Índice de contenidos

Número 577-578

Serie LVII

Volver
  • Índice

Cécile Laborde y Aurélia Bardon (ed.), Religion in liberal political philosophy

Cécile Laborde y Aurélia Bardon (ed.), Religion in liberal political philosophy, Oxford, Oxford University Press, 2017, 368 págs.

Los trabajos que se compilan en esta colección proceden de un congreso en la University College London (UCL) durante el año 2015, apoyada económicamente por el European Research Council (ERC). Cécile Laborde, que es la responsable del proyecto de investigación, es docente de Teoría Política en la Universidad de Oxford. Es autora de Liberalism’s Religion (2017) y de varios otros libros sobre temas afines a la religión y el republicanismo. Aurélia Bardon enseña Política en la Universidad de Liverpool.

Conscientes de la reapertura del debate sobre el rol de la religión en el Estado, dicen las editoras en su «Introducción», en lugar de discutir puntos controvertidos (LGTB, libertad de expresión, educación, etc.) se ha optado por encarar las polémicas específicamente políticas a través de la investigación de la filosofía política liberal en su aspecto conceptual y su arquitectura estructural, es decir, el Estado liberal y su vinculación con la categoría ética y sociopolítica de la religión. No interesa a los autores, entonces, lo que la religión es en tanto religión, el vínculo trascendente entre los hombres y Dios y su Iglesia, sino ese fenómeno sociológico complejo que es la religión como tabla de valores morales con consecuencias políticas.

Por lo tanto, se trata de la acostumbrada perspectiva de la escuela protestante liberal que deja a cada individuo decidir sobre las cosas en las cuales creer y su valor para la vida individual, pero que retiene para sí –por el control estatal– los efectos de tales creencias para la organización social en su conjunto. Pero atendiendo a la creciente secularización y el pluralismo rampante en esta cuestión, lo que interesa a los autores es saber si existe algún motivo para que las leyes den a la religión el tratamiento especial que otrora le concedía, teniendo presente que el liberalismo afronta la dificultad bajo el prisma de la igualdad de opiniones y creencias. Porque el liberalismo pone al Estado por sobre la religión, la soberanía está primero, forzando una reinterpretación de lo que se entiende por separación entre el Estado y las iglesias o neutralidad estatal. ¿Por qué, entonces, debe el Estado establecer excepciones a la religión o asumir compromisos en su favor?

Como vemos, es el liberalismo en su forma más belicosa el que impregna este enfoque: lo que está en cuestión es la religión (definida malamente como ya se ha hecho), no el poder del Estado ni la ideología. El Estado liberal trata a la religión con las categorías que de antaño se saben: tolerancia, conciencia; y ahora la identidad en sentido contemporáneo, como opción por una manera de ser.

En cuatro grandes secciones desgranadas en veintidós capítulos se van ordenando las colaboraciones, ideológicamente rigurosas. En la primera parte se ha de tratar sobre por qué la ley concede un estatuto especial a la religión. Micah Schwartzman (Virginia School of Law) trata el tema de la religión, la igualdad y la anarquía aprobando un sistema de un no ajuste inclusive de las religiones como el más igualitario. Andrew Koppelman (Northwestern University) apoya la teoría de Rawls sobre las religiones en el contexto de su doctrina de la justicia. George Letsas (University College London) defiende la irrelevancia de la religión para la ley. Enzo Rossi (University of Amsterdam) afirma que el protestantismo es un producto del liberalismo y no a la inversa. Y Ronan McCrea (University College London) acude al método de la desagregación (es decir, de la separación) para considerar los aspectos diversos de la religión y así no considerarla como un todo por la ley.

La segunda parte contiene el problema de la soberanía, la neutralidad y de la no existencia de un régimen político-religioso (separación). Jean L. Cohen (Columbia University) reafirma la soberanía estatal contra los pluralistas. Kevin Vallier (Bowling Green State University) deshace las justificaciones de quienes creen posible un régimen político-religioso no coercitivo. Sune Lægaard (Roskilde University, Dinarmarca) incluso rechaza ese tipo de establecimiento si fuera meramente simbólico (como el argentino). Matthew Clayton (University of Warwick) cree que una separación de iglesias y Estado debe sostenerse, contra lo que afirmara Dworkin, incluso frente a los alegatos de conciencia. Y Saladin Meckled-Garcia (University College London) intenta explicar por qué la neutralidad estatal se mantiene en la esfera de los principios y no necesariamente en la justificación de las políticas.

La parte tercera considera la libertad religiosa y las dificultades que provienen de la adaptación a condiciones temporales en casos particulares conflictivos (accommodation). Peter Jones (emérito de la Newcastle University) estudia las excepciones a la luz de la justicia distributiva. Jonathan Seglow (University of London) y Simon Cabulea May (Florida State University) analizan las excepciones u objeciones basadas en la conciencia. Alan Patten (Princeton University) defiende las excepciones particulares para ciertos casos en material de religión. Daniel M. Weinstock (McGill University) se cuestiona cómo los intereses de los hijos limitan la libertad religiosa de los padres. Annabelle Lever (University of Ginebra) plantea el conflicto que se produce en instituciones que prestan servicios públicos y son confesionales, como los hospitales.

La cuarta y última parte entra en los problemas de la tolerancia, la conciencia y la identidad. El germano Rainer Forst ((Goethe University Frankfurt) propone la actualidad de la tolerancia en términos similares a los de Kant y Bayle. Chandran Kukathas (London School of Economics) postula la tolerancia ilimitada que Bayle había justificado filosóficamente. Akeel Bilgrami (Columbia University) muestra de qué manera la mentalidad identitaria confronta las ideas liberales. Maeve Cooke (University College Dublin) defiende la importancia social o pública de la conciencia contra los que la privatizan. Kimberley Brownlee (University of Warwick) se pregunta si las convicciones religiosas son especiales y responde que no, que no difieren de las no religiosas. Y Emanuela Ceva (Universidad de Pavía) se interroga por qué se debe respetar la conciencia, para concluir que debe ser objeto de reconocimiento antes que de tolerancia.

En conclusión, en todo el libro campea la primacía del liberalismo sobre la religiones, esto es, la prioridad de la soberanía del Estado liberal por sobre los argumentos religiosos, individuales o colectivos, que postulan tratamientos diferentes, ajustes particulares u objeciones de conciencia. Salvo contados autores, esa superioridad de la construcción estatal ideológica es abrumadora. Si fuera profeta diría que se puede aventurar el futuro, pero sería un chapucero porque ese porvenir es ya nuestro presente. En tal sentido, este mamotreto de casi trescientas sesenta páginas es un fiel reflejo de lo que hoy vivimos y padecemos.

Juan Fernando Segovia