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El principio de subsidiariedad

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Crónica de la XIX Reunión de amigos de la Ciudad Católica. El principio de subsidiariedad

CRONICA DE LA XIX RIEUNION DE AMIGOS
DE LA CIUDAD CATOLICA
Los días 6, 7 y 8 de diciembre nos hemos reunido los amigos
de la Ciudad Católica en la Residencia de San Pedro Mártir de los
RR. PP. Dominicos ( Alcobendas -Madrid) para celebrar nuestra
XIX reunión bajo el tema del Principio de Subsidiaciedad.
Más de
150 han sido los asistentes a este Congreso. Qui>iéramos
destacar la presencia de nuestro amigo el doctor Rafael Heroáodez, De­
cano de la Facultad de Ciencias de la Educación de la Universidad Ca­
tólica de Chile; y, cómo no, la asistencia de nuestros amigos del Office
lnternational, Jean Pierre Moreau y Patricio Jobbé Duval, que nos
leyó una emotiva carta de
Jean Ousaet. También se releyó uu tele­
grama de nuestro amigo
portugués Antonio da Cruz Rodríguez, Pre­
sidente del Círculo Vector, y una carta del veterano Manuel Arquee,
lamentando su ausencia motivada por razones de salud.
Sin
más preámbulos ya vamos a hacer una exposición de lo que
ha sido este XIX Congreso, comenzando por los actos religiosos
para proseguir con las conferencias, foros, encuentros, otros actos
y clausura .
. El día 6 ofició la misa el padre Monsegú C P., que centró su
plática en
el Adviento y comentó las lecturas del día.
El día 7 el padre Urdanoz O. P. glosó los textos
de la liturgia
aplicándolos a la Restauración,
y nos habló de la juventud que. debe
ir al compromiso con Cristo.
Las dos tardes de sábado y domingo Mosén Enrique Doménech
dirigió el rezo del Santo Rosario.
El último día del Congreso,
el día 8, festividad de la Inmaculada,
ofició
la misa el padre Navarro C. P. C. R., quien en su plática nos
habló de
la Virgen, a la que Dios había librado del pecado original,
pero que, no contento con esto, la había llenado de gracia. Ella es
la llena de Gracia.
El coro de las Cruzadas de Santa María entonó en los actos reli­
giosos los cánticos litúrgicos, coadyuvando a la elevación piadosa
del ambiente.
V
amos ahora a resumir las conferencias, foros y encuentros que
han llenado estos tres días de trabajo: ·
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XIX REUNION DE LOS AMIGOS DE LA CIUDAD CATOLICA
I. CONFERIENCIAS
Sábado 6 de diciembre
EL SENTIDO DEL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD
Francisco Canals Vida/,
Catedrático
de Metaf'ISica de la Universidad de Barcelona
Como ambientación del tema, el conferenciante, a modo de in­
troducción previa a los desarrollos diversos en que se concreta este
principio, desarrolló la idea de que se trata de una actitud práctica
fundada en la concepción cristiana del mundo como universo plural,
que participa y tiene su principio en la creación y en la pruden~ia
por la que Dios ha defendido el bien de múltiples modos y en grados
distintos en
las cosas y en el hombre.
Presentó las políticas modernas, de inspiración anticristiana~ como
puesta en práctica del
inmanen tismo que pretende confundir en un
monismo, destructor del hombre como ser personal, todas las dimen­
siones de la realidad y todas las actividades individuales y sociales.
EL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDA:D EN EL MUNDO
INORGANICO
Julio Garrido Mareca,
Ácadémico de número
de la Real de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales
Después de recordar las relaciones que deben existir entre la fi­
losofía y las. ciencias naturales, el conferenciante señaló la existencia
de diferentes niveles de organización en la naturaleza: el mundo inor­
gánico, el mundo biológico, el humano y el mundo teológico.
En el mundo inorgánico también existen diversos niveles, que
van desde el átQmo a los sistemas planetarios. En todos estos niveles
hay que distinguir estructuras, fenómenos y acontecimientos y la in­
cidencia en éstos del mundo biológico, de la acción humana y del
mundo sobrenatural.
El mundo inorgánico está regido por leyes, pero estas leyes de­
penden del nivel de organi>ación que se coosidere. El comportamien­
to de los objetos a un nivel determinado depende de
las leyes que
actúan a un nivel inferior, pero existen leyes suplementarias. El co­
nocimiento de cada uno de los niveles ayuda a la comprensión de los
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niveles superiores e inferiores, siendo cada uno subsidiario_ de 1~
otros, en una subsidiariedad que se ejerce en ambos sentidos: los
niveles superiores dependen de los inferiores, pero también éstos de
aquéllos.
EL PRINCIPIO
DE LA SUBSIDIARIEDAD SEGUN
LA
F!WSOFIA DE LA NATIJRALEZA
José Maria Petit Sullá,
Catedrático de Filosofía de la Naturaleza de la Universidad de Barcelona
En una breve introducción al tema, don José María Petit definió
el Principio de Subsidiariedad: cada cosa
es ella misma y ha de ac­
tuar según su ser.
