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Ricardo de la Cierva: La masonería invisible

INFORMACIÓN BIBLIOGRÁFICA
Ricardo de la Cierva: LA MASONERÍA
INVISIBLE r·i
Este es un libro importante, cuantitativa y cualitativamente.
Son 678 páginas de gran formato que prolongan y completan las
publicadas
por este mismo autor en 1994 con el título El triple
secreto de
la Masonería. Una cantidad de datos como esta sólo ha
podido reunirse mediante el uso de INTERNET, este nuevo mons­
truo recién nacido que, para bien o para mal, nadie puede ya hoy
dejar de tener presente. Confirmado con este libro el éxito de su
trabajo, quisiéramos verle
en el futuro utilizado análogamente
para el conocimiento exhaustivo de asociaciones que en este
libro se mencionan demasiado brevemente.
Cualitativamente, tiene una novedad gratificante respecto de
otros libros del género.
Es la asociación en un mismo tratado de
historias antiguas con otras tan actuales que más parecen perio­
dismo de investigación que historia contemporánea al estilo clá­
sico. Queda así corregido
un defecto esencial de la misma litera­
tura en español sobre masonería que es limitarse a cuestiones tan
repetidas y lejanas que aburren, cansan, desilusionan y mutilan el
interés de los libros que constituyen ellas solas. En éste, no. A las
cuestiones clásicas de los siglos
XVIII, XIX y principios del xx, que
el lector se salta enseguida, se añaden, y con más extensión, noti­
cias de la segunda mitad del siglo xx, concretamente, las relacio­
nes de la Masonería y el Cristianismo planteadas de
nuevo en
torno al Concilio Vaticano TI y después. Esto es muy importante
y enseguida volveré sobre ello.
Organizaciones afines y aliadas
Antes quiero señalar en este contenido moderIDsimo, infor­
maciones sobre los Bilderberger, la Trilateral, el Council of
Foreing Relations (C.F.R.), la YMCA, y muchas más entidades en
(_+) Editorial Fénix, Madrid, 2002, 4.0 mayor, 678 págs.
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cuanto a lo extranjero; y en cuanto a lo nacional disertaciones
sobre Felipe González, Mario Conde, José Maña Aznar, y otros,
naturalmente envueltas en cautelas, pero nominativas; de mo­
mento solo son los hilos conductores que otros habrán de seguir,
pero
alú están ya; con el mérito que da el riesgo.
Como dice varias veces
el autor, y dice bien, este libro cono­
cerá varias nuevas ediciones. Para ellas y para otros investigado­
res quiero dejar esbozado
un capitulo posible de la serie de rela­
ciones de la
Masoner!a con otras organizaciones. El autor trata de
las
que ha tenido la Masoner!a con la Iglesia, el Vaticano, la
Compañía de Jesús, el paganismo, el satanismo, la Institución
Libre de Enseñanza, las Internacionales socialistas y otras,
pero
no plantea las posibles relaciones con la Parapsicologia. Es un
gran tema ausente que está por hacer.
Masonería y Parapsicología
La parapsicologfa se presentó en España ru¡cia 1970 como un
asunto aparatoso e importante, y después ha caído en el olvido.
Asi como el progresismo tenía no poco de desacralización de la
religión católica, la parapsicología resultaba ser
una especie de
desacralización de la religión espiritista, con pretextos y aparien­
cias científicas, naturalistas y racionalistas, lo cual irritaba a los
espiritistas genuinos de manera
que recordaba a cómo el progre­
sismo irritaba a los católicos ortodoxos. En aquel "boom" parap­
sicológico intervinieron ocultistas y masones eminentes, natural­
mente que a título personal,
como se dice siempre. El espiritismo
podr!a ser un fuerte nexo intermedio entre la parapsicología y la
Masoner!a. Siempre se
ha dicho que el espiritismo es la religión
de los masones y
que la Masoner!a es el partido político de los
espiritistas.
El contacto con éstos es fundamental para la parapsi­
cología, aunque ésta aparentara externamente desdeñarlos y pre­
tendiera desplazarlos.
Los observadores del "boom" de la parapsicologfa en España
advirtieron rasgos e informaciones
que fundamentaban la hipó­
tesis de que se podía considerar, entre otras cosas, como
una dis-
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creta caja de recluta de la Masoneúa en época de dificultades.
