Índice de contenidos
Número 191-192
Serie XX
- Textos Pontificios
- Actas
-
Estudios
-
Ortodoxia y ortopraxia contestataria
-
La teocracia: un doble truco
-
Michele Federico Sciacca: un maestro de hoy
-
Esbozo del pensamiento jurídico de Elías de Tejada
-
El marxismo-comunismo. Su incompatibilidad con el humanismo cristiano y con la civilización occidental
-
El antagonismo entre los comunismos ruso y chino. Algunas consideraciones
-
La pretendida destrucción de las culturas indias del México antiguo. Un típico
-
Del racionalismo inmanente al voluntarismo utópico y, de su fracaso, al nihilismo
-
- Ilustraciones con recortes de periódicos
- Documentos
- Información bibliográfica
Autores
1981
Ramón Maciá Manso: Universidad y democracia
INFORMACION BIBLIOGRAFICA
Ramón Maciá Manso: UNIVERSIDAD Y DEMOCRACIA (*)
La Universidad es hoy una de las instituciones de la sociedad más
combatida en lo que afecta a su misma es.encia. Del mismo modo
que el resto de las instituciones sociales naturales o cuerpos
interM
n¡edios, la Universidad se resiente de modo, perjudicial de. las ideo
l~gías; las cuales destruyen los cuerpos sociales, al pretender· sustituir
el papel que a
los mismos corresponde en la organización social, por
grupos ideológicos, de creación artificial. Así, los intereses ideoló
gicos prevalecen sobre los intereses reales de
los. grupos
humanos
naturales ; éstos no pueden alcanzarse más que si, circunstancialmente,
~oinciden o no se oponen a los intereses ideológicos preponderantes.
Pero el carácter destructor de las ideologías no se detiene ahí ;
no se limita a hacer prevalecer los intereses de los grupos artificiales
sobre los de los grupos naturales, sino que las ideologías se introdu·
cen en el irtterio,r· rnis·mo de los grupos naturales, desnaturalizándolos
de tal modo que provocan su desaparición como cuerpos intermedios
con una finalidad concreta. Cuando la ideología penetra en estos
grupos, hace de ellos algo distinto de lo que en realidad son, haciendo
de ellos un mero instrumento de los intereses ideológicos.
· Ramón· Maciá Manso, catedrático de Derecho natural , y de Filo
sofía del Derecho de la Universidad de Oviedo, se ocupa principal
menté de uno de los aspectos que reviste ese ataque a la Universidad:
la aplicación de la participación democrática a la Universidad. Lo
hace en un libro, Universidad ,y democracia, que prácticamente no
tiene desperdicio. ·
El
estudio, central; que le ocupa la materia señalada, va precedido
de un artículo titulado «Universidad
y política». y concluye con un es
tudio de la Universidad alemana en torno a la cuestión de fa demo
cratización de sus universidades.
Tal como indica el auto<, la Universidad tiene un fin específico;
que consiste en la creación) transmisión -y asimilación del saber su~
perior. De ahí que cualquier actividad que se proponga una finalidad
diferente resulta ser· extraunivers.itaria. Por eso, la Universidad se
(*) Cupsa editorial. Universidad .de Oviedo, Af.?.drid, 1978, 206 págs.
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INFORJWACION BIBLIOGRAFICA
instrumentaliza y, por ende, se destruye en cuanto -tal Universidad,
cuando se pone al servicio de un fin diferente del suyo propio, con
virtiéndose, de ese modo, en medio para fines extrauniversitarios.
Por ello, con razón, indica que eso ocurre especialmente ruando
la Universidad se pone al servicio de la política, con lo que la ins
trumentalización
«corre el riesgo de llegar
a una
total anulacióh de
la libertad de investigación, de docencia y pensamiento», viéndose
forzada a seguir las directrices que
en. cualquier
campo se le impon·
gan, «según los fines políticos o sociales que decidan imponer el
Estado o los partidos políticos domioantes». Por ello, no cabe hacer
política en la Univeridad por parte de nadie, mientras que la polí
tica universitaria, que tiene que realizarse fuera de la Universidad,
debe ser lo más adecuada para que el fin universitario sea posible.
