anterior_,
en especíal
desde el Cardenal Ri
chelieu a Luis XIV, al despoblar las provincias de sus notables,
provocar el descrédito de las corporaciones, asfixiar las institu
ciones peculiares y autónomas de municipios y regiones (39). Así,
observaba Tocqueville (
4-0) que cuando sobrevino la Revolución,
"en vano
se hubieran buscado en casi toda Francia diez hombres
que tuvieran el hábito de realizar alguna acción en común
y de
atender por sí mismos a su propia defensa: el poder central era
el único que desempeñaba esta función ... " Pero no es menos cierto
que en enero de 1822, Royer-Collard declaraba ante la Cámara de Diputados :
"La Revolución no ha dejado en pie más que in-
(37) Joaquín Cost.a, "Renovación del C',ódi,go por la costumbre", en La
libertad civil y el congreso d,e Juristas Aragoneses, Madrid, 1883, capí
tulo Vl, pág. 167.
(38) Alexis de Tocqueville, El antiguo régimen. y 'la Revolución, lib. I,
cap. II, cfr. trad. al castellano, Madrid, 1911, págs, 20 y sigs,
(39)
Tocqueville, op. cit._, lib. II, cap. VII, pág. 96, cap. X, pági
nas 129 y sigs., y lib. III, cap. VII, p.ágs. 227 y sigs.
(40) Tocqueville, op. cit., lib. III, cap. VIII, págs. 420 y sigs.
112
Fundaci\363n Speiro
SOLUCIONES DE LOS CUERPOS INTERMEDIOS
dividuos, y de esta sociedad pulverizada ha salido la centraliza
ción, y ahí donde no hay más que individuos, todos los negoeios
que no son suyos son negocios públicos, negocios del Estado. Es
así
como hemos
venido a ser un pueblo de administrados" (41) ...
No podemos olvidar que, conforme observó sagazmente
Toc
queville
( 42), es "difícil de concebir cómo hombres que han re
nunciado enteramente
al hábito de dirigirse a sí mismos podrán
conseguir escoger bien a quienes deban conducirles ... ".
Es una evidencia repetidamente comprobada que el hombre
sólo es libre en cuanto miembro activo
y responsable de comu
nidades a su alcance y medida. Messner ( 43) lo subraya y concluye:
"Libertad significa responsabilidad personal y autonomía en todas
las esferas vitales, con participación de todas las regulaciones que
en cada una de ellas afectan a todos los miembros de la sociedad".
En cambio, como explica Savatier ( 44),
todos los grupos,
todas las comunidades, "desde la familia hasta la corporación, todos
eran a los ojos de la Revolución, a los ojos de Jean Jacques Rousseau,
y también a los ojos de Bonaparte, unos usurpadores
de la libertad individua!" ; pues, para esa escuela, la libertad del
individuo solamente podía ser restringida por
"la soberanía po
pular, voluntad del conjunto de ciudadanos, y expresión del Es
tado", con lo cual "aquélla quedaba sometida a la voluntad del
Estado",
y así "un nuevo peligro surge" en la omnipotente vo
luntad del Estado, dueño y árbitro único.
Por eso, la defensa de la libertad requiere
la solución contra
ria. "El pluralismo de los órdenes sociales
-ha dicho Le
(41) Cfr. esta cita en Louis Daujarques, "El neodirigismo tecnocrá
tico", en
VERBO, 65-66, pág. 480.
(42) Tocqueville, De la démocratie en Amérique, vol. II, IV parte,
cap. VI, edición dirigida por Jr. P. Mayer, París, Gallimard, 1961,
página 177.
(-U) Johannes 1fessner, La cuestión socWl, versión castellana, Madrid,
Rialp,
1960, núm. 129, pág. 546.
(44) René Savatier,
Du droit civil au droit frublic, cap. I, París,
"Livr. Générale
de Droit et
de Jurisprudence", 1950, págs. 6 y sigs.
113
'
Fundaci\363n Speiro
JUAN V ALLBT DB GOYTISOLO -
Fur ( 45)-es la mejor garantía contra los abusos de cada uno
de ellos". Y Roubier (46) propone como solución que el poder pú
blico se distribuya en numerosos grupos,
y "que sintetice cada uno
por su parte un fragmento del interés general" ... "provincias, mu
nicipios, órdenes, corporaciones o sindicatos, agrupaciones pura
mente privadas, asociaciones, sociedades, familias ... ''.
En efecto, ha advertido Marce! de Corte ( 47) : "Todo Estado
construido sobre las comunidades naturales
y sobre la radicación
que ellas difunden, ve
de tal suerte su poder reducido a su justa
medida que raramente actúa como una manifestación de una fuerza
exterior a los ciudadanos. Por el contrario, todo Estado sin socie
dad -es axiomática.mente un Estado coercitivo, policíaco, armado
de un arsenal de leyes y reglamentos encargados de dar sentido a
las conductas imprevisibles y aberrantes de los individuos. Su
tendencia al totalitarismo es directamente proporcional a la des
aparición de
las comunidades naturales, a la ruina de las cos
tumbres, a la hecatombe de la educación. Al límite, el "grueso
animal" político
del que habló Platón, el terrorífico Leviatán social
que conocemos se -sustituye a las autoridades sociales moderadoras
que una Constitución o que una legislación insensatas han tenido la imprudencia de eliminar". Hay que concluir, pues,
con Puy (
48) que "es
el federalismo
histórico tradicional
el único modo de unión viab1e entre los hom
bres. Porque es el único que reconoce en sus justos límites
la
función de los cuerpos sociales intermedios". Tres notas le ca racterizan, según
nos explica:
Sociedalismo, o sea "que el poder político superior tiene, y
(45,) Le Fur, "Du droit individue! au droit social", en Arch.,:ves de
Philosophie du Droit
et
de Sociologie
Ju:ridique, 1931, núm. 3-4, pág. 307.
(46) Paul Roubier, Téorie Générale du Droit, 2P ed., París, Sirey,
1951, núm. 32, págs. 20 y sigs.
(47)
Marce! de
Corte, ''La educación
política", núm. 2, en V:ERBO, 59,
págs. 644.
(48) Francisco Puy, "Federalismo tradicional y federalismo revolu
cionario", en
Contríbución ... , págs. 149 y sigs., o en VERBO, 63., páge, 183
y sigs.
114
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SOLUCIONES DE LOS CUERPOS INTERMEDIOS
sólo ése, la fuerza necesaria para organizar la sociedad respe
tándola. Porque el único límite correcto para el poder es la valla
al poder que le oponen los grupos, dentro de los cuales tiene cada hombre asegurada su máxima libertad de acción para su
actuar cotidiano''.
Pluralismo, o sea "que los grupos intermedios mantienen sus
fricciones y voces en
el marco de una paz dinámica de tensiones;
que encuentran marco para el diálogo y jurisdicción para dirimir
oposiciones definitivas".
Fucrismo o foralismo, o sea "que el vehículo de equilibrio entre
el poder y !a libertad que garantiza la paz es el derecho que re
conoce las peculiaridades de los grupos en lo que no se oponen al
bien común, más general, pero garantizando el bien común más
particular''.
* * *
b) Solución económico-polüica.
Cna sociedad sin cuerpos intermedios se adentra en la con
fusión de poder político
y poder económico, bien sea porque las
grandes
compañÍa5 capitalistas
dominen la
política. o porque el
Estado extienda su poder a un dominio totalitario de la econo
mía
(+9). Xo oh·idemos que, como ha sintetizado Salieron (SO),
la solución que tradicionalmente ha venido dando el mundo occi
dental al interés social ha consistido en
la separación del poder
económico .. basado en la propiedad privada, y el poder político, en
manos del Estado. El mundo comunista, con la abolición de la
propiedad
prh-ada, comporta
la abolición del poder económico
especifico
y la
absorción de todo el poder en las únicas manos
del Estado.
