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Número 133-134

Serie XIV

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La idea de la «pietas» en Santo Tomás de Aquino

LA IDEA DE LA "PIETAS,,EN SANTO TOMAS
DE AQUINO
POR
FRANaséo ELÍAS DE TEJADA.
Catednítico en la Universlda:d de Sevilla.
SUMARIO: l. ·P:remisás.-2. Ffo:es del hoinbre.-3. Los,fines terrenales según
la. naturaleza humana.'--4. La república perfecta. y el bien común.-,. Je­
ruquía de los. bienes, .hllf!lanos .de orden na..ttJral ter~o.---6. Comunidad
e individu~.-7. Justi4a y pi$d.-8._ Pregunta fillal. _
l. Premisas.
El
pensamiento de
Santo
Tomás de
Aquino es la más
cumplida
respuesta
dada•

por
lbs cristianos a la. primera cuestión que preocupó
a
los

filósofos desde la
oscura cuna

de
•la especulación: la

relación
entre
Jo uno y lo múltiple, entre la unidad y la multiplicidad varia
de

los seres.
,La clave de su respuesta consiste en atender a cuatro
puntos de mira principales:
el orden; el bien; el fin y la aproxima­
ción

analógica de los diversos seres que·
li filo,sofía pueda contemplar.
El
bien es la perfección o plenitud del ser con arreglo
a su
na­
turaleza. En· la medida en que lo consiga todo ser es bueno. "Quod
o.mne ens., inquanmm est ens, est bonus", reza .la respondeo en el
artículo 3 de la cuestión V de la Prima · parte de la Swmma theolo­
gica, "Quod bonum et ens sunt idem. secuodum rem: sed differunt
secundum rationem tantum", consta en la respondeo al artículo 1
de la misma cuestión y parte. Es que el bien es algo apetecible y
las cosas son apetecibles en la medida en que son perfectas. Por eso
Dios, a fuer de acto puro, es la perfección suma, la única exclusiva
perfección como
ral perfección. Si se dice en la Prima, VI, 3, que
los seres
son buenos

en la medida en que son
perfectos, "unumquod­
que

enim dicitur bonum, secundum quod est
perfectum", se
llegará
325
Fundaci\363n Speiro

FRANCISCO EUAS DE TEJADA
a la conclusión de que solamente Dios es bueno por su esencia, el
Ser divino es el único en quien se hallan identificadas esencia y ser.
Jln las criaturas, potenciales para la perfección, imperfectas en suma,
la esencia no se identifica con el ser; para ser perfectas, o sea bue­
nas, requiérese la.· .adición . de los accidentes indispensables para la
perfección cumplida de sus opéí:aciones · y para el logro del fin al
que potencialmente tienda la calidad diversa de sus
naturalezas res­
pectivas. las criaturas son buenas por participación, no por esencia.
La voluntad quiere . al · bien que le fue presentado tal bien por
la inteligencia: "intellecms movet voluntatem; quia bonum inte­
llecturn est obiectum voluntatis, et movet ipsa.t!l ut finis", léese en
la Summa theologica, Prima, LXXXII, 4, respondeo. La voluntad es
apetito tradicional
y todo apetito tiende al bien; al bien. que le es
presentado como tal por la inteligencia, al bien tal
como sea
cono­
cido:
"sequitur formam

apprehensum", dícese en la Prima secundae,
VIII, 1, respondeo. El bien presentado por la inteligencia a la voluntad es el fin,
la causa movedora de la voluntad¡ es el bien que incita a la voluntad,
dado
·que, como está expresado

en la Prima, LXII,
4, respondeo, cada
una de las criaturas logra su fin último en virtud de su obrar, pues
es el obrar
lo que conduce al fin: "qualibet autem res ad ultimum
finem
per 1WUD operationem pertingit. Quae · quidem operatio in
finem ducens". Por eso, el bien tiene
razón de fin, cual se enseña
en
la Prima, V, 4, responde<>.
Siendo
el bien la perfección respectiva de cada
criatura seg6n su
naturaleza, el

bien
varía a
tenor de la
naturaleza que cada una posea.
Todas coinciden,

en sus varias particularidades, en tender al Bien
por esencia,. al bien supremo que es Dios; Puesto que cada ser se
relaciona con su fin por medio de su acto, "quod unumquodque
ordinatur
ad finem
per actum

suum", el conjunto de las criaturas
que integran el universo orienta sus actos, libre o no libremente,
hacia el fin sumo del mundo que es su creador, qne es Dios. En el
hombre, ser racional
y libre, el fin sumo consiste eo la beatitud de
la posesión contemplativa de
Dios, en la que · no tienen parte los
demás seres creados (Summa theologica, Prima secundae, III, 3, sed
contra).
326
Fundaci\363n Speiro

