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Número 291-292

Serie XXX

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Parlamentarismo y realidad extraparlamentaria

PARLAMENTARISMO Y REALIDAD
EXTRAPARLAMENTARIA
(1)
POR
J osÉ MIGUEL SERRANO RuIZ-CA'LDERÓN
Tratar el tema de nuestro epígrafe presenta numerosos riesgos
en un momento como
el actual donde parece que el parlamenta·
risino
emerge triunfante sobre las cenizas de los diversos sistemas
que se presentaron como sus rivales. Desde el este de Europa
viene
un viento de revitalización parlamentaria, de nuevo entu·
siasmo ante el viejo y denostado sistema que tras nuevas y pluri·
partidistas elecciones renace por doquier. Es especialmente sig·
nificativo a estos efectos que, tras la severa pasada por la utopía
socialista, los países de Centroeuropa vuelvan con mayor o menor
entusiasmo a
los esquemas de las democracias burguesas que tu,
vieron un fin tan poco glorioso en los años cuarenta. Si se con·
firmase la vuelta a la República de intelectuales en Bohemia, al
nacionalismo en Hurigría, al catolicismo popular en Polonia, e
incluso al despotismo ilustrado en Rusia, nos encontraríamos -con
uil regreso a las fuentes presocialistas (2).
La utopía habría funcionado entonces exactamente en el sen·
tido etimológico que tiene esta palabra, englobando . a estos países
en una burbuja sin tiempo
ni lugar. Así, tras la desaparición del
( 1) Al tratarse de una conferencia, se prescindió en la elaboración :·de
este _trabajo :de las notas-bibliográfi~. e· incluido en este escrito junto-:al
texto original las notas imprescindibles para la comprensión del mismo.
(2) Para una correcta' comprensión del proceso de cambio _político en
el Este a_ través de sus · protagOnistas es inexcusable la lectura de las obras
«El poder de los sin Podet» de VACLAV HAVÉL ·e «Internados» de TADEUSZ
MAzowIECK.i, ámbas .en· Ediciones Encuentro; Madrid, 1990.
Verbo, núm. 291-292 (1991) 19.5
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JOSE MTGUEL SERRANO RUIZ-CALDERON
sistema utópico los que lo sufrieron se ven en la necesidad de
reanudar la Historia,
y, en consecuencia, de usar de su libertad.
No queremos, sin embargo, pasar sobre el tema como
si nada
hubiera sucedido, uniéndonos al coro de los que se preguntan,
con harto cinismo, sobre qué
es lo que ha sucedido para el fra­
casd de sus complejos proyectos de ingeniería social. Según la
visión edulcorada que nos presentan los medios no habría
res­
ponsabilidad moral de ningún tipo por parte de los ideólogos
causantes directos de la mayor masacre de la Historia. Pues en
nombre de nada se ha matado a tanta gente como en nombre del
socialismo, utopía construida sobre una pirámide de cadáveres.
Cuando la cuestión del parlamentarismo se planteaba en los
aí\os treinta, daba lugar, tanto a una feroz crítica, como a la refe­
rencia a una gran variedad de alternativas. En gran medida los
científicds sociales de la primera postguerra perdieron la
fe en la
democracia formal parlamentaria y son muy escasos los
que. per­
severaron en la defensa de los sistemas decadentes. Conviene
recordar esto cuando en
un notable ataque de amnesia los socia­
listas occidentales parecen olvidar la responsabilidad de sus par­
tidos en las amenazas a las libertades formales que se produjeran
en Europa.
Sería precipitado considerar que
las naciones liberadas del yugo
comunista en el centro
y este de ·Europa se adhieran de forma
acrítica al modelo político occidental y, sobre todo, a su rasgd
más característico la partitocracia. Es una presunción tratar de
la partitocracia en una reunión donde hemos oído al mayor teó­
rico de la cuestión, Gonzalo Fernández de la Mora, por lo que
obviara el tema de fondo. Conviene, sin embargo, pararse a con­
siderar cómo
las organizaciones triunfadoras en las elecciones ce­
lebradas en las naciones recién liberadas del socialismo han evita­
do en
sus denominaciones y probablemente en algo más que
sus denominaciones las referencias al término partido político.
Tanto las organizaciones que sostienen los actuales gobiernos en
Polonia, como en Checoslovaquia, Hungría, e incluso
la perpe­
tuación comunista rumana se denominan frentes, comités ciuda­
danos o incluso sindicatos, mientras que ofrecen
sus filas a todo
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PARLAMENTARISMO Y REALIDAD EXTRAPARLAMENTARIA
tipo de personalidades independientes, que demuestran un nota·
ble interés en distinguitse de los viejos políticos.
En una reciente
reunión en la Universidad de verano
de El Escorial pregunté a
unos estudiantes checos
y polacos su opinión sobre los pattidos:
la respuesta no fue nada positiva;
al inqurir la razón de su re­
cahzo, ésta fue expuesta de. forma sencilla y contundente. Ellos
ya habían gozado de las excelencias de la partitocracia, probable­
mente en su forma más depurada, la de unos partidos hegemó­
nicos, flanqueados, no lo olvidemos, por otros partidos colabora­
cionistas encargados de
dar cierta legitimidad a la dictadura so­
cialista.
Los
partidos en el Este estaban, en consecuencia, fuertemente
desprestigiados; de ahí
la búsqueda de fórmulas de incorpotación
a la política, diversas de las hasta ahora intentadas. Fórmulas cuya
evolución futura es un misterio.
El éxito general en Occidente de la fórmula
liberal· parla­
mentaria no puede, sin embargo, hacer olvidar los graves proble­
mas del parlamentarismo. Durante los años sesenta y setenta casi
se convirtió en un tópico, dentro de la ciencia política, el hablar
de esta crisis.
La razones dadas en esa reflexión, deducidas del
comportamiento habitual de
los parlamentos occidentales y de las
relaciones de poder dentro de las democracias, no parecen haberse
modificado,
ya que dichas relaciones si han evolucionado en los
últimos años ha sido en el sentido de devaluar aún
más el papel
de los parlamentos. Para muestra valga la práctica de las Cortes
Españolas donde la constante insistencia en realzar su papel ape­
nas encubre su paralización. En la Monarquía parlamentaria es­
pañola todas las grandes decisiones han sido tomadas de espaldas
a un parlamento que discute, por ejemplo, el envío de los barcos
al Golfo Pérsico un mes después de
la salida de los mismos, y
una vez que la mera información a los líderes políticos ha servido
para soslayar el verdadero debate patlamentario.