(49) Cfr. el cap. VI, "Poder político y poder económico", de la II de
parte de nuestro libro Sociedad de masas J.' derecho, Madrid, Taurus '&iicione:::. 1968. pii.g:,;. 387 y sigs.
(50) Louis
Salleron, "Poder
y propiedad en la empresa", en
VERBO, 28-29, págs. 437 y sigs.
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JUAN V ALLET DE GOYTISOLO
De esta forma desaparece la libertad civil (51), o facultad de
moverse "dentro de la esfera del derecho privado", "corno condición
de poder y de independencia", que pone "en perfcta consonancia
los derechos civiles" oon los derechos "como ciudadanos (52), ca
lificada como "verdadera condición de los pueblos libres"
(53).
Necesaria correlación que
ha reafirmado la Constitución pastoral
GoodiM.m et
spes,
sobre la Iglesia en el mundo moderno del Con
cilio Vaticano II:
"La, propiedad privada a un cierta dominio sabre
b-ienes
externas asegura
a
cada uno
una zona indispensable de auto
namia persanal y familiar, y debe ser considerada cama una prolon
gación de w libertad humana, y cama constituye un estfmula para el
ejercicio
del
cargo y
del deber, constituye una de
las condiciones
de
las libertades cvuiles" ~§ 71 ).
Esa libertad civil requiere una sociedad, estructurada orgáni
camente, en sociedades doméstica, municipal, comarcal, regional.
profesional...
y presidida por el pri,ncipio de subsidiariedad (54).
Píerre de
Calan ( 55) explica con una doble imagen su aplica
ción a la economía:
"Las concepciones económicas del socialista son siempre más
o menos mecánicas: ruedas, fuerzas, impulsiones, una coherencia
fundada en la sumisión rigurosa a una impulsión central sin la
que nada puede producirse ... sino accidentes o desgastes de ener gía. Se aprieta un botón
y la máquina se pone en marcha, re-
(51) Cfr. nuestro trabajo "I.,a libertad civil", en Contribución ... , pá
ginas 153 y sigs., y en VERBO, 63, págs 186 y sigs.
(5·2) Durán y Bas, "La codificación",
en Escritos, vol. I, "Estudios
jurídicos", Barcelona, 1888, págs 338 y sigs.
(53) Durán ~ Bas, Memoria acerca de las instituciones del derecho
civil de Cata,luña, Barcelona, 1883, cap. IV, pág. 218.
(54)
Cfr. Michel Creuzet,
Los cuerpos iintermedios, II parte, págs. 51
y sigs.; Jean Madiran, De la ju.stice socia-l, II parte, núm. 32 y 33, pá
ginas 48 y sigs., ambas editada.' e!1 castelfano por Speiro, y Gonzalo Cuesta
Moreno,
"La doctrina pontificia y los cuerpos intermedios", en COfftribu
ción ... ,
.págs, 76 y sigs., y en VER110, 61-62, págs. 79 y sigs.
(55) Pierre de Calan, Renaissance des libertés économ,,iques et sociales,
II, B, 2, págs. 42 y sigs.
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SOLUCIONES DE LOS CUERPOS INTERMEDIOS
produciendo los movimientos y produciendo los. efectos que sus
constructores han previsto."
En cambio, el principio de subsidiariedad presupone Una cons
titución representada por una imagen biológica: "la vida social
exige, ante todo, la expansión de la vida en cada una de sus cé
lulas."
"Ciertamente que entre todas las células existen interdependen
cias vitales, pero tan complejas que en el más perfeccionado de
los
robots y la más poderosa de las máquinas electrónicas no
pueden sustituirlas más que una débil parte,
y que la ciencia se
halla lejos de haber concluido de analizar." "También es cierto que la voluntad consciente puede
modi~
ficar
el comportamiento
y la acción de las diversas partes del
cuerpo social;
y uno de los más graves errores de los primeros
liberales iue el haberlo olvidado." "Pero esta acción no se pretende aplicarla constantemente a
todos
los órganos,
a todas las células. Se ejerce en los solos casos
y en los solos ámbitos en los que se la juzga necesaria y, nor
malmente, la mayor parte de las funciones vitales conservan su
carácter reflejo. Por lo demás, la acción directriz de la voluntad
se ejerce de una manera difusa, por el juego de incitaciones, cone xiones, inter-reacciones múltiples,
y en gran parte inconscientes.
X o
comporta indicaciones precisas, dadas de modo preciso a
cada cédula." "Ciertamente, en fin, el cuerpo social
y la vida económica
están expuestos a enfermedades -a las atrofias como a los cán
ceres-y el otro grave error del liberalismo primario ha sido
el de negar estas enfermedades o el declararlas incurables. Pero
el tratamiento de un organismo vivo es infinitamente más
em
pírico y más
complejo que el cambio de una pieza mecánica o que
el corte eléctrico." ... "Los métodos buenos para una máquina no lo son para
un
ser Yivo. En
economía como en biología, la vida es y debe
seguir siendo anterior a la organización." El principio de subsidiariedad viene confirmado también por
razones prácticas :
117
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JUAN V ALLÉT DE GOYTISOLO
"Es una enorme y abusiva pretensión de los dirigentes de un
país creerse capaces de fijar las necesidades mejor que el con junto de los consumidores; la naturaleza
y cantidad de los bienes
a producir
y la naturaleza y cantidad de las inversiones a realizar,
mejor que el conjunto de los productores;
el empleo más conve
niente a
cada trabajador,
mejor que éste mismo, y lo que debe
hacer cada ahorrador con su ahorro, mejor que él mismo."
... "Es una pretensión mayor aún imaginar que .la vida eco
nómica animada por la voluntad de un pequeño grupo de hom
bres tendrá el mismo dinamismo, la misma fuerza de expansión
que una economía en la que cada uno da lo mejor de sí mismo,
porque se siente directamente, personalmente comprometido por
su propio interés y su responsabilidad, personalmente aguijonada
por la actividad de sus competidores ... " Esta
solución lleva a la economía concertada (56), propiamente
dicha, en lugar de las planificaciones tecnocráticas por muy in
dicativas que se autocalifiquen (57). Louis Marie Ferrier e Yves
Le Penquer (58) han subrayado
que los núcleos totalitarios y sus redes ideológicas sustentadoras
están integrados por una minoría de tecnócratas e ideólogos so
ciali.zantes o
marxistas que, en principio, carecen de la autoridad
natural de los verdaderos responsables de hecho y de derecho
de las empresas y profesiones, que unen su experiencia a su
poder real concreto. Hay que reavivar, pues, las organizaciones
naturales apoyándose en esos hombres prácticos, con visión su
perior,
"élites" naturales
verdaderamente representativas, que- su
perarán el totalitarismo
"en la
medida en que opondrán
el plan
de la ley natural y divina al plan de las tecnocracias."
* * *
(56) Cfr. ''La economía concertada y los cuerpos intermedios", en VER
BO, n-úm, 7, págs. 3 y sigs.
(57) Cfr. el cap. V1I de la II parte de Sociedad de masas y derecho,
núm. 110 y sigs, págs. 447 y sigs.
(S8) Louis Marie Ferrier e Yves Le Penquer, La tecnocracia :.l' las liber
tades, II 113-rte, cap. V, en VERBO, 50, págs. 663 y sigs.
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SOWCIONES DE LOS CUERPOS INTERMEDIOS
e) Solucwn jurúlica.
