Índice de contenidos
Número 73
Serie VIII
- Textos Pontificios
- Actas
- Estudios
- Información bibliográfica
Autores
1969
La enseñanza estatal
LA ENSE8ANZA ESTATAL
POR
CHARLES MAURRAS (*).
En la antigua FrOJ1VCia.1 las universidades eran institu
cion1es independientes en1tre sí, cada una de las cuales tenía
su propio estatuto. Al ocurrir la Revolución· existían vein
tiima.
La
mayor parte,
fundadas por
la Iglesia, habían
sido dotadas de tierras
y de privilegios por los particulares,
las comunidades
y los reyes.
Las universidades eran una verdadera asociación cor
porativa de profesores.
Se comprende que, con
tal centro de actividad. cada
provincia tu'IJiera su
vida
in,telectual pro{Jia.
La
Universidad de París se apresuró, desde el comienzo
de la Revolución, en
ofrendar sus felicitaciones
a la
Asam
blea
nacional, asegurándole
que sin cesar llevaría "a la
memoria de sus alumnos los nombres y los beneficios re
cibidos de los ilustres
represen1tcm 1tes de la nación ... , y todas
las
virtudes de las que ellos eran modelo".
¡ La -Universidad fue bien pagada por esa adulación1! De
hecho, constitufu un~ asociación1, un cuerp-o libre. Siendo así
qite, como decfa Le Chaj)elier, '\el aniquifamiento de todas
las clases de corporaciones de ciudadanos del
mism10 estado
y profesión era una de las bases fundamentales de la Cons
titución
franicésa". Las Universidades sufrieron la le,v co,.
mifo. Fueron, disueltas. La Constitwción de 1791 déclaró
como principio
que
sería creada y
organizada ima instruc
ció-ni pública cmnún para todos los ciudadanos. Es la que
pagan
los contribuyentes desde hace ciento cuarenta largos
años.
Napoleón
restableció la Universidad, pero
bajo el
patrón
revolucionario, como
institución estatal y, también, como
medio de
gob1·erno. Hoy
ya
n10 se predica en las escue·!as el
228
(*) Napvleón, avec la Fran-ce ou· contre la France. Paris,
Ernest Flammarion Ed., 1932, cap. VII, pág. 129 y sigs.
Fundaci\363n Speiro
respeto y la fidelidad aJ emperador y a SUJ dinastía sino, lo
que
viene a ser lo mi.wn-o, el
dogma
11 el culto de la Re
pública; en el
aula más pequeña es
e.xp-u,esta la Declaración
de
los derechos del
hombre, desmmtida por la ciencia y
por la razón, pero símbolo de la fe de una secta. El Estado
se toma la facultad de
ordeno,r que se
enseñe lo que le
place; entrega a los maestros y a los catedráticos obras
tendenciosas, piagadas de
los errores
que le convienen; pre
tende edificar a su gwsto la intelige1'cia de la nación, impo
niendo los planes de estudio y que él determina. Así, por
la
famitasía de u.,, ministro;
el estudio de los
clásicos latinos
o
griegos fue triturado
y limitado de un modo ridículo
en 1902.
Se dirá que la enseñanza es libre. Qwienes no quieran
enviar sus hijos a las institu1ciones estatales no tietVen sino
llevarlos a los colegios de instrucción privada. Pero, aún esos
padres qu1e no utilizan la enseñooza estatal la pagan de su
bolsillo. NimJguna subvención se concede a los colegios de
educación, e instru,.cci6n ajenos al Estado. Además, el Estado
no se contenta con establecer los plrmes de enseñanza, sin'o
que se reserva el derecho a sancianar esta e-niseñanza. Ezige,
para expedir u.n título, que el
candidato
j-wstifique no sólo
que está instruido, sino que sabe lo q"e el Estado quiere
que sepa
y del modo que quiere qwe se lo sepa o qu€ se lv
crea. Así
se obliga
" las
instituciones privadas a adaptarse
a los progra'l1'la.S oficiales y, comia éstos están extraordina
riammte recargados, ya, no es Posible sobrecMgarlos aún
más introduciéndoles lo qu:e n:o prevén.
Es claro que el establecimiet11to privado que consiguiese
que wimguno de sus alwm¡nos acabara el bachillerato se vería
p.-ecisado a
cerrar sus
pwertas. Por otra Parte,
como esta
en,señan;za frecuentemente resulta sospechosa a los exami
nadores oficicdes, se esfuerza en
domeñarla,
mcarecién1dole
el espíritu de la emeñanza estatal.
. El
Estado
--maestro de escuela---se
ve
obligado a
hacerse moralista, historiador y teólogo
o, indi
ferentemente, conlram,oralista, contrahistoriador y contrateólogo
no tiene ni la posibilidad
ni el derecho de
abs
tenerse. .