En la que denominó perspectiva teológica, hizo referencia a la
creación : Dios creó al hombre y lo colocó en la naturaleza, confi­
riéndole su gobierno,
en el que usa de su libertad, pero debe respetar
sus leyes, ínsitas
en aquélla por su Creador. Habló también del Evan­
gelio,
en el que las parábolas comparan todo con la naturaleza : la Pro­
videncia, el Reino de
los Cielos, la Iglesia ... La filosofía de la natu­
raleza confirma la perspectiva teológica, como explicó el conferen­
ciante r:efiriéndose a esta perspectiva. Frente a ella, surge el mecanicis­
mo cuya visión
es materialista, no hay cosas en la. naturaleza, sólo con­
formaciones espaciales de partículas elementales. Llega así a la conclu­
sión de que
no hay formas en la naturaleza, y, como fuera de la forma
no hay ser, sólo hay movimiento. Siguiendo esta teoría mecanicista se
llega a no distinguir nada, ni siquiera padres de hijos, hombre de
mujer ... , en nombre de una unificación superior. Por lo tanto, a la
vez que se quita la trascendencia al hombre, se le mata la indivi­
dualidad.
EL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD Y LA NATIJRALEZA
DEL
HOMBRE
Angel Gonzdlez A lvarez,
Catedrático en Metafisica de la Universidad Complutense de Madrid
El ponente planteó el sentido de su intervención como la bús­
queda de una fundamentación del Principio de Subsidiariedad en la
naturaleza humana. Por tratarse de WI principio ético-social habrá que
indagar el fundamento en la dimensión ética del sujeto social. Pero
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XIX REUNION DE LOS AMIGOS DE LA CIUDAD CATOUCA
toda tarea de fundamentación _pertenece, por derecho propio, a 1a sabiduría filosófica o teológica.
El Principio de Subsidiariedad contiene tres preceptos que se
fundamentan así:
1. El individuo y la comunidad menor, como miembros de un
todo, tienen la ineludible obligación de hacer por propia
iniciativa en favor del todo social cuanto sus fuerzas le per­
mitan.
2. La sociedad no puede moralmente privar a sus miembros de
las aportaciones y tareas sociales que corresponden a su misión.
3. La sociedad está obligada a prestar ayuda tanto a los indi­
viduos como a · 1as formas sociales y a los órdenes comunita­
rios subordinados, fomentando las condiciones
para su pro­
moción y desarrollo, a fin de que puedan cumplir la función
que
les afecta en orden al bien de toda la sociedad.
El profesor González Alvarez enunció esta regla válida para toda
fundamentación : lo fundante y
lo fundado pertenecen al mismo
orden. Por tanto, si el Principio de Subsidiariedad se manifiesta
en el orden ético-social, su fundamento sólo podrá ser hallado en
el ámbito del ethos social. Y, como la subsidiariedad .es una pecu­
liar norma reguladora de la conducta ética en la relación del todo
social a
sus miembros, su fundamento inmediato hay que ponerlo
en el bien común, ley general y principio especificador de la sociedad.
Es fácil mostrar que afecta por igual a las tres fórmulas que distri­
buyen el contenido del principio. La validez de cada una de aquellas
formulaciones viene dada en razón del bien común y de sus exi­
gencias.
El bien común sólo puede significar un fundamento ínme del ethr,,s social y de la división ética de la existencia humana. La in­
dagación del fundamento único del Principio de Subsidiariedad exige descénder de la· ética a fa antropológía para después trascender a la
metafísica. Hay que situarlo en las exigencias de nuestra naturaleza
social, en las orientaciones del sentido comunitario del ser personal
del hombre.
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EL PRINCIPIO DE LA SUBSIDIARIEDAD EN RELACION CON
EL .PRINCIPIO DE LA TOTALIDAD (LA PAUTA DEL BIEN
COMUN)
Enrique Zuleta Puceiro,
Profesor de la Facultad de. Derecho de .la Universidad Complutense
· de Madrid
El conferenciante inició su· análisis de las vinculaciones entre el
Principio de Totalidad y el Principio de Subsidiariedad. Las palabras
«totalidad» o «subsidiariedad» significan cosas muy diferentes, según
sea el contexto en que son utilizadas. Habría una lógica falsa de la
totalidad, que opera en
la base de las tendencias totalitarias · del Es­
tado, y una lógica verdadera de la totalidad que predominó siempre
en el pensamiento occidental.
Ilustrando el falso Principio de la Totalidad, analizó los funda­
mentos doctrinales de la teoría liberal del
Estado de Derecho, y la
ontología totalitaria que subyace a la idea moderna del Contrato
Social. Discutió a continuación algunas de las conceptualizaciones
contemporáneas del totalitarismo.
Como contrapartida a la lógica falsa de la totalidad, expuso
l•
lógica verdadera que se deriva de la concepción cristiana de la vida
política, y propuso las bases para un planteamiento realista de la cues­
tión del Estado.
Domingo 7 de diciembre
LA NEGACION DEL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD
Vladimiro Lamsdorff Galagane,
Profesor de, Filosofía del Derecho de la Universidad Autónoma
de Barcelona
El ponente trazó, como ejemplo, un esquema de las consecuen­
cias que trae el abandono total del Principio de Subsidiariedad en
economía, y el consiguiente paso a la economía totalmente planificada.
