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Número 377-378

Serie XXXVIII

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Familia y uniones de hecho. Consideraciones antropológicas y éticas sobre un problema de gran actualidad

FAMILIA Y UNIONES DE HECHO
CONSIDERACIONES ANTROPOLÓGICAS Y ÉTICAS SOBRE
UN PROBLEMA
DE GRAN ACTUALIDAD
POR
DIONIGI 'fETIAMANZI co
En los últimos tiempos, la decisión de algunos concejos
municipales de aprobar la institución del "registro de las uniones
civiles"
ha avivado el debate sobre las "familias de hecho".
Pero acerca de este problema, además
de la discusión, hay
que registrar también diferentes reacciones dignas de considera­
ción.
Al parecer, la mayotia de las personas ha permanecido más
bien indiferente; unas han preferido el silencio; otras han mani­
festado
una especie de "fastidio" frente a una cuestión que ame­
naza
con agravar las tensiones y contraposiciones que ya agobian
el actual clima social y político.
En realidad, la primera reacción legítima y obligatoria para
todos es
interrogarse sobre este problema y, por tanto, afrontarlo
como personas
que no pueden renunciar a su racionalidad y res­
ponsabilidad,
en una palabra, con esp!ritu de gran sabiduria y de
verdadera libertad.
Un problema subjetivo y a la vez objetivo
Frente al fenómeno de las uniones de hecho, no se puede
por menos de tener en cuenta el aspecto subjetivo: se trata de
detenninadas personas, de su visión de la vida, de sus intencio-
e) Reproducimos, de la edición semanal en lengua española de L 'D.s:serva­
tore Romano, núm. 39, de 24 de septiembre de 1999, este texto del cardenal arzo­
bispo de Génova, no obstante algunas discutibles consideraciones, en particular .
referidas al valor
de la Constitución italiana (N. de la R).
Verbo, núm. 377-378 (1999), 615-627. 615
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nes, en síntesis, de su "historia". En este sentido, podemos, más
aún, debemos reconocer y respetar la libertad individual de elec­
ción de esas personas.
Pero
en las uniones de hecho que piden el reconocimiento
público
no sólo está en jue,go la libertad privada (cada cual es
libre
de comportarse en privado como mejor le parezca); también
está
en juego, y de modo específico, el reconocimiento público
de esta elección privada.
Por eso, este problema necesita
un enfoque propiamente
social;
en efecto, el individuo es persona, y es persona porque es
un ser relacional, que está en relación con los demás. Esto exige
que haya
un "terreno común" en el que las personas puedan
encontrarse, confrontarse y dialogar a partir de elementos que
"comparten", y refiriéndose a ellos, que han de ser valores y exi­
gencias aceptados
por todos.
Este terreno común equivale a
un criterio objetivo, a una ver­
dad que está por encima de todos y que, a la vez, es para el bien
de todos. Aceptar este criterio, esta verdad,
es condición necesa­
ria tanto para la auténtica libertad y la madurez de la persona
como para el desarrollo
de una convivencia social ordenada y
fecunda.
Una atención exclusiva al sujeto y a sus intenciones y opcio­
nes, sin una referencia adecuada a la
dimensión social y, por con­
siguiente, al dato objetivo,
es fruto de un individualismo arbitra­
rio inaceptable, más aún, contraproducente para la dignidad de
la persona y el orden de la sociedad.
Un problema "laico" no confesional
La discusión sobre las familias de hecho ha mostrado, una
vez más,
la fuerza de la tendencia a "ideologizar", más aún, a
"confesionalizar" los problemas,
es decir, a creer que su solución
sólo
puede tener respuestas diversas y opuestas según la fe pro­
fesada, según sea católica o laica.
