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El divorcio que nos quieren traer

.. ILUSTRACIONES CON RECORTES DE PERJ()DJCOS
EL.DIVORJC'.IO QUE NOS QUIEREN 1'RAiFIB.
ia lnstru'cci6n colectiva del Episcopado espaííol aprobad.a en la Asam­
blea Plenaria de noviembre de 1979 contiene, acerca del divorcio civil,
en el
aspecto dispositivo,
dos normas principales:
Una. contenida en el núm. 4, ap. d:
«d) Consideramos que es ahs~Íutamente inaceptable el Ua.­mado
divorcio consensual. Una _ley que introdujese el divorcio
de tal manera CJ.De la: ,Pervivenci_a del vínculo quedase · a dispo­
sición de los cónyuge~ seda rechazable moralmente y no podría
ser aceptada por ningún católico, ni. gobernante ni gobernado.
Al prete~der privatizar así el VÍDCulo _ matrimonial, el Estado no
cumpliría
uno de sus deberes
íundamenta-les de cara a un ele­
mento esencialmente constitutivo
del bien común: la protección
de aqÚel mínimo de estabili~d y · unidad matrimonial sin el
cual no se puede hablar de instiinción matrimonial.»
Y· la otra, en el núm. 5:
5. Se debe aspirar a qué la legislacióll sobre -" el matrimonio
y la familia coincida con las exigencias del orden natural. No
ignoranios que en-Ja· sOCiedad actual no todos los ciudadanos
entienden el matrimonio desde
:nuestra perspectiva cristiana. Re,s­
petamos la justa autonomía de·'Ja auloridad civil a la que co~s­
ponde
legislar
atendiendo
a las exigencias del bien común com­
_ .pue~to
po_r dive~sos elementos. En orden a este bien común, la prudencia" política del legislador, dentro de. un marco legal que
tutele y promueva los bienes de la comunidad familiar, al pon.
derar

las
consecu~ncias negativas

que pudieran seguirse de una
absoluta- prohibición del divoi-cio civil,

tenga también en cuenta
los
graVes. dafioei mOrales arriba· e~wnerados, que se derivarían
de

su introducción en
u·uestra legislación.»
No obstante las salvedades de este terto, al remitirse a la pru­
dencia ''r,olitica de los gobernantes, parece claro que la opinión de la
755
Fundaci\363n Speiro

Asamblea no ofrece duda en torno a lo que, ella misma, estima deter­
minado por el

bien común, como
resulta de sus consideraciones conte­
nidas
en
las letras a, b, e y e del núm. 4, que dicen:
n6
«a) La estabilidad inherente al vúu:;ulo matrim~nial es un
valor s~Wllmeni~ irilportilnte para la ·vida afectiVa de los eSposos,
para

el bien de los
hijos, para
la firmeza de la familia
y, al mismo
tiempo, un elemento· intégraDte fundamental

del bien
Común de
la

sociedad.
El divorcio pone en peligro estos bienes; es, de suyo,
nn
nial para fa sociedad.
»b) No podemos admitir que la regul~ción c_ivil del divorcio
sea un derecho de la persona humana. No se trata
de ieconocel'
un
derecho,

sino, a lo
más, de

ofrecer un supuesto
remedio a
un
mal social. Nadie deberla dudar de que la ruptura de los ma­
trimonios
es un grave mal social. Y aquí se ellcuentra el primer
gran equívOco de cualquier ley divorcista: induce a pensar que
el
matrimoniO es

disoluble
y supone la introducción legalizada de
una permisividad que socava las bases más firmes de la sociedad
y de la fanii]!a. Este peligro _ difícilmente se podrá evitar, sean
los que
sea·n los

términos en que se mueva una
ler de
divorcio.
»e) La e:xperi,mcia enseña que este tipo de legislación es
prácticamente irreversible,

y mueve
. a
los
pr~pios legisladores
a
deslizarse por ~l. plano

inclinado
de la progrC!!iVa: multiplicación
de
l~s causas

que declaran legalmente roto el compromiso
ma­
trimonial. Y así resulta verdad que "divorcio engendra divorcio",
ya
que prácticamente sirve de incitación a matrimonios sin pro­
blemas lll;Solubles,
pero víctimas de}

. medio ambiente. Por eso,
cabe
pregunllJ.rse sinceramente

si su· admisión:
colb.o posibilidad
legal,
'en. determinados casos,,: constituye realme_nte un ·remedio
al-mal que-·se intenta atajar o .. e& más bien una PUerta abierta a
la genel'ftlizaeión del ma1.>.:
«e) Las peculiares 'eircunstancias hi_~tóricas, que determinan
lo que ha
sido_· y es -en muchO_s casps--la familia espafíola, que
se
conforma
según. modelos jurídicps, culturales
y
ético& inspi~
rados e_n. la

fe cristiana,
pon~n un acento dei ma,yor gravedad

a la
hora de
afirmar la resJ)Onsahilida~ de

los
CatóÚéos aQ,te la

posible
introducción en España
·de un divor:cio civil No

hace falta
sub­
rayar

cuán
gravementé negativos

serían los
ef~ctoe que
se
de­
rivarí~_. a
__ co~ y1._a.largo pla~o, para la_.~lud. moral y religiosa
d~ ·n:oestras (•mP,ias, nuestra sociedad .. Y, nuestro pueblo.::,,
Fundaci\363n Speiro

1, LAS .:RAZONES DEL PROYECTO· DEL GoBIBRNO
~l ministro de Justicia Iñigo Cavero expuso en el Seminario del
Derecho
de Familia, el domingo 2 dr marzo de 1980, lo siguiente acer­
ca

del
pruyef;to, por

él
preconizado, que

propone. el establecimiento del
divorcio:
«El lllodélo de di'voréio que aborda nuestra ley es el del di­
vorcio "remedio", previa ruptura insuperable o irreparable entre
los· cónyuges- ,
»La
ley quiere · poner remedio a

lo
<Í:ue y~ está roto:

la co­
munidad
conyugal.»
«Aunque

es
.difícil y complejo abordar las características del
proyecto, quiero Señalar: que ,no se toma Como elemento hase
pan afrontar·

el
divof'.cio la .,culpabilidad" de
los cónyuges, sino
el "'teinedio".
»NUC6tro modelo no és "d del "consenso" entre los cónyuges,
sino,
repito, el poner "i--emedio'' a. una situación ya insostenible.
Por eso
.se tiene· que ha~t dado antes la ''ruptura" de la comu-­
nidad conyugal.·-.Tieile que_existit antes "separación" conyugal y,
tras un período de tiempo, que no siempre será .dos años, es
cuando
actúa la

ley.
»Respecto a

los
dos años, en· muchos casos no se cuentan desde
el momento
de· la: sentencia, sino desde la demanda. Para que
esto ocurra, serán los dos cónyuges, o uno s.olo, estando el otro
de acuerdo, los que
Presenten la

denuncia.
»También en la ley -y en esto quiero hacer hincapié-se
reit.era maehaconamellte que las dechiones del juey., bien a la
hora de
separación o de solución matrirponial, éste

siempre
ten­
drá

en cue_nta, como primera
llledida, el

interés de la
famiHa y
de

los hijos sobre· cualquier
otra cauf1a.»
Así lo leimos en· ABC del día 4 del misma mes. Y, en EL IMPAR­
CIAL
del 9, leemos que ·el abogado Luis Zarraluqui,. ~n la p_r(!sentación
de ni libro "EL DIVORCIO, DEFENSA _DEL MATRIMONIO", terminó señalando
que ...
«;.. los divorcistas son defensores del matrimonio, porque
qui-en se divorciia lo

hace con la intención de
volverie a casar.».
Sin embtiigo-, no. parece que la ley convenza a los obispos que han
tomado.·la palabra

para
ocúp'arse del

tema.
757
Fundaci\363n Speiro

Así, monseñor Guerra Campo&, obispo· de, Ouenca, según .leímos eñ
EL ALCAZAR del 15 de enero de 1980, proclamó rotundamente:
«La ley divorcista establece indebidamente · unos "der~ho·s~
en oposición al. bien -de la. familia-y de·.1a -sociedad.»
Espedficamente rechaza :el argumento, frecuentemente utilizado, que
« ... apela ai 1a· licitud, e incluso D.ecesidad, de tol.era,; un mal
menor por
raz~o del

pluralismo
ideo~ógico de _ los ciudadanos.»
Expli'cando que incurre en una serie de illConsecuenéias:
758
« ... La primera se deStaca si recordamos, que el Papa Pablo VI
declaró lamentable que los católicos no hubiest;n _ votado todos
contra el di~orcio en Italia, según lo ,exigía la coherencia con su
condición de católicos.;
si recordamos que Juan Pablo II acaba
de exhortar a que persevere en . su a~titud 'actual un9: nación,
Irlanda,
que, com_o Espafia, no
tiene
legislaci~Il divo~sta; si
recordamos

_
que, los obispos del Bra-sil p?otesta~on . en 1977 con
nitidez
evangélica éontra la decisión del Coógr,CSO de _ introducir
un divorcio más restringido que ·e1 que se proyeéia eÓ. España.
¿Realmente España es tan diversa y su plurali_smo· tan singular
como para declarar lícito
en ella 10 que en las· naci~ne.s citadas
se ·ha 'declarado peniicioSo?
>Es verdad que puede ser lícita una tolera:n,cia civil_ de con­
duct88 no

conformes a la norma
mor~ y que corresponden a la
prudencia política apreciar las circunstancias _conCl"etas que jus­
tifican tal tolerancia~ ·(Que . se trat8 de tolerancia - de -~ mal y
no de un derecho, lo subraya 'bien la Iristruceión del Episcopa­
do.) Pero la

tolerancia
sólo se justifica por evitar males mayores.;
y después de haber acentuado tanto, en coll.formidad ··con una
experiencia mundial, la malicia y la gravedad irreversible y la
fuerza multipicadora
de las. legi-slaeiones divorci_stas, p~rece í. di­
fícil admitir que plleda tratarse de un mal n:Íienor. · · · '
»SObre todo ----Y ·eSto
es

lo
dedsÍvo-· ~~ ley divoreisi~--~~­
es
un caso de

tolerancia.
La tolerancia o permisión estaría en ·no·
impedir ciertas condue-tas; y e5 evidente que para ejercer la
libertad en contra de la :fidelidad matrimonial no se · r,equiere
una

ley, como es evidente que la inexistencia
de una
ley divor­
cista ·no cceleva -a la Ley Civil una. exigencia.moral" ni equ.i.vale
a

una
prohibición del divo.-eio. Cabrí11, _pues, ·una ._despenaliza,
Fundaci\363n Speiro

ei.on de ciertas c_ond~_cta;i. Cahría:,una regul{lción de.'·situaciones
derivada~ cJe esas co11dg.ctas, -.en .dclensa- -·de
otras personas (el
cónyuge, los hijos). Pero no cabe -una

ley
divorcista, porque
ésta
va
más _allá de esa tole1'11neia o de esa regulación, al-establecer
indehi«lamente-. unos "derechos" en. oposición ·al bien de la fa­
milia y la ~ciedad. U:na ley divorcista se convierte en un factor
positivo
_del. mal,
-Y los
que-la:-implantan se.haoen cómplices y
promotores

del
mis~o. No pned" justificarse sin más en

nombre
de la
tolerancia.»
Monseñor Barra.china, obispo .de- Orihuela -Alicante~,' según el
mismo diario
det 4-de marzo,· ®vierte, entre. otrar cosas:
«Cualquier legislación· debe.reconocer la nattiraleza ·del hom­
bre, del im»cimonio:y de
l•·.familia y, consiguientemente, sn nor~
mativa:

el
Derecho Natural,:": dereclto anterior y superior a

cual­
quier otro.
Quien se atreva

a
negar estos derechos fundamentales
pondrá
en entredicho

todas las leyes civiles; así lo
afir_ma cierto
aforismo juridíe.o:··-'.!'Quieh ..
·no ·quier& :destruir ef biere:eho···Posi~
tivo,

tendrá que
afirmar .el i>ereehti' Nátur&J"·;,. .
«Se· __ ha· 1)1.'óci~m~do (ple_ él di~ofcio es_ Uil mal, meno_r~ . <;psa
ahSolutattlente fálsa, __ po~que
la ley divorcista n~ se re.duce_.&. 't~­
lerar o permitir ciertas conductas culpables., sino que disuClve
el

matrimonio, rompe
el vinculo matrimonial, y da Pafio ~ 'Otras
.

nupcias,
que , c.qnsid61'8 válidas..
»El ,divorcio.
no es _un mal menor:, sino :un mal_.may.or, básico,
fundamental, causante de

otr.os
mucho$ males, familiares

y
so·
ciales,
de todos los cuales- se h-aoe reo, el. Estad.;, o Parlamento
que legaliza el d_ivorc~o.»
Y monseñor Antonio Briva, obispo de A.storga y PresidenJe de la
Comisión Episcopal. de Relaciones Interconfesionales, ha expuesto, según
leemos en EL IMPARCJAL del

9 de
. marzo de-1980,
contrarrestando
al argumento de UCD de que un
matn"monio _roto -ya no ~umple sus
fines específic~:
« Ya he dicho otras veees que en el momento presente no me
parece ni
necetaria ni conveniente.la. introducción en·· España de
una

ley de
divorcio. Mientras los Gobiern-os y

algunos partidos
de la Europa democrática .piden ·un mayor rigor en el tra,to del
tema del
divorcio, lo ·van a _establecer en España. No·se pueden
Fundaci\363n Speiro

oorral' los ojos a loa estra~Os que· la · ley divoreista -ha Producido
en las -:naciones en qtie- está vigente. Esto es un hecho indiscu-­
. -tibie, sea cual fuere
la · ópticlJ. desde la qu'e se mire. · En España
pueden
'paliarse .. mucho& de os efectos de las rupturas matrimo­
·niales cOn
los cambiós de diversos artículos -d,~ · 1a legislación
sobre·
la. familia. Pero· 1a' introdneciOn· repentiná y· espontánea
del divorcio· será · na aceleración treDlffl'.lda a la 'degradación de
la vi'da familiar;· ·que está ya amenazada por múltiples peligros.
Me parece superficial

argumentar
qure, ante la perspectiva de

un
posible
divorcio, la juventud tendrá una m&yor inclinación a
sustituir-las relacióoes·amof'Osas'·libres po·í-·UD níatrimOnio légal.
En Francia, que llevan. mnehtis ·-años con leyes divorcistaS, el· ·añó
pasado fue el del índice menor de matrimonios contraídos legal­
'mente.
Ee un, hecho. La .ma:t.eria del 'matrimonio ·y la familia no
debe ser tratada con lig'.ereza, porque-de ella depende la salud
espiritual
de las persóna~' de la fainili8 y · de la sociedad.»
11. · ¿SERL\1 .¡\NUCONSTITUCIONAL._ EL -~l;ABI,EClMIBNTO DEL DIVORCIO AFBC­
TANTB A