La consecuencia fundamental es que la econorrúa pasa a manos de
funcionarios, cuya motivación ya no es satisfacer a un. consumidor,
sino a la superioridad. Como los criterios de valoración del público
y de los superiores
jerárquicos pueden ser muy distintos, el resultado
es una economía paradójica, cuyos progresos son lentos y pagados
a
un precio exorbitante.
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fil. PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD Y LOS CUERPOS
INTERMEDIOS
Julián Gll-de Sagredo,
Abogado del Ilustre
Colegio de Madrid
El conferenciante presentó una semblanza general de la concep­
ción
cristiana del orden social, como equilibrio entre autoridad y li­
bertad, Estado
y Sociedad ; este equilibrio se obtiene a través de los
cuerpos intermedios.
Pasó a exponer que el Principio de Subsidiariedad y el Principio
de la Totalidad se reducen a uno solo, que es el Principio de la Auto­
ridad, un solo Principio con dos funciones.
A continuación distinguió las dos
clases fundamentales de Cuer­
pos Intermedios, la de orden político y la de orden social.
Penetrando en el secreto íntimo que vincu1a a los Cuerpos In­
termedios con el Principio de Subsidiariedad, trazó las cuatro rela­
ciones de causalidad --eficiente, material, formal y final~ que,
desde diversos planos, vinculan a ambas formas sociales.
Por último, afirmó que las relaciones eritre el Principio de Subsi­
diariedad y Cuerpos Intermedios las hallamos en la misma Teología.
EL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD Y LA DOCTRINA
PONTIFICIA
María Teresa Morán Calero,
Licenciada en Derecho
Comenzó María Teresa Morán con la definición que da Suárez
del Principio de la Subsidiariedad, para después comentar los textos
de León XIII, Pío XI y Juan XXIII, sobre este principio.
Pasó a estudiar la doctrina liberal
y la totalitaria y les contrapuso
la doctrina pontificia.
Terminó exponiendo que la Iglesia no se contenta con la condena
de estas doctrinas, sino que nos apunta soluciones, y así! nos habla
de los cuerpos intermedios y de la función subsidiaria del Estado,
haciendo las adecuadas citas de los Papas.
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Lunes 8 de diciembre
EL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD Y LA CULTURA
Lydia Jiménez Gonzdlez,
Profesora de Filosofía
La conferenciante hizo una introducción al Principio de Subsidia­
riedad, que comenzó diciendo que la responsabilidad individual pre­
cede a
la responsabilidad global, para continuar exponiendo que la
ley del bien común y el Principio de Subsidiariedad son en el fondo
idénticas.
El bien común fundamenta y limita las facultades del Es­
tado y de la Sociedad.
Trató luego
el tema de la cultura. Cultura es la acción de cultivar,
alude no a un anclaje pasivo de conocimientos, sino a una asimi­
lación activa de todo aquello que desarrolla las cualidades del espí­
ritu: el ansia de verdad, el deseo de bien.
El crecimiento de la cultura en el hombre es el resultado de un
difícil equilibrio entre los medios que proporcionao información
y los valores morales que ordenan rectamente esta información po­
niéndola al servicio de los demás y de él mismo.
La célula esencial para la creación de estos valores es la familia;
el Estado ha de reconocerle la autonomía que por derecho
natural
le corresponde.
El hombre es un «ente cultural», en virtud de su disposición
creadora espiritual, para el conocimíento y realización de valores;
realización de valores para la que cuenta con la tradición, en la que
vive
y actúa la experiencia y sabiduría de muchas generaciones de
antepasados. A ella pertenecen «el ethos», «el Derecho» y «la re­
ligión».
Nuestra tarea ha de consistir en hacer fructificar lo que de divino
hay en el hombre.
EL LIMITE DE LA SUBSIDIARIEDAD
José Calvo González,
Del Departamento de Derecho Natural ·y Filosofía del Derecho
de Málaga
Centrado fundameotalmente en la indagación de
lo que consti­
tuye
el límite interno de la Subsidiariedad, trató el contenido y el
fundamento' del principio.
Destacó como líneas fundamentales del contenido las ideas de
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libertad ( capacidad de contradicción, contrariedad y especificación,
esto
es, libertad concreta y terminal) y de bien común.
Desde
ambas perspectivas se configuran las funciones pasivas y
activas en las que, -por su contenido, consiste el Principio de Subsi­
diariedad.
Completando estos resultados profundizó en las raíces del Prin­
cipio, indagando en su fundamento. Para ello, recurrió a un discurso
lógico en el que resaltó sucesivamente la idea de orden que presupone
la existencia de un principio ordenador, idea agustiniana de orden, y
la manera de captar ese orden por la ley natural.
EL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD Y LAS LIBERTADES
luan Vallet de Guytisolo,
Académico de número de la Real de Jurisprudencia y Legislación,
Notario de Madrid
Inició su conferencia mostrando cómo el Principio de Subsidia­
rieda.d se opone al absolutismo, a la alienation totale rousseauniana,
a la sociedad de masas y al totalitarismo, y que rechaza tanto el cen­
tralismo como el atomismo democrático o libertario. Están en un
plano distinto al de un orden trascendente, pues todas aquellas po­
siciones se sitúan en el mismo plano ideológico para crear su orden
inmanente, aunque dentro del mismo ocupen posturas contrapuestas.
