Índice de contenidos
Número 74
Serie VIII
- Textos Pontificios
- Actas
- Estudios
- Documentos
- Información bibliográfica
Autores
1969
Vladimiro Lamsdorff Galagane, El concepto de justicia en el marxismo soviético actual
INFORMACION BIBUOGRAFICA
quía Paralela", publicado en inglés por la revista Ap,proaches y
editado en castellano por CIO, S. A. Orfila, 3. Madrid (4), y
de "El affaire PAX, espionaje soviético en la Iglesia", editado
por Afrodisio Aguado, S.
A., 1%5, recogíendo diversos estudios
publicados en la revista francesa
I tinerairesJ apoyados fundamen
talmente en el informe del Cardenal 'Wíchinski.
Que si en un país es mortal el anticatolicismo de ciertos cató
licos, ese país es España.
J. GrL MORENO DE MoRA.
VLADIMIRO LAMSDORFF-GALAGANE: "EL CONCEPTO
DE JUSTICIA EN EL MARXISMO SOVIETICO ACTUAL"
(*)
Nuestro amigo Vladimiro Lamsdorff-Galagane, Profesor Ad
junto titular de Derecho Natural
y Filosofía del Derecho en la
Universidad de Santiago de Compostela, acaba de publicar este
libro, breve e interesantísimo, profundo pero de una- claridad
diáfana, muy documentado pero ágil, con una finura de matiz
tanto más de agradecer cuanto mayores son las contradicciones
que presentan los autores a los que trata de escudriñar su pen
samiento más íntimo.
El Profesor Elías de Tejada, en su prólogo, destaca que el
autor "entra con pujante brío en el escenario de nuestros cul
tivadores de Filosofía del Derecho para ocupar puesto de re lieve primerísimo gracias a la sagacidad de sus observaciones
críticas, al extraordinario manejo de
las fuentes y a una sólida
formación filosófica transparente en cada uno de sus comentarios
y en la justeza de las conclusiones". Y subraya: "Aunque no
fuese más que por el rigor científico
y por la maestría en el ma
nejo de
las fuentes rusas, este libro es
ull libro
excepcional en la
bibliografía filosófico-jurídica en lengua casteHana."
Creemos de sumo interés hacer un amplio resumen del mis
mo que, sin duda, servirá de acicate para su lectura.
La primera parte se dedica al examen de
la justicia en el
m'arxismo originario.
Para Marx, el derecho forma parte de la superestructura. Es,
según su teoría, un mero reflejo de las relaciones económicas de
(*) Biblioteca Hispáriica de Filosofía del Derecho, vol. II, Porto
y Cía. Editores, Santiago de Compostela, 1969.
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Fundaci\363n Speiro
INFORMACION BIBLIOGRAFICA
producción, que constituyen la infraestructura, y, en última ins
tancía, es reductible a éstas. Por eso, no pudo
admitir idea
alguna
de justicia que informara el nacimiento y la vida del derecho, y
que daría lugar a que éste tuviera una existencia propfa, inde,..
pendiente y por encuna de la producc1on material que, en 1a prac
tica, llevaría a un espíritu de objetividad e imparcialidad que
Marx niega haya existido en parte
y momento alguno.
Ante las injusticias de hecho a que llevaba
el capitalismo na
ciente, Marx no fundó su protesta en motivaciones éticas, sino que
intentó configurar "científicamente", o sea de una manera mo
ralmente indiferente, su condena a la sociedad de su tiempo, ana
lizándola con argumentos técnico-económicos y mostrando lo
ah-
surdo
del capitalismo por sus "contradicciones". Así formuló las
leyes, que calificó de "científicas": del valor y de la plusvalía; de la acumulación creciente del capital y de la miseria creciente
del proletariado, y del colapso final del capitalismo. Incluso, para él,
la "toma de conciencia del proletariado", que lleva al cumpli
miento
de esta última ley, no es sino el resultado de las dos an
teriores leyes, no
es, J}ues, una
reacción moral, sino física, "dic
tada por el espíritu de conservación, ineluctable por el deseo me ramente biológico de evitar un dolor. más intenso
al proletariado".