LA «PIEI' AS» EN SANTO TOMAS DE AQUINO
De la diversidad de seres creados dimana la necesidad del orden.
Puesta que el orden de los fines se compadece con el de los agentes
ó motores, "cum secundum ordinem agentium sive moventium sit
ordo finium" (Summa theologica, Prima secundae, ax,· 6, sed éOn·
tra), a cada naturaleza corresponde una manera especial de perfec­
ción, esto es un modo peculiar de bien, habida cuenta de que el bien
es
la perfección de cada ser con arreglo a su naturalen correspon­
diente. En la Summa theologica Prima, V, 5 respondeo, manifiéstáse
que

de
la forma se deriva la inclinación al fin, a la acción y a otras
cosas, porque los seres que están
en acto obran y tienden a indi­
~ con arreglo a su forma, que es lo que entendemos por peso y
orden. "Ad forman
· autern consequitur indínatio ad finern, · aut

ad
acrionem, aut ad ali quid huiusmodi: quia unumquodque, inquantum
est actu, agit,
et tendit in id quod sibi convenit secundum suarn for­
maro; et hoc pertinat ad pondus et ordinem"'.
Es lógico que el bien consista en el orden, porque iría contra
el
bien
y romperla la posibilidad de la perfección de la naturaleza
de los dispares seres que hay en
el universo, el que todos pudieran
obrar de idéntica
manera. Cada naturale>a tiene su perfección pro­
pia, esto es, su forma de bien propio, consecuente con ella; cada bien
es fin a tenor de su calidad de bien, en guisa que la perfección no
es exactamente igual
para la totalidad de las criaturas. Lo que es
perfecto
para unas, serla imperfecto para otras, salvo que quebrára­
mos la jerarquización evidente de los seres.
De las varias maneras
del. bien y de
la necesidad de armonizar los bienes de cada especie
de criaturas mana
la rica diversidad del universo. De no ser así, el
mundo daría en un monolítico
y tedioso igualitarismo de naturale­
zas, Jo cual a todas luces es absurdo. Ya San Agustín, en .el capítu­
lo
III de su
De natura boni, había uncido la noción del bien a la del
orden,
cual recuerda expresamente Santo Tomás en el mencionado
artículo 3 de la cuestión V de
la Prima parte de la Summa theolo­
gica.
De ahí que la totalidad de las escuelas hayan venido repitiendo
la idea del orden en función del bien, siguiendo lo que San Agustín
había escrito en el párrafo 1 del capítulo XIII del libro XIX del
De civaate Dei: "Ordo est parium dispariumque rerum sua cuique
327
Fundaci\363n Speiro

FMNCISCO EUAS DE TEJADA
loca ttibuens dispositio". El 01:den es la adecuada. disposición en su
lugar correspondiente .de las

cosas iguales
y de las cosas desiguales.
Lo que· no impide, antes asesu,a, que todas miren hacia. el crea­
dor, que todas tiendan al bien
sumo que es Dios, alabándole al uní­
sono a
tenor de sus naturalezas respectivas.

En la variedad está pre­
cisamente el modo cabal de elevarse
hacia el Señor, su Dios. En las
B_,,mones in Psalmos, XLIV, 13, díjolo asimismo San Agustín
en
.frases tan ,hermosas que da en imposible traducirlas, de tall esplén­
dipamente bellas y precisas como son en la presentación de la vir­
tualidad del .orden de
las criaturas respectO a Aquel que las hiciera:
"l)eus ordinavit omnia, et fecit omni ... et gradibus
quibusdam or­
dinavit
creaturas, a

terra usque
ad coelum, a visibilibus ad invisibilia,
a . mOrtalibus ad inmo~ia. Ista contextio creatura~ ista ordinatissi­
tna pul~hritÚdo, ah imi~ ad summa concendens, a summis ad ima des­
cendens, nusquam interrupta, sed dissimilibus temperata, tata laudar
Deum".
, Menos poéticamente, pero · también con exactitud eábal, es lo
que di)era
Santo Tomás

en
el ad tertium del artículo 4 de la cues­
tión XLIV de la Prima parte de la
Summa theologica, cuando

refirió
q11e todos
los seres

apetecen a Dios como su fin al apetecer a
cual­
qllie! bien~ sea .le apetezca-a con

el apetito sensitivo, sea le
apetezcan
con el. ápetito intelectivo, sea ·con el natural, que no va acompafiado
del conocimiento. I.a causa de ello está en que ninguna cosa ·tiene
naturaleza
de

bien
y, por ende, de apetecible, sino en la proporción
en

que participa de alguna semejanza con Dios.
"Ad· tertium
dicen­
dum, quod omnia
appetunt Deum ut

finern,
apperendo quodcum­
que bonum, sive appetitu intelligibili, sive sensibili, sive naturali,
qui est sine cognitione: quia nihil habet rationem bóni et appetibilis,
nisi secundum quod participar Dei similitudinem",
La jerarquía de los seres es jerarquía de bienes en el mundo.
Todas

las criatutas miran a Dios, mas en función
de su particular na­
turaleza. El bien sumo se artiatla en · el mundo en la proporción de
las semejanzas que con El tengan las criaturas, Hay orden en el uni­
verso porque hay diversidad en el universo; al bien por esencia que
es· Dios, ·corresponden analógicamente los bienes que cada ser crea­
do tome por fines a tenor de sus condiciones propias, La, unidad es
32~
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LA «PIETAS» EN SANTO TOMAS DE AQUINO
diversidad jerarquizada de bienes, de · fines y de naturalezas en el
orbe creado. Todos y
cada uno
se inclinan hacia Dios, pero con
ten­
siones

distintas.
La unidad del bien divino se refleja en el mundo
como
bien universal en

la armonía
dé la creación y ·como bien ata·
ñente a cada una de las cosas de que la creación está compuesta. La
unidad y la variedad logran, en la profundidad del misterio de la
analogía, equilibrar lo diverso con lo uno, lo múltiple
·con lo seme­
jante, la variedad con la conformación unitaria, en un munto poli•
forme y polícromo, pero
ordenádo en
el orden que tiene por alfa y
por omega a la perfección
suma que es Dios.
2. Fines del hombre.
El hombre, criatura racional y libre, tiene al bien por fin. Pero
¿qué calidad de bien?
Por Supuesto, dos an:te todo: éf primero, Dios; el segundo, la
belleza armónica del orden universo · del cual forma parte.
Dios es el bien dei hombre,
porque el

ser humano vino al
mun­
do

para alcanzar, obrando
según los

preceptos divinos,
la felicidad
suprema que es el goce de
Dios mismo.