Abonaban esta conjetura, como contraprueba, que
en cuanto,
poco después, por la muerte de Franco, la Masoneúa fue legali­
zada
por Adolfo Suárez y Rodolfo Martín Villa, y tuvo total liber­
tad de movimientos, el estrépito parapsicológico se acalló. Claro
que en esta materia como en todas, una cosa es saber las cosas
y otra, poderlas probar. Acortar distancias entre esas dos posicio­
nes es otro mérito del libro que comentamos.
Incompatibilidad entre Masonería y Catolicismo
Para el final dejo lo más importante y original del libro que
es el capítulo N dedicado a la confrontación y aproximación de
la Masoneúa
y la Iglesia en el siglo xx; especiahnente lo referen­
te a la compatibilidad de las dos condiciones de católico
y de
masón. En esta cuestión se ha generado una confusión formida­
ble
en muchos católicos que no saben a qué carta quedarse;
ignoran
si la hostilidad entre la Iglesia y la Masonería ha cesado
y en bastantes casos creen que, al haber desparecido las exco­
muniones expresadas,
un católico puede lícitamente dar su nom­
bre a una logia e iniciarse en los ritos inasónicos. A continuación
extracto y esquematizo tan luminoso capítulo.
El acercamiento
El Código de Derecho Canónico de 1917, en realidad el pri­
mer Código,
en el Llbro V, título XlII, canon 2335, establece:
"Quien se inscribe en la secta masónica o en otras asociaciones
del mismo género, que maquinan contra la Iglesia o las legítimas
autoridades civiles, incurre
ipso facto en la excomunión reserva­
da simplemente a
la Santa Sede". Este canon fue por su misma
claridad el gran escollo sobre el que se centraron los masones
y
los jesuitas que querían una reconciliación mutua. Se encontra­
ron en 1928 en la Conferencia de Aquisgrán, en la residencia de
los jesuitas de esa ciudad, y aunque no formularon conclusiones
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cambiaron el ambiente clásico hostil por otro más distendido, a
pesar de
que a la sazón la Masoneña atacaba a la Iglesia en
Méjico y en España.
Este ambiente amistoso aumentó y se extendió después
de la
Segunda Guerra Mundial. Pero
en 1949 Pío XII reafirmó la exco­
munión de los católicos que
se afiliaban a la Masoneña. En 1952
aparece el libro
de Walton Hannah, "Darkness visible", en el que
por primera vez se demostraban seriamente los caracteres paga­
nos y, por lo tanto, anticristianos de los rituales masónicos. Por
tanto, había mucho más que
la "maquinación" contra la Iglesia.
El ambiente promasónico aumentaba entre los jesuitas y como
lábaros suyos destacaron los padres, Caprile,
en Roma, Riquet, en
Francia, y Ferrer Benimeli, en España. Son los principales respon­
sables de
que en los años setenta del siglo XX la oposición de la
Iglesia se haya debilitado a favor de la Masoneña, por más que
después
la Santa Sede ha rectificado con decisión para restablecer
la incompatibilidad de su doctrina y los fines masónicos.
En 1937
el padre Giovanni Caprile, director de la revista ofi­
ciosa del Vaticano
"La Civilta Catolica", produce en la línea de
pensamiento de ésta
una inflexión de la hostilidad clásica a la
Masoneña en dirección hacia la neutralidad ante la misma, y
arrastró a esa nueva posición ya nada hostil, a importantes sec­
tores de
la Compañía.
El 13 de mayo de 1958 la Conferencia Episcopal Italiana, ante
unas elecciones generales, publicó una nota
en la que fijaba como
primera condición para los candidatos católicos la
no pertenen­
. cia a las sectas masónicas.
En
el Concilio Vaticano II (1962-1965) el cardenal Ruffini for­
muló una propuesta a
la 89 Congregación General, que decía:
"Una secta perniciosa difundida por muchas partes durante mucho
tiempo, la Masonería, sobre cuyos miembros recae la excomunión
reservada simplemente a la Santa Sede, porque suele maquinar
muchas cosas contra la Iglesia,
¿no es verdad que es apoyada y
favorecida por los
judíos?". El obispo de Cuerna vaca (Méjico)
Méndez Arcea, presentó tres proposiciones a favor de la Maso­
nería, que no fueron tomadas en consideración. El 7-XII-1965, vís­
pera de la clausura del Concilio, el
papa Pablo VI promulgó la
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Constitución Apostólica Miriflcus Eventus, en la que la Iglesia vol­
vía a referirse expresamente a la "secta masónica y las demás del
mismo género" y ratificaba la condena canónica, pero
permitía a
cualquier sacerdote absolver durante el año jubilar de
1966 a los
católicos incursos en excomunión por este motivo, bajo condición
de que se separasen de la secta y prometieran reparar el escánda­
lo y los daños producidos durante su pertenencia
en ella".