"No importa -ha escrito Bertrand de J ouvenel ( 59)- que
el poder no encuentre en
la sociedad unas potencias concretas
capaces de contenerlo, si se detiene respetuoso ante la potencia
abstracta del derecho." Pero para ello, prosigue el mismo autor,
es necesario "un derecho anterior al Estado que le sirva de men
tor"', porque "si el derecho es algo que el poder elabora, ¿cómo
podría ser para él, en ningún caso, un obstáculo, un consejero o
un juez?".
El nominalismo al negar la existencia de un orden natural, y
el voluntarismo al fundarlo en el contrato social, o en la voluntad
soberaua del príncipe o de la asamblea o del referendum popular,
pusieron el derecho en manos del Estado (60). El racionalismo, al
identificar la razón con la opinión general, o con el criterio de los
detentadores del poder estatal, reforzó más esta sumisión (61). Pero así, a la vez que se sometía
el derecho al Estado, éste
tenía en su mano adulterarlo, falsearlo
y someterlo a su razón de
Estado (62), del que Giovanni Gentile -uno de los teóricos
de fascismo italiano, en su obra "Che e.osa e i1 fascismo", Firen
ze, 1925, pág. 34--escribió que "es la gran voluntad de la nación,
(59) Bertrand de Jouvenel, El poder, cap. XVI, vers. en castellano,
11adrid, Editora
Nacional,
1956, págs. 345.
(60) Cfr.
nuestro trabajo La crisis d,el derecho, ed. sep. o en R. G. de
L.
y J., CX, abril 1962, págs. 457 y sigs., y Pooorama del Derecho civil,
Barcelona, ed. Bosch, 1963, tema I y núm. III, págs. 31 y sigs.
(61) Cfr. nuestro trabajo "De la virtud de la justicia a lo justo ju
rídico", núm. 19, en Rev. de Derecho Espafvol y Americano, núm. 10;
1Iadrid, octubre-diciembre, 1960, págs. 78 y sigs.
(62) Así nos explica Paul Roubier, op. cit., núm 7, pág. 59, que la
vieja máxima
salus populi sup-rema le:,;-representa u:na gran tentación para
los hombres de Estado, que invocan sedicentes necesidades
para abrir
brecha
en el orden jurídico, y acusan entonces a los intelectuales que se
detienen ante escrúpulos de justicia, como hizo, nada menos que en Ingla
terra en
1889, J. Chamberlain "de traicionar su deber nacional y de lavarse
las
manos, como Pilatos, de responsabilidades nacionales".
119
Fundaci\363n Speiro
JUAN V ALLET DE GOYTISOLO
y, por tanto, su gran inteligencia" (63). Sin embargo estas teorías
no pueden superar la vieja
critica de
Cicerón:
"Si los
derechos
se fundaran en la voluntad de los pueblos, en las decisiones de
los príncipes y las sentencias de
los jueces,
sería lícito el robo,
jurídica la falsificación, jurídica la suplap.tación de testamento,
siempre que tuviera a su favor los votos o
plácemes de
una masa
popular"
(64). "Si los treinta tiranos de Atenas hubiesen que
rido imponer sus leyes, o si todos los atenienses estuvieron a
gusto con leyes tiránicas, ¿ iban por esto a ser justas las
leyes?" (65).
¿ Cómo defender el derecho de la voluntad del Estado?
El Estado moderno lo ha querido fundar en su proclamación
de los derechos del hombre, en su propia autolimitación
y en la
división de poderes. Ninguna resulta eficaz.
"A despecho
-dice De Corte
(66)-de todos los derechos
del hoinbre~ de los que a coro o a gritos hemos proclamado la
universalidad, el Estado en ningnna parte ha abdicado de su facul
tad de decidir soberanamente
en materia de bien o de mal y su
trascendencia con
relación a la ley natural y
a los preceptos gene
rales inmutables de conducta que prescribe. Se podrían aquí citar
numerosos ejemplos.
La expresión misma de convención de los
derechos del homl,re indica claramente que el derecho natural en
esta materia
ha dejado plaza a un derecho positivo del cual el
Estado soberano determina siempre la pertinente aplicación en
función de su razón de Estado."
La autolimitación del Estado, o de la administración estatal,
no es más que una entelequia, simples puertas puestas al campo,
pues,
como pregunta Roubier (67), de no parecer el Derecho algo
superior al Estado,
¿ por qué ésta se inclinaría ante él y lo re&-
(63) Cfr. Etienne Gilson, La unidad de la ,experiencia filosófica, ver-
sión en castellano, Madrid,
Rialp, 1960,
cap. XI, págs.
334 y sigs.
(64) Cicerón, De Legibus, !-XIV, 44.
(65) Cicerón, op. cit., I-XV, 42.
(fió) De Co'rte, "La educación política", núm. 2, en VERBO, 59, p-á
gina 664.
(67) Roubier, op. cit., núm. 7, pág. 58.
120
Fundaci\363n Speiro
SOLUCIONES DE LOS CUERPOS INTERMEDIOS
petaría? ~I ucho más si vivimos un maquiavelismo de hecho en
el cual los detentadores del poder del Estado creen que el fin,
que muchas veces identifican con la propia conservación del poder,
justifica los medios, y si a su vez, paralelamente, ese fin muchas
veces se justifica, con una conciencia rusoniana, alegando que se trata del bien de los más frente al de los menos ( 68).
La independencia de la función judicial es esencial para la
defensa del derecho. Pero como ha observado Beltran de Jou
venel (69), en conflicto con
el Tribunal Supremo, el poder ejecu
tivo, cj_ue dispone
de poderosos medios de información de masa,
hace chocar contra aquél la opinión pública, que "con un sim
plismo decepcionante no puede soportar, en modo alguno, que
la
opinión de unos pocos hombres paralice lo que reclama la
opinión de toda la sociedad", aunque no se trate sino de "una
emoción momentánea, que métodos de agitación cada vez más per
feccionados permiten usar cada vez con mayor facilidad a un
gobierno o a un partido".
El camino adecuado sólo puede lograrse con un pluralismo
de órdenes jurídicos, como la vieja concepción fuerista española
había sostenido (70). Y este pluralismo debe actuar tanto en orden
a la creación del derecho, como al de su defensa contra las
intro
misiones
del Estado. Ha de dimanar de un régimen de cuerpos
intermedios que "han de brotar como las plantas, de abajo
arri
ba, y no. al revés, descolgarse de arriba abajo, dominadas ya sea por
el Estado, por el partido mayoritario, por el partido único o por
otros organismos
superiores a las agrupaciones que
han de se repre
sentativas,
pues en
esos otros
casos no
hay tales cuerpos interme
dios, sino simples sucursales del poder dominante totalmente
mediatizadas
y, por ende, no representativas" (71).
* * *
(6S-i Cfr. Sociedad de masas J' derecho, núm. 70, págs. 290 y sigs.
t,69) Beltrán de J ouyenel, op. cit., cap. XVI, págs. 357 y sigs.
(iO) Cfr. Elías de Tejada, "Libertad abstracta y libertades concretas",
en
Contribución ... , págs 128 y sigs., y en VERBO, 63, págs. 198 y sigs.
,il) ''La crisis del derecho", en R. G. L. y J., CX, pág. 483.
121
Fundaci\363n Speiro
JUAN V ALUT DE GOYTISOLO
d) Solución en orden a la segurúlad social.
Es cierto que, como ha hecho notar Savatier (72), en el mundo
occidental fue considerado siempre "un deber de la comunidad ar
bitrar medidas de seguridad a favor de quienes -como conse
cuencia de eventos que escapan a su control- se ven amenazados
por el hambre o por la extrema indigencia"; pero las instituciones
de
tipo local, "que inicialmente atendieron tales necesidades, re
sultaron inadecuadas cuando el desarrollo de las grandes
cilldades
y la creciente movilidad de las gentes quebrantó los viejos lazos
de vecindad, de tal forma que
-allí' donde
las autoridades locales
no obstaculizaron dichos movimientos
migratorios-los serri
cios
se estructuraron sobre base nacional" ...
