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Número 305-306

Serie XXXI

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José Pedro Galvão de Sousa, filósofo del derecho y iuspublicista

 

Con la muerte de José Pedro Galvão de Sousa pierde esta revista, sin el menor género de duda, uno de sus colaboradores más sólidos y beneméritos. Estanislao Cantero y Juan Vallet de Goytisolo lo han explicado doloridamente en las páginas siguientes desde prismas complementarios. Con idéntico sentimiento voy a tratar de mostrar en las próximas que es el pensamiento tradicional en su más amplia acepción el que sufre –y perdón por lo que la frase pueda tener de tópico– una irreparable pérdida. Porque José Pedro Galvão hizo del derecho natural en su versión clásica y de la tradición hispana los ejes de su fecunda actividad intelectual. Consagrándose, además, en el terreno práctico, a adelantar los movimientos en que aquellos –derecho natural y tradición hispánica– han cuajado en nuestros días. Por eso, el recuento de sus fidelidades no debe terminar con la evocación de sus colaboraciones en Verbo, en las reuniones de amigos de la Ciudad Católica o en los congresos de Laussane; exigiendo la comprensión global de su figura la explanación de otras de las empresas en que se afanó.

En este sentido, y para empezar, resulta inexcusable la cita de Francisco Elías de Tejada, compadre y conmilitón –incluso también en estas páginas– del inolvidable amigo brasileño ahora fallecido, precisamente en un estudio póstumo publicado en Verbo bajo la rúbrica de «José Pedro Galvão de Sousa en la cultura brasileña». En las primeras páginas del mismo estampa Elías de Tejada juicios tan contundentes como los que a continuación reproduzco: «[…] aparece con enérgico vigor presente la señera figura de José Pedro Galvão de Sousa, en cuya personalidad hay que distinguir dos rasgos: el primero, la valía del pensador y del jurista; el segundo, su extraordinaria significación de abanderado de la Tradición en uno de los momentos más difíciles de la trayectoria brasileña, en los tristes tiempos que corren en esta segunda mitad del siglo XX». «Al lado de la egregia significación de sus estudios y de su talento, habrá de tenerse en cuenta lo que sus saberes y esfuerzos significan dentro del marco de su pueblo. En un Brasil tenazmente empeñado en copiar fórmulas extrañas, Galvão de Sousa encarna la concepción brasileña del Brasil; en un Brasil que es campo donde pelean la guerra de la autenticidad nacional los dos ejércitos de los imitadores simiescos y de los verdaderos brasileños, Galvão de Sousa alza en su estandarte la cifra de las esencias brasileñas; en un Brasil que muchos pretenden destruir al servicio, sin duda las más de las veces inconscientes, de los imperialismos culturales extraños, Galvão de Sousa es el campeón mayor de la línea exacta de la continuidad que prolonga la entraña espiritual del Brasil fundacional». «Los hombres son mirados en la perspectiva de la posteridad; en una posteridad en la cual este José Pedro Galvão de Sousa, herido de injusticias y silencios, habrá de ser tenido por aquello que de veras es: la encarnación de la Tradición brasileña en un Brasil que pugna por encontrarse a sí mismo, superando las extranjerizaciones de la moda pasajera en el hallazgo de la verdad íntima que es su propia Tradición»[1].

Los anteriores juicios del también inolvidable Elías de Tejada nada tienen de excesivo. Por el contrario, se esculpen en el pórtico de un ensayo en el que luego desgrana, con la portentosa erudición que le caracterizaba, referencias y citas que lo aquilatan cumplidamente. Así, encontramos en Galvão una síntesis magistral de la esencia del Brasil en la que se conjugan el primado de la fe, el alcance misionero de la hazaña fundadora, la identificación de la Tradición brasileña con el catolicismo tridentino y la concepción del Brasil como asimilación civilizadora de las razas culturalmente inferiores: «La civilización traída por españoles y portugueses al continente americano se afirmó aquí modelando la mentalidad y las formas sociales de las naciones constituidas por la alianza étnica entre los pobladores y los aborígenes. Teniendo un sentido misionero –«dilatación de la Fe y del Imperio»– desde luego que comenzó a diferenciarse del tipo de cultura implantado en el norte por los ingleses. Mientras que éstos eliminaban o combatían a los ocupantes primitivos del suelo, y más tarde mantenían segregados a los negros venidos de África, los portugueses y españoles realizaban una obra de asimilación racial que había de preparar la aparición, en América, de la raza cósmica, al decir del pensador mexicano José Vasconcelos, o de la síntesis viviente, según la expresión del eminente peruano Víctor Andrés Belaunde»[2]. Juicio superador, como no escapó a Elías, de la descripción como mezcla culturalista sin matices de un Fernando de Azevedo, y en la línea del mejor Gilberto Freyre, en cuanto que destaca el sedimento histórico según un determinado ordo bonorum[3].

