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Italia y cuestión católica. El caso singular de la Península Itálica

ITALIA Y CUESTIÓN CA TÓLICA
EL CASO SINGULAR DE LA PENÍNSULA
ITÁLICA
Giovanni Turco
1. Italia, Italias, Estado italiano
La res publica christiana en Italia plantea, ante todo, un
problema esencial: el del significado de la noción «Italia».
En efecto, no sólo pone de manifiesto la posibilidad de una
polisemia de base analógica, sino que, además, pone en evi -
dencia la posibilidad de una polisemia de carácter equívoco.
En este sentido, mediante el mismo término, es posible
entender nociones totalmente diferentes y opuestas. El
planteamiento del problema y la búsqueda de soluciones se
encuentran necesariamente condicionadas.
Para pensar auténticamente a Italia como problema es
preciso aclarar con exactitud qué significado se atribuye a la
noción de Italia, desde el momento en que –según la cono -
cida frase– «se dice de muchas maneras». Bien mirado, la
noción misma de Italia constituye un problema dentro del
problema. De ahí que su consideración preliminar constitu -
ya una exigencia ineludible. Negarla significaría trivializar el
sentido de los términos del problema. Sobre todo, hipoteca -
ría –en el sentido de la equivocidad– cualquier tipo de inda -
gación.
Un indicio de la problematicidad de la noción de Italia
está constituido por el hecho de que un historiador como
Niccolò Rodolico haya advertido la necesidad de escribir
una Historia de los italianos (1) más que una «Historia de
Italia» [en la línea del paradigma risorgimentaleque expresa-
Verbo,núm. 527-528 (2014), 569-616. 569
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(1) Cfr . Niccolò R
ODOLICO,Storia degli italiani , Florencia, Sansoni,
1964 (nueva edición ampliada).
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GIOVANNI TURCO
ra Benedtto Croce de manera típica (2)]. El propio Rodolico,
considerando los avatares de la insurgencia contrarrevolu -
cionaria en el difícil siglo XVIII identificó a los pueblos ita -
lianos como una pluralidad coral: «Campesinos veroneses
[…], piamonteses y monferranos […], lombardos, toscanos,
de los Abruzos […], de Tierra de T rabajo» (3). Diferentes
entre sí y , sin embargo, coincidentes en el rechazo de la
invasión revolucionaria. Desde otra perspectiva, constituye también un indicio el
hecho de que en el marco de la disolución –fragmentación
institucional italiana que tiene lugar tras el final de la
Segunda Guerra Mundial– se haya representado el aconteci -
miento como «la muerte de la patria» (4). En dicho contex -
to (como puede comprobarse), se puede advertir la muerte
del Estado más que la de la patria. Efectivamente, el Estado
(moderno) muere (como ya obser vara lúcidamente
Rousseau) en el momento en que pierde valor y , en conse-
cuencia, tiene que actuar mediante leyes, circulares, disposi -
ciones (ya sean civiles o militares). La patria consiste más
bien en una comunidad histórica, identificada por una
herencia cultural y civil común. Su realidad no es su repre -
sentación (o autorrepresentación), y por ello no muere, en
la medida en que aquella comunidad continúa viviendo. La
muerte del Estado, pues, no es la muerte de la patria.
Aquella expresión es, por consiguiente, indicativa de la
identificación subyacente entre patria y Estado (que reenvía
objetivamente al modelo moderno según el cual el Estado es
el que constituye la patria, teniendo la patria por sí misma
derecho a ser Estado y encontrando su cumplimiento en el
570Verbo, núm. 527-528 (2014), 569-616.
––––––––––––
(2) Su Storia d’Italia dal 1871 al 1915 (1.ª edición 1928), resulta
emblemática; 2.ª ed. en Roma-Bari, 1973. Croce escribió expresamente
que se trataba de una «historia de Italia después de lograda la unidad del
Estado» (pág. 7). (3) Niccolò R
O D O L I C O, Il popolo agli inizi del Risorgimento nell’Italia meri -
dionale 1798-1801 . Florencia, Le Monnier, 1926, págs. XII-XIII. [«Terra di
Laboro»constituía una provincia del antiguo reino de Nápoles. N. del T . ] .
(4) A este respecto resultan interesantes (aunque con un diverso
punto de vista) las consideraciones que aparecen en Ernesto G
ALLIDELLA
LOGGIA,La mor te della patria. La crisi dell’idea di nazione, tra Resistenza, anti -
fascismo e r epubblica, Roma-Bari, Laterza, 1996; y Gian Enrico R
USCONI,Se
cessiamo di esser e una nazione, Bolonia, Il Mulino, 1993.
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mismo). Únicamente desde semejante presuposición (ideo-
lógica o sociológica), la muerte del Estado equivale a la
muerte de la patria; de otra manera, no se da en absoluto. La problematicidad de la noción de Italia se presenta
como anfibología del propio término (capaz de designar ,
por tanto, dos semánticas opuestas) en los análisis de Carlo
Curci, Luigi T aparelli d’Azeglio y Matteo Liberatore. Al ana -
lizar las tesis y puntos de partida de los teóricos y protagonis -
tas del movimiento risorgimentale italiano, se aprecia, en
efecto, que diagnostican la existencia de dos Italias distintas
y opuestas entre sí. En todos los casos de habla de Italia,
pero con acepciones divergentes e inconciliables (5). Según
la dicotomía que expresan, de una parte aparece la Italia
«real», forjada laboriosamente a lo largo de siglos; es la Italia
de los pueblos de la Península, diversificada en muchas
patrias, pero unida por una religión común y por una civili -
zación común. De otra parte está la Italia «ficticia», creada
por la ideología de la nación risorgimetale, de manera que
patria equivaldría a partido, es decir, a resultado del proyec -
to (revolucionario) que la ha constituido como Estado. Bien mirado, junto a un significado geográfico [proble -
mático a su vez, en cuanto que las denominaciones geográ -
ficas mismas reenvían por su parte a determinaciones
culturales o culturalmente dadas (6)], que no se revela por
sí mismo bajo un per fil filosófico-político, la noción «Italia»
es susceptible de asumir al menos dos acepciones distintas y
opuestas (7). Efectivamente, Italia puede designar tanto las
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Verbo, núm. 527-528 (2014), 569-616.
571
––––––––––––
(5) Las tesis de Curci, T aparelli y Liberatore han sido investigadas por
el autor de estas líneas en Giovanni T
U R C O, «Introduzzione» a B r i g a n t a g g i o ,
legittima difesa del Sud: gli ar ticoli della “Civiltà Cattolica” (1861-1870) , a
cargo y con introducción de Giovanni T urco, Nápoles, Il Giglio, 2000,
págs. V -XXXVII; así como en «“La Civiltà Cattolica” e il Risorgi\
mento», en
Massimo Viglione (a cargo de), La rivoluzione italiana. Storia critica del
Risorgimento, Roma, Il Minotauro, 2001, págs. 218-228.
(6) Piénsese en el hecho de que durante el Medievo (y después)
«Italia» es un término indicativo (aun sin ser exclusivo) solamente de la
parte septentrional de la Península (correspondiente originalmente a los
territorios longobardos), mientras que para la parte meridional se habla
comúnmente de «Sicilia». En dicho contexto, por cierto, Cerdeña apare -
ce designada simplemente como tal. (7) Sobre la cuestión, véase el análisis desarrollado por qui\
en escribe
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comunidades de los pueblos que han vivido, y viven, una tra-
dición distinta y común, como la institución estatal califica -
da como tal. En el primer caso, Italia se corresponde con las
«Italias»; constituye una noción sociocultural que alude a
realidades congéneres en la pluralidad (y no menos diversi -
ficadas). En el segundo caso, Italia se entiende como Estado
italiano (surgido como Reino en 1861 y como República en
1946), y denota una noción institucional-estatal; su unidad
es su propia soberanía (la cual es su misma existencia) en el
sentido moderno del término (8). Italia puede significar la Italia «una y diversa» de la tradi-
ción de las tradiciones: de la tradición religiosa, civil, jurídica,
literaria, artística, entendida en su significado axiológico (y no
meramente fenoménico) (9). Ésta ha constituido el tejido
conectivo que ha sustanciado una pluralidad de composiciones
institucionales, ampliamente diversificadas desde el punto de
vista de las formas de gobierno y de las articulaciones legislati-
vas, y, al mismo tiempo, completamente homogénea bajo una
perspectiva cultural y religiosa (proyectándose como tal, parti-
cularmente en relación con cuanto se le ha opuesto) (10).
GIOV ANNI TURCO
572Verbo, núm. 527-528 (2014), 569-616.
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en Giovanni T
URCO, «L’ identità nazionale italiana», en Massimo Viglione
(a cargo de), La rivoluzione italiana …, cit., págs. 53-75.
(8) Para una visión de conjunto de esta problemática permítaseme
reenviar a Giovanni T
URCO, «Lo Stato risorgimentale come problema», en
Samuele Cecotti, Dalla legittimità dello Stato italiano. Risorgimento e
Repubblica nell’analisi di un polemista cattolico , con prefacio de Giovanni
T urco, Nápoles, Edizioni Scientifiche Italiane, 2012, págs. 5-51.
(9) A modo de ejemplo, puede referirse a la «recepción del toscano
en las letras» (Francisco E
LÍAS DETEJADA,Nápoles hispánico, tomo II,
Madrid, Montejurra, 1958, pag. 181) durante el siglo XVI en la cultura
napolitana. Hasta el punto de poder registrar «el toscanismo de los l\
itera -
tos napolitanos» ( ibid.), llegándose a formas de profunda asimilación de
la elegancia formal florentina en poetas, historiadores y juristas del R\
eino
de Nápoles. Se trataba de «aceptar la gloria de una lengua que había ser -
vido para cincel de una Divina Comedia o de un Decamerón, o imitar a
Petrarca cual se le imitaba en toda Europa» ( ibid., págs. 182-183). En el
contexto de una tradición literaria que ha vivido sus comienzos en Sicilia
antes aún que en T oscana. Como documenta Elías de T ejada, esta conso-
nancia literaria no comporta ni una anticipación del nacionalismo del
ochocientos ni un predominio florentino, sino solamente un elemento
de comunión cultural que atraviesa (y va más allá de) toda división de
regímenes políticos, superando y aglutinando la misma. (10) Bajo un per fil histórico, este tejido conectivo común emerge, en
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Estamos ante la Italia constituida –según expresión de
Francisco Elías de T ejada– por la «personalidad histórica y
social de los diversos pueblos peninsulares» (11). En este
sentido se refiere a la Italia de las «Italias», que es posible
descubrir –in r e– si se deja caer el velo ideológico del nacio-
nalismo (tanto del ochocientos como del novecientos). Sólo
bajo esta condición se pueden encontrar las patrias (en su
significado tradicional) con anterioridad y en ausencia de la
nación (en su significado moderno): en un punto en el que
lo patrio es correlativo y no contrario a lo universal. Mucho
menos es irreductible a lo estatal y nacional (12). La Italia
de la tradición histórica (axiológicamente entendida),
inconfundible con la del nacionalismo (moderno). Para
identificarla es necesario penetrar en lo permanente que
constituye el ner vio de lo contingente; es necesario com -
prender los vínculos existentes entre las generaciones, como
continuidad en lo duradero; es necesario pensar la historia
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Verbo, núm. 527-528 (2014), 569-616.
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cualquier caso, en el contexto de las tradiciones populares antijacobinas.
Sobre este punto, véase, entre otros, Massimo V
IGLIONE,Rivolte dimentica -
te: le insorgenze degli italiani dalle origini al 1815 , Roma, Città Nuova, 1999.
T ambién, del mismo, Rivoluzione & Controrivoluzione in Italia (1792-1815),
Milán, Ares, 1999; también, de AA.VV ., Le insorgenze antifrancesi in Italia nel
trienio giacobino (1796-1799) , Roma, Apes, 1992.
(11) Francisco E
LÍAS DETEJADA,La monar chia tradizionale , 2.ª ed.,
Nápoles, Controcorrente, 2001. El testo presenta en italiano la obra La
monarquía tradicional, Madrid, Rialp, 1954, pero cambiando el primer
capítulo por otro escrito precisamente para la edición italiana.
(12) «La mentalidad de nuestro tiempo […] no concibe con exacti-
tud ni lo universal ni lo patrio; comprende solamente lo nacional» (i b i d. ,
pág. 22). Efectivamente, por sí mismo, lo patrio no sólo no se identifica
con lo nacional, sino que ni siquiera se contrapone a lo universal (algo que
sí acaece con lo nacional). Más bien, lo universal vive propiamente en lo
patrio, y lo patrio concretiza lo universal. Análogamente, José Pedro
Galvão de Sousa distingue lo autónomo de lo totalitario y, simétricamente,
lo ecuménico del cosmopolitismo. En dicha perspectiva, lo autónomo no
se contrapone a lo ecuménico, sino que lo actualiza. Es muy diferente del
totalitarismo y del cosmopolitismo (derivados ambos del racionalismo
moderno). Acerca del pensamiento del iusfilósofo brasileño, cfr. Ricardo
D
I P(a cargo de), Tradição, Revolução e Pós-Mode rn i d a d e, Campinas/ São
Paulo, Millennium, 2001; Giovanni T
U R C O, «La reppresentanza política
come problema filosófico nel pensiero di José Pedro Galvão de Sousa», en
José Pedro Galvão de Sousa, La rappresentanza política, introducción de
Giovanni Turco, Nápoles, Edizioni Scientifiche Italiane, 2009, págs. 9-144.
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más allá de la hipoteca del historicismo, y ello con la impres-
cindible libertad intelectual, tanto en relación con el deter -
minismo como con el reduccionismo.
Como escribe Elías de T ejada, «acudir a la fuente de la
historia para reconocer el valor de las diferentes perspecti -
vas constituye la primera premisa para comprender la uni -
versalidad y redescubrir , finalmente, la realidad de estos
pueblos cuya personalidad vive asfixiada en el nombre del
nacionalismo» (13). Sólo con esta condición es posible iden -
tificar la Italia de las Italias; la Italia de las patrias que han
tenido consistencia (plurisecular) en la Península; su unión
(tradicional) no es lo mismo que su unidad (revoluciona -
ria). Lo que les acomuna, en efecto, es un algo dado natural
e históricamente (axiológicamente fundado, a la vez que
vario y multiforme). La unidad en que se les ha colocado es
un presupuesto ideológico (asimilado a un proyecto consti -
tutivo). Pero aun privadas de sus respectivas fisonomías polí -
ticas y aunadas artificialmente –por la «nueva Italia» (14)
risorgimentale– mantienen su realidad sin menoscabo.
Lo que connota a las Italias tradicionales es, a la vez, la
universalidad y la particularidad: precisamente, dicha uni -
versalidad se expresa a través de la particularidad. La con -
ciencia más elevada de la universalidad propia de la religión
(cristiana), de la filosofía, del Derecho, del arte, se expresa
en la particularidad más variada: la particularidad más diver -
sificada en la universalidad más sustancial; la universalidad
concentrada en una particularidad, que, según la semántica
distintiva del vivir humano se encuentra más realizada cuan -
to más particular es mor fológicamente. La universalidad
encuentra su complemento histórico en la particularidad
que, al vivirla, la actualiza (15). En una relación recíproca y
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(13) Francisco E
LÍAS DETEJADA,La monarchia tradizionale, cit., pág. 24.
(14) Según la eficaz fórmula crociana.
(15) Elías de T ejada sintetiza incisivamente esta relación esencial
entre universalidad y particularidad: «Diferenciación realista y universali -
dad católica: esta es la T radición de las Españas, así como la T radición de
las Italias», ibid., págs. 36-37. Sobre el pensamiento político del iusnatura-
lista español reenviamos particularmente a Miguel A
YUSOTORRES,La f i l o -
sofía jurídica y política de Francisco Elías de T e j a d a, Madrid, Fundación Elías
de T ejada y Erasmo Pércopo, 1994; Giovanni T
URCO, «Europa, tradizione,
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consustancialmente correlativa. La riquísima particularidad
se da como cumplimiento óntico de una nítida universali-
dad ontológica, en un marco en el que la particularidad no
comporta por sí misma particularismo, ni la universalidad se
identifica con cosmopolitismo. En síntesis, la universalidad
y la particularidad que sustancian y concretan la civilización
(en cuanto tal).
En esta perspectiva, la consistencia del ser (de la ontolo-
gía política) se manifiesta en la actuación (de la fisonomía
histórica), del mismo modo que el acto primero se hace
presente mediante el acto segundo, sin que el primero se
reduzca al segundo o que éste asimile a aquél. De la misma
manera, la permanencia de los principios actúa como siste -
ma ner vioso, por sí, de la determinabilidad de las realizacio -
nes en el orden noético y en el ético.
A diferencia de ello, la Italia que se identifica con el
Estado italiano se presenta como un inicio absoluto, que
encuentra su principio en la «idea de nación» como premi -
sa fundadora. Hasta el punto de resultar inseparable de ésta,
incluso en el desarrollo que recorre el Reino liberal, el régi -
men fascista y la República democrática. Se apoya en el pre -
supuesto ideológico de la consustancialidad entre Estado y
nación, entendiendo ambos términos en su significación
moderna. Al mismo tiempo, emerge de una decisión, que
descansa sobre la (postulada) autodeterminación colectiva
en virtud de la cual la nación se da el ser a sí misma: la iden -
tidad colectiva (según un proyecto fijado por ella misma o
por su «minoría ilustrada»), «se constituye». De donde deri -
va que el Estado hace efectiva la nación y le da cumplimien -
to: ésta se realiza y se expresa a través de él. En esta perspectiva, la existencia del Estado (italiano) se
asume (por sí sola) como condición de la existencia de
Italia; y la Italia que proviene del mismo es la «nueva Italia»,
a no confundir con la «vieja Italia». Se trata de la Italia que
viene concebida como resultado y como artífice de la
modernidad (en el sentido filosófico de término). Se pre -
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libertà nel pensiero di Francisco Elías de Tejada», en Francisco Elías de
Tejada, E u ropa, tradizione, libertà. Saggi di filosofía della política , introducción de
Giovanni Turco, Nápoles, Edizione Scientifiche Italiane, 2005, págs. 7-90.
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GIOVANNI TURCO
576Verbo, núm. 527-528 (2014), 569-616.
senta como la «patria» que es objeto del culto de la «religió\
n
civil». Eventualmente, puede «decidir» establecer determi -
nadas relaciones con una [otra] religión, aunque siempre
manteniéndose como tal. Tal vez sea relevante poner de manifiesto que para Italia
–al igual que para Francia, como agudamente evidencia
Jean de Viguerie (16)– es preciso identificar «dos patrias», \
o
si se prefiere, dos acepciones alternativas y recíprocamente
irreductibles de patria (17): la tradicional y la revoluciona -
ria. No obstante lo cual, la segunda ha tratado, intenciona -
damente, de suplantar a la primera asumiendo su
configuración, y llegando efectivamente a sustituirla, tanto
en la representación que ofrece de sí misma como en la
representación que generalmente se percibe. La patria tradicional es la de la amistad política en la ple -
nitud de la comunidad, conectada a la pietasy a la entrega
que deriva de ella, en un tejido orgánico de sedimentacio -
nes históricas y vínculos de lealtad recibidos y transmitidos
en el tiempo. Es una comunidad de comunidades, compues -
ta por una pluralidad ordenada. Y viceversa, la patria revolucionaria surge de la herencia
de la Revolución (francesa). Se condensa en una identidad
artificial y, como tal, plenamente ficticia sin la cual deja de
e x i s t i r . Se concentra el ese acto originario, que se prolonga
en la ideología y en la praxis, que la hace presente y le da el
s e r . La programación propuesta para ella consiste en el prin-
cipio de unidad, tanto que no puede existir sin él, realizán-
dose en lo que se considera una praxis-misión (cósmica). En
última instancia, su código genético está establecido y es cus-
todiado por la «minoría ilustrada», d iscriminando solamen-
te dentro de este marco entre lo patriótico y lo antipatriótico.
De tal manera que logra identificar lo cívico con lo público,
lo público con lo estatal, y lo estatal con lo efectivo.
–––––––––––– (16) Cfr . Jean D
EVIGUERIE,Les deux patries. Essai historique sur l’idée de
patrie en France, 2.ª ed., Bouère, Dominique Martin Morin, 2002.
(17) Jean de Viguerie escribe: «El patriotismo revolucionario […]
difiere del patriotismo tradicional, pero se infiltra en él y le desnaturaliza
[…] el patriotismo revolucionario no es el amor a Francia, y la patria a la
que se dirige este patriotismo no es Francia» ( ibid., págs. 7-8).
