Índice de contenidos
Número 165-166
Serie XVII
- Textos Pontificios
-
Estudios
-
Las asociaciones intermedias en el pensamiento de Elías de Tejada
-
El movimiento GRECE: Apuntes para la historia de los heterodoxos
-
Wilhelm Reich, sexo y revolución
-
La tensión materia-espíritu desde sus connotaciones axiológicas e históricas
-
La estatización de la enseñanza
-
El pensamiento contrarrevolucionario español: Benito Mª Sotelo de Noboa, Marqués de Villaverde de Limia
-
Repercusiones de la inflación en lo rústico y en lo urbano, en lo industrial y en lo agrario
-
- Actas
- Crónicas
Autores
1978
La familia, arquetipo de cuerpos intermedios
LA FAMILIA, ARQUETIPO DE CUERJ'OS INTERMEDiOS
POR
]ULIÁN GIL DE SAGREDO
PRF.ÁMBULO
Entre los múltiples, variados e interesantes aspectos que cabe
contemplar en la familia, objeto
de estndio en el presente Congreso
de Ciudad Católica,
me ha correspondido a mí presentarla como
cuerpo
intermedio, más aún como el arquetipo de los ruerpos in
termedios. El
tema, aparte de
la
aridez inherente
al
desarrollo de
los con
ceptos
abstractos que
implica toda
doctrina, envuelve
cierta
difi
cultad,
porque, acostumbrados a considerar a la familia como la
piedra angular que sostiene a todo el
ed,ificio social,
como
el punto
de arranque
desde el
cual
empieza a
entretejerse
la estructura del
cuerpo comunitario, puede resultar extraño concebirla ahora como
algo interpuesto entre dos zonas, es decir, como. cuerpo intermedio.
Lo cierto, sin embargo, es que aquel edificio social, aquella estruc
tura del cuerpo comunitario, tiene su piedra angular, tiene su
punto de arranque, no en la famili"a, sino en la misma persona
humana.
Esta observación nos puede abrir el camino para desarrollar el
tema, camino que nos obliga a
puntualizar el concepto de familia.
Esta puede ser
en,tendida de
dos modos:
en sentidr, restringido,
como el matrimonio mismo, como la unión -de los cónyuges, pres
cindiendo de los frutos de dicha unión, de los hijos; en sentido
más amplio y quizá más propio, como una comunidad que com
prende al
matrimonio y
a los hijos.
En el primer sentido', la familia, es decir, el matrimonio, es
cuerpo intermedio entre las personas aisladas de los cónyuges por
:;99
Fundaci\363n Speiro
/UUAN GIL DE SAGRJIDO
wi lado y la comunidad familiar de padres e hijos por otro. Por
debajo del matrimonio subyacen
las personas
de los cónyuges con
sideradas individualmente; por encima figura la comunidad fami
liar, integrada por
padres e
hijos.
En el segundo sentido, la familia es cuerpo intermedio entre el
núcleo
inicial que es
el matrimonio
y la comunidad que se forma
po< la unión de las famllias, constituyendo una unidad superior,
que puede llamarse Municipio.
Entonces,
tenemoo por
debajo de la
familia una colectividad míníma que es
el matrimonio y por encima
una colectividad superior, que puede
ser el
Municipio.
Vemos, pues, cómo· la familia, ya se tome en sentido restringido,
ya en sentido
amplio,_ puede
ser considerada como mayor o menor
propiedad como cuerpo intermedio, ,en cuanto que se halla encua
drada entre
dos áreas, una por debajo, que son las personas de loo
cónyuges por separado o nnidos en matrimonio, y otra por arriba,
que
es la comunidad
inmediata superior.
Bien es verdad que
el
matrimonio solo, al quedair limitado por su frontera infenior con las
personas de los cónyuges, al quedar interpuesto no entre dos grupos
sociales, sino entre
dos individuos y
un grupo social,
difícilmente
puede
admitir
la calificación de cuerpo intumedio.
Pero hay otra m,mera de presentar a la familia como cuerpo
intermedio, a saber, como un ceritro humano, donde por vía na
tural resaltan en toda su autenticidad las características del cuerpo
intermedio. Ese es el objeto de la presente ponencia, ponencia que
restringimoo al
estudio de
la familia, entendida como comunidad
formada
por podres e hijoo, corno colectividad que se halla colo-
cada
entre dos cuerpos sociales,
el matrimonial y el municipal, y
que, por lo mismo, es intermedia entre ellos.
DIVISIÓN
Concluido este breve preámbulo, pasamos a indicar la división
de esta Conferencia.
Si tuviera que hacer un resumen de la misma, yo os adelantaría,
en una visi6n sinóptica, que esta charla se reduce a analizar los dos
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Fundaci\363n Speiro
LA FAMIUA, ARQUETIPO DE CUERPOS INTERMEDIOS
factores que deciden la vida de la familia como sociedad, a saber,
la unidad, que dimana de su fin y determina su naturaleza mooár
quica,
y
la multiplicidad, que dimana de los elementos que la inte
gran
en orden a
Ía obtención de su fin, y que le confiere sentido
social.
El
factor unidad nos conduce hacia el principio de totalidad, y
el factor mufti¡,lkidad nos guía hacia el principio, de subsidiadedad.
Aplicados ambos principios a la familia, se demuestra que la
misma no sólo es cuerpo intermedio, sino
el arquetipo de todos los
cuerpos intermedios.
He
ahí, pues,
los tres
puntos que voy a
examinar en
la
si
guiente
Ex!>OSICIÓN
l. Unidad y multiplicidad
La doctrina de Santo Tomás sobre la materia que vamos a tratar
podéis hallar en S. T. 1, 31, 1 ad 2; Ethimrum Lec. 15; 4 C. G. 35;
11
C. G. 58, y 11 Politicorum Lec. 1-179.
Analizando e interpretando esos textos,
observamos que el Santo
Doctor distingue, en relacióo
coo la
colectividad, tres clases de uni
dad:
la unidad política, la unidad familiar y la unidad personal.
Entre esas tres unidades existe una graducación: la unidad per
sonaJ
es la más perfecta, porque es unidad de sustancia, ya que la
naturaleza humana se resume -en una sustancia completa mediante
la unión de dos sustancias incompletas, que mutuamente se exigen,
alma y cuerpo. Así se produce la hipóstasis o personalidad humana,
ya que aquella unión de
alma y cuerpo, formando la naturaleza, exige
por
vía normal ordinaria la constitución
de la persona que llamamos
«HOMBRE», y digo por vía normal ordinaria, porque por vía anonnal,
extraordinaria
y
sobrenatural puede
ocurrir, y de
hecho ha ocurrido
en el misterio de la Encarnación, que quien asuma a dicha natu
ral-e.za no sea. la persona humana, sino la Persona Divina, la Se
gunda Persona de la Santísima Trinidad.
La unidad política, por el contrario, propia de ía sociedad en
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Fundaci\363n Speiro
JUUAN GIL DE SAGREDO
general, es la más imperfecta -unidad mínima la llama Santo
Tomás--, porque «la multitud de los elementos que la forman se
une por
simple unidad
de orden».