Ciertamente, el cristiano tiene
una visión del matrimonio y de
la familia que deriva de la palabra de Dios y de la enseñanza de
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FAMILIA Y UNIONES DE HECHO
la Iglesia, y que lo lleva a reconocer en el matrimonio de los
bautizados
un sacramento, un signo y un lugar de la salvación
de Jesucristo. Pero el cristiano, siempre a la luz de la palabra de
Dios y de la enseñanza de la Iglesia, sabe que el sacramento no
es una realidad sucesiva y extñnseca al dato natural, sino que
ese mismo dato natural es asumido como signo y medio de sal­
vación.
En este dato natural, y por tanto, profundamente huma­
no,
el creyente interviene con la luz y la fuerza de su razón. As!
pues, el problema de las uniones de hecho puede y debe afron­
tarse
con la razón: no es cuestión de fe cristiana, sino de racio­
nalidad.
Es inaceptable la tendencia, tan difundida y arraigada, casi
instintiva,
de oponer a los católicos y a los laicos. Lo que afirma
la enciclica Evangelium vi/ae sobre el problema del aborto puede
aplicarse de modo análogo a nuestro problema: "El evangelio de
la vida no es exclusivamente para los creyentes: es para todos. El
tema de la vida y de su defensa y promoción no es prerrogativa
única
de los cristianos .. ." (n. 101).
¿Tendrá que acontecer también
en este campo lo que ya ha
sucedido y sucede en otros campos, o sea, que la Iglesia defien­
da la validez de la razón y la humanidad del hombre?
Un problema muy serio
Es preciso denunciar otro riesgo, común y difundido: el de
quitar importancia al alcance del problema. En efecto, se dice
que ese problema no ha de preocupar excesivamente, dado el
número relativamente escaso de las parejas de hecho con res­
pecto a la casi totalidad del
pueblo italia)lo, que es favorable a la
familia fundada
en el matrimonio. En realidad, el problema, más
que cuantitativo, es cualitativo: atañe a la verdad y a la justicia, o
sea, a los valores y a las exigencias que están implicados
en él.
Más bien, la escasa importancia numérica del problema deberla
suscitar alguna duda incluso sobre la oportunidad de solicitar
intervenciones administrativo-legislativas concernientes a las
parejas
de hecho, teniendo en cuenta que no siempre se da un
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adecuado compromiso para promover auténticas políticas fami­
liares. Una forma
aún más preocupante y pétjudicial de enfoque
superficial del problema
es la exaltación (aparente y falsa) de la
libertad de elección de las personas. Pero precisamente este
enfoque completamente privado del matrimonio y de la familia
exige que se lo considere
con la mayor seriedad. No nos halla­
mos frente a
una clase cualquiera de relación de vida entre las
personas, sino frente a
una clase de relación que tiene una
dimensión social única con respecto a todas las demás; es única
la de la familia por su naturaleza de núcleo social básico, puesto
que con la procreación se sitúa como seminarium civitatis (como
principio "genético" de
la sociedad) y con la educación se confi­
gura como lugar primario
de transmisión y cultivo de los valores
y, por consiguiente, como principio de cultura.
Por las razones
que acabamos de exponer, hay que concluir
que
el "modelo" de matrimonio y de familia no es en absoluto
algo secundario o marginal para la configuración estructural
de la
sociedad; por el contrario,
es algo decisivo, que caracteriza a la
sociedad misma: tal como sea la familia, así será la sociedad.
Para una valoración verdaderamente racional
Con las uniones de hecho sucede lo mismo que con cual­
quier otro problema humano: hay que intervenir
con la razón;
más precisamente, con la "recta razón". Con esta clásica precisión
terminológica se quiere aludir a la lectura y al juicio
de una razón
que sabe ser objetiva y que, por eso, se ve libre de los más diver­
sos condicionamientos, como la emotividad o
la fácil compasión
ante situaciones dolorosas, los posibles prejuicios ideológicos, la
presión social y cultural, y las rigidas tomas de posición de las
fuerzas y
de los partidos politicos.
