Índice de contenidos
1969
Poder y libertad
- Programas
- Pláticas
-
Ponencias
-
Discurso inaugural de la VIII Reunión de amigos de la Ciudad Católica
-
De la libertad rousseauniana a la «desalienación» marxista y al «desacondicionamiento» marcusista
-
Formación doctrinal
-
Autoridad y libertad en la Iglesia
-
El intento de liberación del hombre por la técnica
-
Información
-
La libertad en la sociedad tradicional cristiana y en la sociedad de masas
-
Acción
-
Familia y libertad
-
Las libertades municipales
-
Neomarxismo y libertad
-
Origen y fundamento del poder
-
Poder y autoridad: concepción tradicional cristiana
-
Enseñanza y educación
-
Planificación y libertad
-
La comarca, soporte de la libertad campesina
-
Libertad y poder en la doctrina social de la Iglesia
-
Derecho, poder y libertad
-
Organización de la Universidad
-
Comercialización en la agricultura. Entre el liberalismo y la tecnocracia
-
Para una armonía social orgánica de libertad y autoridad
-
- Crónicas
Autores
1969
Origen y fundamento del poder
ORIGEN Y FUNDAMENTO DEL PODER
POR
EUGENIO VEGAS LATAPIÉ-
El tema que he de desarrollar es amplísimo y se puede abor
dar desde muchas perspectivas. Podríamos .empezar por el "con
cepto del poder", "concepto de autoridad", "concepto de la sobe
ranía"; luego, examinar lo que dice una gama de autores: unos,
que no es lo mismo soberanía que autoridad, y autoridad que
poder político; otros, en cambio, dicen que son lo mismo. Podría
mos hacer grandes clasificaciones en grupos y subgrupos. Sosla
yaré teorías que fundamenten el origen del poder en el derecho
divino; las de poder
por derecho del pueblo, y las que estuvieron
muy en boga, por inspiración ale.mana, hace unos treinta años,
de la carismática del jefe y de los carismas del poder ; algunos
de sus ilustres
propagadores en España se han pasado hoy a ser
partidarios acérrimos de la soberanía popular,
Pero yo no me
propongo hacer
una disertación erudita ; solamente tocaré algu
nos aspectos del problema con vistas a suscitar el interés de .los
oyentes para que mediten sobre esos puntos y vean las gravísi
mas consecuencias que pueden
arrastrar.
Algunos dirán que este tema del origen del poder es una
cuestión bizantina; que este grupo nuestro aquí reunido, que está
tratando de estas disquisiciones sobre el poder, se halla ajeno a
la realidad que vivimos, Ello me recuerda las críticas que han
hecho algunos periódicos, así como las hechas sobre trabajos que
venimos realizando en los grupos de
La Ciudad Católica, Cuando
la situación está tan difícil -decían hace diez años-, con la ve
locidad con que hay que actuar, eso de estudiar es perder el tiem
po y no tiene interés verdadero. Sin embargo, en estos diez años,
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Fundaci\363n Speiro
EUGENIO VEGAS LATAPIE
los que eso decían no han hecho absolutamente nada. Yo les de
cía que actuaran todo lo que quisieran y, de paso, que estudiaran
un poquito,
porque el estudio puede evitar cometer mil y un des
atinos que luego pueden tener graves consecuencias.
Antes de
actuar
hay que conocer el terreno que se pisa, enterarse, meditar,
pensar. Esto es una obligación, no una opinión.
* * *
Es un hecho que el hombre vive en sociedad, que el hombre
es un animal poHtico, que es necesaria la vida en sociedad y que
siempre ha habido una diferencia entre gobernantes y gobernados.
Ahora bien, ¿ por qué unos tienen derecho a mandar sobre otros?,
o ¿ es que nadie tiene derecho a mandar ? Es la pregunta que lanzó
Espronceda:
"¿Quién al hombre del hombre hiw juez?", que
puede
parodiársele diciendo: "¿ Quién al homke del hombre hizo
gobernante?''
Me voy a circunscribir exclusivamente a la doctrina católica de
la transferencia del poder al gobernante. El poder viene de Dios.
El propio Señor le dijo a Pilato: "No tuvieras potestad alguna
contra mí mismo si no te hubiera sido dada de arriba" (lo, 19,
11). San Pablo d;ce que no hay potestad sino la que viene de
Dios.
No voy a discutir esto ni a refutar las teorías pactistas.
Cuando estudié la carrera, apenas toqué este tema; en Dere
cho Natural seguíamos el texto de Rodríguez de Cepeda, que
apenas menciona el poder y su naturaleza; decia que viene de
Dios,
y nada más; autor católico, sin embargo, refiere las teo
rías de Rousseau y de Hobbes, pero no· explica la que lo deriva
de
Dios. En Derecho Político, mi profesor señor Solano, persona
muy inteligente y ardiente partidario de las doctrinas refrenda
das por el p0rtido integrista, explayaba las enseñanzas del jesuita
Padre Mrndibe,. en su "Tratado de Derecho Natura!". El libro
de texto era una traducción del "Derecho Constitucional" del pro
fesor de Burdeos, León Duguit, que se completaba con el · "De
recho Político" del famoso catedrático de
la Universidad de Ma
drid, Santa Maria de Paredes.
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Fundaci\363n Speiro
ORIGEN Y FUNDAMENTO DEL PODER
Estando en Melilla, cuando tenía veinte años, cayó .en m:is
manos la Carta de San Pío X, "Notre Charge Apostolique", en
la que explica,
refuta y condena los errores sustentados por Marc
Sangnier
y los demócratas cristianos de Le Sillon. Sin ánimo
polémico, leí la carta, la estudié y
me pareció tan claro lo que
decía PíoX, máxime estando avalado y reforzado en León XIII,
que sin comprender el a1cance ,polémico de la cuestión, lo di
como bueno. Regres"do a España y paseando por el Sardinero
con mi ,profesor Casimiro Solano, le expuse que el poder viene
de Dios; que no va
al pueblo en ningún caso, ni tampoco ningún
gobernante es designado de derecho divino o natural; sino que
la comunidad, la sociedad política, deSigna por un medio u otro
quién es el titular y, una vez que la sociedad le ha designado,
entonces
el poder va directamente de Dios a ese gobernante. El
gobernante no es designado por Dios; es designado por los hom
bres,
por la comunidad política, valiéndose de los distintos hechos
históricos, como pueden ser la ocupación, o la guerra justa, o la
herencia, o la elección· de todos, o la elección de algunos. Puede
ser designado de distintos modos: pero ellos no confieren el
mando, sino que designan la persona del gobernante; después,
recibe éste el poder directamente de Dios.
Mi profesor se irritó mucho y me dijo que esas doctrinas
eran heréticas. Entonces,
para dirimir la cttestión, le enseñé HN o
tre Charge Apostolique", y quedó asombrado.