LOS
MA.'J'RIMONIQ9 CANÓNICOS'l-
El __ Prt:1esor_ Gabriel García . Cantero, en una ientreyista . que le hizo
Carmen Riaza, de ·Europa_ Press,_ .apor;~ida en ·E,L PENSAMIENTO NA·
VARRO del 13 de ~nero d~ 1980,'.lo cree asf. ·
j..eemos'.·
«En los recientes acuetd~s firllládos entré Espafia y' 1a Sant.a
Se~-~ Contém})la ,el niatriD.lü-nio caiiónico Y, Por 10: tanto, indi­
SOluble-, quC · deber&· sér tenido ·eu·· eri~ta al leiislar · sobre las
causas de separitción.
»Aoerea
de
ello hemos
preguntádo al doctor1 Gabriel Ga,rcía
Canter-0,
Catedrático

y director del departamento de
Derecho Ci­
vil
de la Facultad· de Derecho de San Sebastián; de la Univer-­
sidad de Bilbao.
»-¿ 'De qué forma protegen los recientes acuerdos firmados
entre el Gobierno Español y la Santa Sede el Derecho y la exis-­
teneia en España

del matrimonio indisoluble aunque
se apro­
bara una ley de divorcio?»
Responde el profesor Gai-cfa Cantero:
760
« ... no dejo· de sorprenderme de que alguien se sorprenda
del hecho ·de que los acuerdos jurídicos con la Santa Sede vienen
Fundaci\363n Speiro

a proteger ·O tuteililr: le indi!t(jlubilida(i · nla:trintoniaI:· Me· :pregunto:
¿es •Q.oo podílli sei''de
otra ·mmeht'? Talú' ·ácuet'lfos Js'hín en la
línea· de-lo qUe, Con'Íeves y esp~l'Bd'iclls déMaci~i:J.eS;-·fui··sido una
constante de ·nuestra -legisla.cfün-''familia-r. Comó' alg({'_lógico y
normal, no

podía menos de
ser -esperado. · '
»-Dicho
lo anterior; es cierto que el artículo 96 de la Consti­
tución diSpólle -qu_,ei "los 'tratadOS ihtet.Iláeiónllles válidamente ce.,,
lehrados, :una :vez puhlicádos ófiCialmente' Cit ~ formarán
·parte·· del ordenaniiento interito. ·Sus dispOsición.eá:-· só-10 podrán
ser da-ogad,ts,: modificadas

o
suspenididas-en Iá' · norríiir prevista
en los proPiós tratados · o : de acueiido Cón las n-ormás' generales
deil Derecho· internacional".: Algo· ;&eme'janie'. -vienfi a· ·decir el ar­
tíeufo· 1.5 del· Código civil. Reslilia de ello que la· ·i~disOiuhilidad
del n:üÍtrim·onfo cariónico
ha-Venido a: Ser reforzada 'por un tra­
tado intertlacional, i8.tlfiéiul'O erí' las 'Cótres · Cciiieral'e!!. por la ma­
yoría de nueétros Partidos.»
~.:_ Resulk
d~/ello ~ne d. l~~siador ~~dÍnllrio no. podrá pro­
mulgar una
ley contraria

a la indisolubilidad
del matrl~nio ca­
nónico~
pues de haoerlo violaría un tratado internacional. En-­
tiendo, por mi parte, que introducir el divorcio para el matri-
·: ,, . .,: 'monio ·extlUSiV8.inerite civil setía ta.'nilii"éií cOntra un principio de
· ·-llue&tro :ordenftuiiento. ·No·'!!eña·-·P,rudente 1li"Ó(Jortuno, ·ni con­
forme al bien común, hacerlo
sin -ese gran· --debate aéel'ca 'de la
indisoluhilidad matrimonial que hasta aho-ra se bar hurtado a la
o-pinión -públi-ca. Me remito a fas ·discusionea en el Congreso y
en ·eJ Senado a propósito de lo que hoy es ,el -utículo 32. El
inv.estipdor ·que acuda a

las aetas
de las sesiones; en sede de
comisión o de pleno, quedará

auténticamente
defraudado, pues
· esa discusión abierta, quedó

·
soslayada. ¿ Se t,enía miedo a un
i:edhaw masivo del pueblo españ.ol a la Constitución si allí se
hubieran

deslindado bien las
posiciones de cada cual? ¿Había
temor a ·perder clienmla., electoral? Como nada

se ha
dicho de
los
térn:rlnos del "consenso", sólo podemos hacer conjeturas y a
los historiadores
se aplicará
indiseriminarlo.»
«-Una ley ciViil dé divorcio· qu~ se aplicará indiscrimina­
damente

a los
matrimO!llios callónicos atacaría la·

indisOluhilidad
que es nota
esencial de los mismos según el Codex 11.UV Cdno­
nici: fa sentencia de divorcio que· negará efectos civiles a un
matrimonio eanónico: violaría·

el
artfoulo ~ párrafo 1 de los
AcuerdOs Juríd'icos con' la Santa · Sede. Además. si pretendiera
761
Fundaci\363n Speiro

.afectar· a-lo~ ~~~º:8 _celebr~~ --~-de'._e,-µ, 4ipot-ética en~
tr_a,da '-~ , yig~~: ~tti,iim,a. in~eerv~a: de:_, la ~gla .,general de
Ír~tr9ictivi.dad-·Y supo~dria violaci~n -:de derecho& ;u:lqui?idos por
-aqu:ellas. _ pareja~ que Be casaron al a~par:o d,e la.· ley de indillO•
lubilidad.>
«_:. ~ :que :~-, .. ~~1:181 presión divorclsta::. «; el, , resultado
de la_ .~uaejón .de __ grqpo_s .ntj.l!Orit~os que en modo alguno re­
Pl'.~~-~ -a la ~y~tía 4e:l pueblo españ,ol •. Ta~poco ._ 11'.le parece
a~uado el métod,o, (le._ las encuestas __ die. opinión . so,hre :el tem~
p~ 'ea
/bi~ co~ci~ J~; ti,cnica ~·-~ip~ón_ a qQe suelen
.. sometel'1:l~~~EnJ:ieti'19_.qµe.si
el legislador.~ llegaffl); el.]nomento
. _ de . aband~-nar ei ·~in~ipio. ·~ Í'ndisol~Ú~dad matr~~ial, aun.
· que _sóio ~-Pllra el ~tri~on,i_o _cj~ -.~be ahrirse,:,:un gran
deba~ ~eio~aJ _ _.ep. -, el._· que se·:_p~r;8,n; :expoi;tier. e~.n ,a1'ioluta li•
herta-d las razones de todo t~p~_-~a fav9r .y_,e_n .oo,n_tra, :Y, sobre
todo, iel fracaso del divorcio en la experiencia extranjera. ¿No
_ parece ·insensato "~o~~,.·un tren" ,que, no eo~duee a ninguna ·.-párte?>
IIJ .. ¿UN MATRIMONIO DISOLUBLE Y,OTllO INDISOLUBL.B? O ¿~:.1'1ATRIMO­
:NIO :JND!'.SOLUBLE Y., UN __ .~ONCUB.INATO 1:,BOALJZADO: -O .TO~ CON
. CIEllTOS .E.Fm;rt>~?
Es sabido-que Amadeo_ . .-de-Fuenmayor,. ante el'-"divorciv'.que viene",
porque además de .-sociaUstas y -comunistas -lo quiere el Gobierno de
UCD, es decir, la-mayoría de· las- Cámaras legiskuivas, -ha solicitado que
se
.regulen
·:dos· ciares de matrimonio:· un:o indisoluble, en ;e/::que ,sin duda
deberla ,incluir,se· el can6nico, y otro' disoluble, 1que, ,:tal ;vez, -mejor de·
beriatnos llamar concubinato -,....como propuso:. Blas',·Piñar-.:..,'·.al faltar/e
la indisolubilidad ·.característica del matrimoriio:
"Dos CLASES DE MATRlMONIO", pone por título ABC del 9 de febre·
ro de 1980, a-la·carta firmada por Juan·A, .Sanleón, qúe dice así:
762
« ... Haoe ya tiempo que "engo leyendo las razones que en
pro ·y en contra deil divorcio se :vienen escribiendo;. querría yo
también
añadir-algo en,. la cpntr_oy~a.
»Los partidarios dd _d:i,:vorcio lo 'SOn.e_n n0:mhre de,-Ia liher~
tad. ¿De qué libertad.? .. Evidenrenwn;te, · de .la-propia.-_·, ,
»Me pa~ qoefflly un m~dio.di_rp¡spetar la .de_todo,&. Basta­
rí~ estah,eoor, ,dos _tipos Fundaci\363n Speiro

poral._ De este modo,, el q'1Je crea que.-no soc puede bacer una
elecci.ón para

toda
la vida. o . que es mejor. diejar: esa vía de
escape por si las cosas salen mal o que tienen una madurez tal
que la
posibilidad de sepa-ración no

resquebrajará_. la
estahilid'ad
de su matrimonio optaría p_or la unión temporal.
»El qu~ por el con~ario, pien8e;. que el amor es cosa de toda
la vida y
que no está de más poner dos albardas al .burro en
viaje
de tal importancia, o que es mejor quemar las naves de
una vez para evitar deserciones, se inclinaría por_ el matrimonio
indúroluble, ·
»Cuando
no se aoopta que alguien quien¡ :piµ:a._sí_ -q.n matri­
monio
indisoluble, ¿no será que,

en
,el fo_ndo,: se considera una
Bfrenta para el egoÍ-smo prop~o· el

que
dos : ~rsonas quieran
mantenerse

fieles durante toda la vida?»
Claro que, puestos a llamar matrimonio -al concubiriato, a medida
que el matrimonio
deja de
serlo
y va degenerando, podriamos hallar
muchos otros subtipos de tal. ''MATRIMONIO A LA CARTA';, titula Ignacio
Carrión
la cr6nica que envió desde San Francisco y , publiciJ --ABC át!l
22 de diciembre de 1979, y de la que recortamos:
«... En USA ,ei matrimonio_ se presenta como una espeicit: , ~
Cuatema,rio abocá'do a Ia' extinción. ~ 1~s año~ ~nla -~---~~
país vivían seis millones de pe"rsonas ,solas. Hoy, la cifra es de
veinticinco. Ya

la
tendencia es ascendente.
»¿Qué pasa?
La gente no quiere el ma~imonio t~ como se
le
ofreoo en el mercado.

Y aquí
IIO-do es un

mercado.
J,a gente
quiere

un I)Oeo
más de matiz'. Un matrimonio a la Ínedida del
ser

humano
Y nO un '!ter humano 8 la medida del matrimonio.
»Las famoea-s hablan

con
ese atractivo desenfadado, y cínico,
y el públioo escucha: "El medio más· seguro para sePir estando
solo

es
casa:r-se" {Gloria Sreinem). "Nunca, conoces del todo a
un hom.b_re hasta que te divorcias, de él" {Zsa Zsa ~_pr). uy o
sólo

me
he acostado con los hombres con los que me C(ISO. ¿Hay
muchas
mujeres

que puedan
decir lo mismo?'' (Liz Taylor).
»Incluso un tipo tan serio como 1es .. el economiMa y _pensador
Jo,hn Kenneth Galhraith dij'O haoe poco: "El momento· más feliz
en
la vida de cualquier persona es justo después del primer
div!orcio."
:»un prof.es,or
de Derecho de la Familia, la. señora Judith
Younger
(Universidad de Comell) propone una solución triple.
763
Fundaci\363n Speiro

O sea; -tres .categorí,s de: matrinionio. Los Hama así: matrimonio
a _prueP,a, matrimonio pol' egoísmo y matrimonio para los hijos-;»
«Las tieoría:s
de esta profesora es-tán siendo difundidas por
todo el país, sobré la· ha:se de que '"cuando hay tanta gente que
vive
en Wl tipo de relación no reconocido por la Ley, lo opor­
twlO ,es reformar ésta~'.»
«Los evolucionistas de la institución creen que para que ésta
sobreviva al azote de los nuevos tiempos debe renovarse de una
forma tspontánea, flexiible Y· realista. Aquí, el derecho al divorcio
no lo impugna 1&:·sociedad. Pero algunos sectores de ésta piden
qúe ·eJ_ matrimonio sea distinto y las obligacirones que se derivan
de él tengan otro · alcance. Lo que · todos consideran un escándalo
es que de cada dos matrimonios uno acabe- en divorcio, que es
la proporción a _qne . ya se ha llegado en USA.»
lY,. ~ MATRJMQNIO ANTE Pu.ATO~
Este fue el título de un artículo de Juan Luis Calleja, en tercera
plana de ABC del 25 de febrero de 1978. Y, realmente, planteado el
dtt"ordo,' qu"eda el autéÍr.tiCo matrimonio en iela de juicio. Pero, vale
lti''Peri'a releer algunos de sus piíÍ'raj-as principales:
764
«A mí me pareoo muy lógico que los partidos materialistas
usen la·s libertades y mecanismos democráticos para defender el
adulterio, el ·amancebamiento, el incesto-, el estupro, el divorcio,
el aborto y cllanto, de acuerdo con sus designios, derrengue la
••moral reaccionaria". ¿Qué nos creíamos? ¿Que ]as tácticas es­
critas
por ellos eran
teorías?
»Lo incon-grueDté, a inf juicio, es que católicoa que trajeron
la democracia: en nombre de la libertad y el pluralismo debili­
ten la

opinión
y cohíban el_ voto de los suyos explicándoles que
seria injusto imponer la indisolubilidad del matrimonio civil
a los que no creen en ella como

de
Dereoho Natural
Raro modo
de aprovechar
las· urnas' ~emocráticas. ¿ De modo que, cuando
el adulterio consigné la ·mayoría, -es la voluntad soberana del
pueblo; y,: si la logra la indisolubilidad, sérá · una injusticia im­
puesta? Poco a poro. Eso es jugar al ganapierde; · tal vez más
distraído, pero

tonto.»
Fundaci\363n Speiro

~ .•. parece .que en ·alguna& ocasiones históricas -io;-''intérpre,­
tes de 1-a Ley natural pasan las· deei&iones' al ttami.te dvil 90 pre­
texto de inoo-mpetenci.a. Algo así le :cayó · encinta ·a Pilillo, según
1'08 ETilllgelios. "¡Si lilnas al Nazareno no·-ere&! ami-go· 'del César!
¡QUJi,e:n. se hace rey contradice ,al, César! ¡ No teniamD!l rey, sino
César!",
gritaban los sumos sá.cerdote9.-Es· ·decir: · n-1 No seas justo,
sino cauteloso! · ¡Recuerda· ,e] Podet ··Y olvida la· 'Moral!". Pila­
to, asustado, se lavó las n:aaoos y legalizó-el' \asesinato eu nombre
de la prudencia política...
»Hoy, ,cuando nos· anuncian que a través· del voto d la Cons­
titución habremos de, juz.gar la indisolubilidad, nos · parece que
van