Ahora bien: la unidad de orden
es la
mínima que
cabe
pensar, ya que no suele afectar al aspecto
intrínseco de las personas y
de las cosas, sino al aspecto extrínseco,
y además, porque incluso, dicho orden extrínseco es en cierto sentido
alterable y
pemmt•ble.
La unidad familiar, finalmente, es menos perfecta que la unidad
personal, porque no constituye una sustancia física, formada por
la unión de dos sustancias incompletas, pero es mucho más perfecta
que la unidad política, porque no se produce sólo por la integra
ción de sus elementos en una unidad de orden, sino a.demás y
principalmente porque
emana de
la fusión de dos
cuerpoo formando
una sola carne. «Serán dos en una sola carne», dice Cristo en el
Evangelio de San Marcos, capítulo 10, versículo 8. Se trata de una
sociedad que crea el amor
y que por amor se desdobla mediante la
ferundidad en
sus frutos naturales, los hijos. Hay, pues, una unidad
doble: de carnv,, que hace de dos cuerdos uno, y de orden, que es
tablece jerarquía
entre
los diversos miembros de
la familia
para
satisfacer el fin común a todos ellos.
Así, pues, dentro de un ámbito puramente humano, en los tres
casos se produce la unidad mediante la unión: si se unen dos sus
tancias incompletas fonnando una sola completa, tendremos la uni
dad personal: si se unen dos cuerpos formando uno solo, tendremos
la unidad familiar en su raíz : si se unen div-ersos elementos for
mando un orden, una jerarquía, tendremos la unidad social o po
lítica. Cada una de esas tres unidades, personal, familiar y
política,
tiene
su propio y
específico entorno
constitucional,
que corresponde
a
la diversa clase de unión y que no puede ser alterado sin destruir
la unidad o adulterarla.
Sctnto Tomás nos dice que _«si la comunidad política tuviese más
unidad que la debida, no se lograría un llstado, sino una familia; y
si la comunid•d familiar
tuviese más unidad que la debída, no se
lograría una
familia, sino
una persona; pues nadie duda que la uni
dad de
la familia
es
mayoc que la unidad
del Estado, y que
la uni
dad personal es mayor que
1a unid.d familiar». <
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LA FAMILIA, ARQUETIPO DE CUERPOS INTERMEDIOS
termina el Santo Doctor, aunque fuese fax:tihle lograr en el Estado
tanta unidad como en la familia, no debería hacerse, porque se
destruiría
el Estado» (11 Politicorum Lec. 1-179).
La unión familiar posee, pues, un marco normativo, peculiar,
impuesto por la naturaleza, y su deformación puede pro,venir .bien
por
exceso de
tnúdad, pretendiendo convertir la unión fa.miliar en
unión personal, transformar a la familia en persona, «hipostasiar» a
la sociedad familiar despersonalizando a sus miemhros, bien por
defecto
de
unidad, por distensión, por relajación de los vínrulos
familiares, por desintegración, por destrucción incluso de la unión
de orden, con lo
rua:l desaparece o
por lo menos se lesiona
y se
deteriora la esencia misma de la
familia.
II. Principios de totalidad y suho:idiariedad
Santo Tomás,
como
venimos
observando, fija su peusamiento en
la unidad, que da sentido a la colectividad; contempla el aspecto
social de los
miembros, que
en razón de tales se
hallan subordina
dos
a un todo unitario. «Non est totnm propter partes,
sed part,s
propter totum sunt>>, nos dice en C. G. 112.
No es el todo para
las partes, sino que las part
todo, y en esas
palabras deja vislumbrar lo
que
hor llamaríamos
principio de to,ltJtidad. Pero al mismo tiempo· detiene el Santo
Doctor
su atención en
el otro factor inherente a toda a,lectividarl, a
saber,
la mukiplicidad, diversidad o pluralismo, que requiere un
margen de libertad y llllltonomla de las partes dentro dcl todo, de
los ciudadanos dentro de su marco social. «Horno non ordinatur ad
comunitatem politicam secundum se totum et serundum omnia sua>>
(S. T. 1, 11, 21, 4), y a través de esas palabras nos decubre el Doctor
Angélico
lo que hoy llamaríamos principio de subsidiar/edad en
la
fase primera
y fundamental del mismo, a saber, en el respeto del
todo a
las partes,
de la sociedad a sus miembros, de
la autoridad a
los súbditos. De
CorteJ discípulo de Santo Tomás en nuestro siglo xx, nos
dice en su obra De la ju1tice: «La esencia de toda sociedad es la
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Fundaci\363n Speiro
JULIAN GIL DE SAGREDO
de agrupar seres desiguales en vista a sus fines comunes, hasta
tal punto que es imposible construir una sociedad con elementos
iguales. Lo testimonia la más fundamental de todas las sociedades,
la
familia, basada
en
la diversidad de sexos y destinada a propagar
la
vida».
Vemos, pues, en ese primer centro social que es la familia, dos
coeficientes de va:loradón, la unidad y la multiplicidad, reprodu
ciendo a escala familiar el problema de lo uno y lo múltiple, que es
tanto como
el problema de la autoridad y la libertad, problema que
sólo puede resolverse mediante el juego o conjunción de las doo
coordenadas
o ejes, que
son loo principioo que
regulan
la vida y
desarrollo de los cuerpos intermedios, ya vislumbradoo por Santo
Tomás
en los
textos mencionadoo, el principio de totaliddd y el
principio de subsidiariedad.
Estudiemos
el
procedimiento: la sociedad emaoa de sí a la auto
ridad «per modum proprietatis», a modo
de propiedad inherente
a la misma, según di.ce Suárez en Defensfo Fidei. De esta manera,
por .vía indirecta, se cumplen las palabras de San Pablo en su Epís
tola a los
Romanos, capítulo
13, versículo 1 : «Omnis
potes tas
a
Deo». Todo poder procede de Dios. Viene
efectivamente de
Dios,
porque al crear al hombre,
Jo, hizo social; al hacerlo social, crea
virtualmente a la
sociedad, y al crear a la sociedad, crea implícita
mente
la propied,d, el atributo necesario de toda sociedad, que es
la autoridad.
Por ello,
esa cabeza dirigeote, que es
el poder político,
se halla vinculada por razón de su origen
próximo a
procurar la
subsistencia
y desarrollo de la socied•d, y, por tanto, implica una
exigencia imperiosa de
integración de
los miembros en el cuerpo
social, es decir,
un principio de totalidad.
Pero
como la autoridad noce exclusivamente en función del
bien comunitario, cuaodo éste no entra en juego, no puede inter
venir, puesto que carece de razón de ser; y como 'la autoridad brota
sólo cuando loo miembros se unen en sociedad para obtener un fin
común que por sí solos no
pueden alcanzar, dicha
autoridad no
podrá invadir el terreno de sus miembros sociales, cuando éstos por
sí mismos pueden conseguir aquellos objetivos comunes. Tal es el
principio de subsidiariedad, principio que pasa por dos etapas, una
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Fundaci\363n Speiro
LA FAMILIA, ARQUETIPO DE CUERPOS INTERMEDIOS
primera de tipo negativo o pasivo, porque el órgano superior se
limita a respetar la aa:ión del inferior, sin interferirla. Este primer
aspecto,
cara o faceta del
principio de
subsidiariedad, es el
funda
mental,
y es también el ideal, porqne lo ideal sería que los miem·
bros
de
una colectividad,
desarrollando por sí solos sus propias
actividades, contribuyeran armónicamente a1 bien_ común de la misma,
y no fuera precisa la intervención activa del poder. Este reposaría,
y con el reposo se autodigoificaría, contemplando con la mirada
complaciente de un
«pater-familias» el desarrollo de las iniciativas
de
las fuerzas sociales: es la fase de la libertad, en que las personas,
tanto físicas como jurídicas, actúan con autonomía y autarquía.
