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Número 271-272

Serie XXVIII

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Juan Bms.Vallet de Goytisolo: Metodología jurídica

INFORMACION BIBLIOGRAFICA
ejércitos de Carlos VII, y muri6 en el destierro en 1879. En Sl
vida huhó de afrontar las terribles persecuciones religiosas que
se exiendan desde 1820 hasta la l." República. Inquebrantable
en su fe, austero y esforzado hasta el heroísmo, sufri6 su suerte
hi.stórica con el denuedo de nuestro mejores héroes del Siglo de
Oro.
Si la figura del P. Claret ha sido exaltada con la beatifica­
ción
y si Balmes ha conocido una extensa fama en las .letras fi.
losóficas, la
figura de Caixal solo conoci6 la marginaci6n y el
silencio, seguramente
por .haber llevado la consecuencia en sus
ideas
hasta militar como vicario castrense en el ejército que luchó
contra
la impiedad del liberalismo.
Adro Xavier traza
en . este libro a grandes pinceladas una
historia del sombrío
y tumultuoso siglo. XIX español al hilo de
las
vicisituades de una vida de santidad y entrega como la de
Caixal. La
medida de hasta qué punto ha penetrado el «liberalis,
mo católico» en las filas de la Iglesia postconciliar nos la da la
«advertencia» que el autor se cree obligado a insertar como pór­
tico del libro. Dice en ella que el liberalismo
contra el que luchó
Caixal era un liberalismo izquierdista
y anticlerical, bien distinto
de lo que hoy
se acoge bajo ese nombre. Pensamos, por nuestra
parte, que aquel
y este liberalismo son teóricamente idénticos.
Y que solo se diferencian
en que éste, porque ha triimfado ya e
incluso
se ha· infiltrado en las mentés eclesiásticas, no neéesita ya
de la agresividad impía· con
que aquel otro se mostraba.
Libro sugestivo y ameno este de Adro Xavier, que ha teni­
do el valor de defender a una
figura ilustre que, si controver­
tida en su tiempo, sería aun más incomprendida y denostada
en
el nuestro.
RAFAEL GAMBRA.
Vallet de Goytisolo, Juan: METODOLOGIA JURIDICA (*)
Un jurista experimentado en diversos campos del Derecho
puede llegar a plantearse un saber metodológico aplicable a prác'
ricamente todo el ámbito del ordenamiento jurídico. Un pensa­
dor ocupado
de las facetas filosóficas de la realidad puede llegar
a imaginar una perspectiva válida para entender suficientemente
sectores enteros
de la realidad. La obra comentada reúne ambas
dimensiones
· de investigación, y las une a dos series adicionales
(*) Editorial Civitas, Madrid; 1988, 426 págs.
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INFORMACION BIBLIOGRAFICA
de criterios: el conocimiento hist6rico de los antecedentes y de
las, más. importantes . direcciones metodológicas en ·. el campo ju­
rídico, y la sensibilidad cultural que, identifica en cada momento
aspectos más o menos valiosos, frente a una
jerru:quía de valores
de índole personalista, de las tomas de posesi6n doctrinales que
pueden encontrarse a lo largó
de las investigaciones metodol6gi­
cas encontradas históricamente . y en la actualidad.
. Ignoro si el autor se ha parado a considerar que sintetizar
en solo 400 páginas tal conjunto de referencias, de nociones 'y
de valoraciones solo es factible para contadísimas personas. Se­
guramente ha pensado que su lectura será de gran utilidad para
un jurista muy experimentado y para un filósofo del Derecho
que haya pasado toda su vida dedicado a esta
dase de estudios.
Pero, pasando por alto la admiración y
la ejemplaridad que este
autor despliega en su trabajo, no ha estimado el desánimo que
habrá
de inducir a los lectores cuya experiencia no les ha ofre­
cido anteriormente los infinitos elementos ( culturales, sociales,
valorativos, jurídicos, etc.) necesarios para entender a fondo
lo
presentado en estas páginas. Consigue Vallet redactar una autén­
tica enciclopedia
de· la Ciencia del Derecho, un Manual de Fi;
losofía del Derecho, un índice · escueto pero significativo de los
problemas tradicionales y actuales del saber jurídico.
Informar acerca del contenido de esta obra
sería, por tanto,
empresa casi tan extensa como el propio volumen publicado.
En todo caso los grandes apartados de
su diseño se mueven en
torno
a una directriz muy evidente: conectar las nociones de
Derecho y
de Justicia, y patentizar los procedimientos metodoló­
gicos adecuados para que tal· conexi6n
sea operativa en el cono,
cimiento, en el razonamiento, y en la decisión prudencial de los
juristas.
En este . sentido aparece subrayada la importancia de la filo­
sofl,a aristotélico-tomista de la jurisprudencia romana, de la filo­
sofía .de Vico y Sciacca, entre otros, y la directa inspiraci6n ad­
mirativa hacia el recientemente desaparecido Michel Villey.
¿Haría. falta indicar; tras estas observaciones, que esta Me,
todologla ;ur!dica es también una aportaci6n indispensable a las
teorías
tradicionales del Derecho natural, y una ayuda inestima­
ble
para los actuales juristas iusnaturalistas?
A. SÁNCHEZ DE LA TORRE
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