Sin embargo, el Estado puede actuar subsidiariamente, en lugar
de monopolizar la seguridad social. Ahora, que tanto se habla de cogestión obrera, se comete la
incongrnencia de quererla imponer en la esfera de la empresa
y fue
ra de su ámbito adecuado y. en cambio, de excluirla totalmente en
materia que podría considerarse suya, por ser propiamente corpora
tiva, como es la seguridad social. Henri Charlier (73) ha propuesto
que el capital resultante de las cotizaciones de
la seguridad social
de
una corporación sea administrado por las diversas clases que
forman una empresa, así se promocionaría una élite de obreros
Haptos para dirigir una organización, para prever y juzgar, que
se formarían en el mando".
En el
seguro de desempleo sería aconsejable la actuación sub
sidiaria del Estado, que asegurase
un mínimo uniforme allí donde
los sindicatos
o gremios no pudieran alcanzarlo. Estos serían los
que cubrirían inicialmente este riesgo entre sus sindicados. Así, ade-
· (72) René Savatier, Les métcmwrphoses économique~ et sociales du
droit civil d'aujOI/IIYd'hui, París, Dalloz, 1952, núms. 275 y sigs., págs. 246
y sigs.
(73) Henri Cha.rlier, "Error de confundir
gobierno y
administración y
necesidad de restaurar
· las
corporaciones y los demás organismos naturales",
en VERBO, 55, pág. 362.
122
Fundaci\363n Speiro
SOLUCIONES DE LOS CUERPOS INTERMEDIOS
más, la mayor extensión nwnérica de las subvenciones por paro neu
tralizaría la afluencia de mano de obra a sectores donde los salarios
resultasen proporcionalmente más elevado y haría pesar sobre éstos
el mayor contingente de desempleo provocado en su propio sector
por su elevada cuantía salarial, lo cual haría medir mejor a
los
sindicatos
el alcance de sus pretensiones de aumento
de salarios.
También en el seguro de vejez, detrás del ahorro y la previsión
familiar, debemos situar los· realizados a través de las corpora
ciones o asociaciones profesionales o laborales; en la siguiente línea,
la de los municipios o diputaciones, y, en último término, la del
Estado, limitada a cubrir el mínimo vital de aquellas necesidades
que queden sin satisfacer en su medio correspondiente.
La atención del seguro de enfermedad ha sido estudiado en
VERBO por Felipe Fernández Arqueo (74). El tema se hace más
candente cuando la organización estatal trata de
absorber mu
tualidades y organiraciones corporativas, impidiéndoles actuar en
régimen autónomo.
Cualquiera creería, dice este autor,
"que anteriormente
al seguro
de enfermedad los menesterosos morían en las aceras
desain
parados. Sin embargo, no era así: los hospitales municipales y
provinciales prestaban asistencia gratuita a los pobres; de .manera
espontánea
y eficaz, los médicos eran elementos de distribución
de la riqueza, porque los atendían esmeradamente por una gra
tificación simbólica, a cambio de acreditarse ante su clientela pri
vada, que con sus altos honorarios les resarcía de ese esfuerzo
y venía a ser así indirecta sostenedora de esa asistencia a los
pobres.
Las organizaciones
obreras tenían en perfecto funciona
miento la asistencia de sus afiliados" . . .
"La clase media podía
cubrir el riesgo de enfermedad en varias sociedades de Seguro
libre, competitivas entre sí,
lo cual mantenía una emulación y auter
vigilancia
eficacísima de sus servicios. Nada, pues, de mesianismos
ni de redención en la actual seguridad social.
La iniciativa oficial a
(74) Felipe Fernández Arqueo, "La estatificación de la medicina. y de
la seguridad social", en VJ<;RBO, 49, págs. 582 y sigs.
123
Fundaci\363n Speiro
JUAN V ALLET DE GOYTISOW
niveles infraestatales y la privada han demostrado históricamente su
capacidad asistencial".
Y añade: "En el presente, esta capacidad se sigue demostrando
en tres variedades de servicios sanitarios : Las sociedades de Se
guro libre que han sobrevivido a la estatificación y que tienen un
fin mercantil, buscado y satisfecho de manera honesta, no so
lamente por las virtudes de sus gerentes, sino por la libre com
petencia entre
ellas. Los
servicios médicos de algunos cuerpos
intermedios, como Colegios de abogados, ingenieros, etc., que no
tienen · un fin mercantil sino asistencial y son expresión de la
vitalidad y celo por su bien común de esas asociaciones naturales.
Y, finalmente, los servicios en que el Instituto Nacional de Pre
visión limita su función a inspeccionar unos servicios en los que
los médicos, los sanatorios
y sus clientes se entienden directa
mente
y se eligen libremente; tales el Seguro escolar y los mé
dicos de empresa''.
A
su juicio:
"Solamente un punto puede parecer confuso. Las
dificultades surgidas en la asistencia a los pobres de solemnidad
en hospitales municipales y provinciales. Tienen dos raíces: la
actitud de los médicos [ que
"al desaparecer
su clientela
han te
nido
que revisar a fondo su economía"] y la congelación de
los
presupuestos''.
Agregamos
la tremenda descapitalización efectiva
de las entidades benéficas que la inflación ha producido, sin alterar los capitales nominales, imposibílitándoles la realización, en la
medida prevista, de los fines para los que se constituyeron.
La intervención del Estado debe llegar
tan sólo en última
instancia. Como prosigue el autor al que vamos siguiendo : "Si
estos Municipios y Diputaciones no hallaran personas particulares que atendieran a los pobres, y si esas atenciones sobrepasaran las
posibilidades de su gestión directa, sería conforme
al principio de
subsidiariedad, muy de acuerdo con un orden social cristiano, que el
Estado, en última instancia, se hiciera cargo de la asistencia a
los desamparados e incapaces del cuerpo social. Pero sólo de la
de ellos.
En la práctica, parece difícil que se llegue a interesar
la iniciativa privada en una estatificación de las prestaciones sani-
124
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SOLUCIONES DE LOS CUERPOS INTERMEDIOS
tarias. con todo el cortejo de limitaciones e inconvenientes inhe
rentes, tan aireadas últimamente, y que son ciertamente uri mal,
pero un mal menor que el desamparo''.
* * *
e) Solución para la agricultura,
La sobrevivencia del campesinado en su forma tradicional de
explotación familiar
y, por contraste, su total colectivización de
penden de la forma en que se agrupe. Hace años (75) observá
bamos que ese fenómeno puede producirse impulsado por fuerzas
contrarias, puede moverse con orientaciones
y finalidades distin
tas
y puede llevar hacia muy· diversos resultados.
La mecanización del campo, la necesidad de mejorar la pro
ducción. la lucha por los mercados, la defensa de las plagas del
campo, el mantenimiento de los precios rentables, etc., fuerzan
a les campesinos a agruparse en cooperativas, herman.dades, aso
ciaciones profesionales ... La asociación, la coordinación, la coope ración, la organización son imprescindibles, en especial para
1a
pequeña propiedad. Juan
XXIII, en Mater et Magistra (§ 146), lo había destacado:
"X o debe olvidarse tampoco que en el sector agra.rio, del mismo
modo que en cualq-ufer
otro sector de la
producdón, es sumai,nen
te cOWl'e11íente que los
agricultores se asocien,
sobre todo, cuando
dirigen empresas fa-mita.res. En cualquier
caso
conviene que los
campesinos
se
sientan solidarios
entre sí
y colaboren de com-ún
acuerdo en la
creación
de cooperativas
y asociaciones profesWnales;
ambas
clases de
a.sociac.iones deben
ser
considerada,s como mwy
necesarias, ya. sea.
para poner a su. alcance las ventaja.s del pro-
grcso cient-ífico y técnico, ya para defender los precios de los
prodn~tos del ca-nz.po. Aiiádase a esto que med!ante estas asocia
ciones
los
agricultores que así
lo hagan lograrán ejercer sobre la
administraáón p·ública el
peso
y laJ influencia
que corresponde
aJ
(75) Prólogo al "Campesinado", en VERBO, 20, pág. 23.