"Quién como yo -escribe Marx en el prólogo de la
l.ª edición
de
El Capital--, concibe el desarroUo de la formación económica
de la sociedad como un proceso histórico na.tura.l) no puede hacer
al individuo responsable de
la existencia de relaciones de que
él es socialmente criatura, aunque subjetivamente· se considera
muy por encima de ellas." Marx, consecuente con su postura, en ninguna parte construc
tiva de su obra ha empleado, haciéndolos suyos, los sustantivos "justicia" y "equidad" ni los adjetivos "justo", "equitativo". In
cluso cuando escribió sobre el derecho, como en su
Crítica al
Programa .de Gotha) sustituyó del~beradamente "derecho justo"
y "derecho injusto", por "derecho igual" y "derecho desigual". Pero, para hallar las "leyes" necesarias del comportamiento
humano, Marx no sigue, como, por
ejemplo, :Keynes,
un método
inductivo a partir de
la observación de los hechos, sino un mé
todo deductivo a partir de ciertos principios adoptados
a priori,
sin que le importe, en el fondo, que las conclusiones estén en
contradicción con los datos de
la observación, y aunque su mé
todo
de deducción no sea silogístico, sino "dialéctico". Esos pun
tos de partida son: el principio del valor "objetivo", residente en
la cosa, consistente en el trabajo socialmente necesario para pro ducirla, y
el principio de equivalencia en el intercambio que lleva
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INFORMACION BIBLIOGRAFICA
a una ley necesaria: todo el que se dedique a hacer intercambios
se
verá, tarde
o temprano, condenado a recibir un producto equi
valente al que ofrece. Ese principio de la equivalencia, que lleva la "plusvalía" al obrero, y en
el que soslaya toda posible "explo
tación del consumidor", parece una férrea formulación· de la jus
ticia conmutativa. Pero, para Marx, coherente consigo mismo,
no es un valor ético, sino algo que se cumple automáticamente
incluso a despecho de los afectados. Sin embargo, Marx no tiene la postura neutral
y desapasiona
da de quien meramente
describe un "proceso histórico-natural",
sino que dedicó toda su larga vida revolucionaria a transformar el
sistema establecido, lo que presupone su aversión a él. Por eso, cabe
preguntar que si Marx protesta contra la "alienación" o la "ex
plotación", acaso ¿ no ·será porque las considera injustas y porque
cree en la
justicia del sistema social que propugna?
Marx
y Engels rechazaron enérgicamente esta interpretación.
"El comunismo no es para nosotros --declaraban- una situación
que debe
ser instaurada,
no es un ideal con el cual deba conformar
se la realidad. Llamamos comunismo al movimiento real que ani
quila la situación actual.
Las condiciones de ese movimiento son
engendradas por las premisas
pre~entes en
la actualidad". De ser
esto cierto, podría haberse dicho, con Stammler, que el Partido
comunista sería algo así como una sociedad de cooperación a los
eclipses de
la luna, en su empeño de acelerar el proceso que debe
conducir a la sociedad comunista, pero no cabe
d4da de
que no
tendría sentido ese empeño en acelerarlo sin una motivación va
lorativa ética.
Igualmente es de notar que, en lo referente a la sociedad
fu
tura, el método empleado no podía permitirles predecir cuál se
ría la organización del proletariado triunfante en la revolución
contra el capitalismo. No puede, pues, afirmarse que Marx haya
previsto con métodos científicos
el advenimiento del comunismo
futuro, sino
como un ideal que se proponf,a instaurar. Por eso,
cree el autor, como Adriano Tilgher, que la teoría marxista fue
construida
a posteriori para justificar un impulso revolucionario
iniciado en nombre de
la justicia. Pero, como ha explicado Eurico
Opocher, dado el declive
que a
la sazón sufría el iusnaturalismo
y
el· aug-e del historicismo hegeliano y del evolucionismo positivis
ta, Marx
y Engels prefirieron -apoyar su argumentación en las
teorías entonces
de moda
e invocar únicamente la
Hciencia" a
su
favor.
Lo cierto es, sin embargo, que Marx y Engels fijaron como
meta el imperativo "de cada cual según sus capacid,ades, a cada
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INFORMACION BIBLIOGRAFICA
cual según sus necesidades". Criterio sólo de igualdad para Marx,
pero que Lenín, en Estado y Revolución, tradujo en criterio de
justicia.
Según Marx, la igualdad se realizaría automáticamente en el
comunismo futuro, o sea desapareciendo como norma reguladora de la conducta hwnana. Pero sólo en el aspecto
ecortóm1co, por
que en cuanto se refiere a honores, prestigio, poder, no nos dice
cómo se produciría, ni
t_~poco nos
ofrece criterio alguno para
las relaciones interindividuales no económicas. Además, como .Kel
sen preguntó, ¿ cuáles son las capacidades de cada uno? y ¿ cuáles
son las necesidades que pueden ser satisfechas? Para fijarlas es
preciso un orden perfectamente determinado, por lo menos para
las necesidades que excedan del mínimo indispensable, que son
diversas para cada uno, por lo cual su solución ha de remitirse
a una autoridad
céntral, siendo
utópico suponer que se llegue a
hacer coincidir los intereses colectivos
y los individuales.
