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¿Cristo Rey estará en trance de abdicar?

¿CRISTO REY ESTARA EN TRANCE DE ABDICAR"/
Querido, amigo·:
Respuesta a un amigo conturbado por determinados
j,asaj es de los textos conciliares que le parecen poco claros y susceptibles de volver a poner en tela de · juicio la, ·doctrina, comúnmente admitida hasta ahora·, de la realeza social de Nuestro Señor Jesucristo.
Vuestra carta es de las que no podemos dejar sin respuesta.
Lo que en· ella se incrimina es denu:,,.siado grarve y toca de muy
cerca a lo que no ha dejado de ser, desde hace veinte años, el alma
de nuestra vida.
No es que este arg>umento me parezca a,plicable y suficiente
para descartwr
lo que V d. afirma. No ignorü que existe un número
inmenso de personas que, con la nwjor intención del mundo, ha
perdido generosamente su vida al servicio del error. Y estoy presto
a reconocer que nosotros mismos no estamos segu,ros de sucumbir
a tal peligro.
Si ffl!~ carta comienza de este modo no es para que sirva de argumento, y menos aún para-conmover. Es únicamente para hacer
admitir
UJ regla., desacostumbrada entre nosotros, de lo que va a
seguir.
Hablemos claro.
Si lo que V d. cree tiene fundamento, nuestro
trabajo es vano.
¿ Qué valor, pues, türnen vuestros argumentos'!
Y ante
todo~ ¿cuáles son ellos?
El prinwro, en que se fundan los otro·s, es que ciertos pa,sajes
y dQclaraciones conciliares os parecen ambiguos, redactadas con
menor
vigor que aqueUos a los que estábamos habituados sobre
los
mismos problemas. Lo que bastarÚl, según V d., para volver
a poner
en tela de juicio, no sólo determinadas fórmulas acceso­
rias de la reaJ.eza social de Nuestro Señor Jesucristo, sinó, hasta la
doctrina de esta realeza.
De
ahí /a act;tud ESENCIALM!WTE diferente -V d. ha hecho /nen en insistir sobre la palabra ESENCIAL-que las naciones po­
drían tener en
'lo sucesivo con relación a Cristo, Rey. To·da refe­rencia constitucional, institucional, legislativa, a un cualquier sis­
tema teacéntrico, dogmático, os parece comprometida.
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¡He ahí lo que sería nu-evo en la enseñanza teocéntrica del
V atica,no II 1
Novedad dudosa, es cierto. Pues V d. reconoce que la procla­
mación de un semejante retroceso no está clairam..ente formulado
en ninguna parte. Le es suficiente con olfatearlo para creerse
usted
obligado a da,r nwKcha atrás.
Para
justificar este repliegue invocáis la regla de crítica apli,­
cáble a los casos de interpretación de un texto dudoso: estudio,-,
comparándolos} los pasajes del mismo autor sobre el mismo tema.
Método que puede aplicarse al Concilío. Pero a condición de
ponerse de acuerdo sobre la persona del mismo autor.
Muy lejos de preconizar) como usted lo hace} el estudio de los
trabajos, declaracíones o debates de los que se sabe que prepa­
raron la redacción del texto c_onciliar, pienso, que no son éstos los
escriitos de ese. mismo autor de los que interesa en mayor grado
captar el pens/I"'11ien,to.
Pues, en el caso particular de un Concüio, hay que distinguvr
la parte de los hombres -que ha,n podido ser redactores de los pa­
sajes contempkuios-y la p/Jirte de Dios, único, verdadero autor.
En aplicación de la regla crítica evocada hace un ni-omento) no
es a la luz de los trabajos personales de tales Padres del Con°
cilio -aunque hayan sido los portavoces de la mayoría--que
puede ser
disipada la eventual ambigüedad debida a la insuf de los redactores. Es a: la /Jwz de los otros textos del único vll'rda­
dero autor sobre el mismo tema --otros textos del Espíritu Santo,
otros
textos de la Iglesia------a los que debemos referirnos.
Al designar los escritos o el pensamiento de Monseñor. X o
del reverendo, padre Y, como las expresiones más (]Jjustadas de la
doctrina conciliar, se corre grandemente e! p>eligro de sustituir la
doctrima de M g,iseñor X o del reverendo padre Y, a la doctrina
del único (IIU,tor conciliar que es el Espíritu Santo.
