Índice de contenidos

1972

Acción y contemplación

Volver
  • Índice

Los colegios profesionales

LOS COLEGIOS PROFESIONALES
POR
JosÉ ANTONIO CAMÓN CÁNOVAS.
«En la sociedad -observa Pío XI-es en donde el hombre des­
arrolla mejor su personalidad» (Carta a Dithoit de 6 de julio de
1937).
De ahí, esa «tendencia a la asociación» de que h.abla Juan XXIII
(Encíclica Mater et Magistra, parte II), «con el intento de conseguir
objetivos que sobrepasen
las capacidades y medioo de que puedan
disponer los
individuoo».
Esta tendencia del hombre a wiirse con los demás, a asociarse, -
se manifiesta en multitud de carnpoo, parcelas, y de esta manera sur­
gen una serie de grupos, sociedades, etc., que forman el entramado
social, la Sociedad.
Como dice
MicHEI. CREUZET, en una primera definición, los Cuer­
pos Intermedios son «grupos sociales o humanos
situadoo entre el
individuo y el Estado», «están constituidos naturalmente o por atuer,
do deliberado, con vistas a oonsegnir una finalidad común a las
personas que
los componen>> (VERBO, núm. 22, págs. 53 y 54).
Es evidente, pues, que los cuerpoo profesionales, loo «Colegios
Profesionales», como puede verse· al constatar su realidad fáctica, su
origen, finalidad y medios, unos perfectos Cuerpos Intermedios.
De todos loo posibles Cuerpos Intermedios, el Tema de este Fo­
rum, se centra sobre los llaroados «Colegios Profesionales». Ahora
bien, nos vamos a referir a aquellas uniones de· profesionales que en
nuestro
país son conocidos por < núcleo original fueron formadas por las clásicas disciplinas univer­
sitarias, si bien con el transcurso -del tiempo se han ido viendo incre­
mentadas por un conjunto de actividades, con las que han formado
lo que ha sido denominado profesiones liberales.
243
Fundaci\363n Speiro

/OSE ANTONIO CAMON CANOV AS
¿Cómo surgen tales Colegios Profesionales?
Surgen naturalmente, y tan naturalmente que la gran mayoría de
las asociaciones de reciente creación, no hacen, salvo lo referente a
su sanción legal
y características .de su constitución, nada más que
copiar con desigual acierto y fortuna lo que la Sociedad y el In­
dividuo en su evolución hlstórica y tracliciona1 había creado con la
superior adecuación de la naturalidad. más exacta en el devenir de las
comnnidades de los hombres.
Hemos dicho que la tendencia asociativa se manifiesta en una
serie de asociaciones, que relacionadas entre sí forman el Cuerpo
Social.
Utilizaremos el símil del cuerpo humano. Cada miembro del
cuerpo humano tiene una función propia, específica, pero no acaba
ahí, ya que la misma está en función de las de los otros miembros y
subordinada a la actividad del
con junto orgánico que es el cuerpo
humano conjunto. Queremos reflejar con este símil que no hay que
olvidar la coordinación de los miembros ( cuerpos intermedios) entre
si y la subordinación de los mismos al cuerpo humano conjunto ( cuer­
po social). Seguiremos
con el símil: si ese cuerpo humano ( socie­
dad, cuya representación es el Estodo) no da a sus miembros su na­
tural desarrollo y además no coordina la función de los mismos, para
que el ejercicio de los derechos y los deberes de los unos no vaya en
detrimento de
los derechos y deberes de los otros, nos encontraremos
que hay hombres muy aptos para la carrera, otros para cargar pesos,
otros para pensar; ruerpos desarrollados y vigorosos y también enfer­
moo, bien por falta de equilibrio o por carencia de algón miembro.
Efectivamente, si el Estado actúa, dando a sus miembros ( cuer­
pos intermedios), entre los que cabe destacar los Colegios Profesio­
nales, su oportuno trato, su desarrollo natural y adecuado, su vida
propia en una palabra; estos· miembros tendrán con
el sabio corrector
de su propia inserción social, un espléndido desarrollo y llevarán a
la prosperidad general del Cuerpo Social en que se inserten.
El sentido común, la sana v recta distinción .entre lo general y
lo particular, lo principal y lo secundario, lo sustancial y lo acciden­
tal, nos lleva a concretar una imagen enriquecida con la observación
histórica de lo que debe de ser un colegio profesional.
244
Fundaci\363n Speiro