La aplicación futura de su regla no sería -según Marx
efecto de una virtud ética ni de una norma jurídica, que
impli~
carían
categorías del
"deber ser",
puesto que para él ese resul
tado ha de dimanar de un puro
"ser". Pero,
¿cómo? Admitamos
que e1 proletariado, abocado a la revolución,
la hace triunfar y su
prime la propiedad privada,
¿ cómo se realiz.ará luego el resul
tado preconizado por el marxismo? Según Marx
y Engels, para
llegar al mismo han de darse, además,
la supresión de la división
del trabajo y
el advenimiento de una economía de plenitud, que
también nos presentan como inevitables,· "científicamente previs
tos". Los hechos no
parece que_
confirmen tales previsiones, pero
aunque la última se cumpliera con respecto a l'as necesidades
preexistentes que se colmaran, lo más probable es que las gentes buscarían nuevas necesida_des más difíciles de satisfacer para todos,
y, por lo tanto, volverían a existir necesidades no satisfechas
para
algunos, y,
con el objeto de regularlas, tendrían que inter
venir las autoridades, que resolverían dando prioridad a
las. ne
cesidades
que subjetivamente les parecieran más atendibles de
modo que, según la frase de Orwell, "todos serían iguales, pero
algun6s serían más iguales que los otros". Un marxista actual tal vez admita en Marx errores de cálcu
lo, en especial debidos a las circunstancias de la época, pero sos
tiene como básicos sus presupuestos metodológicos. Al autor le
parece precisamente,
al contrario, que los errores de facto-de
Marx provienen de sus falsas premisas metodológicas. Aun apar
te de la exageración de su economismo
y de lo discutible y os
curo del método dialéctico, la hipótesis inicial de que partió toma
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INFORMACION BIBUOGRAFICA
como una de sus premisas la afirmación de que las masas actúan
siempre de conformidad con la satisfacción de sus intereses ma
teriales,
y la aceptó como tal a pesar de que para desmentirla bas
tan todos los ejemplos históricos en los cuales se observan hombres
que actuan
_lX)f ideales religiosos, éticos y poéticos. Lo notable
es que, ante ellos, Marx protesta, indignado ante "ideologías"
perversas, artificios falaces de las "clases dominantes", que en
torpecen la marcha racional de la historia,
y hace misión suya la
de deshacer esas astucias irracionales, generadoras de tantas
"alienaciones", y de convencer al proletariado de cuál es su in
terés real, de acuerdo con el que ha de obrar, conforme al prin
cipio racional que preside la Historia. Al hacerlo,
y al adoptar la ac:titud revolucionaria, no se limitó,
pues, a reclutar colaboradores a un eclipse de luna, sino que quiso someter
el acontecer histórico a una ley "científica", racional,
pero de cumplimiento no espontáneo. Su propósito, frente al de su maestro Hegel, fue recoger la historia empírica, la sociedad
humana real
y efectiva, y hacerla encajar de hecho, físicamente,
en un esquema racional, incluso sintiendo para ello una irrefre
nable tendencia a la coacción física.
Pero Marx no se dio cuenta de que, a través de la historia,
toda ética no
ha hecho otra cosa que tratar de ordenar la con
ducta humana a un principio racional,
y que eso mismo es lo que
intentaba
él. Sin embargo, lo cierto es que toda ética presupone
una
libertad de arbitrio, contradictoria de la "necesidad" preco
nizada por
:Marx. Además,
el mero
querer que el proletariado se
guíe sólo por su interés material, ya supone que
puede no hacer
lo. Y así resulta que no hay
proce_so científicamente ineluctat>le,
y
que corno ético ordena
lo superior a lo inferior, esto es a la
satisfacción de los instintos biológicos que tenemos en común
con los seres irracionales. O sea que, en lugar de una "ciencia"
social, lo que Marx elaboró fue una "ética" social que se ignora
y que desprecia totalmente el método propio de esta disciplina. La segunda parte del libro la dedica el autor a averiguar
de
qué modo el concepto elaborado por Marx, "dé cada uno según
sus capacidades, a cada cual según .sus necesidades",
se ha apli
cado y se aplica en la U. R. S. S., partiendo de que, según Lenín,
el concepto de justicia equivale al de
igualdad de
Marx,
En Pashujanis, todavía se mantuvo viva la postura marxista
con respecto al derecho, pues consideró la justicia corno un re siduo de la necesaria superestructura de
las· normas
jurídicas
"burguesas", corno generalización de las relaciones económicas
del mercado. Pero esta postura fue oficialmente condenada en
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INFORMACION BIBLIOGRAF/é:A
1937 y su sostenedor purgado. Por entonces, P. F. Yudin des
cubrió que en el derecho socialista puede contenerse cierta dosis
de "igualdad", al no existir explotación, puesto que el trabajador
recibe
la plena equivalencia del trabajo aportado ("menos de
ducciones para necesidades nacionales"), si bien reconoció que
el socialismo también había hei-edado cierta "desigualdad en la
posición material de los hombres". Stalin zanjó la cuestión al explicar que la
igualdad significa:
a) que los capitalistas hayan sido derribados y expropiados y
los trabajadores liberados de explotación; b) la supresión de la
propiedad privada de los medios de producción;
e) en la sociedad
socialista,
la obligación de todos-de trabajar según sus capacida
des
y el derecho igual a la remuneración según el trabajo, y d)
en la sociedad comunista, frente a igual obligación de trabajar
según sus capacidades, un derecho igual a la remuneración según
sus necesidades.