Todo esto me llevó a estudiar un poco más ta cuestión. Es
taba tratada extensamente por Don Enrique Gil Robles en su
''Tratado de Derecho Político'" ; sostenía la misma teoría que
León XIII y Pío X. No es posible exponer aquí todos sus fun
damentos filosóficos, pero sí alguno: la sociedad tiene derecho
a ser bien gobernada; tienen
para ello que gobernar los mejores;
lo
más importante, pues, .es su designación_. y también lo más
difícil; sirven a este fin varios procedimientos, como la
elección,
la ocupación, o la herencia, etc. No es Dios quien nombra -al
gobernante, exaltando o agotando a una dinastía; sino que una
vez hecha la design.:tción por la sociedad, mediante los procedi-
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Fundaci\363n Speiro
EUGENIO VEGAS LATAPIE
mientas citados u otros, Dios da directamente el poder al desig
nado. Esta doctrina se llama de la designación.
Se llama doctrina de la ti-ask,ción la que afirma que el poder
va de Dios a la comunidad y la
comuni<'-ad lo trasmite al gober
nante.
Según esta teoría, el poder se transmite al gobernante por
conducto de la comunidad.
Fue sustentada con carácter general
por los teólogos escolásticos desde la
Edad Media hasta el si
glo
XIX.
Santo Tomás no trató especialmente esta cuestión ni se pro
nuncia claramente sobre ella, y sus comentaristas tratan, como
vulgarmente se dice, de arfimar el ascua a su sardina.
¿ Qué más da aceptar una u otra teoría ? Las diferencias entre
unas u otras teorías no tenían mayor alcance cuando se perfila
ron; pero luego, al producirse la revolución ideológica del siglo
xvnr~ la tuvieron muchísima, como vamos a ver.
El problema se precisa a comienzos del siglo XVII. El r.ey
Jacobo I de Inglaterra, antes de ser rey parecía abrigar buenas
intenciones
respecto de los católicos, hasta el punto de dirigir
espontáneamente una carta a
Belarmioo, a la que el futuro car
denal contestó el 1 de junio de 1600 en terminas de agradeci
_miento y esperanza y dándole saludables consejos. Proclamado
rey
el hijo de María Estuardo, defraudó las esperanzas que en
él habían puesto los católicos ingleses.
La persecución contra
éstos adquirió enorme violencia como consecuencia del descubri
miento
de la llamada "conspiración de la pólvora". En lf:061 el
Rey J acobo I impone a sus súbditos la obligación de prestarle
un juramento de lealtad redactado en tales términos que
el Papa
Pablo V lo declaró ilícito. El arcipreste Blackwell se negó a pu
blicar el Breve Pontificio y en una carta a su clero se pronunció
a favor del juramento.
El Cardenal San Roberto Belarmino. escribió a Blackwell una
carta para convencerle de sü error, en la que demostraba que e1
juramento era una trampa puesta a los católicos ingleses: "está
compuesto, escribía el gran teólogo,
con tanto artificio, que nadie
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ORIGEN Y FUNDAMENTO DEL PODER
puede detectar la traición hacia el rey y hacer profesión de su
misión civil, sin ser pérfidamente forzado a renegar
de la prima
cía de la Sede Apostólica". El rey Jacobo, que presumía de teó
logo, tomó parte personal
en la polémica. Publicó en 1608 una
apología del juramento con el
título: Trip/Jici modo trip,lez CUe
neus, sin firma; según él, los tres nudos eran los dos Breves
Pontificios y la Carta de Belarmino a Blackwell. El cardenal,
refutó el libro regio con otro que llevaba el título ,de ''Respuesta
al libro titulado «Triplici modo triplez cuncus»." El rey no se
dio por vencido y esta vez bajo su firma reeditó con algunas co
rrecciones su arpología del juramento, dedicándosela al Empera
dor Rodolfo II y a todos los reyes, príncipes, estados y órdenes
de la Cristiandad. A su vez, Belarmino editó en 1609, en Roma,
la "Apología de la respuesta al libro del Rey Jacobo".
El eximio Suárez, por encargo de la Santa Sede, intervino en
la discusión pmmovida por Jacobo I, publicando en 1613 su
HDefensio fidei catolicae adversus anglicanae sectae errores, cum
responsione ad Apologiam pro juramento fidelitatis et praefatio
nem monitoriam Serenissimi Jacobi Angliae Regis." En .esta obra,
y en su "Tratado de las Leyes y de Dios legislador"., expone
Suárez su doctrina sobre el origen del Poder.
J acobo I y sus seguidores sostenían el derecho divino de los
reyes: el rey, desde la eternidad, había sido elegido y selecciona
do por Dios; su poder era igual al del Romano Pontífice. Esta era,
1a posición protestante para tratar de justificar su separación de
Roma, que llevó, de entrada, a considerar a los reyes de derechD
divino y a oponer éste al derecho divino de los Pontífices. desde
el pleito del divorcio de Eorique
VIII de Inglaterra. Esto era
inadmisible, y
por ello, los grandes teólogos, Suárez y Belarmino,
dijeron que
el poder no lo da Dios directamente a una persona,
sino que lo da a la comunidad, y ésta lo tiene que transmitir, poc
que, dice' Suárez, "que no es necesario, ni siquiera conveniente
a la naturaleza, que la autoridad continúe inmutablemente en toda
la comunidad, la cual apenas puede ejercer esa autoridad, mien
tras así permanezca y
no se le añada alguna determinación o mu-
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•
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EUGENIO VEGAS LATAPIE
tación". Belarmino sostiene que la traslación que de la autoridad
hace la sociedad civil, es por "el mismo derecho natural; porque
la república (nación) no puede, por sí misma, ejercer esta po
testad; luego no puede menos (tenetur) de transferirla en uno
o en pocos (in aliquem
unum vel aliquos paucos); y de esta ma
nera, la potestad de los príncipes, considerada genéricamente, es
también de derecho natural y divino, y no puede el género hu
mano, aunque todo él lo conviniera simultáneamente, establecer lo
contrario, esto es,
que no hubiera príncipes ni gobernantes".
En aquel entonces, esto no trastornaba nada el orden estabk
cido; los reyes seguían tranquilos en sus estadoG porque las teo
rías pactistas apenas habían hecho mella. Aún no habían llegado
Rousseau ni los filósofos del siglo
xvnr. Pero en el siglo xrx
el espíritu racionalista hace que estos conceptos de que el poder
viene del pueblo adquieran una importancia radical, y plantea la
cuestión de cómo es posible
que un derecho que tiene la comuni
dad o la multitud lo entregue y no pueda revocarlo jamás. Si es
que
lo puede entregar, lo puede retirar y, ¡::x>r tanto, queda ca-
mino abierto a todas las rebeliones, y, sobre todo, queda corno
única
forma de gobierno de derecho natural, la democracia, en
tendida
en sentido de soberanía popular que se expresa con la
fórmula,
hoy común, de "un hombre, un voto". Conforme, tam
bién, con la
frase tan manoseada de Lincoln, "El gobierno del
pueblo, por el pueblo y para el pueblo", que estimo verdadera0
mente absurda porque todo gobierno, salvo caso monstruoso, ya
se sabe que es del pueblo y para el pueblo. Esto encontraba ancha
base
en los textos de Belarmino y Suárez.