No pretendo abordar en esta intervención, aunque fuera so.
meramer,te, la crisis del

parlamentarismo. Voy a amoldarme al
encargo de
los organizadores y centrarme en la relación entre el
parlamento
y la realidad extraparlamentaria ; casi reduciría la men-
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JO.SE MIGUEL $ERRANO RUIZ-CALl)E'8.0N
ción a la realidad omitiendo la adjetivación. Esta relación es ]a
sede donde se encuentra, por ciertd, la ralz de buena parte de los
males que asolan a nuestros sistemas políticos. Dicho esto inten­
rando
evitar el vicio, harto común, de convertir el tema de la in­
tervención de uno en el más trascedente para el conocimiento de
la cuestión planteada en cualquier tipo de jornadas científicas.
Cuando nos referimos al tema del parlamento y
la realidad
extraparlamentaria
Pddtíamos optar por dos vías de análisis:
la primera sería partir de un parlamento ideal o históricamente
realizado,
pero hoy desaparecidd, para intentar racionalmente ex,.
plicar cómo se daría en el mismo una correcta relación entre. la
labor
del Parlamento y· la realidad extraparlamentaria. Otra op­
ción sería partir de la realidad de los parlamentos actuales para
diagnosticar cuál es el estado de la relación entre el parlamento
y
la realidad exterior a él. Esto se traduciría en .la acción de oh,
servar nuestros parlamentos y sus crisis, especialmente en estos
momentos de aparente e indscutido triunfo. Eso sí, el análisis lo
realizaremos teniendo en cuenta que la solución actual no es la
única posible .y apunrando las tendencias que posibilitarían un
cambio de modelo.
Al usar el
términd parlamento nos podemos estar refiriendo
a varias cosas.
Por mantenernos en un nivel no especializado en
el propio diccionario de la Real Academia encontramos los si­
guientes sentidos: Asamblea de los grandes del reino, que ba;o
los primerqs reyes de Francia se convocaba para tratar negocios
importantes.
Cada uno de los tribundes superiores de ;usticia
que en Francia tenlan, además, atribuciones poUticas y de polic!a.
La Cámara de los Lores y la de los Comunes en Inglaterra. Por
extensión asamblea legislativa
(3 ). Siguen varios sentidos relacia:
nados con razonamiento u oración y con la acción de parlamentar.
Como es obvio, en nuestra exposición nos centraremos en el es­
tudio del sentido por extensión, es decir, a las asambleas legisla­
tivas y específicamente a
las de los países democrático-liberales
·~ (3) Exa.ctam~te los otros sentidos incluidos son los siguientes: Riz..
kanamiento u oración qut! se dirigia a un congre;o o ;unta. Entre actores,
rdaci6n. larga en verso o prosa. Acción de parlamentar.
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PARLAMENTARISMO .y REALIDAD. EX.TRAPARLAMENTARIA
de nuestro entorno. Esto lo haremos,. sin embargo, tratando de
no olvidar los otros sentidos.
en los que se ha utilizado el térmi­
no parlamento,
y ello porque en la raíz de dicho término se en­
cuentran los sentidos arriba indicados. (Así,
las funciones casi
abandonadas permanecen como .sombras de realidades olvidadas
por la acción revolucionaria). Y, también, porque en los sentidos
relacionados con la acción de ·razonar o convencer encontramos
un sarcástico contrapunto con la realidad actual de nuestras cá­
maras legislativas.
Los parlamentos contemporáneos son hijos de unas peculiares
circunstancias históricas, producto de la adaptación del modelo
utópico construido durante los procesos revolucionarios, o más
exactamente previamente a los mismos, a la práctica política de
los dos últimos siglos. En su proceso de evolución han influido
factores que indudablemente habrían provocado transformaciones
en cualquier tipo de fórmula de representación política que se
hubiese intentado.
En consecuencia, muchas de las ventajas o
inconvenientes que
se pueden presentar sobre el sistema habrían
aparecido en cualquier otro, fueran las que fuesen sus caracterís­
ticas. Es conveniente, por ello,
desglosar lo que son propiamente
factores derivados
de la propia raíz ideológica de las dem0ctacias
de circunstancias que aparecen unidas a fórmulas que habrían
aparecido por razón de la propia evolución social de Occidente.
Circunstancias que aparecen incluso donde la fórmula liberal par­
lamentaria intentó sustituirse con violencia, como son las naciones
industralizadas de Centroeuropa.
Al referimos a
la relación entre el parlamento y la realidad
exterior
al él partimos de una premisa fundamental, la alarmante
desconexión entre
el parlamento y la realidad social, y más exac­
tamente la incompetencia de nuestros parlamentos, y especial­
mente el español, para representar la gran diversidad de intere­
ses sociales. Esta incompetencia es una de las razones determi­
nantes del proceso de declive parlamentario. Esta premisa es un
lugar común en
la opinión pública de un buen número de países
donde las eleociones parlamentarias son una fórmula plebiscitaria
de delegar el poder durante ·cuatro
años en un partido o coalición
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JOSE MIGUEL SERRANO RUIZ-CALDERON
de partidos. La insistencia de nuestro parlamento, por ejemplo,
en convencer a los ciudadanos de la importancia de su misión,
de la relación de la misma con sus intereses demuestra hasta qué
punto la función parlamentaria está devaluada en unos países
donde el peso decisivo de
la toma de decisiones ha pasado al go­
bierno y a la administración.
El parlamento democrático no
es s6lo el órgano legislativo,
sino que, además,
es el depositario e intérprete de la soberanía
nacional, y en su acción encarna el interés general respecto a los
intereses particulares representados por diversos agentes sociales.