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2. El problema de la res publica christiana en la Península ita-
liana: perfil diacrónico
El problema de la res publica christiana en la Península ita-
liana aparece en sus términos modernos –esto es, en relación
con la alternativa de base constituida por el racionalismo y el
naturalismo político– con la hegemonía (particularmente en
el ámbito iuspublicista y «eclesiasticista») del regalismo y del
«jurisdiccionalismo», y, más aún, con la difusión de las tesis
ilustradas y con la aparición del absolutismo ilustrado. De la
teoría a la praxis que deriva de ello, la civilización definida
posteriormente como ancien régime, o que sería calificada más
propiamente como natural y cristiana (18), fue puesta pro-
fundamente en cuestión. Más bien se encontraba compro-
metida en sus propios fundamentos, mediante una constante
ampliación de las prerrogativas regias en perjuicio de la
libertad de la Iglesia, de los estamentos y de las autonomías
locales, y, sobre todo (con una paradoja solamente aparente
respecto de la religiosidad privada de monarc as y ministros),
a través de una decidida trayectoria de secularización del
p o d e r . De tal modo que lo que parecía un edificio sólido y
duradero lo fue siendo cada vez menos. Como ocurría en el Gran Ducado de T oscana y, análoga-
mente, en la parte cisalpina del Imperio y del Reino de
Nápoles, la pretensión de un control gubernamental de la
vida de la Iglesia, de los estamentos y de las autonomías loca -
les resultaba cada vez más evidente e insistente. Éste llegaba
incluso a fijar el número de novicios que podían ser admiti -
dos en las congregaciones religiosas, el número de docentes
de los seminarios, o la regulación del toque de las campanas
(hasta la duración de las velas votivas); se llegó a condicio -
nar las direcciones teológicas en la formación del clero. El regalismo y el «jurisdiccionalismo» alcanzaron su clí-
–––––––––––– (18) Ésta puede ser denominada con la incisiva expresión que da
título a la reconstrucción historiográfica, que abarca los diez siglos que
suelen denominarse medievales, de Giorgio F
ALCO,La Santa Romana
Repubblica, Milán-Nápoles, Riccardo Ricciardi, 1973.
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max con la expulsión de la Compañía de Jesús. Algo que
tuvo lugar inmediatamente en Italia. Las cortes borbónicas
de Italia, ligadas por un pacto de familia con la corte españo-
la, estuvieron entre las primeras que decretaron la expulsión
de los jesuitas. En primer lugar Nápoles, y a continuación
P arma y Pl asencia (1767-1768). Bajo el impulso de Carlos III
de Borbón se llegó, finalmente, a su supresión por parte de
Clemente XIV (1773) (19). El uso del placet y del exequatur se tradujo en muchos
casos en un sostén del jansenismo por parte de tales cortes.
Como testimonia (ejemplarmente, pero no aisladamente),
el caso del obispo de Pistoia Scipione de’ Ricci, y el Sínodo
convocado en 1786 (e invalidado por la Santa Sede median-
te la bula Auctorem fidei). Dicho Sínodo, desarrollado bajo la
dirección del obispo de Pistoia y la protección del Gran
Duque Pietro Leopoldo, constituyó un intento de realiza -
ción de reformas de impronta jansenista. Centros de difu -
sión del jansenismo en Italia fueron, en particular , Pavía,
Pistoia, Nápoles (y también el Piamonte y la Lombardía), así\
como la propia Roma (donde se registró la presencia de pre -
lados de curia y de cardenales impregnados de espíritu jan -
senista). Desde un ángulo político, el jansenismo, si bien de una
parte coincidía con tesis de carácter «jurisdiccionalista», de
otra parte expresaba una línea separatista entre Iglesia y
orden civil, que fue objetivamente convergente con la
Revolución francesa. En todo caso, más allá de las intencio-
nes de cada uno de sus impulsores, también en Italia termi-
nó ofreciendo su contribución a la incipiente secularización.
Por otro lado, como se ha advertido, «el mismo espíritu [jan-
senista] está presente en varios de los protagonistas del
R i s o r g i m e n t o italiano del ochocientos, que se declaraban cató-
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(19) Alfonso Maria de Ligorio ofrece una valoración políticamente
relevante de la supresión de los jesuitas: «Destruyendo la Compañía de
Jesús, los jansenistas y los innovadores abatieron los bastiones de la Santa
Iglesia. Los soberanos están así de ciegos. La religión y el Es\
tado se dan la
mano; si se hunde la religión, el Estado vacila y se arruina» (Carta de 12
de junio de 1765, en Corrispondenza generale, I, 566, cit. en Augustine
B
E RT H E, Sant’Alfonso Maria de’Liguori , trad. it., tomo II, Florencia,
T ipografia Barbera, 1903, pág. 225).
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licos y promovían una reforma de la Iglesia según ta les crite-
rios: Raffaele Lambru schini, Gino Capponi, Bettino Rica-
soli» (20).
En este escenario tiene lugar una viva polémica «antiju-
risdiccionalista» por parte de numerosos autores, entre los
que debe ser mencionado, a modo de ejemplo, Gian
Antonio Bianchi da Lucca (21). Al mismo tiempo, grupos
de estudiosos, eclesiásticos (22) y laicos (23) –de los que
estamos muy lejos de haber elaborado un censo completo y
documentado, por lo que se refiere al caso de Italia (24),
muy diverso del caso de Francia (25)– dieron vida a una lite -
ratura anti-ilustrada y anti-racionalista, de la que constituye
un testimonio relevante san Alfonso María de Ligorio (26).
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(20) Giacomo M
ARTINA,La Chiesa nell’età dell’assolutismo , IV, Brescia,
Morcelliana, 1980, págs. 171-172. (21) Giovanni Antonio B
IANCHIDALUCCA,Della potestà e della política
della Chiesa trattati due contr o le nuove opinioni di Pietro Giannone. 6 vols.,
Roma, Stamperia di Pallade-Stamperia di S. Ignazio, 1745-1751. Reim-
presa por Publishing Company, Montana, Whitefish, 2010. (22) Entre los que se distinguirían particularmente los jesuitas, c\
omo
documenta Carlos S
OMMERVOGEL,Bibliotheque de la Compagnie de Jesus, I
( Bibliographie), Bruselas-París, Schepens-Picard, 1890-1932.
(23) A modo de ejemplo puede señalarse entre estos a Vincenzo
M
O N I G L I A, D i s s e r tezione contro i materialisti ed altri in cre d u l i, Padua,
Stamperia del Seminario, 1750; Daniele C
ONCINA,Della religione rivelata
contr o gli ateisti, deisti, materialisti e indifferenti , Venecia, Simone Occhi,
1754; Bernardino V
ESTRINI,Letter e teologiche, V enecia, Michele Belloti,
1749-1750; Lorenzo M
AGALOTTI,Letter e familiari contro l’ateismo , Venecia,
Sebastiano Coleti, 1741; Antonino V
ALSECCHI, Dei fondamenti della r eligione
e dei fonti del’empietà, Padua, Stamperia del Seminario appresso Giovanni
Manfré, 1765. (24) San Alfonso testimonia la existencia de varios centenares de
escritos antirracionalistas, sólo entre los que él mismo considera directa -
mente (« Lettera all’Editore Remondini», del 12 de febrero de 1776, cit.
en Ezio M
ARCELLI-Sentino RAPONI,Un umanista de ‘700 italiano. Alfonso de’
Liguori , Verona, Provincia Romana C.SS.R.-Bettinelli, 1992, pág. 206).
(25) Una reseña amplia y documentada de la literatura antiilustrada,
aunque muy lejos de poderse considerar exhaustiva (según advierte el
propio autor) –teniendo en cuenta el descomunal número de escritos
por examinar–, es la monografía de Didier M
ASSEAU,Les ennemis des philo -
sophes. L ’antiphilosophie au temps des Lumièr es, París, Albin Michel, 2000.
(26) Sobre esta cuestión se remite a Giovanni T
URCO, «L’apostolato
culturale di S. Alfonso Maria de ‘Liguori», en S. d’Ippolito (a cargo de),
Hommo perennis. V alori permanenti e divenir e storico.Atti del Convegno ,Roma,
Edizioni Romane d i Cultura, Roma, 2000, págs. 35-44. Al fonso valoraba
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Aunque la Ilustración tuvo cierta difusión, especialmen-
te en el ámbito de las cortes y de la aristocracia, sobre todo
en Nápoles, la Revolución Francesa propiamente dicha sólo
llegó a Italia con las invasiones napoleónicas. Frente a ella se
registró una oposición amplia y muy extendida, particular -
mente evidente en las insurgencias populares que tuvieron
lugar de un extremo a otro de la Península: del Piamonte al
Véneto, de la T oscana a Calabria. Los regímenes instaurados
como consecuencia de las conquistas napoleónicas –prime -
ro republicanos y después monárquicos, según los aconteci -
mientos de más allá de los Alpes– son expresión de la
Revolución, de la que fueron sostenedores «minorías ilustra -
das». En dicha dirección, éstas desarrollaron un programa
de transformaciones, señaladamente institucionales, norma -
tivas y culturales.
Con la derrota de Napoleón y la consiguiente Restau-
ración, el problema fundamental se planteó en los términos
de la doble herencia de los regímenes revolucionarios (en
Italia): la de la legislación y la de las clases dirigentes en el
ejército y la administración. La Restauración, contrariamen -
te a lo que puede parecer , dejó sustancialmente intacta
tanto la legislación (que, sobre todo en los Códigos resultó
emanación directa de la francesa, reproduciendo incluso en
muchos casos al pie de la letra el Code de Napoléon ), como las
clases dirigentes (incluidos los oficiales de los ejércitos).
Constituye, en parte, una excepción e este respecto, la polí -
tica del Reino de Cerdeña (con Víctor Manuel I). Es más,
paradójicamente, fueron excluidos del gobierno –como en
el caso del Reino de las Dos Sicilias–, precisamente los que
más se habían destacado en la lucha contra la Revolución,
habiéndose mantenido fieles a las antiguas instituciones
[como emblemáticamente ocurrió en Nápoles, donde se
GIOV ANNI TURCO
580Verbo, núm. 527-528 (2014), 569-616.
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particularmente al jesuita francés Claude Nonnote, autor de celebradas
obras anti-ilustradas y anti-revolucionarias: Les erreurs de V oltaire, 2 vols.,
Reguillait, 1770; Dictionnaire philosophique de la religión, 4 vols., Lyon,
Regnault, 1773. En relación con Nonnote escribió: «He exhortado a
todos los superiores de las congregaciones de misión que están en
Nápoles a que sean adquiridos por todos sus dependientes» («Le\
ttera del
marzo 1778», en Corrispondenza generale, cit. II, 473, en Augustine Berthe,
op. cit., pág. 445.
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excluyó del gobierno al Príncipe de Canosa (27)]. Todo ello
en beneficio de una política presidida por la amalgamaque
preveía la ocupación de puestos decisivos por exponentes
de la orientación liberal. Resultado de esta situación fue una recomposición del
modelo del absolutismo ilustrado (aunque en cierto modo
algo despotenciado en sentido administrativo), en el con -
texto de una restauración, por lo demás sólo aparente, es
decir , susceptible de conser var (y llevar adelante por sí
misma) las transformaciones revolucionarias precedentes,
así como de consolidarlas. En no pocos casos, las propias
monarquías estuvieron en el origen de los cambios revolu -
cionarios, como ocurrió con la destrucción de los deberes y
derechos feudales y con la implantación, también, de un
régimen burgués de la propiedad en una Sicilia que, sin
embargo, se había mantenido inmune a la invasión napole -
ónica, o bien, igualmente, en el caso de la destrucción de los
sedili de Nápoles [es decir , de las antiguas instituciones
representativas de gobierno ciudadano, de carácter patricio-
corporativo (28)]. En las relaciones con la Iglesia se volvió a establecer
esencialmente el modelo del absolutismo del setecientos.
Los nuevos concordatos, en definitiva, presuponían una
separación, ya in fieri, aunque sólo fuera para poder hacer
«concordar» las relaciones. Las supresiones precedentes (y
las incautaciones de conventos y bienes eclesiásticos que las
sucedieron) solamente dieron lugar a explícitas restitucio -
nes en una mínima parte. Subyace aquí, pues, el modelo
absolutista de disponibilidad gubernativa de los bienes de
los entes religiosos. Los dirigentes de la res publica christiana
aparentemente restaurada, en Italia, pusieron en realidad
las premisas de su extinción, sobre la base de un conser v adu-
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Verbo, núm. 527-528 (2014), 569-616.
581
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(27) Sobre las actividades y el pensamiento de Antonio Capece
Minutolo son fundamentales Walter M
A T U R I, Il Principe di Canosa,
Florencia, Le Monnier , 1944, y Silvio V
ITALE,Il Principe di Canosa e l’Epistola
contr o Pietr o Colletta, Nápoles,Berisio, 1969.
(28) Al respecto cfr . Luigi D
ELUTIODICASTELGUIDONE,I sedili di
Napoli, Nápoles, Morano, 1973. [Los sedilieran instituciones administra-
tivas de Nápoles cuyos componentes ( Eletti) buscaban el bien común
local. N. del T .].
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rismo que se tradujo en la conservación de la Revolución (y
de las formas que derivaban de la misma). En lo que se refiere a la situación italiana puede ser des-
tacable, igualmente –de modo análogo a una oportuna clasi-
ficación (29)–, que entre los católicos se registraron tres
líneas diferentes de valoración y de acción frente a la
Revolución francesa (y frente a su herencia política). Así que
el juicio acerca de la Revolución resultaba decisivo para la
formación de la orientación intelectual y política de autores
que se declararon en sintonía con la We l t a n s c h a u u n gc a t ó l i c a .
Un primer grupo de autores se identifica por haber emiti-
do un juicio totalmente negativo respecto de la Revolución (30)
(de manera que la trilogía revolucionaria era totalmente
rechazada). Se desarrolló aquí una publicística que, por una
parte, trató de nuclear los principios de la res publica christia -
na , y por otra parte, desarrolló una viva polémica frente al
racionalismo, al liberalismo y , más tarde, el socialismo.
Una segunda perspectiva se centró, en una línea concor -
dante con la concepción católica, en la fraternidad y la
igualdad, pero tomando la libertad en su significado revolu-
cionario. Con ello, adquirió consistencia lo que después
sería definido como catolicismo liberal, o mejor , liberalismo
católico.
Una tercera posición, finalmente, hizo suya la tríada
temática de la Revolución en su significado propio, conside -
rando la modernidad que la Revolución francesa inaugura
como una especie de epifanía del espíritu. En relación ésta,
los católicos tendrían como cometido proporcionar algo así
como un «suplemento del espíritu», reconociendo en los
cambios revolucionarios casi una introducción en los lumi -
nosos principios del cristianismo. Constituye la teorización
que se afirmará como catolicismo democrático o, por mejor
decir , democratismo cristiano.
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582Verbo, núm. 527-528 (2014), 569-616.
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(29) Cfr . Robert H
AVARD DE LAMONTAGNE,Histoire de la démocratie chré -
tienne de Lamennais à Georges Bidault , París, Amiot-Dumont, 1948.
(30) Ejemplar resulta el marco intelectual construido por Luciano
G
UERCI, Uno spettacolo non mai più veduto nel mondo. La rivoluzione francese
come unicità e r ovesciamento negli scrittori contr orivoluzionari italiani,Turín,
UTET , 2008.
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En la primera línea de pensamiento pueden situarse,
entre otros (31), el abate Pio Bruno Lanteri (fundador de
Amicizia Cattolica , que retomó y continuó Amicizia Cristiana,
fundada por el jesuita Nikolaus Albert von Diessabach) (32),
el marqués Cesare d’Azeglio (fundador del periódico
L ’ A rm o n i a ), el conde Clemente Solaro della Margarita
(Ministro de Asuntos Exteriores del Reino de Cerdeña), San
Juan Bosco (particularmente con sus Letture Cattoliche y su
Storia d’Italia) –en el Piamonte; el abate Giuseppe Baraldi
(director de las Memorie di Religione ) –en Módena; el conde
Morando Leopardi (fundador y difusor de la Voce della
R a g i o n e ) –en los Estados Pontificios; Antonio Capece
Minutolo (escritor y hombre político), los que tuvieron a su
cargo la Biblioteca cattolica (colección en la que vieron la luz
las primeras traducciones al italiano de los textos más
importantes de los autores contrarrevolucionarios de más
allá de los Alpes), los escritores de la Civiltà Cattolica(33)
(entre los que cabe mencionar particularmente a los jesuitas
Carlo Curci, Luigi T aparelli d’Azeglio, Matteo Liberatore,
Antonio Bresciani, Carlo Piccirillo, Giuseppe Ballerini, y
con posterioridad, Giovanni Cornoldi) –en Nápoles. En
IT ALIA Y CUESTIÓN CA TÓLICA
Verbo, núm. 527-528 (2014), 569-616.
583
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(31) La reconstrucción de un panorama completo de autores y ten -
dencias no se encuentra aún disponible. A título de ejemplo y por lo que
se refiere a Sicilia puede señalarse la reseña de autores (aunque\
muy dife -
rentes entre sí por sus posiciones y puntos de vista) de setecientos y del
ochocientos recogida por T ommasso R
OMANO,Antimoder ni e critici della
modernità in Sicilia dal ‘700 ai nostri giorni, Palermo, Istituto Siciliano di
Studi Politici ed Economici, 2012. (32) Para conocer la actividad y el pensamiento de Lanteri, así como
de las dos Amicizieresulta fundamental Roberto D
EMATTEI,Idealità e dot -
trine delle amicizie , Roma, Bibliotheca Romana, 1981; y , del mismo, La
Biblioteca delle «Amicizie». Reper torio critico della cultura cattolica nell’epoca della
Rivoluzione 1770-1830, Nápoles, Bibliopolis, 2005. (33) Sobre algunos de los análisis políticos de estos autores, véase
Giovanni T
URCO, «Introduzione» a Brigantaggio legittima difesa del Sud…,
cit.; así como, del mismo, «“La Civiltà Cattolica” e il Risorgimento», cit.
Sobre la filosofía social de Liberatore en particular , cfr., también del
mismo, Della política come scienza ética , Nápoles, Edizioni Scientifiche
Italiane, 2012, págs. 79-107. Acerca del análisis de Taparelli de la relación
entre protestantismo y liberalismo, cfr . Giovanni T
URCO, «Protestantesimo
e modernità. Soggettivismo religioso e soggettivismo político nell’analisi
di Balmes, de Maistre e T aparelli», en Espíritu(Barcelona), vol. LX, núm.
142 (2011), págs. 311-377.
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conjunto, se trata de la perspectiva prevalente en el ámbito
de la cultura católica (italiana) de la primera mitad del
ochocientos (y en parte, también de la segunda mitad).Al segundo filón se pueden adscribir autores como
Alessandro Manzoni, Vincenzo Gioberti, Niccolò T o m m a s e o ,
Cesare Balbo, Massimo d’Azeglio y también, por lo que se
refiere a ciertos aspectos, Gino Capponi, Raffaello Lambrus-
chini e Bettino Ricasoli (34). En esta perspectiva, más o
menos tematizada, el liberalismo era considerado no sólo
compatible con el cristianismo, sino, sobre todo, íntima-
mente conforme con él. Mediante el liberalismo, la propia
Iglesia hallaría una necesaria purificación así como una
inevitable reforma. En este sentido, el liberalismo constitui -
ría el fututo del cristianismo, hasta el punto de desempeñar
respecto al mismo una especie de función mesiánica. En lo relativo a la tercera posición, es posible señalar
una serie de escritores que, a partir del padre Gioacchino
Ventura (desde su desarrollo del lamennarismo y otras
corrientes) llega, sucesivamente a Romolo Murri, Ernesto
Buonaiuti y , desde diferentes perspectivas, a Luigi Sturzo.
Ésta asume la triple temática revolucionaria en toda su
extensión (y con su inconfundible significado). Así, hacen
suya la democracia en su acepción moderna, esto es, la
democracia como fundamento del gobierno. En este senti -
do, hacen suyo también el principio de la soberanía popu -
lar , al admitir (más o menos declaradamente) el legado de
la Revolución Francesa (35). Para poder comprender este
filón de pensamiento, en todo caso, no es posible prescindir
de la influencia ejercida, directa o indirectamente, por los
escritos de Félicité Lamennais, que en Italia encontró admi -
radores y valedores, tanto en la primera como en la segun -
da y tercera fase de su pensamiento (36).
GIOV ANNI TURCO
584Verbo, núm. 527-528 (2014), 569-616.
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(34) A juicio del autor de estas líneas, en esta perspectiva se inserta -
ría Antonio Rosmini, en cuanto que sus iniciativas, especialmente entre
1846 y 1848, compartieron proyectos de planteamiento liberal. Para una
visión de conjunto, Cfr., entre otros, Guido V
ERUCCI,I cattolici e il liberalis -
mo dalle «Amicizie Cristiane» al modernismo, Padua, Liviana, 1961.
(35) Para una panorámica de estas tendencias, cfr . Guido D
EROSA,
Storia del movimiento cattolico in Italia, 2 vols., Roma-Bari, Laterza, 1966. (36) Acerca de la importancia de las tesis de Lamenna is y el debate
Fundaci\363n Speiro