125
Fundaci\363n Speiro
/UAN V ALLET DE GOYTISOLO
su profesión,· pues, como suele decirse, en el tienz.po en que vivi
mos la voz de uno solo es, con razón, consi.derada como si se la
llevwra el viento".
En estos casos la fuerza impulsora será interna, es decir, de
verdadera cooperación
y asociación. Los gobernantes, corno dijo
también Juan XXIII (Ma,ter et Magistra, § 152), ateniéndose
"oi prvncipio de subsirüo,-iedad, deben favorecer y ayudar a /a ini-
tiatima primada, de toi mo,fo que, en /,J, medida de lo posible, sean
las
propios
ciudada,nos qwienes lleven a feliz. término la obra por
ellos iniciada".
Pero el riesgo radica en que la fuerza impulsora aglutinante
sea extrínseca
y venga de arriba, en forma de encuadramiento
coactivo, organizado y dirigido por la tecnocracia y la burocracia
oficial. En este segundo caso se 'está a un paso, muy fácil de
dar -y que en. ciertos países inexorablemente se da-, del kol
khose de la organización marxista. Lenin lo había previsto : "Ha
parecido indispensable adecuar cierta graduación en el paso del
campesinado a
la forma colectiva de explotación.
La fórmula de
tránsito más sencilla a esa nueva forma y más accesible al pe
queño labrador es la cooperativa" ... "La pequeña burguesía rural,
incapaz de sostener la competencia de las cooperativas [ ayuda
das por el Estado] estará condenada a desaparecer". Comenzada
la obra, como en la Alemania del Este (76), los
gobernantes
arrebatan "en primer lugar a los trabajadores los sindicatos y
han puesto en su lugar un sindicato estatal, que no es otra cosa
que una prolongación del aparato de dominio estatal hasta las
empresas y las economías domésticas", así les "han quitado en
gran medida todo aquello que le daba independencia y le podía hacer posible manifestar una voluntad propia, incluso frente
al
aparato político del dominio del Estado", Los campos, luego,
"quedan sólo con ·«mano de obra» dependiente y sus vigilantes".
Sin embargo, el orden natural pide libertad en ese impulso
de cooperación y asociación, Si la cooperativa o la asociación fun-
(76) Cfr. la declaración del Bundestad alemán occidental de 6 abril
1960, en Vl!;RBO, 20, págs. 84 y sigs.
126
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SOLUCIONES DE LOS CUERPOS INTERMEDIOS
ciona mal, hay que poder salir de ella y tener la posibilidad de
organizar otra ... , si es que el defecto no puede ser remediado
más fácilmente cambiando los dirigentes. El principio de subsi
diariedad pide que los organismos de más amplia base y en espe
cial
el Estado no intervengan sino cuando la finalidad no es cu
bierta por los cuerpos intermedios más inmediatos, salvo el deber
de aquéllos de fomentar, orientar, estimular, facilitar ... Esta necesidad y los daños por no querer respetarla han sido
recientemente puestas de manifiesto desde su raíz e ilustrados con
numerosas experiencias
y datos estadísticos por el Vicepresiden
te del Instituto Agrícola Catalán de
San Isidro,
Francisco
de Go
mis (77).
Pero, además de esa obra de cooperación y asociación, a su lado
y más allá se habla la cuestión de la representación agraria para la
solución realista de sus problemas. De ella se ocupó uno de los
fono¡¡ de la VI Reunión de amigos de la Ciudad Católica, el 28
de octubre de 1967, actnaodo de Ponente
el entonces Presidente de
la Cámara S. Agraria de Tarragona,
J. Gil Moreno de Mora (78).
Su propuesta partió de que ]a actual representación, a través de tres
escalones: hermandades locales, cámaras agrarias
y hermandad
nacional, requiere escalones intermedios de modo que los superiores sean
representativos de
los inferiores, para que las asambleas
sean menos numerosas para ser operantes. Entre el primer esca
lón local
y el provincial, habría que intercala:f el comarcal, y
entre el provincial y el nacional otro regional o por cuencas hidro
gráficas, en los cuales se podrían lograr asambleas reducidas
y reso
lutivas. Además habría que salvar
la compartimentación entre
dependencias de :iiinisterios diversos (Trabajo, Agricultura, Or ganización sindical)
y que revisar el criterio de organización cen
tralizada desde
:VIadrid, para
resolver muchos problemas soln
cionables a
nivel local,
comarcal, provincial o regional.
El mismo
J. Gil Moreno de Mora con el Alcalde de Vimbodi,
(i7) Francisco de Gomis, "La agricultura contemporánea, el hombre
y la nueYa coyuntura técnica", en VERBO, núm. 77, págs. 619 y sigs.
(i8) Cfr. en VERBO, 64, págs. 33 y sigs.
127
Fundaci\363n Speiro
JUAN V ALI.ET DE GOYTISOLO
Enrique Coch Beguer, han planteado la necesidad de dar vida
a
la comarca como agrupación natural (79), señalando su perso
nalidad, su representatividad como mancomunidad de municipios,
medio
de contacto y comunicación entre ellos, de coordinación
armónica, de información, complemento subsidiario de su
admi
nistración y base de comercialización de los productos agrícolas.
Así se inicia una obra de restauración de verdaderos cuerpos in termedios naturales, principio de una ingente tarea
práctica a
rea
lizar.
* * *
f) Solución para la función social realizada por las llamadas
profesiones liberales.
También los colegios profesionales han sido objeto de nues
tra preocupación.
El forum "Los cuerpos intermediOS y las pro
fesiones
liberales" en
nuestra VI Reunón (80), en el que actuaron
de ponentes José Antonio G. de Cortázar
y el Dr. Alberto Ruiz
de Galarreta,
y el forum "El futuro de los colegios profesionales",
de la VII Reunión (81), que recibió las comunicaciones del
.he
sidente
del Colegio de Médicos de Madrid, Dr. Francisco
García
Miranda, y varios miembros del recientemente formado Colegio de
Ingenieros navales, así como una brillante intervención del Notario
de Barcelona, Angel Martínez Sarrión, así lo demuestran.
"La existencia de las profesiones liberales --expuso G. de
Cortázar- como cuerpos intermedios naturales dentro de los Ua
mados profesionales es un principio básico en el plano del orden
social cristiano, que es, en esencia, un orden de cuerpos intenne-
(79) Enrique Coch Begue;: y J. Gil Moreno de Mora, "La comarca
agrupación natural",
en
Fuerza Nueva, 116 (29 marzo 1969), p:igs. 13 y si
guientes.
(80) Cfr. en
VERBO, 64, págs. 304 y sigs. y en C0111tribución ... , págs. 211
y sigs. (81) Cfr. en
VERBO, 75-76, págs. 423 y sigs.
128
Fundaci\363n Speiro
SOLUCIONES DE LOS CUERPOS INTERMEDIOS
dios. Las profesiOnes liberales, junto con la familia y la propiedad,
las instituciones locales, las uniones profesionales
y el Estado deben
tener su propio campo de acción en la espesa malla que preside
la vida social. El fin primordial del Estado consiste en dejar a
los interesados -en este caso concreto las profesiones liberales
la
administración de sus propios y típicos asuntos''.
Pío XI había calificado los cuerpos profesionales de órganos,
si no esenciales, al menos naturales en la sociedad, afirmación
repetida por Juan XXIII en
Mater et Magistm.