En
1965 fue elegido General de la Compañía de Jesús el
padre
Arrope y esta elección animó decisivamente a los jesuitas
que buscaban una aproximación de la Iglesia al marxismo y a la
Masonería.
El francés padre Riquert consiguió que la Conferencia
Episcopal Francesa difundiera una circular comprensiva
con la
Masonería. En 1970 el mismo padre Riquet entrega personalmen­
te al Papa Pablo VI un informe elaborado por un mason conspi­
cuo
que aseguraba que la Gran Logia Unida de Inglaterra y la
Gran Logia Nacional Francesa se habían abstenido siempre de
todo complot contra la Iglesia.
Después del Concilio Vaticano II el Santo Oficio cambió su
nombre
por el de Sagrada Congregación de la Doctrina de la Fe,
y su prefecto, el cardenal Ottaviani, fue sustituido por el carde­
nal Seper, favorable a la Masoneña. En 1974 el padre Riquet vuel­
ve a
la carga y entrega al Papa Pablo VI una carta del Gran
Maestre de la Gran
Logia Nacional de Francia en la que insiste en
el documento anterior y en que los fines de la Masoneña nada
tenían de hostil a la Iglesia, y que su espíritu está muy próximo
al del Cristianismo.
En respuesta, Pablo VI ordena al cardenal Seper que expli­
que a los episcopados que el canon 2335 se refiere solo a los que
maquinan contra la Iglesia, sin entrar a juzgar el carácter cristia­
no o anticristiano de los rituales masónicos, los cuales son incom­
patibles con la Iglesia. El cardenal lo hace con la Declaración
"Complures Episcopi", de 14-VII-1974.
Este es el quid de la cuestión.-Extracto literahnente:
"La declaración se limitaba a exonerar de la excomunión a los
católicos que no maquinan contra la Iglesia, sin que por lo visto
le importara su participación
en ritos formalmente paganos y
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anticristianos, ni la historia de la conducta de la Masonería con­
tra la Iglesia. Obsesionados
con la torpe palabra del canon, ,ma­
quinar•,
la Sagrada Congregación y el propio Pablo VI abrían
irresponsablemente a los católicos las puertas de la Masonería.
Luego se quejaría amargamente Pablo
VI de las grietas por las
que el humo del infierno
se colaba en la Iglesia; pero él y su-car­
denal prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Pe
eran
quienes ante la terrible presión masónico-jesuítica hablan abierto
una de las más importantes de entre esas grietas".
Cuando cayeron en cuenta de su error trataron de enmen­
darle con maniobras confusas absolutamente inútiles.
• • •
En cuanto Juan Carlos de Barbón subió al Trono de España
los masones supieron que pensaba revocar las disposiciones anti­
masónicas del
Generalisimo Franco y prepararon su vuelta a la
legalidad.
El papa Juan Pablo II se encontró con una infiltración peli­
groslsima de la secta
en las finanzas del Vaticano y en la propia
Curia. Acudió
en su apoyo contra la Masonería la Conferencia
Episcopal Alemana,
que de 1974 a 1980 estudió la Masonería. Lo
que interesaba al episcopado alemán era, más que el problema
de la excomunión, el de la compatibilidad para los católicos
de
su pertenencia a la Iglesia y a la Masonería.
Los masones argüfan que la antigua inclinación de la Iglesia
Católica a favor
de la verdad objetiva, ha sido sustituida en el
Vaticano II
por una atención preferente a la dignidad del hom­
bre, lo cual
podfa fundar una relación de aproximación entre la
Iglesia y la Masonería.
Los teólogos católicos decían que la Masonería no habla cam­
biado su aversión fundamental a la Iglesia Católica.
Las posicio­
nes de los obispos alemanes (Wurzburg, 28-IV-1980) fueron asu­
midas oficialmente
por la Iglesia tras la promulgación del nuevo
Código de Derecho Canónico de 1983 y representan la posición
actual (2002) de la Santa Sede
en el problema de la Masonería.