Es evidente que la res publica christiana se consideraba un
ideal irrenunciable para los autores católicos antirracionalis-
tas y contrarrevolucionarios. Pero para los católicos liberales
era un modelo ya superado. En esta situación, terminó por
caer en el inmanentismo, siendo vaciada, por el ubi consistam,
sobre la base de un mesianismo progresista y de un activismo
democrático, instigadores del democratismo cristiano. Con el proceso risorgimentaley la constitución del Estado
italiano –con el Reino de Italia (1861)– la res publica christia -
na , en lo que quedaba de la misma, fue sustituida por el
Estado liberal, de inspiración napoleónica. Sus caracteres
distintivos se habían ido forjando durante el decenio de
1848 a 1859, durante el que los grupos liberal-democráticos
habían transformado profundamente el Reino de Cerdeña.
La introducción de la Constitución liberal, la modificación
de la institución legislativa y la laicización radical, con la
supresión de todas la órdenes religiosas entre 1848 y 1855,
constituyen algunos de los aspectos más sobresalientes. El nuevo Estado unitario nació a partir de la acción mili -
tar piamontesa y de la iniciativa de grupos democrático-maz -
zinianos. Las organizaciones políticas preexistentes en la
Península fueron destruidas tan radicalmente como para ser
borradas totalmente de la memoria.
A ello siguieron diversos movimientos de resistencia popu-
lar –de defensa religiosa, política y social, de oposición al
nuevo orden– denominados, con una evidente intención de
denigración ideológica, «bandidaje» (37). A lo largo de casi
un decenio hicieron patente una evidente fractura entre dos
Italias: la de la tradición y la de la modernización.
En realidad, como es generalmente recogido por la mayo-
ría de los testimonios del momento (aunque con diferente
valoración), el proceso r i s o r g i m e n t a l econstituyó la «revolución
ITALIA Y CUESTIÓN CA TÓLICA
––––––––––––
que generaron, particularmente en Italia, permítaseme reenviar a Gio-
vanni T
URCO, «L’Affaire Lamennais e il dibattito sulla libertà religiosa: un
caso paradigmatico», Diritto e religioni, (Cosenza), vol. VIII, núm. 1 (2013),
págs. 283-322. (37) En orden a una amplia comprensión del fenómeno se remite,
entre otros, a Giovanni T
URCO, «Brigantaggio y legitimidad: una perspec-
tiva entre la historiografía y la filosofía», Fuego y Raya, Revista hispanoame-
ricana de historia y política (Córdoba), vol. 1, núm. 1 (2010), págs. 15-37.
Verbo,núm. 527-528 (2014), 569-616. 585
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italiana» (38). Dicho proceso es cumplimiento –mutatis mutan -
dis– del legado de la Revolución Francesa, puesto en marcha
ya inicialmente por los regímenes napoleónicos instaurados,
en lo que, como frecuentemente ha sido subrayado, estaban
presentes los precursores del R i s o r g i m e n t o. La instauración del
Estado unitario representa su culminación, en la medida en
que expresa su objetivo. El Risorgimento, pues, precisamente en la medida en que
se identifica con el proceso mismo, se prolonga a lo largo de
todas las vicisitudes del Estado italiano, desde el Reino libe -
ral al fascismo y a la República, todos ellos, en diferentes
sentidos, tributarios de aquel, por lo que se encuentra, por
sí mismo, siempre in fieri (39).En tal sentido, como ha sido
puesto en evidencia, «el Risorgimentoes, por tanto, esencial-
mente un hechoideológico con importantes valencias políti -
cas y religiosas» (40). Con el nacimiento del estado unitario se extendieron a
todo el nuevo Reino, entre 1861 y 1867, las leyes de laiciza -
ción, destructoras de las órdenes religiosas, que ya se habían
impuesto en el Piamonte. Se suspendieron todas las Con-
gregaciones religiosas; los bienes muebles e inmuebles, los
conventos y las iglesias, sus fondos, fueron confiscados por
el Estado. La vida en el nuevo Reino se caracterizó por una
agresiva oposición al catolicismo en sus más diversas expre -
siones (41), con una violenta actuación dirigida al clero, a
GIOV ANNI TURCO
586Verbo, núm. 527-528 (2014), 569-616.
––––––––––––
(3 8) Una reconstr ucción de esta temática puede enco ntr arse en
Massimo V
IGLIONE(a cargo de), La rivoluzione italiana. Storia critica…, cit.
(39) Sobre el Risorgimentocomo proceso en acción, cfr . Danilo C
AS-
TELLANO,La razionalità della política , Nápoles, Edizioni Scientifiche Italiane,
1993, págs. 89-97.
(40) Ibid., pág. 96. Por eso, en relación con su íntima esenc ia ha
sido evidenciado que «el R i s o r g i m e n t oitaliano, pues, constituye […] un
e p i s o d i o de la gran Revolución, ente ndida en sentido teorético, es decir,
como nega ción del orden natural; constituye el momento de la afirma-
ción del liberalismo que actualmente se mantiene en esos ordenamien-
tos» (pág. 94). (41) Hay que recordar , a modo de ejemplo, que en la Italia risorgimen-
tale la mayoría de los obispos se exiliaron, impidiéndoseles tomar pose-
sión de (o volver a) sus propias diócesis. Algunos de ellos fueron
arrestados, y otros maltratados. El contexto, y los hechos, han sido rec\
ons -
truidos, entre otros, por Giovanni S
PANDOLINI, La opposizione cattolica da
P o r ta Pia al ’98, Milán, Mondadori, 1998; I
D E M, Risorgimento anticattolico.
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las obras pías, a las entidades religiosas, a todo tipo se asocia-
cionismo católico (42), de lo que representó un dato emble -
mático, entre otros, la exclusión de la casi totalidad de los
obispos de las diócesis de la Italia meridional (esto es, del
antiguo Reino de las Dos Sicilias).
A pesar de que el artículo primero del Estatuto Albertino
(actualmente Constitución del nuevo Reino) declarara que
«la Religión Católica, apostólica y Romana es la única
Religión del Estado», todo el diseño de la Constitución y de
la consecuente legislación es sustancialmente liberal. Res-
pecto de la misma, revela un carácter totalmente extrínseco
y accidental, por sí mismo carente de toda influencia. El pri-
mer artículo del estatuto había sido ya privado de eficacia
desde el momento mismo de su entrad a en vigor, a partir de
la ley Sineo. No era idóneo para impedir la supresión de las
órdenes religiosas y la destrucción de las prerrogativas ecle-
siásticas fundamenta les. Ni siquiera había sido capaz de con-
tener las vejaciones dirigidas a los obispo s y a las autoridades
e c l e s i á s t i c a s .
La hostilidad anticatólica y el carácter secularizador del
nuevo Estado –que encontró su apogeo en la toma de Roma
(1870), dando fin al más que milenario gobierno temporal
de los Papas– no era en absoluto ocasional. Sus premisas y
su sustancia se encuentran en la «religión civil» que le sir ve
ITALIA Y CUESTIÓN CA TÓLICA
Verbo, núm. 527-528 (2014), 569-616.
587
––––––––––––
La persecuzione della Chiesa nelle «Memorie» di Giacomo Margotti , Verona,
Fede & Cultura, 2011. (42) Se ha recordado que «especialmente en la Italia meridional,
internados y colegios laicos ocuparon los antiguos seminarios confesiona\
-
les, las Obras pías fueron expoliadas o suprimidas, eliminadas las preben -
das episcopales, limitadas las celebraciones vespertinas o nocturnas,
abolida la exención de los clérigos del servicio militar, los capítulos gene-
rales violentados y alterados, el óbolo de San Pedro obstaculizado de mil
maneras, impuesto el juramento a los católicos declarados» (Giovanni
S
P ADOLINI, L’opposizione cattolica…, cit., págs. 24-25). Contextualmente, la
represión liberal golpeó directamente también al episcopado, hasta el
punto de que –a título de ejemplo significativo– en 1874 sumaba\
n más de
33 los arzobispos y obispos que fueron expulsados «de sus sedes por
orden del Canciller Vigliani, por no haber presentado las Bulas pontifi -
cias relativas a la aprobación del gobierno y por no haber implorado el
permiso del gobierno para ejercer sus cargos [exequatur ], como se había
establecido rigurosamente en la ley de garantías [absorbida por el
Concordato lateranense en 1929. N. del T .]» (ibid., pág. 93).
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de fondo: de la que ha sido definida como «religión de la
libertad» (según expresión de Croce), así como religión de
la «Revolución» o del «mundo moderno» (según evocación
de De Sanctis). Una religión civil que hace de la Patria, iden-
tificada con el Estado, un objeto de culto, y que entiende el
Estado italiano –identificado con un tipo ideológico– como
el «pueblo mesiánico» capaz de suscitar la nueva humanidad.
Un pueblo «regenerado, pues, con la misión de hacer cum-
plir un porvenir cósmico (considerado) irremediable» (43).Estas consideraciones ofrecen una impronta inconfundi -
ble del Estado risorgimentale. Su creación constituyó la condi-
ción de la creación de los italianos; en este sentido, los
italianos constituyeron su resultado. Al mismo tiempo, su
existencia se presentó como realización de la «profecía» de
la que habían sido verbo y génesis sus teóricos y propugna -
dores. Este programa radical encontró realización, además
de con los ordenamientos (cabe mencionar a este propósi -
to la imposición del ser vicio militar obligatorio, que origi-
nalmente duraba más de tres años), muy particularmente,
con la instrucción pública. A través de la Escuela y la Universidad, el Estado reivin-
dica y lleva a cabo el monopolio de la educación con el obje -
tivo de formar «verdaderos italianos». Con este objeto,
particularmente la Escuela elemental, «gratuita, obligatoria
y laica», tenía el propósito, no sólo de sustraer a los ital\
ianos
de la influencia católica, sino, sobre todo, el de forjarlos en
la ideología oficial (44). En este sentido, la Escuela estatal
tenía fundamentalmente el cometido que había fijado y pro -
GIOVANNI TURCO
588Verbo, núm. 527-528 (2014), 569-616.
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(43) Para una documentación relativa a esta cuestión, véase G\
iovanni
T
URCO, «Lo Stato risorgimentale come problema», en Samuele Cecotti,
Della legittimità dello Satato italiano…. cit. (44) En relación con el papel jugado por la Masonería en la teoriza -
ción y realización de tal planteamiento escolar (ideológico), se ha escrito
que «los francmasones se distinguieron en el parlamento, y fuera de él,
como decisivos sostenedores de la escuela elemental “gratuita, obliga\
toria
y laica”, de los hogares infantiles, de la escuelas vespertinas, festivas, pro -
fesionales» (Tina T
OMASI,Masoneria e scuola dall’unità ai nostri giorni ,
Florencia, V allecchi, 1980, pág. 56). En la misma línea advierte que «la
masonería se interesaba desde hacía tiempo por los hogares infantiles,
sobre todo para que no quedaran bajo el monopolio prácticamente
exclusivo de la Iglesia» (pág. 61).
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yectado para ella el Estado. Y la obligatoriedad constituía
una condición de eficacia para el logro del fin marcado.Pero frente al Estado liberal existían elementos de la civi -
tas christiana . Los pueblos italianos, en general, se mantuvie -
ron sustancialmente católicos; consideraron extraño y hostil
el nuevo Estado, teniendo en cuenta los efectos sociales del
nuevo orden: entre otras cosas, esta situación dio lugar a
una imposición exorbitante y a un empobrecimiento del
que da testimonio la emigración masiva, que se prolongará
durante casi un siglo. Con base en todo esto, se desplegó una estrategia católi-
ca que tendía al cuidado del tejido social, de modo que a par-
tir de ello se produjera una posible reconquista o, al menos,
un condicionamiento del Estado liberal. A este respecto, sin
embargo, es posible distinguir una doble fase. Hasta 1870, la
suerte del nuevo Reino pareció eclipsarse, siendo susceptible
de una posible ruina. Pero tras la derrota, primero del impe-
rio austrohúngaro (1866), y después de Francia (1870) por
parte de Prusia, aliada del Reino de Italia, se consolida el
poder del Estado liberal, aun mediante un rígido sistema
represivo. El problema que se impuso entonces fue el de la
defensa de los espacios de autonomía y desarrollo de activi -
dades formativas y sociales como alternativa al Estado: el
desarrollo de actividades de formación intelectual y de auto -
nomía, programáticamente católica (45).
Frente a la dispersión de las clases dirigentes de los anti-
guos Reinos preunitarios (debida, primero a factores endó-
genos y, después, exógenos), el eje propulsor de la oposición
católica al Estado r i s o r g i m e n t a l ese concentró, cada vez de
manera más exclusiva, en los grupos organizados, bien direc-
ta, bien indirectamente, por exponentes ligados a las jerar-
quías eclesiásticas (46). Tras la excomunión establecida por
Pío IX para todos los protagonistas de la revolución r i s o r g i-
ITALIA Y CUESTIÓN CA TÓLICA
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(45) En particular , se trató de la institución de Escuelas, de la proli -
feración de diarios y revistas, de la creación de Cajas de Ahorro y fórmu -
las cooperativas campesinas, así como obras de carácter asistencia\
l (desde
or fanatos hasta hospicios).
(46) Con excepción de algunos grupos que mediante una activa
publicística continuaron sosteniendo la causa de la monarquía borb\
ónica
(hasta los inicios del novecientos).
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m e n t a l e, y la prohibición de participar en las elecciones (con
el non expedit) –con el objeto de significar particularmente el
carácter ilegítimo del nuevo Reino (47)– la atención se con-
centró en la necesidad de asegurar al Papado la libertad en
el ejercicio de su ministerio (48).
En este sentido, el empeño religioso, formativo y social,
prevaleció sobre el propiamente político. Es más, de hecho,
terminó por ocupar su lugar . Inicialmente, presentándose
como una necesidad estratégica en el orden de los medios,
y a continuación configurándose como una especie de acep -
tación de una situación (la del poder del Estado risorgimen-
tale) tenida por irreversible o incluso juzgada positivamente. De esta manera, la causa de la res publica christiana termi-
nó, poco a poco, identificándose con la actividad de la
«acción católica», con lo que llegó a perder consistencia\
por
sí misma, identificándose con planteamientos terapéuticos,
por así decir , en relación con los efectos del individualismo
moderno o con la defensa de la libertad de manifestación
pública de la fe. Hasta el punto que llegó a presentarse
como un movimiento religioso en el marco del nuevo orden
(particularmente con el fascismo y , luego, con la Repúbli-
ca), en un itinerario que, en ciertos aspectos, se desarrolló a
través de la prevalencia de la atención a la praxis –y de cues -
tiones de contexto–, llegando modificar su consideración
acerca de los objetivos. La preeminencia de esta concentra -
ción en problemas conectados con las estrategias operativas
terminó por dejar en la sombra los elementos fundamenta -
les del conjunto de las finalidades perseguidas. En otros términos, en la medida en que el Estado liberal
no había caído y , además, frente a la oposición católica
–temeroso, por añadidura, el avance socialista– parecía dis -
puesto a atenuar las medidas laicizadoras, e incluso a mos -
trarse favorable a la búsqueda de fórmulas de compromiso
GIOV ANNI TURCO
590Verbo, núm. 527-528 (2014), 569-616.
––––––––––––
(47) Sobre el problema de la legitimidad del Estado risorgimentale
Samuele Cecotti lleva a cabo una cuidadosa indagación, centrada en el
pens amiento del jurista y po lítico del no vecientos Car lo Fr anc esc o
D’Agostino, en Della legittimità dello Stato italiano… , cit.
(48) Como es sabido, después de la conquista de Roma por parte del
ejército del Reino de Italia, el Papa fue declarado prisionero, segre\
gándo -
se los palacios vaticanos.
Fundaci\363n Speiro