Hay además una segunda. fase en el principio de subsidiariedad,
de tipo
positivo o «fivo, en que el órgano superior interviene sobre
los inferiores, ya con acción indirecta en forma de simple ayuda .sin
mediatizar su iniciativa, ya con acción directa en forma de resolu
ción
dirimente, cuando se suscitan casos conflictivos de orden interno
o externo· a la comunidad.
Tratándose de intervención indirecta, en
prevención del peligro
que existe de que la autoridad u órgano superior
interfüera de
tal
modo la actividad del inferior
que lo minusvalore, lo
absorba
y
prácticamente lo extinga, la misma razón natural impone a aquella
intervención los siguientes condicionamientos:
Primero.--Que exista una necesidad real, no ficticia o prefa
brirnda.
Segundo.-Que
el
órgano o miembros inferiores no puedan
satisfa<:er aquella necesidad por
sí solos.
Tercero.-Que la ayuda sea de
la
misma naturaleza
de la nece
sidad que
se
trata de
satisfacer.
Cuarto.-Que la ayuda sea proporcianal
a la necesidad, intervi
niendo sólo
en
el grado en que sea preciso.
Quinfo.-Que la
prestación de
ayuda mantenga
su
carácter pro
pio
de tipo accesorio
y auxiliar respecto a la acción principal del
miembro, o entidad subvenida. Y
Sexto.-Que, tan pronto puedan las entidades inferiores superar
por sí mismas aquellas
riocesidades, cese
la intervención de -la auto
ridad o órgano superior.
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Fundaci\363n Speiro
JUUAN GIL DE SAGREDO
Cumpliendo eso,; condicionamientos, puede y debe cada mando,
cada
potestad, según
sus niveles, intervenir a favor del
subordinado
mediante
una acción, que es indirecta, porque respeta la naturaleza
y características de las inici_ariv-as inferiores, porque no resuelve, sino
ayuda, porque no asume el papel de protagonista, sino, el de ayu
dante
provisiooal . y transitorio.
Pueden, no obstante-, sobrevenir situaciones en que sea precisa
una intervención directa, en que la autoddad no se limita a ayudar,
sino que debe actuar con carácter resolutorio y ¡dirim.ente. La armo
nía de la comunidad puede peligrar por conflictos de orden interno
entre sus miembros, que amenazan la concordia social, o bien
por agresión desde el exterior, que haga zozobrar su misma existen
cia. En tales casos, la acción directa y resolutoria por parte de la
autoridad es
obligada.
Resumiendo, la subsicliariedad tiene dos caras· o facetas, una
negativa,
de no intervención., de respeto al inferior, y oh'a positiva,
de intervención, la cual a su ve2 puede ser indirecta, de simple ayuda,
o directa, de resolución en trances conflictivos. En una sociedad
bien ordenada, el principio de subsidiarieda
mínima expresión, a .su faceta negativ~ de respeto y no intervención,
porque los miembros sociales desarrollan sus actividades por sí pus
mos
de forma
complementaria y armónica, y entonces el .bien común
fluye
como
coosecuencia. A
mayor.
vitalidad de
la sociedad,
menos
intervenciooismo
del
Estado, porque el principio de totalidad, que
tiene por fin
la iOJtegración de las partes en d todo, queda satisfac
toriamente
cumplimentado y
perfeccionado por las mismas fuerzas
social~.
La
autoridad, al carecer de misión activa, queda oculta
entre bastidores, pasa en la escena a
segundo plano,
deja a la so
ciedad el papel de primer actor, de protagootista.
Si
analizamos
ahora las
relaciones entre
ambos postnlados, to
talidad y
subsidiariedad, podemos afirmar que, en
razón del
funcio
namiento de la comuoidad, el
principio de
totalidad es el funda
mento del principio de subsidiariedad,
por dos razones: la primera,
porque ambos principios c,peran a partir de la existencia de un
cuerpo
social, aunque quede 1eonfiguratlo en su mínima expresión,
como
es la familia. Si contemplamos sólo a
los individuos, aislados
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Fundaci\363n Speiro
LA FAMILIA, ARQUETIPO DE CUERPOS INTERMEDIOS
de su ámbito social, no cabe hablar de totalidad, ni de subsidiarieda:d.
Esos dos motores precisan la preexistencia de una máquina comu
nitaria, de una sociedad por :pequeña que sea, y esa máquina comu
nitaria, esa sociedad, lo primero que necesita para su subsistencia, es
un principio de unidad y de dirección, es deci,;, un principio de, to
talidad. Y la segunda, porque cuando la autoridad ejerce la subsi
diariedad,
bien respetando
la acción del
inferior, bien
intervinién
dola indirecta o
directamente, lo hace en cumplimiento de su mi
sión propia, el bien común, el cual implica un sentido d.e solidari
dad entre los miembros sociales, un sentido de subordinación, dis
ciplina y jerarquía, un sentido de integración de las partes en el
todo, es decir, fin sentido de totalización.
El principio de totálidad es, pues, anterior al principio de sub
sidiariedad, porque para que la
autoridad pueda
intervenir con
carácter subsidiario, tiene que existir previamente como pr:incipio
de integración; y es además superio, por naturaleza a la subsidiarie
dad,
porque ésta emana corno efecto
autoridad de man-tener la cohesión y armonía de la comunidad,
que es función de totalización. El principio, de totálidad; por consi
guiente, al vertebrar
la estructura misma del cuerpo social en una
unida:d de naturaleza, es la ralz del principio de subsidiariedad. Y tratando de
estrailiar más aún la íntima relación entre ambos pos
tul,doo, yo añadiría que totalidad y subsidiariedad se resumen en
un
solo principio, ya que el poder,
~ sus diferentes es<:alas inter
medias
y en su misma cumbre estatal, ·tanto cuando representa la
integración de las partes en el todo como cuando ayuda a las partes
en razón del todo, tiene como única y exclusiva razón de ser, tiene
como única y exclusiva norma., el bien común.
III. Aplioooión a Ia familia de amhos principi°"
Esos dos axiomas que armonizan el juego del cuerpo social en
maravilloso equilibrio
entre la libertad que impone la subsidiariedad
y la autoridad que impone la totalidad, se reflejan de manera ejem-
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Fundaci\363n Speiro
!UUAN GIL DE SÁGREDO
piar, modélica, prototípica, en aquella primera sociedad que elaboró
el corazón de
Dios, la familia.
La ley ruttural le imprime, sin necesidad de intervencionismo
humano próximo, su
especifica regulación a través de aquellos dos
principios.