La desconexión entre el parlamento
y el conjunto de los intereses
sociales no
es sólo un producto de la acción social, sino que se
deriva de la propia actitud ante el interés particular que es sin­
tomática de la ideología rousseauniana
y aparece trasladada a la
concepción revolucionaria jacobina. La peculiar acción de los par­
tidos políticos dedicados a lograr el monopolio de la representa­
ción política,
y en la versión totalitaria, incluso la social, constituyó
un c6ctel explosivo al mezclarse con lo anterior ( 4 ). Los logros
en la extensión de la representación social que con matices pue­
den atribuirse al neocorporatismo
se han obtenido sobre varios
presupuestos que modifican el esquema en el que dicen basarse
nuestros
regímenes ; en primer lugar, parecen haber exigido la
debilitación parlamentaria,
ya sea mediante el surgimiento de or­
ganismos alternativos de composición corporativa o mediante el
fortalecimiento de la acción gubernamental y la búsqueda de
acuerdos sociales directos con las fuerzas sociales. Acuerdos que,
por cierto, afectan a cuestiones tan importantes y tradicionalmen­
te de competencia parlamentaria como las presupuestarias. En
segundo lugar,
se ha mantenido la ficción del interés general y
de la exclusiva representación a través de los partidos, mientras
que por otro lado
se practicaban políticas que afectaban a los
principios de legitimidad del régimen bajo la incomprensible
ex-
( 4) Para una ampliación de mi punto de vista sobre el tema así como
para una profundización en las fuentes bibliográficas véase mi artículo
«La Paradoja totalitaria y la Revolución francesa», Anales de la Real Aca­
demia de Jurisprudencia y Legislación, Madrid, 1989, págs. 23 y sigs.
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PARLAMENTARISMO Y REALIDAD EXTRAPARLAMENTARIA
plicación de que sólo se trataba de acciones políticas de tipo prác­
tico
sin mayor trascendencia. Como si las cuestiones políticas no
fuesen siempre esencialmente prácticas. Conviene, antes de seguir
más adelante, precisar cuál es el esquema le relación que se ha
visto tan afectado en los últimos tiempos pese al empeño de
man­
tener el mismo paradigma teórico de explicación. A su análisis
dedicaremos las próximas líneas.
Como es sabido, la construcción teórica de Rousseau presenta
la particularidad de ser evidentemente especulativa, sobre todo
en el
Contrato social, donde intenta fundar la comunidad política
ideal, frente a
la cruda descripción del discurso sobre el origen
de la desigualdad donde
se refiere al origen de nuestras sociedades
desiguales (5). Respecto a nuestro tema, la definición de Rousseau
muestra el ideal de una comunidad política en
la que la voluntad
propia de la misma persigue
un interés definido: «el interés ge­
neral». Sabemos que la voluntad del cuerpo político se alcanza
a través de la discusión racional de una serie de representantes
que, tras la abolición del mandato imperativo, lo son de toda
la
nación. Igualmente es de sobra conocido que la intermediación
de grupos de intereses perturbaría de forma decisiva la propia
formación de
la voluntad general. Aunque en el sistema propia­
mente rousseauniano no se producía delegación, sino más bien
adhesión popular a la propuesta de un legislador providencial,
y aunque la definición de
lo que propiamente es una ley es muy
restringida en Rousseau, que no pudo prever
la extensión de
esta práctica, el efecto práctico de un sistema, fue
la delegación
de la soberanía a unas cámaras sin conexión real con el cuerpo
social
al que se decía representar. El ejemplo, paradigmático, de
este estado de cosas lo constiruirían las Cortes de Cádiz.
¿ En qué se traduce todo esto? Respecto a las entidades corpo­
rativas, que en cierta medida respresentaban intereses parciales,
pero que en otra, y en el momento de la eclosión revolucionaria,
(5) Sobre la doctrina de Rousseau nos hemos guiado fundamentalmente
por la obra Jean Jacques Rousseau et la Science Politique de son temps~
Presses Universitaríes de France, París, 1950.
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]OSE MIGUEL SERRANO RUIZ-CALDERON
se hablan convertido en severos obstáculos para la transformación
económica,
el efecto fue conseguir la enemistad del nuevo sistema
que los persiguió con saña, en una acción de la que son especial­
mente indicativos los primeros artículos de la ley de Le Chapelier.
Hasta qué punto la actitud que
se manifiesta en esta ley y en
otras que la siguieron explica
el surgimiento de unas entidades
representantes del mundo
del trabajo, frontalmente enfrentadas
al régimen que las
oprimía, es de obra sabido. También de aquí
se derivará una de las causas fundamentales de la inestabilidad
• que afectó durante una larga época al régimen liberal.
Junto a la presencia de una actitud represiva frente a las
agrupaciones que parecían dificultar la libertad de comercio
es
fundamental considerar en nuestro análisis la aparición de un
concepto de
soberanía ilimitado, como nunca ante sse había po­
dido concebir; poder soberano voluntariamente aceptado y que
no encontraba ni reconocía limites en su acción ( 6
). La prác­
tica
revolucionaria iba a hacer tabla rasa de la reflexión mode­
radora de la soberanía de los legistas franceses para violar los
propios limites en que
la reflexión revolucionaria colocaba al
órgano ejerciente de la función. Asi, aunque el poder constitu­
yente
al dictar la constitución se privaba a sí mismo de la so­
beranía y la Asamblea legislativa no podía tenerla, la Asamblea
Nacional no dudó en abrogarse el papel de representante del
pueblo, haciendo que su voluntad coincidiera con
la del pueblo
y, en última instancia, proclamándose como expresión de la
so­
beranía popular, la cual es retenida en manos de los órganos
cclnstitucionales.
En definitiva, las bases sustentadoras de la función parla­
mentaria en el modelo ideal democrático
quedarían fijadas de
la siguiente forma: el órgano a través del que
se manifiesta el
interés general, habitualmente el parlamento a pesar de las
ma-
(6) CONSUELO MARTÍNEZ, Siclura y Sepúlveda, «Proudhon y las insti­
tuciones revolucionarias del 89», Anales de .la Real Academia de J urispru­
dencia y Legislación, núm. 20, pág. 327.
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PARLAMENTARISMO Y REALIDAD EXTRAPARLAMENTARIA
tizaciones rousseaunianas ( con su feroz crítica al Parlamento bri·
tánico ), manifiesta en sus decisiones la voluntad general y para
ello
se ve libre de las injerencias de los intereses particulares; y,
sobre todo, de la formaci6n de agrupaciones que los defiendan.
La realidad, sin embargo, será bien distinta; por un lado,· la
prohibici6n de asociaci6n
y acci6n colectiva perjudica induda­
blemente a la parte
más débil, para la que la asociaci6n resulta
indispensable en las relaciones bilaterales. Podemos remitirnos
aquí a toda la doctrina laboralista que tan brillantes
páginas ha
dedicado a este tema y a todo un análisis hist6rico que no por
sabido debe ser obviado. Pero es que,
además, determinados in­
tereses encontraron medios de influencia en el poder,
de mane­
ras no formalizadas pero no por
ello menos efectivas. No nos
referimos al
loobing más o menos público, propio de los modelos
pluralistas,
sino a formas aún más encubiertas. Por. un lado, el
proceso de formaci6n de los Estados nacionales habla territoria­
lizado en cierta medida a los intereses, lo que se traducía en la
territorializaci6n de la representaci6n. No debemos olvidar, a
este respecto, que según el dogma de la representaci6n nacional
dicha territorializaci6n no existía
al menos en el aspecto te6ri­
co. Por otro lado, y respecto a ciertos grupos, la abolici6n de
la representaci6n corporativa llevada a cabo por los regímenes
liberales no se tradujo en una desaparici6n de la presencia con
capacidad de influit sobre el poder de dichos intereses.