V ychinski se atrevió a reconocer que la distribución socialis
ta, según el trabajo, es todavía una "injusticia" que subsiste por necesidad, pero que cada día es más mitigada y disminuida. Cier
to que otros autores de ese período
hablan, menos
crudamente_, de
que se trata de una "igualdad real", aunque no
"en su
forma más
elevada". Lo que se intentaba demostrar así era que el derecho
soviético, justo, deseable
y necesario, no contradecía el pensamien
to de Marx ni de Lenín. Pero de lo que nadie se preocupa ni se
ha preocupado es de dar una razón lógica -siquiera lógico-dialéc
tica~ de
la mutabilidad en el tiempo de un valor absoluto, sig
nificada en el hecho de que la igualdad pueda consistir bajo el
sodalismo en
una cosa
·y bajo el comunismo en otra.
En estos últimos tiempos, la justicia es para los autores so
viéticos un problema filosófico ignorado, más que negado. Salvo
alguna excepción, como la reciente de Iakuba, sólo· hablan de
justicia por necesidad, como en las enciclopedias, diccionarios
y
manuales, o bien respondiendo a las _críticas occidentales. Y en
caso alguno se plantean el problema de la ley injusta, ya que
dan por supuesto que el derecho socialista es justo por el mero
hecho de ser socialista. De puertas adentro no cabe,
pues, una
doc
trina reivindicativa de la justicia.
La doctrina acerca de ésta no es
nada más que uno apéndice de
la legislación soviética.
No hay
polémic8-s sobre
la justicia, sin duda
por la
subordi
nación del pensamiento filosófico, ético y jurídico en
la U. R. S. S.
al Estado, al Partido y a los jefes de éste. Lo evidente es que en el vigente derecho soviético predominan tres criterios de jus
ticia, que se definen así : propiedad social de los medios de pro-
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INPORMACION BIBUOGRAPICA
ducción y falta de explotación del hombre por el hombre; dis
tribuc1on según el trabajo,
y los princip,os generales del dere
cho soviético que desarrollan los dos anteriores criterios. En
cambio, el de la distribución "según las necesidades", es .decir,
el
auténtico criterio marxista, es omitido, puesto que
la doctrina
soviética declara justo un
sistema econórn1co en el cual permanece
la economía monetaria, basada en el intercambio de bienes y ser
vicios, en el que el trabajador se limita a ejercer la
especialidad
que
le ha sido asignada en la subsistente división del trabajo,
y
percibe un salario que se proclama ju.$to según el criterio conmu
tativo de distribución "según el trabajo" -tanto has trabajado,
tanto cobras- como en los países capitalistas.
El régimen busca
la salida de esta contradicción al declarar
que el socialismo "es justo"
y el comunismo "es aún más justo".
Pero lo cierto es que, hoy por hoy, traducido a las categorías
clásicas de justicia, el marxismo soviético actual, teóricamente con sidera que:
a) En la relación de la parte al todo, es decir, de miembro
de la sociedad con la sociedad entera, es justo que el miembro dé
a la sociedad todo lo que es capaz de darle.
b) En la relación del todo a
la parte, es decir, de la sociedad
a sus miembros, la sociedad no está obligada a satisfacer a éstos,
sino el valor del trabajo efectuado.
e) No ha lugar a la relación de parte a parte, o sea de ciuda
dano
a ciudadano, puesto que todo ciudadano debe entregar a
la sociedad todo lo que es
capaz de
entregar.
Sin embargo, en la práctica no ocurre así. En primer lugar,
el criterio de distribución según el trabajo productor de bienes
materiales, conforme al criterio marxista, supondría el abandono
de la justicia distributiva para limitarse a
la conmutativa, entre
el Estado
y cada ciudadano que produjera bienes materiales, lo
cual es desmentido por el dinero destinado --como en los
paises
occidentales-
a seguridad social, enseñanza, asistencia médi
ca, etc., y por los sueldos asignados a los que no son productores
en el sentido material rigurosamente marxista. Por otra parte, el
derecho positivo soviético regula también relaciones económicas
entre particulares, compraventa, sucesión,
y castiga el robo y la
estafa, lo que implica realidades que contradicen los puros prin
cipios.
Pero es más; el trabajo excedente -es decir, no el que crea
el producto destinado al consumo, sino el que origina el plus
producto destinado a la ampliación de la producción- no es abo nado al obrero, cosa que el marxismo reprocha al capitalismo,
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INFORMACION BIBLIOGRAFICA
pero que en U. R. S. S. los "órganos de gobierno" por sí mis
mos, partiendo de criterios que sólo ellos conocen, detraen de
la
población, en uso del poder que su calidad les confiere, De ahí que la diferencia entre la sociedad socialista
y la capitalista sería
más nominal que real, si pudiéramos prescindir del número de
capitalistas existentes.
Por lo tanto, utilizar un concepto de justicia que sirva para
marcar la diferencia entre ambos regímenes sociales, basado en
la idea de la explotación, puede resultar útil tan sólo a efectos
propagandísticos, pero en \lingún caso refleja lo que es la jus
ticia en la realidad,
y ni siquiera expresa -dado que no se cum
ple, ni se intenta cumplir, en la práctica- el principio general
práctico que guíe al legislador, al juez o al administrador so
viético.