En particular, la "recta razón" debe defenderse de algunas
tendencias culturales radicales,
que tienen como objetivo más o
menos evidente la destrucción
de la institución familiar. El Santo
Padre fue muy claro a este respecto
en su discurso al Foro de las
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FAMILIA Y UNIONES DE HECHO
Asociaciones familiares católicas en Italia: "Más preocupante aún
es el ataque directo a la institución familiar que se está llevando
a cabo tanto a
rúvel cultural como en el ámbito político, legisla­
tivo y administrativo.
(. .. )En efecto, es clara la tendencia a equi­
parar
la farrúlia con otras formas muy diferentes de convivencia,
prescindiendo de fundamentales consideraciones de
orden ético
y antropológico" (27 de junio
de 1998, n. 2; L 'Osservatore Romano,
edición en lengua española, 17 de julio de 1998, pág. 3).
Estas consideraciones fundamentales de orden ético y antro­
pológico son
el objeto específico propio de una recta reflexión
racional. Y ésta, según
un camino lógico ideal, procede ante todo
a definir la identidad propia de la familia fundada
en el matri­
morúo y la identidad propia de las demás formas de convivencia,
para comparar después esas dos identidades y llegar así a dedu­
cir si es posible o no la "equiparación" entre familia y urúones de
hecho. Por tanto, lo primero es definir
la identidad propia de la fami­
lia
en si misma y en relación con la sociedad. A esta identidad
pertenece, además
de lo que ya he dicho, el valor y la exigencia
de la
estabilidad de la relación matrimorúal entre el hombre y la
mujer:
es una estabilidad que se expresa y confirma en la rela­
ción
de procreación de los hijos, que se pone a su servicio edu­
cativo-cultural y que,
en ese sentido, se convierte también en un
factor de ulteriores relaciones del entramado social, con vistas a
su cohesión.
Además, se debe precisar que
la estabilidad propiamente
matrimonial y familiar
no está confiada exclusivamente a la inten­
ción y a la buena voluntad
de las personas implicadas, sino que
tiene
un carácter institucional después de adquirir estado públi­
co, o sea, como consecuencia del reconocimiento jurldico de la
opción de vida conyugal por parte del Estado. Evidentemente,
esta estabilidad
es de interés para todos, pero beneficia de modo
particular a los más débiles, a saber, a los hijos. En este sentido,
no puede dejar de impresionar el silencio práctico que, sobre el
problema de los hijos que nacen
en parejas de hecho, caracteri­
za al debate actual
en tomo a la equiparación entre familia y
urúones de hecho.
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D/ONIGI TETTAMANZI
Si pasamos de la identidad de la familia a la de las otras for­
mas
de convivencia, debemos notar inmediatamente la fuerte
heterogeneidad de las uniones de hecho: basta pensar
en la
diversidad que existe entre las heterosexuales y las homoxesua­
les. Esa heterogeneidad articula y diversifica más la confrontación
entre la familia y esas formas de convivencia. Esta confrontación
pennite ver cómo y cuánto se alejan estas últimas del "modelo"
natural de la familia fundada
en el matrimonio, más aún, cómo
acaban por alterarlo radicalmente.
No consideramos aqui, por
razones de espacio, la problemática de las parejas homosexuales,
que evidentemente plantea interrogantes más preocupantes,
aunque en esta caso el rechazo de la equiparación
es más
categórico. Una pretendida equiparación entre familia y uniones de
hecho
por parte de la sociedad y de la ley civil debte definirse
falsa y falsificadora, porque va contra la verdad de las cosas, anu­
lando diferencias sustanciales e introduciendo
"modelos" de
familia que de ningún
modo pueden compararse entre si y que,
en todo caso, acaban por desacreditar injustamente a la única
familia que la historia de
la humanidad de todos los tiempos ha
visto siempre, no como una relación genérica, sino como una
realidad que tiene su origen en el matrimonio, o sea, en el pacto
estipulado y manifestado
de varios modos entre personas de sexo
diverso,
rea\izado a partir de una elección reciproca y libre, que
comprende, por lo menos como proyecto,
una relación pro­
creadora.