Ambas claves operan sobre ella de modo espontáneo y
natural: la clave de la totalidad, mediante la autoridad que emerge
del
paterfamilias como fu.énte de unión, de a:,hesióu, de unidad
interna en
el cumplimiento de sus fines; y la clave de la subsidia
ried
mooiante el respeto a la libertad de sus miembros y en su
caso
mediante la intervención indirecta o directa, cuando se precisa
en orden a los intereses comunes familiares.
En la familia, efectivam.enle, cada miembro, padre, madre, hi
jos, tiene sus funciones
y atribuciones propias, en las que no se
interfieren
de
manera decisoria loo demás. Cada uno posee un
marco de acción individual
independiente, un ámbito de
autono
mía inviolable.
Es la exigencia de libertad en el cumplimiento de
los fines propios, que
reclama el respeto por parte de loo demás, de
los
padres hacia
los hijos, de los
bijos hacia
los
pa:dres, de los cón
yuges entre sí, de los hermanos entre si. De esa exigencia de
libertad
en cada miembro familiar, deriva la imputabilidad de sus actos,
y como consecuencia de la imputabilidad, la responsabilid
consecuencia de la
respousabilidad, la personalid
la
libertad,
independencia y autonomía, es decir, a la personalhlad
de
cada miembro familiar,
engendra un est
todos ellos, tensión que en ruan.to significa, no ~ontraposición, acri ~
tud, posición conflktivá entre los mi;,inbros · fanÍiilÍa,-es, · sino celo,
interés, preocupación mutua, sirve
para fortalecer la compenetración
familiar, evitando el indiferentismo, el neutralismo entre ellos,
la
relajación de los vínculos familiares, el desvaneéimiento mismo de
la familia.
Pero al mismo tiempo, el esposo, en calidad de tal, no se com
prende sin la acción cocurrente
y complementaria de la esposa en
un amplísimo
campo que afecta a todos los órdenes, material, es
piritual, físiro, psíquico, afectivo, moral, etc. Asimismo, el padre, en
calidad de
tal, no se concibe sin el influjo de su autoridad paternal,
autoridad que, cuando radica en
la ejemplaridad
de su conducta,
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Fundaci\363n Speiro
LA FAMIUA, ARQUETIPO DE CUERPOS INTERMEDIOS
irradia con eficacia hacia todo el grupo familiar. Tampoco se ex
plica el papel de madre sin su influencia decisiva sobre sus hijos
en el marco de su educación y formación moral.
Funciona, pues, en la familia un mecanismo de subsidiariedad
natural en sus dos facetas : por una parte, de respeto a la libertad y
personalidad de los hijos, y por otra parte, de ayuda cuando surge
la necesidad en el ámbito de intereses comW1es, intereses que inte
grao lo que cabría llamar «bien común familiar». Y el agente
que
movtiliza a
la autoridad
paterna, prorectando su aa:ión subsi
diaria
sobre los hijos,
es el principio de totalidad,
que mira y está
enfocado hacia el bien común de
la familia, y que constituye, lo
repito nna vez más, su única razón de ser.
El bien común, origen del principio de totalidad en cualquier
colectividad y a cualquier escala, reside primordialmente en la sub
sistencia de la comunidaicl, porque el mayor bien de ésta, sin el cual
no pueden darse los· demás bienes comunitarios, es precisamente
su misma subsistencia como sociedad, y ésta sólo puede mantenerse
por las mismas causas y por los mismos medios fundamentales que
originaron su creación. Como se trata
de la unión de diversos elementos, la armonía entre éstos constituye
el cimiento mismo del bien comunitario. Por ello, la base del bien
común en toda colectividad, sea familiar, política, cultural, económi
ca, etc., será aquella cohesión entre los miembros de la colectividad
que por lo menos
permita su
subsistencia. Sobre esa plataforma,
que es de índole moral, aunque posteriormente se refuerce por
vínculos jurídicos, podrá después montarse el edificio social, desarrollando su
estructura y sus objetivos, pero levantar el auténtico
progreso de una comunidad, sea familia, pueblo o nación, sin una
base moral, que ligue, vincule y estreche los lazos de unión entre
ellos, que sea el pedestal del edificio, que sea el maoaotial que
alimenta la vitalidad de las fuerzas sociales, sólo puede conducir
a éstas a su mutuo enfrentamiento,
y a la corta o a la larga, a la
destrucción del
cuerpo social.
Queda demostrado por lo expuesto que la
familia constituye
un
cuerpo intermedio, por cuanto su funcionamiento se atiene al meca
nismo de los dos principios rectores de toda sociedad, totalidod y
609
Fundaci\363n Speiro
JUUAN GIL DE SAGREDO
subsidiariedad. Veamos ahora,. para terminar, por qué la familia
no sólo es cuerpo intermedio, sino que
a
ser reputada
como el arquetipo de
.todos los
ouerpos
i11termec/ios.
Hay tres consideraciones que la acreditan como prototipo y
ejemplar de todos ellos:
La primera, por raz6n de ,11 áUlor. Los cuerpos intermedios
forman
sociedades estructuradas por el hombre. La familia es una
sociedad creada de manera inmediata por-el mismo Dios. Será,
entonces, en cierto sentido, el modelo y ejemplar de todas las
demás.
La segunda, por razón de su nat11raleza. Lo que los cuerpos inter
medios
poseen, en cierta dosis, por artificio humano, la familia lo
posee por modo natural : lo que en aquéllos pudiera ser artificial, en
ésta es espontáneo;
1o que aquéllos pudieran revestir de tono y
sentido coactivo, en ésta fluye sin estridencias sobre Wlos flej.es o
muelles elásticos, de índole moral, que alternan la tensión con la
tolerancia.
La tercera, p:or razón de ,,, vinculaci6n a la ltey natural. 1.06 dos
principios que regulan el !desarrollo de los
cuerpos intermedios se
manifiestan en
la familia por vfa de condu,ión de las normas pri
meras del
Derecho natural,
mientras que en los cuerpos intermedios
se concretan por vía de determ'tnación de aquellas normas supremas,
lo cual quiere decir que la regu!a,:ión de las relaciones familiares
se halla
vincula
inmediata
,ª la ley natural,
mientras
que los restantes cuerpos
intermedios conectan
con la
ley
natural de manera mediata y remota a través precisamente de la
familia. Como consecuencia, no sólo resaltan en ella con mayor
perfección las características y notas sustanciales de los cuerpos
intermedios, sino que
-en la misma se hallan los criterios rectores de
su nacimiento,
composición y desarrollo.
Esas son las tres razones ·!Principales que hacen de la familia
el
ideal de las relaciones sociales.
Y ahora, finalmente, el
610
Fundaci\363n Speiro
LA FAMIUA, AR.QUETIPO DE CUERPOS INTERMEDIOS
EPÍLOGO
Decíamos al principio de esta conferencia que la piedra angular
de la sociedad es
la persona y que esta observación nos abriría
el camino para
desarrollar el tema. Así
ha sido. En la persona
hemos hallado, siguiendo
la doctrina de Santo Tomás, el fecundo
secreto de su bipolaridad, individual y social, germen de unidad
y
de multiplicid•d, que desde ella se proyecta al matrimonio, desde el
matrimonio a la familia y desde la familia a los diversos sectores
sociales que giran a su alrededor, 1Munidpio, Comarca y Región,
hasta abarcar todo, el perímetro de la nación en esa gran entidad que
llsmamos Estado.