Ese elemento jerarquizador de los varios y en cierto modo magmáticos ingredientes culturales que forman el Brasil no puede ser otro que la continuidad de Portugal, en una prolongación virtual del mundo ibérico –según la conocida tesis de Costa Pôrto, desenvuelta magistralmente por nuestro autor–, continuidad de Portugal vivenciada en el conjunto de los pueblos hispánicos: «Galvão de Sousa aborda positivamente la cuestión para encontrar en las instituciones brasileñas la huella del espíritu de libertades concretas, característico del pensamiento político hispánico frente a los excesos tiránicos o anárquicos engendrados en Europa por la herejía protestante»[4]. Afirmación que abre el camino a la integración de la tradición brasileña, a fuer de continuadora de la portuguesa, en el corpus mysticum de las Españas: «Mérito insigne de Galvão de Sousa es haber mirado la evolución del Brasil, desde sus mismos orígenes hasta nuestros días, integrada en la historia total de los pueblos hispánicos, señalando siempre el paralelo que entre ellos existe […], volviendo a la terminología clásicamente camoneana para discernir entre lo que se llama hoy España, enteco puñado de países adormecidos en el regazo terrenal ibérico, y lo que se dijeron las Españas en los tiempos en que el Brasil nació»[5].

Por eso, José Pedro Galvão de Sousa se constituye en uno de los paladines del tradicionalismo hispánico[6], iniciando una labor cultural y política común con los correligionarios del otro lado del Atlántico sin tener en cuenta las actuales fronteras de los Estados modernos. Especialmente es Francisco Elías de Tejada con quien se une en la defensa de los mismos principios. Desde finales de los años cuarenta viene su relación con el polígrafo madrileño de origen extremeño, una relación a la que sólo la muerte prematura de éste puso obligado epílogo. Y, así, le encontramos viajando por tierras castellanas y leonesas en su compañía en 1948; y les vemos fundando juntos la revista hispano-brasileña Reconquista en los años cincuenta; y de igual modo podemos hallar al profesor de São Paulo en las más diversas iniciativas de su fraternal amigo: ya estrictamente carlistas, como los importantes Congresos de Estudios Tradicionalistas de 1964 y 1968, o como el Centro de Estudios Históricos y Políticos «General Zumalacárregui» e incluso la redacción de la obra colectiva. ¿Qué es el carlismo?; ya en trabajos de índole jurídica y cultural, como la Asociación de Iusnaturalistas Hispánicos «Felipe II»[7].

Y la colaboración trasciende lo puramente formal, para alcanzar la orientación de los contenidos y aun las propias temáticas. Veamos, a título de ejemplo, cómo ilustra la oposición –tan característica en Elías de Tejada– entre Europa y la Cristiandad, rastreando su reflejo también en América: «Lo que recibimos, con la colonización, tanto en Brasil como en la América española, fue el espíritu católico medieval, mientras que los ingleses llevaron al norte el fermento protestante, naturalista y mercantilista, que habría de engendrar un tipo de formación social opuesto al nuestro. Catolicismo y protestantismo, Edad Media y Renacimiento, marcan las antítesis entre la América hispana y la América anglosajona. Esta dualidad, a su vez, corresponde al antagonismo bien saliente que se da entre el mundo europeo moderno y el mundo ibérico a partir del siglo XVI. Cuando la unidad cultural de Europa fue quebrada por el protestantismo, en la misma época en que el humanismo naturalista del Renacimiento infectaba a las minorías letradas del paganismo de la cultura antigua, vimos en España y Portugal salvarse aquella unidad, gracias a la política de sus reyes, en defensa de la fe, y rebrotar la escolástica medieval en el "Siglo de Oro" hispánico, con sus grandes escritores, filósofos y místicos»[8]. O cómo describe –también de modo coincidente con el maestro español[9]— la quiebra de la tradición brasileña con el absolutismo borbónico, prolongada con la subsiguiente europeización liberal[10].