En pa­
labras de Alessandro Pizzorno, «La abolici6n final de la represen­
taci6n especial (corporativa) tuvo lugar en los regúnenes libera­
les.
En realidad, la estrechez del sufragio y como consecuencia de
ella, el poder real de los pocos individuos que gozaban del
de­
recho a ser representados, permitieron una transmisi6n directa
.de los intereses especiales, inclusd cuando éstos no estaban or­
ganizados sobre una base permanente» (7). Como apuntamos
(7) ALESSANDRO PIZZoRNo, «Los intereses. y los partidos en el plura.:
lismo», en el libro colectivo, La organización de los grÚpos de ini~s en
Europa Occidental, comp. Suzanne Berger, trad. española, Centro de PuM
blicaciones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, M•drid, 1981,
pág. 319.
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JOSE MIGUEL SERRANO RUIZ-CALDERON
antes la evidencia de esta sustitución del interés general por
estos intereses particulares tuvo mucho que ver con la oposición
frontal al régimen que describimos.
La ampliación del sufragio modificó la situación tras el paso
del régimen liberal al democrático, de forma que los partidos
tendieron a presentarse como defensores de intereses
más gene­
rales, dificultándose, por otro lado, la posibilidad de influencia
en un partido por parte de un solo interés preponderante, de
forma que
se tendió a la aparición de grupos organizados de in­
tereses.
La consecuencia de todo ello puede esbozarse de la siguiente
forma: en el régimen liberal
se produce una sustitución del in­
terés general por determinados intereses particulares y así se de­
semboca en un desprestigid del mismo cuando se generalizó el
conocimiento de este estado de cosas; en consecuencia, y a me­
dio plazo, asistimos a la severa quiebra de la legitimidad de un
régimen que, sin embargo, y desde la perspectiva que nos ha
dadd
el tiempo, parece haber recuperado la misma. Ahora bien,
la usurpación del interés general por parte de los intereses par­
ticiulares no
es la única quiebra del paradigma rousseauniano.
Probablemente
el factor más influyente en el nuevo estado de
cosas sería la fragmentación parlamentaria en grupos políticos
solidificados. Es evidente que la existencia de grupos que
apa­
rezcan formalizados previamente a la discusión racional perturba
el esquema ideal de Rousseau,

desviando la formación de una
verdadera voluntad general. Debemos decir también que
la for­
mulación rousseauniana
se oponía a toda evidencia, pues no hay
nada más natural que diputados que defiendan las mismas ideas
se agrupen para la consecución de sus fines. El juego de Rous­
seau es, en cuanto ideal, inmantenible. De todas formas,
es evi­
dente que la idea de diputados agrupándose para defender las
mismas ideas, e incluso intereses, es sólo válida para un momen­
to muy temprano de la evolución de los sistemas parlamentarios.
Diversos factores han influido de forma que la rigidez del
siste-­
ma no ha hecho más que aumentar.
El primero
al que nos debemos referir por orden de antigüe-
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PARLAMENTARISMO Y REALIDAD EXTRAPARLAMENTARIA
dad e importancia es la necesidad del parlamento en los sistemas
que toman su nombre del
mismo de formar mayorías de apoyo
al gobierno. Eso se traduce en dos tendencias: si hay un ver­
dadero debate parlamentario y escasa rigidez se produce un fe­
nóme!lo de inestabilidad gubernamental. Las malas experiencias
que para el régimen parlamentario ha producido esta situación
ha llevado a incidir en la posición contraria, es decir, en buscar
la estabilidad a toda costa, el efecto de esto son los parlamen­
tos amordazados al estilo del español. Al necesitar
el apoyo de
grupos parlamentarios disciplinados y organizados,
el efecto ha
sida que, en vez de encontrarnos con un gobierno del parla­
mento,
estamos antes unos parlamentarios del gobierno, cuya mi­
sión principal, si no única, va ser sostener al gobierno en cual­
quier iniciativa que éste pueda plantear; la función legislativa
es, pues, secundaria en un organismo desviado de la labor prin­
cipal para la que
se concibió. Es de señalar a estos efectos que
en las cámaras legislativas donde no existe la función de
man­
tener o seleccionar al gobierno la libertad de los parlamentarios
es mucho mayor y su dependencia de los partidos está muy amor­
tiguada. Ejemplo de este estado de cosas serían las cámaras nor­
teamericanas, especialmente
el senado, por la mayor duración del
mandato.
La propia evolución de los partidos políticos ha incidido de
fortna determinante en la modificación del papel parlamentario.
El diputado que
se adscribe a un grupo para sustentar a un go­
bierno o una idea está lejos de la realidad. La propia definición
de los partidos políticos de Burke
habría de modificarse. Dí­
ganme, si no, si la definición del político inglés se parece a
nuestros partidos contemporáneos.
Un partido pol!tico es un gru­
po Je hombres unidos para fomentar, mediante sus esfuerzos
con¡untos,
el interés nacional, basándose en algún principio de­
terminado en que todos sus miembros están Je acuerdo (8).
Ahora bien, aun admitiendo la definición de Burke, la pro-
(8) «Thougs on the cause of the present discontent», WoRKS, vol. I,
la cita esta tomada de GEORGE SABINE, «Historia de las ideas políticas•,
FCE, 1986, pág. 448.
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JO-SE MIGUEL SERRANO RUIZ~CALDERON
pia realidad de la época y las transformaciones pdsteriores ayu­
daron a que la independencia de los diputados se viera fuerte­
mente afectada, mientras que la racionalidad de la discusión par­
lamentaria se hacia casi imposible. La extensi6n del sufragio
hasta hacerse universal, necesario para paliar una evidente in­
justicia, como
es el sufragio censitario inorgánico, tiene el efecto
de hacer a los candidatos fuertemente dependientes de los par­
tidos políticos. S6lo ellos son capaces de sufragar los gastos de
las campañas propias de las sociedades de consumo, mientras que
antes su soporte se hacia indispensable en las sociedades
fuerte­
mente movilizadas de los años treinta. A estas causas, basadas
en
la evoluci6n social, debemos añadir las intencionadamente
buscadas.