con la Iglesia para gobernar con ciertas garantías, la actitud
de los grupos organizados y, ante todo, de la jerarquías ecle-
siásticas, cambió. Al principio, en lo que se refiere a los
medios; más adelante, en cuanto a los objetivos. Pero siem -
pre bajo la vigilancia de compañeros que controlaban estas
actividades (49). Desde esta perspectiva –independientemente de toda con-
sideración sobre las intenciones de los protagonistas (50)–
puede entenderse el itinerario que lleva desde el intransigen-
tismo frente al Estado liberal, claramente prevalente desde
finales del siglo XIX, hasta la fundación y desarrollo de la
Obra de los Congresos, en la que confluye una catolicidad
laica organizada, de 1874 a 1904, año de la supresión
–exceptuando la Sección II– decidida por San Pío X, des -
pués de la preeminencia asumida por las corrientes demo -
crático-cristianas (51). Poco después, a en el marco de una
línea que se presenta como el intento de utilizar la democra -
cia con el propósito de condicionar el liberalismo (52), se
organizó la Unión Electoral Católica Italiana (1913), que,
por definición, rechazaba ser confundida con cualquier
clase de partido, gracias al pacto Gentiloni, entre católicos y
candidatos liberales dispuestos a suscribir públicamente un
–––––––––––– (49) A modo de ejemplo, puede recordarse que en 1897 –bajo la pre-
sidencia del abogado Gianbattista Paganuzzi– la Obra de los Congresos
continuó en la línea de la intransigencia, llegando a contar con 17 comi-
tés regionales, 188 comités diocesanos, 3.982 comités parroquiales, 708
secciones juveniles, 17 círculos universitarios, 588 cajas de ahorro rurales,
688 agrupaciones obreras, 24 diarios, 155 publicaciones periódicas. (50) Algo que se desprende del presente análisis.
(51) Objetivo de la Obra de los Congresos, como escribirá su inspir\
a -
dor –el abogado Gianbattista Paganuzzi–, es el de «unir y ordenar a los
católicos y a las asociaciones católicas de toda Italia en el intento común
de defender y propugnar , en conjunto, los derechos sacrosantos de la
Iglesia y del papado, así como los intereses religiosos y sociales de\
la patria
que Dios nos ha dado». Gian Battista P
A G A N U Z Z I, «Organizza zione
dell’Opera», en Movimento Cattolico, 18-2-1888. Cit. en Angelo G
AMBASIN,
Il movimento sociale dell’Opera dei Congr essi (1874-1904). Contributo per la
Storia del cattolicesimo sociale in Italia, Roma, Curia Pontificiae Universitatis
Gregorianae, 1958, pág. 33. (52) Reflexiones pertinentes sobre la problemática de fondo de esta
cuestión se encuentran en Miguel A
YUSO,La constitución cristiana de los
Estados, Barcelona, Scire, 2008.
IT ALIA Y CUESTIÓN CA TÓLICA
Verbo, núm. 527-528 (2014), 569-616.
591
Fundaci\363n Speiro

catálogo de siete cometidos en defensa de la familia, de la
libre enseñanza, de la instrucción religiosa, de la posibilidad
de asociación y de principios de justicia social.En este contexto, adquiere una importancia paradigmáti-
ca el Concordato (y el Tratado) entre el Reino de Italia y la
Santa Sede. Celebrado como un triunfo del catolicismo ita-
liano, fue en realidad una etapa más en la consolidación del
Estado r i s o r g i m e n t a l e , en ese momento propiamente liberal-
fascista. En absoluto constituyó una condición a fin de que el
Reino de Italia pudiese ser considerado un Estado católico.
Por sí mismo, en efecto, el reclamo a la religión del Estado
no es suficiente para configurar una res publica christiana. Más
bien, el documento establece la prioridad (o mejor el poder
soberano) del Estado, que decide qué religión darse a sí
mismo. Al mismo tiempo, no puede dejar de subrayarse que
dicho reclamo, a su vez, como ocurrió en este caso, puede ser
puramente nominal, extrínseco, accidental, en relación con
los presupuestos y objetivos del Estado. En principio, no puede pasarse por alto que el moderno
sistema concordatario presupone sustancialmente que
Iglesia y orden político son ajenos, de modo que con el con -
cordato lo que se logra es un entendimiento, más o menos
explícito, en orden a la composición de un conflicto, laten -
te o actual. Por sí mismo, pues, el sistema concordatario da
por supuesta la negación (formal o de hecho) de los debe -
res de la comunidad política en cuanto tal respecto de Dios,
y por tanto, en relación con la res publica christiana.
No puede silenciarse, verdaderamente, que el Concordato
no reconocía a la Iglesia (católica) más que lo que en buena
medida era ya concordable (y contratado, por cierto) por
parte del régimen liberal (giolittiano). En este sentido, no pre-
veía el principio (de justicia) de la restitución de todo cuanto
el Estado r i s o r g i m e n t a l e había sustraído a las órdenes religiosas
(conventos, bibliotecas, bienes inmuebles, y demás). Se limitó
a fijar un resarcimiento monetario, por lo demás muy exiguo
comparado con todo lo que había sido expropiado, evitando
afrontar la cuestión suscitada como principio de las expropia-
ciones y confiscaciones; más bien, por el contrario, legitiman-
do implícitamente sus efectos.
GIOV ANNI TURCO
592Verbo, núm. 527-528 (2014), 569-616.
Fundaci\363n Speiro