Desde el siglo XVII –es la elocuente conclusión de Elías de Tejada en el estudio que reiteradamente vengo siguiendo y citando– «no ha engendrado el Brasil pensador tan brasileñamente entrañado como José Pedro Galvão de Sousa»[11]. De modo que los Morais Torres, Soriano de Sousa, Maricá, Lipparoni o incluso Farias Brito no terminan de completar la trayectoria intelectual que Galvão culmina luminosamente. Nadie, ni siquiera el gran Arlindo Veiga do Santos[12], puede comparársele. Por eso, su nombre enlaza directamente con el portugués de Antonio Sardinha[13].

Aparte este volver a atar el hilo roto de la ttadición perdida, la personalidad de Galvão adquiere singular relevancia al verter esas intenciones recién apuntadas en los moldes de la iusfilosofía y el derecho político. La sola enumeración de sus libros –con exclusión de opúsculos y artículos de revista– sobre tales materias es suficiente: O positivismo juridico e o direito natural[14]; Politica e Teoria do Estado[15]; Perspectivas históricas e sociológicas do direito brasileiro[16]; Introdução a história do direito político brasileiro[17]; Socialismo e corporativismo em face da encíclica «Mater et Magistra»[18]; Raízes históricas da crise política brasileira[19]; Capitalismo, socialismo e comunismo[20]; A historicidade do direito e a elaboração legislativa[21]; Da representação politica[22]; A Constituição e os valores da nacionalidade[23]; O totalitarismo nas origens da moderna Teoria do Estado. Um estúdio sobre o «Defensor Pacis» de Marsilio de Pádua[24]; O Estado tecnocrático[25]; Iniciação a Teoria do Estado[26]; Direito natural, direito positivo e Estado de Direito[27].

Resumir ordenadamente las aportaciones que encierran todas esas páginas excede con mucho de la finalidad de esta nota. Pero nada le gustaría más a quien la escribe que hallar en el futuro aliento para la tarea, pues son tantas las enseñanzas que esconden, sobre todo para una reorientación de los estudios de derecho público reconciliada con el realismo filosófico que debe presidirlos. En este sentido, no son muchos los autores que han cultivado esas disciplinas desde un tal ángulo, lo que agranda más aún la figura del catedrático brasileño. Pues, prácticamente quedan reducidos a don Enrique Gil y Robles en el siglo pasado y más cerca de nuestros días al profesor francés Marcel de la Bigne de Villeneuve[28].

Dejando al .margen sus aportes más .puramente filosófico-jurídicos (la caracterización de las concepciones clásica y moderna del derecho natural; la elucidación del derecho natural en su fundamentación trascendente y en su realización histórica a través del derecho positivo; la incidencia del iusnaturalismo en la teoría de las fuentes del derecho, etc.), y centrándonos en los más propio de su especialidad iuspolítica, como botón de muestra, quiero referirme especialmente a su aproximación al Estado de Derecho y a su visión de la representación política.

En lo que hace al Estado de Derecho, le debemos a Galvão una indagación sobre su verdadero sentido, que, tras analizar el Estado de Derecho kantiano, la democracia de Weimar y el totalitarismo, concluye en la afirmación de que sin derecho natural no hay verdadero Estado de Derecho, debiendo trascenderse –en consecuencia– el Estado de legalidad en un auténtico Estado de justicia. Así, nuestro autor encuentra que el juego de las limitaciones del poder se traduce:

a) En el reconocimiento de un concepto objetivo de justicia, superior al Estado, y por encima de la voluntad del legislador, que tanto excluye al principio «quod principi placuit legis habet vigorem» como su versión democrática que entiende la ley como expresión de la volonté générale.

b) En la aceptación de que el Estado está sometido al orden jurídico, que impone sus reglas generales tanto a gobernantes como a gobernados y que excluye el absolutismo del «princeps legibus solutus».

c) En suficientes garantías para todos contra la arbitrariedad del poder, y procedimientos adecuados para hacer efectiva la responsabilidad de los gobernantes por sus transgresiones del orden jurídico, juzgadas por una magistratura independiente.

d) En la no confusión de la sociedad y el Estado que, al elaborar sus leyes, debe respetar las ordenaciones jurídicas de los cuerpos intermedios existentes, sin suprimir su justa autonomía y la del derecho históricamente constituido en la sociedad política[29].