En efecto, los partidos no son en absoluto inocentes
en este estado de cosas ; su acci6n ha ido dirigida a monopolizar
la representaci6n política, expulsando a cualquier otra persona
o
entidad; Los sistemas utilizados han sido muy variados y todos
ellos
conducentes a la expulsi6n de los candidatos independien­
tes y a la eliminaci6n de
los sistemas de democracia directa.
Las dificultades para constituir candidaturas independientes
se
ven reforzadas con la discrirninaci6n de los pequeños partidos
mediante expedientes, como el de exigir un mínimo de sufragios
en el nivel nacional para poder ocupar los escalios obtenidos.
Las prácticas perversas destinadas a , obtener la estabilidad gu­
bernamental a , costa de la transparencia de la representaci6n
incluyen la prima en escaños a
los partidos más votados o la
delimitaci6n
de grandes distritos electorales con listas únicas
que refuerzan el papel de las direcciones de los partidos
mien­
tras limitan la influencia· del ·elector que acaba seleccionando si­
glas y no personas (9).
,
En la · mecánica de la labor 'parlamentaria la traducci6n lo hasta aquí dicho ha sido la formalizaci6n de posturas mayo­
ritarias o minoritarias en cada cuesti6n planteada. De esta for­
ma,
arites de empezar cualquier debate se conoce el resultado de
(9) Sobre· el-tema sigue ·siendo insustituible- la obra de GONZALO
FERNÁNDEZ DE LA MoRA, «La Partitocracia», · Instituto dt Estudios Polítii
cos, Madrid, 1977,
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PARLAMENTARISMO Y REALIDAD EXTRAPARLAMENTARJA.
la votación, variando sólo en función de las ausencias que se
produzcan en el mismo. Los discutsos se dirigen entonces más
a la opinión pública que a convencer a los otros diputados,
partiendo de la equivocada hip6tesis de que los discursos tie­
nen efecto en la opinión.
La práctica parlamentaria, por otro
lado, trasluce este estado de
cosas de forma que los diputa­
dos seleccionados cada vez
más por su fidelidad y menos por su
valía sestean, limitándose a votar las propuestas de sus portavo­
ces. Hasta tal punto esto es así que, plenos sobre cuestiones
importantes, pueden sear obviados
mediante la práctica de reu­
nir sólo a
los portavoces, que aparecen como detentadores del
«voto delegado» de todos sus diputados.
Este estado de
la cuestión sería incompleto si nos limitáse­
mos a considerar la forma en que el parlamento orilla los diver­
sos ·intereses sO'ciales y los expulsa de su seno, o tan sólo, tra­
tásemos de la innegable decadencia de la institución, por mor
de los factores arriba mencionados, decadencia que
es un lugar
tau común que casi no merece la pena insistir sobre ella. Sin
embargo, la relación entre parlamento y realidad extraparlamen­
taria
nd sólo se establece en un sentido, es decir, en la práctica
del monopolio de la representación
y de la expulsión de los in­
tereses sociales fuera del parlamento, sino también en la otra
dirección mediante la mediatización de la realidad social por par­
te de la acción de los partidos y desde la intervención legislativa.
No
es necesario recordar en la reunión anual del principal
grupo contrarrevolucionario español lo que ha venido sucedien­
do desde el proceso revolucionario de Francia. Respecto al tema
'Íú~ 1:riitatllos cdnviene señalar cómo la revo:lución · -ha tenido una
influencia decisiva en la labor parlamentaria, instrumento, esta
última;
del proceso de transformaci6n social de Occidente. La
ideología de los revolucionarios ha · guiado la acción parlamen­
tarlá mediante el proceso de reducir el derecho a ley y de utili~
zar• esta última páta labores de experimentación social. En con­
secuencia, la labor legislativa
ha estado durante muchas éPocas
<;lestinada a la subversión de fa realidad, a su enmascaramiento
bajo el mauto de la ideología. Y, por lo tauto, .el fracaso de la
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!OSE MIGUEL SERRANO RUIZ-CALDERON
transformación utópica es fruto más de la resistencia de lo real
que de las condiciones de la acción de los legisladores. Conviene
resaltar a estos
efectos que el fracasd del sistema socialista su­
pone el hundimiento de la realización más radical de la utopía,
pero que ello no ha significado más que un paso atrás en un
camino que venía recorriéndose desde 1789.
La soberanía de hecho concentrada en el parlamento (pronto
limitada tal como hemos tratado en otra sede) (10)
se combinó
con
el mandato representativo y con una nueva percepción de
la ley fuertemente ligada al utilitarismo. Se
pusd en marcha, en
consecuencia, una vía de transformación social desde presupues­
tos ideológicos como nunca antes
se había intentado. El labo­
ratorio de dicho esfuerzo fueron
los núcleos intelectuales y en
nuestro tema también
los parlamentos. La reducción del derecho
a la ley, el aumento del poder estatal, la extensión de la
men­
talidad utópica han llevada a una situación en la que los apren­
dices de brujo han obtenido medios de actuar sobre la sociedad
como nunca se habían visto. Es en este punto sorprendente
el escaso recato con el que los nuevos tiranos declararon sus
objetivos.
Donde
la acción legal no encontraba terreno abonado para
realizar su labor perturbadora, el uso del derecho como
ins­
trumento de transformación social ha encontrado en la pro­
paganda un instrumento preparatorio insustituible.
En la pre­
paración del cambio social en un sentido
más radical que socia­
lista se han utilizado, tanto los medios de propaganda estatales,
fundamentalmente las televisiones públicas, como los medios pri­
vados en
manos de los defensores del cambio. La subversión
se lanzó sobre Estados Unidos desde el cine y la televisión con
efectos muy notables desde los años treinta, preparando el
ca­
mino a la legislación liberal. El lavado de cerebro al que se ha
sometido a la población española en
los últimos años con la
única intención de que tragara la legislación anticristiana es
más
que ilustrativo de este proceso al que me refiero.
(10) Me refiero a «Libertad, Igualdad, Fraternidad, Realidad o Uto­
pía», Verbo, 1990, núm. 281-282, págs. 95-122.