Por otra parte, mediante la «congrua» (remuneración a
los sacerdotes que correspondía al Estado) –en lugar de la
restitución de los bienes que venían garantizando la autono -
mía del clero– introdujo en Italia el sistema propio de la
«Constitución civil del clero» (impuesto durante la Revolu-
ción francesa), haciendo depender al clero, al menos eco -
nómicamente, del Estado. No puede ocultarse tampoco que
la enseñanza de la Religión en la Escuela estatal tuvo como
consecuencia irreversible, por una parte, la exclusión de la
T eología de las enseñanzas de las Universidades estatales
(abolición de la Ley Coppino en 1870), y por otra parte, aun
aseverando enfáticamente su carácter de «fundamento y
coronación» de la instrucción, no tenía la menor incidencia
sobre el diseño idealista (gentiliano) de los programas de la
escuela italiana.
Con el magisterio de León XIII, San Pío X, Pío XI y Pío
XII, se desarrolló un amplio corpusdoctrinal que fijaba los
principios de la res publica christiana . Su importancia inme-
diata, así como la cosecha de referencias específicas que
contenía, fue innegable para Italia. Principalmente, se arti -
culó a través de las encíclicas Immortale Dei, Sapientiae christia -
nae, Diuturnum ,Libertas, Arcanum divinae sapientiae ,Humanus
genus yRer um novar umde León XIII.
En ella, se rechaza el agnosticismo del Estado liberal, así
como toda forma de socialismo y utopía. Al mismo tiempo,
se subraya el fundamento metafísico de la política, su carác-
ter ético, y los deberes de la comunidad política en cuanto tal
respect o de Dio s y la Iglesia (53). Igualmente, Pío X reprue-
ba expresamente la concepción moderna de la democracia
–con la condena del movimiento demócrata-cristiano de L e
ITALIA Y CUESTIÓN CA TÓLICA
Verbo, núm. 527-528 (2014), 569-616.
593
––––––––––––
(53) Un texto teológico sintetiza de la siguiente manera la noción
esencial: «Societas civilis, qua persona moralis, veram religionem profite -
ri tenetur […]. Societas civilis temporale bonun civium ita procurare
debet, ut eos ad bonum máximum, felicitatem videlicet aeternam, adqu\
i -
rendum simul adjuvet. Sed hoc praecipue fit per religionem […] bonum
enim temporale civium suapte natura spirituali eorum bomo, et praeci -
pue fini ultimo, subordinator; qua de causa civitas non potest se abduce -
re obligationi qua astringitur civium etiam spirituale bonum procurandi»
(Johann H
ERRNANN,Institutiones Theologiae dogmaticae ., 3.ª ed., Roma, Ex
T ypographia della Pace, 1903, vol. I, págs. 65-67.
Fundaci\363n Speiro

Sillon (1910)– y el modernismo, incluidos sus asp ectos políti-
co-sociales (1907-1909). La encíclica de Pío X Il fermo propósito (1905), especial-
mente, hace patente la doctrina según la cual «la civilización
del mundo es la civilización cristiana; tanto más verdadera,
más duradera y más fecunda en preciosos frutos cuanto más
netamente cristiana es […]. De donde deriva que por la
fuerza propia de las cosas, la Iglesia se convierte de hecho en
custodia y protectora de la civilización cristiana» (54), de
manera que deben realizarse las obras «destinadas a este o a
aquel bien particular de la sociedad y del pueblo, y al flore -
cimiento de la civilización cristiana» (55). En particular , como se desprende especialmente de las
encíclicas de León XIII Inimica vis(1892) (56) y Dall’alto
dell’Apostolico seggio (dirigida precisamente a los obispos, al
clero y al pueblo italiano en 1890) (57), se expresa una valo -
ración inequívoca de la situación de la Península post-risor -
gimentale. Y análogo análisis presenta Pío XII (58).
GIOV ANNI TURCO
594Verbo, núm. 527-528 (2014), 569-616.
––––––––––––
(54) P
ÍOX, «Il fermo propósito», Insegnamenti pontifici – 4. Il laicato , a
cargo de los monjes di Solesmes, trad. it., Roma, Paoline, 1968, pág. 214. (55) Ibid., pág. 225. Entre otras cosas, advierte «de cuánta ayuda pres-
tan a la Iglesia esos grupos electores de católicos que se proponen, precisa-
mente, unir en un conjunto a todas sus fuerzas vivas, a fin de combatir, con
todos los medios justos y legales la civilización anticristiana» (pág. 216). (56) L
E Ó NXIII, «Inimica vis», Acta Santae Sedis, Roma, Ex. T ypographia
Polyglotta Sacrae Congregationis de Propaganda Fide, 1892-1893, vol.
XXV; reed., Nueva Y ork, Johnson Reprint Corporation, 1969, págs. 274-
277. La encíclica se dirige explícitamente a analizar la situación de perse -
cución anticatólica llevada a cabo en Italia, atribuida directamente a la
masonería, con el advenimiento del Estado unitario risorgimentale. Está
dirigida a los obispos italianos. (57) L
E Ó NXIII, Dall’alo dell’Apostolico seggio, en Acta Santae Sedis, Roma,
Ex. T ypographia Polyglotta Sacrae Congregationis de Propaganda Fide,
1890-1891, vol. XXIII, reed. Nueva Y ork, Johnson Reprint Corporation,
1969, págs. 193-203. De esta manera, León XIII señala el factor impulsor
del proceso de secularización que estaba llevándose a cabo: «Se trata del
plano de las “sectas” el que está en juego ahora en Italia, especialmente
en lo que se refiere a la Iglesia y la religión católica, con el objetivo final
y evidente de reducirla, si fuese posible, a la nada» (pág .194)\
, concluyen -
do que «por lo que se refiere a la religión en relación con el desarrollo
de la cosa pública en Italia, estamos ante la realización del programa
masónico» (pág. 197). (58) «Durante quince siglos, el pueblo italiano ha permanecido fiel a
Fundaci\363n Speiro

Sobre estos elementos, la res publica christianase confirma
como un ideal imprescindible y fundamental (59), fundado
en el orden de la razón y la Revelación. Por el contrario, en
una línea de cierta divergencia se situará, primero, el Partido
Popular Italiano (1919) y, después, la Democracia Cristiana
(1942), que constituye su heredera y desarrollo. Se trataba
de un partido programáticamente «aconfesional», cuya con-
cepción del Estado se declaraba por su fundador «ni católica
ni anticatólica» (60). Sobre la base de un agnosticismo fun-
damental sobre las cuestiones de Derecho público, se asumía
una concepción moderna de la democracia, es decir, la
democracia como fundamento del gobierno, más que como
forma de gobierno. De manera que ésta se convertía en el
único criterio de legitimidad del poder, cualquiera que fuera
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Verbo, núm. 527-528 (2014), 569-616.
595
––––––––––––
este orden (social, honesto y cristiano), que parecía totalmente normal e
indiscutible […]. Pero he aquí que desde hace poco más de cien \
años, un
trabajo insidioso, sistemático y constante ha tratado de desmontar , más
duramente que con la acción violenta, la cultura cristiana del pueblo ita -
liano» ( P
ÍOXII, Discorso alla Gioventù italiana di Azione Cattolica , 20 de abril
de 1946, Discorsi e Radiomessaggi di Sua Santità Pio XII, Milán, Vita e
Pensiero, 1946, vol. VIII, pág. 55). Acerca del orden político cristiano
como meta y como criterio, cfr ., especialmente, P
ÍOXII, Discorso per il 2.º
Congr esso mondiale dell’Apostolato dei laici, 5 de octubre de 1957, Discorsi e
Radiomessaggi… , cit., Milán, Vita e Pensiero, 1957, vol. XIX, págs. 455-473;
Allocuzione al Sacro Collegio e ai V escovi sul sacerdocio e sul goberno pastorale , 2
de noviembre de 1954, Discorsi e Radiomessaggi…, cit., Milán, Vita ePensiero,
1954, vol. XVI, págs. 245-256; Discorso ai giuristi cattolici italiani, 6 de
diciembre de 1953, Discorsi e Radiomessaggi… , cit., Milán, Vita e Pensiero,
1953, vol. XV , págs. 477-492; Allocuzione al Patriziato e alla Nobiltà Romana,
14 de enero de 1945, Discorsi e Radiomessaggi …, cit., Milán, Vita e Pensiero,
1945, vol. VI, págs. 273-277. (59) La enseñanza de San Pío X explica nítidamente la necesid\
ad, de
razón y de fe, de la res publica christiana. Como ha sido puesto de manifies -
to: «Su “motto” [lema] “Instaurare omnia in Christo” representaba un
programa de “restauración” […]; reaccionar ante la descristianización y
la secularización de la sociedad que tenía lugar en nombre de la “moder -
nidad”, reafirmando sin el más mínimo compromiso, los derechos de la
Iglesia a inter venir en la vida de los pueblos para restablecer el orden
social querido por Dios» (Roger A
UBER T, «Pío X, tra restaurazione e refor -
ma», en Elio Guerriero, I cattolici e la questione sociale, Milán, San Paolo
2005, pág. 61). (60) Luigi S
TURZO, «La Terre Wallonnee», ahora en Scritti storico-poli-
tici (1926-1949) , a cargo de Lucio Brunelli, Roma, Cinque Lune, 1984,
pág. 104.
Fundaci\363n Speiro

su contenido. Presuponiendo, por otra parte, un juicio posi-
tivo sobre la Revolución Francesa, el propio Sturzo reducía la
política a una mediación entre intereses diversos.El democratismo cristiano italiano encontró sus princi-
pales representantes, más aún que en Sturzo, en Romolo
Murri (61) y , por lo que se refiere a ciertos aspectos, en
Ernesto Buonauiti (62). Desde el punto de vista filosófico-
político, el mar xismo influyó declaradamente sobre Murri,
inmediatamente, a través de Antonio Labriola, mientras que
sobre Buonaiuti tuvo influjo la «filosofía de la acción» blon -
deliana y el pragmatismo de William James. Todo ello, por
otra parte, en un clima cultural fuertemente hipotecado por
el idealismo.
En el pensamiento de Murri se encuentra la fuente de
democratismo cristiano italiano (63). Partiendo de la premi -
sa de una aceptación del proceso risorgimentale, hizo suya la
democracia, entendida al estilo moderno, no como medio,
sino como fin y como criterio, de donde deriva la imposibi -
lidad de admitir cualquier otra medida que no sea la de la
praxis democrática (64). En este sentido, encuentra una
explícita teorización el inmanentismo político. Por su parte,
GIOV ANNI TURCO
596Verbo, núm. 527-528 (2014), 569-616.
––––––––––––
(61) Se encuentra entre los promotores de la Lega democrática nazione
(en cuyo programa pueden advertirse los rasgos distintivos del modernis -
mo político), y es autor de escritos en los que se teoriza el democratismo
cristiano: Dalla democrazia cristiana al Partito popolar e italiano (1920) y La
democrazia cristiana italiana. Lineamenti storici (1945). Fue excomulgado
por sus posiciones modernistas en 1908. (62) Historiador del cristianismo, se encuentra entre los principales
teorizadores del modernismo; fue excomulgado por sus posiciones moder-
nistas en 1908 (y nuevamente en 1921, 1924 y 1925). (63) Cfr. Lorenzo B
EDESCHI,Mur ri, Sturzo, De Gasperi. Ricostruzione sto -
rica ed epistolario (1898-1906) , Cisinello Balsamo, San Paolo, 1994.
(64) En relación con las tesis de Murri, se ha puesto de manifiesto
que «tras una explícita aceptación del Risorgimento[…], tomó claramente
posición a favor el método liberal […] negando así la unión institucional
de la Iglesia con la sociedad civil como ideal del presente; reconoció al
Estado como necesaria expresión histórica y como natural punto de
mediación entre las fuerzas sociales en conflicto, llegando, en fin, a con -
cebir la democracia, no ya como instrumento de una movilización popu -
lar en orden a una restauración teocrática, sino como fruto de la
progresiva elevación de la conciencia individual» (Pietro S
COPPOLA,
«Chiesa e democrazia in Europa e in Italia», en Elio Guerriero (a cargo
de ), I cattolici e la questione sociale, cit., págs. 173-174).
Fundaci\363n Speiro