"El Estado -escriben Ousset y Creuzet (82)- no tiene más
que un papel de vigilancia, de coordinación, de emulación, de
árbitro. ?\o tiene que aplastar bajo la red de una administración
asfixiante al que sólo puede vivir por sí mismo".
En sentido parecido Alvarez Robles (83) estima que la fun
ción del Estado se concreta a controlar, coordinar, estimular y
suplir en caso de inacción, pero "no suplantar · nunca las activi
dades,
ni
usurpar jamás los medios para ejercerlas, que compe
ten
a los miembros de la organización social, por verdadero dere
cho natural, derivado de Ja naturaleza
y de los fines respectivos
que ésta les ha señalado".
Este ilustre notario, inspirado en gran parte por la doctrina
del solidarismo, doctrina eje de la Unión Social de Malinas y de
su Código Social, publicado en 1920, señala que ésta "parte como
supuesto fundamental de la sociedad organizada moral
y material
mente, llevando siempre esta doble mira, conjugar el fin personal de
la vida social con el fin social de la vida personal; es antiindividua
lista porque impone siempre el desarrollo del fin personal, deman
dando para ello el restablecimiento de los órganos de la vida social,
acoplados a la vez al desarrollo de las funciones de interés común
(82) Jean Ousset y Michel Creuzet, El Trabajo, II Parte, cap. IV,
vers.
en castellano de Speiro, Madrid,
1964, pág. 113.
(83) Juan M. Antonio Alvarez Robles, "El Notario como corpora
ción", en Estudias de Derecho Notarial con motivo del Centenario de la
Ley
del
Notariado, sec. II, voit. II, Madrid, 1965, págs. 63 y sigs., y en·
especial 74 y sigs.
129
Fundaci\363n Speiro
JUAN V ALLET DE GOYTISOLO
y de manera que en su prosecución se tengan Siempre también presentes los fines y los derechos legítimos de los individuos". Las profesiones liberales tiene hoy dos grandes enemigos : el
totalitarismo y la tecnocracia.
El totalitalismo es enemigo de las profesiones liberales y de
su autonomía corporativa, como lo es de todo cuerpo intermedio
natural, porque no quiere que exista entre el Estado y la masa
desarraigada y amorfa más que las funciones impuestas por la
propia organización estatal.
La tecnocracia. formada por ideólogos encuadrados en la je
rarquía estatal, planificadora desde arriba y socializante, no ve en
los cuerpos y colegios profesionales más que obstáculos y estor
bos. Estos defienden a la sociedad contra las utopías y
el totali
tarismo de los tecnócratas.
La libertad social depende en gran
parte de la subsistencia de los cuerpos profesionales libres y de
su organización autónoma de la administración del Estado. Por
eso los tecnócratas quisieran la funcionarización, más o menos
apresurada, de los diversos elementos de las profesiones libe
rales (84).
El doctor Francisco García Miranda
(85),, en
su referida co
municación, destacó la imperiosa necesidad de buscar y procurar
el deseable equilibrio de los diversos grupos sociales porque en
ello está el germen de la paz, el orden y el progreso, "De manera
semejante a como dentro de una dinámica alucinante de todos los
elementos siderales, el universo es un todo perfectamente ordenado
y regido: así, uua sociedad, para que pueda desarrollarse y cumplir
sus fines primordiales hacia los individuos que la componen, debe
conseguir
y mantener un perfecto equilibrio entre sus elementos
integrantes".
(84) J. M., "Los tecnócratas contra las profesiones liberales", capí
tulo VIII de la obra dirigida por Henri Coston, Les technocrates et la
syna,rchie,
Lectures frairu;aises, febrero 1962, cfr. en VERBO, 52, págs. 175
y sigs.
(85) Francisco .García Miranda,
"El futuro
de los colegios profesiona
,les",
en
VBRBO, 75-76, págs. 423 y sigS.
130
Fundaci\363n Speiro
SOLUCIONES DE LOS CUERPOS INTERMEDIOS
Para cumplir ese fin la organización de los cuerpos profesio
nales debe basarse en los principios de la
libertad de
cada orga
nización compatible con la de los demás cuerpos intermedios so
ciales, la autonomía de organización y de medios para el desarrollo
de sus funciones, la aip·aüticidad respecto a corrientes y modas del
momento.
La comunicación de los miembros del Colegio de Ingenieros
aeronáuticos señaló como fines principales de los colegios profesio
nales: 1.0 La deontología y disciplina profesional de los colegiados;
2.0 La defensa de éstos dentro de los límites del bien común;
3.0 La ayuda a la investigación y al desarrollo técnico; 4.0 La
asistencia social a colegiados y a sus familiares inmediatos.
El notario Angel
Martínez Sarrión
expuso el riesgo de que
una legislación general frene el desarrollo de esas corporaciones,
y el abogado Jesús Va!dés y Menéndez V aldés observó que no
es el poder ejecutivo, sino las propias corporaciones las que han de articular sus Estatutos dentro del ámbito de sana autonomía
que, conforme a las bases legislativas, les corresponda (86).
* * *
g) Solución de problemas para una justa ordenación urba,
nística.
Es indudable que 1as aglomeraciones urbanas imponen recí
procas limitaciones a los ciudadanos para que la convivencia sea
posible
y armónica. Pero, entre las diversas soluciones posibles,
algunas resultan de una tremenda fuerza impulsiva hacia. el tota
litarismo. Parece incluso que los tecnócratas se ufanan por incre mentar el volumen macrocósmico
de las
ciudades para mejor im
plantar un totalitarismo absoluto. De ese modo
el concepto del urbanismo se agiganta y se con
vierte en un medio de intervención del Estado en todo el terri-
(86) Cfr. estas tres últimas referencias recogidas del forum último cit., en VERBO, 75-76, págs. 428 y sigs.
131
Fundaci\363n Speiro
JUAN V AUET DE GOYTISOLO
torio. Leerno_s en el Primer Plan de Desarrollo Económico y Social
(cap. 26. ap. 4.°, 3): "El urbanismo ha dejado de ser un simple
instrumento corrector y ordenador de la ciudad para transformarse
en una actuación de conformación social general, que tiene como
finalidad principal la planificación u ordenación anticipada de las
estructuras demográficas, sociales
y económicas de una unidad
territorial''.
Y así, como observa Sauvy (87): "Una ciudad nueva se cons
truye sobre la maqueta, la cual es juzgada solamente por el ojo
exterior",
y por eso, para tantos urbanistas y funcionarios, "el
habit:am,te acaJJa par ser a veces icn m"portuno) casD un adversario".
El problema a discutir radica especialmente en determinar cómo
se debe ordenar y, en concreto, quién o quiénes han de realizar
las ordenaciones y planes urbanos:
Germán
Alvarez de S.otomayor (88), en su comunicación a
nuestra VII reunión, en
La Balmesiana de Barcelona, ha expli
cado dos diversos modos de planear urbanístico. El más usual
es aquel en el cual el urbanista lo prevé todo (aunque luego fallen
sus
previsiones, o
éstas, una vez realizadas, tengan unos resul
tados fuera de lo previsto), traza calles y plazas, dibuja edificios, sitúa Iglesias, mercados, escuelas, parques, etc., y distribuye vo
lúmenes edificables, repartiendo riqueza o pobreza con su lápiz
mágico;
y, mientras trabaja en su realización, bloquea amplias
zonas que esperan
el final de su obra creadora, en tanto que sin
orden ni concierto fuera del área prevista surgen aglomeraciones
aberrantes. El otro es más flexible en todos los aspectos; trata de
fijar unos
módulos para la apertura de viales, distancias, volúmenes
edificab}es, etc.,
y unas ordenanzas, dentro de los cuales, los particu
lares pueden moverse libremente, o deben ponerse de acuerdo
para ajustarse en su con junto a esa reglamentación
y distribuirse,
conforme a ella, los volúmenes
y las compensaciones, con el mí-
(87) Alfrey Sauvy, Mythologie de notre temps, París, Payot, 1966,
cap. XII, pág. 145.