La intervención de la sociedad y de la ley civil
Es legitima, más aún, necesaria la intervención de la socie­
dad y
de la ley civil en el ámbito de la familia y también de las
uniones de hecho: la razón reside
en la esencial dimensión
social del matrimonio,
que se expresa en la relación reciproca
que va del matrimonio a la sociedad, y
de la sociedad al matri­
monio.
Pero ¿cómo intervenir? Respetando la verdad y ]ajusticia.
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FAMILIA Y UNIONES DE HECHO
Esto significa que hay que observar, ante todo, la Constitución
republicana vigente
en nuestro país, bastante clara tanto en la
letra como
en el espíritu. Ésta "reconoce los derechos de la fami­
lia como sociedad natural fundada
en el matrimonio" (art. 29).
Por tanto, solamente a "esa" familia reserva y asegura una tutela
especifica y
una vía preferencial para las intervenciones sociales
y solidarias, a la vez que la propone como "único" modelo
adecuado para asegurar
en el entramado social la certeza del
derecho y el cumplimiento de las obligaciones contempladas
por
la ley.
Ahora bien,
las uniones de hecho que, por definición, recha'
zan cualquier forma de reglamentación social, ponen en peligro
la certeza del derecho. También el cumplimiento de las obliga­
ciones queda sometido a la total arbitrariedad de los convivien­
tes. A pesar de ello, con la institución del "registro de las unio­
nes civiles", se reconoce
un status jurídico especial de familia a
personas que libremente
han rechazado o rechazan precisamen­
te
el status de familia, con todos sus correlativos derechos y
deberes. De este modo, el mismo sujeto
público (el municipio)
cae
en una evidente e intolerable contradicción. Hay que añadir
asimismo que
el sujeto público realiza un acto jurldico en senti­
do único: asume obligaciones con respecto a los convivientes,
mientras que éstos no asumen ninguna obligación. Desde esta
perspectiva, es paradójico
que el mismo sujeto público se haga
responsable del rechazo de la dimensión social
de la convivencia
familiar y del reconocimiento del individualismo más marcado:
con la equiparación familia-uniones de hecho, el sujeto público
acepta
una "disociación" injusta y perjudicial entre derechos y
deberes: a los convivientes les reconoce derechos,
pero no les
exige deberes.
Como puede verse, la equiparación, mediante la inscripción
en el registro, de las parejas de hecho con la familia es contraria
a toda articulación coherente de las relaciones entre derechos y
deberes
y, precisamente por eso, altera radicalmente la convi­
vencia social, además de representar una violación
de la Consti­
tución vigente. En este sentido, debemos preguntarnos cuál
puede ser la "legitimidad"
de este tipo de deliberaciones de los
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DIONIGI TETTAMANZI
municipios, dado que no se les atribuyen competencias propia­
mente legislativas
(por lo menos en este campo), sino, a lo sumo,
funciones exclusivamente administrativas; por este motivo, hay
que dudar por lo menos de la importancia juñdica de estos pro­
nunciamientos municipales.
Para apoyar
una ley civil que reconozca las uniones de hecho,
se invoca la distinción entre ley moral y ley civil. Ciertamente,
entre las dos hay distinción, pero la distinción
no es sinónimo ni
de separación ni, mucho menos, de contradicción.
Es conocida a
este respecto la clara enseñanza de santo Tomás, para
quien "la
ley positiva humana en tanto tiene fuerza de ley en cuanto deri­
va de la ley natural. Y si
en algo está en desacuerdo con la ley
natural, ya
no es ley, sino corrupción de la ley" (Summa Theolo­
giae
1-IT, q. 95, a. 2).
En_ el caso específico del reconocimiento juñdico de las unio­
nes de hecho, tratándose de
un modelo de familia que contradi­
ce
la ley natural y además con fuertes consecuencias negativas
para el entramado social, la ley civil
no puede alejarse de la ley
natural.