a
meternos en el pellejo de Pilato· para: que rompamos el
Matrimonio por prudencia humana, Y. no·s adela.ntamos a pre­
guntar: ¿ Qué pintamos nosotros en esto? ¿'Por qué rios traen
a ese inocente? ¿Qué
ha· dicho el Sanh'edrín? ·¿Qué los sumos
sacerdotes?
Enoonces, nos gritan desde :no- sé dónde:
-»----,¡ Si oo admitís el divorcio, no Sois· buenos amigos de la
democracia!
»Tengo'
amigos más' -sólidos· y queridos· que lv.· denioertleia, no
voy
a
negarlo; ·pero, y.it Que nos la han·: tta:ídol-' SOsteilgámosla sin
illcongrtten-cias. ¿ Cuándo- füe proscritó él Do del· Areópago? ¿Es
que hay una Asociación de Amigós '"ln'tiutos- de la Dehtoeracia
que sólo -dieren ·sí?·· ¿Por (jué· hemos der01::íen.decir 18.-Constitución
si implica flagelación y muerte del Matrimonio riatoral? ¿Por
qué no claman 1~ púlpitos, o los atriles o como se llame lo que
de. ellos queda?»
.« ••• Nosotros tampoco· hemos pe-did~-'jut,lgar el asú.ntó ni rios
gusta el papel ae Püato. NOS lo ittÍponeo.· sin ·guías; 'guías tan
necesarios
en la

materia, que el
Papa AléjBUclro m mando 'que
el Matrimonio no se deje a la ·consideración de cualquiera. Pues
bien: el proteico -Pilato que compondremos. millones-de votantes
será

un
'enOrme "mialquiera .. ·einpnjado a

entender
e.n Derecho
Natur~
sin capacidad alguua, pórque su

única·
intérprete es
la
lgle~ Encima,-eomo si alguien-temiese la victoria-de la in­
disolubilidad, nos· abandonan en el desconcierto y ·casi nos or­
denan la
prudencia política; porque

los · que
callan otorgan y
los qne hablan, ya .se sabe:
>-I Si la· indi-solubilidad: ·siguiera reinando, sería una impo­
sición injusta ·en -contradicción ·con la deinoctacia!
»~ CHi~-el grito.: de hace veinte .. siglos; "¡El que se haQe
rey contradice al César!". Podríamos ini:itar al Pilato .original:
765
Fundaci\363n Speiro

_abste1',~ón, jofaina, · t-oa:Ila -y · -disolución del ·reo. Pero lavarse las
manos
ante· el divorcio seria la horlái a la Ley Nat~al Y la sor·
dera ante:_ lOij avisos -de .su Autor~ Jesús con.testó a los fariseos
estudia,ndo el matrimonio-· en. sus--Ol'ígenes, a:nteriores a cualquier
discusión hutnana; · a todos·· 1os derechos romanos, canónicos y
. modernos,-y aun 111 la ley . hebraica. Como diioe Riociotti: "llamó
en ooiu.,u a :IJios mismo eft. .. cuant,o · creador del, gé~o· humano
e ~ del. matrinitiniio"; citando el Génesis I,27 y Il,24. La
conclusión fue la sentencia firme contra el divorcio: lo que
Dios
unió,_ no -lo separe el ,homh~e.
»Desde luegó, esas citas y. la Biblia entera importan. un rá­
bano a los .ateos, . a los: apóstatas. y a los de otras religiones. De
lo que
éstos ha-gan con su v-Oto, ·acaso ·pueda decirse '"al.iá ellos".
];>ero los que no

profesamos
otras religiones, Di. hemos apostatado,
ni
somos incrédulos, ¿no· te~mOS que dar testimonio de nuestra
Fe con ta·_pa-labra, el hecho y -el voto? ·Pregunto. Y lo ·pregunto
porque_ eso enseñaba,n: aquelfos &cermones.
>Parafra-seando la impertinencia de Pilato con· Nuestro Señor,
hoy podríamos in~epar así ·al matrimonfo: ·¿No sabes que tengo
potestad, de salvarte y poteetad de eruclficarte con mi voto? Y
el Matrimonio
,podría responderos igua'l que Jesús: "No ten­
dría, nin,g,,na potes,a4 eontro" mi si no te hub.iese sixw dada de
lo abo: -por esw, quien ,ne __ ha entregado a ti tiene mayor pe­
cado".»
Sin embargo, a la vista del orden de las cosas, de la ·ley natural, del
4erecho ,natµra~ reqlistt:,, e( fallo

no puede
sino ser favorable al matri­
monio y condenatorio del divorcio. Leamos,·
al respecto, lo que en ABC
del 20 de diciembre de 1979, escribe José Luis Tafur ·con el título "DI­
VORCIO sf, DIVORCIO NO".
766
«·El matrimonio es, po·r ley· natural, el cau-ee necesario para
la
continuación de la vida humana, no limitada: a generar nue­
vos serea, sino .destinada·· a ·ampararlos eon una patem,i,dad cons­
ciente
y responsable, en -ese camino que . va desde la c.oneepción
huta su completo desarrollo, continuado con "las nuevas fami­
lias de ·sus hijos.
>El niño nace en un gran desamparo inicial, necesirtado de
alimettto ñ&ico y no menos ·de manos amorosas y -cálido afecto
de la madre, bajo la protección del amor fuerte del padre. El
desarrollo de

los
seJiltidos.; · de la mente, del corazón, constituye
un
extenso periodo,

a
duo la familia y la escuela oon una fuerte
Fundaci\363n Speiro

·intei11cción eÍltée · padres e . hijOS (Ju~ . erinqtie,ce la vida -familiar
ctm- nuevos-' jugos; necesáriOS · para ,: hi fo.rmaci6n de los hijos y
la maduración de 1 .. ~padre..
»A ·la par· deJ-.. ·118.eiinied:o _fúieo· se·'inicia generalmente la
vida del espíritu con el bautisn:to~ las ·primeras·· oráciones, etc.
Las -primeras

lágrimas,
el deseú:brimiOOto del ''yo" en

la
infan.
cia; el "tú" y ""d. ·otro", en " pués.. · La coitviVencia con los --hernianOS· rilayÓres y compañero~
el respeto a los padres ~a los maestro,5 ... , O:_ Itis ,c,oSas arjenas. Todo
mi mundo prolijo par& fraguar un homhré O un-a mujer, pe:r­
tréehados por la verdad y· eil amor ál bien, .atraídos por la belleza
y
apeccibidos "para desecha-r ·el mal_ y ·arrepentirse de

la
debili­
dad y del peeádo. ¡ Gran -misión de. los ·p&dres!
»¿Podría subvenir a este largo andar, la simple pareja, origi­
nada primariamente por la satisfacción de dos egoísmos, sin la
abnegación del anior-?·,,¿Podría dar amor, S8erifi.car.Be; sin. el
háh-itó de , la generosidad y' la -segnri~d die· un amor ~a si_em­
p~ -de ·un .cc:i"mi)romiso hasta la ·mu'ei'te? ¿Merecerían-el amor
de· los· hijos y J)Odríatl sembr'ár eir. elfos esas virtudes de la fi.
delidad, del sentido del deber, de la donación die la vida como
servicio;
quien.es. no se arriesgar-on a dar la &uyai? Y .e.e que el
matrimonio,
.indisoluble por :lie.y natural, es también camino de
plenitud
Y súpenlción.>-
«Un ·1:ercer ~tadío· collttB-el di'vorci-o es· SU Ift"oyecCión 8Miill,
El peligro no reside tan ·sólo en··1a ley. sino en el cl.imli. Este e:s
:mucho' más ·grave· que' aquélla', al ·cónvertir ~á. ley en la legali­
:ráéión de · rm m,dl · S"ocúit, edm~ · ~a Ja del' ·hurto o la droga
si ambos 8e despenidi.zar~D-El clivorcib genera 'divotcio. El que
no fue capaz
de consolidar y triunfar en su matrimonio, n-o tiene
gÍl$nrías -de aeertar en el sigui-eti- · El -77 por ·rno ·w:, los': que
se divorcian se vuelven a divorciar. ¿Es justo y serio dar una
ley
para resolver casos pato-lógicos o permitir la injusticia

y
el
abari.do,no· ·del
cónyuge inocente-·y de' los hijos?
»La infidelidad es un rilal social.- El in,cumplimiento de la
·palabra y del compromiso-libremente ·adquirid'O-o aceptado, de­
grada al hombre, pero· también -a la -sociedad. La "sepa.ración",
en las incompatibilidades

de
·caráel'er, puede -ser cauce Suficiente
para la paz en situaciones ilimite o paÍ-.Ológicas.. El "reihacer l·a
vida" acudiendo
al divorcio puede trivializar los motivos de
desavenencia, cuando no

la ·
expfotació"i1 die la pasión, que hace
buscar la

ruptura
para: llegar a· un ·

nuevo
matrimonio·. -¿ O es que
767
Fundaci\363n Speiro

nq_ .4e ~n._ ca~.- así; con_ luµ-ta _f~~ia?_ ¿A quiétLhay que
prot.;,ger .más: al: que ¡m.edie sef .:v,íc;tim.a. -o _al -qne_:la. Cf.U8Ó?
>El di~ do aoeptaciÓ.n qtl,~ ,-mlf.claas negli.gen,ctas . y frivoli­
_dades han, ~trj,buido._ a-formar. ti_ene. un_.~f-ecto m,tltiplicadol'.
V~ ley 'Presnn~~--"~-~ora" dtt _situ11-cione5· anormales,
depe · llev~ _, --'*~"~ . una clara y ~peclfica ley _de protección
·faÓ:tlliar, -~ .~rdt'n_ a:··!',11-·estabilidad..))e-,Io contrtU'io,_ la familia
y !loa· ooúyllges ~ ·v:en_._doblemer;ite ~esamp$rad _div~r~0: y ~r: la fal_ta. de ambieo.te: sociad reieto •. Los . matrimo­
nios
c~nstituido~. _baJo. el , horizon,te de , &U posible-cancelación
~areeerán de raíoes y

de
fuerz.~,.-_en.. muchos casos, _para sobre-­
ponerse
_a

las
inev-itahlee prue~._de la_convivencia

y
a las te-n-­
tacíon-es d:e ~ .~6~, Los:_:bij~_ .y. la ~e4a,d. pagarán ias con­
secuencias.»
Desde .. las. mismas-Jifas 4f!; __ UCD . se levqntan vqces5 llll:-vez· ingenuas.
protes~ando, coma-_.la ¡de! _t/Jput(ldo
:IH?r. __ Ci,id!;ld -Rodrig();, .Manuel Díaz­
Pinies Muñ~ que escril,i6. en .Al!~ del 19 de cx;tubre .¡Je 1979 el ar­
ticulo "DIV,ORCIO, _LIBERT~ y ~Q.CRACIA .. , del qu~ recorta,nos:
«.: .. -lfl,.,indisolubilidad· es:-,conna-tural-·:al01.matrimonio,-precisa­
mente -_en ,atención ··,11 ese bien, --coDl~ .en-,cuanto _que.no es algo
meramente privado, sino que es ':una,,~·-social. Bueno
eería rneordar -cómo un jurista laico, pa_dre de la ley españoda
de .1870,: Mimterv. llíQ:it, :al ~n_s11grar ,:14-~rizaci,ón del ma­
trimoiu·~~. i'.econociá,. qÚe "tá_:~~ es, por $~_ ~e:a.
perpetuo é Indisoluble" y qu~ -~ k perpetuidad Ó indisolu.­
bilidad .. del vínculo matrimoniai.: .des~a como sobr~ base ,w.
--¡;, . ,n,wali,ktd
y refiriéndose _al .PRQYBC_l'O, ,'GA'VERO, . ttn ·-~~rtl$__ Sf!YOS.-dice:
7.68
4;El en-o:t más lamen.table de este ·proy4;'Cto queda.;: indicado
en su preámbulo: ~a desaµ-aH,zación. del matrimoni9 . es ui:t im·
perativo constitucional". ¡ Qué bien campea _l1;1 unicidad en todo
autoritarismo_! Después

de·
__ señalar_ que.respeta la-. disciplina

de
la l~esia "S;Ohre la indisolubilidad, "se .carga.. el nuttri~onio ca­
nónico
al mandar que todo matri111Ónio podrá someterse a di­
vor-cío.
Aparte de que el artfoulo 32 de la Constl!Dci-ón habla
de plural.idail de formas y que el proyecto reduce el :~trimonio
canónico 11 una mera "íormalidad" ,registral, me p~g_unto qué
auténtico demócratil. pued~ ne-_gar
el derecl.10 de -UD~:-,pareja a
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contra~ --religiosa, o cfvilmente, .. -·matrimonio -"para Siempre".
Se me dirá:. "¡Si el divot'cio es-libre! ¡Que no acudan a él!"
Y es que _algunos no entienden que haya -quienes pongan la in­
disolubilidoJ. no _en los efectos O al-_ final de su s-ingdadura, sino
como nota esencial, omis~ :Y Quieran que su "contrato"
nazca

indisoluble.
Si la: deQJ.oemcia ha de respetar fas minorías,
respetemos a quienes así piensll:Jl, como yo respeto -aunque no
lo comparta- el que .otros, _¿,mayp~ía?, aeu_dan a, una unión di­
soilnhle.»
Y recordó el hecho de que:
« ... nueatro pret1idente Suáréz, cn visperas del referéndum
de la Cons:titueió, señalase en TVE que nuestra. Carta Magna
no era divorcista,. Si al pedir el sí a la Constita.ción negaba su
divorcismo
jpoil" algo sería ... !· ¿Cómo iba ahora· UCD ·a cargar
unH:a,teralmente con -:el-peso de una iníciativ-a legal divorcista?>
V, EL DIVORCIO EN EL BANQUILLO.
Realmente más que- el matrimonio-es·· el divorcio al que los hechos
ponen, cada
vez

más, en tela· de
ju-icio.".· Veamos, m efecto, lo que en su
artículo "DIVORCIO SIN FUTURO" dice el Cátedrático -de Derecho civil
Gabriel, García Cantero, en ABC del 5 ·:de dicielnbre de J-979:
«Imaginemos. que ·--no obstante '\la -seria advertencia de la
Conferencia Episeopat,·= ·y la repulsa en mil formas manifestada
de una parre importante del pueblo es-pañol- sale :ad.el.ante el
proyreeto de
UCD y se convierte en ley el, supuestamente; di­
vorcio ''moderado'.' o-"civilizado'" del partido gobernament.al.
El especialista eo Derecho de Familia no puede-contentarse eon
explicaciones más o menos :eoywiturales, de can a la galería, y
está
legit:ima'do-para interrogar-se: de$pués de. divorcio, ¿qué?,
¿-a dónde se encamina la nave del Ir.u familiae?
>Quede bioo claro que no cuestiono los efectos inmediatos
de
tal ley: incremento previsible de

hijos ilegítimos,
necesidad
de prest-81," -asisfencia ·á' nuevos marginados Oas· víctimas del di­
vorcio), potenciación .de institb.clones como el llamado '~léfono
de la · ~eranza•• (pues aumenta en _fleeha · el índice. de suici­
dios)·. etc. Me planlieo: má& bien: el nimbo· previsible que va a
tODlftr nuestra legislación familiar, dado que .. Wl legisla.dor pru-
769
Fundaci\363n Speiro