Este cuadro, en su cotejo con la realidad actual, destaca un entendimiento profundo de lo que puede llamarse el Estado de Derecho, que se halla más cercano a los planteamientos medievales de un Fortescue o Mieres que al régimen constitucional creado por el racionalismo liberal[30].

En lo que se refiere a la representación, son cinco los aspectos fundamentales que aborda:

1) La representación de la sociedad política, es decir: la representación «de» la sociedad «por» el poder, la representación «de» la sociedad «ante» el poder y la representación «de» la sociedad «en» el poder (desdoblándose esta última en la representación del pueblo en el Gobierno y en la representatividad popular del Gobierno).

2) La representación política en el «Estado de partidos» y en la «sociedad de masas». Revisando las funciones de la representación por cuerpos intermedios, por partidos políticos, por partido único, por grupos de presión y por corporaciones.

3) La representación en relación con la autoridad, a propósito de lo cual estudia las relaciones de las instituciones representativas, el Gobierno y el poder legislativo.

4) La representación como·valor simbólico que manifiesta un orden de carácter trascedente.

5) La filosofía de la historia de las instituciones representativas, a propósito de lo cual explaya muy interesantes consideraciones sobre su sentido en la vida política[31].

Termino. En lo anterior no he querido –no hubiera podido– realizar un estudio de la obra iusfilosófica y iuspolítica del profesor Galvão de Sousa. Simplemente he pretendido resaltar la importancia de la misma desde el ángulo del pensamiento tradicional y al objeto de evocar su figura para nuestros lectores. José Pedro Galvão, con ochenta años recién cumplidos, estaba en plena actividad intelectual. En su última visita a España, en el mes de diciembre pasado, tuve la fortuna de pasar con él, y con su mujer Alexandra, muchas horas: viajando juntos a Sevilla para participar en la Reunión de amigos de la Ciudad Católica; o asistiendo a la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación –de la que era académico honorario y con la que se sentía por lo mismo obligado: por eso, en un agradable almuerzo con José Luis de los Mozos y José María Castán, le anunció a éste la remisión de un artículo para los Anales de la Academia– o sorprendiendo por su jovialidad y claridad de ideas a mis alumnos de la Facultad de Derecho de la Universidad Pontificia Comillas, en una lección magistral en todos los sentidos de la palabra. Éramos muy amigos y conservo decenas de cartas suyas en las que siempre mostraba una sensibilidad exquisita. Siempre que requerí su colaboración para varias obras colectivas la obtuve, junto con lo que es más importante: su consejo. Tras ese último viaje a nuestra patria, al que acabo de referirme, estaba ilusionado con la posibilidad de volver el año próximo para participar en unas jornadas en honor de Elías de Tejada que anda preparando la Universidad Complutense de la mano de Ángel Sánchez de la Torre y José lturmendi. También, un grupo de amigos de ambos lados del Atlántico, entre ellos varios discípulos suyos, habíamos empezado a acariciar la idea de ofrecerle unos estudios-homenaje. Clovis Lema, en su última carta, me anunciaba al mismo tiempo la gravedad de José Pedro y la culminación de una bibliografía completa de su obra para abrir el proyectado libro.

Me resulta extraordinariamente doloroso despedir al amigo y maestro. De un tiempo a esta parte experimento con demasiada frecuencia la sensación de que una generación portentosa, también a los efectos del pensamiento tradicional, se nos está yendo a borbotones. Son muchos los amigos egregios que nos han dejado, y no veo que los que venimos detrás estemos a su altura. Como en el Evangelio, habrá que pedir al Señor de la viña que envíe muchos y buenos operarios a una mies que por momentos se hace cada vez más difícil de trabajar. Si la esperanza escatológica nunca nos abandona, no es menos cierto que se hace preciso trabajar con generosidad para que en nuestro tiempo no se pierda la estela de la tradición social, cultural y política de los pueblos de las Españas. Descanse en paz.