En su estudio central, el autor se plantea como problema que
tratará de resolver a lo largo de las páginas del libro, la aplicabi
lidad de la democracia a
la Institución
Universitaria, enfocando el
problema especialmente «ad intra», es decir, en las relaciones inter
nas de
la institución,
y dentro de ella en lo qtie se refiere a su es
tructura académica. Su respuesta
es que,
distinguiendo
·diversos tipos
de democracia, sólo cabe aplicar a la Universidad cierto tipo de
demacrada, siendo totalmente incompatibles con el fin universitario,
y, por tanto, de imposible aplicación a la Universidad, otros· tipos
de democracia. s
Así, en primer lugar, distingue cuatro tipos de democracia, a
partir de un concepto genérico de
la misma. Define el autor a·· 13.
democracia
como
«la participación de todos los miembros de ·Wla
comunidad en la dirección y gobierno de los asuntos que afectan a
la
misma», recogiendo en ese sentido, como muy expresiva,
la defi
nición de Lincoln. ·
Según
sea la forma de participación, distingue la
democrada uni
versal
y directa, la · democracia proporcional y representativa, la de
mocracia relativamente cualificada y la democracia absolutamente cua
lificada. La diferencia entre ellas estriba en el grado de participación;
que es absoluta por parte de todos los mierobros
·de una
comunidad
en las
dos primeras, si bieo, en la segunda, la participación
es indi0
recta, mientras que en las dos últimas la participación depeode del
grado de preparación de las personas, de tal modo que, en la
tercera,
participan todos, pero en diferente proporción, según su preparación,
y en . la cuarta sólo participan aquello. que tienen una preparación
adecuada, y en diversa proporción, según su grado de
preparaci6h. ·
Tras
señalar
que existe
un
ámbito de
cuestiones no decidibles,
es decir, que no dependeo
.ea absoluto
de la voluntad decisoria
de
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INFORMACION BIBUOGRAFICA
los hombres, por mucho que éstos se empeñen en elfo, el autor se
ocupa de los grados de fiabilidad en relación a la democracia, seña
lando que la única fórmula fiable de la democracia en su aplicación
a los problemas concretos que requieren una capacitación determi
nada para resolverlos, y que no admiten, en cuanto al fin, la libre
decisión de
las voluntades,
es ·1a democracia
absolutamente cuali
ficada.
Seguidamente, y sobre la base de los conceptos anteriormente ex
presados, el autor analiza la Universidad
y su posibilidad de demo
cratización. Su respuesta es concluyente ·y no tiene vuelta de hoja:
La Universidad, por su propia finalidad, no admite en sus órganos
académicos más que la democracia absolutamente cualificada, dOnde
el gobierno y decisiones académicas corresponde a los profesores del
grado más cualificado, y, en todo caso, como mal menor, la UriivCr
sidad puede tolerar, a costa de conseguir más imperfectamente su
finalidad, la democracia relativamente cualificada, siempre y cuando
el grado
más cualificado de los profesores formen mayoría absoluta
en la Junta de Facultad, que
son los
órganos académicos colectivos
en la Universidad española.
·
Las páginas que tan. brevemente hemos resumido, contienen ex
celentes precisiones y refutaciones en torno al tema de la democra
tización de las universidades; tema hoy sobre el tapete, al verificarse
el ataque ideológico de la democracia contra la Universidad,
inten
tando
aplicar a la misma el concepto más amplio y genérico de la
democracia, bien sea en su forma de democracia universal
y directa
o de democracia proporcional y representativa. Tal ocurre con los
clt:111.Nro·s paritarios,. ante cuya realidad y existencia, pese a ·su ilega
lidad, el autor ha realizado su estudio, en el que queda puesto de
relieve que dichos claustros constituyen la autodestrucción de la Uni
versidad.
La tercera parte del libro constituye el estudio práctico de esas
realizaciones, antiuniversitarias, verificadas en la Universidad alemana,
y es la prueba del análisis teórico anteriormente efectuado.
Ramón Maciá Manso tiene razón en Su tesis: que la Universidac!
nó admite en su ámbito académico más que una democracia absolu
tamente cualificada,
lo que queda suficientemente
probadó a lo largo
de las páginas de su estudio. Sin embargo, parece
más acertado concluir que lo que verdade
ramente ocurre es que la Universidad
es incompatible
con la demo
cracia; que no cabe democratizar la Universidad sin destruirla.