Esas posiciones alemanas se refieren a: l.ª La idea masónica no
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está fijada objetivamente; 2.' El concepto de la Masonería sobre
la libertad;
3.' El concepto masónico de la Religión; 4.' El con­
cepto masónico sobre Dios; 5. ª La Masonería y la tolerancia;
6.' Los titulares masónicos; 7.' La perfección del hombre; 8.' Ra­
mificaciones diversas eri el seno de la Masonería; 9. ª Masoneria e
Iglesias Cristianas; 10.' Conclusión final. En el libro que reseña­
mos se exponen breve pero suficiente1nente, y se dice: "Ninguna
otra Conferencia Episcopal del mundo ha realizado una empresa
semejante, por ejemplo, la española y la iberoamericana, pese al
enorme influjo que la Masonería ha alcanzado en la historia de
sus ámbitos territoriales.
El punto álgido del acercamiento.-La Comisión para la refor­
ma del Código de
Derecho Canónico, se reunió los días 20 y 29
de octubre de 1981. Hubo división de opiniones, pero finalmente,
prevaleció
por amplia mayoría la supresión de la excomunión. El
canon 2335, de 1917, fue eliminado en el nuevo Código de 1983 y
sustituido
por el nuevo canon 1374, que dice asi: "Quienes se ins­
criban en una asociación que maquina contra la Iglesia deben ser
castigados con una pena justa; quien promueva o dirija esa aso­
ciación debe ser castigado con entredicho". Los partidarios de la
apertura de
la Iglesia Católica a la Masonería habían triunfado.
El cardenal Ratzfnger endereza la situadón.-Pero como la
Iglesia
no es democrática, cuatro días después de la entrada en
vigor del nuevo Código, el 27-XI-1983, el cardenal prefecto para
la Congregación de la Doctrina de la
Fe publicó una "Declaración
sobre asociaciones masónicas" en la que se mencionaba la expre­
sa aprobación del papa Juan Pablo II al documento, que ordena­
ba su calificación como de derecho público de la Iglesia. Se trata
de la última declaración oficial de
la Iglesia sobre la Masonería,
y se mantiene plenamente en vigor en 2002. Se conoce por sus
dos primeras palabras, Quasitum est, y dice asi:
"Se ha preguntado si ha cambiado el juicio de la Iglesia sobre
las asociaciones masónicas, ya que en el nuevo Código de Dere­
cho Canónico no se hace de ellas mención explícita, como suce­
día
en el Código anterior.
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INFORMACIÓN BIBLIOGRÁFICA
"Esta Sagrada Congregación está en posición de responder
que tal circunstancia se debe a un criterio de redacción aplicado
también a otras asociaciones omitidas silenciosamente,
porque se
consideraban incluidas en categorías que iban a aparecer des­
pués en el Código:
"Subsiste, por tanto, inmutable la sentencia negativa de la
Iglesia sobre las asociaciones masónicas, porque los principios de
ellas siempre se han considerado inconciliables con la doctrina
de la Iglesia y, por tanto, la inscripción en ellas permanece
prohibida por la Iglesia. Los fieles cristianos que dan su nombre
a las asociaciones masónicas se debaten en pecado mortal y no
pueden acceder a la sagrada comunión.
"Las autoridades eclesiásticas locales carecen de la facultad
para juzgar acerca
de la naturaleza de las asociaciones masóni­
cas,
de forma que tal juicio lleve consigo la derogación de esa
sentencia, según la decisión comunicada por esta Congregación
el 17
de febrero de 1981" (se trata de la rectificación fmal del car­
denal
Seper).
El cardenal Ratzinger publicó un comunicado de claro carac­
ter oficioso
en el OsseIVatore Romano de 20-11-1985, titulado "Re­
flexiones un año después de la Declaración de la Doctrina de la Fe,
lncompatibilidad de la Fe cristiana
y la Masonería", en el cual rema­
cha
el espíritu de la Declaración de 27-XI-1983. Don Ricardo de la
Cierva lo reproduce integrarnente
en su libro, págs. 188 a 191.
Compren ese libro.
MANuilL DE SANTA CRUZ
Bemardino Montejano: CURSO DE DERECHO
NATURAL<~
El profesor Bernardino Montejano, catedrático de Filosofía
del Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Santa Maña
de los Buenos Aires, es uno de los cultores más distinguidos de
(") Abeledo-Perrot, Buenos Aires, 2002, 364 págs.
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