La emdencia de una part;cipación de X o de Y en la redac­
ción de un texto no constituye un airgumento, ya que Dios Se SU-­
pera, cOm'O se dice, en escribir derecho· con renglones torcidos ...
incluso en servirse· de redactores retorcidos paira hacer triunfar
sin embargo lo que Él quiere. Así como, ha .podido suceder que
sobre un ·texto peligroso tal rectificación· -"nota· explicativa':,,~
sobrevenga "in extremis"
disipando el equívoco, neutralizandó ·el
peligro, como a las barbas de aquellos que, hasta entonces habí/11/1
parecido dirigir el debate.
_, ··Es_ ffl_spstenible el_ 'n!,é(odO gUr corisiste ·eii invocar la opinión, le
algwnos Yadres del Concilio· más ezh;bidiis, para aclarar pasajes
que no pueden dejar de apoyarse ante todo, apoyarse sobre
todo
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en un com,entario fundado sobre lo que la enseñanza de la Iglesia
tie·ne como más seguro~ como más clásica sobre el te'l'n Y no tan solo ésta es la regla; aplicada desde siempre en se­
mejante ,nateria, sino que el mismo Pablo VI no ha titubeado al
dentUncUJJr, en dvferentes acais~ones, el error que, consiistiria en a,is­
lar la doctrina del Vaticano, II del contexto del pensamiento cris­
tiano desde sus orígenes.
Es únicamente en esta corriente donde. deben ser buscados
( y encontrados) esos "otros textos del mismo IJlUtor sabre el mis­
mo te,na" ... susceptibles de aclara,,-lo que pueda parecer oscuro
en
las doctrinas y declaraciones del Vaticano II.
T(J!n cierto, es esto que ... "no imtporta cuál de los veintiún
Concilios Ecuménicos interpretados como una especie de revela­
ción nueva, contenienda el alfa y la omega de lo que es preciso
creer y practicar y excluyendo todo aquello que no haya dicho él
mismo y comprendido como una desautofflación de los tiempos
cristianos anterior~ ( .. .), no importa cuál de esos veintiún Con­
cilies -escribe lean Maáiran--se-rix:h un. dclón que no, dejwía
rebrotar nada en las almas de' los que él hubiera pasada" (1).
De ahí la declaración de S. E. Monseñor Felici, nombrado por
el Papa, Secrelarw genere,/, de la Comisión para la coordmación
de los trabajo~
post-conciliares y la interpretación de los Decretos
de'/ Concilio: "No ha,y que atribwir al Concilio más que lo que está
contenido en los diversos decretos conciliares. No son valederos
más que los comentarios de los dos Pontífices del Com:tilio, en lo
referente a los doC'Wl11Rlltos mismocr. Todo el resto (. .. ) no re­
fresenta, en modo algunlo el espiritu del Condio1
' (2).
No ha,y nada, pues, que perm,ta dejar de aplicar la regla de
siempre: Es a la luz de lo que ya está claro y recto en la doctrina
de
.la Iglesia como d'ebe interpreta,rse lo que pueden tener de oscuro
o dudoso los
textos más recientes.
* * *
Por lo tanto ¡cree Vd. legítimo mterpretar la acogida reser­
vada
por el Papa a deternvinados emisarios de Moscú como una
Ól11Vitación a suspender la lucha contra le Revolución anticristrona
que se desencadena hoy sobre el mundo?
¡Cree V d. que esto "coni..rtDtuye un prob'lnna", com"D se dice
hoy? ,
(1) Itméraires, diciembre 1966, pág. 19.
(2) Osservatore RomaM, 11-3-66.

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Y, ¡piensa, Vd. que está caducado el buen sentido que hacía
escribir al viejo Sardá su capítulo sobre las relaciones que el
Pa,pa manl,ene co-n IOJS potencias de la tiem,? ( 3).
"La Iglesia cree en esta esfera poder valerse y se vale de todos
los recursos que puede
utüizar una diplomacia honrada. ¡ Quién
se atrevería a echárselo· en cara? Así, pues, envía embajadas y las
recibe aun de
gobiernos rn.a,los, aun de príncipes infieles; da a los
mismos
y de los mis_mo:s recibe presentes y obsequios y honores
dlplomáticos; ofrece
distindane's, título·s y condecoraciones a sus
personaifes; honra con frases de cortesía y galantería a sus fam;­
lias; concurre a sus fiestas por m.edio de sus representarites".
¿No es ridículo que w catól~o, prevaliéndose de esta conduc­
ta, se atreva a presentarla como um sanción _de doctrinas con­
denadas'
Cuando el' Papa recibía, en otros tiempo,,, presentes y emba­
jadas del Gran Turco ¿;había alguien que se permitiese creer que
por eso la
poligamia dejaba de estar menos reprobada que antes!'