770
dente debe esw .atento a loa derroteros futni'os que, debido a la
introducción
del divorcio, puede adoptar esa parte tan impor-­
tante del ordenamiento jurídico como es la regulación del ma­
trimonio
-y · de ila familia. Cautelas más necesarius · cuando un
precepto constitucional, -como el artículo

39.1,
obliga a
los po­
deres
públicos a proteger jurídicamente a

la familia.
»Ante la falta de preeedenres en nllestro propio Derecho -con
razón
ha sido calificado el di'vorcio dé "institución desconoci­
da"-,
no hay más remedio que acudir a '1a a,yuda del Derecho
comparado. Resulta esclarecedor,
a estos efectos, la lectura· de
las Pioneneias presentadas a las vm Jornadas de Estndio'S Jurí­
dicos Jean Dabin, organizadas por la Universidad-de Lovaina
en 1976, _ que . acaban de publicarse ·en un denso volumen que
no

tiene
desperdicio.-A la vista de las últimas reformas reali­
zadas en- el mundo occidental, parece evidente que el divorcio
carece hoy
·de futuro
como instrumento técnico que sirva de re­
medio
a las-crisis-eonyuga-1es; de simple medio, all8piciado por
movimientos extremistas de distinta índole, ha pasado a con­
vertirse
en fin en s-í mismo, arrastrado· por un indefinido pro­
cet,o de "liberalización' cuyd meta finld no se vislumbra. La'S
experiencias nortteameri~nas o nórdicas mu~tran hasta la sa­
ciedad

que
,detrás de"un divorcio así coneebidn, no queda nada;
mejor dicho, sí, uq _cuerpo· M -alma, la shad.ow imt.itulion, --el
matrimonio de hecho, o, si se prefiiere, en román paladino, el
concubinato. Bntgués por su origen, se presenta como uná i-ns­
titueión que eonsag¡ra el más atroz individualismo al sublimar
jurídicamente ei1 droit au btmJieur; el div~io _no tendrá nada
que hacer en una. civilizaeió_n basada en la idea -de solidaridad
y de, comunidad.
»Oigamos

a los participantes en dichas Jornadas:
»M. A. Glendo, profesor en'" la Universidad· de Boston, des­
pués
de· constatar que el lllllllado sistema O"bjetivo se ha gen'e­
ralizado en USA, afirma que el divorcio por voluntad u111ilateml
est un fai,t accompli, dado que el ,cónyuge que d'e&ea romper
su vínculo, sabrá encontrar.· el procedimiento, "po:r las buenas
o

por las malas",
de que eil otro acceda a

ello.
Rcci.entes esta­
dístieas ensefian
que en l}o9 EstadM Unidos, entre 1960 y 1970,
el número
de pareja& living together se ha multiplicado 700 por
100. Nada extraña la concl.mión del mismo autor: La desorgani­
zacMn de la familia •• ..,¡.,,de por doquier, estamos afecto,l,os
por una enfermedad que se llama ••al,Ü!Jnt'tdón", y nuestro único
val;or común es el. hedoni.mio.
Fundaci\363n Speiro

»Mgo similar expone el profesor · Sundberg;· ·de 1a: Universi,.
dad de Stoekho!m: El d,erecho de fami/;a en lw pais,es rwrdkos
se encuentra a,ctua/,ment,e sumergi.do en, e/. desorden, y a/, haber
perdido .m, antiguos -de referencia, no ,,,, mbido -
trar otros. ¿Extra.fiará que de 1966 a 1972 el número de matri­
monios se haya -reducido casi en la mitad, pasando de 61.000 a
38.000? ¿Podrá
alguien sorprenderse de que Suecia haya alca,n­
zado d. récord de divorcios en .todo el mundo al superar -el 60
por
100 de matrimonios en 1977?
»Creo yo que vale la pena· reflexionar, pensando en las
g,eneraciiolies venideras, si es prudente embarcarse en una re­
forma
tan drástica de nuestro derecho mairimonia4 oomo la
anUDCi.ada, cuando no hay modelos válidos que pueden servir,.
nos de referencia; cuando parece demostrado convincentem·ente
que
el inundo oocidienta!l, después de nn pr-oc.esO sec.uhu:izador
de iJ.a
familia

que
iniciara la Revolución Francesa y culminara
en la Revolución

de
Octubre, se

confiesa impotente para con­
ducir a buen puerto la navecilla familiar, y no tiene otro ideal
que ofrecer que una mediocre neutraJ.idad; neutralidad que no
resulta
tal, sino puro vaiVén a cómpás de la "ideó.logÍa· del par­
tido en eil poder.
»Paradójicamente, en los países soci:aHstas se ofre·ce resisten­
cia a e&te FOOeso:-dis9'egadot"; ·1-0 q.;,e té~ulta ·¡áeil de compro­
bar si Se ohsena qu.'e en sus Constituciones se declara solemne­
mente que "'la familia ce la eélu:la hase de ia. sociedad" -cosa
que
hubo ver~ de inscribir en la nuestra-, y por ello 'el
concubinato . no encuentra resquicio legal para obtener un reco­
nocimiento, al menos como "~monio de segunda, división".
»Si
la tradicionOO. estabilidad de la familia española ha sido
nn fruto del reeonoe;imiento de

la
indisolo:hilidad matrimonial
como un valor

tutelado
por eJ -ordenamiento jurídico,

¿no
~erá
imprudente,
y

hasta
temerario, prescindir radicalmente de

la
misma,
d:e 11a noche a la mañana?»
Tamblén en ABC el 17 de e·new del mismo ·año, Luis Riesgo Mén~
guez
y Carmen Pablo de Riesgo, con. el titulo ''CIFRAS QUE DAN QUE
PENSAR"' advertían:
« ... Nos preocupa el divor-cio porque .-aun cuando en algún
caso

puede
llevar la

felicidad a
dietetminados cónyuges---des­
truye definitivamente e}. ho·gaf','
privando ·a millonefi de niños,
y.a sin remedio, de ese padre o esa madre que tanto necesitan
771
Fundaci\363n Speiro

y que les abandonan ;no ya para separarse -'---Cuando 'la separa­
ción se hace inevitable para evitar· males mayores-, sino para
cone-tituir
una nueva familia en la que los· hijos del anterior
matrimonio
serán ya

unos
extraños. Pero vay.omos a las cifras:
una
encuesta realizada por

Odette
Philipon sobre jóvenes de,.
lineuentes
de veinticinco países dio oom-o resultado que de
18.376 mucliacho, d"1ineuentes, 15.045 -el 81,88 por 100-pm­
cedían de familias anómalas. Y en iJ:86 familias de criminales
jóvenes se han detteetad:o quince veces

más divorcios que en la
población en general.
>"l"""""ga,,iones .,. lo• tribWUiles de ,Jelincuern,ia juvenil
--escribe elJ. sociólogo R. Proske---revfian. que aproxi.madamente
el 95 por 10// de esos niiítx, pro,,i.,,... de famD!ias destruidas,
No de1ten, hogar, o no ti,emen, patkes, O nacieron fuera. del ma­
trimon,io, o wn hij0$ de matrimonúM div » Y e.ampo tan ahoudo para la -delincuencia juvenil sigue
agrandándose
a mooida que aumenta el número de hogares des,.
trnidos: en Francia, uno de cada cinco matrimonios acaba en
divorcio;
·en Rusia, uno de cada tres; en Estados Unidos, uno
de ea.da dos; en Sueci-a, dos de cada tres ... Son ciims que dan
que
penaar.»
Y el 2 de diciembr.e de 1978; en el mismo diario, .Alejandro Cor­
niero respondió así a la pregunta ¿LEGALIZAR EL DIVORCIO?:
772 «l.
Tal legalización parece in.justa por suponer un soda·pado
apoyo

a
los mis fuertes (fos padres) frent:e a los más débiles
('los hijos), cuya frustración les suel-e condneir hasta la delin­
, cuencia,, i.oolnso. Más de un millón son los menores procesados
anualmente

por
delitos comunes en

USA, y de ellos
-nos ilmtra
el Un;:/onn Crime Repor,. de Washington~ los hijos de di-­
cía~ son más dei 80 por 100.>
. .
« ... el doctor Kenneth Johson nos diee que "el choque emo-.
tivo

que
sufren los hij-os de quienes vuelven a casarse es más
violento qne el físico producido por [a polliomielitis" ("Le dos­
sier des enfants du divorée". Ed. DelaiS. P-arís, 1967).»
«2. Tal legalización parece rmtidemocrática, pues lo es to·do
privilegio 'C'Onc.edido
a los menos y má& poderosos frente a los
que 'SOn más pero más débiles. El número de padres con posi­
hill.idades eoonómicas de acudir a los Trihunal'e8 de

divorcio
es
menor que
el de loa hijo~ 'privados de esa J.)Osibilidad. ¿Es
así o no?
Fundaci\363n Speiro

»3. Tal legalización es· dasisla, "elitista" y antipopular, pues
¿ dónde enoontramos e-l clamor

pro
divorcio? ¿ Quizá entre las
&ases campesinas
y

los
trabajadores urbanos? ¿ O más bien entre
los "f-am080ls" y adinerados personajes que llenan 1'86 revistas
de
peiluqueria con

las
múltiples historias de

sus
"liberaciones"?
»4. Tal legalización no sólo es socialmente dañosa, sino in,.
útil~ porque ni siquiera remedia lo que en teo-ría tiende a re­
mediar:· las -crisis conyugal'e'S. ¿Aumentan o disminuyen éstas
tras la

implantación del
divordo? Quienes se equ.ivocaro,n (¿y
cómo

no
equivocarse si muchas veces la boda no es más que el
eorolario
de un episodio inconsistente y pasional?) parece que
después de
deshacer su error eon otra boda debieran ser felices
para siempre; ¿no? Bien~ El Demogrmphic. Yearbook, de Nueva
York,
viene a

informarnos de que el
número de

divorcios au­
menta de -día e-n día: en 1954
se- autorizaron en

Estados Unidos
379..()00; '611 1916 la cifra del millón había quedado ya holgada­
mente rebasada;
y en Suecia del 13 por 100 en 1900 :Se fue lle­
gando

hasta
el 51

por 100 en 1974. Lógico: la posibilidad
siem­
pre incita: y

la
mentalidad -consumista induce

no a
intentar
arreglar la cosa
estropeada, sino a tirarla para adquirir otra.
Por
otra parte, quienes prefieren "rehacer su vida" a saerifi.
carse

por
811'8 hijos -que aceptarán una separación entre sus
padres,
mas no
la sustitución
en .el hogar de

un
padre o una
madre auténticos por una persona advenediza- ,suelen tomarle
el gusto al eambio, como hemos dicho antes ... , y como nos lo
confirma el Neewsweek, donde leemos que en USA la tercera
parte

de los divorciados que
se casan vuelven

a
divorciMse, y
de cada 200 divorciados por segunda vetr,, ~60 reinciden en un
nuevo matrimonio. Sí: los
especialistas en
el tema
saben sobra­
damente que "divorcio en~dra divorcio". Como decía el cas­
tizo: '"En comer y rascar, t-odo es empezar".
»5. Tal

legalización
es., sobre dañosa, antisocial,, por atenta·
toria al bien común. Evidente es que a mayor inestabilidad fa­
miliar,
mayor

inestabilidad
eoeia,l, y viceversa_. Los dwtos esta­
dísticos
de todos los países muestran Ullla 1correlación inexorable
entre la progresión de divorcios (insistamos: no de separaciones,
sino

de posibilidad
de nuevo casamiento) y el aumento de tras-­
tornos menbldes, consumo de drogas, atracos, suicidios y pros­
titución. ¿Por qué? Po~que los hijos de divorciados, en trance
vital de frustración, sl)ll un fermento de ine-stahiHdad social.»
«El Derecho comparado
.

muestra que donde un buen día se
773
Fundaci\363n Speiro

abrió la mano -cautamente para resolver C8803 extraordinarios.
hoy

se ha
llegado ya prácticamente al divorcio poi' _mero capri­
cho. Y es que eso p~ pu,ede dejarse abierta o ~ pero
si se deja enlreabierta. ~ se abre del todo, porque --como
ya dijera Au.gu91:o &seo en 1908-no exiete en .el mundo fo.
nómeno demográfico de más fuerza expansiva.
».Entonces, ¿·cómo-se explica que-algo tan dafiino se entro­
nice tan alegrem.ent:e? Cierto; el hecho es paradójieo. Leamos
a M:azzinghi en su Derecho de f gina 100): "Es muy_ curioso que cuando el Der~cho social acaba
de cobrar
-tan especial significado, se aeepte eon tanta facilidad
algo como
el divorcio, exponente del individualismo decimonó­
nico más crudo".
»Sin embargo, la explfoación es clara: la sagaz manipulación,
achlando -como :Siempre-sobre la inercia, eil papanatismo y
la ignorancia. Y
entre s,us raíces yo

elegiría, como
las más
su­
tiles,
dos:
~ No todos los divor-cistas son frustrados-resentidos, pero
sí todos los frustrados-resentidos son divorcístas; y actúan. Detrás
de personajes como éstos se esconden casi siempre fracasos per­
sorwles, Véanse aigunos conocidos nombres. ¿A que sí?
>b) ,La h3:talla del divo:tcio es s61.o una primera maniobra
en
la guerra -contra la familia. Oigamos a la conocida líder di­
vorcista Lidia
Fia1e6n en
un
an-anque de
sinceridad.
"De mo­
mento hemos

de luchar por
el div~rcio. Cuando fo 'CoÍtsigamos
iremos

·a
eliminar la institución matrimonial' (Revista Triunfo,
24
de abril de 1971.)>
También la secci6n de-CARTAS AL DJRECI'OR venia recqgiendo im­
portantes argumentos. A.si, el dia 27 de septiembre hqllamos las $íguientes:
774
"No A PuBLitJS", de .Alejandro Corniero, qu_e dice:
«La reciente defensa del divorcio firmada en A.BC por PlJ ..
BLIUS parece revelfl" sn sorprendente desconocimieni:o.
:»iPCJBLIUS parece ino saber" Que
en ninguiiia,-nación se ha
autorizado nunca el divorcio por mutu·o ·eonáenso, al hallarse
reconocida

por todos los
legis'ladores ·

su
condición de cáncer
social,
operativo contra el interés de 4os hijo e y dé la sociedad;
puesto
que es factor contribuyente -a. t·a pro'1iferación de las
drogas,
los deseqniJ.ml'io& mentále&, la delincuencia y la pros­
titución.
>Ni tampoco que, por tal motivo, . la legalización de aquél en
Fundaci\363n Speiro

cada país se inició tan sólo como autorización excepcionaft de
un
hipotético
remedio -mál nieQ.ór-de -crisis conyugales; ex­
cepción que luego se ha ido ampliando hasta permitir, de hecho,
el divo-rcio-capricho, irremediabl-emente; pues "no hay fenómeno
demográfico con
más fuerza e2tpan&iva" {Augusto Bosco) y en
su contemplación jurídica "la _puerta puede abrirse o

dejarse
cerra~ pero es ilusorio preteru:ler . dejada entreabierta" (Henri
Battifol).
»N4 tampoco, que leguli¡za,r el divorcio no remedia .las ,erisis
conyugales, puesto que ---lhabla la Estadística- la mayoría

de
quienes
se descasan para casarse nuevamente s-uelen repetir la
jugada.
>Ni, tampoco, que l}o que defiende, por 9el' antisocial es - anti­
cuado
y paradójico; pues, como resalta Mazzinghi: ,~hoy, cuan•
do el !81Cento social parace revestir un especlaq siPfieado, se
está
legalizando algo que, como.-el .divorcio, es exponente del
individualismo decimonónico más 'C);':D.do."
»Ni, tampoco, que
la auténtiica Iglesia poscondlia·r (a cuya
voz apela) no está representada por quienes ·-se penn.iten j,ac­
tanci0$8.mente discrepar
-en este tema-del div,orcio y . otros-de
Juan Pablo 11, sino por éste.
>Y, por último,