Dios es el último fin del
hombre, porque
la suprema · perfección de un ser causado no puéde
estar

más que
allá donde residió su primer principio. "In ipso enim
est ultima perfectio rationalis creaturae, quod est ei principium essen­
di; intantum enim unum.quodque peifecttun est, inquantum ad suum
principium attingit" (Summa lheologica, Prima secundae, X, 4; res·
pondeo).
El mantenimiento del orden en el universo es, asimismo, fin para
el hombre, porque es uno entre los seres que del mundo forman
j,arte
y está obligado a cooperar librernénte con la parcela qué le tóca en
el
conjunto de
las cosas creadas, a. tenor del lugar que ocupa en la
jerarquía de los
. seres cúyas · conexiones

expresan y constituyen el
orden por Dios dictado.
El orden nace de. la proporción de las par·
tes, y el ser humano, racional y libre, es una de estas partes. Santo
Tomás

lo puntualizó
en De po1esia1e Dei, V, 4, al asentar que .está
el "horno
·ordinarur ad perferiionern ·universi ut esseritiális pars ip·
sius" .
• 329
Fundaci\363n Speiro

FRANCISCO EUAS DE TEJADA
Ambos bienes se relacionan entre sí analógicamente, porque el
primero es fin sobrenatural, mientras que el segundo es un bien natural. Entendiendo por sobrenatural con la
Summa theologica
Prima, XXIII, 1, respondeo, el fin que excede por dimensiones des­
proporcionadas a la naturaleza de la cosa criada,
y por natural el fin
que cae dentra de las posibilidades naturales, aquel que la natura­
leza pueda alcanzar usando

de sus
fiierzas propias.
"Finis autern ad
quern res creatae ordinantur a Deo, est duplex. Unus, qui
excedit pro­
portionern
naturae creatae et facultatern: hic finis est :vita aeterna, quae
in divina visione consistit· ... Alius, autem. finis est natura.e crear.a.e
proporrionatus,

quem scilicet res creata
potest attingere secundum
virtutem suae naturae.,.
El fin sobrenatural es esclusivo del hombre, pues únicamente
el hombre entre todas
las criaturas está sujeto a la obligación irre­
nunciable de conseguir la salvación o la condenación
eterna. Es ex­
clusiva del hombre la
consecución o

no de la felicidad suprema de
la salvación, es el solo ser
que. se halla capacitado para la posesión
de Dios en la
conternplaciól) de la .esencia !livina. En la Stmima theo­
logica Prima secundae, CIX, 6, ad tertiurn, lo consignó Santo Tomás
cuando adujo que
"natura autem

humana, ex hoc ipso quod nobilior
est, potest ad altiorern finern perduci, saltern auxilio gratiae, ad quern
inferiores naturae
millo modo

pertingere possunt".
3. Los fines terrenales según la naturaleza hnmana.
La obligación de cooperar al orden universo ha de cumplirla el
hombre a tenor de
las calidades de su naturaleza específica. Es del
análisis de la
naturaleza humana

de donde habrá que deducir el modo
en que coopera o no coopera al orden universal. Con una aclaración previa.
La de· que la cooperación natural del
hombre al mahtenimiento del orden universal
· es
un fin natural que
en ningún caso puede oponerse, ni siquiera ser indiferente, al
fin
sobrenatural

de la posesión de Dios en
la vida
ultraterrena. El bien
sobrenatural de
la salvación es anterior · y superior a toda clase de
bien
natural. No cabe oposición entre ellos desde el ángulo lógico
ni
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LA «PIBT AS» EN SANTO TOMAS DE AQUINO
desde el plano ontológico, porque de admitir oposición argüiriase imperfección en el menester creador de Dios; lo
cual supondría, amén
de caer en blasfemia, además precipitarse en el absurdo. Por
el con­
trario, el bien de la .felicidad terrena es el anticipo, limitado, im­
perfecto
e
inferior, del bien de

la felicidad sobrenatural. Mientras
el
fin último

del hombre es el bien sobrenatural de la salvación más
allá de la tierra, el fin. natural es lograr la perfección de su natura­
le,a;
lo
que Santo Tomás en· la
Summa theologi&a, secunda secundae
LI, 2, ad secundum, denomina con. palabras romadas de San Lucas,
el "bene vivere tantum", el vivir plenamente lo que su naturaleza es
y significa. Porque cuailtO más se ordena una cosa a su fin propio
tanto es

mejor,
ya que, el bien es cumplir entera e íntegramente el
desenvolvimiento
de las. calidades. naturales.
De ahí que la estructura social haya de servir a la consecución
por