Sería insensato afirmar que por tales actos la Iglesia autoriza lo
que no ha cesado jamás de prohibir. "Su ministerio diplomático
-concluía Sardá-no anula su ministerio apostólico; en su mi­
nisterio apostólico debe, sí, /Juscarse la explicación de las. apa­
rentes contradicciones de su ministerio diplomático".
* * *
Tal fue, y tal sigue siendo, la regla de interpretación de lo que
pwrece perturboros. Es suficiente, pwra quedar en paz, perma,­
necer firmv,mente ap,egado a esta regla, ya que el estruendo de
las propagandas no son más que una forma nueva de tentac-íón
por respeto humano.
Si conviniera} sin embargo, adarM aún más lo, que el reiueráo
de esas nornruis no bastara para corvvencw, podría lograrlo la e.:r­
poskión de las consecuencias de lo que V d. indka:.
La Iglesia, cree V d., estaría en trance de abandonar su en­
señanza sóbre la necesidad de que e'l Derecho, la Ley, el Estado,
el orden político y soci.al. estén fundados en Dios como primer
principio
de su legitimidad.
Y esto no seria, según V d., fórmula oportunósla, wctitud jus­
tificada por el deseo, tan prudente en muchos casos,
de no pro­
voca,r las reacciones desastrasas de una opinión podrida. Ante el
exceso del mal, la obligación prudencial de ciertos süencios, de
(3) Félix Sardá y Salvany: El liberalisimo es pecado, cap. xxx.
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ci,,,tas abstenciowes siempre han sido, en efecto, admitida. Y el
mismü Evangelü, recomienda no echar perlas a los puercos por te­
mor a ser devorado. Callar la verdad en e'sas condiciones no es
abandona~la. Es una de tantas maneras de servirla de nroao im,pli,.
cito. Pero queda en pie, incluso en estas casos, que importa con­
tin,uar creyéndola verdadera, continuar enseñándosela a los más
fieles. ·
Toda cambi<>ria si se debiera, admjtir que pare, lo suceswo esta
doctrina está abandonada.
Y, ¡ qué quedarímt
Nuestros teólogas de ocasión ,¡ignoran las estupideces que re­
sultarúm de ese abandono?
Nuestra "Madre y Maestra" la Iglesia -que nosotros nos ne­
gam,os a dejar reducida a U1l nos ha enseñado muy bien, según la expresión de Pío XII, a sar
ber distmguitr cóma nuestra fe tiene la razón o, su favor.
"His immedT!CabiJliter imbutus sum", escribía ya San Hüario,.
Los wrrianos haMan inútilmente. Llegan demasiada tarde. Nos­
ótros no P'odemros ya cambiar. Nuestra fe es irrevocable" ( 4).
Dios o nada.
Dios o el absurdo.
'' Si Dios na existe', todo está permit'D ¿Puede pensarse que sean suficientes estas fórmulas poco co­
rrientes para creer caducada su verdad?
Si determinados clérigos rehusan· enseñar que .Dios está al
principio .de la ley, ; quién dirá el secreto de la legitimidad de
la ley?
; Y qué deviene la leyt
; Qué deviene la naturaleza de su ob/;gación!
; C ómro justificar que ella obligu,e en conciencia!
¿ C óm" just,fico,r esta obligación de otro mrodo más que por
el hecho de la fuerza bruta o sicológica? -¡ fuerza que no po,dria
ser una justificación;; par eficaz que pueda ser!-. ¡Cómro ezp!i­
car &a obl)¡gación moral de la ley de otro modo mru que por la
amenaza de la policía?
Si Dios r,o está al prindp-ia de la ley, la ley no se impone más
realmente. Es un consejo~ unia recomendació'n más o menos pru­
dente.
Es il,;capa:z de just,,'ficarse seriamente, incarpaz de encon­
trar
en ella lo que !,gltirmam,ente, razonablemente' la mutoriza a
decir:
Es obUgatorio obedecerme, tengo el derecho de obNgar;
(4) De Trinitate, 1-VI-21,
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tengo el derecho de castigar e incluso de matar en ciertos casos
a quienes rehusen observar nztis prescripcion-e's.
'~No tendrías nd.111gún poder sobre má, sj no fe hwbiera sido
dado de lo Alto".
Ahora
bie1', si la ley deja de ser presentada ya como vÍlmendo de lo A /to, su poder está despojado de su única y verdadera jus­tificación.