 

[1] Francisco Elías de Tejada, «José Pedro Galvão de Sousa y la cultura brasileña», Verbo (Madrid), n. 221-222 (1984), pp. 49·88, 51, 52 y 53. El texto; inédito a la muerte de su autor, está datado en Sevilla en el año de 1977.

[2] José Pedro Galvão de Sousa, Raízes históricas da crise politica brasileira, Petrópolis, 1965, p. 69.

[3] Cfr. Francisco Elías de Tejada, loc. cit., pp. 53-56.

[4] Ibid., pp. 56-57. Recuerda Elías de Tejada que las libertades concretas de la tradición hispánica anclaban en la autonomía de los municipios, por lo que tiene especial significación el estudio que Galvão hace de su prolongación en el cabildo brasileño. Cfr. José Pedro Galvão de Sousa, Política e Teoria do Estado, São Paulo, 1957, p. 1940; Introdução a hist6ria do direito político brasileiro, 2ª ed., São Paulo, 1962, pp. 41-42.

[5] Francisco Elías de Tejada, loc. cit., p. 57.

[6] Es conocida la distinción, debida a Elías de Tejada, entre un tradicionalismo hispánico y otro europeo, de diferentes contexturas y con notables diferencias en algunos puntos. Cfr., por ejemplo, su formulación en Joseph de Maistre·en España, Madrid, 1983, p. 21. Otros autores de la escuela tradicionalista, –como Francisco Canals, han aceptado la caracterización de Elías. Cfr., a este respecto, el prólogo al libro de José María Alsina, El tradicionalismo filosófico en España. Su génesis a través de la generación romántica catalana, Barcelona, 1985, pp. XI y ss. Así las cosas, no hay duda de la inclusión de Galvão dentro del tradicionalismo hispánico, a pesar de su mayor sincretismo, evidenciado a la hora de utilizar fuentes maurrasianas, etc. Otro gran escritor brasileño, fallecido en 1978, y representante de los más distinguidos del pensamiento tradicional, Gustavo Corçao, en cambio, muestra una formación más francesa y europea, en contraste con la raigambre inequívocamente hispánica de José Pedro Galvão.

[7] En la obra excepcional de Manuel de Santa Cruz, Apuntes y documentos para la historia del tradicionalismo español (1939-1966), en veintiocho tomos, algunos de varios volúmenes, editados entre 1979 y 1991, hay frecuentes menciones a Galvão de Sousa: su amistad con Elías de Tejada, su participación en actividades carlistas, la época de Reconquista, etc., van apareciendo al hilo de la narración prueba palpable de la importancia del amigo brasileño. En cuanto a su participación en la redacción de ¿Qué es el carlismo?, Madrid, 1971, 206 pp., deja constancia de ella –entre otras muchas– Francisco Puy en el prólogo. Finalmente, su intervención en la Asociación de lusnaturalistas Hispánicos «Felipe II», fue originaria, ya que fue uno de los promotores, siempre bajo el impulso de Elías de Tejada, junto con el chileno Gonzalo Ibáñez, el norteamericano Frederick Wilhelmsen y los españoles García de la Concha, Puy y Balbino Rubio.

[8] José Pedro Galvão de Sousa, Raízes históricas da crise política brasileira, cit., p.·70.

[9] Cfr. Francisco Elías de Tejada, La monarquía tradicional, Madrid, 1954, pp. 52 y ss.; Historia de la literatura política en las Españas, Madrid, 1992, tomo I, pp. 25 y s. La descripción del proceso histórico de pérdida de la tradición por las sucesivas europeizaciones, junto con el propio entendimiento de la tradición como causa de diferenciación de las comunidades políticas, constituyen, sin duda alguna, las premisas generales de toda la obra historiográfica de Elías de Tejada.