Esa bipolaridad, individual
y social, incrustrada por Dios en la
naturaleza humana y por derivsción de ella en las entidades comu
nitarias, engeodra los principios de totalidad y
subsidiariedad, cuya
conjunción
armónica equilibra el juego de individualidad y socia
bilidad, de autonomía y heteronomía, de
libertad y
autoridad.
Esta clharla, como veis, se ha limita.do a examinar esos postulados
y aplicar a la familia sus fecundísimas consecuencias.
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Fundaci\363n Speiro
POR
]ULIÁN GIL DE SAGREDO
PRF.ÁMBULO
Entre los múltiples, variados e interesantes aspectos que cabe
contemplar en la familia, objeto
de estndio en el presente Congreso
de Ciudad Católica,
me ha correspondido a mí presentarla como
cuerpo
intermedio, más aún como el arquetipo de los ruerpos in
termedios. El
tema, aparte de
la
aridez inherente
al
desarrollo de
los con
ceptos
abstractos que
implica toda
doctrina, envuelve
cierta
difi
cultad,
porque, acostumbrados a considerar a la familia como la
piedra angular que sostiene a todo el
ed,ificio social,
como
el punto
de arranque
desde el
cual
empieza a
entretejerse
la estructura del
cuerpo comunitario, puede resultar extraño concebirla ahora como
algo interpuesto entre dos zonas, es decir, como. cuerpo intermedio.
Lo cierto, sin embargo, es que aquel edificio social, aquella estruc
tura del cuerpo comunitario, tiene su piedra angular, tiene su
punto de arranque, no en la famili"a, sino en la misma persona
humana.
Esta observación nos puede abrir el camino para desarrollar el
tema, camino que nos obliga a
puntualizar el concepto de familia.
Esta puede ser
en,tendida de
dos modos:
en sentidr, restringido,
como el matrimonio mismo, como la unión -de los cónyuges, pres
cindiendo de los frutos de dicha unión, de los hijos; en sentido
más amplio y quizá más propio, como una comunidad que com
prende al
matrimonio y
a los hijos.
En el primer sentido', la familia, es decir, el matrimonio, es
cuerpo intermedio entre las personas aisladas de los cónyuges por
:;99
Fundaci\363n Speiro
/UUAN GIL DE SAGRJIDO
wi lado y la comunidad familiar de padres e hijos por otro. Por
debajo del matrimonio subyacen
las personas
de los cónyuges con
sideradas individualmente; por encima figura la comunidad fami
liar, integrada por
padres e
hijos.
En el segundo sentido, la familia es cuerpo intermedio entre el
núcleo
inicial que es
el matrimonio
y la comunidad que se forma
po< la unión de las famllias, constituyendo una unidad superior,
que puede llamarse Municipio.
Entonces,
tenemoo por
debajo de la
familia una colectividad míníma que es
el matrimonio y por encima
una colectividad superior, que puede
ser el
Municipio.
Vemos, pues, cómo· la familia, ya se tome en sentido restringido,
ya en sentido
amplio,_ puede
ser considerada como mayor o menor
propiedad como cuerpo intermedio, ,en cuanto que se halla encua
drada entre
dos áreas, una por debajo, que son las personas de loo
cónyuges por separado o nnidos en matrimonio, y otra por arriba,
que
es la comunidad
inmediata superior.
Bien es verdad que
el
matrimonio solo, al quedair limitado por su frontera infenior con las
personas de los cónyuges, al quedar interpuesto no entre dos grupos
sociales, sino entre
dos individuos y
un grupo social,
difícilmente
puede
admitir
la calificación de cuerpo intumedio.
Pero hay otra m,mera de presentar a la familia como cuerpo
intermedio, a saber, como un ceritro humano, donde por vía na
tural resaltan en toda su autenticidad las características del cuerpo
intermedio. Ese es el objeto de la presente ponencia, ponencia que
restringimoo al
estudio de
la familia, entendida como comunidad
formada
por podres e hijoo, corno colectividad que se halla colo-
cada
entre dos cuerpos sociales,
el matrimonial y el municipal, y
que, por lo mismo, es intermedia entre ellos.
DIVISIÓN
Concluido este breve preámbulo, pasamos a indicar la división
de esta Conferencia.
Si tuviera que hacer un resumen de la misma, yo os adelantaría,
en una visi6n sinóptica, que esta charla se reduce a analizar los dos
600
Fundaci\363n Speiro
LA FAMIUA, ARQUETIPO DE CUERPOS INTERMEDIOS
factores que deciden la vida de la familia como sociedad, a saber,
la unidad, que dimana de su fin y determina su naturaleza mooár
quica,
y
la multiplicidad, que dimana de los elementos que la inte
gran
en orden a
Ía obtención de su fin, y que le confiere sentido
social.
El
factor unidad nos conduce hacia el principio de totalidad, y
el factor mufti¡,lkidad nos guía hacia el principio, de subsidiadedad.
Aplicados ambos principios a la familia, se demuestra que la
misma no sólo es cuerpo intermedio, sino
el arquetipo de todos los
cuerpos intermedios.
He
ahí, pues,
los tres
puntos que voy a
examinar en
la
si
guiente
Ex!>OSICIÓN
l. Unidad y multiplicidad
La doctrina de Santo Tomás sobre la materia que vamos a tratar
podéis hallar en S. T. 1, 31, 1 ad 2; Ethimrum Lec. 15; 4 C. G. 35;
11
C. G. 58, y 11 Politicorum Lec. 1-179.
Analizando e interpretando esos textos,
observamos que el Santo
Doctor distingue, en relacióo
coo la
colectividad, tres clases de uni
dad:
la unidad política, la unidad familiar y la unidad personal.
Entre esas tres unidades existe una graducación: la unidad per
sonaJ
es la más perfecta, porque es unidad de sustancia, ya que la
naturaleza humana se resume -en una sustancia completa mediante
la unión de dos sustancias incompletas, que mutuamente se exigen,
alma y cuerpo. Así se produce la hipóstasis o personalidad humana,
ya que aquella unión de
alma y cuerpo, formando la naturaleza, exige
por
vía normal ordinaria la constitución
de la persona que llamamos
«HOMBRE», y digo por vía normal ordinaria, porque por vía anonnal,
extraordinaria
y
sobrenatural puede
ocurrir, y de
hecho ha ocurrido
en el misterio de la Encarnación, que quien asuma a dicha natu
ral-e.za no sea. la persona humana, sino la Persona Divina, la Se
gunda Persona de la Santísima Trinidad.
La unidad política, por el contrario, propia de ía sociedad en
601
Fundaci\363n Speiro
JUUAN GIL DE SAGREDO
general, es la más imperfecta -unidad mínima la llama Santo
Tomás--, porque «la multitud de los elementos que la forman se
une por
simple unidad
de orden».
Ahora bien: la unidad de orden
es la
mínima que
cabe
pensar, ya que no suele afectar al aspecto
intrínseco de las personas y
de las cosas, sino al aspecto extrínseco,
y además, porque incluso, dicho orden extrínseco es en cierto sentido
alterable y
pemmt•ble.