PUBLIUS no
parece, tampoco, saber que de­
fender el divorcio -equiva'le -q:U:iérase o no-a formar en las
filas de quienes [uclum por la abo1ición del

matrim_onio y
de la
propia sociedad; pneit en ia-188 "frias figuran todos qirlenes ahogan
porque
la
l_ibertad pueda Usarse para satisfacer el

egoísmo,
le­
gitinmndo éste con autorizaciones legales. o· sea:
»Quienes claman
por 4a muerte legal. de las criaturas ino!()Ol'­
tu:namente concebidas
o de los an'eianos aehacosoa o .de los eo­
fennos incurables.
»Quienes Y'ft tienen confesado que "para-acabar con el me,.
trimonio, el primer paso és · 1udi. por la legalización dell divor­
cio" (Lidia Falcón,
eonacida !líder "feminista", en la revim
Triunfo, mímero 24 de abnl de 1971).
>Quienes ven eon _ bu_enoe ojos !a sustitución del matrimonio
"por otras: fon:Ítas diferente&, como la pollaudria, ciertas formas
de im::esto, intercambio ·de esposas, cohabitación en común ... "
(Aldebarán, en aquel número).>
"'POSICIÓN DE UN MIEMBRO DB Puet.ms". de Juan Pablo -de Villanue-va,
del que transcribimos:
775
Fundaci\363n Speiro

blieó en ABC,-·el vierneEl"pasádo,--un:\lU1:ÍelÍl:o sobre la· introduc­
ción del divor'CÍ.0 en·-la iegislaición · espa.'ñola con el que· Do estoy
de acuerdo-.>
«La lisa y llana ·introdncclón del divorcio sobre cualquier
matrimonio-, que, propo.gna,-~e- parece ~e no respeta la libertad
de ·a:quellas parejas qúe_ quieran casane en matriin.Onio indiso­
luble civilmente. Me consta que existen españoles -no entro
a vaiorar su número ~e lo que propugno es ·ei respeto -a las
minorías

-
que· siguen conternplandO "el vinculo matrimo-nia!I. poco
menos que -cómo n':n candado de cierre irreversible cuya llave
se arroja al -fondo del mar", por seguir la irónica expreeión_ de,l
articulo de PUBLIUS. Y pienso ·que estos ciudadanos tienen de­
recho
'B que -el Estado, aun:que introduzca el divorcio, siga tute­
iando·
esta forma de entender ·e!l matrimonio. No se trata, por
tanto, de qne estos señores impongan a los demás sus propies
convicciones, sino de · que los demás se fas respeten a ellos.»
""LEY CON TRASFOND recortamos:
776
«Ir al matrimonio con la idea del posible divorcio en los in­
dividuoe es .como-llevar nn frasco de n-itro~icerina en eil bdlsillo,
que puede explotar en cmdquier momento. Yo nunca me casaré
con una mujer que admita el divorcio.
» Y después de celebmdo el matrimonio, la conciencia de in­
disolubilidad contribuye ~ acrisolar el amor, y_ a superar las di,.
ficultades y sufrimientos Que él tiempo va presentando. El amor
deja entonces de ser atrac.ción sensihlle o sentiment.al únicamente,
y el iudividno: encuentra en la decisión de su voluntad de 9er
fiell a ese amor y de entregarse al bien del otro, su propia
recompensa.
»Pero, ¿ qué pasa en los casos límite, cuando la indisolubi­
lidad del

matrimonio- parece
una institución inhumana? OcmTe
algo a-sí ,como .cuando un soldado-debe jugan1e la, vida -y mo­
rir--por defender el bien nacional del que no podrá gozar.
Como dice
Thihon, si
no hay moti.vos
váli~os de
anulación
(fo.
cura de uno de los cónyuges, falta de consentimiento, ete.), esos
individuos· merecen toda· la_-comprensión. posible, pero no se pue­
den
hacer
ex,c-epciones,-pues de excepción ._ en excepción se de&­
truye
la regla que es pared maestra dell edificio social. La
puerta de la ·indisolubilidadi está ahí, aguantando firme, deíen-
Fundaci\363n Speiro

.di.en.do el-bien común y 1a eoeiedad; si se le quitan los cerrojos
y se abre una pequeña rendija, caerá desenclljáda ante el im­
pulso
de les pasiones y d~ ios intereses personales. ¿Condena la
tt0ciedad ----Obrando así.

en·
defen:sa de un b_ien general-a

esos
individuos a la infelicidad?_ No; la e~pacidad. de ser felices no
queda agostada.
Atµique na~e niegue

que
superar esos condi­
cionantes

negativos pueda ser
costoso.»
"EL DIVORCIO NO ES DEMOCRACIA",' de Carmen Calvo Alonso. que
op1"'ng:
«Ante este bombardeo de información divorcista, invariable­
mente me hago dos preguntas:
¿Por qué
el divorcio? ¿Es sinó­
nimo
de democracia? Por mis conodmientos d'e· lo que nn Es-
181do democrático significa he llegado a la conclusión de que
no es
Binón.imo de democracia, sino pasión de algunos de "nues­
tros

demócratas". Si una
eaneterística de los gobiernos democrá­
ticos_
es conseguir un .equilibrio entre el Poder _gubernamental y
las aspiraciones ciudadana!¾ no es posible 411:C sea el divottio
el que venga a establecer este equilibrio, por ser en sí mismo
desequilibr:ador.
»iDe todos es conocido la necesidad de este equilibrio para
que
una, sociedad funcione! Por ello la eolución no será implan­
tar
el divorcio, sino proteger, de verdad, a la familia-.>
Y "UN PROBLEMA ARTIFICIAL". de Rafael Alvarez Cenamor, que es~
cribe:
«En estos últimos días estamos asistiendo a una campaña so­
lapada en

·favor del
divOl'cio. El' PSOE presenta una ley

sobre
csl!a materia, que es rechazada; ell ministro sefior Cavero alude
a que · hay que cumplir la COn&titución con una ley que señale
las causas
de sepanwión matrimonial; aunque, -por otra parte, y
en
vísperas de elecciones, el actual presidente del Gobierno nos
aseguró fonna!l.mente que 1111 Con9titución no

era divorcista ...
»¿Por qué

esta
campaña? ¿Nuestros políticos

están tan faltos
de problemas pará-· crearse uno artificial con el divorcio? La
seguridad ·ciudadana,
1a delincuencia juvenil, e'l .paro

obrero, la
situación cada vez peor de la
economía, las relaciones laho-ra-
· 11es, etc.
-y todos pódemos incluir muchos nombres en

este
et·
cétera-, son problemas acuciantes, graves y de · inmediata reper­
cusión

en
todos los
ciuda·danos. Y,
sin embargo,
nuestra clase
777
Fundaci\363n Speiro

política hace poco o nada-para resolverlos. ¿ Quizá porque sean
muy difíciles?
)-En cambio, el divoreio~ ·que atafíe a un porcentaje mínimo
de españolles, se pone en· candelero ·1JDa y. otra vez. Desde luego,
es más -8elicillo hacer una ley sobre e4 divoreio y discutirla en
el
Parlamento que acabar con el paro o la deiineueDcia juvenil.
¿Pero no habrá otras razones? Para: el marxismo es un objetivo
ciar~ La familia es el núeleo originario que transmite tra­
diciones y modos de entender 1a vida que no son marxistas.
Acabar eon ita famili, ta enseñanza libre, etc"" es algo siempre
vivo
en cualquier :marxista.
»¿Pero, y pan el partido del Gobierno? ¿Qué pretende con
la
,[ey del divorcio? ¿ Dar una ima,gen de go:h-iemo de izquierdas
no influido por una visi6n cristiana de !la vida? ¿Anticiparse a
los partidos de i2'1quier,da en materia tan fácil? ¿ Quizá "Sea un
deseo -subyacente en su propia clase dirigente para aplicarse la
ley una vez puhlieada a rn sitoación partieu.lar?
;»Realmente no .se comprende, y todavía menos cuando se
piensa que -swi electores, en su gran mayoría, no tienen· ese pro­
blema, poi-que precisamente e:s en [a clase media donde tradi­
cio-nalmente el matrimonio presenta mayor estabilidad.
»¿Entonces .... ?»
El 30 de septiembre, "Los DERECHOS DEL NIÑO ANTE EL DIVORCIO",
de Enrique Carbonen ( de Huelva), del._ que recortamos:
778
«En relación al tema del divorcio, compme.bo que para jus­
tificar el mismo. -sólo se exponen [os cuos dolorosos, las situa­
ciones límite de los c6nyu.ges.. Desgraciadamente, los hechos de­
muestran que el "remedio" legal del divorcio para ~ducir -el
número de matrimonios en crisis o de hijos ilegítimos, lo único
que determina, por una serie de causas, es un espectacular au­
mento del número de fnreasos matrimoni-ailes y de hijos extra~
matrimonial~ EBtadí8ti.cas cantan. .La 800.ución que se va ex­
tendiendo progresivamente es la del amor libre y procurando
poner todos los medios para no tener descendencia, y el que se
·teduzca
el número de :matrimonios.
»En el afio 1885 se .eontabilizar-on en F-rancia 4.000 divoreios;
en 1975; casi 70.000. Henri Battifol!, en 1950, escribia: "Me pa­
rece que en esta materia [a puerta no puede estar. más que
abierta o cerrada y

que
la esperanza de manten.errla entreabierta
Fundaci\363n Speiro

para casos graves se ha comprobado, por ·experiencia, completa­
mente ilusoria".»
« ... observa Gustave Thihon, "es demasiado fácil d·enunciar
la nada de ciertos matrimonios. Pero, ¿por qué no exponer el
otro lado del dípti,co? Si el gran amor es escaso dentro del ma-­
trimonio, ¿·es aeáso muy frecuente fuera de éll? Consideren por
un momento, los detraetores del matrimonio indisoluble., la cua­
lidad de la mayoría de las uniones •libres: encontrarán sin d'ifi­
eultad todos los defeetos de los miilos matrimonios, y~ además,
la

rebelión
contra el orden sucial y la iley religi-osa ... •~. "La pu­
reza y la firmeza de la institución matrimon,ia!l purifican y con­
solidan por
reperen&ión el amor libre; la pasión anárquica 'Cfffl·
serva alguna fueriza 'Y grandeza en función de fos obstáculos que
le
opone
una moral rigurosa. Puesto que en épocas en que el
principio de indisolubilidad del matrimonio no ·sufría ninguna
excepción, O.orecieron las grandes pasiones i!legítimas, ya en la
foyend'a de Tristán e lsolbla, ya en '1.a historia de Ahelardo y
Eloísa. Pero allí donde se ejerce sin-restricciones el amor libre.,
allí donde el
adulterio y
el
divorcio no
son
objeto de
ninguna
saneión por la ley y la· opinió~ ¿ dónde están, pues, esos grandes
aventureros ·del amor, -dignos de atraer iLas miradas y hacer correr
ias lágrimas de 1-as generaciones venideras? Donde ya no

hay
riesgo, ya no hay aventura·. El amor libre cae en la vulgaridad,
en la medida
en que

escapa a la
trlfgedia. La f-acilidad lo co­
rrompe todo, incluido el desorden." (Páginas 126 y 127: La
crisis moderna del amar).>
El 11 de octubre, '"IGNORANCIA SOBRÉ-EL DIVORCIO", de Nicolás Es­
tebaranz de Pablo y José Antonio Pascual Serrano, que advierten:
« ... en los Estados Unid'os a~aban en divorcio el 38 por 100
de IJos lllatrimonios ContraidOS; de éstos, el 79 por 100-vuolve
a eanrse y el 44 por 100 de estas nuevas familias se rompe otra
vez por

el divorcio.
El aumento del divorcio y de la :i!legitimidad
motivó que_ uno

de cada
seis menores

de dieciocho años viva
en
un hogar
con un solo -cah'eza de

familia, padre
o madre. Otros
dieciocho
miliones de hijos viven en famiH&s 1eniezcl$das", agru­
pando los rest~ del! divorcio. Hace falta m~cha _imaginación para
suponer
que esta
ine8tabilidad familiar favorece el
.buen
fun­
cionamiento

de la
so~e.dad.»
779
Fundaci\363n Speiro

"DivoRCIO o FAMILIA", de Pedro l..6pez Velo, que explica:
« ... el divorcio acelera la desadaptación social, disuelve todo
tipo de vínculos en la eondiucta familiar, soci-al y política. Hoy
es ~l divoreio, mafiana el .aborto, después la eutánasia y, más
tarde, quizá, licencia para matar: terrible holocausto al que
se puede avanzar.
~i ,el amor falla no quiere decir que la familia falle. Hay
que
buscar ias causas, pero manteniendo [a unidad familiar. La
felicidad no se logra nunca· rompilen:do vínculos o con sitnacio­
nes de hecho; en este caso habrá que poner un cierto sacrificio
por

ambas partes. El descontrol afectivo de un divorciado
puede
llevarle
a hacer daño

a
sus futuros cónyuges, además del

daño
que ya le hizo a los hijos -de la
primera: unión,

produciendo en
muchos
casos un

nuevo divorcio.
De a,hí que "el divorcio pro­
duce divorcio".
»Todas estas con-cepeiones
no son propias

de católicos
exelu­
sivament!e,
sino

que
ila doctrina -eclesiástica se limita a reafirmar
fo que la naturaleza de las cosas piden por BÍ mismas: derecho
natural.
Junto