[10] Cfr. José Pedro Galvão de Sousa, A historicidade de direito e a elaboração legislativa, São Paulo, 1970, pp. 51-56; también «El derecho natural en el mundo lusitano del siglo XX», en el volumen El derecho natural hispánico, Madrid, 1973, pp. 287-323. Por referirme a ensayos puramente doctrinales y ajenos a debates políticos singulares.

[11] Cfr. Francisco Elías de Tejada, «José Pedro Galvão de Sousa en la cultura brasileña», loc cit., p. 80.

[12] Elías de Tejada, en las pp. 81 y 82 del ensayo que vengo siguiendo, traza la comparación entre Veiga do Santos y Galvão de Sousa. Para un mayor conocimiento de la figura del primero, véase el propio ensayo de Elías de Tejada; «Arlindo Veiga do Santos desde el tradicionalismo castellano», Revista da Universidade Católica da São Paulo, XVI, fasc. 28 (1958), pp. 393-400.

[13] Cfr. José Pedro Galvão de Sousa, «Antonio Sardinha e nós», Reconquista (Madrid-São Paulo), III (1952), pp. 85-106.

[14] Id., São Paulo, 1940.

[15] Id., São Paulo, 1957

[16] Id., São Paulo, 1961.

[17] Id., São Paulo, 1962 (2ª ed.).

[18] Id., Petrópolis, 1963.

[19] Id., Petrópolis, 1965.

[20] Id., São Paulo, 1965.

[21] Id., São Paulo, 1970. Hay versión castellana de Juan Antonio Sardina Páramo, Madrid, 1972.

[22] Id., São Paulo, 1971.

[23] Id., São Paulo, 1971.

[24] Id., São Paulo, 1972.

[25] Id., São Paulo, 1973.

[26] Id., São Paulo, 1976.

[27] Id., São Paulo, 1977.

[28] Nuestro querido. maestro Eugenio Vegas Latapie, en su libro Romanticismo y democracia, Madrid, 1938, pp. 59 y ss., ya pone el nombre de La Bigne al lado del de Gil y Robles. Luego, pocas veces he vuelto a encontrar referencias al tratadista de derecho político y teoría del Estado de la Universidad Católica de Angers. A veces se cita su estudio sobre Blanc de Saint Bonnet o su lucidísimo Satán dans le Cité, traducido al castellano por María Zamanillo. Jean Ousset cita varias veces sus Principes de sociologie politique et statologie générale. Pero sólo José Pedro Galvão conocía cumplidamente los tomos del Traité générale de l'Etat, L'activité étatique, La crise du sens commun dans les sciences sociales o La fin du principe de séparation des pouvoirs. Por eso, y al disponer el redactor de esta nota de la mayor parte de tales libros, obsequio de Eugenio Vegas, en varias ocasiones requerí a José Pedro que escribiera para Verbo un artículo sobre La Bigne. En su última visita a España me confirmó que no había olvidado el encargo y que, tras terminar un Diccionario de Política en el que estaba embarcado con sus discípulos y colaboradores, escribiría el estudio. Temo que no lo haya hecho antes de su fallecimiento.

[29] Cfr. José Pedro Galvão de Sousa, Da representação politica, cit., pp. 34 y ss. También O totalitarismo nas origens da moderna Teoria do Estado, cit., pp. 69 y ss.; 108 y ss.

[30] Tres maestros y amigos han realizado ese estudio, tan estrechamente unido al planteamiento de Galvão·de Sousa: Francisco Elías de Tejada, Frederick D, Wilhelmsen y Juan Vallet de Goytisolo. Cfr., sobre Mieres, las páginas que le dedica, Francisco Elías de Tejada en la Historia del pensamiento político catalán, tomo 1, Sevilla, 1962, pp. 309 y ss: Wilhelmsen ha estudiado la figura de sir John Fortescue en un artículo compilado en Christianity and Political Philosophy, Athens, 1978. En un plano más general, Juan Vallet es autor de páginas muy relevantes a este respecto en «El Estado de Derecho», Verbo (Madrid), n. 168 (1978), pp. 1035-1059.

[31] Cfr. la reseña, muy aguda, que dedica al libro de Galvão sobre la representación, antes citado, el profesor Francisco Puy en el volumen 18 del Anuario de Filosofía del Derecho, correspondiente al año 1975, y que se encuentra en las pp. 318-324.