Si lo pretendiera, perdeña su identidad de ley, como
escribe san Agustín: "Non videtur esse lex, quae iusta non fuerit",
"No puede llamarse ley la que no sea justa" (De libero arbitrio
I, 5, 11).
Hay
que recordar, asimismo, una función ineludible de la
misma ley civil: la educativa. Ciertamente, la ley
no tiene como
misión hacer santos a todos los ciudadanos y, en este sentido,
puede y debe registrar ciertas situaciones existentes en la
sociedad, llegando incluso a formas
de tolerancia: "De lo con­
trario, se producirán males peores" ("Secus deteriora mala
pro­
rumperent"), diria santo Tomás. Pero tampoco puede limitarse
a registrar las situaciones presentes y a consagrarlas
con el
crisma
de la legalidad. Tiene siempre una función educativo­
cultural. No
puede ser indiferente a los valores culturales y
éticos, y
debe cumplir una función pedagógica y desempeñar
un papel de promoción moral y cultural, ciertamente afrontan­
do fuertes corrientes que quisieran que esa función desapa­
reciera.
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FAMILIA Y UNIONES I)E HECHO
Una política familiar orgánica
Aunque la responsabilidad con respecto a la familia, teniendo
en cuenta su típico valor social, compete a todos los miembros
de la sociedad, su sujeto privilegiado
son todos los que actúan en
politica.
Éstos,
en primer lugar, deben ser conscientes de la seriedad
del problema de la equiparación
de las uniones de hecho con la
familia: abordarlo superficialmente significaría
no reconocer el
peso social, único y decisivo,
que el modelo de familia fundada
en el matrimonio tiene en relación con algunos valores funda­
mentales para la convivencia humana, como
son la vida, la edu­
cación, la estabilidad.
de las relaciones afectivas, etc.
Si con respecto a nuestro programa afirmamos que también
los politicos corren el riesgo
de afrontarlo a la ligera, no es cier­
tamente
por falta de estima en relación con ellos; al contrario, es
porque con frecuencia, por lo general, la acción política tiende a
seguir la linea del pragmatismo y del "equilibrio". Interesan las
cosas concretas y no romper, sólo por cuestiones de principio, la
organización armoniosa de las fuerzas politicas o las ya precarias
alianzas o coaliciones entre ellas. Pero los numerosos males
que
afectan a la politica de nuestro país, ¿no derivan de un pragma­
tismo sin
una proyección clarividente y firme, que por su natura­
leza exige
un notable esfuerzo- de reflexión sobre los grandes
valores antropológicos y éticos
que determinan una cultura -una
costumbre y una mentalidad y, por tanto, una serie de decisio­
nes, opciones, acciones e instituciones-- que de verdad respete
y promueva
la dignidad personal de todos los hombres y de cada
uno?
¿No son estos valores lo más concreto que necesita la so­
ciedad? Y el equilibrio de las fuerzas políticas, con la eventual
estabilidad del Gobierno,
¿no debe construirse y mantenerse
sobre bases de claridad y fidelidad a los valores?
Todavía hay que dar muchos pasos
para llegar a una politica
que no tenga miedo de pensar y "pensar en grande" y, por con­
siguiente, una politica que
no tema rechazar la indiferencia y el
relativismo con respecto a la v.erdad y a los valores, indiferencia
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DIONIGI TETTAMANZI
y relativismo que a menudo se consideran como sinónimos de
libertad y democracia. Mlls bien es verdad lo contrario, como
recuerda el Papa
en la encíclica Centeslmus annus, renovándo­
nos la advertencia que nos hace la historia:
"Si no existe una ver­
dad última, la cual guia y orienta la acción política, entonces las
ideas y las convicciones humanas
pueden ser instrumentalizadas
fácilmente para fines
de poder. Una democracia sin valores se
convierte
con facilidad en un totalitarismo visible o encubierto,
coi"no demuestra la historia" (n. 46).