LOS COLEGIOS PROFESIONALES
El colegio profesional, es la «Corporación constituida y formada
por profesionales libres
de una determinada actividad, para promo­
ver la vida de tal actividad, .regular su correcro ejercicio, impedir el
intrusismo en
la misma así como su desleal ejercicio, defender su
práctica
y de esta forma coadyudar al bien común y a la prosperidad
de
la sociedad».
Puede tener, y de hecho tienen, otra serie de fines, asistenciales,
culturales, recreativos, fiscales que no carecen de importancia, pero
que son consecuencia del núcleo principal reseñado.
Vamos a analizar esta definición:
«Corporación de profesionales libres de una determinada acti­
vidad»:
la explicación es elemental, esa especialidad, esa actividad
es la que caracteriza y cualifica , la Corporación profesional, distin­
guiéndola
de las demás afines o distintas a ella. Así se habla y exis­
ten Colegios de Abogados, Arquitectos, Médicos, etc.
El adjetivo de LIBRE, nos lleva a diferenciar a
los profesionales
de estas corporaciones de otros
de cuya actividad por su propia na­
turaleza o por imperativo de la
Ley no puede ser practicada libre­
mente. ¿Ha pensado alguien en
un Colegio Oficial de Artilleros,
en el que fueran equiparados un cabo de artillería con el Jefe de Ar­
tillería de un ejército? y por otro lado, ¿qué el hecho
de disparar ca­
ñones, fuera realizable libremente?
No, el ejercicio profesional que recogen los llamados Colegios
Profesionales, ha de ser libre en su adhesión y práctica, sin estar so­
metido a disciplina exterior de ningún tipo en sus características ín­
timas, ni mucho menos a cualquier clase de funcionarismo o esca­
lafón.
De capital importancia para cada actividad y por tanto para las
recogidas en este Forum, es promover el desarrollo de la misma, su
perfeccion:amieto, su justificación actual, su comprensión por el Cuer­
po Social, y esto trae dos consecuencias importantes :
Vigilar el digno
y consciente ejercicio de la citada actividad (pre­
paración técnica, honestidad y lealtad entre los miembros a fin de
que no haya una competencia desleal).
Y vigilar para que no haya, con la consecución del Cuerpo
So­
cial Superior, de las normas al efecto, individuos que no estando le-
245
Fundaci\363n Speiro

/OSE ANTONIO CAMON CANOV AS
ga!mente capacitados y habilitados, practiquen o ejerzao esa activi­
dad en detrimento de
los profesionales miembros y, en última instan­
cia, del propio Cuerpo Social Superior.
El símil del cuerpo humaoo nos va a seguir sirviendo de ejemplo;
sólo el que no tiene manos come con los pies, sólo el que no tiene
pies anda con las manos.
En una palabra, sólo el profesional de la Medicina puede asis­
tir a un enfermo y solamente ante la racional urgencia e imposibi­
lidad de asistencia por un médico,
se puede admitir la de un auxi­
liar o incluso la de un cualquiera.
Pero por otro lado, también es primordial la vigilancia respecto de
los profesionales para su relación entre sí. Bien previniendo que no
ya posibilidades de un desaprensivo aprovechamiento de unos res­
pecto de otros, como, caso de hacerlo, corregirlo y sancionarlo.
La tao traida y llevada ligazón entre los distintos miembros del
Cuerpo Social, nos lleva a manifestar la subordinación de los mismos
al bien común general. De esta forma manifestamos la subordinación,
mejor aún la ordenación de los Colegios Profesionales al bien común
. general, cuyo Organo de detentación Suprema, en la actual coyuntura
de la Humanidad
es el Estado.
Ya sabemos bastante claramente lo que son, o mejor dicho, lo que
es la naturaleza y caracter!sticas principales de un Colegio Profesional.
Más o menos profundamente todos tenemos una imagen bastante co­
rrecta de lo que debe de ser un Colegio Profesional.
V amos a dar un paso adelante en el desarrollo del tema y
nos
encontramos ante tres cuestiones que contestar:
I.i ¿Qué son hoy los Colegios Profesionales?
2.i ¿Qué defectos tienen los Colegios Profesiooales?
3.i ¿Qué soluciones podemos aportar para remediar los defectos?
I
Los Colegios Profesionales cumplen una misión de ensamble, no
ya sólo de sus miembros entre sí, sino de la integración de los mis­
mos por amor de su profesionalidad
en el Cuerpo Social Superior.
246
Fundaci\363n Speiro