Buonaiuti puede ser considerado, aún más evidentemente,
como teórico del modernismo político (llegando a la iden-
tificación de cristianismo y socialismo, o, en esa línea, lle -
gando a confluir en el «socialismo cristiano») (65). En esta panorámica, la acción política termina identifi -
cándose con la acción partidista, separándose ésta del con -
junto de obligaciones de justicia propia de toda comunidad
política por sí misma, y del conjunto de los deberes del cató -
lico en cuanto tal. La distinción entre ámbitos diferentes se
convierte en extrañamiento entre ambos, con exclusión de
la trascendencia del deber moral respecto de toda opción
democrática. Semejante planteamiento suscitó desde sus
comienzos (66), y posteriormente (67) también, profundas
y vivas críticas. En una visión de conjunto, el democratismo cristiano,
del que el populismo es exordio y expresión, se condensa en
un agnosticismo que impregna todo el propio programa del
partido. Un programa, en efecto, que resulta indefinible, en
cuanto viene fijado en cada ocasión por el Congreso. El
populismo se presenta como síntesis de soberanía y clase
social, en la que el pueblo mismo es considerado como cate -
ITALIA Y CUESTIÓN CA TÓLICA
Verbo, núm. 527-528 (2014), 569-616.
597
––––––––––––
(65) Ibid., págs. 176-177.
(66) En la crítica al democratismo cristiano expresado de forma polí-
ticamente organizada en Italia, sobre todo por el Partido Popular Italiano,
se cuenta con estudiosos católicos, como el padre Agostino Gemelli o
mons. Francesco Olgiati (Cfr. Agostino G
E M E L L I-Francesco OL G I A T I, Il pro -
gramma del Partito Popolare Italiano. Come non è e come dovrebbe essere, Milán,
Vita e Pensiero , 1919). Con miembros del episcopado, como el arzobispo de
Génova Tommaso Pio Boggiani (Cfr. Tommaso Pio B
O G G I A N I, «L ’ A z i o n e
Cattolica e il “Partito Popolare Italiano”. Lettera al Clero e al Laicato
dell’Archidiocesi», Génova, 25 de julio de 1920, ahora en I due anni di epis -
copato genovese dell’e.mo signor cardinale Tommaso Pio Boggiani. Atti pastorali,
Acquapendente, Lemurio, 1922, págs. 126-154). Igualmente se citan entre
los críticos miembros del clero y exponentes del asociacionismo católico,
como don Paolo de Toth y Filippo Sassoli de’ Bianchi.
(67) Entre sus críticos más sagaces y tenaces hay que recordar , parti-
cularmente, al abogado Carlo Francesco D’Agostino. Cfr . Carlo Francesco
D’A
GOSTINO, La «illusione» democristiana, Roma, L ’Alleanza Italiana, 1951;
«Perché i democristiani non sono cattolici», L’Alleanza Italiana (Osnago),
núm. 70 (sept. 1954). Sobre el pensamiento del jurista e político católico
véase la monografía de Danilo C
ASTELLANO,De Christina Republica. Carlo
Fran cesco D’A go stin o e il problema p olítico (italian o) , Nápo les, Edizioni
Scientifiche Italiane, 2004.
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goría sociológica en el marco del progresismo como ideolo-
gía de la historia (68). Asumiendo el planteamiento de Félicité Lamennais y
Marc Sangnier , la democracia moderna es entendida como
verdadera iluminación del cristianismo, asimilado así al pre -
tendido movimiento progresivo de la historia. De esta mane -
ra, el cristianismo sería como la condición de la plena
realización de la democracia, y la democracia revelaría el
verdadero ser del cristianismo mismo (69).
La acción del Partido Popular primero, y de la Democracia
Cristiana después, han llevado de la teoría a la praxis las tesis
que se encuentran en sus orígenes. O, por mejor decir, la pra-
xis ha consistido en su realización plena. De ello dan testimo-
nio, la actitud autorreferencial en relación con los «Comités
cívicos» (organizados por Luigi Gedda) y, en general, en rela-
ción con el asociacionismo católico y las jerarquías eclesiásti-
cas. Respecto de estas últimas, aun aprovechándose de su
ayuda, se reivindicó, siempre, una total independencia de ini-
ciativa (70). Igualmente, da testimonio de esto la redacción
598Verbo, núm. 527-528 (2014), 569-616.
GIOV
ANNI TURCO
––––––––––––
(68) Ibid.
(69) Da rio Composta, tratando de determinar la iden tidad i ntelec-
tual del democratismo cristiano concluye: «Denominaremos […]
democristianos a los católicos qu e políticamente confi guran la libertad
del “demos”, y por lo tanto, los valores mund anos de la democracia
[moderna] […] con una cierta, pero vaga, referencia al cristi anismo»
(Dario C
O M P O S T A, «I c attolici di ieri e di oggi di fronte alla morale poli-
tica», en AA.VV., Questione cattolica e questione democristiana, Padua,
CEDAM, 1987, pág. 27). El democratismo cristiano se prese nta como
aquella forma de catolicismo que hace suyas –como si se tratara de una
reve la ció n de la esencia d el pr opio cristianismo – la s t esis de la
Revolución Francesa de forma más radical que, el propio liberalismo
católico. Composta considera el progresismo político y la aconfesi ona-
lidad como los ejes profundo s de la política, en primer lugar, del
Partido Popular, y despu és, de la Democracia Cristiana. Advierte que
«el adjetivo “cristiano” […] aparece, junto al término “democracia”,
como una exp resión que indica una tensión dirigida a lo que sería el
“modelo”» (pág. 52). Desd e esta perspectiva, el cristianismo mismo
sería, según un presu puesto rigurosamente historicista, una vía para
alcanzar la plenitud de la democracia moderna, como ideal que se
identifica con el fin mismo de la historia. (70) Particularmente, como se ha puesto de manifiesto, «Gedda y los\
suyos auspiciaban, efectivamente, la constitución de un bloque de defen -
sa católica que, sin embargo, rechazaban dirigentes democristianos co\
mo
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–con la determinante contribución de la Democracia Cris-
tiana– de la Constitución republicana, que ha marcado una
etapa fundamental en la secularización de la sociedad partien-
do de un objetivo laicismo de Estado (71). Un precioso documento de todo ello lo constituye la
legislación italiana publicada bajo la dirección de la
Democracia Cristiana: desde la Reforma Agraria hasta las
reformas derivadas de la «apertura a la izquierda»; desde la
legalización del divorcio (firmada por los ministros demo -
cristianos y defendida ante la Corte Constitucional por
encargo del presidente del Consejo democristiano) (72)
hasta el nuevo derecho de familia y la ley sobre el aborto
(firmada por el Presidente del Consejo y por ministros
democristianos, y , posteriormente, defendida ante la Corte
Constitucional por un gobierno que estaba bajo dirección
IT ALIA Y CUESTIÓN CA TÓLICA
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599
––––––––––––
Gaspe ri. Muy pronto, el partido demócrata cristiano, aunque continuó
beneficiándose del apoyo prestado por las organizaciones católicas, y
reclutando dentro de las mismas a sus dirigentes, se esforzó en afirm\
ar su
propia autonomía» (Jean-Marie M
AYEUR, «Forme di organizazzione del
laicato cattolico», en Elio Guerriero (a cargo de ), I cattolici e il dopoguerra,
Milán, San Paolo, 2005, pág. 173). (71) Como documenta el jurista Pietro Giuseppe Grasso, «existen
muchos motivos para pensar que tal adhesión a los cánones y modelo\
s del
constitucionalismo de corte liberal encontró un modelo necesario en el
modo de ser de los partidos democristianos, más que, por consiguiente,
una mera admisión de carácter práctico» (Pietro Giuseppe G
RASSO,
Costituzione e secolarizzazione , Padua, CEDAM, 2002, pág. 12). De modo
análogo, lo evidencia, con particular referencia a la Sentencia 508/2\
00, el
hecho de que «la Corte Constitucional “certifique” el laicismo de la
Constitución» (pág. 255). Grasso no deja de subrayar cómo «se ha hecho
notar por algunos que, en Italia, el proceso de secularización de la vida
pública (con las mencionadas innovaciones legislativas) se había hecho
evidente durante el período en el que mayor fueron los resultados del
Partido de la Democracia Cristiana» (pág. 10). (72) Se ha escrito que «las responsabilidades de la DC por lo que se
refiere al divorcio vienen de tiempo atrás: se remontan a la Constitu\
yente,
en la que, gracias al consentimiento de más de 37 diputados democristia -
nos no se había introducido en el art. 29 de la Constitución el principio
de la indisolubilidad del matrimonio […], y se prolongaron hasta 1987»,
cuando «sin discusión y por simple votación a simple mano alzad\
a […] se
aprobó con el voto favorable de la DC el llamado “divorcio corto”, que
reducía de cinco a tres años el tiempo necesario para obtener la disolu -
ción del matrimonio» (Roberto D
EMATTEI,Il centro che ci por tò a sinistra,
Roma, Fiducia, 1994, págs. 44-45).
Fundaci\363n Speiro

democristiana), y más (73). De aquí derivaba una seculariza-
ción o modernización (74), reivindicada como un mérito
histórico por algunos de los más representativos exponentes
de la Democracia Cristiana (75). La trayectoria del democratismo cristiano se consumó
(coherentemente) mediante la autoextinción, a lo largo de
un recorrido que encuentra, y no casualmente, la conciencia
d e sí mismo en la «d emocracia realizada» (76) (dentro de la
que cualquier opció n no puede sino tener l a misma legitimi-
dad que cualquier otra). En este sentido se conformaba todo
cuanto había diagnosticado Antonio Gramsci (77).
GIOV ANNI TURCO
600Verbo, núm. 527-528 (2014), 569-616.
––––––––––––
(73) Roberto de Mattei ofrece un documentado análisis en la obra
recién citada. (74) A este respecto, el historiador Pietro Scoppola ha escrito que
«nunca Italia […] se había laicizado tan profundamente como en el perío-
do democrático-cristiano». Pietro S
COPPOLA, Il progetto degli anni ’30 nel
dopoguerra», en AA.VV ., L’idea di un pr ogetto storico, Dagli anni ’30 agli anni
’80, Roma, Studium, 1982, pág. 90. Por su parte, el filósofo Augusto Del
Noce advierte que «una secularización tan plena no se había producido
ni con los jacobinos, ni con los masones, ni con los comunistas». Augusto
D
ELNOCE, «Introduzione» a Antonio Socci-Roberto Fontolan, Tredici anni
della nostra storia (1974-1987), Il Sabato (Roma), núm. 13 (26 de marzo de
1988), pág. 3).
(75) El ex Secretario Nacional de la Democracia Cristiana, Ciriaco De
Mita ha declarado que dicho partido «ha invertido decenas de años de
reflexión y análisis destinados a desenmascarar el integrismo entre los cató-
licos», enunciando la teoría de que «la democracia es un proceso que, por
ello mismo, no se concluye nunca». Ciriaco D
EMI T A, «Discorso tenuto in
apertura dei lavori del Consiglio Nazionale della Democrazia Cristiana», I l
P o p o l o (Roma), 16 de octubre de 1982. Flaminio Piccoli, también ex
Secretario de la Democracia Cristiana, ha afirmado que «ese gran proceso
de transformación –que en Europa se ha llevado a cabo bajo la prevalente
hegemonía socialdemócrata o laborista– ha sido realizado en Italia bajo la
dirección principal de un partido democrático cristiano: se trata de un gran
hecho histórico, si se piensa que el proceso de modernización habitual-
mente se ha desarrollado bajo el “espíritu capitalista” originado por la
“ética protestante” o bajo el espíritu ilustrado de la Revolución Francesa, o
bajo el socialista, marxista-leninista de la revolución de Octubre, se funda-
menta en Italia en la tradición cristiana propia de los católicos demócra-
tas». Flaminio P
I C C O L I, «Una DC più forte per una democracia più
moderna», Il Popolo(Roma), 3 de mayo de 1982. Sobre esta cuestión cfr.
también Ciriaco D
EMI T A, I n t e r vista sulla DC, a cargo de A. Levi. Bari,
Laterza, 1986. (76) Según fórmula acuñada por el honorable Ciriaco De Mita.
(77) «El catolicismo democrático hace lo que el comunismo no podría
Fundaci\363n Speiro

En la fase que dio continuidad a esta situación –en
ausencia de una conciencia crítica de la relación entre resul -
tados y premisas– se ha registrado una ulterior seculariza -
ción de la legislación y las costumbres, así como del debate
público. A ello ha seguido un desarrollo que, por lo que se
refiere a sus componentes presentados como católicos (aun -
que objetivamente hipotecados de raíz por el liberalismo y
el democratismo) han desembocado en una vía que va,
desde la diáspora (cultural y organizativa), hasta la irrele -
vancia (intelectual y política). Sobre semejantes presupuestos, toda referencia a la re s
publica christiana resulta no sólo extraña, sino extemporánea.
En relación con la misma, el democratismo cristiano consti-
tuye una alternativa total. En la medida en que la política se
resuelve en el plano de l a inmanencia de la praxis institucio-
nal o en la del poder de los grupos, toda trascendencia de
principios (admitida, todo lo más, a título de preferencia)
constituye un obstáculo o un peligro que, como tal, ha de evi-
tarse. La secularización de la política como re s, como s c i e n t i a
y como a r ses su consecuencia inevitable. Y ello con la extin-
ción definitiva y la imposibilidad prejudicial de cualquier
perspectiva de civilización cristiana. Aún más radicalmente es excluida toda normatividad y
toda instancia relativa a una res publica christiana en la situa-
ción post-democristiana. Frente a la reducción de la política
a una consideración centrada exclusivamente en algunos
bienes de la vida social (denominados valores) o incluso a la
teorización del cristianismo como elemento complementa -
rio de la democracia (relativista) –sobre el presupuesto, más
o menos explícito, de la coincidencia entre dignidad de la
persona y libertad de autodeterminación (absoluta)– queda
eliminada toda consistencia ontológica de la comunidad
política, así como su finalidad objetiva (y su deber ser
mismo). La diáspora de la actividad política da razón de la
diáspora intelectual, y , todavía más, pone de manifiesto la
asunción de la diáspora (autorreferencial) como condición
fisiológica (individual y social).
IT ALIA Y CUESTIÓN CA TÓLICA
Verbo, núm. 527-528 (2014), 569-616.
601
––––––––––––
hacer: amalgama, ordena, vivifica, y se suicida». Antonio G
RAMSCI, «I
popolari», L’ordine nuovo (1919-1920) , Turín, Einaudi, 1954, pág. 286.
Fundaci\363n Speiro

3. El problema de la res publica christiana en la Península ita-
liana: perfil sincrónico
La cuestión de la r es publica christiana en Italia comporta,
bajo su aspecto más esencial y objetivo, la consideración de,
al menos, tres problemas específicos, cada uno de ellos
ineludible en cuanto constituyen –r ebus sic stantibus– una
precondición sustancial. Se trata de tres ejes filosóficos (78)
de cuya solución depende que se consideren, bien como
simulacros, bien como realidades. Omitir tales problemas
supondría solamente eludirlos; excluirlos supondría, tam -
bién, una implícita adhesión a una solución de carácter
agnóstico o inmanentista. Estos problemas consisten, en la relación con la moder-
nidad (entendida como determinación conceptual y no
como delimitación temporal, en primer lugar); la cuestión
de la patria (y/o de la nación), en segundo lugar , y, final-
mente, el problema del Estado risorgimentale. Bien mirado,
presentan una fisonomía esencial (y , en este sentido pueden
ser referidos a todo contexto político) y un relieve particu -
lar (y , en este sentido, tienen una pertinencia específica res -
pecto de la situación italiana). La cuestión de la modernidad es previa y esencial. Se
trata de valorar filosóficamente las premisas del principio
de inmanencia que distingue a la modernidad (79). Éste, se
centra en la dependencia del conocimiento, resolviendo el
conocimiento en una actividad indiferente al contenido, o,
por mejor decir , en una actividad respecto de la que dicho
contenido no es sino un resultado. Por consiguiente, nega -
do el fundamento ontológico del conocimiento y concebido
el saber como una función instrumentalizada a la operativi -
GIOVANNI TURCO
602Verbo, núm. 527-528 (2014), 569-616.
––––––––––––
(78) A los que se conectan, a su vez, otros tantos problemas teológicos.
(79) Sobre este tema es ilustrativo el diagnóstico de Cornelio F
ABRO,
Intr oduzione all’ateismo moderno, 2 vols., Roma, Studium, 1969. A este res-
pecto, también, permítaseme reenviar a Giovanni T
URCO, «Modernità e
fenomenismo nel pensiero di Cornelio Fabro», en Gabriele D
EANNA(a
cargo de), Verità e libertà. Saggi sul pensiero di Cornelio Fabro , Nápoles, Edizioni
Scientifiche Italiane, 2012, págs. 241-283.
Fundaci\363n Speiro

dad, la polít ica se co nvierte en crato logía, el de recho en cra-
tonomía (80), y la moral, por su parte, en sociología, o en
neurología. Todo ello con la consiguiente asunción de la arti-
ficialidad de la vida social, de donde resulta la sustitución de
la autoridad por el poder, de la libertad (responsable) por la
autodeterminación (absoluta) y de la comunidad política
por el Estado. En semejante escenario se dibuja una alternativa basada
en una polaridad irreductible: o bien asumir el principio de
inmanencia con sus consecuencias filosófico-políticas, o bien
reconocer el ser como fundamento del conocer. Concebir la
realidad o la posibilidad de la res publica christianadesde la
perspectiva del racionalismo moderno significa ahogar la
expresión en una semántica que la vacía de su consistencia
propia. Al mismo tiempo, el Estado moderno en cuanto tal,
presupone el principio de soberanía por sí mismo, en cuan-
to esencia de un poder que no admite superior (s u p e r i o re m
non r e c o g n o s c e n s ) .
Colocándola sobre los cimientos de la libertad como
autodeterminación absoluta, ninguna res publica christiana es
posible. En lugar de ella se daría, todo lo más, una efectivi -
dad política de los cristianos en cuanto tal, siempre cam -
biante. Sobre la base del inmanentismo moderno, pues, la
calificación de «cristiana» se resolvería en una representa -
ción psico-socio-operativa.
De manera análoga se presenta la cuestión de la demo-
cracia. Si se entiende, en sentido moderno, como funda -
mento del gobierno más que, al modo clásico, como forma
de gobierno, se hace evidente lo insólita que resulta en rela -
ción con cualquier trascendencia. Efectivamente, concebida
la democracia en la línea de la modernidad, la fundamenta-
ción del poder se sitúa en el poder mismo (inmanente a lo
que se señala como demos, identificado con su propio querer
efectivo en cualquiera de las maneras en que éste se esta -
blezca), dependiendo (coherentemente) de éste todo prin -
cipio.
IT ALIA Y CUESTIÓN CA TÓLICA
Verbo, núm. 527-528 (2014), 569-616.
603
––––––––––––
(80) En relación con ambas nociones me permito reenviar a
Giovanni T
URCO,La política come agatofilia. Nápoles, Edizioni Scientifiche
Italiane, 2012.
Fundaci\363n Speiro