Ya se sabe que la función legislativa forma parte de la res­
ponsabilidad política:
en este sentido, incumbe a los políticos
velar
por la justa relación entre ley moral y ley civil, no sólo en
cuanto a los principios sino también en cuanto a su aplicación, y
defender el
valor educativo-cultural del ordenamiento jurfdico.
Aclaremos, asimismo,
que el modo más verdadero y eficaz
para
no ceder a la equiparación entre familia y uniones de hecho,
y al mismo tiempo frenar la difusión de estas últimas, consiste
en
promover con energía y de forma sistemática una política fami­
liar orgánica, entendida como centro y motor de todas las políti­
cas sociales. A algunos esta perspectiva
podña parecerles exage­
rada. En realidad, corresponde a la verdad de la relación funda­
mental, original e insustituible entre familia y sociedad.
Su apli­
cación coherente lleva a intervenciones muy precisas,
que abar­
can todo el abanico de los "derechos" de la familia como
tal y
que se refieren, entre otras cosas, a la vivienda, al trabajo, a la
escuela, a la sanidad y al fisco. No hace falta decir que, con esas
intervenciones, la política responde a
un elemental ~entido de
justicia, reconociendo con los hecbos que la familia en nuestro
pais se
configura como el primero, el más difundido y el más efi­
caz "amortiguador social",
pues son las familias las que procuran
remediar las carencias y la incapacidad del Estado,
que deberla
ser "social", pero que, desgraciadamente, muy a menudo sólo
logra ser "asistencial".
Al promover con mayor empeño una política familiar orgllni­
ca, también será necesario respetar un requisito esencial e irre­
nunciable, que consiste en i:econocer, tutelar, valorar y promover
la identidad de la familia como sociedad natural fundada en el
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FAMILIA Y UNIONES DE HECHO
matrimonio, trazando una línea de demarcación, lo más neta
posible, entre la familia entendida correctamente,
y las demás for­
mas
de convivencia que, por su naturaleza, no pueden merecer
ni
el nombre ni el status de familia. Al hacerlo, los cristianos com­
prometidos
en la política, independientemente del partido al que
pertenezcan, deberán tener la valentía de encontrar -entre sf y
con cuantos se preocupan seriamente por el bien común, aunque
sean de confesiones diferentes-- lineas comunes
y convergentes
de intervención y de acción.
Al mismo tiempo, no hay que tener miedo de afrontar los pro­
blemas relativos a otras formas
de convivencia, como las uniones
de hecho. En efecto, también habrá que considerar esos proble­
mas, sobre todo si
van cobrando una dimensión notable en el
ámbito social. Pero esto debe hacerse teniendo como punto de
referencia otros criterios que, en última instancia, remiten al dere­
cho
y a los deberes de las personas y de otras clases sociales par­
ticulares, pero
no a los derechos y a los deberes de la familia
como tal.
La acción pastoral de la comunidad cristiana
También la comunidad cristiana debe interrogarse sobre el
fenómeno de las uniones de hecho y, en particular, sobre las ten'
tativas que se realizan para lograr su equiparación jurídica con la
familia:
debe preguntarse cómo cumplir su misión específica, que
deriva de su naturaleza de Ecdesia Mater et Magtstra y, por con­
siguiente, cómo cumplir su tarea de evangelización
y de testimo­
nio de caridad.
Los cristianos, no sólo por la luz de la razón, sino también por
el "esplendor de la verdad" que les da la fe, están comprometi­
dos a llamar a las cosas por
su nombre: llamar al bien, bien; y al
mal, mal. En un marco cultural muy relativista, que pretende
anular
todas las diferencias, incluso las esenciales, entre familia y
uniones de hecho, es necesaria
una lúcida sabiduría y una liber­
tad más intrépida, para
no prestarse·ª equívocos ni a compo­
nendas, convencidos de
que la "crisis más peligrosa que puede
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DIONIGI TETTAMANZI
afectar al hombre" es "la confusión del bien y del mal, que hace
imposible construir y conservar el orden moral de los individuos
y de las comunidades" (
Verltatis splendor; 93). La encíclica que
acabo de citar recoge las palabras· del profeta del Antiguo Testa­
mento:
"¡Ay de los que llaman al mal bien, y al bien mal; que dan
oscuridad por luz, y luz por oscuridad; que dan amargo por
dulce, y dulce por amargo!" (Is 5, 20).