Estos son el itinerario y la conclusión a que Vladimiro
Lamsdorff-Galagane nos lleva en forma documentada e implaca
ble. Esperemos que continúe su importantísima labor con el es
tudio, que nos promete, de las instituciones concretas del derecho
positivo de la U.
R. S. S.
JUAN V ALLll'l' Dll GoYTISOLO.
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quía Paralela", publicado en inglés por la revista Ap,proaches y
editado en castellano por CIO, S. A. Orfila, 3. Madrid (4), y
de "El affaire PAX, espionaje soviético en la Iglesia", editado
por Afrodisio Aguado, S.
A., 1%5, recogíendo diversos estudios
publicados en la revista francesa
I tinerairesJ apoyados fundamen
talmente en el informe del Cardenal 'Wíchinski.
Que si en un país es mortal el anticatolicismo de ciertos cató
licos, ese país es España.
J. GrL MORENO DE MoRA.
VLADIMIRO LAMSDORFF-GALAGANE: "EL CONCEPTO
DE JUSTICIA EN EL MARXISMO SOVIETICO ACTUAL"
(*)
Nuestro amigo Vladimiro Lamsdorff-Galagane, Profesor Ad
junto titular de Derecho Natural
y Filosofía del Derecho en la
Universidad de Santiago de Compostela, acaba de publicar este
libro, breve e interesantísimo, profundo pero de una- claridad
diáfana, muy documentado pero ágil, con una finura de matiz
tanto más de agradecer cuanto mayores son las contradicciones
que presentan los autores a los que trata de escudriñar su pen
samiento más íntimo.
El Profesor Elías de Tejada, en su prólogo, destaca que el
autor "entra con pujante brío en el escenario de nuestros cul
tivadores de Filosofía del Derecho para ocupar puesto de re lieve primerísimo gracias a la sagacidad de sus observaciones
críticas, al extraordinario manejo de
las fuentes y a una sólida
formación filosófica transparente en cada uno de sus comentarios
y en la justeza de las conclusiones". Y subraya: "Aunque no
fuese más que por el rigor científico
y por la maestría en el ma
nejo de
las fuentes rusas, este libro es
ull libro
excepcional en la
bibliografía filosófico-jurídica en lengua casteHana."
Creemos de sumo interés hacer un amplio resumen del mis
mo que, sin duda, servirá de acicate para su lectura.
La primera parte se dedica al examen de
la justicia en el
m'arxismo originario.
Para Marx, el derecho forma parte de la superestructura. Es,
según su teoría, un mero reflejo de las relaciones económicas de
(*) Biblioteca Hispáriica de Filosofía del Derecho, vol. II, Porto
y Cía. Editores, Santiago de Compostela, 1969.
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producción, que constituyen la infraestructura, y, en última ins
tancía, es reductible a éstas. Por eso, no pudo
admitir idea
alguna
de justicia que informara el nacimiento y la vida del derecho, y
que daría lugar a que éste tuviera una existencia propfa, inde,..
pendiente y por encuna de la producc1on material que, en 1a prac
tica, llevaría a un espíritu de objetividad e imparcialidad que
Marx niega haya existido en parte
y momento alguno.
Ante las injusticias de hecho a que llevaba
el capitalismo na
ciente, Marx no fundó su protesta en motivaciones éticas, sino que
intentó configurar "científicamente", o sea de una manera mo
ralmente indiferente, su condena a la sociedad de su tiempo, ana
lizándola con argumentos técnico-económicos y mostrando lo
ah-
surdo
del capitalismo por sus "contradicciones". Así formuló las
leyes, que calificó de "científicas": del valor y de la plusvalía; de la acumulación creciente del capital y de la miseria creciente
del proletariado, y del colapso final del capitalismo. Incluso, para él,
la "toma de conciencia del proletariado", que lleva al cumpli
miento
de esta última ley, no es sino el resultado de las dos an
teriores leyes, no
es, J}ues, una
reacción moral, sino física, "dic
tada por el espíritu de conservación, ineluctable por el deseo me ramente biológico de evitar un dolor. más intenso
al proletariado".
