Índice de contenidos
Número 117-118
Serie XII
- Textos Pontificios
-
Estudios
-
El mensaje de San Fernando. [Discurso en la festividad de San Fernando 1973]
-
Riqueza y pobreza: San Juan Crisóstomo y sus «Homilías sobre San Mateo»
-
Mare ex-nostrum
-
El pensamiento contrarrevolucionario español. Fray Atilano Dehaxo Solórzano
-
Emancipación, liberalismo y comunismo en Hispanoamérica. Alternativas actuales
-
La marxistización de la teología. De la «Teología de la Salvación» a la «Teología de la Liberación»
-
- Actas
- In memoriam
-
Información bibliográfica
-
Michele Federico Sciacca, Ontología triádica y trinitaria
-
Guilherme Braga da Cruz, Reforma do Ensino Superior
-
AA.VV., El Derecho Natural hispánico. Actas de las «Primeras Jornadas Hispánicas de Derecho Natural»
-
Paul Lessourd, El Cardenal Mindszenty, Primado de Hungría
-
Alberto Boixadós, Cartas de viaje. Acerca de la realidad Iberoamericana
-
- Noticias
- Ilustraciones con recortes de periódicos
Autores
1973
Riqueza y pobreza: San Juan Crisóstomo y sus «Homilías sobre San Mateo»
RIQUEZA Y POBREZA: SAN JUAN CRISOSTOMO Y SUS "HOMILIAS SOBRE SAN MATEO"
POR
EsTANISLAO CANTERO.
l. Introducción.
Los predicadores de la religión horizontal (1 ), esto es, de una
pseudo religión en la que
Dios-desaparece,
niegan la licitud de
la
propiedad privada, porque para ellos es injusta la diferenciación entre pobres y ricos. Integrantes de la herejía moderna, no quieren
separarse de la Iglesia, sino que permaneciendo en su interior ·(aun
que
sólo nominalmente)
y pretendiendo ser nada menos que porta
voces suyos, e impulsados en realidaJ. por sus propios errores, no
obstante negar
la Tradición de la Iglesia, hablan de un retorno a las
fuentes, porque allí se encontrará
la pureza de la vida evangélica,
que dicen, ha
perdido la
Iglesia.
Con este pretendido retorno a
las fuentes --¡ como si la Iglesia
( I) Se podrá pretender presentar ese horizontalismo de la religión
todo lo «humanístico» que se quiera; incluso «integralmente» «humanista»,
pero será radicalmente revolucionario, antidivino y antihumano, porque en
la perfecta armonía del orden sobrenatural y del orden natural· ( no olvide
mos que el hombre forma parte de la naturaleza, creación de Dios) está el
que la religión es vertical, hacia Dios.
«Sea que
se derive de la asidua consideración, de la reiterada elección de
lo que negligeritemente perdimos o de la religación,
la religión implica pro
piamente un orden a Dios. A El, en efecto, es a quien principalmente debe
mos ligarnos como principio indefectible;
a El, como fin último, debe tender
sin interrupción nuestra elección
y, después de haberle rechazado pecando,
le debemos recuperar
·creyendo y atestiguando nuestra fe». Santo Tomás:
Suma Teológica, 2J!--2.ª q. 81, a. 1 ·en la B. A. C. Tomo IX, Madrid, 1955,
pág.
18.
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ESTANISLAO CANTERO
se hubiera apartado de ellas ! , error en el que tan sólo puede caer
quien no crea en su divinidad ( 2
)-se
quiere fundamentar la teo
logía de
la liberación» con su ·«cambio de estructuras» de sentido
marxista, la ilicitud de la propiedad privada, la justicia de desposeer
a quienes tienen en beneficio
(3} de
quienes no. tienen, la
inadmisi~
bilidad
de la limosna
y la caridad y otras cosas por el estilo de éstas.
Y
para ello no se duda en ampara·rse entre otras «razones» en los
escritos de los Santos Padres de la Iglesia.
Ninguna necesidad habría de señalar la falsedad de esas atribu
ciones., de no ser por el confusionismo que
hoy padecemos -fruto
en gran parte del enfriamiento de la vida religiosa
y del desprecio
de la oración-, pues para ello basta la Tradición de la Iglesia, el
Magisterio Ordinario ( vinculante para el católico
y para el infiel
en cuanto expresión y como tal expresión de la ley
naturd), que
siempre
ha señalado, no sólo la licitud de la propiedad privada, sino
sus excelencias
y ventajas tanto ·para el hombre concreto como para
la organización social, como quiera que se desprende del orden de
la naturaleza (
4).
(2) Efectivamente, siendo la Iglesia de institución divina y siendo Cristo
su cabeza, es imposible que se equivoque. Por eso, la doctrina católica, ni
se ha desviado un ápice desde los tiempos apostólicos a nuestros días, ni
podrá nunca hacerlo. Si a veces pudiera parecernos que hay discrepancias
con la doctrina de los siglos pasados, será tan sólo debido a ignorancia
nuestra, bien de la doctrina actual ( que es la de ayer y la de siempre), bien
de lo pasado. ( 3) Sobre los innumerables males que este «beneficio» ha causado, en
todos los órdenes
y bajo diversos puntos de vista que se analice, ver las
«Ilustraciones con recortes de periódico» de VERBO núms. 89, 91-92, 97-98,
101-102, 103, 104, 109-110, 113, 114. Ver también: Vladimiro Lamsdorff Galagane: «¿Y para qué queremos el
socialismo?» en VERBO núm. 104, abril 1972. (4) De esto no hay duda ninguna en la doctrina pontificia. Sobre este
punto es sumamente útil el libro «Social.Wmo
y propiedad
rural», escrito en
colaboración por Antonio de Castro Mayer, Obispo de Campos, Gerardo de
Proern;a Sigaud,
Arzobispo de Diamantina, Plinio Correa de Oliveira y Luis
Mendorn;a de
Freitas, ed. Asociación Cordobesa de Derecho agrario, Córdoba,
1969. Y ello tanto por
la doctrina pontificia recogida como por los argu
mentos con que deshace las frases hechas y objeciones en contra de la
propiedad privada
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RIQUEZA Y POBREZA SEGUN SAN JUAN CRJSOSTOMO
Hacer un eStudio de los escritos de los Santos Padres en torno
a esta cuestión ocuparía varios volúmenes, y aunque ello sería de
gran
utilidad, queda
fuera de nuestro propósito y de nuestras po
sibilidades, pues nos proponemos divulgar una enseñanza de modo que sea a todos asequible, deshacer posibles equívocos
actuales y
arrojar alguna luz sobre el asunto, por lo que aquella otra superior
tarea queda para el erudito
y el estudioso, cuyos beneficiosos traba
jos todos aprovecharemos. Por eso nos ceñiremos aquí sólo a San Juan Crisóstomo. Y ¿por
qué precisamente San Juan Crisóstomo? Porque es
de los que más
invectivas lanzan contra las riquezas -luego veremos en qué
sen
tido-; pero, sobre todo, porque, como escribe Ruiz Bueno ( 5) en
su prólogo a las
HomHías sobre San Mateo, es <
tomo, luminar mayor de la Iglesia universal, que sólo tiene par, en
Occidente, con San Agustín, y el más grande,
Sin duda, de los
Padres de lengua griega» ; por ser «Crisóstomo», es decir,
«boca de
oro». La
obra de
San Juan Crisóstomo es inmensa (13 tomos en la edi
ción de Montfaucon). ¿Por qué precisamente utilizamos las Homilíar
sobre
San
Mateo? Porque de entre las traducidas al castellano, éstas
merecieron el
más encendido elogio de Santo Tomás ( 6).
Es cierto que del tema que vamos a tratar, escribe San Juan
Crisóstomo en muchos
Otros lugares,
para lo que basta con ver
la
obra de Sierra ·Bravo, Doctrina social y económica de los Padres
de
la Iglesia
(7), de la cual se podrían tomar diversos pasajes. Pero
a pesar de
la meritoria
obra
recopilatoria de
Sierra Bravo,
no ten
dríamos
Sino parte
de los escritos
de San
Juan Crisóstomo
y no la
(5) Homilias sobre San Mateo, versión española y prólogo por Daniel
Ruiz Bueno, B.
A. C., Madrid, 1955, tomo I, pág. XI.
Sobre
el conjunto de
la obra de San Juan Crisóstomo, ver Johannes
Quasten: «Patrología»,
toro.o II,
B. A.
C., Madrid, 1962, págs, 444-506.
( 6) Cuando preguntado Santo Tomás si le gustaría tener la ciudad de
París, respondió que prefería tener las Holnilía.r de San Juan. Cris6stomo
sobre San Mateo.
Cfr. Homilías ... , tomo I, pág. XV.
(7) Restitllto Sierra Bravo: Doctrina social y económica de los Padres
de la
lg/esit?,, Compañía Bibliográfica Española (COMPI), Madrid, 1967.
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ESTANISLAO CANTERO
obra entera, aun ruando esos mismos escritos recogidos se refieran
a este mismo
tema._ Por
otra parte, no sería sino abundar en
lo mis
mo, 1o que para ntiestro objeto carecería de interés, puesto que en
las Homilías sobre San Mateo hay materia más que suficiente para
esclarecer
la cuestión.
Antes de entrar en el tema, hay que advertir que
lo que San
Juan Crisóstomo ha hecho no es una obra jurídica, sino eminente
mente moral. Por eso no ha
de' buscarse
en sus
Homillas, ni preten
der sacar de ellas,
1o que no puede encontrarse, ni lo que no con-·
tiene.
Las exhortaciones a
la caridad y la limosna y ha hacernos po
bres, continuas y constantes, en las que se esfuerza en hacer al hom
bre
más que
justo ( en sentido estricto), virtuoso
y merecedor de la
vida
eterna, por lo que las invectivas contra el apego a las riquezas
son abundantes, no puede llevamos a creer
y afirmar sin hacer dis
tinción
----error en el que él no cae-- por una parte, entre las rique
zas justas
y las injustamente adquiridas, por otra, la caridad y la
limosna -uno de los puntos cardinales de su
obra_:_, de lo que es
deber de justicia.
II. El mensaje del Evangelio;
Es
necesario recordar, porque hay quienes lo han olvidado e in
terpretan el Evangelio a su modo cayendo en multitud de errores,
cuál es el mensaje del Evangelio
y qué diferencias hay entre man
damientos
y consejos evangélicos de perfección, _así como lo que co
rresponde
al campo de la justicia y aquello otro que pertenece al
de la moro! y que aquélla no puede exigir.
Porque el olvido de
alguna de
estas cosas o
de todas ellas con
junt-amente es causa de
los mayores errores. Así, al exigir en nom
bre de la
justicia lo
que pertenece a
la moral y aquella no puede
exigir, o cuando despreciando la moral
y la caridad se sustituye el
amor a Dios que ha de llevarnos como consecuencia a amar a los
hombres, por un falso amor a éstos, que sin aquél termina fatalmente en la injusticia
y la arbitrariedad más despótica e inhumana.
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RIQUEZA Y POBREZA SEGUN SAN JUAN CRISOSTOMO
a) La liberación del pecado.
En San Juan Crisóstomo encontramos esta diferenciación con
toda claridad, unas veces explícita, otras implícitamente y siempre
de modo inequívoco a lo largo de sus
Homilias. Así, escribe:
«Mas antes de introducir al profeta el ángel nos annncia de an
temano los bienes que habían de venir
a_ la tierra por medio de
Cristo. ¿Qué bienes son esos? Dicho en una palabra: la destrucción
del pecado: «Porque el salvará
~dice---a
un pueblo de los peca
dos de ellos». También aquí
se nos
muestra otra maravilla. No se
nos habla de guerras temporales ni de líberar
al pueblo del dominio
extranjero, sino que se nos da la buena noticia de algo mucho más
importante: la liberación de nuestros pecados, cosa que a nadie había
sido antes posible» (8).
Nada, pues, más lejos que la actual interpretación del mensaje
divino del Evangelio que la «teología de la liberación». Su mensaje
no es de cambio de estructuras en sentido revoluciona:rio
y marxis
ta (9), de igualdad en
la tierra, ni siquiera humanitario, sino de
reforma moral del hombre (10), que es a lo que Dios vino al mun
do, para liberarnos del pecado
y hacernos huir de él, y así lo en
tiende San Juan Crisóstomo. Porque el mal está en el pecado (11),
comenzando por
el pecado original (12), de lo que prescinde la
(8) Homilía, 4, n. 7; tomo I, pág. 71.
(9) Sobre la imposibilidad y el absurdo de pretender un «cristianismo
marxistah, o
un no menos utópico e
imposible «socialismo católico o con
rostro
·humano», dr. Juan Vallet
de Goytisolo:
Datos y notas sobre el
cambio
de estructuras, Speiro, Madrid, 1972.. Así como Marcel Clément:
Cristo y la Revolución, Unión editorial, Madrid, 1972, sobre la amalgama
Evangelio-Revo-lución. Igualmente, vease Juan Vallet de Goytisolo: La Oc
togesima advenien.s, c"ha derogado la doctrina social católica?, en VERBO
n.º 97-98, agosto-octubre de 1971.
(10) Cfr.
Homilía, 59; B. A. C., Madrid, 1956, tomo 11, págs. 234 y sigs.
(11) Cfr., por ejemplo,
Homilia 59; Homiifa 25; n. 2; tomo I, pág. 517.
El
pecado produce también males sociales,
dr. Homilía 38, n. 4; tomo I,
pág.
764; Homilía 10, n. 6; tomo I, págs.- 193-194.
(12) Cfr.
Homilía 59.
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«teología de la liberación», y sin esa reforma moral que nos haga
huir del pecado, ninguoa otra cosa tiene sentido ( 13).
Por eso, cuando en la actualidad, aquellos que maliciosa o in
conscientemente apelan a las fuentes mientras caminan en el error
de
la liberación temporal como contenido primordial e incluso único
del Evangelio, se les podría
responder con
estas palabras de San
Juan Crisóstomo ya citadas: «No se nos habla de guerras temporales
ni de liberar al pueblo del dominio extranjero, sino que se nos
da la buena noticia de algo
mucho más
importante: la liberación de
nuestros pecados».