LOS COLEGIOS PROFESIONALES
Si su vida se desarrolla dentro de esa Comunidad Superior o Es­
tado, no cabe la menor duda de que la vida del Estado, al estar su­
jetos a él, informará
y configurará la propia existencia de los Colegios
Profesionales. En
un Estado liberal clásico, los Colegios Profesionales tienen
quizá facilidades para su creación e incluso para una vida corpora­
tiva más íntima, más propia, pero esa desasistencia por parte del Es­
tado puede llevar a convertirlos en carentes de relevancia, a conver­
tirse en unas especies de clubs para unas élites determinadas y si no
a su desaparición práctica quizá los llevaría a una desvirtuación de
su naturaleza y finalidad.
Por otro lado, observemos la existencia, si puede llamarse así, de
los Colegios Profesionales en los Estados totalitarios. La realidad
es que en estos .regímenes no existen, aunque aparezcan con esa de­
nominación.
El Estado totalitario, en su constante ansia de dominio y aprisio­
namiento del individuo, no quiere estorbos a su política, no quiere
intermediarios. Toda idea de grupo, incluso de persona individnal, le
repugna, le obstaculiza
y · si no aboliéndolos sí sometiéndolos a sus
propias
normas arbitrarias, llega a desnaturalizarlos, metamorfoseán­
dolos
y convirtiéndolos en el peor de los casos en instrumentos de su
poder
coactivo y opresor.
¿Cuál
es la solución correcta, la postura a adoptar por el Cuerpo
Social Superior,
por el Estado, respecto de los Colegios Profesionales?
La solución, la correcta ecuación, la perfecta inserción de los
Cuerpos Intermedios, de los Colegios Profesionales en particular,
en
el Cuerpo Social Superior se logra cuando éste toma conciencia ver­
dadera
y pone en práctica el ,principio de Subsidiariedad.
Este principio de Subsidiariedad, tan unánimemente reiterado
por
la Iglesia a través de infinidad de exposiciones de su Magisterio,
es la «regla de oro», el perfecto cauce, que nos indica cuál ha de ser
el cometido del Estado ante la figura de los Cuerpos Profesionales,
de los Colegios Profesionales.
Pío
XII, con palabras de valor permanente (VERBO, núm. 64,
pág. 305) dijo:
«El derecho y el deber de organizar las profesiones
pertenece, ante todo
y sobre todo, a los inmediatamente interesados.
247
Fundaci\363n Speiro

]OSE ANTONIO CAMON CANOV AS
Si éstos no cumplen con su deber o no lo pueden cumplir, corres­
ponde al Estado intervenir».
Pío
XI (VERBO núm. 64, pág. 305) dice: «Las profesiones li­
berales englobadas en el concepto general de los cnerpos profesiona­
les, son órganos, si no -esenciales, al menos naturales».
Juan XXIII en Mater et Magistra, al mostrar la Doctrina de la
Iglesia, sobre estas materias, manifiesta : «La Iglesia quiere la exis­
tencia de cnerpos que agrupen a los hombres según las diferentes
ramas de la actividad social a que se dediquen»
y más adelante añade:
«Son agrupaciones
-los Cuerpos Profesionales--que suelen con­
siderarse como órganos, si no esenciales al menos naturales en la
sociedad».
Como dice Alvarez Robles, en su estudio sobre
la. Corporación
Notarial:
La misión del Estado es la de fiscalizar, coordinar, estimu­
lar y suplir las actividades de los Colegios Profesionales, pero nunca
«suplantarlas» ni la de usurpar los medios para ejercerlas, que única­
mente competen a los miembros de la organización profesional.
Signiendo la exposición de Alvarez
Robles, vemos que establece
una serie de poderes a ejercer
por las Corporaciones Profesionales y
que clasifica de esta manera:
Poder normativo.-Para
regular su régimen interno, para regular la
función profesional y para participar en la elaboración con el
Estado de las
leyes que puedan afectar a la profesión.
Poder ¡urisdiccional.-De carácter interno, para juzgar y sancionar
el ejercicio por parte de los miembros, tanto de la profesión como
de su comportamiento como miembros de la corporación.
Póder'de Control.-Jlstrecharnente vinculado con el anterior, pero con
marcado acento profiláctico.
Poder de
organizaci6n.-Cada Corporación Profesional puede orga­
nizar su vida como estime en su aspecto interno, pero solamente
«ad intra» y siempre con las limitaciones propias por causa de la
Soberania Estatal.
El Dr. García Miranda, Presidente del Colegio Oficial de Mé­
dicos de Madrid, en su ponencia que sobre el
Futuro de los Colegios
248
Fundaci\363n Speiro