La comprensión y, a veces, la compasión por ciertas situacio­
nes dificiles y dolorosas de las personas i¡ue viven en una unión
de hecho, es legítima, más alÍn, obligatoria. Pero comprensión no
equivale a justificación. Más bien, se debe poner de relieve que
la verdad constituye un bien esencial de la persona y de su
auténtica libertad,
de modo que la afirmación de la verdad no es
una ofensa a las personas, sino una ayuda real. A este respecto,
son significativas las palabras de Pablo VI: "No menoscabar en
nada la saludable doctrina de Cristo es una forma de caridad emi­
nente hacia las almas"
(Humanae vitae, 29).
Pablo
VI prosigue iluminando el otro aspecto fundamental de
la acción pastoral de la Iglesia: "Pero esto debe ir acompañado
siempre
de la paciencia y de la bondad de que el mismo Señor
dio el ejemplo
en su trato con los hombres" (ib.).
Esto significa que los cristianos están llamados a tratar de
comprender las múltiples razones
personales, sociales y cultura­
les
de la difusión de las uniones de hecho. También a las perso­
nas que se encuentran en esta situación debe dirigirse la aten­
ción pastoral ordinaria
de la comunidad eclesial, una atención
que implica cercanfa, dedicación a sus problemas
y dificultades,
diálogo paciente, ayuda concreta, especialmente
con respecto a
los hijos y a sus derechos ético-sociales
y patrimoniales. Una pas­
toral· inteligente
y discreta puede lograr a veces que estas unio­
nes lleguel). a regularizar su estado con el necesario compromiso
público.
También
en este campo, el esfuerzo pastoral prioritario con­
siste ·en la
prevención, que implica un servicio sistemático y capi­
lar a
los jóvenes y a su preparación para el matrimonio. Y, junto
con
la. prevención, el esfuerzo por promover una pastoral fami­
liar
habitual y constante, destinada a hacer que las familias sean
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FAMILIA Y UNIONES DE HECHO
protagonistas de una acción encaminada al crecimiento humano
y cristiano de las familias mismas. En este ámbito se sitúa, y
no
en un lugar secundario, el testimonio de vida que las familias
cristianas
deben dar sobre la belleza de una unión estable, más
aún, indisoluble.
De igual modo, es tarea
de la comunidad cristiana alentar y,
a la vez, colaborar para que se realice en la comunidad civil una
verdadera política familiar. Desde el punto de vista del proyecto
cultural
en el que participa la Iglesia en Italia, esto implicará,
entre otras cosas,
que los cristianos tengan que favorecer una
acción cultural global y profunda, orientada a la promoción de
una mentalidad y unas costumbres gracias a las cuales, con bue­
nas razones y ejemplos estimulantes, la gente se convenza
de la
importancia que tiene la familia fundada en el matrimonio para
toda la sociedad.
Al mismo tiempo, siguiendo las indicaciones del
Directorio para la pastoral familiar (n. 113), en las diversas y
múltiples iniciativas de formación de los cristianos
en la actividad
social y política, habrá que presentar a la familia como la prime­
ra realidad
que se ha de promover con vistas a la realización del
bien común; se deberá recordar continuamente a todos los agen­
tes sociales y políticos la necesidad y la urgencia de una adecua­
da política familiar; y habrá
que impulsar y ayudar a las familias
cristianas a
que vuelvan a ser protagonistas responsable~ de su
papel
en la sociedad, viviendo formas más directas de partici­
pación social y política, de forma que también sean capaces de
reivindicar la tutela y
la promoción que la Constitución italiana
reserva exclusivamente a la familia fundada
en el matrimonio.
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