No es, pues, el «cambio de· estructuras» el contenido del Evan
gelio .. Los judíos rechazaron a Cristo porque esperaban, precisamen
te en el «cambio de estructuras», que para ellos era la liberación del
dominio romano. Al no venir Cristo para esa liberación, rechazaron
el re_ino de los cielos. Lección que debían aprender los apologistas de
la «teología de la liberación» y tantos otros que hoy se dejan en
candilar en mayor o menor
medid.a por una inadmisible e imposible
interpretación revolucionaria
y socialista del Evangelio (14).
b) Mandamientos y consejos evangélicos.
Evidentemente, el cristiano ha de seguir el ejempl~ de vida de
Cristo, para lo que debe procurar parecerse lo más posible a los san
tos que se distinguieron por practicar los consejos
evangélicos. Pero
ello
no significa que todos estén llamados a su cumplimiento, o
que sea conveniente que todos los practiquen en su total pureza. Por
otra parte, no son
condición «sine
qua non» para que el cristiano
se salve --fo que San Juan Crisóstomo señala-, puesto que como
señaló Santo Tomás (15) : «Estos consejos de suyo son útiles a
(13) Cfr. Pío XI: Quadrage.simo atmo, n.2 127, 128, 129, donde sefiala
que
de nada
sirve reformar
las estructuras si no hay previamente una
re
forma moral personal-.
(14) Cfr. Juan Vallet de Goytisolo, op. cit., y Marce! Clement, op. cit.
(15) Santo Tomás:
Suma Teológica, 1.ª-2.!!, q. 108, a. 4, sol. 1 en la
B. A.
C., Madrid, 1956, tomo VI, pág. 576.
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RIQUEZA Y POBREZA SEGUN SAN JUAN CRISOSTOMO
todos, pero ocurre que; por- indisposición de algunos a éstos no les
convienen, no sintiendo su afecto inclinado a ellos. Y por eso el
Señor, al proponer los consejos evangéli~os, siempre hace mención
de la aptitud de los hombres para cumplirlos. Por
ejemplo, al
dar
el consejo de perpetua pobreza, dice antes: «Si quieres ser perfecto»,
y luego añade: «Vende todo lo que tienes», etc.
Tampoco. es conveniente que todo el mundo cumpla esos con
sejos absolutamente; por. eso son precisamente consejos y no manda
mientos. La obligación real ---no simplemente consejo, a pesar de
que el cumplimiento de éstos sean más meritorios- es la de cum
plir el deber de estado, lo que V allet de Goytisolo ha puesto per
fectamente de relieve (16):
«¿Cómo un
padre puede olvidar sus rigurosos
deberes para
con
su familia sin incidir en prodigalidad? ¿Cómo un casado puede ol
vidar su
dkbito conyugal para practicar
la virtud de la castidad
plena?
¿Cómo un
empresario genial puede cumplir su deber de
estado de proporcionar trabajo y bienestar, de crear puestos laborales
y de estimular la producción de medios para elevar el nivel social
de vida si vende sus bienes para distribuirlos entre los pobres o con
sus donativos deja su empresa sin reservas para superar la más pe
queña crisis? ¿Cómo un gobernante puede refugiarse en la manse dumbre
y la paz si con ellas deja perecer a sus gobernados víctimas
de la violencia ajena?». ¿Cuántos males no nos vendrían si olvidásemos
esta~ considera
ciones?
Por otra parte, la santidad, incluso
la de merecer ser cano
nizados, se alcanza también aun sin haber abrazado en su plenitud
la pobreza, la castidad y los demás consejos evangélicos.
San Juan Crisóstomo, naturalmente, considera la distinción que
hay entre mandamientos
y consejos, y entre consejos y caridad, puesto
que
ésta no es un consejo.
Así, hablando de la pobreza, que es lo que aquí nos interesa,
señala que quien no sea capaz
de cumplir el consejo evangélico de
perfección, cumpla los mandamientos: «Por ahora, sin embargo, basta
(16) Juan Vallet de Goytisolo: El orden 11atural y el derecho en En
torno
al derecho natural, ed. Sala, Madrid, 1973, págs. 10-11.
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ESTANISLAO CANTERO
con que aprendais a no ser avaros, y que es buena la limosna y que
teneis
obligación de
dar de lo que tenéis . .. Por ahora sabemos muy
bien que la
carga de
la voluntaria pobreza es demasiado para vues
tros hombros
y que cuanto dista el cielo de la tierra, así dista de
vosotros esa filosofía» (17).
San Juan Crisóstomo sabe que el consejo de
la pobreza absoluta
es un consejo de perfección que no
todos pueden
cumplir. De lo
que se trata,
y a ello exhorta continuamente, es de portarse bien en
lo que
ya no son consejos sino· mandamientos: no ser avaros y dar
de
lo que se tiene (18).
Como el mismo señala, la pobreza absoluta es voluntaria,
y -en
este sentido
h,y que
entender las
exhortaciones que hace
a aban
donar las
tiquezas, y· no considerarifo como repudiación de la pro
piedad. Por eso, la radical contradicción con la doctrina evangélica
que enseña San Juan Crisóstomo, que es
la de la Iglesia, al negar
la propiedad privada --pues ello significaría una pobreza total, pues
to que todos tendrían 1o mismo, y la existencia de pobres y ricos en
bienes materiales se establece por comparación, no existiendo, por
tanto, pobreza si todos tienen
lo mismo~ o de querer imponer la
pobreza por la
fuerza (19)
o de pretender exigirla en nombre de
los mandamientos (20).
(17) Homilía, 21, ·n. 4; tomo I, págs. 445-446.
(18) Cfr., por ejemplo: Homi/Ja 4, n. 12; tomo I, págs. 84-86. H. 5,
n. 5; T. !, 98-101; H. 9, n, 6, T. !, 178; H. 12, n. 4, T. I, 233; H. 28,
n. 5, T. I, 581-584; H. 50, n. 3-4, T. 11, 80-84; H. 52, n. 4, T. 11, 113;
H. 63, n. 4, T. 11, 315; H. 64, n. 5, T. 11, 331-333, etc.
Sobre la obligatoriedad de dar limosna, dr. Santo Tomás: Suma Teo
lógica, 2.!-2.ª, q. 32, a. 5, en la B. A. C., Madrid, 1959, tomo VII pá
ginas 967 y sigs.
(19) Cfr. Marce! Clément: Le communisrne face a Dieu, Nouvelles edi
tions latines, 2.i ed. París, 1968, cap. X, sobre la imposición ·de la pobreza
realizada por Mao con la revolución cultural.
( 20) Sobre la cuestión de querer imponerlo todo como exigido por
los mandamientos, sin distinguirlos de los consejos, queriendo realizarlo en
nombre_ de la justicia, ver Juan Vallet de Goytisolo:
De la virtud de la
¡u;ticia a lo iusto iuridico, en En torno al derecho natural, en especial,
parte II, n. 21 e), págs. 142 y sigs.
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RIQUEZA Y POBREZA SEGUN SAN JUAN CRISOSTOMO
III. Aparentes argumentos posibles contra la propiedad.
Las exhortaciones a la pobreza y las invectivas contra las rique~
zas,
es cierto, son constantes en San Juan Crisóstomo a lo largo de
sus Homilías. De ello, aparentemente, pueden surgir tres argumen~
tos en contra de la propiedad privada, de las riquezas (San Juan
Crisóstomo no habla de propiedad privada si no de riqueza). Nos
parece que la que
más dificultades
pudiera tener es la última que
consignamos.
a) Por incompatibilidad con la .ralvación eterna.
Hay pasajes cuya lectura extrapolada y
mal interpretada, parece
ser que la propiedad privada, la riqueza, se opone a que
el hombre
alcance el reino de los cielos. Así, podemos
leer: «Y
cuando el
rey
de
los cielos nos grita
y dice a cada momento cuan difícil es entrar
en los pórticos sagrados cargados de riquezas, ¿no las arrojaremos
todas, no nos des-prenderemos de lo que tenemos, a fin de entrar
con toda
confianza en el reino
de los cielos ?» ( 21).
Esta posible argumentación es de tipo espiritual
y no «humani
taria»; es por amor a Dios
y no solamente al hombre, pues este
amor sin aquél de nada sirve, por lo que hay que desprenderse de
las riquezas, para poder entrar en el reino de los cielos. Pero esta
es una
objeción aparente a la propiedad privada, que el mismo San
Juan Crisóstomo se encarga de
despejar al
finalizar la homilía, pues
de lo que se
trata es d.e arrojar
lejos de nosotros el amor
al dinero,
y sustituirlo por el amor a los cielos (22) y nos exhorta a huir de
la avaricia (23).
(21) Homilía 9, n. 5; tomo I, pág. 175,
(22) «Porque si sabíamos su cruel tiranía -escribe refiriéndose
al amor
a la
riqueza, a
la avaricia- debíamos haber huido su servidumbre y destruir
su amor en nosotros. -¿Cómo es posible esto? -me
diréis-. Metiendo
en vuestro corazón
otro amor distinto: el amor a los cielos. El que aspira a la realeza, menos
precia la avaricia. El que es
sie1-vo de
Cristo, no es esclavo, sino señor del
dinero»,
Homilía 9, n. 6; tomo I, pág. 176.
(23) «Huyamos esta enfermedad incurable, tratemos de curar de las
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EST ANISLAO CANTERO
De lo que se trata es de no ser avaro y de hacer participar a los
demás de nuestras riquezas.
Lo que queda puesto de relieve ruando
señala
que
el rico pue
por ser rico (25).
b) Por
las injusticias causadas con
las riquezas.
Lo que es injusto, evidentemente, no puede ser lícito. Así, el
siguiente párrafo, si se lee extrapolado
y fuera de su contexto, puede
inducir ----culpablemente por esa extrapolación y siguiente interpre
tación tendenciosa- a pensar que si la propiedad causa tanta in~
justicia,
no puede ser justa.
«Los que poseen los campos y sacan de la t_ierra sus riquezas.
¿ Y puede haber nada más inicuo que esos hombres? Si se examina
cómo
tratan a los míseros y trabajados labradores, se
verá que
son
más crueles que unos bárbaros.
A los que están consumidos de ham~
bre y se pasan la vida trabajando, les imponen exacciones continuas
mordeduras que hemos recibido, alejémonos de semejante peste, a fin de
llevar una vida segura
y tranquila y alcanzar fos tesoros Venideros». Homtlia
9, n. 6, tomo I, pág. 178.
( 24) «Porque el Señor no suprimió la riqueza, sino el ser esclavo de
la riqueza, el dejarse dominar por la avaricia. ¿Cómo es posible que
el rico
se salve? Poseyendo su riqueza en común con los necesitados, como lo haáa
el santo Job, desterrando de su alma la codicia de poseer siempre más y
más, no traspasando en nada
los _límites
de la necesidad».
Homilía 74, n. -'5;
tomo II, pág. 492.
(25) Además .de los párrafos que más tarde se transcriben, véase entre
otras, la
Homilía 83, n. 4; tomo II, págs. 641-642, donde tras reprender
a los ricos añade: ·«esto, sin embargo, no 1o decimos de
los que hacen el
uso debido de la riqueza, sino de los avaros»; la Homilía 52, n. 3, tomo II,
pág. 112, . donde escribe:
castigados que los· pob_res ...
».
Pero
San Juan Crisóstomo alaba no sólo a los ricos del Antiguo Testa
mento, sino también a los-de su época si se portan bien. Así, tras señalar que
«las riquezas son para servirse de ellas útilmente»,
dice del
rico: «Que sepa
emplear debidamente
su riqueza y a dar limosna a los necesitados» y enton
ces,
«sabrá un arte mejor que
el de los ptros artesanos>>. Homilía 49, n. 3,
tomo II, pág. 62.
706
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RIQUEZA Y POBREZA SEGUN SAN JUAN CRJSOSTOMO
e insoportables y les obligan a los más penosos trabajos. Sus cuerpos
son como de mulos o de asnos o, por mejor decir, como de piedra,
sin concederles un momento de respiro. Produzca o no produzca la
tierra, los oprimen lo mismo, sin perdonarlos por ningún -concepto.
¡ Miserable espectáculo! Después de trabajar todo el invierno, des
pués de consumirse al hielo
y a las lluvias y a las vigilias, tienen que
retirarse con las manos vacías
y encima cargados de deudas. Y más
que por este hambre, más que por este naufragio, temen
y tiemblan
los
inforh.mados ante
las torturas de los administradores, las com
pariciones ante los tribunales, las cuentas que se les piden, los su
plicios a los que se les conduce, las cargas inexorables que se les
imponen. ¿Quién dirá los negocios que con ellos se emprenden, los
viles tráficos ·a que se les somete, llenando sus amos lagares y gra
neros a
costa del
trabajo
y sudor de. aquellos. infelices, mientras a
ellos no
se les consiente llevar a su casa ni una mínima parte? Todo
el fruto tiene que ir a llenar sus toneles de
iniqui
sólo unas
míseras monedas le tiran por ello al
trabajadon> (26).
Este
párrafo en
que
habla de
los pecados en que pueden caer los
poseedores de tierras, escrito tras señafar los pecados en que
pueden caer los artesanos (27) y los sol
mismo. En él se señala la injusticia de unos hechos. Pero ¿puede esto
ser motivo para desechar la propiedad privada? San Juan Crisós
tomo no lo entiende así. Porque ni supone que el poseedor de
ri
quezas se comportará siempre injustamente (29) -y de lo que se
trata es de que se porte bien,
y no de quitarle lo suyo (30- ni que
el mal uso de la
riqueza sea
motivo de
pé,:-dida de
la propiedad
privada.
El mismo deshace las posibles objeciones, pues en la misma ho-
(26) Homilía 61, n. 3, tomo JI, págs. 275-276.
(27) Homilía 61, n. 2, tomo II, pág. 274.
(28) Homilía 61, n. 2, tomo II, págs. 273-274.
(29) Recordemos que el mal procede del peca.do; y que si éste es causa
de injusticia$, por otra parte, el pecado «no se comete por fuerza y necesidad».
Homilía 45, n. 2, tomo I, pá.g. 859.
(30) A este respecto no puede haber duda ninguna; véase más adelante
lo que dice
del robo.
707
Fundaci\363n Speiro
ESTANISLAO CANTERO
milía continua : «Pero al hablar así yo no trato de desacreditar las
artes, ni la agricultura, ni la vida militar, ni los campos. Los que nos
desacreditamos somos nosotros mismos ... Job fue dueño de inmensas
riquezas y percibió rentas sin cuento, y, sin embargo, ninguna de
estas cosas fue impedimento para que todos estos practicaran
la
virtud>> (31).