208
Fundaci\363n Speiro

PARLAMENTARISMO Y REALIDAD EXTRAPARLAMENTARIA
No queremos que pueda pensarse que tras estas afirmaciones
se esconde una actitud romántica de rechazo a la función racio­
nalizadora de
la ley, ni que planteemos ningún tipo de reticen­
cias respecto a la necesidad de la acción del legislador para
de­
terminar lo que es de cada uno en multitud de ocasiones, o si
se quiere para crear uno de los instrumentos que sirvan al juez
para determinar
lo suyo de cada uno. La ley debe reconocerse
como fuente fundamental del derecho y las actitudes esencial­
mente contrarias desconfían de
la posibilidad de racionalización
del legislador en una actitud reaccionaria
ya cuando se planteaba
en la Edad Media. Pero
la ley, como instrumento de seguridad
y racionalidad en el derecho, o como expresión de la legítima
voluntad social, tiene
poco que ver con el fenómeno sufrido tras
la acción revolucionaria.
Lo característico de la misma es haber
convertido a la ley en instrumento de transformación de las
más
firmes y permanentes estructuras sociales, y no podemos olvidar
que dicho instrumento ha sido utilizado especialmente por
agen­
tes dedicados á construir, a costa de los que fuere, un sistema
esencialmente utópico.
Esta instrumentalización de la ley al servicio de esquemas
ideales produce, de paso, una disolución completa del derecho y
ello por varias razones. Sin
ánimo de ser exhaustivo procedo a
enumerar algunas de ellas. Debemos tener en cuenta, en primer
lugar, el factor
ya .mencionado de identificación entre ley de­
recho que lleva a un olvido casi absoluto de las demás fuentes
del derecho y que convierte a éste en un instrumento especial­
mente dócil en manos del legislador. El cual, recordemos, tiene
en nuestros días la condición de ser revolucionario.
Por otro
lado, se ha producido una suplantación completa en los fines del
derecho. Vistos las manuales
al uso, uno puede preguntarse le­
gítimamente si el derecho tiene un fin propio o se reduce a di­
rigirse adonde en cada momento decida el legislador. Pero
si
el derecho se convierte en la mera voluntad del legislador o,
dicho de otra forma, del poder politico, resulta disuelto de forma
irreversible, imposibilitándose, por
tanto, la dist.inción entre el de­
recho y la pura arbitrariedad o el capricho. La acción de la ideo-
209
Fundaci\363n Speiro

TOSE MIGUEL SERRANO RUIZ-CALDERON
logía es igualmente perturbadora en cuantd fija para el derecho
fines imposibles de alcanzar siquiera de fonna aproximada.
Estos fines imposibles no sólo
se fijan para el derecho, sino
también para las distintas instituciones
jurídicas. Como muestra
valga un botón. Es sabido que por diversas razones, cuya enu­
meración nos apartaría de nuestro objeto,
se ha extendido entre
los tratadistas de derecho penal, e incluso en las legislaciones
de todo el mundo, la pretensión de que el fin de
la pena es vol­
ver buenos a los delincuentes. Nuestros centros penitenciarios
serían centros educadores destinados a apartar
al desviado de
su conducta antisocial. Por supuesto el sistema no se ha llevado
hasta sus últimas consecuencias lógicas como sería, en primer
lugar, fijar la duración de la pena, no en razón de la gravedad
del delito, sino en función del tiempo necesario para conseguir
la conversión del delincuente, liberándole en cuanto esté reedu­
cado y sólo cuando lo estuviese.
El problema es, en primer lu­
gar, que la mera enunciación de
lo que es la última consecuencia
lógica de una teoría en hoga resulta repugnante, pero sobre todo
la mayor dificultad que encontramos ante esta teoría es que
fija para la pena un fin que no sólo no ha cumplido sino que
no cumple en
la actualidad. Decir, sin sonrojo, que en Caraban­
chel o Yeserías
se está volviendo a la «gente buena» demuestra
hasta qué punto es
capaz de llegar el cinismo en nuestras socie­
dades. Quede claro que no negamos que la gente se pueda vol­
ver buena ; lo que decimos
es que para eso no están las penas
y que ese objetivo no se logra mediante ellas.
Lo más sorprendente es que la constatación de que la pena
no sirve para
el fin marcado no provoca la revisión de los ob­
jetivos de los utopistas, sino que lleva a éstos a afirmar que el
derecho se encuentra
en crisis o que nuestro sistema penal no
vale. Por supuesto que no vale podíamos añadir pero es que no
sirve sólo para lo que ellos arbitrariamente
han decidido que
debía servir. En consecuencia, lo que está en crisis no es el de­
recho sino su explicación sobre el derecho. Trasladando esto a
la totalidad del sistema
jurídico, tendremos una idea de lo que
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Fundaci\363n Speiro

PARLAMENTARISMO Y REALIDAD EXTRAPARLAMENTARIA
la acci6n ut6pica está haciendo con el objeto al que nos refe­
rimos.
La tesis de la ligaron estrecha entre el derecho y lo real
adquiere una de las ratificaciones más convincentes en la ten­
dencia de los utopistas de disoverlo. Puestos a romper con lo
real, lo primero que
se ataca es a uno de los componentes insus­
tituibles de la vida social; en este
punto el derecho se sitúa en
la misma línea que otras instituciones o realidades tan denosta­
das en nuestros días como son la familia,
la propiedad, la reli­
gi6n
y un largo etc. Es esperanzador, y a ello me referí al co­
mienzo de mi intervenci6n, que de la larga lista de realidades
mencionadas ninguna haya podido ser destruida por la acci6n de
los revolucionarios, ni siquiera en los lugares donde han tenido
más tiempo para llevar a cabo sus experimentos.
La acci6n de la ideología respecto al parlamento no se redu­
ce a lo hasta aquí tratado. En un reciente articulo publicado en
una revista
afín a la nuestra, el profesor Dalmacio Negro ( 11)
se ha referido a la disoluci6n del derecho y la política en la
moral como uno de los efectos de la
acción de la izquierda re­
volucionaria. La desaparici6n de la misma, conclusión desde mi
punto de vista hasto optimista, deberla producir una recuperación
de la
pollrica. La discusi6n ideológica, en efecto, ha sido uno de
los factores de perturbación mayores de nuestras sociedades. Cual­
quiera que
se haya desenvuelto en alguna de nuestras institucio­
nes podrá constatar c6mo la verdadera vida de las mismas
se ha
visto suplantada por la
acción ideol6gica. Esto es válido respecto
a instituciones como
es la Universidad, los colegios profesiona­
les, las instituciones locales
y hasta las peñas recreativas. Im­
propiamente
se ha dicho a este respecto que todo estaba poli­
tizado cuando lo que estábamos era ante un proceso de ideolo­
gización que
ha tenido efectos muy nocivos sobre una pluralidad
de instituciones entre las que por mi profesión me permitiría
destacar a la Universidad, convertida en campo de batalla y
ex­
perimentación ideológica.