Los autores que revisan y actualizan esa doctrina en el siglo
xrx sostienen que el poder va directamente de Dios al gobernante
designado
por la sociedad. Son de gran categoría, como el· Pa
dre Taparelli, Meyer, Liberatore, Schiffini, Cathrein, y también
con matizaciones dentro del mismo grupo, el cardenal Fornari,
Schwalm, y el famoso cardenal Billot, que fue sonsultor de Pío X
y que probablemente alguna intervención tendría en la redacción
de la Carta sobre Le Sillon. Este tema, como he dicho, sólo lo
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Fundaci\363n Speiro
OR.IGEN Y FUNDAMENTO DEL PODER
había leído en eapañol en el libro de don Enrique Gil Robles,
con amplias referencias a las doctrinas del
Padre Taparelli y a
Meyer.
Este tema se ha actualizado de nuevo con el libro publicado
en 1%4 por la Universidad de Navarra, con el título de "La con
creción del poder político'', del
que es autor Rafael María de
Balbín; libro enormemente interesante.
En el siglo .x1x, para evitar los peligros del democratismo ab
soluto que con buena lógica puede derivarse de los principios de
la Revolución Francesa,
una serie de autores expusieron que el
poder
no va nunca a la comunidad y que los dirigentes de ésta,
en ciertos casos, determinan quién ha de ejercer el poder vacante.
Hecha la designación, entonces el poder va directamente de Dios
al designado por la comunidad. Por esto, ningún gobernante pue
de
fundamentar su poder en una designación expresa y nominal
de Dios.
Nadie puede decir: Yo, Fulano de Tal, he sido nom
brado
por Dios. No; lo que puede propiamente decir es, que el
cargo le ha
sido conferido por la -comunidad, por elección, por
herencia, o por otros medios humanos.
Oigamos a León
XIII a este respecto. En la Encíclica Diu-
turnum lllud~ dice así:· '1Muchos de nuestros contemporáneos,
siguiendo las huellas de aquellos
que en el siglo pasado se dieron
a sí mismos el nombre de filósofos, afirman que todo poder viene
del pueblo. Por lo cual, los que ejercen el poder, no lo ejercen
como cosa propia, sino como mandato o delegación del pueblo, y
de tal manera que tiene rango de ley la afirmación de que la
misma voluntad popular que
entrega el poder, puede revocarlo
a su antojo.
Muy diferente es en este punto la doctrina católica_.
que pone en Dios, como en principio natural y necesario, el origen
del poder político."
''Es importante advertir en este punto que los que han de
gobernar los estados pueden ser elegidos en determinadas cir
cunstancias
por la voluntad y juicio de la multitud, sin que la
doctrina católica se oponga o
contradiga esta elección. Con esta
elección se designa el gobernante, pero no se confieren los dere-
411
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EUGENIO VEGAS LATAPIE
chos del poder. Ni se entrega el poder como un mandato, sino
que se establece la persona
que lo ha de ejercer."
Interesa meditar el alcance e importancia de estas palabras:
'1en
determinadas circunstancias" el gobernante puede ser elegido
por la voluntad y juicio de la multitud, sin que esta doctrina se
oponga a la doctrina católica. Por tanto, ésta no sostiene, como
· regla general, que el gobernante tenga que ser elegido por vo
luntad y juíci,1 ác la multitud, sino que, "en determinadas cir
cunstancias", no se opone a ello. Parece que aquí León XIII hace
suya completamente la doctrina de la designación, tal y como la
habían mantenido Taparelli, Cathrein, Meyer, etc.
Años después fue publicada la Carta,
"N otre Charge Aposto
lique", por San Pío X que, ante los errores difundidos por Le
Sillon, sostiene esa misma doctrina eon estas palabras:
"Le Sillon coloca primordialmente la autoridad pública en el
pueblo, del cual deriva inmediatamente a los gobernantes, de tal
manera, sin embargo, que continúa resid=endo en el pueblo. Ahora
bien,
León XIII ha condenado formahnente esta doctrina en su
Encíclica
Dvuturnum Il/u,d sobre el poder político, donde dice:
''Muchos de nuestros contemporáneos, . siguiendo las huellas de
aquellos que en el siglo pasado se dieron a sí mismos
el nombre
de filósofos, afirman que toda autoridad viene del pueblo; por lo
cual, loe; que ejercen el poder, no lo ejercen como cosa propia,
sino como mandato o delegación del pueblo, y de tal manera que
tiene rango
de ley la afirmación de que la misma voluntad que
entregó
el poder puede revocarlo a su antojo. Muy diferente es
en este punto la doctrina católica, que pone en Dios, como en
principio natural y necesario, el origen de la autoridad política .. ,
Y añadía Pío X, terminada la cita de su carta: "Sin duda,
Le Sillon hace derivar de Dios .es.ta autoridad que coloca prime
ramente en el pueblo, pero de tal manera que la «autoridad sube
de
abajo hacia arriba, mientras que, en la organización de·la Igle
sia, el poder desciende de arriba hacia abajo» (Marc Sangnier,
Discours de Rouen,
1907). Pero, además de que es anormal que
la delegación ascienda, puesto que por su misma naturaleza des-
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ORIGEN Y FUNDAMENTO DEL PODER
ciende, León XIII ha refutado de antemano esta tentativa de
conciliación de la doctrina católica con el error del filosofismo,
porque prosigue: «Es importante advertir en este punto que los
qne han de gobernar
el Estado pneden ser elegidos en determi
nados casos
por la voluntad y el juicio de la multitud, sin que
la doctrina católica se oponga o contradiga esta elección. Con esta
elección se designan al gobernante, pero no se le confieren los
derechos
del poder, ni se entrega el poder como un mandato,
sino que se establece la persona que lo ha de ejercen (León XIII,
Diutwrnum Tllud) ."
E.s un hecho evidente que dos Pontífices sucesivos han sus
tentado una misma doctrina sobre una cuestión de Derecho Na
tural.
No hablaron ex cathedra, pero, sin embargo, merece ser
meditada la tesis por ellos sustentada. Carece de fundamento pre
tender que León
XIII y Pío X condenaban las opiniones de Be
larmino
y Suárez; tan sólo las despojaban del peligro de inter
pretaciones anárquicas.
El equívoco reside en esta diferencia que
siempre
hay al entender las palabras comunidad, sociedad y pue
blo, según se entienda por pueblo la sociedad organizada en fami
lias, en corporaciones, en municipios, en múltiples formas socia
les; o la masa, el caos atomizado de los individuos, aislados corno
granos de arena.
Pío XII. en su Radiomensaje de Navidad de 1944 sobre la
democracia, llama
pueblo a la sociedad, a lo que está organizado;
masa es la multitud, que
no pnede tener esos derechos; la mul
titud es
el caos. Dice: "Pueblo y multitud amorfa o, como suele
decirse, masa, son dos conceptos diferentes. El pueblo vive y se
mueve por su vida propia; la masa es de por sí inerte
y sólo
puede ser movida desde fuera. El pueblo vive de la plenitud de
vida de los hombres que lo componen, cada uno de los cuales
--en su propio puesto y según su manera propia-, es una per
sona consciente de su propia responsabilidad y de sus propias
acciones. La masa, por el contrario,. es para .el impulso del exte
rior fácil juguete en manos de cualquiera que explote sus instin
tos o sus pasiones, presta a seguir sucesivamente hoy esta ban
dera, mañana otra distinta."