Pasó luego a hablarnos de la libertad humana, de su sentido ; de
la transformarión que la libertad imaginaria sufre en esclavitud. Res­
pecto a la libertad pol!tica explicó que consistía en una participación,
y planteó las preguntas: ¿qué es participación?, ¿cuál es el procedi­
miento para esta participación? Enfrentó
las respuestas socialista y
del Principio de Subsidiariedad. Este principio da la pauta de las li­
bertades sociales, civiles y políticas, respeta a los cuerpos intermedios
y tiene por nórma el bien común que corresponda ál fin común.
Dijo que el Principio de Subsidiariedad delimita las funciones
del Estado, e hizo un estudio de diversas aplicaciones de este Prin­
cipio; señalando que los
sindicatos de masa violan este principio; Jo
proyectó en gremios por oficios, en los municipios y al impacto del
eurocomunismo.
Al final de su conferencia propuso:
-Desarrollar una acción doctrinal y formativa que adquiera
peso en la opinión.
-Realizar actividades de acción famili_ar, sindical, local, de co­
ordinación social.
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-Fortalecer los cuerpos sociales, promover asociaciones volun­
tarias y hacer oir la voz de los cuerpos intermedios.
-Romper el ritmo: de~racia-dictadura-democracia ... ; buscar
la salida, articulando los cuerpos sociales conforme al Princi­
pio de Subsidiariedad.
II. FOROS
Sábado 6 de dioiembre
LOS COLEGIOS PROFESIONALES Y EL PRINCIPIO
DE SUBSIDIARIEDAD
Gabriel Alférez Callei6n,
Jefe de Administración del Ministerio de Justicia
Habló de la importancia del Principio de Subsidiariedad, de su
significación, sobre los entes imprescindibles para el surgimiento de
los colegios profesionales: conjuntos de familias se establecen en
un lugar concreto, forman un municipio, son necesarias diversas pro­
fesiones, de las cuales surgen los distintos colegios profe,ionales.
Hizo referencia a las cofradías, gremios y sociedades que consti­
tuyen el antecedente de los actuales colegios profesionales.
Trató
el tema de los actuales cambios socializantes de los cole­
gios profesionales, de la diferenciación de los colegios profesionales
y los sindicatos, de cómo 1a postura marxista pretende la sindica1iza­
ción de los colegios profesionales.
Los que se ocupan en u.na misma. profesión forman asociación
o cuerpo, en dichas asociaciones tienen prioridad los intereses de
cada profesión, la doctrina pontificia señala la má,dma libertad den­
tro de la creación de los colegios profesionales y legislamiento in­
terno.
LA AUTORIDAD Y EL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD
Jer6nimo Cerdá Bañuls,
Notario de Valencia
Trató cinco puntos: a) La sociabilidad natural del hombre; la
definición del hombre como animal social dada por Aristóteles, doc­
trina reafirmada por Santo Tomás. b) La sociedad como necesidad
natural, medio natural para alcanzar la perfección de cada hombre,
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que no puede vivir aislado, sino necesita la ayuda de la sociedad
para vivir. e) Las relaciones entre persona y sociedad; las personas
humanas son parte de la sociedad, pero no reciben de ella su fin, sino
que es un medio para lograr su perfección ; no es el hombre el que
está al servicio de la ~ociedad, sino al revés. d) La definición del
bien común; sus caracteres como principio directivo y ley vital que
sólo se alcanza .en la sociedad ( o es común o no es nada) y consiste
en los presupuestos que hacen posible a los hombres lograr su per­
fección.
e) La autoridad y su delimitación natural; el Estado debe
buscar la promoción y defensa de los valores humanos, de los valores
y bienes de
la cultura y del bienestar material en el bien común.
La autoridad no debe pecar por exceso ni por defecto, es subsidiaria
y no puede alcanzarlo todo.
L.A EMPRESA PUBLICA Y EL PRINCIPIO
DE SUBSIDIARIEDAD
César de Carlos Da Riva,
Ingeniero de ICAI
Comenzó distinguiendo las posibles intervenciones directas del
Estado en la actividad empresarial : empresas concesionarias, empre­
sas mixtas y empresas públicas ( estas últimas ya sean creadas por el
Estado o provengan de nacionalizaciones, ya funcionen en régimen de
concurrencia o de monopolio).
Destacó la influencia enorme que tiene
hoy el sector público en
las economías mixtas de Occidente, no sólo por su volumen, sino por
su utilización al servicio de una determinada política gubernamental.
Aunque en los Estados occidentales la intervención económica
estatal no obedece a un plan de conjunto, y en su favor se alegan
justificaciones de seguridad nacional, inexistencia o insuficiencia de
mercados o razones sociales,
lo cierto es que las empresas públicas se
ven afectadas por graves defectos de gestión.
El sector público es financiado por el sector privado por varios
mecanismos, por lo que es preciso limitar las dimensiones del sector
público por el riesgo que implica de disminuir los beneficios de la
empresa privada hasta producir su retracción y la socialización ace­
lerada.
Recordó la doctrina de la Iglesia sobre el tema,
muy especial­
mente que Pío XII ya había alertado que esa intervención no podía
convertirse en norma general, y la Mater el Magistra, en la que
Juan, XXIII, aun admitiendo en ciertos casos la interyención estatal,
subrayó expresamente el Principio de Subsidiariedad.