Y ello porque la restricción del concepto genérico de democracia,
hasta reducirlo al concept-0 de democracia absolutamente cualificada,
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IN:PORMACION BIBUOGRA:PICA
e incluso. al de relativamente cualificada, pero con mayoría absoluta
de los más prepacados, significa eliminar el concepto mismo de de
mocracia, sustituyéndolo por otro distinto, aunque conserve el mismo
nombre. Concepto común y genérico que es el de la demciciacia mo
derna
y el .que, por ejemplo, recoge nuestra nueva Constitución, que
tiene sus ooses en la voluntad general y en la alienación tot•I de
Rousseau.
El presupuesto previo de la necesidad de un conocimiento deter
minado para poder intervenir y decidir conscientemente como requi
sito de la participación, que constituye uno de los fundamentos en
que Ramón
Maciá oosa su
razonamiento, establece esferas de com
petencia, atribuyendo a cada persona un ámbito de participación
diferente, así .como_ unas atribuciones concretas a los aierpos inter
medios en el ámbito de la organización social, _por lo que, -como in
dica V allet de Goytisolo, «el mayor error consiste, confundiendo los
términos,, en querer que participen todos en todo, en lugac de
par
ticipar
actuando cada cual
,en su
propia. esfera
de· competencia». Y
eso es algo que la democracia recha.za, no lo admite, ni lo puede
admitir, so pena de .cambiac de naturaleza.
Lo vemos claramente
cuando la democracia,. sea directa o proporcional, lo que hace
es so
meter.
las. decisiones
al imperio de las ideologías, sin respetac esfera
alguna de competencia a ningún
·grupo que
no sea ideológico, no
deteniéndose ante cuestión alguna; y valgan por todos los ejemplos
del aborto
y del divorcio, con los que, además, queda puesto de re
lieve que la democracia moderna. no admite ámbito alguno de lo no decidible.
Por ello, coincidiendo con el autor, -no parece, sin embargo, apro
piado concluir que· la Universidad no admite más que cierto tipo de
democracia, puesto que, en realidad, el gobierno académico que·
la
Universidad precisa no es democrático. Ya que dicha expresión sólo
le es aplicable en cuanto con ella se quiera expresar que el gobierno
no corresponde
a una sola
persona.
Sin
embargo, al margen de la anterior consideración, que podría
reducirse a una interpretación puramente semántica, sí parece opor·
tuno señalac la interpretación de la democracia poHtica por pacte
del autor, y la valoración efectuada de la misma, que no podemos
compartir
y que, por otra pacte, lleva, precisamente y como desacro
llo lógico, a que en la Universidad se pretenda una democratización
que Ramón Maciá considera incompatible con ella, aunque
él; natu
ralmente, no lo crea así.
Pacte el autor de considerar que es el fin que se preterule con
seguir el que determina la aplicación de los medios adecuados para
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ello. Y . para lograr el .fin de que se trate hay medios aceptables ~
inaceptables. Por el fin que la Universidad se_ propone, ya se ha
visto· cómo el medio de. -1a democracia, en su más ·amplia acepción,
no es· Válido.
· · En ·cambio, en lo que se refiere al gobierno de la comunidad
política en su. más amplio sentidO, el· autor reconoce en la democra
cia universal y representativa, el medio idóneo, incluso el más ade
cuado, para conseguir el fin que la comunidad política pretende.
:En este sentido, -los· ecos rousseaub.iá.nos Se_ perciben en la argu
mentacióri del autor. Así; para éste, «un fin qne_ el hombre persigne
desde
antiguo es el poder ser libre y con la máxima libertad posible
déntro de · la sociedad ·-política... la· solllción qúe se encOntró ·como
más.
adecuada fué el sistema
de la derriocracia universal en
la con
fecci6,n de
las leyes y, en ménor ·medida, la democr~Ú repres~.ta-
tiva». ·«La Ley-impone deberes o limitaciones de la libertad, pero
tódos · continuan · siendo
libres, porque se
han impuesto
libremente
límitadortes y deberes, si 1a ley es democrática, si se ha creadó de-
mocráticamente)).· · · · · ·
· · . Así;
libres
por medio · de la lim_itacióh de la libertad, porque mediante
ella'
éadá :
uno decide limítársela. Cuando los gobernantes son
los
gobernados. y al: revés, midié obedece n;iás que a sí' misrim,; cu~
todos los legislados son los mismos legisladores, todos se mandan
y obedécen a sí · mismos ; cuando los· que deben _ cumplir ·· Jos deberes
son. los mismos qúe se los hán iinpllesto, no hacen más que cumplir
con su propia voluntad».