(11) DALMACIO NEGRO PAB6N, «Las tribulaciones de la izquierda•,
Raz6n Española, núm. 43, 1990, págs. 151-167.
211
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!OSE MIGUEL SERRANO RUIZ-CALDERON
Pues bien, este proceso de desviación de las instituciones
de
sus verdaderas tareas ha incidido igualmente en el parlamento
donde la
labor legislativa y política ha sido sustituida por el
debate ideológico que es el más estéril de todos los debates. La
búsqueda de soluciones y compromisos se difuminó bajo la dis­
cusión de qué sistema de ideas debía inspirar nuestra legislación
o, dicho de otra forma, qué tipo
de experimento de laboratorio
estaban dispuestos a construir sobre las espaldas de los ciudada­
nos. Gran parte de la culpa del anquilosamiento del parlamento,
de la rigidez a la que me
he referido anteriormente, la tiene la
ideología que, junto con el poder, causa citada antes, se convierte
en elemento aglutinador de unos grupos parlamentarios, por lo
menos en las fases
más tempranas de la evolución de los sistemas
democráticos.
El debate ideológico ha tenido igualmente el efecto de di­
fuminar la discusión sobre los intereses y su acceso al poder.
De esta forma, aquél ha actuado como sustituto de éste en
muchas sociedades, especialmente en aquellas en que la opción
triunfante, el régimen liberal estaba menos estabilizado. Esto
ha sido cierto especialmente en la nuestra, en la que la
cró­
nica inestabilidad del régimen político procedía de la imposi­
bilidad de sustituir la Monarquía hispánica, en quiebra tras
los sucesos ligados a la invasión napoleónica, por un
nuevo es­
tado, proceso en el que se invirtió gran parte del siglo XIX.
Resulta en este sentido clarificador el diagnóstico de Dalmacio
Negro cuando afirma en referencia al liberalismo español que:
Enredado siempre en contradicciones,
jamás llegará a dar remate
a su gran designio de erigir un Estado suficientemente objetivo,
al servicio de los intereses nacionales, no de la dinastla y de su
sociedad cortesana; siempre quedará a mitad de camino. Su gran
tragedia fue la coincidencia del orto de la idea liberal con la des­
composición final de la forma politica tradicional hispana (12).
(12) DALMACIO NEGRO PABóN, «El liberalismo en Espafia», Uni6n
Editorial, Madrid, 1988, pág. 110 ..
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PARLAMENTARISMO Y REALIDAD BXTRAPARLAMENTARIA
Soy consciente que )a descripción realizada dibuja en gran
medida un modelo superado. Dicho modelo procede de las bases
ideológicas de los sistemas democráticos sometidas a transfor­
maciones en el choque con la realidad. Sin embargo, la modifi­
cación del esquema puro antes trazado se ha precipitado en
!Os
últimos años de forma que no es sencillo identificar los rasgos del
modelo
más que en una multitud de detalles formales que per­
manecen, mientras que nuevas realidades surgen modificando
las
bases más profundas de los sistemas demottáticos contemporáneos.
Transformación, por cierto, que
se cubre mediante la constante
llamada a las esencias del régimen democrático, aunque las
mis­
mas sean poco más que las bambalinas tras las que se suceden
los verdaderos cambios de nuestros sistemas jurídicos. Probable­
mente el campo
doode dichas transformaciones han sido más
decisivas sea en el de la representación de los diversos intereses
sociales. Al estudio de estas modificaciones dentro
del esquema
de los sistemas democráticos liberales dedicaré la
parte final de
esta intervención.
Hemos visto hasta el momento la expulsión y suplantación
del bien común y de
los intereses sociales por parte del preten­
dido interés general y
la forma en que desde el parlamento se
ha proyectado un esquema ideal a través de la legislación. En
consecuencia, tenemos, tanto una barrera para la representación e,
incluso, manifestación de los legítimos intereses sociales, como
una proyección brutal del poder sobre los mismos. Ahora bien,
la sociedad ha ido modificando este estado de
cosas y entre noso­
tros, como nd podía ser menos, hay un sistema de representación
de intereses. No nos vamos a referir aquí a los medios mediante
los que los intereses
particulares y los grupos de presión en los
que
se organizan actúan veladamente sobre el poder. Algo de ello
hemos tratado antes cuando nos hemos referido a la suplanta­
ción del interés general por parte
de intereses particulares. Ni
mencionaremos las fórmulas por las que los
partidos políticos
actuaron en determinadas épocas como
exclusivos representantes
de algún interés
particular, como serían los partidos agrarios,
por citar un caso paradigmático. V
amos a tratar, por el contra-
213
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!OS.E MIGUEL SERRANO RUIZ-CALDERON
tid, el caso de la manifestación pública y legítima de dichos in­
tereses, proceso que se realiza a través de una institucionaliza­
ción que afecta, como no nos hemos cansado de repetir, a las
mismas bases del sistema que con muy buen criterio ha sido
calificado de partitocrático.
De lo dicho hasta ahora se deduce también que por consi­
derarlo sobradamente sabido y por haberse tratado por voces más
autorizadas que la mía en estos mismos foros, no me voy a referir
a
las construcciones teóricas fundamentadoras de la fórmula de
representación corporativa. Dichas fórmulas han sido ferozmente
contestadas
por los partidarios de la partitocracia, tanto en su
forma plural como de partido único. Uno de los medios
más efi­
caces. de dicha postergación se ha logrado identificando las fór­
mulas de representación orgánica con el totalitarismo fascista.
De esta forma se ha logrado eliminar al corporativismo como
posible alternativa doctrinal al sistema partitdcrático.
La institucionalización «de hecho» de la representación de
los
grupos de interés en los países democráticos-liberales ha dado
lugar a dos tipos de sistemas denominados, respectivamente, plu­
ralismo
y ueocorporatismd. Ambos pueden ser identificados tam­
bién como los dos polos de un mismo sistema; el polo pluralista
se encontraría todavía cercano a los esquemas más clásicos de
las demdcracias liberales, el neocorporativismo puro
significaría
en buena medida una situación incompatible con los presupues­
tos de dichas democracias.
Por otro lado, el camino hacia el nuevo sistema de represen­
tación de intereses se inicia también desde dos polos opuestos.