Qué oposición más radical de las tesis marxistas y de la <
gía de la liberación», y de quienes quieren atribuir a los Santos
Padres la condena de
la propiedad privada, que las palabras y las
enseñanzas de San Juan Crisóstomo.
Este lo que hace es combatir y repudiar la avaricia, el amor al
dinero que provoca esas injusticias (32). Y ello porque nos cierra
el camino del cielo. La ignominia cometida por el avaro es lo que
causa la indignación de San Juan Crisóstomo, no
la propiedad pri
vada, la riqueza. El ejemplo de Job
----que repetirá
varias
veces
es
bien elocuente. Y la solución que da es la única posible: que sea
virtuoso; una reforma moral que le haga huir de
la avaricia. Lo
que no parece conciliarse con aquellos que todo lo cifran en el
«cambio de estructuras».
e) Porque no per:enecen a su dueño.
Prescindiendo del absurdo de decir que algo no pertenece a su
dueño, es
esta, sin
embargo, la objeción que se plantea, y que en
nuestra opinión pudiera plantear más dificultades para admitir la
propiedad privada.
Tras reprender a «los que tienen riqueza
y no dan de ella a los
(31) Homilía 61, n. 3, tomo 11, pág. 276.
(32)
Aquí se encuentra el rechazo del capitalismo liberal, que aparec10
como consecuencia de olvidar esto.
Al elevar
y -colocar como norma· moral
la
ley de la oferta y la demanda, se producen desastrosas consecuencias. Ello
es u.na
forma de
avaricia, que provoca grandes males sociales, como se ha
comprobado. San Juan CrisóStomo para quien la avaricia es un pecado
y así
la enfoca,
no
por ello
dejó de señalar las funestas· consecuencias
que_ ella
traía
para la sociedad, además del pecado de
quien la
cometía, pues produce
«guerras, insidias, muertes»
(Homilia 9, n. 6, tomo I, pág. 175). El remedio
de ello está y es el único posible, en el amor a Dios, la caridad.
708
Fundaci\363n Speiro
RIQUEZA Y POBREZA SEGUN SAN JUAN CRISOSTOMO
necesitados»; continua: «Porque también tu eres administrador de
tu propia riqueza no menos que el que administra los bienes de la
Iglesia. Ahora bien, como
éste no tiene facultad para dilapidar al
azar y como bien le venga
lo que fue por vosotros entregado para
los pobres, puesto que con
el fin de alimentar a los pobres fue
dado, así tampoco vosotros vuestros bienes. Porque aun cuando se
trate de herencia paterna, aun así eres administrador de cuanto tie
nes, aun
·a.si-·. pertenece todo_ a, .-Dios. Ahora bien, si tú quieres que
así puntualmente se admimstre lo que has dado, ¿no piensas que
Dios nos exigirá con más rigor aun lo que es suyo y no consentirá
que sus bienes se pierdan vanamente? No, no lo consentirá. Si El
te los ha dejadó, es para que «tu les des a los pobres el alimento en
el momento oportuno». ¿Qué quiere decir «en el momento opor
tuno»? Que se lo des cuando están -necesitados, cuando .tienen ham
bre. Porque a la manera que
tú has dado tus bienes para que tu
esclavo te los administre, así Dios te los ha dado a ti para que los
emplees en lo que debes. El te los podía haber quitado; si te los
ha dejado, es porque ha querido _ darte ocasión de mostrar tu virtud.
As.í, haciendo que los unos necesitemos a los otros, logra también
que sea más ardiente la caridad de los unos para los otros» (33).
«¿ Acaso es tuyo lo que tienes? Se te han encomendado los bie
nes de los pobres, aun cuando esos bienes los hayas adquirido por
herencia paterna, ann cuando provengan de tu legítimo trabajo.
Porque, ¿acaso no podía Dios quitártelos? Si no
lo ha hecho es
porque quiere que puedas mostrarte genei:oso con los necesitados.
Y, advertid, os ruego, cómo en todas sus parábolas castigó el Señor
a quienes
no· han
dado de sus bienes· a los necesitados. Así, las
vírgenes
fatuas no robaron lo ajeno, sino que no dieron de lo· -propio.
El
que enterró
·el talento no fue un avaro sino· que no lo duplicó.
Ni los que pasan de largo junto a los hambrientos son castigados por
robar lo ajeno, sin? por no derramar de lo suyo ... Oiganlb quienes
se
entreg.µi a la glotonería y consumen en suntuosos banquetes nna
riqueza
que no les pertenece absolutamente sino que es de los ne
cesitados. No porque Dios, en su inmensa benignidad, te haya man-
(33) Homilía 77, n. 4, tomo II, págs; 542-543.
• 1i09
Fundaci\363n Speiro
ESTANISLAO CANTERO
dado como si dieras de lo tuyo piens,es que es efectivamente tuyo.
Te lo prestó para que con ello alcances la gloria. No pienses, pues,
que es tuyo cuandó le
das lo
suyo. Si
tú prestas una cantidad a otro
para que
pueda negociar
con ella, no por eso -dirás que
tu dinero
era suyo. Pues así te lo ·ha dado. Dios a ti, para negociar y que te
ganes el cielo» (34).
Nos encontramos, tras una lectura poco atenta y tendenciosa, ante
varias dificultades por las que parece· que no es adm;isible la pro
piedad privada.
Pero esa misma consideración supone precisamente
la admisibilidad de la propiedad privada. Porque, si la propiedad
privada no es lícita ¿cómo Vamos a ayudar a los necesitados?--tCómo
vamos 'a dar de lo riues-tro, si' precisamente se nos exhorta a ello,
eliminando la propiedad •privada? Pero veamos las -dificultades. Pudiera parecer que no se puede
ser ptopietario porque Dios · es su dueño,· y el hombre no puede apro
piarse lo que ·es de IÍios:
ES derto que, to~o pertenece a Dios, por ser el Autor y el Señor
de todas las cosas, J en ese Sentido también la· riqueza le pertenece.
Pero ello no es obstáculo para q;,e el hombre posea privadamente.
Argumento que, por
otra parte,
se
opone igualmente
a que
el hom-
bre posea ·1as cosas· én ~omún. . .
Lo que Sao Juan Crisóstomo está diciendo es que hay que ad:
ministrar bien nuestra propi_a :riqueza, pues aunque es nuestra, la re
dbimos de Dios, por ser el Autor y Señor de la naturaleza. De El
rios"
viene pata qlle la
usenios bien -aun cuando en el· ·hombre esté
seguirle o "rechai:arl~, socdrrie~do con ella a los necesitados. ES
así
como
s~moS admiiiistradói'eS· ·ae nuestros Propios bi"enés porque
los recibunos de Diós (35). · ·
flay otra dificultad planteada al decir que «es de los necesitados».
Pero con ello
:.....Y piénsese que bay que dar de lo nuestro- no se
está diciendo. ·que la propiedad, la riqu~a, pettenezca, Como p~o
pietarios, a los áecesit~ds. Con·:en~ no se· habría ·resuelto la difi~
(34) Homilía 77, n. 5, tomo II, pág. 544.
(35)
Cfr. Santo
Tomás:
Suma Teológica, 2.i!-2.ª, q. 66, a:. 1, B. A. C.,
tomo VIII, págs. 492 y 4"93. Madrid; 1956;
Fundaci\363n Speiro
RJQUEZA Y POBREZA SEGUN Si/JN JUAN CRJSOSTOMO
cull:l\d; lo úníco que habría sucedido es tin cambio de riqueza, apa
reciendo
otros propietarios en lugar de los anteriores.
Lo que San Juan Crisóstomo nos indica es el
. deber
moral de
hacer buen
usó de
la riqueza; deber moral, precisamente porque nos
vienen· de· Dios, de áyudar á-los necesitados practicando la limosna;
y deber moral, del que se desprende, indudablemente, para que
exista buen uso de la riqueza, una obligación de justicia, en aquello
que. ya no depende de la mayor o menor liberalidad del propietario,
bien porque es debido a otro (justicia
conmul:l iva), bien
porque
es debido por
causa de bien común (justicia general).
Los bienes terrenos han de aprovechar a todos los hombres. Apro
vechamiento que no se refiere a la propiedad sino al uso. Del
uso de
los bienes de la tierra es de Jo que todos han de beneficiarse, y
precisamente por. esto es por lo que dice San Juan Crisóstomo que no les pertenece absolutamente sino
que es
de los
necesil:l\dos. Porque
si
les perteneciese absolutamente, además_ de
• que no
les
vendr!a
dado de Dios, no , habría sobre los mismos ningún tipo de obliga
ción por causa de bien común, y, po.r tanto, también el uso de· los
bienes· de. la tierra, directa o indirectruµente quedaría reservado ex
clusivamente a los propietarios (36).
IV. Legitimidad de la propiedad privada.
Visto que no hay en San Juan Crisóstomo sino dificultades apa
rentes contra la propiedad pdvada, interesa, sin embargo, señalar
algunos pasajes donde se admite directamente su licitud.
Tras señalar que nadie puede servir a dos señores, a Dios y a
Mammón, escribe: ·
«-¿Pues qué? ;me _dirás-:-:-¿No file esto posible entre los an
tiguos?-. De ninguna manera. -Entonces -me replicarás----, ¿có
mo alcanzaron tanto honor Abtahám y Job? -¡No me menciones a
ricos, sino a esclavos de la ri'lueza ! Cierto que Job fue rico, pero
(36) ar. Santo Tomás: Sdma Teológica, 2.ª·2.ª, q. 66, _ a. 2.
Cfr. Juan Vallet de Goytisolo: Sociedad -de masas y Derecho, Tau.rus,
Madrid,
1969,
2.! parte,
cap. III, -
p~gs. 307 y sigs.
711
Fundaci\363n Speiro
ESTANISLAO CANTERO
no fue esclavo de Mammón; tenía riquezas, pero las dominaba; era
su
señori no
su siervo., Tenía cuanto poseía como simple adminis
trador de bienes ajenos (37), y así no sólo no arrebataba lo ajeno,
sino que de
lo suyo propio repartía entre los necesitados» (38).
En
ningún momento San Juan Crisóstomo habla mal de Job, ni
siquiera de sus riquezas, de sus propiedades. Es más, ensalza a Job
porque usó bien de sus propiedades.
Reconoce expresamente la · licitud del capital, y así, nos exhorta
a dar limosnas sacándolo de las rentas :
«-¿Y qué iban entonces -me dices- a heredar mis hijos?
-Siempre les quedaría el capital», y nos exhorta a dar de las ren
tas, «por lo menos la mitad,
una tercera,
una cuarta, una quinta,
una décima parte» (39).
«Porque no quiero obligarte a que disminuyas
tu capital ... gasta
sólo de los réditos, no los amontones también éstos. Basta que tus
rentas sigan manando como de fuentes ;
haz de
ellas partícipes a
lós pobres
y sé buen administrador de los
bienes que Dios
te ha
dado» (40).
Hay lugares en los que habla de «riqueza justa» (41), de «ga
nancias justas» (42), de «hacer dinero justamente» (43).
Señala que Cristo no habló contra la riqueza sino contra quien
se deja dominar por ella: ¿Qué dice a esto Cristo?
<
mente entrarán
los ricos
en el reino de los cielos!» Lo cual no es
hablar contra las riquezas, sino contra los que se dejen dominar
por ellas» ( 44).
Y en otro lugar, señ3.la explícitamente que pa~a practicar la vir
tud «sólo una cosa se requiere : -
una generosa
disposición. Si eso hay,
(37) Ajenos en cuanto los recibimos de Dios y hemos de usarlos bien,
de modo que
de su uso se beneficien todos. Veru.e lo dichO anteriormente.
(38) Homilía 21, n., 1, tomo I, pág. 438.
(39) Homilia ·66, n. 4, ·tomo II, pág.· 365.
(40) -Hofliilía 66, n. 4, tomo II, pág-~ 366.
(41) Homilía 23, n. 9, tomo I, pág. 494.
(42)
Homilía 23, n. 9, tomo I, pág. 494.
(43)
Homilia. 23, n, 9, tomo I, pág. ·495.
(44) Homilía 62, n. 2, tomo II, pág. 308 ..
712
Fundaci\363n Speiro
RIQUEZA Y POBREZA SEGUN SAN JUAN CRISOSTOMO
ni edad, ni pobreza; ni riqueza, ni negocios., ni otra cosa alguna pue
de constituir obstáculo para la virtud» ( 45). San Juan Crisóstomo no sólo condena el robo ( 46), sino, además,
las limosnas que se
dan con
lo robado, siendo los que esto hacen
peores que
los simples
ladrones :
«Si los
que ninguna injusticia han cometido serán
castigados por
no dar ( nótese que incluso no dando de lo nuestro no se comete
in justicia en el sentido estricto 4e ésta, lo que supone la admisión
de la propiedad privada, como ya hemos visto, y un doble
ckber,
de
justicia el uno, moral el otro, de lo que después nos ocuparemos),
mucho más los que encima de no
dar quitaron».
Y por si alguien
exclama que es para darlos a quienes no tienen
--hoy se
podría
d&ir
no
pocas veces, para distribuirlo mejor, para
redistribuirlo-escribe
a
continuación: «No
digas, por ende, que a uno se le quitó y a
otro se le dio. Porque ahí está el mal, pues debía haber sido el
mismo a quien quitaste
y a quie"n le diste. Pero a
unos
y te vas a curar a otros, cuando tenías que curar a quien
heriste o, por decir mejor, no tenías que haber herido. Porque no es caritativo el que hiere
y cura, sino el que cura a los que han sido
por otros heridos ... » ( 47). No se puede, pues, ayudar a quienes no tienen a costa del robo de
quienes tienen_; lo que hay que
há.cer es:
«No hieras a nadie, no
de~
rribes
a nadie ... , sino levanta a los que han sido derribados» ( 48).
Y el «motivo» de darlo a otros no sirve; San
Juan Crisóstomo
es
categórico, pues añade: «Por lo demás, tampoco es posible reparar
con la
misma medida
de limosna el mal
que se
ha hecho por la
avaricia. Si por
avaricia has robado un óbolo, no basta con que des
otro de limosna
para cerrar la herida hecha por la rapiña. sino un
talento ... Pues si así lo remedias apenas ( dando un talento),
¿qué
(45) Homilía 43, n. 5, tomo -J, ~g. 837.