a
eato el

divorcio no puede tratarse desde unas
posturas políticas, puesto que

acabará
siendo un
tema revan­
chista .entre partidos de ideologías dif-erentes.»
y "DERECHO A UN VÍNCULO INDISoLUBLE". de Miguel Soro Pardo,
que opina:
780
«... el que contrae matrimonio tiene dereclw a un vínculo
ín.disol,uble. No se trata,. como se ve, sófo de oponer.se. al divor·
cio, sino de co·nsolidar el contrato matrimoniB'l tal como está, tal
do-mo existe desde siglos, .tal como se creó.
»Se trata del derecho que IJ.e asiste a un ciudadano a estable­
cer un
contrato ---el matrimonio.._ serio, durable, indisoluble.
Es decir, un contrato de primera categoría. Y que· la ley lo re­
frende.
»oCuando nuestras leyes protegen la "in:disolubilidad" del
contrato de arrendamiento urbano,

por no citar
más ejemplos
de compromisos contraídos libremente y elevados acto seguido
a "sempiternos" por

el
Estado, parece
impropio que
el contrato
matrimonial pierda fuerza y pase a la eventualidad.
~ que esta comparación tiene muchos fallos, pero ahí está:
aclara algo.
»Quien va a casarse tiene derecho a que su contrato sea de
Fundaci\363n Speiro

primera categoría, como quien compra un vaso irrompible. Otro
tipo de contrato
seria, para
una gran
mayoría, recibir
gato por
liebre. ¿Y el que lo quiera "disoluble"? Pues ,como fos vasos:
los
hay de varios tipos. Que
contraiga algo parecido, pero no
matrimonio.
Aigún tipo de

unión en que·
queden legalizados los
hijos
y resuelto el régimen económico de la sociedad. Pero no
matrimonio.»
VI. RÉPLICAS AL MINISTRO CAVERO Y AL ABOGADO ZARRALUQUI.
La publicación del proyecto de ley que nos trae el divorcio y las
justificaciones
del

ministro
Cavero, así como la aparición del libro de
Zarraluqui y su previa preparación y presentación, originaran en ABC
un aluvi6n de cartas al director, de las que trataremos de ·Tef;ortar lo
más sobresaliente.
El 25 de enero de 1980,
"EL DIVORCIO", de José Femández Alava,
que escribe:
«Entre las, razones-que al§unas personas invocan para la le­
galización
del divorcio están IJ.a erisiencia del concubinato, el,
adulterio, los malos ·tratos, la irresponsabilidad grave' l)Or parte
de uno u otro de los esposos-o la incompatibilidad. enlre marido
y mujer, dando lugar á lo. que se ha· dado: en llamar· '"un ma­
trimonio
rolo".»
«Por supuesto, que [as causas alegadas en muchos casos por
los
cónyuges al entablar demanda de separación o nulidad Bote
los

trihunaies competentes son ciertas,
'pero · en

más de
una oca­
sión
estas r~ones pueden ser remediadas

y prevenidas como
problemas reales
y de forma constructiva.»
« ... tratar-de resolver el problema legaUzando el divorcio es
solucionar
el tema justificando y legalizando el problema en sí
mismo
y en
sus efectos. Más por

tanto que remediar una situa­
ción
fque siempre

se ha dado y
siempre se ha soludollado, con
más

o
menos lentitud,
que ese es otro aspecto en
e!J. que ahora
vamos
a entrar) supondrá crear mayorea problemas porque tien­
de
inevitablemente· a condescender con
las
posibles .. causas"
para

entablar demanda y
alentarlas, cuartea11do el

edificio
social.»
;M~ colegas,
los a~gados irlland'eses pa-rtiei~ntes en el

Con­
greso anual de la ln,co·l1)orated Law Society, celebrado recien-
781
Fundaci\363n Speiro

782
temente en GaJway~ reehazarnn enérgicamente una prop'nesta para
legalizar el divorcio en
klanda. El tema suscitó mucho interés
en el Congreso, pero. sin embargo, encontró muy poco apoyo
entre los participantes,. a
pesal' de

constituir un campo de la
práctrea legal considérado como muy lucrativo. Hablando contl'a
la propuesta, el presidente -Sean P. Bedford- dijo que, "aun­
que no se debe adoptar una posturn pasiva o negativa frente a
los
problemas matrimoniales

del país,
el divorcio ·~no supone
ninguna solución

y es un
mall social que

debe
rechazal'se" .»
Y de Luis Suárez Femández, ·que denuncia:
,e: Una de las grandes faladas es en él denunciada: la que
pretende
presentar el divorcio como uno. de fos derechos huma­
nos, cuando
sucede exactamente

lo
conlrario. Es el matl'imonio,
con todas sus

condiciones de estahiUdad, el
-que constituye
uno
de 10:s fundam.enta!les derechos del hombre. Ni siquiera los le­
gisladores se atreven a negar la .evi:dencia de que "'la ruptura
de
los matrimonios es un grave mal social" y defienden su per·
misividad -con supueetas búsquedas de so-luciones para conflictos
.
que,

por desgracia,
existen. No se remedia una enfermedad ma­
tando al enfermo, sino devolviéndole la salud. Hay un derecho del niño, ser recibido en
el seno de una familia estable, que
coue el peligro de ser conculcado~ con grave riesgo parn la
sociedad entera.> ·
El 1 de febrero. "EN TORNO AL DIVORCIO", escriben:
-Juan

de
la Cruz Ferrer:
«La iuclusión· de!l
divorcio

en el
proyecto de
reforma del Có­
digo civil y su posterior tramitación y aprobación por
las Cortes
como

ley- ordinaria me
parecen un
·desplante de la mayoría par­
lamentaria para· 'COll los electores que depositaron en ella su co.o­
fia-nza
en

las últimas
eleccio-nes. Como honradamente han seña­
lado voces acreditadas

dentro
del partido
gubernamental, el di­
vorcio no era un tema· planteado en
C'l pl'o_gra,ma electoral,

sino
más bien

todo lo contrario:
pal'ecia primar
la defensa de la
fa­
milia y de los bienes que ésta necesita para subs-ietir: la unidad
y la
indisolu:bilJ.ida-d. La
inclusión del divorcio en la
legislación
españolla
va

a suponer -si llega a
producirse-la conculcación
de

una ley ética
fwulamental para la estabilidad psíquica y emo­
cional
de muchos

ciudadanos y,
cousecuentement~ del
cuerpo
Fundaci\363n Speiro

social. De !la conculcación de toda ley se derivan consecuencias
negativas
y al igual que conculcar Ja ley de la. gravedad lan~
zándose
desde una gran altura al vacío supone estrellarse contnt
el suelo, fa conculcación de una ley moral supone males quizá
no tan
inmediatos, pero

no por
eso menos evidentes, como po­
. nen de manifiesto las sociedades en que el divorcio se ha im­
plantado.>
M. Fernández:
«En el ABC leo unas declaraciones hechas por el ministro
de Justicia al programa Parlamen-to de TVE, donde dice (cito
textualment.e. de ABC) que "e] proyecto :de ley de reforma del
Código civil
en materia de matrimonio, aprobado en Consejo
de Ministros, responde al de8eo de actualizar el derecho de
familia,
de acuerdo eon el programa electoral de UCD".
»Es lástima cjue el lenguaje utilizado por UCD durante la
pasada campafta electoral no. hubiera sido· tan claro e inequívoco
como

las
anteriores palabras del señor ministro;

pienso que
mu­
chos españoles convencidos

de
los bienes· que se derivan, para
toda la
socieda~ de una legislación· acorde

con
el derecho na~
tura)_ y, por tanto, no divorcista, hubieran dado otros destinos
a sus-voto&.»
E Ignacio Socias Piarnau:
«Me
han sorprendido- los argumentos con los que -tanto· en
la información facilitada por el Gobierno sobre el r-ecientie Con­
sejo de Ministros cQ-mo en las deelaraeiones del titular del De­
partamento de Justicia-se defiende

el
proyecto de
ley de
re­
:fonna
del

Código civil en materia de derecho de familia, por­
que su incoherencia ha sido repetidamente
puesta de manifiesto
en
mucha& publicaciones españolas y,

sobre todo, por
ila expe­
riencia de
fos países en los que

la
-legalización dél divorcio

se
ha
Uevado a cabo hace ya algunos años.»
d. Una senten-cia
de diVorcio no ·s-e· limita a constatar una
situación de quiebra de la co.munidad conyugal, puesto que se
pretende ,con
ella [a disolución del matrimonio.
»2.- ·
La

apreciación judicial del
·supuesto pretendidamente
· bien, definido de esa· quiebra, no puede ser sino subjetiva.
>3. Aunque el divorcio

no se
iri:tponga a Quienes sean con-
783
Fundaci\363n Speiro

trarios a él en conciencia -lo cual parece lógico, ·po_rque· otra
cosa supondría que todos los matrimonios tuvieran qÚe ·divor­
ciarse--,


que
se niega a éstos el· derecho a contraer -matrim•
nio indisoluble.
>4. La·mojor defensa y salvaguardia del interés -de·los hijos
menores e incapacitados es l1a defensa y ,salvagllar:dia de su de­
recho
a nacer y

vivir
en el

seno
de un matrimonio i-ridiso'luhle.
».5. Desde iluego, no se respeta la ill8titución familiar, ni si­
quiera bajo
-el pretexto de ·eliminar situaciones ·anómalas que
sería fi-cticio mantener,
ya que fa experiencia demuestra que la
may-0.r par.te de dichas sentencin permiten el abuso de este me­
dio

por
parte de -sujetos cuya. aituación no

es
extrema ni anó­
mala,

sino, todo
lo ·más, incómoda o molesta.
>6. Una cosa es la actua-Ji¡zación del derecho de famiUa y
otra
la regnlaeión de· 1ai dlestrueción jurídica -de la familia. Ade­
más, ila ·afirmación de que lf.a introducción del divorcio sintoniza
con una realidad sentida por la sociedad española no deja de
ser
gratuita mientras

no·
se pruebe.
»7.. La aceptación del divorcio es claramente contraria al
humanismo eristiano.
¡»3~ El hecho de que el divorcio exista en casi todos los
países de Europa-oeci.dental no es significativo,. ni mucho menos.
decisivo,

mientras no se tengan en cuenta las
cónseeuencias que
en esos países ha provocado.»
El 5 de febrero María Dolores Pérez Rosas, de Cartagena, comenta
el argumento "EL DIVORCIO,' REALIDAD SOCIAL".
784
«Seña1a el ministro que dicho precepto "sintoniza con una
realidad social". Una

se imagina al
legislador aguzando el

oído
como
un radioescucha para

sintonizar, en distintas longitudes
de
onda, los más variopintos

hechos
acaeeidos. Así, tenemos:
atracos, robos, violaciones, secuestros; ataques a coches de di~
potados, fugas
de presos, etc. ¿Qué hacer ·entonces? ¿Pueden
ser
fuente de derecho los males soeiaile&, que

ya
se han hecho
costumbre? ¿Acaso
!la misión del legislador ~ simplemente,
constatar una rea:Udad soeial o, más bien, encauzarla a las exi­
gencias del bien- común? .¿-En qué

debe
fundarse toda iey? ¿En
el bien, en. la verdad, en la; justicia, en [a honestidad... o, sim­
plemente, quedarse en el hecho sociológico (positivismo jurídico) ?
>Si estamos sintonizando co-n el positivismo, ya, pueden ir
arti-culando
el denroho 111. atraco ··(que no sea de ·no-che, por ejem-
Fundaci\363n Speiro

plo), ol derecho-al.robo de bolsillos (si-es .por el procedimiento
del
tirón,

que no
se arrastre a 1as señoras mayoreá ...

)
.>
:«En su diario.; sefior director, leí· u.nas palabras .de-un cate­
drático que,-hablando sobre. el divorcio, decía:,·'.:"Cuando una
sociedad se obsesiona por el divorcio .como. la- salida básica a las
dificultades
familiarea es que carece de educación profunda. En­
toncies 68 · que ha vaciado al matrimonio de sqa. objeti~os y lo ha
valorado
exclusivamente
en ~ aspectos le-ga,les: eon ~ divorcio
va a acelerarse el proceso-de d-escompo&ieión familiU"_ que e&­
tamos viviendo".
»También apun.taha
el_ sefior Cavero en sus declaraciones que
co.n
-este proyecto ya ea.tamos a nivel europeo .. Permítaseme que
diga aquello que comentaba uno que pretendía dar sensatez a fos
que sólo piensan eatar como en otras naei~~: HLo oportuno
no

es
atend·er si

nos
colocamos o
no a un·
nivel europeo, sino
considerar si, tanto loe demás europeos como noso-tro~ nos si­
tuamos a un nivel ,hu.mano."
»Y
un nivel humano· es reconocer, garantizar y fomentar la
estabilidad del
matrimonio.>
El 12 del mismo mes, Ma.nuel Cerro González comenta "UN AR­
TÍCULO SOBRE BL DIVORCIO".
«La defensa dél matrimonio ·no es cuestión de fanatismo re­
ligioso, sino profunda convicción de que !la familia ee la unidad
básica de la sociedad, lo que lleva a pensar si no se trata de
destrozar aquélla para: hundir ésta y mstituirla por una granja
_ humana de modelo. totalitario. AVala esta sospecha la ei,embra
simultánea

de cuanto puede conducir· a
esai, situaciones desgra­
ciadas que luego se present.an como justificativas (idolatría del
sexo, ridiculización de valores como J,a abn-egación y el sacrificio,
fomento de
la schveraión incluso--en escuela~ rete.).
»Por encima del capricho l> la necesidad· individual está e1
bien de. la: sociedad y el · derecho de los !hijos·. a -no cambia,r de
padres como de ".tej_anos". Cada uno es responsable :de irse -a
vivir con quien le plazca! pero· no exija &demás· de la ley un
certificado de buena ,eonducta.-
1-Lo máa ·asombro.so
de-la-ley "divor .. CBV:eris,ta" es que pro­
ceda
de -UCD, que obtuvo la mayoria. con 1in pl'ograma de pro­
tección familiar

que, en
.su ejeeución práctica,· se ha convertido
en un
sistemático desmantelamiento del entramado legal y fiscal
que pudiera servir de apoyo a la familia,
785
Fundaci\363n Speiro

y José· Ferrer-Bonsoms y Bonsoms, "LA LEY CAVERO"' dé la que
dice:
786
«:.. ea inevitable sentir temor · y desconcierto ante la impa­
sibllidad con la Que el seii:or · Cavero, ministro de Justicia, em·
puja tal desaguisado.
»-Puesto t¡ne un inatrimonio, si ·es verdadero matrimonio (die­
ber de fidelidad, deber de auxilio e indisolubilidad), no puede
ser '~eltó" por ninguna autoridad humana, ni civil ni ecle­
siástica, es evidente que
61 divorcio sMo es aplicable a los ma­
trimonios
que no son realmente matrimonios.
»Por consiguierite, la ~trodueción del

divorcio
equivaldría
ipso facto á la eliminación ·del matrimonio indisolub1.e como ins­
titución
jurídica.
»¿Será posible que, de la noche a la mañana-, los matrimonios
que
ahora son verdaderos matrimonios y, por consiguiente, in­
disolubles dejell de ser jur~dieamente verdaderos matrimonios?
»Pa·rece que hay personas que opinan que el divorcio es wi
ma:l menor; es decir, un ma1. que se puede _autorizar para evitar
otro
peor. Parece lógico que esta afirmación debería ir acom­
pafi.a:da de una demo,stración del "mal mayor'' _que se e.vita.
Pero, además, es difícil áceptar que ~l fin justifica if.os medios ...
>El desconci«to aumenta por el hecho de que el señor Cavero
se proclama ofici·almente catolico. La liquidación del matri­
monio como institución jw-ídica se defiende, pues, des.de una
posición de catolicismo oficial dell seiíor Cavero. Si llegara a
aprobarse el proyecto que el señor Cavero llama de divorcio,
la
enseñanza de la religión católica en las escue1as, que más de
un 90 por 100 de los niños ha pedi'do, incluiría al bah-lar del
matrimonio una variante: "Si bion. la Iglesia Catoliea, en con­
eordancia: con l'a ley natural y confirmada por el depósito de la
fe, proclama
desde siempre que el matri111onio sólo se extingo.e
con
la· muerte de uno de los cónyuges, en .España se autoriza,
paril evitar Uh mal 'mayor, que al matrimonio se le inyecte un
disolvente jurídico, y, por lo tanto, en España el matrimonio no
es indisoluble ...
»Con toda seguridad, esto no lo dirá ningún catecismo apr&­
bádo pot' la jerarquía -eclesiástrea; no quedará máS que la otra
realidad: El matrimonio como ·institución jurídica· ha dejado
de existir. R. l. P.»
Fundaci\363n Speiro