"Quién como yo -escribe Marx en el prólogo de la
l.ª edición
de
El Capital--, concibe el desarroUo de la formación económica
de la sociedad como un proceso histórico na.tura.l) no puede hacer
al individuo responsable de
la existencia de relaciones de que
él es socialmente criatura, aunque subjetivamente· se considera
muy por encima de ellas." Marx, consecuente con su postura, en ninguna parte construc
tiva de su obra ha empleado, haciéndolos suyos, los sustantivos "justicia" y "equidad" ni los adjetivos "justo", "equitativo". In
cluso cuando escribió sobre el derecho, como en su
Crítica al
Programa .de Gotha) sustituyó del~beradamente "derecho justo"
y "derecho injusto", por "derecho igual" y "derecho desigual". Pero, para hallar las "leyes" necesarias del comportamiento
humano, Marx no sigue, como, por
ejemplo, :Keynes,
un método
inductivo a partir de
la observación de los hechos, sino un mé
todo deductivo a partir de ciertos principios adoptados
a priori,
sin que le importe, en el fondo, que las conclusiones estén en
contradicción con los datos de
la observación, y aunque su mé
todo
de deducción no sea silogístico, sino "dialéctico". Esos pun
tos de partida son: el principio del valor "objetivo", residente en
la cosa, consistente en el trabajo socialmente necesario para pro ducirla, y
el principio de equivalencia en el intercambio que lleva
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a una ley necesaria: todo el que se dedique a hacer intercambios
se
verá, tarde
o temprano, condenado a recibir un producto equi
valente al que ofrece. Ese principio de la equivalencia, que lleva la "plusvalía" al obrero, y en
el que soslaya toda posible "explo
tación del consumidor", parece una férrea formulación· de la jus
ticia conmutativa. Pero, para Marx, coherente consigo mismo,
no es un valor ético, sino algo que se cumple automáticamente
incluso a despecho de los afectados. Sin embargo, Marx no tiene la postura neutral
y desapasiona
da de quien meramente
describe un "proceso histórico-natural",
sino que dedicó toda su larga vida revolucionaria a transformar el
sistema establecido, lo que presupone su aversión a él. Por eso, cabe
preguntar que si Marx protesta contra la "alienación" o la "ex
plotación", acaso ¿ no ·será porque las considera injustas y porque
cree en la
justicia del sistema social que propugna?
Marx
y Engels rechazaron enérgicamente esta interpretación.
"El comunismo no es para nosotros --declaraban- una situación
que debe
ser instaurada,
no es un ideal con el cual deba conformar
se la realidad. Llamamos comunismo al movimiento real que ani
quila la situación actual.
Las condiciones de ese movimiento son
engendradas por las premisas
pre~entes en
la actualidad". De ser
esto cierto, podría haberse dicho, con Stammler, que el Partido
comunista sería algo así como una sociedad de cooperación a los
eclipses de
la luna, en su empeño de acelerar el proceso que debe
conducir a la sociedad comunista, pero no cabe
d4da de
que no
tendría sentido ese empeño en acelerarlo sin una motivación va
lorativa ética.
Igualmente es de notar que, en lo referente a la sociedad
fu
tura, el método empleado no podía permitirles predecir cuál se
ría la organización del proletariado triunfante en la revolución
contra el capitalismo. No puede, pues, afirmarse que Marx haya
previsto con métodos científicos
el advenimiento del comunismo
futuro, sino
como un ideal que se proponf,a instaurar. Por eso,
cree el autor, como Adriano Tilgher, que la teoría marxista fue
construida
a posteriori para justificar un impulso revolucionario
iniciado en nombre de
la justicia. Pero, como ha explicado Eurico
Opocher, dado el declive
que a
la sazón sufría el iusnaturalismo
y
el· aug-e del historicismo hegeliano y del evolucionismo positivis
ta, Marx
y Engels prefirieron -apoyar su argumentación en las
teorías entonces
de moda
e invocar únicamente la
Hciencia" a
su
favor.
Lo cierto es, sin embargo, que Marx y Engels fijaron como
meta el imperativo "de cada cual según sus capacid,ades, a cada
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cual según sus necesidades". Criterio sólo de igualdad para Marx,
pero que Lenín, en Estado y Revolución, tradujo en criterio de
justicia.
Según Marx, la igualdad se realizaría automáticamente en el
comunismo futuro, o sea desapareciendo como norma reguladora de la conducta hwnana. Pero sólo en el aspecto
ecortóm1co, por
que en cuanto se refiere a honores, prestigio, poder, no nos dice
cómo se produciría, ni
t_~poco nos
ofrece criterio alguno para
las relaciones interindividuales no económicas. Además, como .Kel
sen preguntó, ¿ cuáles son las capacidades de cada uno? y ¿ cuáles
son las necesidades que pueden ser satisfechas? Para fijarlas es
preciso un orden perfectamente determinado, por lo menos para
las necesidades que excedan del mínimo indispensable, que son
diversas para cada uno, por lo cual su solución ha de remitirse
a una autoridad
céntral, siendo
utópico suponer que se llegue a
hacer coincidir los intereses colectivos
y los individuales.