( 46)
«Al ladrón
las leyes humanas
:r divinas le declaran desgraciado»,
y el robado, ha «sufrido la injusticia», Homilía 51, n. 6, tomo II, pág. 101.
En otro lugar: «El mendigar no ofende en nada a Dios; el robo o'fende a
los hombres y a Dios», Homilía 69, n. 4, tomo 11, pág. 420.
(47) Homilía 52, n. 5, tomo H, págs. 118~119.
(48) Ho,ni/ía 52, n. 5, tomo 11, págs. 118-119.
713
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ESTANISL40 OANTERO
defensa tendrás si inviertes los términos: que .arrebatas fortunas en
teras
y das luego una miseria y ni siquiera .la das a quienes dañaste,
. sino
a otros. en su lugar?» (
49).
Y
en otro lugar, tras
d.e<;ir que
Dios no acepta
las limosnas
fruto
del robo, continúa:
«Más v_alieqi. que el otro se-muriera de hambre_ .que no alimen
tarle con )o robadp. Lo uno es ciertamente .crueld,ad; pero lo otro,
a la crueldad. añade la insolencia. V ale. más no dar que dar de lo
ajeno._ Dime ~! :Ío: s! vieras a uno que está desnudo y otro que
lleva vestido,- si_ por .yestir al desnudo desnudaras al vestido, ¿no co
meterías una iniquidad? Todo el mundo convendrá en ello: Si, pues,
dando todo lo que has tomado cometes una iniquidad
y no has hecho
~limosna, ¿qué castigo sufrirás si no d'as ni la mínima parte de lo
que has robado y encima llamas a eso limosna?» ( 50).
A la mente se nos viene,_ inmediatamente, el recuerdo de quie
nes proclaman
la injusticia de unas instituciones, como la ,propiedad
privada, y claman por el «cambio de estructuras», basándose en que
hay quienes no _ tienen. Estos que así se expresan haden.do además
gala de cristianos, o valiéndose de su condición de hombres de igle
sia para sembrar el error
y la confusión, deberían leer a San Juan
Crisóstomo.
Trasladando a nuestros días el ejemplo de San Juan Cri
sóstomo, los apologistas del «cambio
de. estructuras»
quedarían peor
parados que
«los ladrones
que
dan limosna».
No
se
¡,uede quitar
para dar a otro.
Lo que ha de hacerse es
cumplir
con nuestros
deberes morales y ayudar a quien lo necesita,
La moderna redistribución de tipo socialista y marxista de que hoy
algunos hablan, está ciertamente en contra de las enseñanzas de
San Juan Crisóstoino.
Esto no significa, ni· para San Juan Cris6stomo tampoco, que
por causa del bien común, concepto acuñado por Santo Tomás mu
chos siglos después de la muerte de aquél, el derecho no
reguJe la
(49) Homi!Ja 52, n. 5; tciino II, págs: liS-119.
(50) Homilía 85, n. 3, tomo 11, pág. 665.
Cfr. Santo Tomás: Suma.Teológica, -2-ª-2·ª~ q. 32, a. 7, BAC, tomo VII,
r,ágs. 973 y sigs., sobre si puede hacerse limosna con lo robado. Y 2.!-2.!!-,
q. 62, B. A. C., tomo VIII, págs. 380 y sigs., sobre la· restituci6n.
714
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RJQUEZA Y POBREZA SEGUN S4N ¡UAN CRJSOSTOMO
propiedad privada, pero ha de hacerlo teniendo como pauta el orden
natural
y la justicia general (51 ), no la atbitrariedad o el totali
tarismo (52).
V. Justicia y moral: obligaciones de una y otra.
El hombre, que ha ·sido creado única y exclusivamente para
servir y adorar a Dios en este mnndo,-a fin . de alcanzar la vida
eterna, no tiene más camino para ello --camino trazado, inequívoco
que amar a Dios
Sobre todas
las cosas
y, como consecuencia, amar
al
prójimo como a sí. mismo. Todo
lo ._dem~ no importa~. de nada
sirve, puesto que «al final de la jamada
el que se salva sabe, y el
que_ no_, no sabe nada».
Tras lo señalado hasta aquí, nos int,resa sober si San Juan Cri,
sóstomo
distingue entre deberes de justicia
y· deberes morales, y a
cuáles de ellos exhorta a los hombres
para que
alcancen
el fin
supremo.
Señala San Juan Crisóstomo que no basta cumplir los deberes
que exige la· justicia para sa:lvarse (53); es necesario~ además, cum
plir todos los deberes morales ( como mínimo) y si se quiere ser
perfecto sobrepasar esos deberes morales, aún más allá de lo exigi
do por la misma moral o practicar en
Su integridad, además de
aquellos deberes morales exigidos, los
con;ejos evangélicos de
modo
absoluto.
(51) dr. Juan Vallet de Goytisolo: En torito al derech~ natural, espe~
cialmente, «De la virtud de la justicia .a lo justo jurídico».
(52) Precisamente
un hombre como San
Juan-. Cris.óstomo,
.todo amor
a Dios
y caridad para con ei prójimo, aunque aconsejaba que mejor que
adornar las iglesias con oro
y plata era darlo a los necesitados (Homilia 50,
n.
4, tomo II, págs.
81~82), decía
que cuando alguien lleve adornos para la
iglesia, «no mandes que se venda, ni se cambie· lo hecho»
(Homilfa SO,
n. 2, tomo
II, pág. 585). -Los
asoladores de las iglesias
y de los objetos
de culto -fruto de la devoción-
que hoy
desnudan las íglesias so pretexto
de pobreza, tampoco encajan con
Sin Juan
Crisóstomo.
(53) Cfr. Homilfa 52, n. ', tomo· II, ·pág. 118, donde señala: «Si los
que ninguna injusticia han cometido serán castigados por no dar ... ». O
'715
Fundaci\363n Speiro
ESTANISLAO CANTERO
a) ¡ usticia y moral.
«-Pero ya pago tributes -me dirás--¿ Y porque aquí nadie
te exige por la fuerza, es ello motivo de despreciar el mandato de
ía limosna?» (54).
Se observa aquí que hay unos deberes, representados por los
tributos, que son exigidos por-la frierza, que son obligaciones que
corresponden al campo de
la justicia. Otros, en cambio, que no son
exigidos por la fuerza, que pertenecen al campo de la moral. Y son
de-cwnplimiento voluntario, en cuanto en esta vida nadie puede exi
girlos
coacti"."amente, pero
que son exigidos por
la moral, son un
verdadero mandato que moralmente hay que cumplir, a pesar de
que la justicia no pueda exigirlos. Recuérdese que ni la justicia exige
todo el decálogo, ni que lo que de él exige lo hace con la amplitud
de la moral.
De tal modo que, si no se cumplen esos deberes morales, y ate
niéndonos a lo relacionado con la propiedad, señala San Juan Cri
sóstomo: «El que no practique la limosna perecerá absolutamen
te» (55).
Vemos, pues, que para San Juan Crisóstomo ~orno para la
doctrina católica . de la que forma parte-no es la justicia la regla
de oro del comportamiento del hombre.
La verdadera regla de oro
va más allá, exige más que la justicia; es el amor, la caridad, que
en su expresión más alta, todo
lo abandona y todo 1~ hace por Dios.
Amor y caridad para los cuales hay que cumplir indispensablemente
esos
deberes morales, de mucha mayor amplitud que las obligaciones
de justicia, por los que
la voluntad del hombre se mueve, con la
ayuda de la gracia de Dios, en pos del Señor.
cuando señala que para salvarse la justicia (como virtud general) ha de
ser
superior
a la de los fariseos, no porque. estos incumplieran la . antigua ley,
sino porque
la nueva ley es superior a la antigua (Cfr. Homilía 16,
n. 4, tomo I, pág. 318.
(54) Homilía 66, n. 4, tomo II, pág. 366.
(55) Homilía 77, n. 6, tomo 11, pág. 549.
Fundaci\363n Speiro
RIQUEZA Y POBREZA SEGUN SAN JUAN CRJSOSTOMO
b) Deberes morales de cumplimiento necesario pero voluntario.
Es sumamente importante señalar que esos deberes morales hari
de cumplirse voluutariamente. En
relación con
la propiedad ( repe
timos, en aquello que no exija la justicia, pues, si no, no serían
debe.
res
morales), tanto su buen
uso como la 1inl06na, que son deberes
morales, han de ser voluntarios. Dios nos los exige para salvarnos,
pero no se nos pueden imponer (56).
Por otra parte, el cumplimiento de
la justicia, de las obligacio
nes que ella exige, no
exime de
los deberes morales,
y así lo expresa
San Juan Crisóstomo al decir que por pagar tributos no queda uno
libre de la limosna, o cuando señala, de modo similar
al anterior,
que el pago del diezmo «debía hacerse», pero no por ello no hacer limosna, pues añade refiriéndose a ella: «y no omitir esto» (57).
(56) Así, cuando escribe: «A la verdad, benigno como es este rey
nuestro,
no te quiso poner recaudadorés forzosos,
sino que quiere· que tú
lo des espontáneamente» (Homilia 66, n. 5, tomo II, pág. 367); o cuando
sefiala: «Porque el llamamiento de Dios no impone la necesidad
ni fuena la
voluntad
de quienes no quieren abrazar
la virtud. Dios nos exhorta y acon
seja, y no deja piedra sobre piedra
por mover
a fin de persuadimos a que
seamos buenos; pero a los que de sí no quieren El no los fuerza»
(Homilía
80, n. 3, tomo 11, pág. 589).
(57) Homilía 73, n. 1, tomo 11, pág. 466.
Hoy
h~y quienes
no se sienten obligados
y rechazan los deberes morales
porque los demás
tampoco lo hacen; o porque creen que ·es el Estado, la
socialización, el
«cambio de
estructuras», quien todo
lo arreglará; se han
olvidado las propias obligaciones y responsabilidades, porque
--dié:en-eso
no
va con ellos individual
y personalmente, sino con la «humanidad», pero
no con cada uno de los hombres, sino de modo que la responsabilidad per
sonal no existe, o si existe, tan sólo en cuanto subsumida, exigida o impuesta
por esa monstruosa abstracción que es la «humanidad» así entendida, en nombre de
la cual se establece el absurdo, la arbitrariedad y el totalitarismo.
A
est~ responde
también San Juan Crisóstomo con unas palabras que no
tienen desperdicio
y de cuyo significado no cabe dudar:
«-Pero fulano
-me dices-posee
tantos y tantos talentos de oro
y,
sin embargo, ne-suelta un céntimo. -¿Y eso a tí que te importa? Porque
si
tu eres más generoso de tu misma pobreta, así aparecerás tanto m3.s ad
mirable
...
-Mas
¿por qué
-me
dices--fulano
y zutano , no hacen eso? -No
717
Fundaci\363n Speiro
EST ANISLAO CANTERO
La justicia contribuye, es indudable, a hacer al hombre virtuoso;
pero no se es
. virtuoso simplemente
por ser justo
· (
entendido en
sentido estricto
y. no como lo emplea la .Sagrada Escritura, que equi
vale a virtuoso, a santo). Muchos «i;:ristia.tl~>> y .«_católicos>> de hoy,
claman contra la injusticia -lo que está bien siempre y cuando real
mente lo sea y cuando a la hora de aportar soluciones, si es que las
aportan, estas sean justas-, pero -y eso ya está mal- colocan la justicia como norte indiscutible, sagrado casi, de la vida del hom
bre. Olvidando con ello, cuaodo no despreciaodo, las obligaciones
que la moral nos impone, el amor· a Dios, cuando no intentan im
poner por la fuerza -------cometiendo así una injusticia- lo que son
obligaciones morales, o peor aún, consejos evangéHcos.
En otro aspecto, puede ocurrir, por
cambio de
la realidad ma
terial, que lo que son deberes morales, pueden convertirse en obli
gaciones de justicia,
y por taoto, ser coactivamente exigidas, por
rilzón,_ como
ya hemos
dicho, de
bien común,
pero tefli~do éste
como
pauta
el orden natural y la justicia general.
Pero
cori ello aparecerán nuevos deberes morales, _de -cuyo ru.m
¡,limiento t:io nos exime la mayor amplitud de las obligaciones de
justicia.
As!, y
por poner
el ejemplo de la limosna, si antes se daba,
cumplidas las obligaciones de justicia, un tanto de limosna -y esto
era suficiente tanto por la necesidad como por
la intención del
autor-,. si
pár causa
de bien común, ese
Ulflto u
otra cantidad, pasa
a ser exigida por la justicia, habrá que dar otra caotidad para cum
plir el
. deber
moral que
Diós nos
exige.
juzgues a loS Otros, sino procura que no se te- pueda- acusar ;i ti de ello.
A la verdad, al acus'ar a los otros· y no hacer · tú, al juzgar a los demás y
ser
tú reo del misino delito, lo que 'haces es aumentar tu castigo». Homilía
64, n. 5, toriló II, pág. 331.
«¿A qué mi~ a lo's ·OtroS? Ya qlle quieres mirai a los ·o.tras, mira a
los que ,Practican la virtud, -a los que cumplen toda la ley diVína con per
fección, no. a
loS que la infringen· y -viven én la abyección». Id., pág. 333.
Háy que ser personalmente buerios; Hoy esto se ha suprimido, o_ se quiere
suprimir; parece que el ser personalmente bueno no tiene importancia: En
cambio, ¡ se pretende que 4uien sea buena sea la sociedad, la «humanidad»!
718
Fundaci\363n Speiro
RIQUEZA Y POBREZA SEGUN SAN JUAN CRISOSTO:MO ";
c) ¿A qué nos exhorta San ¡uan Crisóstomo?
A lo. que San Juan Cdsóstomo nos exhort.a es a q;unplit nuestros
deberes morales más estrictos, y, cumplidos éstos, a perfeccionarnos
más y más, imitan,do a santos y monjes, hasta llegar si es posible y
a quién sea posible, a la práctica rigurosa de los consejos evangélicos.