Un problema fundamental ulterior en la consideración
de la res publica christiana proviene del significado de patria
(y/o nación). La patria (y/o nación) italiana, ¿se identifica
con la noción moderna, de corte naturalista o voluntarista o
bien se sustenta en la tradición (axiológicamente entendi -
da) común a los pueblos italianos? Dicho en otros términos
¿la patria italiana consiste en un querer colectivo –definido
por una minoría «ilustrada»– o bien es una «patria de
patrias» que, como tal, realiza con una peculiaridad incon -
fundible la concepción clásica de la societas societatum?
De manera semejante, ¿la nación italiana es el producto
de la herencia de la Revolución Francesa (que tiene su refle -
jo desde el principio en las instituciones napoleónicas), o
bien es el desarrollo de la tradición romano-cristiana según
diferentes concepciones y expresiones? Y , a su vez, ¿la patria
italiana se corresponde con la que fue teorizada y formula -
da en el Risorgimento , después condensada en el Estado ita -
liano (primero Reino y después República), o bien vive, y
continúa existiendo, en la multiplicidad de una civilización
común (clásico-cristiana), anterior y superior al unitarismo
risorgimental? La solución de estos dilemas es decisiva para la conside-
ración de la res publica christiana en Italia. Sobre la base de la
concepción moderna de nación cuyo modelo es el de la
«gran nación» surgida de la Revolución Francesa, con las
múltiples variantes del nacionalismo, la nación constituye
una proyección efectiva y , como tal, siempre mudable, de la
inmanencia de su querer (eventualmente fundado en un
determinismo geográfico o de futuro). Desde este presu -
puesto, la nación es inconciliable con toda trascendencia
que cualifique tanto su ser como su deber ser .
Por otra parte, se plantea también el problema particular
de su relación con el Papado. Un problema que pretende ser
entendido como algo meramente ocasional y operativo, deci-
dido por una voluntad, individual o colectiva (según el
módulo de la «independencia» y de la «soberanía», por cier-
to, recíprocamente reconocida), o bien puede considerarse
como algo dado ontológicamente, objetivamente connatural
con el deber ser de una res publica christianaen la Península
GIOVANNI TURCO
604Verbo, núm. 527-528 (2014), 569-616.
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italiana. En el primer caso, evidentemente, dicha connota-
ción esencial no puede ser sino excluida.
En fin, el problema de la res publica christiana no puede
eludir la cuestión planteada por el Estado risorgimentale (81).
Se trata del Estado construido sobre el modelo napoleónico
y posteriormente modificado (primero con el fascismo y
después con la República) según un diseño de desarrollo
que deriva virtualmente de aquel. Se trata de la realización
del Estado moderno en Italia, «creado» por el movimiento
risorgimentale .
Las interpretaciones, formuladas desde la perspectiva de
la praxis, que tienden a reivindicar una participación de los
católicos en un presunto «pacto fundador» en los orígenes
del Estado risorgimentale , se manifiestan claramente instru-
mentales, tanto en cuanto a que dicha aserción supone –sin
discutirla ni verificarla– la hipótesis ideológica del origen
contractualista del Estado, como en cuanto a que dicha par-
ticipación (además de no estar confirmada por los hechos)
no cambia en absoluto la naturaleza del Estado que surge de
aquél. La cuestión de la relación con el Estado r i s o r g i m e n t a l e
–cuya continuidad es la República democrática– es ineludi-
ble y decisiva para toda reflexión sobre la res publica christiana
en la Península italiana. Si, efectivamente, ésta se considera-
se como una posible variación-realización del mismo, se
vaciaría de cualquier contenido propio, y no interpretativa-
mente, sino objetivamente. Considerando la res publica christiana (en Italia, pero no
sólo en ella) bajo un per fil sincrónico, no solamente es
importante considerar los problemas que se plantean en el
ámbito de las precondiciones intrínsecas, sino que también
es oportuno valorar críticamente las que, en relación direc -
ta o indirecta con la misma, se presentan como posibles vías
alternativas teórico-operativas. Esta últimas se pueden iden -
tificar respectivamente como perspectiva sociológico-histori -
ITALIA Y CUESTIÓN CA TÓLICA
Verbo, núm. 527-528 (2014), 569-616.
605
––––––––––––
(81) El problema ha sido analizado, entre otros, por el autor de estas\
líneas, particularmente en relación con las tesis de Carlo Francesco
D’Agostino. Cfr . Giovanni T
URCO,Della política come scienza ética, Nápoles,
Edizioni Scientifiche Italiane, 2012.
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cista, como práctico-clerical y como perspectiva democráti-
co-lamennaisiana. Este planteamiento pone la cuestión política en térmi-
nos de inmanencia metódico-operativa (muy diferente de la
de la relación prudencial entre medios y fines), de tal mane -
ra que la cuestión política se centraría esencialmente en el
método (de actuación) establecido en función de su efica -
cia. Con una opción preliminar en absoluto neutral que, a
su vez, depende de haber convertido los fines en inmanen -
tes respecto de los medios. En esta perspectiva, el problema teorético de la res publi -
ca christiana queda reducido implícitamente a problema teó-
rico, y éste se desenvuelve en términos hipotético-operativos,
haciéndosele depender de una opción que es inverificable.
Las vías que parten de aquí se presentan como otras tantas
H o l z w e g e, es decir, como otros tantos senderos sin continui-
dad que, como tales, pueden dar lugar a una innegable
«heterogénesis de los fines». Además de que en cada una de
ellas surgen otras tantas aporías que hacen evidente su insos-
t e n i b i l i d a d . Desde el ángulo de la perspectiva historicista-sociológi-
ca, el problema de la res publica christiana se convierte, de un
modo más o menos explícito, en una cuestión esencialmen -
te de efectividad. Se reduce al correspondiente problema de
una época, un grupo, una posición (82), de los que sería un
resultado, en la medida en que se identificaría con él, hasta
el punto de que no podría prescindir esencialmente del
mismo. Carecería, por tanto, de consistencia propia más allá
y fuera de éste. La realidad queda reducida a efectividad, es
decir , a un conjunto de efectos; la condicionalidad histórica
(y/o social) se asume como necesidad inmanente e insupe -
rable; la pertenencia lleva en sí la pertinencia. De manera
que la inmanencia de la efectividad y de la pertenencia se
GIOV ANNI TURCO
606Verbo, núm. 527-528 (2014), 569-616.
––––––––––––
(82) Es interesante llamar la atención acerca de que los orígenes del
pensamiento sociológico se hayan reconducido también a un autor co\
mo
De Bonald. Sobre este punto, cfr . Robert S
PAEMANN, Der ursprung der sozio -
logie aus dem geist der r estauration. Studien über L. G. A. de Bonald , trad. it.,
L ’origine della sociología dallo spirito della Restaurazione, Roma-Bari, Laterza,
2002.
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convierten, al mismo tiempo, en la medida y en el objeto
medido, vaciando de todo contenido propio al problema
político mismo.A su vez, cualquier forma de praxis reduce el problema
de la res publica christiana a una especial praxis (a llevar a
cabo), por lo que la praxis se convierte en criterio de la pro -
pia praxis, esto es, que la inmanencia de la praxis subsume
la trascendencia del criterio. En este caso, por consiguiente,
el fin es asimilado a los medios, con la pretensión, además,
de una subrepticia identidad. Así que los medios (o la pra -
xis) devienen criterio del fin, y no viceversa, hasta el punto
de que cualquier reser va sobre aquéllos se califica como una
defección hacia éste.
Análogamente, el practicismo termina por convertirse
verdaderamente en clericalismo, al entender la historia
–según se expresa de Augusto Del Noce– como un «espacio
teológico» : «Se busca […] el acuerdo con la “marcha en for-
mación de la historia”, tratando de insertarse en ella» (83).
Desde este punto de vista, la sociología se convierte en teolo-
gía y la historia se hace criterio de la verdad. El acuerdo, pre-
sentado como estratégico, manifiesta en realidad su sustancia
i n m a n e n t i s t a . Esta conversión de la praxis en inmanencia, que es
característica de este planteamiento del problema político,
termina dando un nuevo significado a situaciones e institu -
ciones, considerándolas, de manera nominalista, como sus -
ceptibles de los más diversos y opuestos sentidos semánticos,
y vaciando sus contenidos constitutivos, sobre la premisa
implícita de que dato y significado son extrínsecos. Las
opciones efectivamente prevalentes se axiologizan positiva -
ITALIA Y CUESTIÓN CA TÓLICA
Verbo, núm. 527-528 (2014), 569-616.
607
––––––––––––
(83) Augusto D
ELNOCE, «Tramonto o eclissi dei valori tradizionali?»,
en Ugo Spirito-Augusto del Noce, Tramonto o eclissi dei valori tradizionali?,
Milán, Rusconi, 1971, pág. 201. Del Noce aclara la diferencia entre reli -
gión y clericalismo: «La primera se confronta siempre con la realidad
existente; incluso cuando asume actitudes conser vadoras se encuentra
siempre enfrentada con las direcciones que parecen ya destinadas a la vi\
c -
toria y contra esos males mayores que encierran (aunque, ciertamente,
puede errar en su juicio histórico). El segundo trata, por el contrario, de
adaptarse a la “marcha en formación” de la historia, tratando se insertar -
se en ella».
Fundaci\363n Speiro

mente y/o se aíslan de las mismas algunos elementos que
son valorizados interpretativamente. Y ello con resultados
que no sólo son efectivamente efímeros y quedan hipoteca-
dos por la premisa operativa, sino, sobre todo, con el resul -
tado del objetivo auto-aniquilamiento de cualquier finalidad
auténticamente política. En fin, la perspectiva democrático-lamennaisiana (y neo-
lamennaisiana) (84) se configura con connotaciones pro -
pias, tendentes a considerar como salida inevitable de la
civitas christiana la socialdemocracia moderna. Presupone
dos tesis dirimentes: la asunción del juicio de hecho como
juicio de valor y la identificación de la libertad con el libera -
lismo (es decir , la concepción liberal de la libertad). Por
consiguiente, lo que parece imposible bajo el punto de vista
de la eficacia, debe excluirse incluso desde el punto de vista
de las valoraciones (85). Subyace aquí implícitamente la
premisa, aceptada acríticamente, del mito historicista de la
irreversibilidad de la historia, entendida de manera determi -
nista y unidireccional, de tal modo que toda contingencia
histórica termina por ser considerada (contradictoriamen -
te) como necesaria.
GIOV ANNI TURCO
608Verbo, núm. 527-528 (2014), 569-616.
––––––––––––
(84) Acerca del relieve filosófico-jurídico de tal planteamiento, cfr .
Giovanni T
URCO, «Diritto alla vita e tentazione neolamennasiana», Studi
Giuridici Eur opei, I (2011-2012), págs. 221-224.
(85) Es oportuno poner de manifiesto que Karl Rahner pone en térmi-
nos homólogos a los de Lamennais para la política, el problema de la filo-
sofía cristiana (e incluso, previamente, el de la relación entre Cristianismo
y filosofía). Parte de la aceptación, sustraída a la discusión, de que «e x i s t e
un pluralismo en la concepción del mundo y de la existencia que no es
posible reconducir a una síntesis adecuada» (Karl R
A H N E R, Philosophie und
P h i l o s o p h i e r en in derT h e o l o g i e , trad. it., «Filosofia e procedimento filosófico in
Teologia», en Nuovi saggi, Roma, Paoline, 1969, vol. III, pág. 83). Una con-
cepción extrafilosófica análoga se especifica como premisa en lo que se
refiere a la filosofía: «Hoy no existe ya, ni siquiera para el católico una filo-
sofía ya elaborada, ya adaptada a las exigencas de la teología» (pág. 76).
También en este caso el juicio de hecho es tomado como juicio de valor. La
representación de la situación viene dada como necesidad preclusiva.
Como en lo que se refiere a la libertad lamennasiana, también la fe rahne-
riana se condensa en el acto que la pone, hasta el punto de que llega a ase-
verar que «no se puede concebir una motivación de la fe si no es en la fe
misma» (Karl R
A H N E R-Karl Heinz WE G E R, Was sollen wir noch glauben?Theologen
stellen sich den glaubensfragen einer neuen generation , trad. it., P roblemi di fede
della nova generazione . Brescia, Morcelliana, 1982, pág. 137).
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––––––––––––(86) Escribe Lamennais que «puesto que en nuestro tiempo, Dios
[…] ya no es admitido ni aceptado por todos […], es consecuente que
hoy el único sistema social posible sea el que se fundamenta en el de\
sarro -
llo de la libertad individual» (Félicité Robert D
ELAMENNAIS, «Un grave
errore della gente onesta», en L’Avenir, 9 de noviembre de 1830, en Scritti
politici, trad. it. de D. Novacco, Turín, UTET , 1964, pág. 101).
ITALIA Y CUESTIÓN CA TÓLICA
Verbo, núm. 527-528 (2014), 569-616.
609
Se sigue de aquí que, en lo que se refiere al problema
político, las tesis y sistemas del liberalismo y del democratis -
mo se asumen como no trascendibles, por razón de su efec -
tividad (86). La libertad política queda asimilada tout courta
la libertad liberal, sobre la base de una identidad presupues -
ta, aunque no demostrada, de tal manera que la libertad se
pone como condición del bien, y no el bien como criterio
de la libertad. La libertad, pues, se concibe como un acto
que decide acerca de su propio contenido, y no al contrario.
De aquí deriva que todo principio es dependiente de la
libertad, en lugar de su fundamento. T oda valoración termi-
na apoyada en un indiferentismo axiológico. En virtud de
todo ello, el problema político se plantea en términos de
libertad y no de obligatoriedad, de autodeterminación y no
de justicia, de decisión y no de valoración. En definitiva, se
parte de la presuposición de la posibilidad de un acuerdo
entre las opciones más diversas, para establecer una de ellas
como preferible (y/o moralmente vinculante desde el ángu -
lo individual).
En conjunto, estos planteamientos (teórico-operativos)
evidencian una grave hipoteca intelectual que consiste en
que toda solución del problema depende, precisamente de
las categorías que es necesario establecer previamente. El
problema de la res publica christiana se formula partiendo de
una representación, en lugar de partir de la realidad (teoré -
ticamente pensada). Así, de problema filosófico (y teológi -
co) se convierte en problema ideológico, que resulta, por
ello mismo, desnaturalizado. La solución está ya totalmente
contenida en las premisas.
En estas condiciones, la ilusión de la eficacia exige el alto
precio de la racionalidad, que es preciso pagar. El resultado
se plantea, más o menos subrepticiamente, como dirimente.
La operatividad pretende justificar cualquier decisión. La
Fundaci\363n Speiro