(88) Germán Alvarez de Sotomayor, "El futuro del urbanismo", cfr.
VERBO, 78-79, págs. 827 y sigs.
132
Fundaci\363n Speiro
SOLUCIONES DE LOS CUERPOS INTERMEDIOS
nimo posible de intervención burocrática de la Administración
pública y de sus organismos.
Por otra parte: "Va creciendo la idea -según escribe An
derson (89)-de que la planificación sólo puede tener éxito si
se convierte cada vez más en una activídád compartida;
y deben
tener parte en ella los distintos grupos organizados de la comu nidad" ...
·"El progreso ha
de ser lento, pero los resultados más
durables".
La antítesis del binomio tecnocracia-masa han de superarla
los diversos grupos organizados de la comunidad.
Así Daujarques (90), frente al "dirigismo fundado únicamente
en justificaciones técnicas, que reduce las colectividades locales
a simples medios de información
y transnúsión de directrices
tecnocráticas", contrapone la propuesta de humanización del Plan
que, en su informe al L Congreso Nacional de la' Asociación de Al
caldes de Francia elevó el finado Raymond Berr"urier, vicepresi
G.ente de
dicha asociación
y secretario de 1a sección francesa
del Consejo de
:\Iunicipios de
Europa (91):
"La única solu
ción --decía éste-- para la nación reside en su reencauzamiento
en los principios fundamentales de la vida libre en comunidades
libres
y en un justo reparto de las aportaciones nacionales entre
el modo de vida urbano y el modo de vida rural permitiendo la
modernización de éste" ... ; "en salvaguardar para
las ciudades
una justa autonomía
y el libre ejercicio de las_ funciones que les
son propias".
Como
nota Hayeck (92), por otra parte, en general, las orde
nanzas
de ámbito local provocan una competencia entre las distin-
!89) Xels Anderson, Sociología de la comunidad urbana. Una pers
pectit:a
mundial, ed en castellano, México, 1960, pág. 582.
(90)
Louis Daujarques, "Le
neo-dirig:isme technocratique", cap. II, en
Pcrmanences. 47, febrero 1968, págs. 64 y sigs.
(91) Cfr. en
VERBO 56-57, págs. 481 y sigs., extractos de lo más fun
damental del citado informe de Raymond Berrurier.
(92) Hayeck,
Los fundamentos de la libertad, ed. en castellano. Fund.
Ignacio Villalonga, 1961, cap. XII,
!IlÚm. 7,
págs. 169 y sigs.
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JUAN V ALUJT DE GOYTISOLO
tas corporaciones interesadas que suprime obstáculos y restric
ciones carentes de base, con bastante mayor rapidez y eficacia que
unas ordenanzas generales de aplicación a todo el país o a ex.tensas
regiones del mismo.
j Claro que se objetará ineficiencia municipal! Pero, evidente
mente, primero habrá que dotar a los Municipios de la autonomía
que ha de corresponderles
y de ~os medios que deben ser suyos
propios
y que el centralismo estatal les ha arrebatado ... Este es
un paso fundamental en la restauración del tejido social
(93,).
Por
otra parte, parece que el régimen más justo para realizar
las obras urbanísticas de acuerdo con lo previsto en el plan es el
que concede a los propietarios de los terrenos la facultad de ur banizar a su costa, dotando obligatoriamente a éstos de los ser
vicios reglamentarios
y repartiéndose, proporcionalmente a sus
aportaciones, los volúmenes
edi.ficables que
les correspondan. Sis
tema que merece ser alentado y estimulado con ciertas exencio
nes fiscales temporales,
y regulado con la mayor flexibilidad y
agilidad posible, con el mínimo de intervención administrativa y
de trámites burocráticos, y, en todo lo posible, permitiéndoles
actuar dentro de las formas de Derecho privado usuales en la contratación inmobiliaria (94). Las agrupaciones de propietarios pueden, por lo tanto, cons
tituir un tipo de cuerpo intermedio sub-municipal de indudable
eficacia para una eficaz
y justa solución de muchos problemas
urbanísticos.
* * *
(93) Cfr. el interesante estudio del equipo SICLER, L'avenir des com
m,wnes fra.n.,aises, Le Chesnay, 1969, en especial su IV parte, que examina
las
condiciones de la autoncmía local, " ... d'abord des finances."
(págs. 57
y sigs.) (94) Cfr. el cap. X
"½', gran ciudad como problema", de nuestro libro
cit. Sociedades de masas y derecho ... , núm. 142, págs. 581 y sigs,.
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SOWCIONES DE LOS CUERPOS INTERMEDIOS
h) Solucwn de los problemas de la educación y la enseií-.
"La formación del hombre es, ante todo -nos explicó Gam
bra (95)-, familiar y ambiental.
Las primeras
convicciones y
sentidos los recibe el niño de su medio, sobre todo familiar; sólo
después la enseñanza ampliará y ensanchará en ex.tensión esta
básica formación, deseablemente en línea de creencias y senti
mientos con ella". La contraria concepción entraña una visión
racionalista del ser humano
y se presta a enfrentar una enseñanza
«organizada» y aun <
primario de la familia (96). En primer lugar, normalmente es en
la familia donde se obtienen los primeros conocimientos, en especial
de la madre,
donde se
adquiere el sentido de la
realidad y
apren
de el significado de las palabras usuales. En segnndo término,
el amor de los padres les concede una influencia sobre su hijos
en sus primeros años que los pedagogos mejores no pueden al
canzar, pese a sus mejores deseos. En tercer lugar, en la
f~i
lia
hallan
los hijos el medio educativo que les es más conveniente
en cuanto les es el más natural. Son "ramas del mismo árbol que
van a continuar su crecimiento recibiendo la misma savia nu tricia". Y, finalmente, la experiencia enseña que el niño edu
cado en familia desarrolla más pronto sus facultades, tiene más
iniciativa y presenta menos dificultades de adaptación social.
llfarcel de
Corte (97) ha señalado el carácter básico que la
educación familiar tiene en la educación política, tomada en su
más amplio significado: "Educación de la amistad, de la
obe-
(95) Rafael Gambra Ciudad, ponencia en el forum sobre fa enseñanza,
en la V Reunión de amigos de la Ciudad Católica, cfr.
VERBO, 52, pági
na 161.
(96) Cfr. ).fichel Creuzet, L'en-s,ei9nement, París, Club du Livre Civi
que, 1965, I parte, cap. I, págs. 10 y sigs.
(97)
).farcel de
Corte,
"La educación política", 2, en VERBO, 59, pá
ginas 637 y sigs.
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JUAN V ALLET DE GOYTISOLO
diencia, de la confianza; educación de la colaboración, de la ab
negación, de la responsabilidad; educación de la justicia, de la
generosidad, del
espír,itu de economía, del respeto, de la piedad
hacia las tradiciones, de la inteligencia
y de la voluntad; educa
ción de la continuidad
temporal por
el recuerdo del pasado, por
la ocupación del presente, por la preocupación del ponrenir; edu
cación en el espacio social por las relaciones con los próximos, los
consanguíneos, los uterinos, los allegados, los emparentados, etc.
No acabaríamos de enumerar las facetas de
la educación con re
sonancia política que la familia dispensa, con inagotable prodi
gilidad, sin el menor plan
J)Teconcebido, en
función de las nece
sidades siempre cambiantes de la vida, con una capacidad
creadora
y un poder de invención que surge improvisadamente,
que confunden al observador bajo la imperiosa presión de la
na
turaleza social misma del hombre actuando en cada miembro de la
comunidad familiar
y de la na-turaleza de los seres, de las cosas
y
de los
O:C!71ttecimientos con los cuales cada uno de ellos se halla
confrontado".