Es cierto que nós dke, -lo hemos visto, que hemos de cumplir
las obligaciones de
justicia;
así, por
ejemplo, cuando nos dice que
no se puede robar, o cuando presupone el pago de diezmos· y tri
butos; pero va mucho más lejos;
basta leer las decenas de exhorta'
clones
a
la limosna y a la caridad, a huir del amor al dioero, a
poner nuestro corazón en los bienes que no pasan, a no latn'entarnos
de nuestra pobreza, etc. Olvidar es-to _y pretender sacar de sus escritos
y enseñanzas la ilicitud de la propiedad privada, o a exigir en nom
bre de la justicia fo que pertenece :a, -la moral, es n0 comprender una
sola palabra de las. «Homilías sobre San Mateo», y con ello la doc
trina de la
Iglesia y el mensaje del Evangelio, o falsearlas consciente
y culpablemente.
719
Fundaci\363n Speiro
POR
EsTANISLAO CANTERO.
l. Introducción.
Los predicadores de la religión horizontal (1 ), esto es, de una
pseudo religión en la que
Dios-desaparece,
niegan la licitud de
la
propiedad privada, porque para ellos es injusta la diferenciación entre pobres y ricos. Integrantes de la herejía moderna, no quieren
separarse de la Iglesia, sino que permaneciendo en su interior ·(aun
que
sólo nominalmente)
y pretendiendo ser nada menos que porta
voces suyos, e impulsados en realidaJ. por sus propios errores, no
obstante negar
la Tradición de la Iglesia, hablan de un retorno a las
fuentes, porque allí se encontrará
la pureza de la vida evangélica,
que dicen, ha
perdido la
Iglesia.
Con este pretendido retorno a
las fuentes --¡ como si la Iglesia
( I) Se podrá pretender presentar ese horizontalismo de la religión
todo lo «humanístico» que se quiera; incluso «integralmente» «humanista»,
pero será radicalmente revolucionario, antidivino y antihumano, porque en
la perfecta armonía del orden sobrenatural y del orden natural· ( no olvide
mos que el hombre forma parte de la naturaleza, creación de Dios) está el
que la religión es vertical, hacia Dios.
«Sea que
se derive de la asidua consideración, de la reiterada elección de
lo que negligeritemente perdimos o de la religación,
la religión implica pro
piamente un orden a Dios. A El, en efecto, es a quien principalmente debe
mos ligarnos como principio indefectible;
a El, como fin último, debe tender
sin interrupción nuestra elección
y, después de haberle rechazado pecando,
le debemos recuperar
·creyendo y atestiguando nuestra fe». Santo Tomás:
Suma Teológica, 2J!--2.ª q. 81, a. 1 ·en la B. A. C. Tomo IX, Madrid, 1955,
pág.
18.
697
Fundaci\363n Speiro
ESTANISLAO CANTERO
se hubiera apartado de ellas ! , error en el que tan sólo puede caer
quien no crea en su divinidad ( 2
)-se
quiere fundamentar la teo
logía de
la liberación» con su ·«cambio de estructuras» de sentido
marxista, la ilicitud de la propiedad privada, la justicia de desposeer
a quienes tienen en beneficio
(3} de
quienes no. tienen, la
inadmisi~
bilidad
de la limosna
y la caridad y otras cosas por el estilo de éstas.
Y
para ello no se duda en ampara·rse entre otras «razones» en los
escritos de los Santos Padres de la Iglesia.
Ninguna necesidad habría de señalar la falsedad de esas atribu
ciones., de no ser por el confusionismo que
hoy padecemos -fruto
en gran parte del enfriamiento de la vida religiosa
y del desprecio
de la oración-, pues para ello basta la Tradición de la Iglesia, el
Magisterio Ordinario ( vinculante para el católico
y para el infiel
en cuanto expresión y como tal expresión de la ley
naturd), que
siempre
ha señalado, no sólo la licitud de la propiedad privada, sino
sus excelencias
y ventajas tanto ·para el hombre concreto como para
la organización social, como quiera que se desprende del orden de
la naturaleza (
4).
(2) Efectivamente, siendo la Iglesia de institución divina y siendo Cristo
su cabeza, es imposible que se equivoque. Por eso, la doctrina católica, ni
se ha desviado un ápice desde los tiempos apostólicos a nuestros días, ni
podrá nunca hacerlo. Si a veces pudiera parecernos que hay discrepancias
con la doctrina de los siglos pasados, será tan sólo debido a ignorancia
nuestra, bien de la doctrina actual ( que es la de ayer y la de siempre), bien
de lo pasado. ( 3) Sobre los innumerables males que este «beneficio» ha causado, en
todos los órdenes
y bajo diversos puntos de vista que se analice, ver las
«Ilustraciones con recortes de periódico» de VERBO núms. 89, 91-92, 97-98,
101-102, 103, 104, 109-110, 113, 114. Ver también: Vladimiro Lamsdorff Galagane: «¿Y para qué queremos el
socialismo?» en VERBO núm. 104, abril 1972. (4) De esto no hay duda ninguna en la doctrina pontificia. Sobre este
punto es sumamente útil el libro «Social.Wmo
y propiedad
rural», escrito en
colaboración por Antonio de Castro Mayer, Obispo de Campos, Gerardo de
Proern;a Sigaud,
Arzobispo de Diamantina, Plinio Correa de Oliveira y Luis
Mendorn;a de
Freitas, ed. Asociación Cordobesa de Derecho agrario, Córdoba,
1969. Y ello tanto por
la doctrina pontificia recogida como por los argu
mentos con que deshace las frases hechas y objeciones en contra de la
propiedad privada
698
Fundaci\363n Speiro
RIQUEZA Y POBREZA SEGUN SAN JUAN CRJSOSTOMO
Hacer un eStudio de los escritos de los Santos Padres en torno
a esta cuestión ocuparía varios volúmenes, y aunque ello sería de
gran
utilidad, queda
fuera de nuestro propósito y de nuestras po
sibilidades, pues nos proponemos divulgar una enseñanza de modo que sea a todos asequible, deshacer posibles equívocos
actuales y
arrojar alguna luz sobre el asunto, por lo que aquella otra superior
tarea queda para el erudito
y el estudioso, cuyos beneficiosos traba
jos todos aprovecharemos. Por eso nos ceñiremos aquí sólo a San Juan Crisóstomo. Y ¿por
qué precisamente San Juan Crisóstomo? Porque es
de los que más
invectivas lanzan contra las riquezas -luego veremos en qué
sen
tido-; pero, sobre todo, porque, como escribe Ruiz Bueno ( 5) en
su prólogo a las
HomHías sobre San Mateo, es <
Occidente, con San Agustín, y el más grande,
Sin duda, de los
Padres de lengua griega» ; por ser «Crisóstomo», es decir,
«boca de
oro». La
obra de
San Juan Crisóstomo es inmensa (13 tomos en la edi
ción de Montfaucon). ¿Por qué precisamente utilizamos las Homilíar
sobre
San
Mateo? Porque de entre las traducidas al castellano, éstas
merecieron el
más encendido elogio de Santo Tomás ( 6).
Es cierto que del tema que vamos a tratar, escribe San Juan
Crisóstomo en muchos
Otros lugares,
para lo que basta con ver
la
obra de Sierra ·Bravo, Doctrina social y económica de los Padres
de
la Iglesia
(7), de la cual se podrían tomar diversos pasajes. Pero
a pesar de
la meritoria
obra
recopilatoria de
Sierra Bravo,
no ten
dríamos
Sino parte
de los escritos
de San
Juan Crisóstomo
y no la
(5) Homilias sobre San Mateo, versión española y prólogo por Daniel
Ruiz Bueno, B.
A. C., Madrid, 1955, tomo I, pág. XI.
Sobre
el conjunto de
la obra de San Juan Crisóstomo, ver Johannes
Quasten: «Patrología»,
toro.o II,
B. A.
C., Madrid, 1962, págs, 444-506.
( 6) Cuando preguntado Santo Tomás si le gustaría tener la ciudad de
París, respondió que prefería tener las Holnilía.r de San Juan. Cris6stomo
sobre San Mateo.
Cfr. Homilías ... , tomo I, pág. XV.
(7) Restitllto Sierra Bravo: Doctrina social y económica de los Padres
de la
lg/esit?,, Compañía Bibliográfica Española (COMPI), Madrid, 1967.
699
Fundaci\363n Speiro
ESTANISLAO CANTERO
obra entera, aun ruando esos mismos escritos recogidos se refieran
a este mismo
tema._ Por
otra parte, no sería sino abundar en
lo mis
mo, 1o que para ntiestro objeto carecería de interés, puesto que en
las Homilías sobre San Mateo hay materia más que suficiente para
esclarecer
la cuestión.
Antes de entrar en el tema, hay que advertir que
lo que San
Juan Crisóstomo ha hecho no es una obra jurídica, sino eminente
mente moral. Por eso no ha
de' buscarse
en sus
Homillas, ni preten
der sacar de ellas,
1o que no puede encontrarse, ni lo que no con-·
tiene.
Las exhortaciones a
la caridad y la limosna y ha hacernos po
bres, continuas y constantes, en las que se esfuerza en hacer al hom
bre
más que
justo ( en sentido estricto), virtuoso
y merecedor de la
vida
eterna, por lo que las invectivas contra el apego a las riquezas
son abundantes, no puede llevamos a creer
y afirmar sin hacer dis
tinción
----error en el que él no cae-- por una parte, entre las rique
zas justas
y las injustamente adquiridas, por otra, la caridad y la
limosna -uno de los puntos cardinales de su
obra_:_, de lo que es
deber de justicia.
II. El mensaje del Evangelio;
Es
necesario recordar, porque hay quienes lo han olvidado e in
terpretan el Evangelio a su modo cayendo en multitud de errores,
cuál es el mensaje del Evangelio
y qué diferencias hay entre man
damientos
y consejos evangélicos de perfección, _así como lo que co
rresponde
al campo de la justicia y aquello otro que pertenece al
de la moro! y que aquélla no puede exigir.
Porque el olvido de
alguna de
estas cosas o
de todas ellas con
junt-amente es causa de
los mayores errores. Así, al exigir en nom
bre de la
justicia lo
que pertenece a
la moral y aquella no puede
exigir, o cuando despreciando la moral
y la caridad se sustituye el
amor a Dios que ha de llevarnos como consecuencia a amar a los
hombres, por un falso amor a éstos, que sin aquél termina fatalmente en la injusticia
y la arbitrariedad más despótica e inhumana.
700
Fundaci\363n Speiro
RIQUEZA Y POBREZA SEGUN SAN JUAN CRISOSTOMO
a) La liberación del pecado.
En San Juan Crisóstomo encontramos esta diferenciación con
toda claridad, unas veces explícita, otras implícitamente y siempre
de modo inequívoco a lo largo de sus
Homilias. Así, escribe:
«Mas antes de introducir al profeta el ángel nos annncia de an
temano los bienes que habían de venir
a_ la tierra por medio de
Cristo. ¿Qué bienes son esos? Dicho en una palabra: la destrucción
del pecado: «Porque el salvará
~dice---a
un pueblo de los peca
dos de ellos». También aquí
se nos
muestra otra maravilla. No se
nos habla de guerras temporales ni de líberar
al pueblo del dominio
extranjero, sino que se nos da la buena noticia de algo mucho más
importante: la liberación de nuestros pecados, cosa que a nadie había
sido antes posible» (8).
Nada, pues, más lejos que la actual interpretación del mensaje
divino del Evangelio que la «teología de la liberación». Su mensaje
no es de cambio de estructuras en sentido revoluciona:rio
y marxis
ta (9), de igualdad en
la tierra, ni siquiera humanitario, sino de
reforma moral del hombre (10), que es a lo que Dios vino al mun
do, para liberarnos del pecado
y hacernos huir de él, y así lo en
tiende San Juan Crisóstomo. Porque el mal está en el pecado (11),
comenzando por
el pecado original (12), de lo que prescinde la
(8) Homilía, 4, n. 7; tomo I, pág. 71.
(9) Sobre la imposibilidad y el absurdo de pretender un «cristianismo
marxistah, o
un no menos utópico e
imposible «socialismo católico o con
rostro
·humano», dr. Juan Vallet
de Goytisolo:
Datos y notas sobre el
cambio
de estructuras, Speiro, Madrid, 1972.. Así como Marcel Clément:
Cristo y la Revolución, Unión editorial, Madrid, 1972, sobre la amalgama
Evangelio-Revo-lución. Igualmente, vease Juan Vallet de Goytisolo: La Oc
togesima advenien.s, c"ha derogado la doctrina social católica?, en VERBO
n.º 97-98, agosto-octubre de 1971.
(10) Cfr.
Homilía, 59; B. A. C., Madrid, 1956, tomo 11, págs. 234 y sigs.
(11) Cfr., por ejemplo,
Homilia 59; Homiifa 25; n. 2; tomo I, pág. 517.
El
pecado produce también males sociales,
dr. Homilía 38, n. 4; tomo I,
pág.
764; Homilía 10, n. 6; tomo I, págs.- 193-194.
(12) Cfr.
Homilía 59.
701
Fundaci\363n Speiro
ESTANISLAO CANTERO
«teología de la liberación», y sin esa reforma moral que nos haga
huir del pecado, ninguoa otra cosa tiene sentido ( 13).
Por eso, cuando en la actualidad, aquellos que maliciosa o in
conscientemente apelan a las fuentes mientras caminan en el error
de
la liberación temporal como contenido primordial e incluso único
del Evangelio, se les podría
responder con
estas palabras de San
Juan Crisóstomo ya citadas: «No se nos habla de guerras temporales
ni de liberar al pueblo del dominio extranjero, sino que se nos
da la buena noticia de algo
mucho más
importante: la liberación de
nuestros pecados».
No es, pues, el «cambio de· estructuras» el contenido del Evan
gelio .. Los judíos rechazaron a Cristo porque esperaban, precisamen
te en el «cambio de estructuras», que para ellos era la liberación del
dominio romano. Al no venir Cristo para esa liberación, rechazaron
el re_ino de los cielos. Lección que debían aprender los apologistas de
la «teología de la liberación» y tantos otros que hoy se dejan en
candilar en mayor o menor
medid.a por una inadmisible e imposible
interpretación revolucionaria
y socialista del Evangelio (14).
b) Mandamientos y consejos evangélicos.