––––––––––––(87) Una reflexión sobre este tema puede encontrarse en Bernard
D
UMONT, Gilles DUMONTy Christophe RÉVEILLARD(a cargo de), La culture
du r efus de l’ennemi. Modérantisme et religion au seuil du XXIe. siècle, Limoges,
PULIM, 2007. (88) Esta consideración, formulada en relación con el espacio políti -
co, nos lleva al análisis de las dos formas de falsa prudencia (o pecados
contra la prudencia) sintetizada en un texto ejemplar: «Ita etiam aliquod
peccatum potest ese contra prudentian habens aliquam similitudinem
eius dupliciter . Uno modo quia studium rationis ordinatur ad finem qui
non est vere bonus sed apparens: et hoc pertinent ad prudentiam carnis.
Alio modo, inquantum aliquis ad finem aliquem consequendum, vel
bonun vel malum, utitur non veris, sed simulatis et apparentibus: et hoc
pertinet ad peccatum astutiae» ( T
OMASDEAQUINO,S. th. , II. II, q. 55, a. 3).
GIOV ANNI TURCO
610Verbo, núm. 527-528 (2014), 569-616.
prudencia es sustituida por el oportunismo y la astucia o, con-
cretamente, por el «moderantismo» (87) y el maquiavelismo.
Se cuestionan los fine s en lugar de los medios, o bien se con-
sideran los medios prescindiendo de los fines, lo que significa,
en ambos casos, una actitud de falsa prudencia (88): p r o p i a-
mente, el compromiso de un juicio en función de un fin que
se corresponde con un bien sólo aparente, o incluso la utili-
zación de medios engañosos. Como consecuencia, lo que parece ser dictado por la pru-
dencia del arte de la política sólo lo es aparentemente; en la
realidad se pone de manifiesto la negación que encierra de
ella . En lo s dos casos estamos ante una forma de neutralidad
–o de ausencia de valoración– que sup one la eliminación de
toda valoración ética, tanto de los fines como de los medios,
lo que hace evidente el neutralismo: el naturalismo de la
acción que disuelve en sí misma tanto a unos como a otros.
4. Condiciones intelectuales para pensar la res publica chris-
tiana en la península itálica
Con el objeto de evitar una posible ambigüedad, es pre-
ciso hacer una distinción preliminar . Es necesario distinguir
entre una política decristianos y una política por cristianos;
con otras palabras, una res publica de christianos y una res
publica christiana. En el primer caso de esta alternativa, la
relación entre sus dos términos es extrínseca, empírica, efe\
c -
tiva. La cuestión de fondo es aquí planteada en términos
Fundaci\363n Speiro

ITALIA Y CUESTIÓN CA TÓLICA
Verbo, núm. 527-528 (2014), 569-616.
611
sociológicos (y se presume, además, de haberse resuelto).
En el segundo caso, la relación entre los dos términos es
intrínseca, esencial, sustancial. El elemento básico aquí
posee una consistencia filosófica (y teológica). Pues bien,
solamente bajo esta segunda perspectiva puede ser realmen -
te pensada. Una política o una res publica decristianos, indica, por sí
misma, una simple condición genérica (en el sentido de
venir originada por) o una connotación fáctica (en el senti -
do de estar compuesta de), pero no se refiere a ningún
carácter esencial ni de la política ni de la res pública. Según
este punto de vista, los dos elementos se yuxtaponen y se
denotan el uno al otro recíprocamente, dependiendo de
opciones contingentes. En efecto, el cristiano, ontológica -
mente tal, puede ser moralmente algo muy diferente. Por
ello, una política o una res publica de cristianos podría defi -
nirse, como a-cristiana, si asume como premisa la neutrali -
dad axiológica, que ya de por sí impide toda implicación
derivada de la comprensión de los deberes de la comuni -
dad, o bien como anti-cristiana, si se caracteriza por una
concepción o una acción tal que niegue valor a los princi -
pios cristianos. Del mismo modo que una política de cristia -
nos no es necesariamente una política cristiana, una suma
de cristianos no constituye, de por sí, una sociedad cristiana. Una res publica (como política) cristiana sólo llega a ser
tal a condición de serlo por sí misma. En una consideración
así, su propia consistencia, más allá de las condiciones efec -
tivas, se define de manera esencial. La comunidad política,
en efecto, tiene una realidad ontológica que trasciende la
mera agregación de sus componentes. Se mantienen en el
tiempo, uniendo con vínculos objetivos, naturales e históri -
cos, a las generaciones que se van sucediendo. Encuentra
fundamento en la natura rerumy, como tal, goza de una pro-
pia natura r ei. Proviene de la moralidad natural, del carácter
doméstico, de la socialidad y de la politicidad de los hom -
bres. Se sustancia en la imprescindible juridicidad de la
comunidad política y de su intrínseca finalidad agatológica;
se condensa en las leyes y costumbres, viviendo principal -
mente, en este sentido, de lo que permanece y en lo que
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permanece. En consecuencia, la res publica christianano es un
fenómeno provisiona l, sino algo dado esencialmente, lo que
la convierte en un auténtico ser y no en un mero aparecer.
La identificación de una r es publicade cristianos y una res
publica christiana no es en absoluto algo casual. Se apoya en
presupuestos teóricos implícitos que aluden, por un lado, a
la asunción del inmanentismo en virtud del cual la realidad
se hace idéntica a la efectividad. En este sentido, la única
política real sólo puede ser aquella que se realiza en sus efec -
tos (más o menos inmediatos y obser vables). La realidad
carecería de cualquier otra realidad que no fuera la que
tiene lugar y se manifiesta. La comunidad política, pues, no
tendría más consistencia que la que resulta de la agregación
y las opciones de sus componentes. Dicha identificación implica, por otro lado, un presupues-
to nominalista según el cual la res publica cristiana carece, en
cuanto tal, de una consistencia propia; el único significado
(óntico y deóntico) atribuible a esta expresión sería el que
corresponde a la res publica de cristianos. A mayor abunda-
miento, este presupuesto es congruente con la aceptación de
la libertad como autodeterminación (absoluta) y de la digni-
dad humana como libertad. Sin embargo, no es posible (ni en el orden del ser ni en
el de la acción) una res publica y una política cristiana sin
pensar ubi consistam. Es decir , sin comprender el quid y el
pr opter quid o, con otras palabras, sin considerar su naturale-
za y finalidad. Pues está claro que la res publica christiana no
puede ser tal sin ser res publica , y no puede ser cristiana sin
serlo por sí misma. Presupone por lo tanto, la consistencia
ontológica de lo que es. En otros términos, la política, tanto en su significado
objetivo (la comunidad) como en su significado subjetivo
(el conocimiento y la diligencia) sólo es política a condició\
n
de reconocer el primado del ser. Se trata del reconocimien -
to de la r es publica como realidad dotada de una consistencia
propia, inconfundible con cualquier otra cosa. No la resul -
tante del querer (del Estado, del pueblo, de los individuos),
ni de la efectividad sociológica; no como producto de una
identidad colectiva. No es susceptible de convertirse en cual -
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–––––––––––– (89) Cfr . T
OMÁSDEAQUINO,In. Pol., 1. I, lect.1.
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quier cosa, sino solamente de desarrollarse o corromperse
como tal.
Y, si no es cualquier cosa –una res– ni siquiera podrá
tener como distintiva la calificación de cristiana. El proble -
ma de la res publica christiana es, ante todo, un problema
metafísico, de donde viene el problema jurídico-político.
Reducir el ser al conocer y resolverlo en la actividad vacía de
realidad a la propia comunidad política y , con mayor moti-
vo, aniquila toda posibilidad (teorética y práctica) de res
publica christiana. Así mismo, la política –ut r es e ut actus– se cimienta como
fundamento en la racionalidad ( in re e in actu). Una raciona-
lidad intrínseca a su naturaleza, sin la cual no podría ser
cognoscible, de manera que, al mismo tiempo, su racionali -
dad fundamenta su conocimiento: su ser funda su ser cog -
noscible. Sin la verdad de la comunidad, esto es, sin la
inteligencia de su naturaleza, queda reducida a flatus vocis, a
mera convencionalidad arbitraria susceptible de asumir los
significados más diversos, producidos por la semántica del
poder . Más allá de la racionalidad teorética toda reflexión
sobre la res publica es imposible y , lo mismo ocurre, a mayor
razón, con la res publica christiana. Cualquier forma de agnos -
ticismo, de fenomenismo, de relativismo, corrompen, por
principio, el concepto. En esta misma línea, la res publica christiana solo es con-
cebible a condición de reconocer la naturalidad ontológica
de la res publica . De ahí su originariedad y su carácter insu-
primible. Su naturalidad es correlativa a la natural politici -
dad (doméstica, social) humana (89). Su naturalidad se
corresponde, pues, con su humanidad (o bien con su con -
gruencia con la naturaleza humana). La negación de la
naturalidad de la res publica lleva consigo la eliminación de
toda posibilidad de una res publica christiana . Historicismo y
sociologismo hacen, por principio, cualquier consideración
de la res publica christiana inconsistente.
De estas premisas se desprende claramente que la res
publica christiana, o bien es tal intrínsecamente, o no es. En
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––––––––––––(90) En analogía con la cuestión cristológica debe observarse que
tanto las formas del monifisismo como las formas nestorianas deforman
radicalmente la noción de res publica christiana.
(91) Nos referimos aquí a la tercera fase de su pensamiento, iniciada
con Paroles d’un croyant.
(92) Esta consideración se refiere también a los casos en los que se
registran formas ideológicas como la de la «nueva cristiandad laica» que,
según la formulación de Jacques Maritain comporta una «conception
profane chrétienne et non pas sacrale chrétienne du temporal» (Jacques
M
ARIT AIN, «Humanisme integral. Problèmes temporels et spirituels d'une
nouvelle chrétienté», en Jacques y Raissa Maritain, Oeuvres Complètes,
Friburgo-París, Éditions Universitaires-Éditions Saint Paul, 1984, vol. IV ,
pág. 475), a la que corresponde el proyecto de un «État laïque chrétien -
nement constitué» (pág. 491). Semejante teorización asume, sin discutir -
la, la premisa historicista de un incremento cualitativo y de una historia
necesariamente irreversible. En palabras de Maritain, ello propone que
«nous reconnaissons l'irreversibilité foncière du mouvement historique
[…] ce mouvement irreversible» que presupone «une l oi que domine le
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este punto, la auténtica relación entre naturaleza y gracia es
constitutiva. Del mismo modo que la gracia no destruye,
sino que comprende y per fecciona la naturaleza, purificán -
dola y elevándola, el calificativo de «cristiano» no destruye,
sino que comprende y per fecciona la comunidad humana.
Retomando la clásica formulación tomista se puede decir
que res publica christiana non destr uit sed supponit et perficit rem
publicam. T oda concepción extrínseca (y separatista) entre
naturaleza y gracia hace inconcebible la noción misma de
sociedad cristiana. T oda exclusión conceptual de la conno-
tación intrínseca natural-sobrenatural de la civitas christiana
presupone en realidad, de manera más o menos explícita,
una distorsión de la relación de naturaleza y gracia (90). De manera simétrica, pues, tanto el naturalismo como el
sobrenaturalismo excluyen la posibilidad misma de conce -
bir la r es publica christiana en cuanto tal. A este respecto, aun -
que en direcciones diferentes, tanto las tesis spinozistas
como las lamennaisianas (91) terminan siendo objetivamen -
te convergentes. Por su parte, las líneas marcadas por las
diferentes formas de donatismo, montanismo, calvinismo y
carismatismo, si bien por un lado asumen mesiánicamente
la societas fidelium (con perfiles totalizadores), por otro lado
abandonan al campo de una irredimible profanidad toda
comunidad política (92). T anto en uno como en otro caso
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––––––––––––
temporel comme tel, et qui concerne la jonction […] de l'Homme et du
Temps» (pág. 450). Para una crítica de esta concepción, cfr ., entre otros,
A. M
ESSINEO, «L'umanesimo integrale», La Civiltà Cattolica, 25 de agosto
de 1956, vol. III, quad. 2549, págs. 449-462.
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se advierte la presencia de un inmanentismo que elimina la
sustancialidad de la res publica christiana.
Por otro lado, la cuestión de la polis cristiana requiere la
comprensión de la distinción entre lo personal, lo social y lo
político. Este último no consiste en una mera agregación del
primero y del segundo, ni tampoco se reduce a una agluti -
nación de ambos. Lo político no se puede confundir con
ellos: tiene una consistencia propia y los trasciende, los pre -
cede y los ordena. No es, pues, su producto, ni un epifenó -
meno de éstos. Una suma de sujetos o de grupos cristianos,
por sí, no da lugar a una sociedad cristiana. Sin la inteligen -
cia de lo que hay de común, en el ser y en el fin, de la reali -
dad de la comunidad del bien común, no se entiende la
política como tal. La contraposición de lo social y lo políti -
co hace vana la política e imposibilita lo social mismo, sur -
giendo de aquí un fondo individualista respecto del cual
uno y otro se traducen en el simulacro de sí mismos y , con
mayor razón, de cualquier polis cristiana.
En definitiva, la realidad y la posibilidad misma de pen-
sar la res publica christina exigen un auténtico entendimiento
de la historia, tanto desde el punto de vista filosófico como
desde el punto de vista filológico. Una filosofía de l a historia
realista concibe el devenir desde el fundamento del ser, así
como reconoce en l a historia el tiempo d e la vida de los par-
ticulares, de los pueblos y del propio género humano. De
este modo, la sedimentaci ón histórica se sustancia, mediante
su valoración racional, en la tradición, que hace presente el
permanente movimiento de lo transeúnte. Cualquier deter-
minismo historicista, así como cualquier inmanentismo de la
lógica histórica no hacen más que excluir la sustancia propia
de la civitas christiana . El relativismo, y el imperio de lo nece-
sario, que se siguen de ello, reducen toda actividad al trans-
curso de un tiempo (o de una cultura), que el propio tiempo
se encarga de superar. Todo principio y todo final se agotan
en la horizontalidad de un devenir irrevocable e irreversible.
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Por lo que se refiere, en especial, a la Península italiana,
la comprensión de la res publica christianaconduce a la consi-
deración de algunos núcleos problemáticos fundamentales,
que comprenden, desde la valoración del Estado r i s o r g i m e n t a-
l e hasta una reflexión acerca del moderno europeísmo,
desde el juicio sobre el democratismo cristiano hasta el juicio
sobre la tecnocracia posmoderna . La valoración de las tesis y
construcciones que se pueden obtener de ello son decisivas
para toda tematización de la res publica christianaen Italia.
Pero para ser verdaderamente pensados, estos proble-
mas deben ser reconocidos como problemas teoréticos y no
planteados en términos operativos. Es imposible entender -
los por sí mismos. En relación con ellos, su valoración lleva
a la instancia de la fundamentación, excluyendo que se pue -
dan plantar (teorética y prácticamente) como alternativas
irreductibles y contradictorias. Penetrar en los mismos hace
surgir una teoría alética de la verdad, muy diferente de una
opcionalidad estratégica. Esta última reducción, en efecto,
constituiría ya de por sí una opción ideológica y como tal
vertida en la praxis exclusivamente. Por el contrario, la con -
sideración axiológica deja abierto, libremente, el camino de
la búsqueda de la verdad.
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