En primer lugar, cabría referirse brevemente a los Estados libe­
rales
d semihberales en los que no se realizó el proceso de des­
corporatización con la energía y con la profundidad con que se
realizó en los países en los que ruvo lugar un auténtico tránsito
al liberalismo. Cierto es que
la mayoría de la doctrina intenta
explicar a partir de
aquí muchos de los defectos sustanciales de
algunds de estos países, sin detenerse en alguna de las ventajas
de las que disfrutaron. Como caso
paradigmático cabría citar a
Alemania. Para
un sector de la doctrina resulta incomprensible
214
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PARLAMENTARISMO Y REALIDAD EXTRA.PARLAMENTARIA
cómo Alemania. llegó a convertirse en la sociedad europea más
avanzada sin abandonar un orden sociológico, e incluso un sistema
de valores de carácter preindustrial. El prejuicio consite en
com­
parar el caso alemán con el modelo anglosajón, despreciando las
ventajas que pudo obtener Alemania de articular un complejo
entramado de representación de intereses,
no sólo en la época
guillermina,

sino también en
la República de W eimar. Resulta
sorprendente a estos efectos
el comprobar cómo la descorporati­
zación de Alemania fue emprendida en
gran parte por el partido
nazi en
su afán de implantar un régimen totalitario.
Por otro lado,
podemos centramos en la sociedad donde el
proceso . de liberalización fue más profundo y donde, por ende,
surgió una
de las grandes alternativas contemporáneas de pre­
sencia de los intereses: me refiero a los Estados Unidos y
al plu­
ralismo. Este
se convierte en uno de los rasgos más acusados con
el que los estudiosos foráneos han venido calificando al sistema
americano. Sistema que por cierto
ha actuado como modelo ideal
para un buen número
de pensadores occidentales
El pluralismo va a servir como modelo de crítica a una doc-
trina que se asentaba sobre los siguientes pilares:
El Estado se mueve por el interés público.
Sus brazos actúan con unidad.
Los grupos particulares siguen fines egoístas.
El pluralismo se asentará sobre la base de la idea de que no
hay grupo
sin interés, y que la vida política se explicará a par­
tir de las acciones de los diversos grupos moviéndose en· una
acción destinada a conseguir sus intereses.
El pluralismo surge
a
partir de una sociedad civil madura y plural, mediante una
fuerte movilización asociativa. Dicha acción
se dirige hacia el
gobernante y ha alcanzado su máxima expresión en la actividad
conocida como
loobing. En cuanto al tema que nos interesa, de­
bemos destacar cómo el pluralismo se dirige no sólo hacia el
gobierno, sino preferentemente hacia los legisladores. En el mo­
delo americano, en efecto, la acción individual cerca de los legis­
dores tiene utilidad, habida cuenta de la independencia y poder
de los mismos. Por lo tanto, una parte de las acciones de los
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JOSE MIGUEL SERRANO RÚIZ-CALDERDN
grupos de interés en los esquemas pluralistas parece acercar la
realidad extraparlamentaria al parlamento. No quiere decir esto,
por supuesto, que
en. el esquema pluralista no se realice una
notable presión sobre
el gobierno, e incluso que podamos ima­
ginar un sistema pluralista con parlamento débil.
El otro polo de la evolución de los sistemas de representa­
ción de intereses está marcado por el denominado neocorpora­
tivismo (
13 ). En el mismo, y por cuestiones de coste y preferen­
cias de diverso tipo,
se produce un doble fenómeno. Por un lado,
el Estado asocia a diversas corporaciones a algunas de sus labo­
res, integrando a las organizaciones en su propio esquema. Con
ello consigue dosis de legitimidad, habida cuenta de la quiebra
de la otorgada exclusivamente por
el sufragio y obtiene acuerdos
que hacen
más digeribles medidas ante todd de carácter econó­
mico.
En compensación el Estado otorga monopolios de repre­
sentación a diversas organizaciones, ayudándolas a librarse de
la
competencia. Surgen, así, pactos en los que la administración
adquiere compromisds de índole legislativa o presupuestaria al
margen del parlamento. Como consecuencia, el parlamento pier­
de poder, competencias, e incluso representatividad, limitándose
a ratificar, a través de los votos
de la coalición ganadora, acuer­
dos surgidos exteriormente a
él. No es imprescindible en este
esquema que se cree una cámara ·de representación de intereses
al estilo de los consejos económicos y sociales, ni es relevante
por ello que casi todos los órganos de este estilo vean limitadas
sus funciones privándoles
de facultades decisorias. La realidad
se aleja notablemente de lo previsto en los textos constitucio­
nales.
El natural resurgir de los intereses sociales expulsados del
. parlamento no deja de tener inconvenientes por razón de los
esquemas
partitocráticos en los que han surgido. En primer lu-
( 13) Para una correcta referencia bibliográfica véanse mis trabajos:
<1eNeocorporativismo», Revista de la ·Facultad de Derecho de la Universidad
Complutense,
núm. 74, pág. 807, e «Informe sobre el acuerdo gobiemo­
sindicatos en materia de
inspección», Documentación laboral, núm. 30, pá­
gina 91.
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PARLAMENTARISMO Y REALIDAD EXTRAPARLAMENTARIA
gar, la deformación ideológica afecta de forma grave a grupos
de interés tan importantes como los sindicatos de trabajadores.
Mientras la colaboración
se entienda comd una tregua que esta­
biliza momentáneamente una situación de injusticia, a fin de ob­
tener algún tipo de ventaja táctica, es imposible la recuperación
de la idea de bien común. Por otro lado, el esquema pluralista
se revela como extraordinariamente costoso debidcJ a las fuertes
tensiones que engendra el aluvión de demandas que
recibe el
Estado. En cuanto a
la solución corporativista, no sólo afecta a la
legitimidad del régimen liberal, sino que provoca un cisma entre
el esquema constitucional y la práctica política; por otro lado,
las corporaciones privilegiadas se constituyen en grupos escasa­
mente representativos donde la democracia interna brilla por su
ausencia. Finalmente
es imposible mantener estabilizado un sis­
tema de representación del que la ideología oficial predica que
no es representativo, sino sóld un mal menor para circustancias
especiales ( de crisis económica, por ejemplo), y que, por tanto,
carece de legitimidad. En consecuencia, o
se rompe el cisma en­
tre la representación teórica y real, reconociendo la necesidad
de integrar los legítimos intereses sociales en aras del bien
co­
mún d seguiremos asistiendo al permanente esfuerzo de lograr
la cuadratura del círculo.
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