LOS COLEGIOS PROl'BSION4LES
Profesionales mantuvo en la VII Reunión de Amigos de la Ciudad
Católica, decía: «Los principios que han
de informar la actuación
del Estado, respecto de los Colegios Profesionales, han de ser:
Ü·
bertad, autonomía, apqliticidad y auténtica representatividad».
La libertad de cada Colegio Profesional se ha de entender tanto
en el sentido de que sea compatible con las de
los demás Cuerpos
Intermedios Sociales, como para que libremente
y por el mismo, se
dé su oportuna estructuración interna, organización, etc. Esa com­
patibilidad con los restantes Cuerpos Sociales, esa limitación no es un
trasfondo de límite que coarte su actividad
y vitalidad, sino al con­
trario, la plena garantía de su propia libertad, tamizada por su inser­
ción en el Conjunto o Cuerpo Social Superior.
La autonomía, que ha de consistir en poder contar con los medios
necesarios de todo
tipo para la consecución de sus fines, pudiendo
mantener una línea de actuación de
los demás. miembros integrantes
del Cuerpo Social.
La apoliticidad es fundamental. No se debe admitir en el seno
de un Colegio Profesional otra política que la estrictamente
profe­
sional, subordinada al bien común. Las situaciones políticas, las or­
ganizaciones políticas, las estructuras, los regímenes y los sistemas
políticos pueden cambiar, son eminentemente coyunturales, pero la
profesionalidad ha de ser siempre inmutable, su esencia no
va.r:ia,
en consecuencia ha de ser necesariamente apolítica, ha de abandonar
toda idea de moda
y de contingencia. En una palabra, ha de ser esta­
ble, independiente del espacio y del tiempo, no configurada por ava­
tares pasajeros, sino por su intrínseca esencia natural.
Por último, señalaremos la trascendencia de
la auténtica represen­
tatividad. La corporación lleva intrínseca la representación de sus
miembros. No sólo representa a la figura de derecho póblico que
forma. Esa voluntad de
los individuos que la forman. Esa voluntad
corporativa necesariamente, ha de venir manifestada por
sus miem­
bros, de donde
se deduce que al ser la corporación lo que sus miem­
bros sean
y al representar a sus miembros sólo si no se falsea esa
representatividad, sólo
si realmente representa el querer y el sentir
del grupo social que personifica, en una palabra, sólo
si es auténti­
camente representativa, cumplirá su verdadera finalidad
y naturaleza.
249

Fundaci\363n Speiro

JOSB ANTONIO CAMON CANOV AS
II
Los defectos de los Colegios Profesionales son de variada gama.
En primer lugar, y si no como defecto, sí como gran causa de
defectos, hoy tenemos a la TECNOCRACIA.
Henry
Couston, en su obra Los Tecn6cratas y la Synarqula» (VER­
BO núm. 52, serie 6.!, págs. 175 y 176) publicada por Lecturas
Francesas en febrero de 1962, dice:
«Partidarios de la concentración de empresas, los tecnócratas lo
son también de
la desaparición de las profesiones liberales o más
exactamente, de la funcionarización de _los miembros pertenecientes
a las mismas».
No hace falta ser muy avispado ni ser muy sutil ni suspicaz, para
poner de relieve
la existencia de una tendencia oficial, dirigida a
considerar a casi todas, si no a todas las profesiones liberales, como
susceptibles de escalafonamiento y fnncionarización.
Vamos a exponer ejemplos concretos que gráficamente ayudarán
a la comprensión de la pasada manifestación.
En el caso de los profesionales de la Medicina,
es notorio que la
politica seguida acarrea la ruptura total del primer condicionante