: ~E!. 1 de,.marzv.J~QBQ LOS, ''.ANJ'II)IVQRCISTAS", eS(:Tiben:
,---'",} ~ Uan~ .Sarrio . Maestre:
«He leído en su periódico las declaraciones del señor minis­
tro de
Justicia sobre
la conveniencia:
de: .. regular el divorcio an­
tes

de que nos lo regulen.
»La preteÍi:dida necesidad de-;regular una ley d·e divorcio no
viene a
-ser otra cosa

que una
· deficiente" justificación de
la
ne,.
eesidad real d·e una adecuada--política -familiar. Lo& ·probemas
que
actualmente se plantean a esta polítiéa no encuentran, no
pueden encontrar solución -ni siquiera la · mera apariencia de
Solución-, eli el marco de una> legislación--d,ivorcista, Porque el
divorcio
no
es un '"mal menor": es un
mal en sí
mi&m«>, puesto
que atenta
directamente contra , la

unidad
-familiar (y la familia
es· el principal motor de so_cialización) ,y colltra ],a recta educa,.
ción de los hijos. Por otra parte, 'impide el derecho a· contraer
matrimonio indisoluble a
aquellas pérsonas que Pueden y quie­
ren ejercerlo.
»'Es ya eonsa:bida la l'.lefasta -experiencia de la .. regulación de­
mocrática" del divorcio en ·diversos países europeos y tamhién
es consabido (Jlle este fácil expediente no suele imp'licar la so­
lución
del problema, sino que lo agrava en progresión geoinétrica.»
Eduardo Gutiérrez Marln:
,«1.ll No es correcto el término "antidivorcista", e incluso
es inj~to, porque_ el matrimonio es antes qtie e1 divorcio. Por
tanto, los
partidario.e del matrimonio, ta_l co:mo Dios lo instituyó,
~o son

antinada.
En todo caso-, son los divorcistas los que son
antimatrimonio.
»2}1 ~o_ es: tampoco justo que para arreglar algunas situa,.
ciones

matrimoniales en
crisis -pocas, en comparación con el
total de matrimonios----se suprima la figura del matrimonio in­
disoluble
-el verdadero
matrimonio-
bajo cuyo
amparo
quie­
, ren segui,r viviendo muchas familias.
»3.
º Si el Gobierno considera que hay que respetar la li­
bertad de los
qu{)' quieren
casarse eon posibilidad de divorcio,
que ofrezca esa posibilidad a la sociedad, pero
-sin suprimir

por
ello la ·opción por
el matrimo~io indisoluble. Es decir, que· res­
pete

la
ljhel'.l~d de cl_eéci'cm de

matrimonios -soluble. · o indiso­
luble- como
ha becho con

la
lih:ertaQ de elección de centros
, do~entes.
787
Fundaci\363n Speiro

788
>El sefior Zárraluqui cst-ari de acuerdo en que s-i la · ley·· del
divorcio
suprime toda posibilidad de mátrimonio indis-olub1e, e&
una ley aotimatrimonio antQJ que una ley divorcista.»
-Andrés Gutiérrez Ma.rin:
« .. ,. dígame.: Si. la unión no· es para e,iempre .•. , dígame, dí­
game: ¿Para euánto tiempo. debe ser? ¿ Cuanto más tiempo
mejor?
Entonces lo óptimo
será ... pan .toda la vída. Para siempre.
»No me

venga
ue,tod con

la
casuística. ¿Que el

matrimonio
ya se ha estropead&? Pues que intente arreglarlo-. ¿F,s. que ya
no ti.ene arreglo? Pues entonces será un matrimonio_ estropeado
y -sin arreglo.
»Que el juez no puede liberarle d_el vínculo, y si se une a
otra 1(¿po_r cuánto tiempo?) será &'-titulo recreativo (?), porque
no
se puede

estar
unido-en matrimo11;io_ con dos personas a la
vez, y su primera unión permanece por mu.cho tiempo que quie­
ra repudiarla.
Lo mismo que no puede usted dejar de ser padre
(disolver
el vínculo
'de paternidad) por mucho que repudie a
su hijo, aunque fo firme un ju~ o quiera decretarlo un Gobierno.
»Además, divorcio

engendra
divm:·cio, y

es un
mal para la
familia
(sí, para. los hijos ea un gran mal) y, por lo tanto, para
la
sociedad.:.
P. L6pez Iñiguez:
«Estamos totalmente de acuerdo en luchar porque el hombre
logre cada día cotas más .altas en sus derechos, en su· dignidad,
en su Consideración dentro de la Sociedad. Sin embargo, todo
será papel mojado,
,puta utopía, de ningún modo logl'os efectivos
y
disfrutables por
la persona, 3¡ no potenciamos, si no fortalecemos
otra institución, que es la base, el fundamento, el medio natural
a través
del cual el individuo podrá hacer efectivos todos sus
logros. Esa institución es la familia.>
«La familia es institución indispensable pa'ra que la persona
haga efectivos todos

y
~ada uno de sué derechos, y más _ fácil­
mente

lo
logrará cuanta

mayor perfección logre la
familia, en
la
que se encuentra.

El
hombre no

llegará a un desarrollo nor­
mal, a una formación
integral, ni logrará las

más
altas cumbres
de 1la perfección y de ta felicidad¿si no cuenta '..con el to'tal apoyo
de

una familia correctamente
asentada..»
Fundaci\363n Speiro

~Cuqndo la per_sona .inicia su andadura de adulta, usa de li­
bertades :Y autonomía, signe estando necesitada, precisa·.-más que
nunca
del consejo, la orientación,, la

visión de la experiencia,
dada con el mayor de los intereses: hacerlo bien, y con el mayor
de
'los desintereses: no ~dir a cambio nada;
»Sin
que haya un &o:Jo momento en que podamos prescindir
de los demás, llegamos a las etapas finales de la vida de la -ver­
son~ donde se multiplican -las n~idad", no digamos ya vita­
les, sino

otras
no menos fundamentales para la dicha de la
persona.
->-Esa familia tiené que ínndarse sobre un matrimonio indi­
soluble, sobre una pareja· enamorada y fiel ha&ta la muerte, con
hijos, cuantos
más mejor, y sin que estén de más los abuelos, sin
excluir otros elementos excepcional·es.
»Esa familia tan fundaméutal e imprescindible para: el armó­
nico desarrollo
de1 individuo está hoy ·en eri&is, está muy ame­
nazada, y ·

para salvarla
se precisa que todos. nos sensibilieemos,
que

todos
nos compro-metamos a defenderla sin· re~tear esfuer­
zos, apoyando firmeménté · la f:aceta más fundamental de su es­
tabilidad, la indisolúhilídad del matrimonio.»
«El divorcio, lejos de ser solución para ni-nguJl caso, desgra­
ciado __ o

no, porque jamás
arreg~a na-da, es un 8t.aque frontal a la
familia, porQue mhla la estabilidad del_ matriDlonio.
»El Vaticano II llama "epidemia'' al divorcio, pp-rque es
enfermedad
grave
y contagÍosa-; todo divorcio _engendra divorcio.
Juan Pablo Il habla del tema: "La alianza- entre un hombre y
una mujer nnidos en matrimonio es tQn indisoluble e irrevoca­
ble como

el amor de Dios
por su pueblo

y el
amol" de Cristo
por
su Iglesia.»
- Y Pedro Pasquín Echanove:
«Es ·dudoso que el divórcio aumente en un primer momento
las
crisis matrimoniales,

pero
·no. lo es en cuanto a :sus-efectos
sobre
segundas
y posteriores · generaeiones, donde el divorcio no
arregla
ningún problema; antes bien,

los provoca
Gbaste citar
el aumento continuado de di~cios f~t~ a la. disminución de
matrimonios
en los paises donde el primero está vigente). Esto
Se debe a· que el· pr9-blema de -las crisis c.onyugalCS-está en las
pers~a-8
y éstas no . cambian con el títtdo de divorciados.
789
Fundaci\363n Speiro

»No-sé· hasta qué. punto la experiencia profesional puede ser
~eúánime.· Es ·de· todos··:oonoeida Ia-figura de la -·defbnnación
profesional que
&e · ha .apoderado _ de RO pocos.»
El día 5, bojo et' titulo "LA' LEY DBL" DIVORCIO", eSCribeni:
- Miguel Alfonso do! Cuelo Braña:
790
«Parece mentira que ante tanto hablar de respeto entre pue­
hlo, de respeto·---'entre·.regiOlles, respeto entte individuos, tanto
hablar
de consenso, de demoemcia, de lucha contra· et terroris-­
·mo, contra las-.-~das fascistas,-ahona,-&e quiere·.]egalizar la pelea
entre ·marido ·y:mujer.,-¿Que
el divorcio-no ee eso? Si que lo
es,.es poner ,en las leyes un trasto·más; este.irreversible: y capaz
de
levantar heridas que acarrearán los -cónyuges toda su vida.
¿f'ero,._y.-Ios matrimonios infelices,·en los que UJJ.-.cónynge hace
la
l'.ida i.mposib1e al otro?--Tod~ sabemqs-que las._cilras se
manipula:n y. se afiaden eer-oa a placer-; ios matrimonios realmente
.r~_s .por ~usas .graves. son poco.9t .y no .Sf:'ría.,justo ni demo­
crático .que .. por ._estos-_pqcos se haga una ley_ para._ :legalizar sus
.situaciones, -Begoro. que ~y mu~ps _más droga:(li_etos qne ma­
trimonios en estos casos y UCD no parece pensar en legalizar
la droga;
»A los m~trimonios que se '_qui¡,re~ di~orci~r por capricho,
Por no ~~ sal,ido. ·Íiac~r su vida por egOismo (del 1~tjn ego=
= yo), · ·se i~~ debería d8r U:n ~ertl'iieado" · d-e -incasable~, porque
si no· pueden con su primer matrimonio. ·donde el ideal, su vel'l­
dadero
amor e ilÚsioheS erán máximos, iC6mó: 'Van ·a ·J)oder re­
hacer
s~ vida' irln iltisifui, ·. siii ideal: / c~ti u~' ~mor secundón,
y, nie átrevo a . decir~·. adúltero?»
«Lo que más me extraña es que la ley del diVorcio quieran
sacarla 1os que en su programa no la tenían; aún recuerdo a
Adolfo Suárez diciendo por la. televisi'ón, cuando lo·-de la Cons­
titución, aquello de que " ... no es una Constitución divorcista ... ,..
Y, -encima,:-el--a-eñor•ministro de Jllstieia no haée ID.ás que decir
que es católico y ·qucf la-·ley del ·Divorcio ea-buena.-¡Por favor,
señol"--ministro, no sea· incoherente!»
Y Santiago Orgigosa Lópoz;
«He tenido óportunidad de le"er las declaraciones del sefi.or
CaVero,
·publicada,· én ,t1u· periódico el -pasado ··día-··i7 del co-
Fundaci\363n Speiro

N"iente; .y,-confieso qué, ·u:na vez más,-me -'·han·:aorpl°endido los
argüméntoS-que utiliza para· deifender la implahúi.eióri del divol'­
cio ·en Espafía. Establooe-·e1 de~o ·a easar8e;-·pero: por otro
lado,
de~trUye toda posibilidad de matrimoniO · estable, pues es
evidente que -él·-divorcio -engendra divoreio···y"que· en ningún
caso
reduce las crisis matrltiionialee-; basta, para cODtpl'oharlo,
echar una ojeada · al índice 'de divorcialidad en los países euro­
peos. "En ··Jn9atetra a'mil.enió e:rf iiéce años' -(1952•74) en un
·4,33 pt>r 100·; en Holmda, durante e-1 inis·mo ··tiempo, en un 235
por 100; en Dihainilr~ en· sólo onoo añó& (1963-74-), · aumentó
en un 400 por 100, r titdavia' podría' seguir citando países".»-
.«Afirma, por otro lado,-e'l-seftot Cavel'ó, que "el juez puede
negar
el divorcio a ambos· eónyúges· en benefieio··de fo& hijos";
esta posibilidad, al igtial :qlle · ta yegua de Rolando, · posee todas
las perfecciones-; pero· ·t:a-mhién como ella sólo tieine un defecto:
es-utópica. ·Cuestionado el--·prinCipio:·de indisolubilidad, las puer­
tas se abren
sin posibilidad de' freno; los jueces interpretan

be­
nignamente las
ansas de 'divorciO; ·proli'ferim. los-.procesos si­
mulados
y el porcentaje--de demandas rechiy;adas, es prácticamen­
te
insignificante, y-me remito de nuevo-a-la experienci_a·ew-opea.»
«En cuanto a la n~esidad -tan extrema que. tiene-:e1 señor
Cavero de regular ·el divorcio-pat'lili que . no se -lo , t"egulen, su­
pongo _que preciSlllrá en, breve regular el - aborto, eutari;asia, ase>­
sinato,
terrorismo, parál,isis total~. parálisis -parcial. y todo lo que
se le OCU1Ta, no vaya a ser que.-ae fo regule alguien ,.aIJtes.»
Y_ el 8 de marzo, ba¡o el título '••lh~~Nl<;) Y_ DI_VORC~o", ·escriben:
- Paloma Agustí:
«Tengo, treinta años, llevo·· ~>Dce· -de ca88da '.y cU8trd:: hijos, y
siempre he eréído y he b"atádO -·de viflr~ 1 ·qtle' · "el'" aim:;r · ionyugal,
la historia de una· familia 'está 'éscrita-i a: ttávés -de · má detalles
aparentemente sin importaúciá' 'y,, t{ué, -sm ·: éínbal'gó, ·cOUtribuyen
más de lo que se cree a hacer un hogar agradable. Estos de­
talles son los

que no dejan que
el abhrri.ó:dento, la r'uti'na y el
tedio destrocen la vida familiar. Su ejercicio constante nos pre­
. para· para afrontáT y 'salir a:· note eri la;s· gránde&·· 'dificultades y
éontrariedádes
que

a
veces --pretenden· r-omper 18·· paz

'familiar.
Los problemas, las grandes,:trágéi]ias. los moméntos crúciales se
dan muy de tarde eri tilrd,e "y· ·siempre, surgen,-me atreVo a ase­
gurar, porque no se ·dio ·el 111uficiente euidado··-y-ateneión a las
menudencias· de 'la vida; diaria;._.,.,_
79t
Fundaci\363n Speiro