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EUGENIO VEGAS LATAPIE
Cuando la multitud está organizada, es otra cosa; es la socie
dad
y, entonces, es a la que pasa el poder por medio de la comuni
dad.
Habrá casos históricos en los que ella es la que manda;
imaginemos el caso del agotamiento de una dinastía entera, o el
de España en 1936, cuando medio país se alzó contra el gobierno
de la República por ser un gobierno tirano; alguien tiene que
gobernar, alguien tiene derecho especial a decir que
no; es la so
ciedad como
un conjunto de organizaciones al frente de las cua
les hay
una serie de autoridades, las autoridades nahtrales, los
poderes sociales de que hablaba Vázquez de
Mella; esos varones
preclaros
son los órganos de la auto-ridad. Pueden ser los mejo
re~
del momento, los que h~blan en nombre de esa comunidad,
los
que pueden modificarla, entregar el gobierno a uno o a va
rios, regular su forma.
El cardenal Billot dice que la comunidad
no tiene poder
pr determinar la fonna de gobierno y la forma de elegir; eso, es
facultad de la sociedad, del pueblo organizado, no de la multitud
amorfa.
Ved cómo los peligros que trataron de prevenir los autores
del siglo
xrx., antes citados, Taparelli, Cathrein, Meyer, etc., y
que han sido advertidos por l.,eón XIII, se han producido, han
tenido
muy graves consecuencias.
Su principal causante ha sido J acques Maritain, expositor que
goza de
un enorme prestigio en el mundo católico actual, y que
durante
muchos años ha sido profesor y maestro de muchos sa
cerdotes e incluso
jerarcas de la Iglesia, que han visto los proble
mas actuales
por sus ojos. Maritain, hasta los veintidós años de
edad fue socialista, humanitarista, republicano, etc. A
los veinti
dós años
se convierte al catolicismo de manera verdaderamente
ejemplar.
El eminente dominico Padre Clerissac, director espiri
tual que fue suyo
-en los primeros años de su conversión, le hace
entrar en el drculo doctrinal del movimiento contrarrevolucionario
de la Acción Francesa. Estudia en
él la crítica de todos los prin
cipios de la Revolución, que nadie como
Maurras ha sabido hacer
hasta
ahora; durante unos quince o veinte años pertenece a este
414
Fundaci\363n Speiro
ORIGEN Y FUNDAMENTO DEL PODER
grupo, y en 1926, cuando ya se ha iniciado el conflicto religioso
de Acción Francesa con
el Vaticano, publica un libro titulado,
"Une opinion sur Oi.arles Maurras et les devoirs du catholique";
habla de las
doctrinas atribuidas a Maurras que pueden encerrar
peligro.
Una de ellas se refiere a la crítica de su posición ante la
democracia. Maritain distingue
tres posiciones : La democracia
como acción benéfica en el pueblo, como demofilia ; es la qlle sos
tuvo León XIII en la Enciclica 'Grame de com,munis. La demo
cracia corno una forma de gobierno, que es
la que Maurras estima
corno la más imperfecta, que es
la que se usaba en algunos can
tones suizos, donde gobernaban los hombres libres, reunidos en
sociedades rudimentarias de muy pocos habitantes, que se reunían
una vez al año en torno a un árbol, y allí nombraban sus gober
nantes y elegían y votaban sus leyes y sus impuestos; es decir,
que no pasaban mucho más de la esfera municipal, en la cual,
lo más natural es la democracia. Y, por último, la democracia en
el sentido de la soberanía popular qne es el que interesa profun
dizar. Y, en ese sentido, subfaya Maritain que los conceptos de
Maurras son definitivos,
Poco tiempo después, Maritain, al separarse de la Acción
Francesa
-se dejó influir por los demócratas cristianos de 'Le Si
llon ; todos los errores de ese movimiento tenían por base un falso
concepto de la dignidad de la persona humana: Maritain recoge
estos errores y los lanza a los cuatro vientos en una serie de vo
lúmenes; tengo uno, "Le Christianisme et la Democratie" en que
interpreta la frase de Aristóteles de que el hombre es un animal
político, diciendo que no solamente significa que el hombre está
hecho para vivir en sociedad, sino, además, que el hombre reclama
naturalmente llevar una vida política
y participar activamente en
la gestión de la comunidad política.
Las libertades políticas y los derechos políticos, especialmente
el derecho de sufragio, reposan -según Maritain-, sobre este
postulado de la naturaleza humana. En ciertos casos, según el
filósofo francés, los hombres han vivido más despreocupados y
más felices al ser como esclavos políticos, o dejando pasivamente
415
Fundaci\363n Speiro
EUGENIO VEGAS LAT APIE
a sus jefes todo el cuidado de dirigir la vida de la comunidad;
abaudouaban entonces un privilegio de dirigir la vida de la co
munidad; abandonaban entonces un privilegio inherente a su na
turaleza: uno de esos privilegios que, en cierto sentido, hace la
vida más dura y traen consigo otros traOOjos, preocupación y
sufrimiento, que corresponden a la dignidad humana. Y en otra
serie de párrafos, sigue Maritain manteniendo el mismo conflic
to.: la democracia,
el derecho de sufragio, el sufragio universal,
la absoluta condición de todos
para tomar parte en todo, son de
derecho natural.
Véanse las consecuencias
que lleva esto consigo: es el· peligro
que podía surgir de las doctrinas de fondo pactista, de que el
poder que una vez estuvo en manos de la comunidad, ésta luego
lo pudiera recuperar.
* * *
Pero es absurdo creer que durante veinte o más siglos, los
hombres han vivido de espaldas a su dignidad porque no ha ha
bido sufragio nniversal; que todas las civilizaciones, los grandes
imperios,
las monarquías, los grandes santos, los grandes poetas,
los
grandes filósofos, todo lo que ha .habido en estos siglos, en
el cuarto, en el sexto, en el que se quiera, Santa Teresa y San
Juan de la Cruz, el Duque de Alba y Cervantes, todos eran es
clavos
políticos, porque vivían más fácilmente, entregando a los
gobernantes, y abandonándoles un derecho que es esencial de la
naturaleza humana.
Con lo dicho creo que
he indicado algo respecto de la impor
tancia que tiene este tema de si el poder va a la éomunidad o no
va a la comunidad. No es una discusión bizantina porque de .ella
se deriva el peligro de democratismos "enragées" a que nos han
llevado_ Marc Sangnier y sus discípulos. Yo recomendaría a m:s.
oyentes que volvieran a leer la Carta "Notre· Charge Apostoli
que", ·que reprodujimos íntegramente en
Verbo (serie IV, nú
meros 34-35). No es muy larga y está pletórica de doctrina. Yo
416
Fundaci\363n Speiro
ORJGEN Y FUNDAMENTO DEL PODER
recomendaría qne concertaraís con ella las doctrinas que hoy se
están extendiendo. Para que lo que era verdad ayer, no se con
vierta en error mañana. Hay verdades de derecho natural que
no se pueden cambiar; lo que nos entra por los ojos y nos de
muestra la experiencia, tiene un valor. No vamos a decir que
tiene uu valor dogmático, porque San Pío X no lo condenó. El
sufragio universal es malo porque no ti.ene buenos resultados
prácticos.