Evidentemente, el cristiano ha de seguir el ejempl~ de vida de
Cristo, para lo que debe procurar parecerse lo más posible a los san
tos que se distinguieron por practicar los consejos
evangélicos. Pero
ello
no significa que todos estén llamados a su cumplimiento, o
que sea conveniente que todos los practiquen en su total pureza. Por
otra parte, no son
condición «sine
qua non» para que el cristiano
se salve --fo que San Juan Crisóstomo señala-, puesto que como
señaló Santo Tomás (15) : «Estos consejos de suyo son útiles a
(13) Cfr. Pío XI: Quadrage.simo atmo, n.2 127, 128, 129, donde sefiala
que
de nada
sirve reformar
las estructuras si no hay previamente una
re
forma moral personal-.
(14) Cfr. Juan Vallet de Goytisolo, op. cit., y Marce! Clement, op. cit.
(15) Santo Tomás:
Suma Teológica, 1.ª-2.!!, q. 108, a. 4, sol. 1 en la
B. A.
C., Madrid, 1956, tomo VI, pág. 576.
702
Fundaci\363n Speiro
RIQUEZA Y POBREZA SEGUN SAN JUAN CRISOSTOMO
todos, pero ocurre que; por- indisposición de algunos a éstos no les
convienen, no sintiendo su afecto inclinado a ellos. Y por eso el
Señor, al proponer los consejos evangéli~os, siempre hace mención
de la aptitud de los hombres para cumplirlos. Por
ejemplo, al
dar
el consejo de perpetua pobreza, dice antes: «Si quieres ser perfecto»,
y luego añade: «Vende todo lo que tienes», etc.
Tampoco. es conveniente que todo el mundo cumpla esos con
sejos absolutamente; por. eso son precisamente consejos y no manda
mientos. La obligación real ---no simplemente consejo, a pesar de
que el cumplimiento de éstos sean más meritorios- es la de cum
plir el deber de estado, lo que V allet de Goytisolo ha puesto per
fectamente de relieve (16):
«¿Cómo un
padre puede olvidar sus rigurosos
deberes para
con
su familia sin incidir en prodigalidad? ¿Cómo un casado puede ol
vidar su
dkbito conyugal para practicar
la virtud de la castidad
plena?
¿Cómo un
empresario genial puede cumplir su deber de
estado de proporcionar trabajo y bienestar, de crear puestos laborales
y de estimular la producción de medios para elevar el nivel social
de vida si vende sus bienes para distribuirlos entre los pobres o con
sus donativos deja su empresa sin reservas para superar la más pe
queña crisis? ¿Cómo un gobernante puede refugiarse en la manse dumbre
y la paz si con ellas deja perecer a sus gobernados víctimas
de la violencia ajena?». ¿Cuántos males no nos vendrían si olvidásemos
esta~ considera
ciones?
Por otra parte, la santidad, incluso
la de merecer ser cano
nizados, se alcanza también aun sin haber abrazado en su plenitud
la pobreza, la castidad y los demás consejos evangélicos.
San Juan Crisóstomo, naturalmente, considera la distinción que
hay entre mandamientos
y consejos, y entre consejos y caridad, puesto
que
ésta no es un consejo.
Así, hablando de la pobreza, que es lo que aquí nos interesa,
señala que quien no sea capaz
de cumplir el consejo evangélico de
perfección, cumpla los mandamientos: «Por ahora, sin embargo, basta
(16) Juan Vallet de Goytisolo: El orden 11atural y el derecho en En
torno
al derecho natural, ed. Sala, Madrid, 1973, págs. 10-11.
703
Fundaci\363n Speiro
ESTANISLAO CANTERO
con que aprendais a no ser avaros, y que es buena la limosna y que
teneis
obligación de
dar de lo que tenéis . .. Por ahora sabemos muy
bien que la
carga de
la voluntaria pobreza es demasiado para vues
tros hombros
y que cuanto dista el cielo de la tierra, así dista de
vosotros esa filosofía» (17).
San Juan Crisóstomo sabe que el consejo de
la pobreza absoluta
es un consejo de perfección que no
todos pueden
cumplir. De lo
que se trata,
y a ello exhorta continuamente, es de portarse bien en
lo que
ya no son consejos sino· mandamientos: no ser avaros y dar
de
lo que se tiene (18).
Como el mismo señala, la pobreza absoluta es voluntaria,
y -en
este sentido
h,y que
entender las
exhortaciones que hace
a aban
donar las
tiquezas, y· no considerarifo como repudiación de la pro
piedad. Por eso, la radical contradicción con la doctrina evangélica
que enseña San Juan Crisóstomo, que es
la de la Iglesia, al negar
la propiedad privada --pues ello significaría una pobreza total, pues
to que todos tendrían 1o mismo, y la existencia de pobres y ricos en
bienes materiales se establece por comparación, no existiendo, por
tanto, pobreza si todos tienen
lo mismo~ o de querer imponer la
pobreza por la
fuerza (19)
o de pretender exigirla en nombre de
los mandamientos (20).
(17) Homilía, 21, ·n. 4; tomo I, págs. 445-446.
(18) Cfr., por ejemplo: Homi/Ja 4, n. 12; tomo I, págs. 84-86. H. 5,
n. 5; T. !, 98-101; H. 9, n, 6, T. !, 178; H. 12, n. 4, T. I, 233; H. 28,
n. 5, T. I, 581-584; H. 50, n. 3-4, T. 11, 80-84; H. 52, n. 4, T. 11, 113;
H. 63, n. 4, T. 11, 315; H. 64, n. 5, T. 11, 331-333, etc.
Sobre la obligatoriedad de dar limosna, dr. Santo Tomás: Suma Teo
lógica, 2.!-2.ª, q. 32, a. 5, en la B. A. C., Madrid, 1959, tomo VII pá
ginas 967 y sigs.
(19) Cfr. Marce! Clément: Le communisrne face a Dieu, Nouvelles edi
tions latines, 2.i ed. París, 1968, cap. X, sobre la imposición ·de la pobreza
realizada por Mao con la revolución cultural.
( 20) Sobre la cuestión de querer imponerlo todo como exigido por
los mandamientos, sin distinguirlos de los consejos, queriendo realizarlo en
nombre_ de la justicia, ver Juan Vallet de Goytisolo:
De la virtud de la
¡u;ticia a lo iusto iuridico, en En torno al derecho natural, en especial,
parte II, n. 21 e), págs. 142 y sigs.
704
Fundaci\363n Speiro
RIQUEZA Y POBREZA SEGUN SAN JUAN CRISOSTOMO
III. Aparentes argumentos posibles contra la propiedad.
Las exhortaciones a la pobreza y las invectivas contra las rique~
zas,
es cierto, son constantes en San Juan Crisóstomo a lo largo de
sus Homilías. De ello, aparentemente, pueden surgir tres argumen~
tos en contra de la propiedad privada, de las riquezas (San Juan
Crisóstomo no habla de propiedad privada si no de riqueza). Nos
parece que la que
más dificultades
pudiera tener es la última que
consignamos.
a) Por incompatibilidad con la .ralvación eterna.
Hay pasajes cuya lectura extrapolada y
mal interpretada, parece
ser que la propiedad privada, la riqueza, se opone a que
el hombre
alcance el reino de los cielos. Así, podemos
leer: «Y
cuando el
rey
de
los cielos nos grita
y dice a cada momento cuan difícil es entrar
en los pórticos sagrados cargados de riquezas, ¿no las arrojaremos
todas, no nos des-prenderemos de lo que tenemos, a fin de entrar
con toda
confianza en el reino
de los cielos ?» ( 21).
Esta posible argumentación es de tipo espiritual
y no «humani
taria»; es por amor a Dios
y no solamente al hombre, pues este
amor sin aquél de nada sirve, por lo que hay que desprenderse de
las riquezas, para poder entrar en el reino de los cielos. Pero esta
es una
objeción aparente a la propiedad privada, que el mismo San
Juan Crisóstomo se encarga de
despejar al
finalizar la homilía, pues
de lo que se
trata es d.e arrojar
lejos de nosotros el amor
al dinero,
y sustituirlo por el amor a los cielos (22) y nos exhorta a huir de
la avaricia (23).
(21) Homilía 9, n. 5; tomo I, pág. 175,
(22) «Porque si sabíamos su cruel tiranía -escribe refiriéndose
al amor
a la
riqueza, a
la avaricia- debíamos haber huido su servidumbre y destruir
su amor en nosotros. -¿Cómo es posible esto? -me
diréis-. Metiendo
en vuestro corazón
otro amor distinto: el amor a los cielos. El que aspira a la realeza, menos
precia la avaricia. El que es
sie1-vo de
Cristo, no es esclavo, sino señor del
dinero»,
Homilía 9, n. 6; tomo I, pág. 176.
(23) «Huyamos esta enfermedad incurable, tratemos de curar de las
.. 705
Fundaci\363n Speiro
EST ANISLAO CANTERO
De lo que se trata es de no ser avaro y de hacer participar a los
demás de nuestras riquezas.
Lo que queda puesto de relieve ruando
señala
que
el rico pue
b) Por
las injusticias causadas con
las riquezas.
Lo que es injusto, evidentemente, no puede ser lícito. Así, el
siguiente párrafo, si se lee extrapolado
y fuera de su contexto, puede
inducir ----culpablemente por esa extrapolación y siguiente interpre
tación tendenciosa- a pensar que si la propiedad causa tanta in~
justicia,
no puede ser justa.
«Los que poseen los campos y sacan de la t_ierra sus riquezas.
¿ Y puede haber nada más inicuo que esos hombres? Si se examina
cómo
tratan a los míseros y trabajados labradores, se
verá que
son
más crueles que unos bárbaros.
A los que están consumidos de ham~
bre y se pasan la vida trabajando, les imponen exacciones continuas
mordeduras que hemos recibido, alejémonos de semejante peste, a fin de
llevar una vida segura
y tranquila y alcanzar fos tesoros Venideros». Homtlia
9, n. 6, tomo I, pág. 178.
( 24) «Porque el Señor no suprimió la riqueza, sino el ser esclavo de
la riqueza, el dejarse dominar por la avaricia. ¿Cómo es posible que
el rico
se salve? Poseyendo su riqueza en común con los necesitados, como lo haáa
el santo Job, desterrando de su alma la codicia de poseer siempre más y
más, no traspasando en nada
los _límites
de la necesidad».
Homilía 74, n. -'5;
tomo II, pág. 492.
(25) Además .de los párrafos que más tarde se transcriben, véase entre
otras, la
Homilía 83, n. 4; tomo II, págs. 641-642, donde tras reprender
a los ricos añade: ·«esto, sin embargo, no 1o decimos de
los que hacen el
uso debido de la riqueza, sino de los avaros»; la Homilía 52, n. 3, tomo II,
pág. 112, . donde escribe:
».
Pero
San Juan Crisóstomo alaba no sólo a los ricos del Antiguo Testa
mento, sino también a los-de su época si se portan bien. Así, tras señalar que
«las riquezas son para servirse de ellas útilmente»,
dice del
rico: «Que sepa
emplear debidamente
su riqueza y a dar limosna a los necesitados» y enton
ces,
«sabrá un arte mejor que
el de los ptros artesanos>>. Homilía 49, n. 3,
tomo II, pág. 62.
706
Fundaci\363n Speiro
RIQUEZA Y POBREZA SEGUN SAN JUAN CRJSOSTOMO
e insoportables y les obligan a los más penosos trabajos. Sus cuerpos
son como de mulos o de asnos o, por mejor decir, como de piedra,
sin concederles un momento de respiro. Produzca o no produzca la
tierra, los oprimen lo mismo, sin perdonarlos por ningún -concepto.
¡ Miserable espectáculo! Después de trabajar todo el invierno, des
pués de consumirse al hielo
y a las lluvias y a las vigilias, tienen que
retirarse con las manos vacías
y encima cargados de deudas. Y más
que por este hambre, más que por este naufragio, temen
y tiemblan
los
inforh.mados ante
las torturas de los administradores, las com
pariciones ante los tribunales, las cuentas que se les piden, los su
plicios a los que se les conduce, las cargas inexorables que se les
imponen. ¿Quién dirá los negocios que con ellos se emprenden, los
viles tráficos ·a que se les somete, llenando sus amos lagares y gra
neros a
costa del
trabajo
y sudor de. aquellos. infelices, mientras a
ellos no
se les consiente llevar a su casa ni una mínima parte? Todo
el fruto tiene que ir a llenar sus toneles de
iniqui
sólo unas
míseras monedas le tiran por ello al
trabajadon> (26).
Este
párrafo en
que
habla de
los pecados en que pueden caer los
poseedores de tierras, escrito tras señafar los pecados en que
pueden caer los artesanos (27) y los sol
ser motivo para desechar la propiedad privada? San Juan Crisós
tomo no lo entiende así. Porque ni supone que el poseedor de
ri
quezas se comportará siempre injustamente (29) -y de lo que se
trata es de que se porte bien,
y no de quitarle lo suyo (30- ni que
el mal uso de la
riqueza sea
motivo de
pé,:-dida de
la propiedad
privada.
El mismo deshace las posibles objeciones, pues en la misma ho-
(26) Homilía 61, n. 3, tomo JI, págs. 275-276.
(27) Homilía 61, n. 2, tomo II, pág. 274.
(28) Homilía 61, n. 2, tomo II, págs. 273-274.
(29) Recordemos que el mal procede del peca.do; y que si éste es causa
de injusticia$, por otra parte, el pecado «no se comete por fuerza y necesidad».
Homilía 45, n. 2, tomo I, pá.g. 859.
(30) A este respecto no puede haber duda ninguna; véase más adelante
lo que dice
del robo.
707
Fundaci\363n Speiro
ESTANISLAO CANTERO
milía continua : «Pero al hablar así yo no trato de desacreditar las
artes, ni la agricultura, ni la vida militar, ni los campos. Los que nos
desacreditamos somos nosotros mismos ... Job fue dueño de inmensas
riquezas y percibió rentas sin cuento, y, sin embargo, ninguna de
estas cosas fue impedimento para que todos estos practicaran
la
virtud>> (31).
Qué oposición más radical de las tesis marxistas y de la <
Padres la condena de
la propiedad privada, que las palabras y las
enseñanzas de San Juan Crisóstomo.