de
la profesionalidad libre como es
la relación directa e inmediata entre
cliente y profesional.
Henry Couston en
la obra referenciada, editada en febrero de
1962, se anunciaba la creación
para la Seguridad Social Francesa, de
lo que se venía en llamar «Centros de Diagnóstico y Cuidados».
Es­
paña en este terreno, como en tantos otros, ha seguido el ejemplo
francés y así conocemos por noticias de prensa que en la actualidad
ya han sido inaugurados los primeros Centros de Diagnóstico y tra­
tamiento.
No vamos a negar que el profesional, que por razón de trabajo
queda sujeto a una empresa
del tipo que sea, mercantil o industrial
o sanitaria, en lo que a
su pertenencia o dependencia con la empresa
se refiere, se encuentra sujeto a unas vinculaciones y a unas normas
tanto de tipo organizatorio como de tipo disciplinario, laboral, etc.,
que en
un momento dado limitan o coartan de algún modo la prác­
tica de su ejercicio profesional respecto del que es absolutamente in-
250
Fundaci\363n Speiro

LOS COLEGIOS PROFESIONALES
dependiente o puro. Pero tengamos en cuenta que si en España en
concreto
se dice, y es verdad, que de los 33 millones de habitantes
que el país tieoe, 26, 27, quizá eo un próximo futuro
30 y menos
próximamente, pei-o sí previsible, todos estén integrados en lo que
a asistencia sanitaria se
refiere en la Seguridad Social, nos encontra­
mos con que al amparo de unos postulados discutibles se está crean­
do un auténtico monopolio de la Medicina y no por causa de los en­
fermos ni de los que los curan o cuidan, sino por una manifestación
más, de la megalomanía instrumental e insaciable del Estado.
No acaba desgraciadameote con el descrito los ejemplos a poner,
de
masificación progresiva y desvirtuación de las profesiones liberales.
Y a
se ha apuntado por alguien la conveniencia de escalafonar a todos
los profesionales de la Abogada y constituir un rol o lista a la que
por riguroso turno se encomendaran las actuaciones a efectuar por
Abogado, siendo por éstos efectuadas y percibidas por ellos de una
especie de Caja Nacional Jurídica, que sería la centralizadora de los
honorarios, su gestión y su cobro, de los Abogados.
La gravedad de
esto oscurece problemas de otra índole.
La Medicina como profesión
libre se muere, desaparece. Y, desgraciadamente, no creemos que por
estos derroteros haya médico que la salve. Se puede afirmar que hoy
10 de diciembre de 1972, quizá no haya en toda España un profe­
sional de la medicina que de una manera u otra no esté vinculado
a la práctica de la Medicina a través de la Seguridad Social, aulc!n­
tico monopolio estatal.
Demos desde aquí un
aviso, a todas las profesiones en general y
a
la médica en particular. No nos estamos jugando sólo, y ya es en
sí trascendente, la continuidad, la esencia, la vocación, la misma exis­
tencia de la profesión liberal; nos estamos jugando la propia vida
del cuerpo social, su continuidad que ha
de partir de su integridad.
Recordando
el símil del cuerpo humano con el Cuerpo Social, re­
memoremos que si al mismo se le privan de sus miembros lo inca­
pacitamos para el desarrollo de su misión.
Otro de
los capitales defectos, otro de los mayores problemas de
los actuales Colegios Profesionales, es la INTROMISION ESTATAL.
Intromisión más o menos acentuada según el signo político del De­
tentador del Poder Estatal. En nuestro caso, en la actualidad no es
251
Fundaci\363n Speiro