Según las doctrinas de Maritain, yo, en mi no corta vida, sólo
habría tenido una temporada en que habría vivido con dignidad,
desde
el año 193,l al 1936, o sea en los años de la anárquica Se
gunda República Española la cual desembocó en la Guerra de Li
beración.
¡ Aquélla era la situación de derecho natural, de cligni
dad humana, que nos ofrece el señor Maritain !
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POR
EUGENIO VEGAS LATAPIÉ-
El tema que he de desarrollar es amplísimo y se puede abor
dar desde muchas perspectivas. Podríamos .empezar por el "con
cepto del poder", "concepto de autoridad", "concepto de la sobe
ranía"; luego, examinar lo que dice una gama de autores: unos,
que no es lo mismo soberanía que autoridad, y autoridad que
poder político; otros, en cambio, dicen que son lo mismo. Podría
mos hacer grandes clasificaciones en grupos y subgrupos. Sosla
yaré teorías que fundamenten el origen del poder en el derecho
divino; las de poder
por derecho del pueblo, y las que estuvieron
muy en boga, por inspiración ale.mana, hace unos treinta años,
de la carismática del jefe y de los carismas del poder ; algunos
de sus ilustres
propagadores en España se han pasado hoy a ser
partidarios acérrimos de la soberanía popular,
Pero yo no me
propongo hacer
una disertación erudita ; solamente tocaré algu
nos aspectos del problema con vistas a suscitar el interés de .los
oyentes para que mediten sobre esos puntos y vean las gravísi
mas consecuencias que pueden
arrastrar.
Algunos dirán que este tema del origen del poder es una
cuestión bizantina; que este grupo nuestro aquí reunido, que está
tratando de estas disquisiciones sobre el poder, se halla ajeno a
la realidad que vivimos, Ello me recuerda las críticas que han
hecho algunos periódicos, así como las hechas sobre trabajos que
venimos realizando en los grupos de
La Ciudad Católica, Cuando
la situación está tan difícil -decían hace diez años-, con la ve
locidad con que hay que actuar, eso de estudiar es perder el tiem
po y no tiene interés verdadero. Sin embargo, en estos diez años,
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EUGENIO VEGAS LATAPIE
los que eso decían no han hecho absolutamente nada. Yo les de
cía que actuaran todo lo que quisieran y, de paso, que estudiaran
un poquito,
porque el estudio puede evitar cometer mil y un des
atinos que luego pueden tener graves consecuencias.
Antes de
actuar
hay que conocer el terreno que se pisa, enterarse, meditar,
pensar. Esto es una obligación, no una opinión.
* * *
Es un hecho que el hombre vive en sociedad, que el hombre
es un animal poHtico, que es necesaria la vida en sociedad y que
siempre ha habido una diferencia entre gobernantes y gobernados.
Ahora bien, ¿ por qué unos tienen derecho a mandar sobre otros?,
o ¿ es que nadie tiene derecho a mandar ? Es la pregunta que lanzó
Espronceda:
"¿Quién al hombre del hombre hiw juez?", que
puede
parodiársele diciendo: "¿ Quién al homke del hombre hizo
gobernante?''
Me voy a circunscribir exclusivamente a la doctrina católica de
la transferencia del poder al gobernante. El poder viene de Dios.
El propio Señor le dijo a Pilato: "No tuvieras potestad alguna
contra mí mismo si no te hubiera sido dada de arriba" (lo, 19,
11). San Pablo d;ce que no hay potestad sino la que viene de
Dios.
No voy a discutir esto ni a refutar las teorías pactistas.
Cuando estudié la carrera, apenas toqué este tema; en Dere
cho Natural seguíamos el texto de Rodríguez de Cepeda, que
apenas menciona el poder y su naturaleza; decia que viene de
Dios,
y nada más; autor católico, sin embargo, refiere las teo
rías de Rousseau y de Hobbes, pero no· explica la que lo deriva
de
Dios. En Derecho Político, mi profesor señor Solano, persona
muy inteligente y ardiente partidario de las doctrinas refrenda
das por el p0rtido integrista, explayaba las enseñanzas del jesuita
Padre Mrndibe,. en su "Tratado de Derecho Natura!". El libro
de texto era una traducción del "Derecho Constitucional" del pro
fesor de Burdeos, León Duguit, que se completaba con el · "De
recho Político" del famoso catedrático de
la Universidad de Ma
drid, Santa Maria de Paredes.
406
Fundaci\363n Speiro
ORIGEN Y FUNDAMENTO DEL PODER
Estando en Melilla, cuando tenía veinte años, cayó .en m:is
manos la Carta de San Pío X, "Notre Charge Apostolique", en
la que explica,
refuta y condena los errores sustentados por Marc
Sangnier
y los demócratas cristianos de Le Sillon. Sin ánimo
polémico, leí la carta, la estudié y
me pareció tan claro lo que
decía PíoX, máxime estando avalado y reforzado en León XIII,
que sin comprender el a1cance ,polémico de la cuestión, lo di
como bueno. Regres"do a España y paseando por el Sardinero
con mi ,profesor Casimiro Solano, le expuse que el poder viene
de Dios; que no va
al pueblo en ningún caso, ni tampoco ningún
gobernante es designado de derecho divino o natural; sino que
la comunidad, la sociedad política, deSigna por un medio u otro
quién es el titular y, una vez que la sociedad le ha designado,
entonces
el poder va directamente de Dios a ese gobernante. El
gobernante no es designado por Dios; es designado por los hom
bres,
por la comunidad política, valiéndose de los distintos hechos
históricos, como pueden ser la ocupación, o la guerra justa, o la
herencia, o la elección· de todos, o la elección de algunos. Puede
ser designado de distintos modos: pero ellos no confieren el
mando, sino que designan la persona del gobernante; después,
recibe éste el poder directamente de Dios.
Mi profesor se irritó mucho y me dijo que esas doctrinas
eran heréticas. Entonces,
para dirimir la cttestión, le enseñé HN o
tre Charge Apostolique", y quedó asombrado.
Todo esto me llevó a estudiar un poco más ta cuestión. Es
taba tratada extensamente por Don Enrique Gil Robles en su
''Tratado de Derecho Político'" ; sostenía la misma teoría que
León XIII y Pío X. No es posible exponer aquí todos sus fun
damentos filosóficos, pero sí alguno: la sociedad tiene derecho
a ser bien gobernada; tienen
para ello que gobernar los mejores;
lo
más importante, pues, .es su designación_. y también lo más
difícil; sirven a este fin varios procedimientos, como la
elección,
la ocupación, o la herencia, etc. No es Dios quien nombra -al
gobernante, exaltando o agotando a una dinastía; sino que una
vez hecha la design.:tción por la sociedad, mediante los procedi-
407
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EUGENIO VEGAS LATAPIE
mientas citados u otros, Dios da directamente el poder al desig
nado. Esta doctrina se llama de la designación.