cada hombre del
:fin último de

la salvación. Es el bien funda­
mental
sobrenatural, al cual han de subordinarse la totalidad de los
bienes naturales. "Est quoddarn
bonum proprium
alicuius hominis
in quanrum est
singula,:is pétsona", Jéese

en
las QNaes#ones dispu•
tatae de charitate,
IV, 2. Hay un bien propio 'del hombre asumido
como persona en singular.
Las sociedades· en que los hombres se agrupan 'tienen su fin pros
pío

en
el ámbito terreno, porque corresponden al desarrollo del ape­
tito de sociabilidad inherente a
la naturale,a humana. Pero ese bien
común de las sociedades
subordinase al
fin sobrenatural que cada ser
humano individualmente tiene.
En el De regimme prindpit1m, I,
XIV, 6o, está dicho bien claro al sefialar que no está el fin último
de
las comunidades en logtar simplemente la vida terrenal perfecta­
mente virtuosa, sino en ,que, a través de esta vida plenamente vir.:
ruosa, los hombres advengan a la consecución de la fruición de Dios.
"Non est ergo ·u1timus finis congregatae vivere secundum. virtutem,
sed per virtuosam vitam pervenire ·ad fruitionem divinarn'".
4. La república perfecta y. el bien común.
Lleva el hombre en su naturale,a la condición de vivir junto con
otros hombres;

es un animal sociable. Inteligencia, libertad
y socia-
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Fundaci\363n Speiro

FRANCISCO ELIAS DE TEJADA
bilidad son los tres rasgos que Je caracterizan, y se dan en el ser hu­
mano de modo
inseparable. De suerte que no cabría pensar ninguna
vida
virtuosa
entre los humanos sin
concebirla viviendo con otros de
su misma especie. Si el bien terreno cuaja en la perfección de la na­
turaleza
humana, uno

de
los élemenros de

ese bien terreno es la vida
comunal de unos hombres
con otros,

es la vida de una comunidad
o república. Ni que decir tiene que entendiendo por república la ordenación de la vida en común,
no· la forma de

gobierno por la que
vale el vocablo
· república

en los tiempos
más recientes, desde Ma­
quiavelo para acá.
A fin de lograr la salvación que es el· despliegue de la natura­
leza humana, la república ha de ser perfecta
-en
el sentido de
pro­
porcionar los medios que satisfagan la· totalidad de las necesidades
natun1les y terrenales del hombre. Ha de ser, pues, comunidad per­
fecta; no

lo sería si dejase de
acudir a
proveer
la posibilidad del cum­
plimiento de la totalidad de los fines' humanos
en la
convivencia.
Es concepro por Sant0 Tomás reiterado en numerosos trechos de la
Summa theologica: En la Prima secundae, XC, 2, respondeo: "per­
fecta enim

communitas
civitas est";
en el
artículo 3
ad tertium:
"civitas autem est communitas
perfecta". O

en la Secunda secundae,
LXV,. 2, ad secundu.m: '"sicut autem ciVitas est perfecta communitas".
Es que· de no ser perfecta no cumpliría la misión que Santo To­
más la asigna en la Secnnda secundae, CLXXXVIII, 8, de requisito
neces·ario pará· la vida virtuosa: ••vita soéialis netessaria est ·ad exer4
citium· J?erfeciOnis".
· Al ser perfecta comunidad la república ha de proveer los me­
dios
para que

el hombre viva
virtuosamente y pueda advenir al
bien
sobrenatural que

es su fin último ultraterreno; de
donde ·que
la instáuración de la · vida morál recta haya de atender a la narura­
Jeza humana tal como Dios la -creó, ilni6n del aima con el cuerpo:
_ Lo que supone · que la: comunidad, si · ha de fomentar la vida moral
buená,

deberá atender al hombre en la totalidad de su ser, en cuan­
to consta de
alma y cuerpo. Con su típico_ maravilloso realismo lo
hizo constar
Sanro Tomás

en
el pátrafo 65 del capítulo XV del
libro I del
De reghnine p,indpium :aJ apuntar como para la vida
moral buena del
hombre requiérense

dos cOsas:
una, y principal; que
Fundaci\363n Speiro

LA «PIE!' AS» EN SANTO TOMAS DE AQUINO
es vivir virtuosamente, pues es la virtud aquello por lo que se vive
bien; otra, cierto .que
secundaria e instrun;iental, subordinada pero
también necesaria, es la suficiencia de los bienes corporales, cuyo
uso es preciso
para la práctica de la virtud. "Ad. bonam autern unius
hominis vitam duo
.requiruntur; unun;i principale,

quod est operatio
secundun;i virtutelil (virtus enim est qua bene vivuntur); aliud vero
secundariun;i et

quasi
instrun;tentale, scilicet

corporalium bonorum
sufficientia, quorum usus est necessarius ad
actum virtutis". De la
escueta consideración de
la naturale:ra humana dedujo .así Santo To­
más de Aquino la forzosa
existencia de
una república que agrupe a
los hombres
para la satisfacción del apetito de sociabilidad, primero;
y luego, que esa república tiene fines propios que cumplir.
Ese fin es el bien de
la comunidad, el bien común. Bien terre­
no
y nunca sobrenatural; pero entre los bienes terrenos, situado por
encima del bien singolar de
· los
individuos
que la integran. Bien
comúii exigido para el ,CUtiíplimiento del fin sobrenatural deJ, hombte,
pero
deducido de
la naturale:ra humana. En el orden de los bienes
naturales
y precisamente para tornar hacedero el bien sobtenatural
de
la posesión de Dios por la reali:ración de la vida buena en la con­
vivencia,
el bien común terrenal se coloca por encima de los bienes
terrenales individuales. "Bonum multitudinis est maius
et divinius
quam bonum
unius"; el