]OSE ANTONIO CAMON CANOV AS
ni mucho menos una fábula, es . una realidad que ah! tenemos, que
no debemos ignorar, ya que sin atrevernos a enjuiciar la· oportunidad
o no de esa intromisión en momentos como los actuales, sí es «per sé>>
un oxidante o corrosivo de la Organización profesional.
¿Cuál
es el cauce por el cual el Estado practica ese entrometi­
miento?
Lo realiza por lo que vamos a denominar «LINEAS DE
MANDO». Una linea de mando serla el dispositivo empleado por
el Estado, dirigido o no a controlar, no a vivificar, no a coordinar,
en una palabra, no a fomentar, potenciar y moderar la actuación de
los Colegios Profesionales; sino al contrario, para gobernarlos, di­
rigirlos y utilizarlos para su propio fin, que desgraciadamente suele
ocurrir no coincida de verdad con el interés o bien común, sino con
el del detentador del poder polltico del Estado.
Esa facultád de arreglar y reglar desde fuera está reconocida por
nosotros,
pues una de las misiones fundamentales del Estado es la
de promover al bien común de
sus miembros y para esto tiene que
poseer los medios necesarios.
Pero, como todo; debe tener un límite, una justa medida. Una
primera manifestación de . esta intromisión estatal, en la vida interna
de los Colegios, la tenemos y es bien palpable en la facutad de «Pla­
ce!>> que ejerce en algunos Colegios Profesionales.
En el
caso de los Colegios de Abogados, tenemos un ejemplo.
El Estado no sólo impone a estos colegios
la forma, las causas por
las que, el tiempo y por quién se· han de celebrar las elecciones para
la provisión de
los cargos de sus Juntas de Gobierno; sino que, ade­
más, y es derecho positivo, la Orden del Ministerio de Justicia de
16 de septiembre de 1950 al establecer lo que acabarnos de decir, en
su norma SEPTIMA dice textualmente: «Al dla siguiente de trans­
currido el término para la presentación de candidaturas, se remitirán
las listas al Ministerio de Justicia, el. cual, oldo el Consejo General
de
los Ilustres Colegios de Abogados de España, hoy denominado
Consejo General de
la Abogada Española, aprobará o rechazará aque-
1las, comunicando la decisión al Colegio de Abogados correspondien­
te, con dos días 'de anticipación al de las elecciones, que sólo se ce­
lebrarán acerca de los candidatos aceptados». Hay que observar que
aqul
se limita no sólo a quién puede elegir, sino también si puedes
Fundaci\363n Speiro

LOS COLEGIOS PROFESIONALES
ser elegido. Es decir: El profesional adscrito a una corporación pro­
fesional, en este caso la Abogacía, se encuentra con que no siempre
va a poder elegir a quien él crea {y quiera) ser el más idóneo pata
su representación, sino que a lo mejor tampoco puede ser
él elegido.
Vamos a suponer que en el
caso más favorable la candidatura obedezca
o sea
la expresión de una voluntad e,cístente de hecho, palpable, tan­
gible, de un grupo de profesionales, o incluso de toda la corporación.
V amos a suponer que incluso esa candidatura
es aceptada y aprobada
en su tramitación por el Consejo General de la Abogacía. Ya tene­
mos la candidatura
y aprobada por la máxima representación Cole­
gial, pero ahora tiene que ser aprobada por el Ministerio de Justicia
y si no es aceptada por el Ministerio, aunque esa candidatura fuera
honradamente la más idónea y la más querida, a criterio de los pro­
fesionales, y aunque ese criterio fuera unánime, si el detentador del
Poder Estatal no está de acuerdo con esa candidatura, puede vetarla.
¿Qué razones pueden mover al detentador del poder público, al
de­
tentador del poder Estatal, a vetar una candidatura? La respuesta es
elemental: el temor o el miedo a que la misma se convierta en un
caso simple en difícil de manejar y en una situación más compleja,
en su censor e incluso· acusador. ·No obstante, no se queda aquí la
intromisión estatal. Sigamos con el ejemplo de los Abogados. El Con­
sejo General de la Abogacía Española se compone de una serie
de
miembros. natos por causa de su detentación o elección entre los De­
canos y diputados de las distintas Corporaciones Colegiales. Pero
es que además, por si fuera poco, hay una serie de miembros direc­
tamente designados por el Ministerio de Justicia y que no tienen
otros méritos ni razón que el ser miembros del Colegio Profésional,
y, claro está, el ser de una fidelidad indeclinable y fuera de toda
duda al poder ejecutivo del Estado.
Añad,amos ·a esto 1a serie de trabas legales, la serie de requisitos
necesarios
para cualquier modificación estatutaria o reglamentaria de
funcionamiento de las Organizciones Colegiales y en última instan­
cia de la necesidad de refrendo por parte del Ejecutivo de las mis­
mas, y tendremos una panorámica bastante correcta del estado de
fosilización
y petrificaci6n, estancamiento e inactividad de los citados
Colegios Profesionales.
253
Fundaci\363n Speiro