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XIX.REUNION DE LOS AMIGOS DE LA ClUDAD CÁTOÜCA
EL PRINCIPIO DE SUBSIDIARJEDAD Y LA ENSE1'/ANZA
Estanislao .. Oantero. '. N úñez,
Licenciado en .Derecho ,
Comenzó su exposic.ión con una _introducción al Principio de Sub­
sidiariedad, que trasladó al plMo de la enseñanza, extrayendo las
siguientes conclusiones :
-Lo primero es la afirmación del derecho. de los padres a la
educación de sus hijos y, allllque cualquier cuerpo intermedio
puede educar, debe reconocer este derecho.
-Necesidad de separar el poder político y estatal rechazando
el monopolio de la educación por el Estado: compete a los
centros lo que
se debe estudiar, y no al Estado.
-
No a la enseñanza gratu.ita para todos, ya que da pie a la
intervención del Estado.
Es la sociedad la que debe finan­
ciarla.
EL PRJNCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD APLICADO A LAS
ASOCIACIONES DE CONSTI1UCION VOLUNTARIA
Jesús Valdés y M~néndez Valdb,
Barón de Covadonga, abogado. del Ilu_stre Colegio de Madrid y profesor
de Filosoña del Derecho
El ponente
comienza indiCa(ldo que el término Principio de Sub­
sidiariedad no señala el profúndo sentido que encierra. Siguiendo a
Sánchez Agesta,.
i_ndicó cuáles. eran l.as principales interpretaciones
de este principio.
Explicó b teoría de Hugo Tagle, que parte de la noción clásica
de «orden», y expuso
los dos aspectos fundamentales de esta teoría:
universalidad
y causalidad, ·
Se centró a proy~lo al cí,rculo de las_ asociaciones de constitu­
ción '!Oluntaria; -refirió su densidad-ontólógica. y·su o~ligatOriedad,
que, por no tener-ca~ácter púramerJ.t_e i;iaci9nal, es ··men_ói:"· que :en
círculos anteriores. Mostró · cómo algunas (partidos) llegan a tener
el monopolio de la represen.tación. Por último, hablfr del derecho
de asociación y cómo se desdobla en los de: a.) constituir sociedades
«ex novo», y b) integrarse en las asociaciones constituidas.
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XIX RJ!.UNION DE LOS AMIGOS .DE LA CIUDAD CA.TOUCA.
EL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD Y LA EDUCACION
Carmen Lorente-Pérez7
Catedrático de latín del Instituto· de Pefiaianda de Bracamonte
La idea principal mantenida •por la ponente es la del papel fwi­
damental
de la madre, y luego del padre, en la educación de loo
hijos.
Educar es resucitar las virtudes que llevamos dormidas en nues­
tro interior, pero también ·hay. que educar
co_nociendo a Dios, y to­
mando como modelo al Maestro por excelencia.
El cometido del Principio de Subsidiariedad en la educación su­
pone
wia ayuda a la fabor de loo padres, maestros, Iglesia, Estado,
a cada una en su medida, sin rebasar los límites establecidos. Pero
el Estado, que controla la mayor parte de la educación actualmente,
impone su ideología, porque es quien paga. En
los núcleoo urbanoo
hay más posibilidades de elecd9n, pero en las zonas rurales la op­
ción es única, notándose clarani.'ente la falta· de subsidio y la desven­
taja. Mas aquí tienen un papel fundaruental los padres, pues gracias
a la educación familiar que dan a sus hijos, éstos aprenden a discernir
el bien del mal y a aprovechar las enseñanzas que reciben.
EL FISCO
Y EL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD
Juan José Morán González,
Abogado del Ilustre Colegio de Madrid
Entre
la familia y el Estado hay formas de comunidad que son
parte integrante de la
sociedad: humnaa. La ayuda a un órgano infe­
rior si no es
necesaria es perjudicial: el Estado no debe hacer ni dejar
hacer, sino ayudar a hacer ( en
la materia que le compete). Todos los
entes deben tener los medios para conseguir sus fines; y, para ello, es
necesario la autonomía financiera, que
el Estado debe ordenar me­
diante una política fiscal.
El gasto público obedece a
una necesidad colectiva y consiste en
inversiones de bienes hechas
por los entes públicos y legitimados en
orden
al bien común : «Es ilicito que el Estado grave con impuestos
excesivos la propiedad privada», dijo León XIII.
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XIX REUNION DE LOS AMIGOS DE LA CIUDAD CATOUCA
LA DEUDA PUBLICA A LA LUZ DEL PRINCIPIO
DE SUBSIDIARIEDAD
José Antonio Santos Arrarte,
:Economista
En materia económica y financiera el Principio de Subsidiariedad
obliga
al Estado a velar por la estabilidad del valor de la moneda
fwidamentalmente, y a no emprender por sí mismo iniciativas inver­
soras que puedan ser acometidas por los miembros de la Comunidad.
La evolución -de la actividad estatal ha ido· en incremento cons­
tante,
y dado que este increi:J?-ento ~a ~e ~ financiado con recursos
detraídos al sector privado, nos ericoritramos ante un crecimiento
desmesurado de las necesidades financieras del Estado.