y para evitar que esa vólunfad se vuelva contra la libertad de
sus
miembros, al ser la: ley expresión de la voluntad manifestada co,;i
independencía
de
su bondad o maldad,
«no· queda más. salida
que
establecer limitaciones -concretás a la V~luntacl de los ~otap.tes; S(i
impone la necesidad de hacer réspetar las libertadés fundamentales
del individuo o persona, pero sólO las.· que se dffinen previamente,
y Iá asamblea carece de competencia para decidir 1a anulación de tales
libertades
declaradas».
Este planteamiento_ acerca __ dé la_ democradá,. que parece ser sus
tentado_ por el
~utor, no limitándose
a ser una exposicifm de la.de
mocracia
libera:!, dificulta enormemente la aceptación de 1a tesis - del
autor en tomo a la aplicación de la democracia a la Universidad, y
que, sin duda, no podrá ser compartida por quienes
· se
declaren
partidarios de
la democracia-
liberal, puesto
que· ésta no
admite las
restricciónes a· la.misma que ·e1 -autor señala y -que ya han quedado
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JNF.ORMACION BIBLIOGRAFICA
indicadas: la existencia de un ámbito de lo no decidible y el grado
de fiabilidad para lograr un fin determinado.
Estas
restricciones son las que
permiten hablar, por lo menos
de ecos de la concepción
rousseauniana en
el autor, puesto
que ésta
no
admite aquéllas. Aparte de que
la democracia no es la única fórmula para lograr ser
libres por medio de la limitación de la libertad, más aún,
'esa
fórmula
no lo consigue, ¿qué límites pueden ser unas
libertad~ fun
damentales
del individuo que la asamblea previamente ha definido?
¿Cómo los ha definido? ¿Por qué
llna vez
definidos no los puede
cambiar? ¿ Y si falta alguna libertad fundamental? ¿ Y si alguna de las definidas no
es una verdadera libertad-?
¿Cuál
es el criterio ·se~
guido?
No
hay otro criterio que
el Derecho natural, para cuyo hallazgo
no hay más método que el método del Derecho natoral, con el que
el hombre
lea' en la
naturaleza, atendiendo -a las cosas en si mismas
y a sus consecuencias, y, de ese modo, recogiendo en leyes positivas los principios del Derecho natural, bien a modo de conclusiones lo
que es verdadero Derecho natoral
y en aquéllo que le es indiferente,
pero que de
algún modo tiene que ser regulado para 1a convivencia,
el Derecho positivo debe proceder a modo de determinaciones dentro
del ámbito indiferentemente lícito de aquél.
Y ello con independencia de qué así se reconozca o no por Jas leyes positivas. Si la legislación humana está- de acuerdo con ello
tendremos un Derecho justo,
en caso
contrario, un derecho injusto,
o más precisamente, tendremos Dei-echo en el primer caso, mientras
que en
el segundo no tendremos Derecho, sino la fuerza coactiva
impuesta en
las normas.
Y
esto
es algo que la democracia moderna rio admite, y por· eso_
no es
apta
para el fin que la comunidad politica persigne. La con. cepción
de
la democracia moderna, que el autor indica que no es aceptable
para
el fin de la Universidad, tampoco sirve para el fin
de la sociedad. Porque al margen de
lo que se acaba de indicar, tam
bién aquí el conocimiento oportuno,
la preparación, la capacitación,
determina un ámbito de competencia, un ámbito de participación;
y también aquí, el propio fin de la sociedad requiere que se respete
su organización natural ( del mismo modo que ha respetarse
1~ or
ganización
natural de
la Universidad), donde los
cuerpos, intermedios
tengan
una esfera de poder
-concreta., la que requiera la finalidad
específica de
cada uno de ellos. No es sólo en la Universidad donde
esos aspectos esenciales han de ser
tenidos en cuenta, sino en todo
el ámbito de la sociedad.