Se llama doctrina de la ti-ask,ción la que afirma que el poder
va de Dios a la comunidad y la
comuni<'-ad lo trasmite al gober
nante.
Según esta teoría, el poder se transmite al gobernante por
conducto de la comunidad.
Fue sustentada con carácter general
por los teólogos escolásticos desde la
Edad Media hasta el si
glo
XIX.
Santo Tomás no trató especialmente esta cuestión ni se pro
nuncia claramente sobre ella, y sus comentaristas tratan, como
vulgarmente se dice, de arfimar el ascua a su sardina.
¿ Qué más da aceptar una u otra teoría ? Las diferencias entre
unas u otras teorías no tenían mayor alcance cuando se perfila
ron; pero luego, al producirse la revolución ideológica del siglo
xvnr~ la tuvieron muchísima, como vamos a ver.
El problema se precisa a comienzos del siglo XVII. El r.ey
Jacobo I de Inglaterra, antes de ser rey parecía abrigar buenas
intenciones
respecto de los católicos, hasta el punto de dirigir
espontáneamente una carta a
Belarmioo, a la que el futuro car
denal contestó el 1 de junio de 1600 en terminas de agradeci
_miento y esperanza y dándole saludables consejos. Proclamado
rey
el hijo de María Estuardo, defraudó las esperanzas que en
él habían puesto los católicos ingleses.
La persecución contra
éstos adquirió enorme violencia como consecuencia del descubri
miento
de la llamada "conspiración de la pólvora". En lf:061 el
Rey J acobo I impone a sus súbditos la obligación de prestarle
un juramento de lealtad redactado en tales términos que
el Papa
Pablo V lo declaró ilícito. El arcipreste Blackwell se negó a pu
blicar el Breve Pontificio y en una carta a su clero se pronunció
a favor del juramento.
El Cardenal San Roberto Belarmino. escribió a Blackwell una
carta para convencerle de sü error, en la que demostraba que e1
juramento era una trampa puesta a los católicos ingleses: "está
compuesto, escribía el gran teólogo,
con tanto artificio, que nadie
408
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ORIGEN Y FUNDAMENTO DEL PODER
puede detectar la traición hacia el rey y hacer profesión de su
misión civil, sin ser pérfidamente forzado a renegar
de la prima
cía de la Sede Apostólica". El rey Jacobo, que presumía de teó
logo, tomó parte personal
en la polémica. Publicó en 1608 una
apología del juramento con el
título: Trip/Jici modo trip,lez CUe
neus, sin firma; según él, los tres nudos eran los dos Breves
Pontificios y la Carta de Belarmino a Blackwell. El cardenal,
refutó el libro regio con otro que llevaba el título ,de ''Respuesta
al libro titulado «Triplici modo triplez cuncus»." El rey no se
dio por vencido y esta vez bajo su firma reeditó con algunas co
rrecciones su arpología del juramento, dedicándosela al Empera
dor Rodolfo II y a todos los reyes, príncipes, estados y órdenes
de la Cristiandad. A su vez, Belarmino editó en 1609, en Roma,
la "Apología de la respuesta al libro del Rey Jacobo".
El eximio Suárez, por encargo de la Santa Sede, intervino en
la discusión pmmovida por Jacobo I, publicando en 1613 su
HDefensio fidei catolicae adversus anglicanae sectae errores, cum
responsione ad Apologiam pro juramento fidelitatis et praefatio
nem monitoriam Serenissimi Jacobi Angliae Regis." En .esta obra,
y en su "Tratado de las Leyes y de Dios legislador"., expone
Suárez su doctrina sobre el origen del Poder.
J acobo I y sus seguidores sostenían el derecho divino de los
reyes: el rey, desde la eternidad, había sido elegido y selecciona
do por Dios; su poder era igual al del Romano Pontífice. Esta era,
1a posición protestante para tratar de justificar su separación de
Roma, que llevó, de entrada, a considerar a los reyes de derechD
divino y a oponer éste al derecho divino de los Pontífices. desde
el pleito del divorcio de Eorique
VIII de Inglaterra. Esto era
inadmisible, y
por ello, los grandes teólogos, Suárez y Belarmino,
dijeron que
el poder no lo da Dios directamente a una persona,
sino que lo da a la comunidad, y ésta lo tiene que transmitir, poc
que, dice' Suárez, "que no es necesario, ni siquiera conveniente
a la naturaleza, que la autoridad continúe inmutablemente en toda
la comunidad, la cual apenas puede ejercer esa autoridad, mien
tras así permanezca y
no se le añada alguna determinación o mu-
409
•
Fundaci\363n Speiro
EUGENIO VEGAS LATAPIE
tación". Belarmino sostiene que la traslación que de la autoridad
hace la sociedad civil, es por "el mismo derecho natural; porque
la república (nación) no puede, por sí misma, ejercer esta po
testad; luego no puede menos (tenetur) de transferirla en uno
o en pocos (in aliquem
unum vel aliquos paucos); y de esta ma
nera, la potestad de los príncipes, considerada genéricamente, es
también de derecho natural y divino, y no puede el género hu
mano, aunque todo él lo conviniera simultáneamente, establecer lo
contrario, esto es,
que no hubiera príncipes ni gobernantes".
En aquel entonces, esto no trastornaba nada el orden estabk
cido; los reyes seguían tranquilos en sus estadoG porque las teo
rías pactistas apenas habían hecho mella. Aún no habían llegado
Rousseau ni los filósofos del siglo
xvnr. Pero en el siglo xrx
el espíritu racionalista hace que estos conceptos de que el poder
viene del pueblo adquieran una importancia radical, y plantea la
cuestión de cómo es posible
que un derecho que tiene la comuni
dad o la multitud lo entregue y no pueda revocarlo jamás. Si es
que
lo puede entregar, lo puede retirar y, ¡::x>r tanto, queda ca-
mino abierto a todas las rebeliones, y, sobre todo, queda corno
única
forma de gobierno de derecho natural, la democracia, en
tendida
en sentido de soberanía popular que se expresa con la
fórmula,
hoy común, de "un hombre, un voto". Conforme, tam
bién, con la
frase tan manoseada de Lincoln, "El gobierno del
pueblo, por el pueblo y para el pueblo", que estimo verdadera0
mente absurda porque todo gobierno, salvo caso monstruoso, ya
se sabe que es del pueblo y para el pueblo. Esto encontraba ancha
base
en los textos de Belarmino y Suárez.
Los autores que revisan y actualizan esa doctrina en el siglo
xrx sostienen que el poder va directamente de Dios al gobernante
designado
por la sociedad. Son de gran categoría, como el· Pa
dre Taparelli, Meyer, Liberatore, Schiffini, Cathrein, y también
con matizaciones dentro del mismo grupo, el cardenal Fornari,
Schwalm, y el famoso cardenal Billot, que fue sonsultor de Pío X
y que probablemente alguna intervención tendría en la redacción
de la Carta sobre Le Sillon. Este tema, como he dicho, sólo lo
410
Fundaci\363n Speiro
OR.IGEN Y FUNDAMENTO DEL PODER
había leído en eapañol en el libro de don Enrique Gil Robles,
con amplias referencias a las doctrinas del
Padre Taparelli y a
Meyer.