bien de la comunidad es mayor
y más
divino que el bien de uno, afirma rotundamente Santo Tomás, to­
mando palabras de Aristóteles,
de la B#ca " Nicómaco, II, VIII,
1094b 10,

en el número 2 del artículo 2 de la cuestión XXXIX de
la Secunda secundae de la Summa theologica. Si el bien sobrena­
tural le supera porque

es de orden más
alto, en
el orden de la na­
turale:ra terrena

el bien común está situado por más elevado que
el
bien de los individuos, Por decirlo con el padre Santiago Ramírez en su
Doctrina política de Santo Tomás, salvo el bien transcendente
que es Dios, el bien inmanente de
la sociedad prima sobre los in­
dividuos que la componen (1).
(1) Madrid, Instituto León XIII, 19~1, pág. 27.
333
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FRANCISCO EL/AS DE TEfADA
5. Jerarquía de los bienes humanos de orden natural terreno.
Para
Santo Tomás,
igual que para
Arist6teles, el
fin fija
la con­
dición del ser. O sea, la
existencia de

un bien· común que es el fin
atañente a

la república,
traerla consigo

que la república sea ente
dis­
tinto y superior a los setes humanos que la componen. Puesto que
la parte es inferior al todo y, en consecuencia, imperfecta respecto
del

todo, la república de la cual el individuo es parte sería, además
de sujeto de un
fin que

es bien común, .distinta y superior a los in­
dividuos definidos según sus fines terrenos particulares respectivos. Abundan los textos en que consta esa subordinación del indivi­
quod uniusquisque in aliqua societare viyens, e.st aliquo modo pars
rrenos, en cuyo orden el bien de la comunidad que es todo supera
al bien de
las parres que la integran. "Est autem considerandum
quod ¡¡niusquisque in

aliqua
socierate . vi~, est

aliquo
modo pars
et membrun totius spcietatisº", ha \le tenerse _en cuenta

que cual­
quiera que. viva en una ~iedad determinada, en cierto modo es
parte y miembro _de esa sc,ciedad, declárase .en la S11mma theologica,
prima secwidae, XXI, 3, respondeo. "Cmr enim unus homo sir pars
multitooinis
quilibet
homo hoc
ipsum quod esr et quod haber,. est
multitudinis:
sicut
et qualibet pars id quod est, est totius"; pues
que
_el hombr_e es parte
de la comunidad, cuando es
y tiene pertenece
a

la comunidad, porque la parte por
entero pertenece
al todo, corro­
bora en la
Prima secundae,

XV, 4, respondeo.
"Manifestmn est
autem
quod omnes qui sub communitate aliqua continerur comparanrur ad
communitatem sicur partes ad totum. Pars au~ id quod est totius
est: unde et quodlibet bonum partis es,t ordinabile in bonum totius",
manifiesto es que cuantos componen alguna comunidad están rela­
cionados con
ella como las partes con el todo; así como la parte,
en

cuanto tal
parte, es

del todo, dedúcese que cualquier bien de la
parte es

ordenable al bien del
todo, reafirmase
en la Secunda secun­
dae, LVIII, 5, respondeo. Extrémase la tesis cuando Santo Tomás apela a las comparacio­
nes para presentar palpablemente el carácter orgánico de la comu­ nidad. La integración del individuo en la comunidad se da en
tanto
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LA «PIETAS» EN SANTO TOMAS DE AQUINO
grado, la realidad de la comunidad es tan robusta y coherente, que
los individuos entran en ella igual que
las células
en un cuerpo
vivo; a

tanto llega la completa sujeción del individuo a
la comuni­
dad,
a tanto llega la subordinaci6n del bien singular del sujeto hu­
mano a la comunidad política de
la que forma parte. Es una célula
en un organismo, y no más. "Omnes homines qui sunt unius com­
nl.unitatis ·reputantur

quasi unum corpus, et
tora communitas
unus
homo", todos los hombres que son de una comunidad son tenidos
pot un
solo cuerpo y
la comunidad por un solo hombre, dícese en la
Summa theologica, prima secundae, LXXXI, 1, respondeo. "Sicut
animal est aliquid unum, compositum
· ex

partibus diversis unitis in
toto, . . . ita et civitas est communitaS ex pluribus composita", del
mismo modo que el animal es una cierta totalidad, compuesta de
partes diversas unidas en el todo, . . .
así también la ciudad es una
comunidad formada por muchos, insiste en
In libros Politicorum
Aristotelis commentaria
I,