Este lo que hace es combatir y repudiar la avaricia, el amor al
dinero que provoca esas injusticias (32). Y ello porque nos cierra
el camino del cielo. La ignominia cometida por el avaro es lo que
causa la indignación de San Juan Crisóstomo, no
la propiedad pri
vada, la riqueza. El ejemplo de Job
----que repetirá
varias
veces
es
bien elocuente. Y la solución que da es la única posible: que sea
virtuoso; una reforma moral que le haga huir de
la avaricia. Lo
que no parece conciliarse con aquellos que todo lo cifran en el
«cambio de estructuras».
e) Porque no per:enecen a su dueño.
Prescindiendo del absurdo de decir que algo no pertenece a su
dueño, es
esta, sin
embargo, la objeción que se plantea, y que en
nuestra opinión pudiera plantear más dificultades para admitir la
propiedad privada.
Tras reprender a «los que tienen riqueza
y no dan de ella a los
(31) Homilía 61, n. 3, tomo 11, pág. 276.
(32)
Aquí se encuentra el rechazo del capitalismo liberal, que aparec10
como consecuencia de olvidar esto.
Al elevar
y -colocar como norma· moral
la
ley de la oferta y la demanda, se producen desastrosas consecuencias. Ello
es u.na
forma de
avaricia, que provoca grandes males sociales, como se ha
comprobado. San Juan CrisóStomo para quien la avaricia es un pecado
y así
la enfoca,
no
por ello
dejó de señalar las funestas· consecuencias
que_ ella
traía
para la sociedad, además del pecado de
quien la
cometía, pues produce
«guerras, insidias, muertes»
(Homilia 9, n. 6, tomo I, pág. 175). El remedio
de ello está y es el único posible, en el amor a Dios, la caridad.
708
Fundaci\363n Speiro
RIQUEZA Y POBREZA SEGUN SAN JUAN CRISOSTOMO
necesitados»; continua: «Porque también tu eres administrador de
tu propia riqueza no menos que el que administra los bienes de la
Iglesia. Ahora bien, como
éste no tiene facultad para dilapidar al
azar y como bien le venga
lo que fue por vosotros entregado para
los pobres, puesto que con
el fin de alimentar a los pobres fue
dado, así tampoco vosotros vuestros bienes. Porque aun cuando se
trate de herencia paterna, aun así eres administrador de cuanto tie
nes, aun
·a.si-·. pertenece todo_ a, .-Dios. Ahora bien, si tú quieres que
así puntualmente se admimstre lo que has dado, ¿no piensas que
Dios nos exigirá con más rigor aun lo que es suyo y no consentirá
que sus bienes se pierdan vanamente? No, no lo consentirá. Si El
te los ha dejadó, es para que «tu les des a los pobres el alimento en
el momento oportuno». ¿Qué quiere decir «en el momento opor
tuno»? Que se lo des cuando están -necesitados, cuando .tienen ham
bre. Porque a la manera que
tú has dado tus bienes para que tu
esclavo te los administre, así Dios te los ha dado a ti para que los
emplees en lo que debes. El te los podía haber quitado; si te los
ha dejado, es porque ha querido _ darte ocasión de mostrar tu virtud.
As.í, haciendo que los unos necesitemos a los otros, logra también
que sea más ardiente la caridad de los unos para los otros» (33).
«¿ Acaso es tuyo lo que tienes? Se te han encomendado los bie
nes de los pobres, aun cuando esos bienes los hayas adquirido por
herencia paterna, ann cuando provengan de tu legítimo trabajo.
Porque, ¿acaso no podía Dios quitártelos? Si no
lo ha hecho es
porque quiere que puedas mostrarte genei:oso con los necesitados.
Y, advertid, os ruego, cómo en todas sus parábolas castigó el Señor
a quienes
no· han
dado de sus bienes· a los necesitados. Así, las
vírgenes
fatuas no robaron lo ajeno, sino que no dieron de lo· -propio.
El
que enterró
·el talento no fue un avaro sino· que no lo duplicó.
Ni los que pasan de largo junto a los hambrientos son castigados por
robar lo ajeno, sin? por no derramar de lo suyo ... Oiganlb quienes
se
entreg.µi a la glotonería y consumen en suntuosos banquetes nna
riqueza
que no les pertenece absolutamente sino que es de los ne
cesitados. No porque Dios, en su inmensa benignidad, te haya man-
(33) Homilía 77, n. 4, tomo II, págs; 542-543.
• 1i09
Fundaci\363n Speiro
ESTANISLAO CANTERO
dado como si dieras de lo tuyo piens,es que es efectivamente tuyo.
Te lo prestó para que con ello alcances la gloria. No pienses, pues,
que es tuyo cuandó le
das lo
suyo. Si
tú prestas una cantidad a otro
para que
pueda negociar
con ella, no por eso -dirás que
tu dinero
era suyo. Pues así te lo ·ha dado. Dios a ti, para negociar y que te
ganes el cielo» (34).
Nos encontramos, tras una lectura poco atenta y tendenciosa, ante
varias dificultades por las que parece· que no es adm;isible la pro
piedad privada.
Pero esa misma consideración supone precisamente
la admisibilidad de la propiedad privada. Porque, si la propiedad
privada no es lícita ¿cómo Vamos a ayudar a los necesitados?--tCómo
vamos 'a dar de lo riues-tro, si' precisamente se nos exhorta a ello,
eliminando la propiedad •privada? Pero veamos las -dificultades. Pudiera parecer que no se puede
ser ptopietario porque Dios · es su dueño,· y el hombre no puede apro
piarse lo que ·es de IÍios:
ES derto que, to~o pertenece a Dios, por ser el Autor y el Señor
de todas las cosas, J en ese Sentido también la· riqueza le pertenece.
Pero ello no es obstáculo para q;,e el hombre posea privadamente.
Argumento que, por
otra parte,
se
opone igualmente
a que
el hom-
bre posea ·1as cosas· én ~omún. . .
Lo que Sao Juan Crisóstomo está diciendo es que hay que ad:
ministrar bien nuestra propi_a :riqueza, pues aunque es nuestra, la re
dbimos de Dios, por ser el Autor y Señor de la naturaleza. De El
rios"
viene pata qlle la
usenios bien -aun cuando en el· ·hombre esté
seguirle o "rechai:arl~, socdrrie~do con ella a los necesitados. ES
así
como
s~moS admiiiistradói'eS· ·ae nuestros Propios bi"enés porque
los recibunos de Diós (35). · ·
flay otra dificultad planteada al decir que «es de los necesitados».
Pero con ello
:.....Y piénsese que bay que dar de lo nuestro- no se
está diciendo. ·que la propiedad, la riqu~a, pettenezca, Como p~o
pietarios, a los áecesit~ds. Con·:en~ no se· habría ·resuelto la difi~
(34) Homilía 77, n. 5, tomo II, pág. 544.
(35)
Cfr. Santo
Tomás:
Suma Teológica, 2.i!-2.ª, q. 66, a:. 1, B. A. C.,
tomo VIII, págs. 492 y 4"93. Madrid; 1956;
Fundaci\363n Speiro
RJQUEZA Y POBREZA SEGUN Si/JN JUAN CRJSOSTOMO
cull:l\d; lo úníco que habría sucedido es tin cambio de riqueza, apa
reciendo
otros propietarios en lugar de los anteriores.
Lo que San Juan Crisóstomo nos indica es el
. deber
moral de
hacer buen
usó de
la riqueza; deber moral, precisamente porque nos
vienen· de· Dios, de áyudar á-los necesitados practicando la limosna;
y deber moral, del que se desprende, indudablemente, para que
exista buen uso de la riqueza, una obligación de justicia, en aquello
que. ya no depende de la mayor o menor liberalidad del propietario,
bien porque es debido a otro (justicia
conmul:l iva), bien
porque
es debido por
causa de bien común (justicia general).
Los bienes terrenos han de aprovechar a todos los hombres. Apro
vechamiento que no se refiere a la propiedad sino al uso. Del
uso de
los bienes de la tierra es de Jo que todos han de beneficiarse, y
precisamente por. esto es por lo que dice San Juan Crisóstomo que no les pertenece absolutamente sino
que es
de los
necesil:l\dos. Porque
si
les perteneciese absolutamente, además_ de
• que no
les
vendr!a
dado de Dios, no , habría sobre los mismos ningún tipo de obliga
ción por causa de bien común, y, po.r tanto, también el uso de· los
bienes· de. la tierra, directa o indirectruµente quedaría reservado ex
clusivamente a los propietarios (36).
IV. Legitimidad de la propiedad privada.
Visto que no hay en San Juan Crisóstomo sino dificultades apa
rentes contra la propiedad pdvada, interesa, sin embargo, señalar
algunos pasajes donde se admite directamente su licitud.
Tras señalar que nadie puede servir a dos señores, a Dios y a
Mammón, escribe: ·
«-¿Pues qué? ;me _dirás-:-:-¿No file esto posible entre los an
tiguos?-. De ninguna manera. -Entonces -me replicarás----, ¿có
mo alcanzaron tanto honor Abtahám y Job? -¡No me menciones a
ricos, sino a esclavos de la ri'lueza ! Cierto que Job fue rico, pero
(36) ar. Santo Tomás: Sdma Teológica, 2.ª·2.ª, q. 66, _ a. 2.
Cfr. Juan Vallet de Goytisolo: Sociedad -de masas y Derecho, Tau.rus,
Madrid,
1969,
2.! parte,
cap. III, -
p~gs. 307 y sigs.
711
Fundaci\363n Speiro
ESTANISLAO CANTERO
no fue esclavo de Mammón; tenía riquezas, pero las dominaba; era
su
señori no
su siervo., Tenía cuanto poseía como simple adminis
trador de bienes ajenos (37), y así no sólo no arrebataba lo ajeno,
sino que de
lo suyo propio repartía entre los necesitados» (38).
En
ningún momento San Juan Crisóstomo habla mal de Job, ni
siquiera de sus riquezas, de sus propiedades. Es más, ensalza a Job
porque usó bien de sus propiedades.
Reconoce expresamente la · licitud del capital, y así, nos exhorta
a dar limosnas sacándolo de las rentas :
«-¿Y qué iban entonces -me dices- a heredar mis hijos?
-Siempre les quedaría el capital», y nos exhorta a dar de las ren
tas, «por lo menos la mitad,
una tercera,
una cuarta, una quinta,
una décima parte» (39).
«Porque no quiero obligarte a que disminuyas
tu capital ... gasta
sólo de los réditos, no los amontones también éstos. Basta que tus
rentas sigan manando como de fuentes ;
haz de
ellas partícipes a
lós pobres
y sé buen administrador de los
bienes que Dios
te ha
dado» (40).
Hay lugares en los que habla de «riqueza justa» (41), de «ga
nancias justas» (42), de «hacer dinero justamente» (43).
Señala que Cristo no habló contra la riqueza sino contra quien
se deja dominar por ella: ¿Qué dice a esto Cristo?
<
los ricos
en el reino de los cielos!» Lo cual no es
hablar contra las riquezas, sino contra los que se dejen dominar
por ellas» ( 44).
Y en otro lugar, señ3.la explícitamente que pa~a practicar la vir
tud «sólo una cosa se requiere : -
una generosa
disposición. Si eso hay,
(37) Ajenos en cuanto los recibimos de Dios y hemos de usarlos bien,
de modo que
de su uso se beneficien todos. Veru.e lo dichO anteriormente.
(38) Homilía 21, n., 1, tomo I, pág. 438.
(39) Homilia ·66, n. 4, ·tomo II, pág.· 365.
(40) -Hofliilía 66, n. 4, tomo II, pág-~ 366.
(41) Homilía 23, n. 9, tomo I, pág. 494.
(42)
Homilía 23, n. 9, tomo I, pág. 494.
(43)
Homilia. 23, n, 9, tomo I, pág. ·495.
(44) Homilía 62, n. 2, tomo II, pág. 308 ..
712
Fundaci\363n Speiro
RIQUEZA Y POBREZA SEGUN SAN JUAN CRISOSTOMO
ni edad, ni pobreza; ni riqueza, ni negocios., ni otra cosa alguna pue
de constituir obstáculo para la virtud» ( 45). San Juan Crisóstomo no sólo condena el robo ( 46), sino, además,
las limosnas que se
dan con
lo robado, siendo los que esto hacen
peores que
los simples
ladrones :
«Si los
que ninguna injusticia han cometido serán
castigados por
no dar ( nótese que incluso no dando de lo nuestro no se comete
in justicia en el sentido estricto 4e ésta, lo que supone la admisión
de la propiedad privada, como ya hemos visto, y un doble
ckber,
de
justicia el uno, moral el otro, de lo que después nos ocuparemos),
mucho más los que encima de no
dar quitaron».
Y por si alguien
exclama que es para darlos a quienes no tienen
--hoy se
podría
d&ir
no
pocas veces, para distribuirlo mejor, para
redistribuirlo-escribe
a
continuación: «No
digas, por ende, que a uno se le quitó y a
otro se le dio. Porque ahí está el mal, pues debía haber sido el
mismo a quien quitaste
y a quie"n le diste. Pero a
unos
y te vas a curar a otros, cuando tenías que curar a quien
heriste o, por decir mejor, no tenías que haber herido. Porque no es caritativo el que hiere
y cura, sino el que cura a los que han sido
por otros heridos ... » ( 47). No se puede, pues, ayudar a quienes no tienen a costa del robo de
quienes tienen_; lo que hay que
há.cer es:
«No hieras a nadie, no
de~
rribes
a nadie ... , sino levanta a los que han sido derribados» ( 48).
Y el «motivo» de darlo a otros no sirve; San
Juan Crisóstomo
es
categórico, pues añade: «Por lo demás, tampoco es posible reparar
con la
misma medida
de limosna el mal
que se
ha hecho por la
avaricia. Si por
avaricia has robado un óbolo, no basta con que des
otro de limosna
para cerrar la herida hecha por la rapiña. sino un
talento ... Pues si así lo remedias apenas ( dando un talento),
¿qué
(45) Homilía 43, n. 5, tomo -J, ~g. 837.
( 46)
«Al ladrón
las leyes humanas
:r divinas le declaran desgraciado»,
y el robado, ha «sufrido la injusticia», Homilía 51, n. 6, tomo II, pág. 101.
En otro lugar: «El mendigar no ofende en nada a Dios; el robo o'fende a
los hombres y a Dios», Homilía 69, n. 4, tomo 11, pág. 420.
(47) Homilía 52, n. 5, tomo H, págs. 118~119.