792 >Si
.
no se vive
el matrimonio
sabiendo
ser siempre novios,
entonces
es cuando fracasa.
Si no se viven
siempre la misma ilu­
sión, cariño, generosidad, coraje y fuerza que cuando se era
novios,
el matrimonio se hunde. Si no se ree&trena cada día y
eada- mafiana al levantarse, si

no
se alimenta
día a
día, hora
·tras hora, eJ matrimonio. se derrumba.
» Y ahora pienso que todo-esto que he vivido y pienso v1v1r
puede que a mis hijos no les
sinra para
nada, que no
lee quede
más
,qtte el recuerdo agradable de una infancia sin SQbresaltos
familiares,
pero

que
ellos citando. sean

adultos
caigan en la ten­
tación de no
vivirlo, porque a la primera dificultad, al primer
asomo ' de

_ egoísmo, a
la primera
intemperancia de
su cónyuge,
puedan

legalmente agarrarse a una llave con la que destrozar y
derrumbar lo

que día a día han ido construyendo.
»¿Para qué

mis hijos
van a
perder el tiempo
en buscar un
Cónyuge q·ue sean los

dos una
misma manera
de mirar,
una
misma
manera

- de latir
el corazón, si a 1a "corta" se pueden
divorciar
al día siguiente del primer sofocón?
»¿Para
qué
van a . tener
generosidad, economía doméstica,
alegría,
-gá}antería,

·
cortesía, ternura. coquetería, Binceridad, dis­
creció~
orden,

si solamente con
hacer lo que les apetece pueden
·, cambiar

de
acom.pafiante cuantas

veces quieran?
»iCreo que

su inconsciencia, su
falta de
responsabilidad y ma­
. dutez se Verán amparadas,

ya que· el divorcio sale a su encuen­
tro~ colD.o .1a solución dé los irresponsables, potque aquel que
toma· nna, reéollició~ consciente

de ·su importancia
y trasce1r
dencia

y después fracasa,
sabe afrontar
las consecuencias.
. .
~Si' mis· hiJOs nO Sllbé-:0 ·enfocar el matrimonio tal y como es,
si
toman

a la ligera una cosa tan
traseendent.a:l, tanto
para el
· propio individuo c0:mo para

la
S9ciedad, o si no he sahido aya­
.
~riles_ a .ser fuertes,: seguros

de sí
miamos, responsables
con la
d~er'll1:inación_ que ellos mismqs liberrísima-mente hayan tomado,
~-nto·nces pienso ~ he fracasado.»
-:-· E Ignacio Socias Piarnau:
«Según· fa o-pinión
del

titular del
Ministerio de
Justicia
di­
fundida

recientemente,
el reconocimiento
jurídico
de dos tipos
do matrimonio -un disoluble y, otro.

indisoluble- supondría
la
consagración de -una desigualdad de ·1os cónyuges

ante
la ley
:
:'que, nuestra- Constitución ·no admite.
~Quizá sea
conveniente

recordar
que-dos·

clases o formas
Fundaci\363n Speiro

-ambos términos se han. emplead0c-de matrimonio han venido
existiendo en
nuestro ordenamiento: el canónico y e1 civil; lo
cual ha sido confirmado por el artículo VI.l de los Acuerdos
entre la Santa Sede y el Estado español -que forman parte del
ordenamiento interno, en
aplicación del artículo 96ol de !a
Constitución- en los siguientes términos: "El Estado reconoce
los
efectos civiles al matrimonio celebrado" según las nOrmas del
Derecho
canónico".
»Por otra

parte,
no cabe duda de que, según el Derecho ea­
nónico, el matrimonio es .esencialmente indisoluble. Por ello,
negar

la poa,ibilidad de contraer
un matrimonio con. esa carac­
terística
-'-también desdC e1 punto de vista del ordenamiento de
origen

interno-
es negar un derecho que ya estií ieconocido:
el

de contraer matrimonio indisoluble; lo que, -
dicho sea de
paso, no
se logra por el meró hecho de-que el divorcio no se
imponga a nadie: una cosa
es que el Vínculo no pueda disolverse
y otra, hi-en distinta, que pueda mantenerse un vínc:ulo que sí
lo es.
»Para confirmar cuál es 'la doctrina de la lgle'sia Católica sohre
este aspecto del

matrimonio
basta el artfoulo VI.3 de los Acuer,.
dos citados: '~La Santa Sede reafirma e;l valor permanente de
su doctrina -sobre el matrimonio y reeuerda a quienes celebren
matrimonio
canónico la obligación grave que
asumen de ate­
nerse

a las normas canónicas que
lo regulan y,_ en ·especial, a
respetar sus

propietarios
esenciale!J." -Como

es sabido,
dichas
propiedades esenciales 'Son fa unidad ......que excluye la poliga~
mia-
y la indisolubilidad -que excluye. el -divorciO vincular-.,-
VIl. RECAPITULACIÓN FINAL.
Hemos recogi'do cronol6gicamente los argumentos de las cartas al
director, en
desorden sistemático, temlendo que _al ordenarlas quitárt~
mos

espontaneidad a ese
diluvi'o de

argumentos válidos. Pero, antes
de
concluir, querefflo9 recapitular

con
unos últim09 recortes que vamos a
tomar del artículo
''MATRIMONIO o DIVORCio'', de Femando Guerrero,
aparecido en "'Tribuna Pública" de
ABC del 15 de marzo de 1980.
Ante todo, se trata de valorar la postura del Gobiernq_¡_ desde el punto
de vista de sus afirmaciones electorales,
-de sus argumentos actuales y
de sus deberes de gobierno. A estos respectos~ recortamos,:
«Es muy grave que; en virtud de una Constitució~· que en
frase del propio --presidente del Gobierno;· -en ·víspel"as del "'re-
'793
Fundaci\363n Speiro

feréndum-·constitucional",.-dirigiéndose .por-televisión a toda la
naci.óp,, ~no .es-divo.rcista~? ,-se ·pueda·-··introducir por una ley or­
dinaria la .·institución
del:divo_reio civil.
:tiPol'que: afirmar de una. Constitución que no. es divorcista,
si no queremos incurrir-en malabarismos verbales o

en bizanti-
. nismos semánticos,. significa, ni

más
nL meno&, que no

admite
el
principj..o-.de la disolubilidad del .matrimonio •. Es decir, o la
Constitución admite

la posibilidad del
divorcio o

no
la. admite;
no
hay ténoino medio. Lo contrario_ sería tratar de engañar la
buena fe
del pueblo español •.
>Es muy seria y muy. grave la cuestión planteada -con el Pro­
yeeto de Ley enviado po.r el Gobierno a las Cortes Generales
del Estado español. Y . muc-ho más grave si se pretende presen­
tarlo c9mo aceptado,
directa

o
indirectamente, por

la jerarquía
de
1a Iglesia, siendo . así que nuestros pastores han hah~ado con
suficie~te. claridad. para quienes han querido escucharles y en­
tenderles, en su_ instrucción del - pasado ·24 de noviembre: las
leyes "que establecen y

regulan la
indisoluhiHdaid no
aon mera
imposición
de la sociedad. ni

tratan exclusivamente de un pre­
cepto religioso sobreañadido, sirw de la eniraña lll.isma de. la
r.ealidacl .cdniyugal .. . ,"; "la experíenda enseña que este tipo de
~ es irreversi,ble y mueve a los legisladores a deslizarse
por la· progre.,i.va muldpilika,ci6n de las causas que deelaran le­
galmente roio el comprosimo matrimonial".
l>'En este
contexto se debe

-interpr-etar
lo de
"la
jll$ta auto­
nomía

de la autoridad
-civil a la que corresponde legislar aten­
diendo
·a las exigencias del bien común: ... »
«Es mueho lo que el partido del Gobierno se juega en este
Proyecto; en el fondo se trata de si .se.-e.cept&n o no límites ético~
a

la autoridad
de!l Estado,
o
si hemos de BOJDetemos al princi­
pio
totalitario :de que

el
·Estado ·se· encuentre

por encima del
bien
·y del mal; con, ta1 dé que sea democráticO. Eso sería el
naufragio
del Estado de Derecho,- ·reducido a ·pura coacción fí.
sica, en 'donde la fuerza del Derecho sería sustituida por-el de­
recho de -la fuerza de fa -mayoría.
»Hay que o,Ptar o pÓr él matrimonio tal como fue instituido
prir bio5,c desde ~l . priridpio, o per--el divorcio que convierte al
· matrilllOnio -1o quiera o' no lo quiera el legislador-en una
institución 1'.liferiente.»
En segundo lugarJ conviene valorar el proyecto, conforme la invoca­
ción del Ministro .dt: ]ll$tlcia de_ qu~_ Ne. regula

un
·divor~io-remedio.
794
Fundaci\363n Speiro

¿Se refiere a un remedió individual? Sin embargo, el matrimónio y el
divorcio afectan a la salud social. Y, para juzgarlo en éste aspecto, no
basta leer la letra de la ley, sino que es pr'eciso, además, meditar aceri:a
de la repercusión social de los efectos que en loS hechos se producirdn,
vista la experiencia histórica y la del derecho coinparado. Perspec_tiv~
desde la cual. Femando Guerrero, dice que.:.
« ... la elaboración del proyecto de ley sobre la reforma del
derecho de familia adolece de una ingenuidad e
inexperiencia
que

parece dar a entender que se
trata de la primera
vez -que
un Estado moderno pretende la regulación del divorcio,
ya. que
parte

del supuesto
de que la realidad de 1a aplicación de la fu­
tura ley se atendrá estrictamente. a los supuestos previstos por el
legislador, siendo
así como la= experiencia
del Derecho compa­
rado
lo pone de maruifiesto~ esos presupuestos iniciales son am­
pliamente superados por
la "praxis jurídica", y si no existen
causa~ los cónyuges, que no se habían puesto de acuerdo . a. lo
largo de su vida
matrimonial; se c.onciert,an ,si hace falta para
simularlas, a fin de conseguir la sentencia de divorcio. Tratar
de encaUl,Zar la corriente divorcista es como tratar de poner
puertas
al mar.
»Además, aunque teóricamente se hacen

sutiles d.istinciones
entre· la
diso1ución intrínseca, en

la práctica,
desde el
momento
en que se admite como
causa de

divorcio el mero transcurso
del tiempo, a partir del cese ·efectivo de la convivencia, son los
propios cónyuges los que tienen la lacWtad de poner en marcha
el proceso que lleva a· la sentenei:a de divorcio, que se convierte
en un mero formalismo confir"matorio de una decisión-ad.optada
por

ellos
mismos, sin que sea óbice, - como. lo demuestra 1a ex­
periencia, la · fftcultad discrecional -"concedí-da al -juez de denegar
el divorcio si ocasiona perjuicios graves a los hijos o al otro
cónyu.g~ pues difícibµente puede hacer uso de la misma.
:s,S-¡ ol divorcio sólo se aplicase a situaciones extremas e irre­
versib1es podría, si
no justificarse doctrinalm.ente, por lo menos
ser considerado·

en dichos
supU'estos como

un mal.
menor; pero,
en realidad, la mera I)o.si!bilidad del diVorcio inicia' una diná­
mica de desestabilización familiar que se traduce en una esca­
lada

de divorcios, con cifras escalofriantes, que confirman
el
dicho "el divorcio engendra divorcio",

que así
se convierte en
el mal mayor. Las estadísticas de 1os Estados divorcistas son su­
mamente
reveladoras.»
795
Fundaci\363n Speiro

·:ar
Finalmente, convi,me precisar que la "justa autonom,fa'.', cg,:fespon~
dient_e-_
al'. legislador en -la formulación de las leyes humanas, tle~~-com~
límJte
la realizacltj_n de

la
iusticia, dirigida

a la
promoc.ión del . bien co­
mún.

No se trata meramente
de convertir los hechos en derecho, sino,
al -contrario, d hechos sociales se adecuen al bien común. Es decir, para que los hechos
se conformen al dereclw, como expresi6n de lo ;usto, y no, a la inversa,
para

que
el derecho, abdicando de su funci6n de arte de lo iusto, quede
sometido
a
los hechos

sin valorarlos ni
¡uzgarlos.
Ocasionalmente

lo ha
dicho· Juan Pablo JI en su alocuci6n al Centro
Femenino
Italiano del 7 de diciembre de 1979 (cfr. en L'OSSERVA­
TORE ROMANO del 10 de febrera de 1980):
«... la ley no debe ser mera denotación de lo que acontece,
sino
modelo y estímulo de lo - que se debe hacer , .. >
Femando Guerrero, en , ese contexto, valora la "justa autonomía"
del legislador humano, a la que alude el documento de la Conferencia
Episcopal Espattola acerca del divorcio civil, y advierte que:
« ... si esa autonomía eé jitst.a será ejercida conforme a las
exigencias de la
justicia, y, .por tanto, respetará las exigencias
y derechos fundamentales de 1as -personas y de las instituciones
naturales -entre ellas la- familia- y no podrá !legislar nada que
at-ente contra las características esenciales de tailes personas e
instituciones. Y si va-dirigida al bien común, que e& un bien
transido. de
naturaleza ética~ procurará promover aquellas con­
diciones
de vida social en las cualJ.es las personas y las familias
puedan lograr con mayor plenitud y facilidad su propia per­
fección~
Y no parece que, fa implantación del divorcio contribuya
precisamente a la
perfeeción y
a la
estabilidad de
la
familia.»
¡Lo malo, o lo peor, ea que nuestra Constitución proclama el dogma
de la soberanía popular (art. 2) -que las Cortes subsumen (art. 66, 2)-­
hasta tai extremo que no -solo ."afirma. en su prednihulo, qúe la ley es ex­
presi6n de la· voluntad del pueblo, sino que, incluso, proclama en su
teiio que la justicia "emana del pueblo .. (art. 117)!
,-,_; .. -;:,.-··-·,;
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