, Si, como observa Creuzet (98), la familia "es el medio na
tural de
la educación de los niños": "La empresa, el oficio, la pro
fesión son
el medio natural en el cual el adolescente va a hallar
sus contactos, no solamente para transformar
la materia, sino
como un medio humano portador de una tradición, de una ver
dadera herencia"...
"La formación
dada, por ejemplo, en un
cuerpo de
oficio no
consiste solamente en una técnica de pro
ducción en vistas únicamente al rendimiento cuantitativo. El pres
tigio del oficio reside
'en constituir
un verdadero humanismo que
abra la inteligencia del trabajador desde la práctica manual hacia
una cultura más amplia"... "Del mismo modo, las corporaciones locales, portadoras de una civilización particular con su lengua
y sus costumbres, son modos de vida. También fecundos. También
naturalmente más aptos para transmitir los valores locales de los
que son depositarios. Papel tanto más importante
por cuanto
el
crecimiento demográfico
y el progreso de la organización llevan
(98) Creuzet, ob. ú:lt. cit., cap. II, págs. 35 y sigs.
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SOLUCIONES DE LOS CUERPOS INTERMEDIOS
de por sí el peligro de "mecanizar" a ultranza la vida humana.
Además contribuyen
al equilibrio
humano, a la armonía de la
personalidad"... También toda empresa "tiene derecho,
por su
propia naturaleza, a organizar el aprendizaje con vistas a con
seguir un personal cualificado".
Pero, como ha destacado Henri Charlier (99) :
"La reforma
de la enseñanza, la reforma intelectual
y la reforma social están
naturalmente religadas en conjunto". Precisamente el problema
radica en que hoy "la familia y el oficio no están en modo alguno
organizados'' "para destacar «élites» naturales".
"Es, pues,
reorganizando la sociedad en sí misma, conforme a
sus condiciones naturales, familia y oficio, como la enseñanza pro
piamente se encontraría reorganizada"... "El respeto a la fami
lia implicará para la edad infantil la escuela confesional;
el oficio,
la escuela técnica corporativa
y el aprendizaje artesano. La carga
soportada por el Estado se hallará bastante reduc'da
y su labor
simplificada. Se reducirá a lo esencial: a asegurar que la
vercfa
dera
formación intelectual no sea sacrificada a la visión estrecha
o al interés material inmediato de las familias o de los diversos
cuerpos de la nación. Todo ganará, el Estado,
la inteligencia, la
libertad, la
,-ida''.
Los
hechos, la naturaleza de las cosas, el bien social, reclaman
una enseñanza diversificada
y adaptada al medio familiar y pro
fesional, aunque
en modo alguno cerrada, sino abierta a las ver
daderas vocaciones
y capacidades adecuadas.
Como hace notar
1fessner (100): La superación del espíritu
de
la masa exige una reestructuración de la sociedad con
una
nue\·a fundamentación
de la responsabilidad de la comunidad
en función del principio de
la articulación estructural", en el cual
"5e halla
ínsita la
multip1icac;ón de
comunidades, miembros de ín
dole cooperativa
regional y, especialmente, de índole estamental
profesional_.
y. a
la vez. una interpretación inequívoca del
princi-
(99) Henri Charlier, Culture école et métier, París, Nouvelles Ed.
Latines, 196, Introd., págs. 21 y sigs.
(100) Messner, op. cit., § 131, pág. 143.
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JUAN VALLET DE GOYTISOLO
pio de la élite; las élites han de ser tan múltiples y multiformes
como 1a propia sociedad articulada, según el orden de la subsidia
riedad".
La receta de H. Charlier (101) es ésta: "Las proiesiones son
muy diversas. Unas necesitan pocos jefes
y muchos obreros_. otras
piden de
todos sus obreros un espíritu de observación
y un saber
de ingenieros." Por eso, al dejar a la
profes:ón el
cuidado de re
gular su enseñanza, el Estado no tendría otra misión que la de
imponer un programa de estudios medios dfrersifica
enseñanza. No se olvide que los aprendizajes prácticos han de comenzarse
siendo jóvenes. Hoy --observa- un joven "puede presentarse e
ingresar en la Escuela naval si.n haber visto jamás el mar.
Debería
navegar primero para comprobar su vocación. Los Toun•ille, los
Duquesne, los Turenne, eran marinos o soldados a los quince
años. Tenían. ciertamente, los conocimientos históricos
y geográ
ficos necesarios para los oficiales superiores. Pero no tenían que
pasar el bachillerato. Basta que el examen profesional tenga en
cuenta la cultura general". Las escuelas técnicas superiores -prosigue Charlier- debe
rían comprender la enseñanza media en lo esencial, aunque en
menos alta dosis pero prolongándola un mayor período, combinada
con las enseñanzas técnicas
y con la experiencia práctica de los
oficios relacionados.
"No habría
sino ventajas en que los futuros agrónomos su
pieran labrar a los quince años, los futuros ingenieros manejar una lima, en que los futuros marinos navegaran, en que los fu
turos oficiales hicieran el ejercicio a la misma edad. He citado la
opinión de un alto oficial de la Marina que me dijo: «Nuestros
oficiales están mejor instruidos
y son más inteligentes, pero los
ingleses son marinos» ... '' Con esa orientación, según el mismo Charlier (102): "Todos
(101) H. Charlier, ofr. cit., cap. IV, págs. 63 y sigs.
(102) H. Charlier,
op. cit. cap. V, págs. 71 y sigs., y en especial 95
a 101.
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SOLUCIONES DE LOS CUERPOS INTERMEDIOS
los jóvenes que tengan pronto una vocación imperiosa por un
oficio activo, o por la mecánica, o que hallen llamados a suceder
a sus padres en un oficio determinado, irán a las escuelas técnicas, donde recibirán una enseñanza media apropiada a su edad
y a la
duración de sus estudios". El bachillerato completo propiamente
dicho, en el cual se precisa "la mejor cultura general, es decir,
una adaptación de las antiguas humanidades
renovadas", en el
que
conviene que se "sepan menos cosas, literarias o matemáticas,
pero que las
sepan mejor", sólo será exigido a "los futuros ma
gistrado;:;, médicos,
notarios, profesores, etc.".
El
error de p1anteamiento, como hace resaltar José Luis de
Zayas (103)_.
"consiste en seguir pensando que el Estado tiene
derecho a hacerlo todo : dictar las normas, preparar los progra
mas. elegir los catedráticos, dar los títulos, etc. Este plantea
miento, en total contradicción con el principio de subsidiariedad,
nos conduce a la
CniYersidad burocrática,
en la que los rectores,
los decanos
y los directores de centro se convierten en meros
funcionarios del Estado. Dos condiciones fundamentales tienen
que darse para que una universidad pueda considerarse autónoma:
independencia administrativa
y autoridad para organizar sus pro
pio:--programas
de enseñanza,
que se
hayan trazado".
También H. Charlier (104) cree que asimismo en la Universi
dad
;'hay que
suprimir la dirección estatal de la enseñanza"
y
que la primera reforma debe consistir "en dar libertad a las
CniYersidades para
administrarse a sí mismas, elegir su rector
y
admitir por cooptación los profesores que deseen; para orgamzar
las enseñanzas,
hacer los planes, crearse ... ".
i)03) José Luis de Zayas Arancibia, "Las "Cniversidades autónomas",
en
YE.RBO. i3. págs. 230 y sigs.
(10-I-)
H.
Charlier,
op. cit .. cap. VIII, págs.136 y sigs.
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