(48) Ho,ni/ía 52, n. 5, tomo 11, págs. 118-119.
713
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ESTANISL40 OANTERO
defensa tendrás si inviertes los términos: que .arrebatas fortunas en
teras
y das luego una miseria y ni siquiera .la das a quienes dañaste,
. sino
a otros. en su lugar?» (
49).
Y
en otro lugar, tras
d.e<;ir que
Dios no acepta
las limosnas
fruto
del robo, continúa:
«Más v_alieqi. que el otro se-muriera de hambre_ .que no alimen
tarle con )o robadp. Lo uno es ciertamente .crueld,ad; pero lo otro,
a la crueldad. añade la insolencia. V ale. más no dar que dar de lo
ajeno._ Dime ~! :Ío: s! vieras a uno que está desnudo y otro que
lleva vestido,- si_ por .yestir al desnudo desnudaras al vestido, ¿no co
meterías una iniquidad? Todo el mundo convendrá en ello: Si, pues,
dando todo lo que has tomado cometes una iniquidad
y no has hecho
~limosna, ¿qué castigo sufrirás si no d'as ni la mínima parte de lo
que has robado y encima llamas a eso limosna?» ( 50).
A la mente se nos viene,_ inmediatamente, el recuerdo de quie
nes proclaman
la injusticia de unas instituciones, como la ,propiedad
privada, y claman por el «cambio de estructuras», basándose en que
hay quienes no _ tienen. Estos que así se expresan haden.do además
gala de cristianos, o valiéndose de su condición de hombres de igle
sia para sembrar el error
y la confusión, deberían leer a San Juan
Crisóstomo.
Trasladando a nuestros días el ejemplo de San Juan Cri
sóstomo, los apologistas del «cambio
de. estructuras»
quedarían peor
parados que
«los ladrones
que
dan limosna».
No
se
¡,uede quitar
para dar a otro.
Lo que ha de hacerse es
cumplir
con nuestros
deberes morales y ayudar a quien lo necesita,
La moderna redistribución de tipo socialista y marxista de que hoy
algunos hablan, está ciertamente en contra de las enseñanzas de
San Juan Crisóstoino.
Esto no significa, ni· para San Juan Cris6stomo tampoco, que
por causa del bien común, concepto acuñado por Santo Tomás mu
chos siglos después de la muerte de aquél, el derecho no
reguJe la
(49) Homi!Ja 52, n. 5; tciino II, págs: liS-119.
(50) Homilía 85, n. 3, tomo 11, pág. 665.
Cfr. Santo Tomás: Suma.Teológica, -2-ª-2·ª~ q. 32, a. 7, BAC, tomo VII,
r,ágs. 973 y sigs., sobre si puede hacerse limosna con lo robado. Y 2.!-2.!!-,
q. 62, B. A. C., tomo VIII, págs. 380 y sigs., sobre la· restituci6n.
714
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RJQUEZA Y POBREZA SEGUN S4N ¡UAN CRJSOSTOMO
propiedad privada, pero ha de hacerlo teniendo como pauta el orden
natural
y la justicia general (51 ), no la atbitrariedad o el totali
tarismo (52).
V. Justicia y moral: obligaciones de una y otra.
El hombre, que ha ·sido creado única y exclusivamente para
servir y adorar a Dios en este mnndo,-a fin . de alcanzar la vida
eterna, no tiene más camino para ello --camino trazado, inequívoco
que amar a Dios
Sobre todas
las cosas
y, como consecuencia, amar
al
prójimo como a sí. mismo. Todo
lo ._dem~ no importa~. de nada
sirve, puesto que «al final de la jamada
el que se salva sabe, y el
que_ no_, no sabe nada».
Tras lo señalado hasta aquí, nos int,resa sober si San Juan Cri,
sóstomo
distingue entre deberes de justicia
y· deberes morales, y a
cuáles de ellos exhorta a los hombres
para que
alcancen
el fin
supremo.
Señala San Juan Crisóstomo que no basta cumplir los deberes
que exige la· justicia para sa:lvarse (53); es necesario~ además, cum
plir todos los deberes morales ( como mínimo) y si se quiere ser
perfecto sobrepasar esos deberes morales, aún más allá de lo exigi
do por la misma moral o practicar en
Su integridad, además de
aquellos deberes morales exigidos, los
con;ejos evangélicos de
modo
absoluto.
(51) dr. Juan Vallet de Goytisolo: En torito al derech~ natural, espe~
cialmente, «De la virtud de la justicia .a lo justo jurídico».
(52) Precisamente
un hombre como San
Juan-. Cris.óstomo,
.todo amor
a Dios
y caridad para con ei prójimo, aunque aconsejaba que mejor que
adornar las iglesias con oro
y plata era darlo a los necesitados (Homilia 50,
n.
4, tomo II, págs.
81~82), decía
que cuando alguien lleve adornos para la
iglesia, «no mandes que se venda, ni se cambie· lo hecho»
(Homilfa SO,
n. 2, tomo
II, pág. 585). -Los
asoladores de las iglesias
y de los objetos
de culto -fruto de la devoción-
que hoy
desnudan las íglesias so pretexto
de pobreza, tampoco encajan con
Sin Juan
Crisóstomo.
(53) Cfr. Homilfa 52, n. ', tomo· II, ·pág. 118, donde señala: «Si los
que ninguna injusticia han cometido serán castigados por no dar ... ». O
'715
Fundaci\363n Speiro
ESTANISLAO CANTERO
a) ¡ usticia y moral.
«-Pero ya pago tributes -me dirás--¿ Y porque aquí nadie
te exige por la fuerza, es ello motivo de despreciar el mandato de
ía limosna?» (54).
Se observa aquí que hay unos deberes, representados por los
tributos, que son exigidos por-la frierza, que son obligaciones que
corresponden al campo de
la justicia. Otros, en cambio, que no son
exigidos por la fuerza, que pertenecen al campo de la moral. Y son
de-cwnplimiento voluntario, en cuanto en esta vida nadie puede exi
girlos
coacti"."amente, pero
que son exigidos por
la moral, son un
verdadero mandato que moralmente hay que cumplir, a pesar de
que la justicia no pueda exigirlos. Recuérdese que ni la justicia exige
todo el decálogo, ni que lo que de él exige lo hace con la amplitud
de la moral.
De tal modo que, si no se cumplen esos deberes morales, y ate
niéndonos a lo relacionado con la propiedad, señala San Juan Cri
sóstomo: «El que no practique la limosna perecerá absolutamen
te» (55).
Vemos, pues, que para San Juan Crisóstomo ~orno para la
doctrina católica . de la que forma parte-no es la justicia la regla
de oro del comportamiento del hombre.
La verdadera regla de oro
va más allá, exige más que la justicia; es el amor, la caridad, que
en su expresión más alta, todo
lo abandona y todo 1~ hace por Dios.
Amor y caridad para los cuales hay que cumplir indispensablemente
esos
deberes morales, de mucha mayor amplitud que las obligaciones
de justicia, por los que
la voluntad del hombre se mueve, con la
ayuda de la gracia de Dios, en pos del Señor.
cuando señala que para salvarse la justicia (como virtud general) ha de
ser
superior
a la de los fariseos, no porque. estos incumplieran la . antigua ley,
sino porque
la nueva ley es superior a la antigua (Cfr. Homilía 16,
n. 4, tomo I, pág. 318.
(54) Homilía 66, n. 4, tomo II, pág. 366.
(55) Homilía 77, n. 6, tomo 11, pág. 549.
Fundaci\363n Speiro
RIQUEZA Y POBREZA SEGUN SAN JUAN CRJSOSTOMO
b) Deberes morales de cumplimiento necesario pero voluntario.
Es sumamente importante señalar que esos deberes morales hari
de cumplirse voluutariamente. En
relación con
la propiedad ( repe
timos, en aquello que no exija la justicia, pues, si no, no serían
debe.
res
morales), tanto su buen
uso como la 1inl06na, que son deberes
morales, han de ser voluntarios. Dios nos los exige para salvarnos,
pero no se nos pueden imponer (56).
Por otra parte, el cumplimiento de
la justicia, de las obligacio
nes que ella exige, no
exime de
los deberes morales,
y así lo expresa
San Juan Crisóstomo al decir que por pagar tributos no queda uno
libre de la limosna, o cuando señala, de modo similar
al anterior,
que el pago del diezmo «debía hacerse», pero no por ello no hacer limosna, pues añade refiriéndose a ella: «y no omitir esto» (57).
(56) Así, cuando escribe: «A la verdad, benigno como es este rey
nuestro,
no te quiso poner recaudadorés forzosos,
sino que quiere· que tú
lo des espontáneamente» (Homilia 66, n. 5, tomo II, pág. 367); o cuando
sefiala: «Porque el llamamiento de Dios no impone la necesidad
ni fuena la
voluntad
de quienes no quieren abrazar
la virtud. Dios nos exhorta y acon
seja, y no deja piedra sobre piedra
por mover
a fin de persuadimos a que
seamos buenos; pero a los que de sí no quieren El no los fuerza»
(Homilía
80, n. 3, tomo 11, pág. 589).
(57) Homilía 73, n. 1, tomo 11, pág. 466.
Hoy
h~y quienes
no se sienten obligados
y rechazan los deberes morales
porque los demás
tampoco lo hacen; o porque creen que ·es el Estado, la
socialización, el
«cambio de
estructuras», quien todo
lo arreglará; se han
olvidado las propias obligaciones y responsabilidades, porque
--dié:en-eso
no
va con ellos individual
y personalmente, sino con la «humanidad», pero
no con cada uno de los hombres, sino de modo que la responsabilidad per
sonal no existe, o si existe, tan sólo en cuanto subsumida, exigida o impuesta
por esa monstruosa abstracción que es la «humanidad» así entendida, en nombre de
la cual se establece el absurdo, la arbitrariedad y el totalitarismo.
A
est~ responde
también San Juan Crisóstomo con unas palabras que no
tienen desperdicio
y de cuyo significado no cabe dudar:
«-Pero fulano
-me dices-posee
tantos y tantos talentos de oro
y,
sin embargo, ne-suelta un céntimo. -¿Y eso a tí que te importa? Porque
si
tu eres más generoso de tu misma pobreta, así aparecerás tanto m3.s ad
mirable
...
-Mas
¿por qué
-me
dices--fulano
y zutano , no hacen eso? -No
717
Fundaci\363n Speiro
EST ANISLAO CANTERO
La justicia contribuye, es indudable, a hacer al hombre virtuoso;
pero no se es
. virtuoso simplemente
por ser justo
· (
entendido en
sentido estricto
y. no como lo emplea la .Sagrada Escritura, que equi
vale a virtuoso, a santo). Muchos «i;:ristia.tl~>> y .«_católicos>> de hoy,
claman contra la injusticia -lo que está bien siempre y cuando real
mente lo sea y cuando a la hora de aportar soluciones, si es que las
aportan, estas sean justas-, pero -y eso ya está mal- colocan la justicia como norte indiscutible, sagrado casi, de la vida del hom
bre. Olvidando con ello, cuaodo no despreciaodo, las obligaciones
que la moral nos impone, el amor· a Dios, cuando no intentan im
poner por la fuerza -------cometiendo así una injusticia- lo que son
obligaciones morales, o peor aún, consejos evangéHcos.
En otro aspecto, puede ocurrir, por
cambio de
la realidad ma
terial, que lo que son deberes morales, pueden convertirse en obli
gaciones de justicia,
y por taoto, ser coactivamente exigidas, por
rilzón,_ como
ya hemos
dicho, de
bien común,
pero tefli~do éste
como
pauta
el orden natural y la justicia general.
Pero
cori ello aparecerán nuevos deberes morales, _de -cuyo ru.m
¡,limiento t:io nos exime la mayor amplitud de las obligaciones de
justicia.
As!, y
por poner
el ejemplo de la limosna, si antes se daba,
cumplidas las obligaciones de justicia, un tanto de limosna -y esto
era suficiente tanto por la necesidad como por
la intención del
autor-,. si
pár causa
de bien común, ese
Ulflto u
otra cantidad, pasa
a ser exigida por la justicia, habrá que dar otra caotidad para cum
plir el
. deber
moral que
Diós nos
exige.
juzgues a loS Otros, sino procura que no se te- pueda- acusar ;i ti de ello.
A la verdad, al acus'ar a los otros· y no hacer · tú, al juzgar a los demás y
ser
tú reo del misino delito, lo que 'haces es aumentar tu castigo». Homilía
64, n. 5, toriló II, pág. 331.
«¿A qué mi~ a lo's ·OtroS? Ya qlle quieres mirai a los ·o.tras, mira a
los que ,Practican la virtud, -a los que cumplen toda la ley diVína con per
fección, no. a
loS que la infringen· y -viven én la abyección». Id., pág. 333.
Háy que ser personalmente buerios; Hoy esto se ha suprimido, o_ se quiere
suprimir; parece que el ser personalmente bueno no tiene importancia: En
cambio, ¡ se pretende que 4uien sea buena sea la sociedad, la «humanidad»!
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RIQUEZA Y POBREZA SEGUN SAN JUAN CRISOSTO:MO ";
c) ¿A qué nos exhorta San ¡uan Crisóstomo?
A lo. que San Juan Cdsóstomo nos exhort.a es a q;unplit nuestros
deberes morales más estrictos, y, cumplidos éstos, a perfeccionarnos
más y más, imitan,do a santos y monjes, hasta llegar si es posible y
a quién sea posible, a la práctica rigurosa de los consejos evangélicos.
Es cierto que nós dke, -lo hemos visto, que hemos de cumplir
las obligaciones de
justicia;
así, por
ejemplo, cuando nos dice que
no se puede robar, o cuando presupone el pago de diezmos· y tri
butos; pero va mucho más lejos;
basta leer las decenas de exhorta'
clones
a
la limosna y a la caridad, a huir del amor al dioero, a
poner nuestro corazón en los bienes que no pasan, a no latn'entarnos
de nuestra pobreza, etc. Olvidar es-to _y pretender sacar de sus escritos
y enseñanzas la ilicitud de la propiedad privada, o a exigir en nom
bre de la justicia fo que pertenece :a, -la moral, es n0 comprender una
sola palabra de las. «Homilías sobre San Mateo», y con ello la doc
trina de la
Iglesia y el mensaje del Evangelio, o falsearlas consciente
y culpablemente.
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