VII, l, 4. De la subordinaci6n jerarqui­
zada del

bien particular al bien común era inevitable llegar a la
subordinaci6n integrada del sujeto en la comunidad, habida cuenta
del profundo alcance que el sentido finalista de la especulaci6n aqui­
natense había tomado del radical teleologismo aristotélico.
'Más aún; dada la distinta situación que .el bien común tiene res­
pecto al bien singular dentro del orden axiológico de las naturalezas
terrenales,

el bien común es perfecto, en tanto que el bien particu­
lar es imperfecto, no logrando perfección
más que en la medida
en que se acomode al bien
común-"Bonum

particulare ordinator ad
bonuro rotius sicut ad finem, ut
imperfecturo ad perfecturo", el
bien

particular está ordenado al bien común lo mismo que lo im­
perfecto se ordena a lo perfecto, adviértese en
la Summa theologica,
secunda
secuodae,

LVIII, 9 ad
tertium.
Pero

hay
más todavía. Aun dentro del orden terreno el. bien co-'
mún es distinto y superior al bien de los individuos, no ya en canti­
dad, pero en calidad.
En la misma parte y cuestión, artículo 7 ad
serundum, nótase que la diferencia no es numérica,. ni formal, sino
lógica y ontológica. "Ad secunduro dicendum quod bonuro commu­
ne civitatis et bonum commune unius personae non differunt solum
secundum multuto et paucum, sed secuoduro formalem differentiarn:
335
Fundaci\363n Speiro

FRANCISCO EUAS DE TEJADA
ali,a enim est ratio communis et boni singularis, sicut alia est ratio
totius et partis". El bien
común y
el bien de una persona no se di­
ferencian solamente en lo mucho y en lo
poco, sioo con diferencia
formal;. una es la raz6n del bien comµn y otra es la razón del bien
singular, una es la .razón del
rodo y otra la de la parte.
No podría concluirse de
otro modo.
Si el fin del bien
comµn
hace

ser a la comunidad lo que es,
y si el bien común corresponde
a
entidad distinta

de
.la suma

de los individuos, a entes separados
rocan calidades

de fines separados. Si la .naturaleza de la comunidad
se distingue cualitativamente de los individuos, el fin de la comu­
nidad será de diferente condición que el de los individuos. Fines
y .na.tu.raleza dispares, no será _cuestión de números, sino de condicio~
ries dispares. El ser de la sociedad es mucho más que la suma de
sus miembros; es un ser aparte. El bien com~ no -consistirá en la
adición de los bienes individuales, sino será bien con contenido
propio.
6. Comunidad e
individuo;
¿Quiere ello decir que Santo Tomás integre al individuo .total­
mente

dentro de la comunidad? ¿Implica lo dicho que estamos en
presencia de un
t<)talitarismo al estilo . de los derivados de Hegel,
marxistas o no marxistas?
Nada más lejos del Aquinate. Por dos razones:
La primera, que el orden de los fines terrenales está subordinado
al bien sobrenatural Son bienes análogos, nunca
unívocos. Ya
dije
lo bastante en el
parágrafo 2

para no tener que
alargar la argumen­
tación con
las muchísimas citas con que podría apoyar el argumento.
Encima· de todos los bienes de la tierra, el ser racional y libre tiene
el de la consecución de la felicidad en la contemplación eterna de
Dios.
Incluso, como indiqué,
todos y cada uno . de los bienes terre­
nales,

bien común de la
comunidad. o
bien particular que fueren,
están
sujetos y ordenados a la consecución de su eterna bienandan­
za. La religión cristiana está
.fundada en
el destino transcendente in­
dividual de cada hombre
cOn arreglo

a la lógica de que con su con-
336
Fundaci\363n Speiro

LA «PIET AS» EN SANTO TOMAS DE AQUINO
ducta en la tierra ganará o perderá la bienaventuranza en el más
allá. No puede hundirse el yo en el abismo de la totalidad de
aquí
abajo,

porque el yo tiene por única exclusiva meta el bien sobrena­
tural que es Dios.
Lo . segundo, porque la ·oomunidad es un ser total, pero no inte­
gral, por seguir la prodigiosamente exacta terminologla del padre
Santiago Ramírez
·(2). Entre
lo
oolectivo, que
equivaldría a la suma
de sus miembros, y lo · unívoco universal, que sería la a~rción de
sus miembro·s, es un total en el cu.al los componentes participan.; En
modo que el bien oomún es al mismo tiempo bien común del todo
y
. bien
común de las partes, un bien
· potencial
en palabras del mismo
padre Rarnírez. Aplicando la regla tomista de la analogía, el maestro
dominico · labró una interpretación que, a mi ver, es la más satisfac­
toria entre las muchas propuestas hasta ahora, tal romo las recoge
Antoine Pierre Verpaalen en su erudito libro
Der Begriff des Ge­
memwohls bei Thomas on Aquin (3).
De suerte que Santo Tomás no fue ni Jo que hoy decimos un
liberal ni lo que conocemos ahora por totalitario. Cara al totalita­
rismo salvó la dignidad del ser humano, oo!ocándole en conexión
directa, individual

y personal con Dios. Frente al liberalismo, defi­
nió la ~munidad_ cual entidad orgánica, como cuerpo vivo; sin sa­
crificar jamás el bien de la sociedad a los intereses particulares de
los hombres aislados. Son
tan frenéticamente interesados como evi­
dentemente absurdOs los intentos recientes de encasillarle en ninguno
de los dos desvíos del pensamiento revolucionario. Individuo, so­
~iedad y Dios, o si se prefiere, hombre, comunidad .Y Dios, están
jerarquizados por razón del orden de los bienes, que en las criaturas
es

orden de
los· fines. La distinción entre la gracia y la naturaleza,
entre lo sobrenatural y lo terreno, entre el bien trascendente . y los
bienes inmanentes, permite
al realismo tomista sortear con mano de
seguro timonel los desvaríos en que suelen
despeñarse los más ce­
lebrados corifeos del pensamiento moderno.
(2) S. Ramírez, O. P.: La doctrina polltica de Santo Tomá.r, págs. 34-36.
O) Heidelberg, F. H. Kerle, 1954. Especialmente· en las páginas U-46.
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Fundaci\363n Speiro