229
Fundaci\363n Speiro
POR
CHARLES MAURRAS (*).
En la antigua FrOJ1VCia.1 las universidades eran institu
cion1es independientes en1tre sí, cada una de las cuales tenía
su propio estatuto. Al ocurrir la Revolución· existían vein
tiima.
La
mayor parte,
fundadas por
la Iglesia, habían
sido dotadas de tierras
y de privilegios por los particulares,
las comunidades
y los reyes.
Las universidades eran una verdadera asociación cor
porativa de profesores.
Se comprende que, con
tal centro de actividad. cada
provincia tu'IJiera su
vida
in,telectual pro{Jia.
La
Universidad de París se apresuró, desde el comienzo
de la Revolución, en
ofrendar sus felicitaciones
a la
Asam
blea
nacional, asegurándole
que sin cesar llevaría "a la
memoria de sus alumnos los nombres y los beneficios re
cibidos de los ilustres
represen1tcm 1tes de la nación ... , y todas
las
virtudes de las que ellos eran modelo".
¡ La -Universidad fue bien pagada por esa adulación1! De
hecho, constitufu un~ asociación1, un cuerp-o libre. Siendo así
qite, como decfa Le Chaj)elier, '\el aniquifamiento de todas
las clases de corporaciones de ciudadanos del
mism10 estado
y profesión era una de las bases fundamentales de la Cons
titución
franicésa". Las Universidades sufrieron la le,v co,.
mifo. Fueron, disueltas. La Constitwción de 1791 déclaró
como principio
que
sería creada y
organizada ima instruc
ció-ni pública cmnún para todos los ciudadanos. Es la que
pagan
los contribuyentes desde hace ciento cuarenta largos
años.
Napoleón
restableció la Universidad, pero
bajo el
patrón
revolucionario, como
institución estatal y, también, como
medio de
gob1·erno. Hoy
ya
n10 se predica en las escue·!as el
228
(*) Napvleón, avec la Fran-ce ou· contre la France. Paris,
Ernest Flammarion Ed., 1932, cap. VII, pág. 129 y sigs.
Fundaci\363n Speiro
respeto y la fidelidad aJ emperador y a SUJ dinastía sino, lo
que
viene a ser lo mi.wn-o, el
dogma
11 el culto de la Re
pública; en el
aula más pequeña es
e.xp-u,esta la Declaración
de
los derechos del
hombre, desmmtida por la ciencia y
por la razón, pero símbolo de la fe de una secta. El Estado
se toma la facultad de
ordeno,r que se
enseñe lo que le
place; entrega a los maestros y a los catedráticos obras
tendenciosas, piagadas de
los errores
que le convienen; pre
tende edificar a su gwsto la intelige1'cia de la nación, impo
niendo los planes de estudio y que él determina. Así, por
la
famitasía de u.,, ministro;
el estudio de los
clásicos latinos
o
griegos fue triturado
y limitado de un modo ridículo
en 1902.
Se dirá que la enseñanza es libre. Qwienes no quieran
enviar sus hijos a las institu1ciones estatales no tietVen sino
llevarlos a los colegios de instrucción privada. Pero, aún esos
padres qu1e no utilizan la enseñooza estatal la pagan de su
bolsillo. NimJguna subvención se concede a los colegios de
educación, e instru,.cci6n ajenos al Estado. Además, el Estado
no se contenta con establecer los plrmes de enseñanza, sin'o
que se reserva el derecho a sancianar esta e-niseñanza. Ezige,
para expedir u.n título, que el
candidato
j-wstifique no sólo
que está instruido, sino que sabe lo q"e el Estado quiere
que sepa
y del modo que quiere qwe se lo sepa o qu€ se lv
crea. Así
se obliga
" las
instituciones privadas a adaptarse
a los progra'l1'la.S oficiales y, comia éstos están extraordina
riammte recargados, ya, no es Posible sobrecMgarlos aún
más introduciéndoles lo qu:e n:o prevén.
Es claro que el establecimiet11to privado que consiguiese
que wimguno de sus alwm¡nos acabara el bachillerato se vería
p.-ecisado a
cerrar sus
pwertas. Por otra Parte,
como esta
en,señan;za frecuentemente resulta sospechosa a los exami
nadores oficicdes, se esfuerza en
domeñarla,
mcarecién1dole
el espíritu de la emeñanza estatal.
. El
Estado
--maestro de escuela---se
ve
obligado a
hacerse moralista, historiador y teólogo
o, indi
ferentemente, conlram,oralista, contrahistoriador y contrateólogo
no tiene ni la posibilidad
ni el derecho de
abs
tenerse. .
229
Fundaci\363n Speiro