Este tema se ha actualizado de nuevo con el libro publicado
en 1%4 por la Universidad de Navarra, con el título de "La con
creción del poder político'', del
que es autor Rafael María de
Balbín; libro enormemente interesante.
En el siglo .x1x, para evitar los peligros del democratismo ab
soluto que con buena lógica puede derivarse de los principios de
la Revolución Francesa,
una serie de autores expusieron que el
poder
no va nunca a la comunidad y que los dirigentes de ésta,
en ciertos casos, determinan quién ha de ejercer el poder vacante.
Hecha la designación, entonces el poder va directamente de Dios
al designado por la comunidad. Por esto, ningún gobernante pue
de
fundamentar su poder en una designación expresa y nominal
de Dios.
Nadie puede decir: Yo, Fulano de Tal, he sido nom
brado
por Dios. No; lo que puede propiamente decir es, que el
cargo le ha
sido conferido por la -comunidad, por elección, por
herencia, o por otros medios humanos.
Oigamos a León
XIII a este respecto. En la Encíclica Diu-
turnum lllud~ dice así:· '1Muchos de nuestros contemporáneos,
siguiendo las huellas de aquellos
que en el siglo pasado se dieron
a sí mismos el nombre de filósofos, afirman que todo poder viene
del pueblo. Por lo cual, los que ejercen el poder, no lo ejercen
como cosa propia, sino como mandato o delegación del pueblo, y
de tal manera que tiene rango de ley la afirmación de que la
misma voluntad popular que
entrega el poder, puede revocarlo
a su antojo.
Muy diferente es en este punto la doctrina católica_.
que pone en Dios, como en principio natural y necesario, el origen
del poder político."
''Es importante advertir en este punto que los que han de
gobernar los estados pueden ser elegidos en determinadas cir
cunstancias
por la voluntad y juicio de la multitud, sin que la
doctrina católica se oponga o
contradiga esta elección. Con esta
elección se designa el gobernante, pero no se confieren los dere-
411
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EUGENIO VEGAS LATAPIE
chos del poder. Ni se entrega el poder como un mandato, sino
que se establece la persona
que lo ha de ejercer."
Interesa meditar el alcance e importancia de estas palabras:
'1en
determinadas circunstancias" el gobernante puede ser elegido
por la voluntad y juicio de la multitud, sin que esta doctrina se
oponga a la doctrina católica. Por tanto, ésta no sostiene, como
· regla general, que el gobernante tenga que ser elegido por vo
luntad y juíci,1 ác la multitud, sino que, "en determinadas cir
cunstancias", no se opone a ello. Parece que aquí León XIII hace
suya completamente la doctrina de la designación, tal y como la
habían mantenido Taparelli, Cathrein, Meyer, etc.
Años después fue publicada la Carta,
"N otre Charge Aposto
lique", por San Pío X que, ante los errores difundidos por Le
Sillon, sostiene esa misma doctrina eon estas palabras:
"Le Sillon coloca primordialmente la autoridad pública en el
pueblo, del cual deriva inmediatamente a los gobernantes, de tal
manera, sin embargo, que continúa resid=endo en el pueblo. Ahora
bien,
León XIII ha condenado formahnente esta doctrina en su
Encíclica
Dvuturnum Il/u,d sobre el poder político, donde dice:
''Muchos de nuestros contemporáneos, . siguiendo las huellas de
aquellos que en el siglo pasado se dieron a sí mismos
el nombre
de filósofos, afirman que toda autoridad viene del pueblo; por lo
cual, loe; que ejercen el poder, no lo ejercen como cosa propia,
sino como mandato o delegación del pueblo, y de tal manera que
tiene rango
de ley la afirmación de que la misma voluntad que
entregó
el poder puede revocarlo a su antojo. Muy diferente es
en este punto la doctrina católica, que pone en Dios, como en
principio natural y necesario, el origen de la autoridad política .. ,
Y añadía Pío X, terminada la cita de su carta: "Sin duda,
Le Sillon hace derivar de Dios .es.ta autoridad que coloca prime
ramente en el pueblo, pero de tal manera que la «autoridad sube
de
abajo hacia arriba, mientras que, en la organización de·la Igle
sia, el poder desciende de arriba hacia abajo» (Marc Sangnier,
Discours de Rouen,
1907). Pero, además de que es anormal que
la delegación ascienda, puesto que por su misma naturaleza des-
412
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ORIGEN Y FUNDAMENTO DEL PODER
ciende, León XIII ha refutado de antemano esta tentativa de
conciliación de la doctrina católica con el error del filosofismo,
porque prosigue: «Es importante advertir en este punto que los
qne han de gobernar
el Estado pneden ser elegidos en determi
nados casos
por la voluntad y el juicio de la multitud, sin que
la doctrina católica se oponga o contradiga esta elección. Con esta
elección se designan al gobernante, pero no se le confieren los
derechos
del poder, ni se entrega el poder como un mandato,
sino que se establece la persona que lo ha de ejercen (León XIII,
Diutwrnum Tllud) ."
E.s un hecho evidente que dos Pontífices sucesivos han sus
tentado una misma doctrina sobre una cuestión de Derecho Na
tural.
No hablaron ex cathedra, pero, sin embargo, merece ser
meditada la tesis por ellos sustentada. Carece de fundamento pre
tender que León
XIII y Pío X condenaban las opiniones de Be
larmino
y Suárez; tan sólo las despojaban del peligro de inter
pretaciones anárquicas.
El equívoco reside en esta diferencia que
siempre
hay al entender las palabras comunidad, sociedad y pue
blo, según se entienda por pueblo la sociedad organizada en fami
lias, en corporaciones, en municipios, en múltiples formas socia
les; o la masa, el caos atomizado de los individuos, aislados corno
granos de arena.
Pío XII. en su Radiomensaje de Navidad de 1944 sobre la
democracia, llama
pueblo a la sociedad, a lo que está organizado;
masa es la multitud, que
no pnede tener esos derechos; la mul
titud es
el caos. Dice: "Pueblo y multitud amorfa o, como suele
decirse, masa, son dos conceptos diferentes. El pueblo vive y se
mueve por su vida propia; la masa es de por sí inerte
y sólo
puede ser movida desde fuera. El pueblo vive de la plenitud de
vida de los hombres que lo componen, cada uno de los cuales
--en su propio puesto y según su manera propia-, es una per
sona consciente de su propia responsabilidad y de sus propias
acciones. La masa, por el contrario,. es para .el impulso del exte
rior fácil juguete en manos de cualquiera que explote sus instin
tos o sus pasiones, presta a seguir sucesivamente hoy esta ban
dera, mañana otra distinta."
413
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EUGENIO VEGAS LATAPIE
Cuando la multitud está organizada, es otra cosa; es la socie
dad
y, entonces, es a la que pasa el poder por medio de la comuni
dad.