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Por ello, resulta· extraño que no considerando válido el plantea
miento para la Universidad, se acepte, en cambio, para la organiza
ción social. Por los mismos argwnentos por los que no es aplicable a
la Universidad tampoco lo es a la sociedad, verificándose un proceso
de autodestrucción social cuando se aplica a la sociedad.- A ésta tam
bién habría que aplicarle la democracia aooohitamente cualificada. Y
entonces, creo que ya no sería
posible hablar
de
democracia.
Por
otra parte, ¿qué razón
hay para que si la democracia liberal
es aceptable para el gobierno de la sociedad no lo sea para la Uni
versidad?
Se responderá que el estudio del autor no tiene vuelta. de
hoja en lo que a la Universidad se refiere, y así es, tal como se ha
indicado. Pero esa respuesta no_ elimina el interrogante, porque la
democracia moderna es una ideología. Y las ideologías se aceptan
o se ·rechazan. Y si se acepta, su dinámica lleva. a· su implantación a
toda la realidad social, a todas las instituciones; la ideología cons
tituye
una
especie de
anteojos que deforman toda la realidad que se
contempla con ella. Y ello sin atender a ningún otro tipo de
razona,
miento,
porque la democracia liberta! también tiene sus
«razones».
Entre
ellas, las mismas que expone Ramón Maciá. Y éstas son las
que conducen a que se quiera implantar en
la Universidad, en contra
de lo que razona -sin anteojos- Ramón Maciá. Por ello, al comienzo decía que el estudio realizado por Ramón
Maciá prácticamente no tiene desperdicio. Si a las restricciones al
q,ncepto de democracia en el ámbito de lo no decidible y el grado
de fiabilidad,
añadimos el
reconocimiento del orden natural de la
sociedad, de
la finalidad de los grupos sociales y de la propia socie
dad, que determina
ámbitoo de
competencia y participación deter
minadoo, que
es algo que el autor aplica a la Universidad,
noo en
contraríamos con que la_ sociedad así organizada sólo conservaría el
nombre de la democracia, vaciado de su contenido actual. Así, de
modo indirecto, el libro de Ramón Maciá vendría a confirmar que
a la sociedad también le es inaplicable determinados tipos de. demo
cracia so pena de autodestrucción, tal como ocurre con la Univer~
sidad.
Estanislao Cantero.
Barry M. GQldwater: WITH NO APOLOG-LES
La campaña presidencial de Estados Unidos, que ha culminado
con el espectacular triunfo de Ronald Reagan, ha constituido
para
un sector muy amplio del pueblo norteamericano ocasión destacada
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Ramón Maciá Manso: UNIVERSIDAD Y DEMOCRACIA (*)
La Universidad es hoy una de las instituciones de la sociedad más
combatida en lo que afecta a su misma es.encia. Del mismo modo
que el resto de las instituciones sociales naturales o cuerpos
interM
n¡edios, la Universidad se resiente de modo, perjudicial de. las ideo
l~gías; las cuales destruyen los cuerpos sociales, al pretender· sustituir
el papel que a
los mismos corresponde en la organización social, por
grupos ideológicos, de creación artificial. Así, los intereses ideoló
gicos prevalecen sobre los intereses reales de
los. grupos
humanos
naturales ; éstos no pueden alcanzarse más que si, circunstancialmente,
~oinciden o no se oponen a los intereses ideológicos preponderantes.
Pero el carácter destructor de las ideologías no se detiene ahí ;
no se limita a hacer prevalecer los intereses de los grupos artificiales
sobre los de los grupos naturales, sino que las ideologías se introdu·
cen en el irtterio,r· rnis·mo de los grupos naturales, desnaturalizándolos
de tal modo que provocan su desaparición como cuerpos intermedios
con una finalidad concreta. Cuando la ideología penetra en estos
grupos, hace de ellos algo distinto de lo que en realidad son, haciendo
de ellos un mero instrumento de los intereses ideológicos.
· Ramón· Maciá Manso, catedrático de Derecho natural , y de Filo
sofía del Derecho de la Universidad de Oviedo, se ocupa principal
menté de uno de los aspectos que reviste ese ataque a la Universidad:
la aplicación de la participación democrática a la Universidad. Lo
hace en un libro, Universidad ,y democracia, que prácticamente no
tiene desperdicio. ·
El
estudio, central; que le ocupa la materia señalada, va precedido
de un artículo titulado «Universidad
y política». y concluye con un es
tudio de la Universidad alemana en torno a la cuestión de fa demo
cratización de sus universidades.