Sus medios de' financiación proceden de impuestos, emisión de
nuevo ·dinero ·y emisión· de deuda interna o, externa.: tJJ Interna,· emi­
tida por el Estado a cambio de billetes nacionales, que no presupone
transferencia de recursos rea.fes, ·sino· tan sólo transferencia de rentas:
b) Externa, que emite el Estado a cambio de divisas, y represeota una
transferencia d'e recursos reales. · -
Desde · el puó.to dé vista subsidiario, es la deudá. interna la que
más nos interesa. Se plantea la conveniencia del ·control de su emisión
(pluos), el fenómeoo del acapai-arnieoio del ahorro disponible, los
l;'ropios criterios de inversión que aplica el rentista, y la polémica
sobre
la finaociación de los déficits, actuales.
Domingo 7 de diciemh~e
EL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD EN LA EMPRESA
PaJricio Jobbé Duva/1
Ingeniero delegado, del CEE ·
El" malestar áctual existeote deotro de las empresas proviene prin­
cipalmente de las adulteraciones de la jerarquía dentro de las mismas.
Los mandos tienen una función técnica
y/o administrativa, que ocupa
por completo todo su trabajo y no dedican su tiempo a crear relaciones
personales con el trabajador de la empresa. Hay un factor que viene
a entorpecer todavía más la necesaria comunicación entre los mandos
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XIX RJJUNION DE LOS AMIGOS DE LA CIUDAD. CATOUCA
y los trabajadores, se trata de la creación del < humanas» en que se dedican a resolver problemas laborales, se con­
vierte una relación que debla ser personal en jurídica. Tanto o más
grave es la iriterferencia de los sindicatos produciendo un cortocircuito
en las relaciones internas de la empresa.
En este entramado el Principio de 'Subsidiariedad tiene una mi­
sión que cumplir. il.a empresa es en pequeño un arquetipo de aplica­
ción del Principio de Subsidiariedad.
EL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD
Y LAS ORGANIZACIONES SUPRANACIONALES
Miguel Ayuso Torres
Criticó el reduccionismo que supone circunscribir el principio de
función subsidiaria a las relaciones entre el Estado y las sociedades
infrasoberanas, siendo precisa su prolongación en el ámbito
suprana­
cional. Mostró formas de integración internacional a lo largo de la
historia.
Los siglos. precristianos sólo conocieron el «dominio», los
tiempos áureos de la cristiandad practicaron la «federación» o .el
pacto, y, desde la modernidad, nos hallamos bajo la influencia del
«equilibrio entre las potencias».
Expuso los principios católicos del orden supranacional, los requi­
sitos que legitimarían un hipotético supergobiemo mundial;
y, de la
mano de Suárez y Vitoria, y a tenor de la praxis de la cristiandad
medieval
y de la posterior de las Españas, los resumió en dos : ")
Cumplimiento del Principio de Subsidiariedad, respetando lo que
por su cuenta hagan o puedan hacer las naciones.
b) Respeto a la
religión verdadera, que es la Católica, Apostólica y Romana.
La pertinaz ausencia de estos requisitos vicia a los modernos or­
ganismos internacionales. Así, la ONU, con su laicismo y su sincr~­
tismo, y sus injerencias, es dificil de compatibilizar ron la civiliza­
ción cristiana. Dificultad que
no reside en su conducta parcial e
interesada, sino en la err6nea filosofía que· subyace. Por eso, con·
cluyó que no se debe descuidar fa vigilancia a la ONU y sus filiales,
no callar ante sus injerencias y no cesar en la. denuncia de sus
errores.
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XIX REUNION DE LOS AMIGOS DE LA CIUDAD CATOLICA
EL PRJNCIPIO DE SUBSIDIAlUEDAD EN LA UNIVERSIDAD
Mercedes Pal et Com'tu
El Principio de la Subsidiariedad, dijo, es el primer principio de
la filosofía católica, expresado en
la Quadragesimo amzo y en la Rerum
n01Jar11m1 sobre todo; sirve como principio ordenador de toda la
escala de valores sociales.
Trazó la historia de
la Universidad, repitió la definición de
Alfonso X
sobre la Universidad. La conclusión fue la de que hoy
se pretende desterrar a Cristo de la Universidad.
LA SUBSIDIARIEDAD EN EL EJERCICIO DE LA
RESPONSABILIDAD
CIUDADANA
Andrés Jiménez Abad,
Catedrático de Filosofía y Director del Instituto de Lodosa (Navarra)
l:a condición necesaria para que la autoridad superior se limite
a su papel subsidiario es que el ciudadano se haga cargo de las ini­
ciativas
y mantenga sus responsabilidades. De no ser así, la autoridad
superior deberá
llenarlo todo.
Los supuestos básicos de la responsabilidad son la libertad y la
prudencia.
•Los frutos de la responsabilidad son: el Derecho, la Cultura, la
Formación
y la información, la Técnica y el Ocio.
Lunes 8 de diciembre
LA TOLERANCIA COMO SUBSIDIO
José de Armas Dfaz
Para tolerar hace falta no estar de acuerdo con lo que se tolera.
De la conveniencia, viene la tolerancia. ·
Hay que tener el/a.ro lo que es el bien y lo que es el mal, la
tolerancia admite
el mal menor, pero no lo comparte. La tolerancia
puede ser aceptada cOmo consecuenóa de la caridad, en palabras de
San Agustín: «Matar el error y amar al errador».