Ante. esta ley sin principio, jamiás se dirá brutante que los anarquirtas tienen razón. Pues, una vez desligadas de Di<>s las mstituciones, no nos qu1eda m,á.s, lógicamen1te, que la tesis de esas gentes para explicar el p•oder del gendarme, la obl;gación
del impuesto. Tesis su/J'l)e·rsiva, de la sola fuerza del wúmero, del aP'lasta,m:lewto del mdividuo por la sociedad en n1omibre de la sola
swperioridad de lo "múltiple" con relación a "lo uw derechos del
"todo" sobre la "parte". Y esto resulta así, tanto si se acepta y se O'f'ganiza como hacen los comrunistas; com10 si se acepta que el mdwiduo se subleve contra la 1;rania social, ai modo
que
la hacen los anarquistas.
En; cambio, invocando a Dios, la a1byecta alternativa; desapar.
rece. Pues puedo reconocerme, razonablemente, eni la absoluta y siempre actual dependencia de Dios. Mientras que na pued'o decir
otro tanto respecto
de la sociedad.
Puedo decirme
absolutamrente criatura de Dios. En, tanto que es evidente que no lo soy de la sociedad.
Dios, pues, eni todo rigor lógico, tiene plenamente derecho a
mandarme. No la sociedad.
Como escribe Juan XXIII en1 "Pacem in IJerris": "La.autori~ dad humana no puede ligar las concienáas más que en la m~dida
e" la que ella se religue a la autoridad de Dios y constituye una participación de ella ... "
No merecía la pena de protesta,r con tanta fuerza contra el
emrJ>irism"' orgamzador de un M aurras, para proponernos hoy wn sistem1> ... que, de ser admitido, no daría derechos más que a la anarqula.
¡ Qué ironía implica el pensar que existen clérigos que dudan ante trsas verdades que uin agn1óstico nJo temda proclamar poco
antes
de su conve'r'sión1J
"Sin la unidad divina y sus consecuencias de disciplina y de dagma -escribía Maurras (5)-, la unidad m,ental, la unidad p-olítica desaparecen al m~sm'o tiempo, no se reconstrwyen más que si se restablece la prim1era unidad.
(5) Sans la mu,raille des cypres ... , pp. 53-54.
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HSin Dios, ya. no hay verdad ni -mentira; ya no hay derechos;
ya no hay ley. Sm Dios, una lógica rigwrosa iguailxi la peor locu­
ra o la
más perfe'cta razón,. Sin Dios, matar, robar, son actos de
una perfecta, inocencia; no hay cr<1,wn, que no devenga indiferen­
te, ni revolución que no sea leg>tima.; pues sin Dfos el principio
del
libre examen subsiste úb1ico, prin,cipio que puede exc/uw tüdo
pi,ro
qwe' no puede fundar nada."
¡Os atreveréis ª' decir que después del Vaticamo II el p,en­
samknto de la Iglesia se' atreva a llegar /JJ eso?
¡Habremos l/e'gado a ese grado de licuefacción cerebmlf
¡ Es po.rible que, basándose en algunas ambigüedades conci­
liares, pueda
ser propuesta o del;beradamente aceptada por cléri­
gos una semejante aberración?
Que esos clérigos crean oportuno no re'COrda,r ya al Estado
la obligación social de una referencia dogmáfica, quizá sea su
conroeniencia.
Pero es y continlúr, siendo cada vez más la nuestra, la de
nosotros los seg/a,res, prever lo qu,e esta capituladón significa
en
lo lemporal; el Estado ¡dejará por ello de tener una doctri­
na?,· ciertamente, no.
Y si es ci_erto que por pusilani'midad un determinado sector
del clero está presto a abandonar lo que toda,vía puede haber
de cristiano en sus referencias mMales o Uealógicas, otras refe­
rencia,s m;orrdes, con rapidez, ocujtmrán el lugar así deserta,,do.
Pues un Estado no puede dej(I(Y de· tener una doctrina de
Estado.
s; los cwtólicas abandonan la suya, la de In, Revolución la
ocupará con mayor rapidez.
Desde h So'.qÚn, tod(JJ evidenida: la Revolución no espera más que nues­
tra ca,ba~riia pa,ra ser coronada.
Podría, siin1 em1baJYgo suiceder aún, qt-te !,a ceremonia juera per­
turbada, si
aumentarra sin. cesar el número de esos seg!CJJYes deci­
didos a na, toler(1!1' por más tiempo que la C>udad sea entregada ... ,
fror la traición de una mfflorfa de escribas achicados ante la Re:..
volucwn, que llega.
J EAN ÜUSSET.
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