La unidad familiar, finalmente, es menos perfecta que la unidad
personal, porque no constituye una sustancia física, formada por
la unión de dos sustancias incompletas, pero es mucho más perfecta
que la unidad política, porque no se produce sólo por la integra
ción de sus elementos en una unidad de orden, sino a.demás y
principalmente porque
emana de
la fusión de dos
cuerpoo formando
una sola carne. «Serán dos en una sola carne», dice Cristo en el
Evangelio de San Marcos, capítulo 10, versículo 8. Se trata de una
sociedad que crea el amor
y que por amor se desdobla mediante la
ferundidad en
sus frutos naturales, los hijos. Hay, pues, una unidad
doble: de carnv,, que hace de dos cuerdos uno, y de orden, que es
tablece jerarquía
entre
los diversos miembros de
la familia
para
satisfacer el fin común a todos ellos.
Así, pues, dentro de un ámbito puramente humano, en los tres
casos se produce la unidad mediante la unión: si se unen dos sus
tancias incompletas fonnando una sola completa, tendremos la uni
dad personal: si se unen dos cuerpos formando uno solo, tendremos
la unidad familiar en su raíz : si se unen div-ersos elementos for
mando un orden, una jerarquía, tendremos la unidad social o po
lítica. Cada una de esas tres unidades, personal, familiar y
política,
tiene
su propio y
específico entorno
constitucional,
que corresponde
a
la diversa clase de unión y que no puede ser alterado sin destruir
la unidad o adulterarla.
Sctnto Tomás nos dice que _«si la comunidad política tuviese más
unidad que la debida, no se lograría un llstado, sino una familia; y
si la comunid•d familiar
tuviese más unidad que la debída, no se
lograría una
familia, sino
una persona; pues nadie duda que la uni
dad de
la familia
es
mayoc que la unidad
del Estado, y que
la uni
dad personal es mayor que
1a unid.d familiar». <
Fundaci\363n Speiro
LA FAMILIA, ARQUETIPO DE CUERPOS INTERMEDIOS
termina el Santo Doctor, aunque fuese fax:tihle lograr en el Estado
tanta unidad como en la familia, no debería hacerse, porque se
destruiría
el Estado» (11 Politicorum Lec. 1-179).
La unión familiar posee, pues, un marco normativo, peculiar,
impuesto por la naturaleza, y su deformación puede pro,venir .bien
por
exceso de
tnúdad, pretendiendo convertir la unión fa.miliar en
unión personal, transformar a la familia en persona, «hipostasiar» a
la sociedad familiar despersonalizando a sus miemhros, bien por
defecto
de
unidad, por distensión, por relajación de los vínrulos
familiares, por desintegración, por destrucción incluso de la unión
de orden, con lo
rua:l desaparece o
por lo menos se lesiona
y se
deteriora la esencia misma de la
familia.
II. Principios de totalidad y suho:idiariedad
Santo Tomás,
como
venimos
observando, fija su peusamiento en
la unidad, que da sentido a la colectividad; contempla el aspecto
social de los
miembros, que
en razón de tales se
hallan subordina
dos
a un todo unitario. «Non est totnm propter partes,
sed part,s
propter totum sunt>>, nos dice en C. G. 112.
No es el todo para
las partes, sino que las part
palabras deja vislumbrar lo
que
hor llamaríamos
principio de to,ltJtidad. Pero al mismo tiempo· detiene el Santo
Doctor
su atención en
el otro factor inherente a toda a,lectividarl, a
saber,
la mukiplicidad, diversidad o pluralismo, que requiere un
margen de libertad y llllltonomla de las partes dentro dcl todo, de
los ciudadanos dentro de su marco social. «Horno non ordinatur ad
comunitatem politicam secundum se totum et serundum omnia sua>>
(S. T. 1, 11, 21, 4), y a través de esas palabras nos decubre el Doctor
Angélico
lo que hoy llamaríamos principio de subsidiar/edad en
la
fase primera
y fundamental del mismo, a saber, en el respeto del
todo a
las partes,
de la sociedad a sus miembros, de
la autoridad a
los súbditos. De
CorteJ discípulo de Santo Tomás en nuestro siglo xx, nos
dice en su obra De la ju1tice: «La esencia de toda sociedad es la
603
Fundaci\363n Speiro
JULIAN GIL DE SAGREDO
de agrupar seres desiguales en vista a sus fines comunes, hasta
tal punto que es imposible construir una sociedad con elementos
iguales. Lo testimonia la más fundamental de todas las sociedades,
la
familia, basada
en
la diversidad de sexos y destinada a propagar
la
vida».
Vemos, pues, en ese primer centro social que es la familia, dos
coeficientes de va:loradón, la unidad y la multiplicidad, reprodu
ciendo a escala familiar el problema de lo uno y lo múltiple, que es
tanto como
el problema de la autoridad y la libertad, problema que
sólo puede resolverse mediante el juego o conjunción de las doo
coordenadas
o ejes, que
son loo principioo que
regulan
la vida y
desarrollo de los cuerpos intermedios, ya vislumbradoo por Santo
Tomás
en los
textos mencionadoo, el principio de totaliddd y el
principio de subsidiariedad.
Estudiemos
el
procedimiento: la sociedad emaoa de sí a la auto
ridad «per modum proprietatis», a modo
de propiedad inherente
a la misma, según di.ce Suárez en Defensfo Fidei. De esta manera,
por .vía indirecta, se cumplen las palabras de San Pablo en su Epís
tola a los
Romanos, capítulo
13, versículo 1 : «Omnis
potes tas
a
Deo». Todo poder procede de Dios. Viene
efectivamente de
Dios,
porque al crear al hombre,
Jo, hizo social; al hacerlo social, crea
virtualmente a la
sociedad, y al crear a la sociedad, crea implícita
mente
la propied,d, el atributo necesario de toda sociedad, que es
la autoridad.
Por ello,
esa cabeza dirigeote, que es
el poder político,
se halla vinculada por razón de su origen
próximo a
procurar la
subsistencia
y desarrollo de la socied•d, y, por tanto, implica una
exigencia imperiosa de
integración de
los miembros en el cuerpo
social, es decir,
un principio de totalidad.
Pero
como la autoridad noce exclusivamente en función del
bien comunitario, cuaodo éste no entra en juego, no puede inter
venir, puesto que carece de razón de ser; y como 'la autoridad brota
sólo cuando loo miembros se unen en sociedad para obtener un fin
común que por sí solos no
pueden alcanzar, dicha
autoridad no
podrá invadir el terreno de sus miembros sociales, cuando éstos por
sí mismos pueden conseguir aquellos objetivos comunes. Tal es el
principio de subsidiariedad, principio que pasa por dos etapas, una
604
Fundaci\363n Speiro
LA FAMILIA, ARQUETIPO DE CUERPOS INTERMEDIOS
primera de tipo negativo o pasivo, porque el órgano superior se
limita a respetar la aa:ión del inferior, sin interferirla. Este primer
aspecto,
cara o faceta del
principio de
subsidiariedad, es el
funda
mental,
y es también el ideal, porqne lo ideal sería que los miem·
bros
de
una colectividad,
desarrollando por sí solos sus propias
actividades, contribuyeran armónicamente a1 bien_ común de la misma,
y no fuera precisa la intervención activa del poder. Este reposaría,
y con el reposo se autodigoificaría, contemplando con la mirada
complaciente de un
«pater-familias» el desarrollo de las iniciativas
de
las fuerzas sociales: es la fase de la libertad, en que las personas,
tanto físicas como jurídicas, actúan con autonomía y autarquía.