Tal como indica el auto<, la Universidad tiene un fin específico;
que consiste en la creación) transmisión -y asimilación del saber su~
perior. De ahí que cualquier actividad que se proponga una finalidad
diferente resulta ser· extraunivers.itaria. Por eso, la Universidad se
(*) Cupsa editorial. Universidad .de Oviedo, Af.?.drid, 1978, 206 págs.
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instrumentaliza y, por ende, se destruye en cuanto -tal Universidad,
cuando se pone al servicio de un fin diferente del suyo propio, con
virtiéndose, de ese modo, en medio para fines extrauniversitarios.
Por ello, con razón, indica que eso ocurre especialmente ruando
la Universidad se pone al servicio de la política, con lo que la ins
trumentalización
«corre el riesgo de llegar
a una
total anulacióh de
la libertad de investigación, de docencia y pensamiento», viéndose
forzada a seguir las directrices que
en. cualquier
campo se le impon·
gan, «según los fines políticos o sociales que decidan imponer el
Estado o los partidos políticos domioantes». Por ello, no cabe hacer
política en la Univeridad por parte de nadie, mientras que la polí
tica universitaria, que tiene que realizarse fuera de la Universidad,
debe ser lo más adecuada para que el fin universitario sea posible.
En su estudio central, el autor se plantea como problema que
tratará de resolver a lo largo de las páginas del libro, la aplicabi
lidad de la democracia a
la Institución
Universitaria, enfocando el
problema especialmente «ad intra», es decir, en las relaciones inter
nas de
la institución,
y dentro de ella en lo qtie se refiere a su es
tructura académica. Su respuesta
es que,
distinguiendo
·diversos tipos
de democracia, sólo cabe aplicar a la Universidad cierto tipo de
demacrada, siendo totalmente incompatibles con el fin universitario,
y, por tanto, de imposible aplicación a la Universidad, otros· tipos
de democracia. s
Así, en primer lugar, distingue cuatro tipos de democracia, a
partir de un concepto genérico de
la misma. Define el autor a·· 13.
democracia
como
«la participación de todos los miembros de ·Wla
comunidad en la dirección y gobierno de los asuntos que afectan a
la
misma», recogiendo en ese sentido, como muy expresiva,
la defi
nición de Lincoln. ·
Según
sea la forma de participación, distingue la
democrada uni
versal
y directa, la · democracia proporcional y representativa, la de
mocracia relativamente cualificada y la democracia absolutamente cua
lificada. La diferencia entre ellas estriba en el grado de participación;
que es absoluta por parte de todos los mierobros
·de una
comunidad
en las
dos primeras, si bieo, en la segunda, la participación
es indi0
recta, mientras que en las dos últimas la participación depeode del
grado de preparación de las personas, de tal modo que, en la
tercera,
participan todos, pero en diferente proporción, según su preparación,
y en . la cuarta sólo participan aquello. que tienen una preparación
adecuada, y en diversa proporción, según su grado de
preparaci6h. ·
Tras
señalar
que existe
un
ámbito de
cuestiones no decidibles,
es decir, que no dependeo
.ea absoluto
de la voluntad decisoria
de
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los hombres, por mucho que éstos se empeñen en elfo, el autor se
ocupa de los grados de fiabilidad en relación a la democracia, seña
lando que la única fórmula fiable de la democracia en su aplicación
a los problemas concretos que requieren una capacitación determi
nada para resolverlos, y que no admiten, en cuanto al fin, la libre
decisión de
las voluntades,
es ·1a democracia
absolutamente cuali
ficada.
Seguidamente, y sobre la base de los conceptos anteriormente ex
presados, el autor analiza la Universidad
y su posibilidad de demo
cratización. Su respuesta es concluyente ·y no tiene vuelta de hoja:
La Universidad, por su propia finalidad, no admite en sus órganos
académicos más que la democracia absolutamente cualificada, dOnde
el gobierno y decisiones académicas corresponde a los profesores del
grado más cualificado, y, en todo caso, como mal menor, la UriivCr
sidad puede tolerar, a costa de conseguir más imperfectamente su
finalidad, la democracia relativamente cualificada, siempre y cuando
el grado
más cualificado de los profesores formen mayoría absoluta
en la Junta de Facultad, que
son los
órganos académicos colectivos
en la Universidad española.