FRANCISCO ELIAS DE TEJADA
7. Juaticia y piedad.
De que el orden social sea la unión metafísica en el bien co­
mún, nace
la virtud de la justicia. Cuando la justicia es vivificada
por
la caridad recibe de ésta aquella perfecci,ón más completa de
virtud, la

"perfectio virtutis" que la caridad proporciona a
las vir­
tudes,

según está escrito en
la s,,,,,ma theologica, prima secundae,
LXII,

4, ,espondeo. Porque
la perfección suprema de la justicia es
para Santo Tomás la caridad del amor, como bien vió hace más de
un siglo el especialista de Santo
'l'omás, que
fue
el sueco N. J. Lln­
natsson, en su estudio Thomas afAqu;n sásom moralteolog al opi­
nar que para el Aquinate "pii gtund af detta niirmare fürhfillande
hvari kii.rleken sriir till

det
für alla <\e teologyska dygderna gemen­
samma füremalet, miista man saga, att kii.rleken bland dem innebar
der
fürniirnste rummet" (4). O sea: sobre la base de esta propor­
ción, en
la cual el amor entra por objeto común de rodas las. virtu­
des,
pudiérase decir que el amor ocupa
el lugar preeminente entre
todas. En
el orden de las relaciones humanas, cifrada en su manera más
perfecta en la adecuación
de. los
bienes
particulares al
superior bien
común, caben por tanto dos puntos de mira: el de
la justicia legal,
que expresa precisamente la subordinación entre tales dos tipos
de
bienes, y la caridad, que recoge al amor perfeccionador de la justicia.
La tradición literaria romana había fundido a
ambas, presentando
a

la "pieras" como parte de la justicia legal; esto es, de la justicia
atañente al bien común.
La piedad es hermana de la justicia en el
De natura Deorum de Cicerón, II, LXI, 153: "Quae contuens animi
accedit ad cognitionem deorum, e qua oritur pietas, cui coniuneta
iusdtia est reliquaque virrutes"; con lo que la mente sube al cono­
cimiento de los dioses, de donde procede la piedad, hermana de la
justicia y demás virtudes. Y en la Retórica, II, 5 3, es la justicia mis­
ma, según recuerda el propio Santo Tomás en la Summa theologica,
secunda secundae, CI, 2, sed contra. Porque aquí Cicerón define a
(4) Upsala, Akademiska Bokhandeln (C. J. LundstrOm), 1866, pág. 100.
338
Fundaci\363n Speiro

LA «PIETAS» EN SANTO TOMAS DE AQUINO
la "pietas" como el culto debido a los padres y a la patria: "Pietas
est per quam sanguine iunccis, parriaeque benevolis, officium. et
diligens tribuitur culrus"; piedad es aquello por lo que se rinde ser­
vicio
y culto diligente a quienes nos están ligados por la sangre y
en el amor a la patria.
Santo Tomás las disocia. A los padres y a la patria, que es la
síntesis de ellos, o sea la Tradición acumulada de sus quehaceres ~­
mitidos, tradición que de ellos recibimos y merced a la cual somos
Jo que somos, débese honor, culto y reverencia. Porque de la patria
recibimos el principio de nuestra existencia, existe el deber. de con­
servarla, de perpetuarla y de mantenerla. Consta, clara y tajantemen­
te en la
Summa theologica, secunda secundae, O, 3, ad tettium: "Ad
tertium dicendum quod pietas se
extendit ad

patriam secundum quod
est nobis quoddam essendi principium: sed iustitia legalis respicit
bonum patriae secundum quod est bonum commune··. A Jo tercero,
la piedad se extiende a la patria en cuanto. que es, en
cierto modo,
el

principio de Jo que somos; mientras. la justicia legal se refiere al
bien de la patria en su razón del bien común. Como
ha escrito Mi­
cbaeJ. Wittrnann
en

su
Die Ethik des hl. T homas van A quin, a cada
deber
corresponde uoa
virtud: a

la justicia legal el deber jurídico,
a la
piedad la

caridad que
refuerza aquel

deber imperado por el
de--.
recho

natural (5).
Hay, pues, según Santo· Tomás de Aquino, hacia la patria doble
deber de justicia
y de piedad. Para ser más exactos, deber de justi­
cia reforzado
por la

piedad. Derivándose ese deber de la superioridad
del bien común sobre los bienes particulares. Va contra el derecho
natural; esto es, contra el orden escalonadamente jerárquico de los
seres, anteponer los intereses o las conveniencias privadas a los in­
tereses de la patria, que son el bien común de la comunidad a la
que pertenecemos.
"Pietas" y justicia que no son capricho nuestro. Son deberes ins­
critos por Dios en el orden de los valores de la creación. La patria,
que es tradición que atraviesa las generaciones, porque - comprende
más allá de los linderos cronológicos de nuestra existencia, abarca
(5) München, Max Huber Velag, 1933, pág,. 290-291.
339
Fundaci\363n Speiro