La aplicación futura de su regla no sería -según Marx
efecto de una virtud ética ni de una norma jurídica, que
impli~
carían
categorías del
"deber ser",
puesto que para él ese resul
tado ha de dimanar de un puro
"ser". Pero,
¿cómo? Admitamos
que e1 proletariado, abocado a la revolución,
la hace triunfar y su
prime la propiedad privada,
¿ cómo se realiz.ará luego el resul
tado preconizado por el marxismo? Según Marx
y Engels, para
llegar al mismo han de darse, además,
la supresión de la división
del trabajo y
el advenimiento de una economía de plenitud, que
también nos presentan como inevitables,· "científicamente previs
tos". Los hechos no
parece que_
confirmen tales previsiones, pero
aunque la última se cumpliera con respecto a l'as necesidades
preexistentes que se colmaran, lo más probable es que las gentes buscarían nuevas necesida_des más difíciles de satisfacer para todos,
y, por lo tanto, volverían a existir necesidades no satisfechas
para
algunos, y,
con el objeto de regularlas, tendrían que inter
venir las autoridades, que resolverían dando prioridad a
las. ne
cesidades
que subjetivamente les parecieran más atendibles de
modo que, según la frase de Orwell, "todos serían iguales, pero
algun6s serían más iguales que los otros". Un marxista actual tal vez admita en Marx errores de cálcu
lo, en especial debidos a las circunstancias de la época, pero sos
tiene como básicos sus presupuestos metodológicos. Al autor le
parece precisamente,
al contrario, que los errores de facto-de
Marx provienen de sus falsas premisas metodológicas. Aun apar
te de la exageración de su economismo
y de lo discutible y os
curo del método dialéctico, la hipótesis inicial de que partió toma
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INFORMACION BIBUOGRAFICA
como una de sus premisas la afirmación de que las masas actúan
siempre de conformidad con la satisfacción de sus intereses ma
teriales,
y la aceptó como tal a pesar de que para desmentirla bas
tan todos los ejemplos históricos en los cuales se observan hombres
que actuan
_lX)f ideales religiosos, éticos y poéticos. Lo notable
es que, ante ellos, Marx protesta, indignado ante "ideologías"
perversas, artificios falaces de las "clases dominantes", que en
torpecen la marcha racional de la historia,
y hace misión suya la
de deshacer esas astucias irracionales, generadoras de tantas
"alienaciones", y de convencer al proletariado de cuál es su in
terés real, de acuerdo con el que ha de obrar, conforme al prin
cipio racional que preside la Historia. Al hacerlo,
y al adoptar la ac:titud revolucionaria, no se limitó,
pues, a reclutar colaboradores a un eclipse de luna, sino que quiso someter
el acontecer histórico a una ley "científica", racional,
pero de cumplimiento no espontáneo. Su propósito, frente al de su maestro Hegel, fue recoger la historia empírica, la sociedad
humana real
y efectiva, y hacerla encajar de hecho, físicamente,
en un esquema racional, incluso sintiendo para ello una irrefre
nable tendencia a la coacción física.
Pero Marx no se dio cuenta de que, a través de la historia,
toda ética no
ha hecho otra cosa que tratar de ordenar la con
ducta humana a un principio racional,
y que eso mismo es lo que
intentaba
él. Sin embargo, lo cierto es que toda ética presupone
una
libertad de arbitrio, contradictoria de la "necesidad" preco
nizada por
:Marx. Además,
el mero
querer que el proletariado se
guíe sólo por su interés material, ya supone que
puede no hacer
lo. Y así resulta que no hay
proce_so científicamente ineluctat>le,
y
que corno ético ordena
lo superior a lo inferior, esto es a la
satisfacción de los instintos biológicos que tenemos en común
con los seres irracionales. O sea que, en lugar de una "ciencia"
social, lo que Marx elaboró fue una "ética" social que se ignora
y que desprecia totalmente el método propio de esta disciplina. La segunda parte del libro la dedica el autor a averiguar
de
qué modo el concepto elaborado por Marx, "dé cada uno según
sus capacidades, a cada cual según .sus necesidades",
se ha apli
cado y se aplica en la U. R. S. S., partiendo de que, según Lenín,
el concepto de justicia equivale al de
igualdad de
Marx,
En Pashujanis, todavía se mantuvo viva la postura marxista
con respecto al derecho, pues consideró la justicia corno un re siduo de la necesaria superestructura de
las· normas
jurídicas
"burguesas", corno generalización de las relaciones económicas
del mercado. Pero esta postura fue oficialmente condenada en
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INFORMACION BIBLIOGRAF/é:A
1937 y su sostenedor purgado. Por entonces, P. F. Yudin des
cubrió que en el derecho socialista puede contenerse cierta dosis
de "igualdad", al no existir explotación, puesto que el trabajador
recibe
la plena equivalencia del trabajo aportado ("menos de
ducciones para necesidades nacionales"), si bien reconoció que
el socialismo también había hei-edado cierta "desigualdad en la
posición material de los hombres". Stalin zanjó la cuestión al explicar que la
igualdad significa:
a) que los capitalistas hayan sido derribados y expropiados y
los trabajadores liberados de explotación; b) la supresión de la
propiedad privada de los medios de producción;
e) en la sociedad
socialista,
la obligación de todos-de trabajar según sus capacida
des
y el derecho igual a la remuneración según el trabajo, y d)
en la sociedad comunista, frente a igual obligación de trabajar
según sus capacidades, un derecho igual a la remuneración según
sus necesidades.
V ychinski se atrevió a reconocer que la distribución socialis
ta, según el trabajo, es todavía una "injusticia" que subsiste por necesidad, pero que cada día es más mitigada y disminuida. Cier
to que otros autores de ese período
hablan, menos
crudamente_, de
que se trata de una "igualdad real", aunque no
"en su
forma más
elevada". Lo que se intentaba demostrar así era que el derecho
soviético, justo, deseable
y necesario, no contradecía el pensamien
to de Marx ni de Lenín. Pero de lo que nadie se preocupa ni se
ha preocupado es de dar una razón lógica -siquiera lógico-dialéc
tica~ de
la mutabilidad en el tiempo de un valor absoluto, sig
nificada en el hecho de que la igualdad pueda consistir bajo el
sodalismo en
una cosa
·y bajo el comunismo en otra.