Habrá casos históricos en los que ella es la que manda;
imaginemos el caso del agotamiento de una dinastía entera, o el
de España en 1936, cuando medio país se alzó contra el gobierno
de la República por ser un gobierno tirano; alguien tiene que
gobernar, alguien tiene derecho especial a decir que
no; es la so
ciedad como
un conjunto de organizaciones al frente de las cua
les hay
una serie de autoridades, las autoridades nahtrales, los
poderes sociales de que hablaba Vázquez de
Mella; esos varones
preclaros
son los órganos de la auto-ridad. Pueden ser los mejo
re~
del momento, los que h~blan en nombre de esa comunidad,
los
que pueden modificarla, entregar el gobierno a uno o a va
rios, regular su forma.
El cardenal Billot dice que la comunidad
no tiene poder
pr determinar la fonna de gobierno y la forma de elegir; eso, es
facultad de la sociedad, del pueblo organizado, no de la multitud
amorfa.
Ved cómo los peligros que trataron de prevenir los autores
del siglo
xrx., antes citados, Taparelli, Cathrein, Meyer, etc., y
que han sido advertidos por l.,eón XIII, se han producido, han
tenido
muy graves consecuencias.
Su principal causante ha sido J acques Maritain, expositor que
goza de
un enorme prestigio en el mundo católico actual, y que
durante
muchos años ha sido profesor y maestro de muchos sa
cerdotes e incluso
jerarcas de la Iglesia, que han visto los proble
mas actuales
por sus ojos. Maritain, hasta los veintidós años de
edad fue socialista, humanitarista, republicano, etc. A
los veinti
dós años
se convierte al catolicismo de manera verdaderamente
ejemplar.
El eminente dominico Padre Clerissac, director espiri
tual que fue suyo
-en los primeros años de su conversión, le hace
entrar en el drculo doctrinal del movimiento contrarrevolucionario
de la Acción Francesa. Estudia en
él la crítica de todos los prin
cipios de la Revolución, que nadie como
Maurras ha sabido hacer
hasta
ahora; durante unos quince o veinte años pertenece a este
414
Fundaci\363n Speiro
ORIGEN Y FUNDAMENTO DEL PODER
grupo, y en 1926, cuando ya se ha iniciado el conflicto religioso
de Acción Francesa con
el Vaticano, publica un libro titulado,
"Une opinion sur Oi.arles Maurras et les devoirs du catholique";
habla de las
doctrinas atribuidas a Maurras que pueden encerrar
peligro.
Una de ellas se refiere a la crítica de su posición ante la
democracia. Maritain distingue
tres posiciones : La democracia
como acción benéfica en el pueblo, como demofilia ; es la qlle sos
tuvo León XIII en la Enciclica 'Grame de com,munis. La demo
cracia corno una forma de gobierno, que es
la que Maurras estima
corno la más imperfecta, que es
la que se usaba en algunos can
tones suizos, donde gobernaban los hombres libres, reunidos en
sociedades rudimentarias de muy pocos habitantes, que se reunían
una vez al año en torno a un árbol, y allí nombraban sus gober
nantes y elegían y votaban sus leyes y sus impuestos; es decir,
que no pasaban mucho más de la esfera municipal, en la cual,
lo más natural es la democracia. Y, por último, la democracia en
el sentido de la soberanía popular qne es el que interesa profun
dizar. Y, en ese sentido, subfaya Maritain que los conceptos de
Maurras son definitivos,
Poco tiempo después, Maritain, al separarse de la Acción
Francesa
-se dejó influir por los demócratas cristianos de 'Le Si
llon ; todos los errores de ese movimiento tenían por base un falso
concepto de la dignidad de la persona humana: Maritain recoge
estos errores y los lanza a los cuatro vientos en una serie de vo
lúmenes; tengo uno, "Le Christianisme et la Democratie" en que
interpreta la frase de Aristóteles de que el hombre es un animal
político, diciendo que no solamente significa que el hombre está
hecho para vivir en sociedad, sino, además, que el hombre reclama
naturalmente llevar una vida política
y participar activamente en
la gestión de la comunidad política.
Las libertades políticas y los derechos políticos, especialmente
el derecho de sufragio, reposan -según Maritain-, sobre este
postulado de la naturaleza humana. En ciertos casos, según el
filósofo francés, los hombres han vivido más despreocupados y
más felices al ser como esclavos políticos, o dejando pasivamente
415
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EUGENIO VEGAS LAT APIE
a sus jefes todo el cuidado de dirigir la vida de la comunidad;
abaudouaban entonces un privilegio de dirigir la vida de la co
munidad; abandonaban entonces un privilegio inherente a su na
turaleza: uno de esos privilegios que, en cierto sentido, hace la
vida más dura y traen consigo otros traOOjos, preocupación y
sufrimiento, que corresponden a la dignidad humana. Y en otra
serie de párrafos, sigue Maritain manteniendo el mismo conflic
to.: la democracia,
el derecho de sufragio, el sufragio universal,
la absoluta condición de todos
para tomar parte en todo, son de
derecho natural.
Véanse las consecuencias
que lleva esto consigo: es el· peligro
que podía surgir de las doctrinas de fondo pactista, de que el
poder que una vez estuvo en manos de la comunidad, ésta luego
lo pudiera recuperar.
* * *
Pero es absurdo creer que durante veinte o más siglos, los
hombres han vivido de espaldas a su dignidad porque no ha ha
bido sufragio nniversal; que todas las civilizaciones, los grandes
imperios,
las monarquías, los grandes santos, los grandes poetas,
los
grandes filósofos, todo lo que ha .habido en estos siglos, en
el cuarto, en el sexto, en el que se quiera, Santa Teresa y San
Juan de la Cruz, el Duque de Alba y Cervantes, todos eran es
clavos
políticos, porque vivían más fácilmente, entregando a los
gobernantes, y abandonándoles un derecho que es esencial de la
naturaleza humana.
Con lo dicho creo que
he indicado algo respecto de la impor
tancia que tiene este tema de si el poder va a la éomunidad o no
va a la comunidad. No es una discusión bizantina porque de .ella
se deriva el peligro de democratismos "enragées" a que nos han
llevado_ Marc Sangnier y sus discípulos. Yo recomendaría a m:s.
oyentes que volvieran a leer la Carta "Notre· Charge Apostoli
que", ·que reprodujimos íntegramente en
Verbo (serie IV, nú
meros 34-35). No es muy larga y está pletórica de doctrina. Yo
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ORJGEN Y FUNDAMENTO DEL PODER
recomendaría qne concertaraís con ella las doctrinas que hoy se
están extendiendo. Para que lo que era verdad ayer, no se con
vierta en error mañana. Hay verdades de derecho natural que
no se pueden cambiar; lo que nos entra por los ojos y nos de
muestra la experiencia, tiene un valor. No vamos a decir que
tiene uu valor dogmático, porque San Pío X no lo condenó. El
sufragio universal es malo porque no ti.ene buenos resultados
prácticos.
Según las doctrinas de Maritain, yo, en mi no corta vida, sólo
habría tenido una temporada en que habría vivido con dignidad,
desde
el año 193,l al 1936, o sea en los años de la anárquica Se
gunda República Española la cual desembocó en la Guerra de Li
beración.
¡ Aquélla era la situación de derecho natural, de cligni
dad humana, que nos ofrece el señor Maritain !
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