FRANCISCO ELIAS DE TEJADA
a los_ que nos precedieron y a los que nos seguiráJ:t, todos ellos en
el pasado o en
. el futuro partícipes de ese bien común que define
y constituye a la patria. Como certeramente observó Lui,¡ . Cabra! de
Monpida .en su estudio
Universalismo e individualismo na concep¡iio
do Estado:
S. Tomás de Aquino, la república, o sea la patria, "náo
é mera associa~ de socorros mumos nem mero gendarme. E muito
mais do que isso; é um instrumento do bern e da felicidade comun
de todas
as_ gera~óes presentes

e futuras, subordinadas a um valor
etico óbjectivo independente da vontade dos individuos e que se
chama a
justi~" (6).
Es de notar que Santo Tomás, en la parte, cuestión y artículo
citados de la
Summa theo/ogica, equipara los deberes de justicia y
piedad hacia la patria con los debidos a los padres, situándoles al
mismo nivel Con cierta
contradicción_ sin dnda,

ya
. que,
si de un
lado asegura que
.el deber

para
la patria es la expresión del bien
común
y de otra que la patria o comunidad es la única sociedad per­
fecta por encima de
la familia, que dentr0 de ella se encuadra en sus
fines y en sus
. bienes,

parece lógico deducir que el
_ deber
para con
la patria es mayor que el deber para con los padres; puesto que la
patria encarna al bien común, bien común no encarnado por los
padres. Marco Tulio Cicerón, en
la visión romana que fundía a la "pie­
tas" con el derecho natural, como ha puesto de relieve Cario Alberto
Maschi en su conocido libro La concezione naturaUs#ca del diritto
e degli islitu# giurudici romani (7), situaba en cambio a la patria
por encima de los padres. En
la treintena de textos en que alude
a
la "pietas", recogidos por H. Merguer en su exhaustivo Lexikon
zu den philosophischen Schriften Cicero's
(8), trae uno sacado del
De republica, VI, 16, en donde está establecida la jerarquía de los
deberes con arreglo
al postulado del bien común, poniendo a la
patria más arriba que a los padres: "Sic, Scipio, ut avus hic mus, ut
(6) Coimbra, Armenio Amado, Í!/43, pág. 49.
(7)

Milano, Vita e
pensiero, 1937, XV, pág. 355.
(8) Hildesheim, Georg Olms Verlagsbuchhandlung, 3 tomos. Cita al
III (1961), pág. 86,
340
Fundaci\363n Speiro

LA «PIBT AS» EN SANTO TOMAS DE AQUINO
ego, qui te genui, iustitiam cole et pietat-em, quae cum magna "in
parentibus et propinquis, tum in patria :maxima est". Porque, cual
el mismo Cicerón dijera en el De legibus, II, III, 6, la patria es la
que nos crió: " ... hanc
quoqne quae te pr/Jcreatit esse patriam ruam";
en

mayor grado que los padres, quienes apenas si nos dieron la
eatne
de

nuestros cuerpos hablando en sentido estricto. En todo caso, de la consideración del pensamiento de Santo
To­
más

de Aquino resulta, a mi modesto entender, que los deberes pata
con la patria son superiores a nuestros intereses particulares en el
orden de los bienes terrenos; esto es, sin otra excepción que la con­
secución del bien sobrenatural que es Dios, única excepción tolerada
por Santo Tomás en el attlculo 4 de la cuestión CI de la Secunda
secundae de

la
Summa theolo gica. Deber

legal de derecho natural y
deber virtuoso de piedad, que refuerza al mandato de la ley natu­
ral. Por exigencias del bien común, del bien común definidor de la
comunidad política que es la regla que jerarquiza nuestros deberes
pata con
ella.
8. Pregunta final.
Todo lo dicho trae a mientes una pregunta final concreta. Quien
habla forma patte de las Españas, comunidad cuyo bien común ha
de defender por encima de cualquier
orro interés

terreno en virtud
de mandato del derecho natural;
las Españas están tan identificadas
con su unidad católica que, siguiendo a Menéndez y Pelayo, podríamos
concluir las aniquilaríamos en el caso de que tal unidad católica des­
apateciera. Siendo ello así, planteada la cuestión de esta manera, ¿tengo yo, español, el deber de defender la unidad católica de
las
Españas que es la esencia de mi patria, contra quienes intenten des­
truirla, sea quienes fueren? Porque los que fomenten, aprueben o
hagan posible la ruptura de la unidad católica de las Españas son
destructores de mi patria.
Pues trátase de mandato de derecho natural, mandato que ha
de informat
al derecho positivo pata que las leyes del derecho posi­
tivo sean sencillamente leyes. O en otros términos, ¿puedo yo, espa-
341
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FRANCISCO EUAS DE TEJADA
ñol, en conciencia y en derecho, acatar unas normas de derecho posi­
tivo que contradicen Jo que me impera el derecho natural, tal como
Jo
reorizó nada menos que Sanro Tomás de Aquino?
342
Quede en pie la pregunta, sin respuesta.
Y nada más.
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