Hay además una segunda. fase en el principio de subsidiariedad,
de tipo
positivo o «fivo, en que el órgano superior interviene sobre
los inferiores, ya con acción indirecta en forma de simple ayuda .sin
mediatizar su iniciativa, ya con acción directa en forma de resolu
ción
dirimente, cuando se suscitan casos conflictivos de orden interno
o externo· a la comunidad.
Tratándose de intervención indirecta, en
prevención del peligro
que existe de que la autoridad u órgano superior
interfüera de
tal
modo la actividad del inferior
que lo minusvalore, lo
absorba
y
prácticamente lo extinga, la misma razón natural impone a aquella
intervención los siguientes condicionamientos:
Primero.--Que exista una necesidad real, no ficticia o prefa
brirnda.
Segundo.-Que
el
órgano o miembros inferiores no puedan
satisfa<:er aquella necesidad por
sí solos.
Tercero.-Que la ayuda sea de
la
misma naturaleza
de la nece
sidad que
se
trata de
satisfacer.
Cuarto.-Que la ayuda sea proporcianal
a la necesidad, intervi
niendo sólo
en
el grado en que sea preciso.
Quinfo.-Que la
prestación de
ayuda mantenga
su
carácter pro
pio
de tipo accesorio
y auxiliar respecto a la acción principal del
miembro, o entidad subvenida. Y
Sexto.-Que, tan pronto puedan las entidades inferiores superar
por sí mismas aquellas
riocesidades, cese
la intervención de -la auto
ridad o órgano superior.
605
Fundaci\363n Speiro
JUUAN GIL DE SAGREDO
Cumpliendo eso,; condicionamientos, puede y debe cada mando,
cada
potestad, según
sus niveles, intervenir a favor del
subordinado
mediante
una acción, que es indirecta, porque respeta la naturaleza
y características de las inici_ariv-as inferiores, porque no resuelve, sino
ayuda, porque no asume el papel de protagonista, sino, el de ayu
dante
provisiooal . y transitorio.
Pueden, no obstante-, sobrevenir situaciones en que sea precisa
una intervención directa, en que la autoddad no se limita a ayudar,
sino que debe actuar con carácter resolutorio y ¡dirim.ente. La armo
nía de la comunidad puede peligrar por conflictos de orden interno
entre sus miembros, que amenazan la concordia social, o bien
por agresión desde el exterior, que haga zozobrar su misma existen
cia. En tales casos, la acción directa y resolutoria por parte de la
autoridad es
obligada.
Resumiendo, la subsicliariedad tiene dos caras· o facetas, una
negativa,
de no intervención., de respeto al inferior, y oh'a positiva,
de intervención, la cual a su ve2 puede ser indirecta, de simple ayuda,
o directa, de resolución en trances conflictivos. En una sociedad
bien ordenada, el principio de subsidiarieda
porque los miembros sociales desarrollan sus actividades por sí pus
mos
de forma
complementaria y armónica, y entonces el .bien común
fluye
como
coosecuencia. A
mayor.
vitalidad de
la sociedad,
menos
intervenciooismo
del
Estado, porque el principio de totalidad, que
tiene por fin
la iOJtegración de las partes en d todo, queda satisfac
toriamente
cumplimentado y
perfeccionado por las mismas fuerzas
social~.
La
autoridad, al carecer de misión activa, queda oculta
entre bastidores, pasa en la escena a
segundo plano,
deja a la so
ciedad el papel de primer actor, de protagootista.
Si
analizamos
ahora las
relaciones entre
ambos postnlados, to
talidad y
subsidiariedad, podemos afirmar que, en
razón del
funcio
namiento de la comuoidad, el
principio de
totalidad es el funda
mento del principio de subsidiariedad,
por dos razones: la primera,
porque ambos principios c,peran a partir de la existencia de un
cuerpo
social, aunque quede 1eonfiguratlo en su mínima expresión,
como
es la familia. Si contemplamos sólo a
los individuos, aislados
606
Fundaci\363n Speiro
LA FAMILIA, ARQUETIPO DE CUERPOS INTERMEDIOS
de su ámbito social, no cabe hablar de totalidad, ni de subsidiarieda:d.
Esos dos motores precisan la preexistencia de una máquina comu
nitaria, de una sociedad por :pequeña que sea, y esa máquina comu
nitaria, esa sociedad, lo primero que necesita para su subsistencia, es
un principio de unidad y de dirección, es deci,;, un principio de, to
talidad. Y la segunda, porque cuando la autoridad ejerce la subsi
diariedad,
bien respetando
la acción del
inferior, bien
intervinién
dola indirecta o
directamente, lo hace en cumplimiento de su mi
sión propia, el bien común, el cual implica un sentido d.e solidari
dad entre los miembros sociales, un sentido de subordinación, dis
ciplina y jerarquía, un sentido de integración de las partes en el
todo, es decir, fin sentido de totalización.
El principio de totálidad es, pues, anterior al principio de sub
sidiariedad, porque para que la
autoridad pueda
intervenir con
carácter subsidiario, tiene que existir previamente como pr:incipio
de integración; y es además superio, por naturaleza a la subsidiarie
dad,
porque ésta emana corno efecto
que es función de totalización. El principio, de totálidad; por consi
guiente, al vertebrar
la estructura misma del cuerpo social en una
unida:d de naturaleza, es la ralz del principio de subsidiariedad. Y tratando de
estrailiar más aún la íntima relación entre ambos pos
tul,doo, yo añadiría que totalidad y subsidiariedad se resumen en
un
solo principio, ya que el poder,
~ sus diferentes es<:alas inter
medias
y en su misma cumbre estatal, ·tanto cuando representa la
integración de las partes en el todo como cuando ayuda a las partes
en razón del todo, tiene como única y exclusiva razón de ser, tiene
como única y exclusiva norma., el bien común.
III. Aplioooión a Ia familia de amhos principi°"
Esos dos axiomas que armonizan el juego del cuerpo social en
maravilloso equilibrio
entre la libertad que impone la subsidiariedad
y la autoridad que impone la totalidad, se reflejan de manera ejem-
607
Fundaci\363n Speiro
!UUAN GIL DE SÁGREDO
piar, modélica, prototípica, en aquella primera sociedad que elaboró
el corazón de
Dios, la familia.
La ley ruttural le imprime, sin necesidad de intervencionismo
humano próximo, su
especifica regulación a través de aquellos dos
principios.
Ambas claves operan sobre ella de modo espontáneo y
natural: la clave de la totalidad, mediante la autoridad que emerge
del
paterfamilias como fu.énte de unión, de a:,hesióu, de unidad
interna en
el cumplimiento de sus fines; y la clave de la subsidia
ried
caso
mediante la intervención indirecta o directa, cuando se precisa
en orden a los intereses comunes familiares.
