Índice de contenidos
Número 579-580
- Presentación
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Cuaderno
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Las razones de la antimodernidad
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Antimodernidad, modernidad y posmodernidad: los sedicentes antimodernos hoy
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Diversas formas de antimodernidad jurídica
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Modernidad y antimodernidad en la doctrina socio-política de la Iglesia
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La antimodernidad en Estados Unidos: Una historia de autoengaño y voces que claman en el desierto
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La antimodernidad en Europa
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La antimodernidad en Hispanoamérica
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La antimodernidad en España
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- Crónicas
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Información bibliográfica
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Francisco J. Contreras (ed.), El sentido de la libertad. Historia y actualidad de la idea de ley natural
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Rudi di Marco, l’intelligenza del diritto. Studio sulla «oggettività» come problema giuridico... oltre il positivismo
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Héctor H. Hernández, la discusión académica. Historia del Centro Tomista del litoral Argentino
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Ricardo Martínez Esquivel, Yván Pozuelo Andrés y Rogelio Aragón (eds.), 300 años: masonerías y masones (1717-2017)
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Marie-Pauline Deswarte, Pour une politique naturelle
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Laurent de Capellis, Les catholiques peuvent-ils agir en politique?
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Elissa B. Alzate, Maquiavelo. Religious liberty in a Lockean society
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Marco Barducci, Hugo Grotius and the century of revolution, 1613-1718. Transnational reception in English political thought; Jeremy Seth Geddert, Hugo Grotius and the modern theology of freedom. Transcending natural rights
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Jonathan Israel, The expanding blaze. How The American revolution ignited the world, 1775-1848
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Rudi di Marco, l’intelligenza del diritto. Studio sulla «oggettività» come problema giuridico... oltre il positivismo
Rudi di Marco, l’intelligenza del diritto. Studio sulla «oggettività» come problema giuridico... oltre il positivismo, Nápoles, Edizioni Scientifiche Italiane, 2019, 180 págs.
l’intelligenza del diritto. Esto es, etimológicamente, leer dentro del derecho. O, dicho de otra manera, determinar el derecho o individuar id quod iustum est. Por lo mismo, no sólo el contenido, sino incluso el título del trabajo del doctor Rudi Di Marco, alcanza pleno significado únicamente en una perspectiva clásica. Pues remite a una objetividad, la del obiectum iustitiae, que no es otra que la de la misma cosa justa, expresiones con las que el santo de Aquino traducía el to dikaion aristotélico.
Así pues, no hay nada que inventar. O sí, si tomamos el término en su significado latino originario, invenire, esto es, descubrir. Pues de eso se trata. De descubrir la entraña del derecho, lo que requiere leer dentro, esto es, proyectar una luz sobre su realidad objetiva, a fin de escoger (legein) rectamente. Todo ello nos ha de conducir, sin duda, más allá del positivismo, en una orientación que el profesor Danilo Castellano –que ha guiado de cerca la trayectoria del autor– ha afirmado meridianamente: «El derecho es un “dato”, con seguridad anterior al Estado, a toda convención social, y es condicio sine qua non de la comunidad política; es una exigencia del hombre y de la sociedad; no es, por tanto, exterior y heterónomo, un conjunto de reglas meramente “impuestas”». De donde se desprende igualmente que es de rechazar la reducción del derecho a formalismo, «que se ve obligado a identificar el objeto de la ciencia jurídica con el procedimiento, o mejor, a hacer de la metodología el contenido del derecho» (Orden ético y derecho, Madrid, Marcial Pons, 2010, págs. 13-14). Cuando, en puridad, la metodología –como en nuestros tiempos ha desarrollado con maestría el gran jurista español Juan Vallet de Goytisolo– no es nunca el objeto de la ciencia jurídica sino el medio (etimológicamente, de nuevo, el camino) a través del cual se descubre y alcanza el derecho. Lo contrario es nihilismo jurídico, en cualquiera de sus variantes, que el trabajo del doctor Di Marco primeramente evita y seguidamente denuncia con todo cuidado.
Sigue en este sentido una línea de desarrollo homogéneo de sus primeros trabajos, centrados en el problema de la autodeterminación, cuestión nodal de nuestro tiempo, que tiene profundas raíces metafísicas y alcanza particular relieve en el ámbito jurídico-político, como ha sabido ver con perspicacia. Porque la autodeterminación del sujeto es presupuesto del derecho y también de la reivindicación de la soberanía subjetiva que, a su vez, se encuentra en el origen de los llamados «nuevos derechos», pero no menos en el de los «antiguos» cuando se conciben como meras «pretensiones». En este sentido, si en la primera de sus monografías analizaba –con atención a la legislación y a la jurisprudencia– la disolución del sujeto a que conduce (paradójicamente) el subjetivismo, en esta segunda examina la desaparición del objeto del derecho producto de un (pseudo) objetivismo como el del positivismo. Como se dice en la península italiana, con fórmula de matriz viquiana, heterogénesis de los fines.
El doctor Di Marco, poseedor de un encargo de investigación en la Universidad de Údine, habilitado para el ejercicio de la profesión de abogado y, pese a su juventud, ya reconocido internacionalmente, vuelve a mostrarse así como un sólido estudioso, que cultiva con rigor las temáticas más delicadas de la filosofía práctica, en particular la jurídico-política, según la tradición clásica, por ello perenne y siempre renovada, leída a través del magisterio seguro que en la disciplina se ha cultivado en Údine sin que haya sido muchas veces aprovechado. No es, desde luego, el caso del doctor Di Marco.
Miguel AYUSO