«Saber dónde empieza la tolerancia como· subsidio del bien y
dónde empieza como suicidio» es la ·clave; debemos ser intoleta.ntes
con el Estado actual.
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XIX REUNJON DE LOS AMIGOS DE LA CIUDAD CATOLICA
EL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD Y EL URBANISMO
Germán Alvai'ef de Sotomayor,
Arquitecto del ~lu~tre Colegio de Madrid
El urbanismo, dice el ponente, es un método para el mejor co­
nocimientó del fenómerio histórico que es la ciudad, de las_ necesi­
dades sociales, de los grupos humanos que en ella viven, y que, en
tada período de tiempo, .requie~. un esfuerzo para acometer algún
desarrollo o readaptación en la estructura de la ciudad.
Si se acepta como significado de la voz «urbanismo» lo que
acaba de expresarse, resulta que éste se configura en tres ramas
o dir~cion~:
l. Conocimiento de la realidad histórica, física y social de la
ciudad.
2. Programación de las actuaciones urbanísticas nec~arias para
el desarrollo y readaptac.ión de la ciudad para un período no
· superior a veinte o treinta a.ños.
3. Ordenamiento previo de las operaciones que hayan de reali'
zat'Se en etapas · sucésivas. Este ol'denamiento debe reducirse
al estudio y promulgación . por el ente de gobierno campe'
·tente,
en ·colaboración con las personas o. grupos · interesados
o afectados
por las operaciones programadas y debidamente
asistidos técnicamente, a fin de que la nueva edificación se
pliegue fielmente a la diversidad de las necesidades sociales
y familiares. Es decir, casi la solucióri' contraria a las que
desde hace años en esta materia viene . padeciendo nuestra
patria,
·y que 'Jia' dado lugar a largos períodos de anarquía y
especu:lación.
EL PRINCIPIO D:E SUBSIDIARIEDAD APLICADO A LA
ASISTENCIA ·sANITARIA ESTATAL
. ' Doctor, Felipe Ft:rnándt;z Arqueo
Planteó cómo. el Principio de Subsidiariedad puede y debe presidir
la evolución .de.Ja. ~istencia · sanitaria,. ·estatalizada en· su casi to­
talidad, hacia uoa configuración acorde con él. Propuso desglosar las
14\2
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XIX ·RJ!.UNJON DE LOS AMIGOS :DE' LA CIUDAD CATOLlCA
prestaciones ; según sus costos, requieren unos colectivos de multitud
variable; respetando 1'* pequeños para la gestión de las prestaciones
que puedan
costear, e invitarles a confederarse para la prestación de
las más caras. Los centros especiales de la actual Seguridad Social
deben recibir también enfermos privados,
y los centros llamados
propios evolucionar a la condición de admioistrados, y todos a la
situación de centros· concertados·, que-es fa ·más próxima a nuestro
ideal. Por la equidad y el cumplimiento de los contratos deben velar
los inspectores.
Correlativamente la Seguridad Social debe ir dejando marchar de
sus Cajas a los grupos de afiliados en condiciones de resolver por sí
sus propios problemas.
El Principio de Subsidiariedad aconseja también que la desesta­
tización ·se haga en centros nacionales, y no hacia los de multina­
cionales.
EL JUEGO DEL PRINCTPIO DE SUBSIDIARIEDAD EN EL
SINDICATO COMO CUERPO INTERMEDIO
Fernando Claro Casado,
Abogado del Ilustre Colegio de Madrid
_ .Sirt1icat:o es la_ forma de agrupar ~ los _hombres relacionados por
el trabajo para conseguir unos fines. Trazó su _historia desde Roma.
Más tarde esas asociaciones fueron de carácter religiOSo. En el _siglo xn
surgieron los primeros intentos de asociaciones ptofesion~ (gre­
mios,,.), Después habló . de la . historia . del . movimiento sindical en
Francia, Inglaterra
y, por último, en España.
Señaló las tendencias actuales: comunista; cristiana; reformista,
y de régimen capitalista.
Los sindica.tos, como asociaciones naturales al ·servicio de todos,
no escapan a los imperativos de la moral social. Son cuerpos inter­
medios· constituid(?S, bien ,naturalmente __ o bien_ poi acuerdo_ mutuo
entre, los miembros.
La Iglesia reconoce· el derecho a la asociación (León XIII,
Rerum Novarum) y quiere sindicatos (San j?ío X, Juan. XXIII,
Pablo
VI).
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XIX REUNION DE LOS AMIGOS DE LA CIUDAD CATOUCA
ID. ENCUEJNTtROS
Lunes 8 de diciembre
ENCUEN'IRO SOBRE EL DIVORCIO
En este encuentro,
en el que como moderador actuó Gonzalo
Cuesta Moreno, se discutieron distintas acciones posibles, unas-ya iniciadas y otras propuestas por los asistentes.
Se llegó a una serie de conclusiones:
-Conveniencia de colaborar en la recogida de firmas ya ini­ciadas, que se podrían utilizar para hacer presión sobre el
Gobierno, Parlamento o algún partido político, con vistas a
tratar
de impedir la legalizacioo del divorcio, o restringir éste
al máximo mediante las adecuadas cautelas.