En la familia, efectivam.enle, cada miembro, padre, madre, hi
jos, tiene sus funciones
y atribuciones propias, en las que no se
interfieren
de
manera decisoria loo demás. Cada uno posee un
marco de acción individual
independiente, un ámbito de
autono
mía inviolable.
Es la exigencia de libertad en el cumplimiento de
los fines propios, que
reclama el respeto por parte de loo demás, de
los
padres hacia
los hijos, de los
bijos hacia
los
pa:dres, de los cón
yuges entre sí, de los hermanos entre si. De esa exigencia de
libertad
en cada miembro familiar, deriva la imputabilidad de sus actos,
y como consecuencia de la imputabilidad, la responsabilid
respousabilidad, la personalid
libertad,
independencia y autonomía, es decir, a la personalhlad
de
cada miembro familiar,
engendra un est
tud, posición conflktivá entre los mi;,inbros · fanÍiilÍa,-es, · sino celo,
interés, preocupación mutua, sirve
para fortalecer la compenetración
familiar, evitando el indiferentismo, el neutralismo entre ellos,
la
relajación de los vínculos familiares, el desvaneéimiento mismo de
la familia.
Pero al mismo tiempo, el esposo, en calidad de tal, no se com
prende sin la acción cocurrente
y complementaria de la esposa en
un amplísimo
campo que afecta a todos los órdenes, material, es
piritual, físiro, psíquico, afectivo, moral, etc. Asimismo, el padre, en
calidad de
tal, no se concibe sin el influjo de su autoridad paternal,
autoridad que, cuando radica en
la ejemplaridad
de su conducta,
608
Fundaci\363n Speiro
LA FAMIUA, ARQUETIPO DE CUERPOS INTERMEDIOS
irradia con eficacia hacia todo el grupo familiar. Tampoco se ex
plica el papel de madre sin su influencia decisiva sobre sus hijos
en el marco de su educación y formación moral.
Funciona, pues, en la familia un mecanismo de subsidiariedad
natural en sus dos facetas : por una parte, de respeto a la libertad y
personalidad de los hijos, y por otra parte, de ayuda cuando surge
la necesidad en el ámbito de intereses comW1es, intereses que inte
grao lo que cabría llamar «bien común familiar». Y el agente
que
movtiliza a
la autoridad
paterna, prorectando su aa:ión subsi
diaria
sobre los hijos,
es el principio de totalidad,
que mira y está
enfocado hacia el bien común de
la familia, y que constituye, lo
repito nna vez más, su única razón de ser.
El bien común, origen del principio de totalidad en cualquier
colectividad y a cualquier escala, reside primordialmente en la sub
sistencia de la comunidaicl, porque el mayor bien de ésta, sin el cual
no pueden darse los· demás bienes comunitarios, es precisamente
su misma subsistencia como sociedad, y ésta sólo puede mantenerse
por las mismas causas y por los mismos medios fundamentales que
originaron su creación. Como se trata
el cimiento mismo del bien comunitario. Por ello, la base del bien
común en toda colectividad, sea familiar, política, cultural, económi
ca, etc., será aquella cohesión entre los miembros de la colectividad
que por lo menos
permita su
subsistencia. Sobre esa plataforma,
que es de índole moral, aunque posteriormente se refuerce por
vínculos jurídicos, podrá después montarse el edificio social, desarrollando su
estructura y sus objetivos, pero levantar el auténtico
progreso de una comunidad, sea familia, pueblo o nación, sin una
base moral, que ligue, vincule y estreche los lazos de unión entre
ellos, que sea el pedestal del edificio, que sea el maoaotial que
alimenta la vitalidad de las fuerzas sociales, sólo puede conducir
a éstas a su mutuo enfrentamiento,
y a la corta o a la larga, a la
destrucción del
cuerpo social.
Queda demostrado por lo expuesto que la
familia constituye
un
cuerpo intermedio, por cuanto su funcionamiento se atiene al meca
nismo de los dos principios rectores de toda sociedad, totalidod y
609
Fundaci\363n Speiro
JUUAN GIL DE SAGREDO
subsidiariedad. Veamos ahora,. para terminar, por qué la familia
no sólo es cuerpo intermedio, sino que
a
como el arquetipo de
.todos los
ouerpos
i11termec/ios.
Hay tres consideraciones que la acreditan como prototipo y
ejemplar de todos ellos:
La primera, por raz6n de ,11 áUlor. Los cuerpos intermedios
forman
sociedades estructuradas por el hombre. La familia es una
sociedad creada de manera inmediata por-el mismo Dios. Será,
entonces, en cierto sentido, el modelo y ejemplar de todas las
demás.
La segunda, por razón de su nat11raleza. Lo que los cuerpos inter
medios
poseen, en cierta dosis, por artificio humano, la familia lo
posee por modo natural : lo que en aquéllos pudiera ser artificial, en
ésta es espontáneo;
1o que aquéllos pudieran revestir de tono y
sentido coactivo, en ésta fluye sin estridencias sobre Wlos flej.es o
muelles elásticos, de índole moral, que alternan la tensión con la
tolerancia.
La tercera, p:or razón de ,,, vinculaci6n a la ltey natural. 1.06 dos
principios que regulan el !desarrollo de los
cuerpos intermedios se
manifiestan en
la familia por vfa de condu,ión de las normas pri
meras del
Derecho natural,
mientras que en los cuerpos intermedios
se concretan por vía de determ'tnación de aquellas normas supremas,
lo cual quiere decir que la regu!a,:ión de las relaciones familiares
se halla
vincula
inmediata
,ª la ley natural,
mientras
que los restantes cuerpos
intermedios conectan
con la
ley
natural de manera mediata y remota a través precisamente de la
familia. Como consecuencia, no sólo resaltan en ella con mayor
perfección las características y notas sustanciales de los cuerpos
intermedios, sino que
-en la misma se hallan los criterios rectores de
su nacimiento,
composición y desarrollo.
Esas son las tres razones ·!Principales que hacen de la familia
el
ideal de las relaciones sociales.
Y ahora, finalmente, el
610
Fundaci\363n Speiro
LA FAMIUA, AR.QUETIPO DE CUERPOS INTERMEDIOS
EPÍLOGO
Decíamos al principio de esta conferencia que la piedra angular
de la sociedad es
la persona y que esta observación nos abriría
el camino para
desarrollar el tema. Así
ha sido. En la persona
hemos hallado, siguiendo
la doctrina de Santo Tomás, el fecundo
secreto de su bipolaridad, individual y social, germen de unidad
y
de multiplicid•d, que desde ella se proyecta al matrimonio, desde el
matrimonio a la familia y desde la familia a los diversos sectores
sociales que giran a su alrededor, 1Munidpio, Comarca y Región,
hasta abarcar todo, el perímetro de la nación en esa gran entidad que
llsmamos Estado.
Esa bipolaridad, individual
y social, incrustrada por Dios en la
naturaleza humana y por derivsción de ella en las entidades comu
nitarias, engeodra los principios de totalidad y
subsidiariedad, cuya
conjunción
armónica equilibra el juego de individualidad y socia
bilidad, de autonomía y heteronomía, de
libertad y
autoridad.
Esta clharla, como veis, se ha limita.do a examinar esos postulados
y aplicar a la familia sus fecundísimas consecuencias.
611
Fundaci\363n Speiro