En estos últimos tiempos, la justicia es para los autores so
viéticos un problema filosófico ignorado, más que negado. Salvo
alguna excepción, como la reciente de Iakuba, sólo· hablan de
justicia por necesidad, como en las enciclopedias, diccionarios
y
manuales, o bien respondiendo a las _críticas occidentales. Y en
caso alguno se plantean el problema de la ley injusta, ya que
dan por supuesto que el derecho socialista es justo por el mero
hecho de ser socialista. De puertas adentro no cabe,
pues, una
doc
trina reivindicativa de la justicia.
La doctrina acerca de ésta no es
nada más que uno apéndice de
la legislación soviética.
No hay
polémic8-s sobre
la justicia, sin duda
por la
subordi
nación del pensamiento filosófico, ético y jurídico en
la U. R. S. S.
al Estado, al Partido y a los jefes de éste. Lo evidente es que en el vigente derecho soviético predominan tres criterios de jus
ticia, que se definen así : propiedad social de los medios de pro-
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INPORMACION BIBUOGRAPICA
ducción y falta de explotación del hombre por el hombre; dis
tribuc1on según el trabajo,
y los princip,os generales del dere
cho soviético que desarrollan los dos anteriores criterios. En
cambio, el de la distribución "según las necesidades", es .decir,
el
auténtico criterio marxista, es omitido, puesto que
la doctrina
soviética declara justo un
sistema econórn1co en el cual permanece
la economía monetaria, basada en el intercambio de bienes y ser
vicios, en el que el trabajador se limita a ejercer la
especialidad
que
le ha sido asignada en la subsistente división del trabajo,
y
percibe un salario que se proclama ju.$to según el criterio conmu
tativo de distribución "según el trabajo" -tanto has trabajado,
tanto cobras- como en los países capitalistas.
El régimen busca
la salida de esta contradicción al declarar
que el socialismo "es justo"
y el comunismo "es aún más justo".
Pero lo cierto es que, hoy por hoy, traducido a las categorías
clásicas de justicia, el marxismo soviético actual, teóricamente con sidera que:
a) En la relación de la parte al todo, es decir, de miembro
de la sociedad con la sociedad entera, es justo que el miembro dé
a la sociedad todo lo que es capaz de darle.
b) En la relación del todo a
la parte, es decir, de la sociedad
a sus miembros, la sociedad no está obligada a satisfacer a éstos,
sino el valor del trabajo efectuado.
e) No ha lugar a la relación de parte a parte, o sea de ciuda
dano
a ciudadano, puesto que todo ciudadano debe entregar a
la sociedad todo lo que es
capaz de
entregar.
Sin embargo, en la práctica no ocurre así. En primer lugar,
el criterio de distribución según el trabajo productor de bienes
materiales, conforme al criterio marxista, supondría el abandono
de la justicia distributiva para limitarse a
la conmutativa, entre
el Estado
y cada ciudadano que produjera bienes materiales, lo
cual es desmentido por el dinero destinado --como en los
paises
occidentales-
a seguridad social, enseñanza, asistencia médi
ca, etc., y por los sueldos asignados a los que no son productores
en el sentido material rigurosamente marxista. Por otra parte, el
derecho positivo soviético regula también relaciones económicas
entre particulares, compraventa, sucesión,
y castiga el robo y la
estafa, lo que implica realidades que contradicen los puros prin
cipios.
Pero es más; el trabajo excedente -es decir, no el que crea
el producto destinado al consumo, sino el que origina el plus
producto destinado a la ampliación de la producción- no es abo nado al obrero, cosa que el marxismo reprocha al capitalismo,
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INFORMACION BIBLIOGRAFICA
pero que en U. R. S. S. los "órganos de gobierno" por sí mis
mos, partiendo de criterios que sólo ellos conocen, detraen de
la
población, en uso del poder que su calidad les confiere, De ahí que la diferencia entre la sociedad socialista
y la capitalista sería
más nominal que real, si pudiéramos prescindir del número de
capitalistas existentes.
Por lo tanto, utilizar un concepto de justicia que sirva para
marcar la diferencia entre ambos regímenes sociales, basado en
la idea de la explotación, puede resultar útil tan sólo a efectos
propagandísticos, pero en \lingún caso refleja lo que es la jus
ticia en la realidad,
y ni siquiera expresa -dado que no se cum
ple, ni se intenta cumplir, en la práctica- el principio general
práctico que guíe al legislador, al juez o al administrador so
viético.
Estos son el itinerario y la conclusión a que Vladimiro
Lamsdorff-Galagane nos lleva en forma documentada e implaca
ble. Esperemos que continúe su importantísima labor con el es
tudio, que nos promete, de las instituciones concretas del derecho
positivo de la U.
R. S. S.
JUAN V ALLll'l' Dll GoYTISOLO.
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