-Se estimó peligroso pedir referendum con las firmas reco­
gidas, por lo señalado por el Cardenal Primado en su ins­
trucción
de septiembre de 1980, y la experiencia negativa de
Italia.
- Pareció conveniente colaborar en la campaña iniciada para
exigir que en la ley figure una cláusula de indisolubilidad,
a
la que puedan acogerse quienes deseen ejercer esta opción
libremente.
-Otras acciones aconsejadas fueron las de colaborar en perió­
dicos mediante cartas al director y artículos sobre el divorcio,
organizar
conferencias y reuniones, preparar adecuadamente
concentraciones, buscar para cada caso los argumentos que
mejor puedan llegar
al lector o al auditorio.
-Tratar de llegar a Obispos, sacerdotes y religiosos para que
insistan todo lo posible
en pastorales, homilías, conferencias,
reuniones ... , en la
doctrina de la Iglesia sobre el divorcio.
-Pedir a sacerdotes y religiosos oraciones y misas.
-Invitar a todos a rezar y ofrecer la Eucaristía para que Dios
1414-
nos ayude e ilumine a Obispos y sacerdotes, Gobierno y Par­
lamento,
partidos políticos ... , para que con su ayuda se pueda
impedir la
legalización del divorcio en España.
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RECONQUISTA DE LA UNIDAD CATOLICA
En este encuentro el animaJor, don Manuel de Santa Cruz, se­
ñaló que en el actual naufragio, en el que cada uno intenta salvar un
solo objeto, hay que ver con visión coherente las causas del mal;
por eso, sugirió que quienes todavia creen en la virtualidad de la
unidad religiosa se pongan en contacto y colaboración.
ENCUENTROS UNIVERSITARIOS
Javier Urcelay, que dirigió este encuentro, trató
de la situación
actual del mundo, y llegó a la conclusión
de la necesidad de restau­
rar
un orden cristiano. Para ello planteó la necesidad de actuar en la
Universidad, y el modo
de hacerlo ~iante una Federación Uni­
versitaria.
IV. OTROS ACTOS
Antes de terminar esta crónica, y conforme habíamos anunciado,
vamos a hacer referencia a otros actos que se han celebra.do en esta
XIX Reunión de amigos de la Ciudad Católica, consistentes en la
proyección del montaje
audiovisual titulado de Medellín a Puebla y
la proyección de una película sobre el
padre Pío.
V. CLAUSURA.
La clausura del Congreso corrió este año a cargo de Rafael Gam­
bra Ciudad, Catedrático de Filosofía en Madrid, que comenzó alu­
diendo a
la festividad de la Inmaculada, patrona de España, y de
cómo
la Ciudad Católica ha continuado transmitiendo la fe, la
doctrina y la esperanza, cómo ha mantenido la doctrina poütica cris­
tiana.
El Principio de Subsidiariedad, nos dijo, expresa el genio del
cristianismo en lo que se refiere a orden político. Antes de la expre­
sión Principio de Subsidiariedad, continuó, 'hubo otras:
-en Santo Tomás: armonía de las tres formas de gobierno: de­
mocracia, aristocracia y monarquía.
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XIX REUNION DE LOS AMIGOS DE LA CIUDAD CATOLICA
~ en Mella: soberanía social y soberanía política (más adecuado
que el sustantivo suber"11ítt, a Gambra le paroce el de je­
rarquía).
Mostró el Principio de Sub.idiariedad en el hombre mismo, como
un microcosmos, y, con cita de Aristóteles, explicó la sociabilidad
del hombre, para continuar
hablando de· la sociedad como medio
para realizar el bien común, y que, con este fin, crea instituciones
complementarias unas de otras.
La revolución, el socialismo, ha visto que la dimensión religiosa
del hombre es imprescindible, y, por ello, ha inventado la religión
laica, tipo
ONU y UNESCO; ha bocho la doclaración de derochos
hnmanos.
Terminó hablando de la situación en España, donde en lugar
de
Sl'r reflejo, de. la realidad, el pluralismo, marcado por el ideolo­
gismo, se reliza a
través de los partidos · llegándose a la anarquía,
Concluido el discurso del profesor Gambra, fue recordado el pro,
fesor Gabriel Garcia Cantero, que hace tres años, en nuestra XVI
Reunión, en el Vedat de Torrente, sobre el terna de «La familia>>,
desarrolló una de las conferencias. Ha .sido el campeón, el adalid de
la lucha por
la indisolubilidad del matrimonio contra la introducción
del divorcio. Por eso, pnes
no ha tenido nunca significación polí­
tica,
ha sido .amenazado de muerte y ha debido abandonar San Se­
bastián, de cuya facultad de Derocho es Catedrático de Derecho civil.
Tod.os los presentes le rindieron caluroso. homenaje de afecto
y ad­
hesión.
Después se celebró en la capilla el acto litúrgico final; el padre
Vitorio
Rodrfguez ofreció a la Virgen, en esta festividad de la In­
maculada, el trabajo que
las. mujeres habían realizado en esta XIX
Reunión de amigos de la · Ciudad Católica, y, para concluir, dio
gracias
por el espíritu de amistad del Congreso.
Maria Angeles Radia
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