/OSE ANTONIO CAMON CANOV AS
En. cualquier caso, es inadmisible la intromisión estatal en proble­
mas que como es evidente no le son propios. Que son íntimos · del
Cuerpo profesional en si y que sólo deben de estar limitados por
los ejercicios de los dereohos de los demás cuerpos intermedios, a
causa de su inserción en el Cuerpo Social Superior.
En ningún caso esta intromisión respeta lo manifestado por Pío
XII al decir: «Las Corporaciones Profesionales, la organización de
la profesión, compete a los directamente interesados, a los profesio­
nales y sólo cuando estos no se ocupan compete al Estado».
Si al hombre no se le deja pensar, si al hombre no se le deja
querer, si al hombre no ·se le deja recordar, si al hombre no se le
deja comprender, es decir, si al hombre le quitamos las tres poten­
cias del alma; memoria, entendimiento y voluntad, no tendremos un
hombre, tenemos un ser vegetativo.
Pues de igual manera, si a la Corporación Profesional le quitamos
toda idea de corporación, toda idea
de profesionalidad, toda idea de
representatividad, lo que nos quede será una asociación, un escalafón,
una lista, pero nunca una Corporación Profesional.
Para acabar, vamos a citar aunque sea de pasada otro defecto in­
terno
y externo a la vez que tienen los Colegios Profesionales. La
Administración del Estado, su Hacienda Pública, viene utilizando a
las Corporaciones Profesionales como instrumento recaudatorio.
Recordemos que la figura precedente de los Colegios Profesio­
nales fue en el tiempo y en el espacio la figura de los Gremios. En
Francia, eil donde habían alcanzado su máximo desarrollo, languide­
cieron irreversiblemente cuando los últirrios Barbones Franceses los
convirtieron en medios de exacción de impuestos para el Tesoro.
Los Colegios Profesionales· van a acabar siguiendo el mismo ca­
mino.
Hay que apartar de los Colegios Profesionales todo lo que su­
ponga desunión, todo lo que sea rémora y todo, en una palabra, que
perjudique a la vida colegial.
Desgraciadamente, vemos que los Colegios Prófesionales se están
convirtiendo, como consecuencia de una crisis de autoridad más o
menos importante, en vehículos o tribunas políticas. Este defecto no
es achacable a la Corporación Profesional. Este defecto es consecuen-
254
Fundaci\363n Speiro

WS COLEGIOS PROFESIONALES
cia del uso y abuso de la intromisión por parte del Estado en la vida
Corporativa y Profesional.
Que dentro de una corporación pueda
haber agitadores o activistas de
una determinada idea política o
credo, esto
es una cosa que no nos puede extrañar a nadie, es real.
Ahora bien, como por causa de
la intromisión, el Estado es el pri­
mero en llevar
la política al recinto de la Corporación, y ello le lle­
va a gastar unos «talentos» que mejor debiera emplear en fines más
propios
de su esfera y más necesarios de su mano omnipotente.
Como conclusión :
¿Qué remedios podernos encontrar para el pro­
blema, para vida, para
el progreso, para la rehabilitación de· los Co­
legios Profesionales?
V amos a limitamos a sugerir consejos o ideas, en verdad más
ideas que consejos, pues pecaríamos de inmodestia si nos permitiése­
mos aconsejar, ya que, a nuestro limitado juicio, rebasa la valía de
este auditorio. Pero una idea sí daremos y esta no puede ser si no la
clásica «Purga de Benito», sí el arranque, el punto de partida para
una más esperanzadora visión
de los Colegios Profesionales. Es muy
sencillo: PRINCIPIO
DE SUBSIDIARIEDAD. Debemos luchar por
todos los medios a nuestro alcance por que el Estado, y quienes de­
tentan su poder, no ignoren, no eludan, no esquiven, la aplicación
práctica de esta su primera norma de verdadera Constitucionalidad.
El respeto y puesta en vigor de lo que este tan traido y llevado Prin­
cipio a través de la Doctrina de la Iglesia significa, será en todo
momento la mayor y mejor garantía, tanto para la salud e ideotidad
con la verdad de los Colegios Profesionales, como, en definitiva, para
el logro del Bien Común.
Esta postura ha de quedar bien afirmada y grabada en todos nos­
otros; estamos viviendo una época de critica de todo lo humano y
divino; hemos visto y conocemos, la mayoría por vivirlos, los defec­
tos de los Colegios Profesionales. No pueden ser resueltos unilateral­
mente, pero debemos empujar
en la medida de nuestras fuerzas para
que el Estado, que posee el gran motor de su poder, haga uso del
mismo en el correcto sentido deseado por la Iglesia y expresado a
través de su indiscutible Magisterio.
Otra
cosa sería falta grave a nuestro deber de españoles, y a
nuestra vocación de amigos· d~ la Ciudad Católica.
255
Fundaci\363n Speiro