·
Las páginas que tan. brevemente hemos resumido, contienen ex
celentes precisiones y refutaciones en torno al tema de la democra
tización de las universidades; tema hoy sobre el tapete, al verificarse
el ataque ideológico de la democracia contra la Universidad,
inten
tando
aplicar a la misma el concepto más amplio y genérico de la
democracia, bien sea en su forma de democracia universal
y directa
o de democracia proporcional y representativa. Tal ocurre con los
clt:111.Nro·s paritarios,. ante cuya realidad y existencia, pese a ·su ilega
lidad, el autor ha realizado su estudio, en el que queda puesto de
relieve que dichos claustros constituyen la autodestrucción de la Uni
versidad.
La tercera parte del libro constituye el estudio práctico de esas
realizaciones, antiuniversitarias, verificadas en la Universidad alemana,
y es la prueba del análisis teórico anteriormente efectuado.
Ramón Maciá Manso tiene razón en Su tesis: que la Universidac!
nó admite en su ámbito académico más que una democracia absolu
tamente cualificada,
lo que queda suficientemente
probadó a lo largo
de las páginas de su estudio. Sin embargo, parece
más acertado concluir que lo que verdade
ramente ocurre es que la Universidad
es incompatible
con la demo
cracia; que no cabe democratizar la Universidad sin destruirla.
Y ello porque la restricción del concepto genérico de democracia,
hasta reducirlo al concept-0 de democracia absolutamente cualificada,
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e incluso. al de relativamente cualificada, pero con mayoría absoluta
de los más prepacados, significa eliminar el concepto mismo de de
mocracia, sustituyéndolo por otro distinto, aunque conserve el mismo
nombre. Concepto común y genérico que es el de la demciciacia mo
derna
y el .que, por ejemplo, recoge nuestra nueva Constitución, que
tiene sus ooses en la voluntad general y en la alienación tot•I de
Rousseau.
El presupuesto previo de la necesidad de un conocimiento deter
minado para poder intervenir y decidir conscientemente como requi
sito de la participación, que constituye uno de los fundamentos en
que Ramón
Maciá oosa su
razonamiento, establece esferas de com
petencia, atribuyendo a cada persona un ámbito de participación
diferente, así .como_ unas atribuciones concretas a los aierpos inter
medios en el ámbito de la organización social, _por lo que, -como in
dica V allet de Goytisolo, «el mayor error consiste, confundiendo los
términos,, en querer que participen todos en todo, en lugac de
par
ticipar
actuando cada cual
,en su
propia. esfera
de· competencia». Y
eso es algo que la democracia recha.za, no lo admite, ni lo puede
admitir, so pena de .cambiac de naturaleza.
Lo vemos claramente
cuando la democracia,. sea directa o proporcional, lo que hace
es so
meter.
las. decisiones
al imperio de las ideologías, sin respetac esfera
alguna de competencia a ningún
·grupo que
no sea ideológico, no
deteniéndose ante cuestión alguna; y valgan por todos los ejemplos
del aborto
y del divorcio, con los que, además, queda puesto de re
lieve que la democracia moderna. no admite ámbito alguno de lo no decidible.
Por ello, coincidiendo con el autor, -no parece, sin embargo, apro
piado concluir que· la Universidad no admite más que cierto tipo de
democracia, puesto que, en realidad, el gobierno académico que·
la
Universidad precisa no es democrático. Ya que dicha expresión sólo
le es aplicable en cuanto con ella se quiera expresar que el gobierno
no corresponde
a una sola
persona.
Sin
embargo, al margen de la anterior consideración, que podría
reducirse a una interpretación puramente semántica, sí parece opor·
tuno señalac la interpretación de la democracia poHtica por pacte
del autor, y la valoración efectuada de la misma, que no podemos
compartir
y que, por otra pacte, lleva, precisamente y como desacro
llo lógico, a que en la Universidad se pretenda una democratización
que Ramón Maciá considera incompatible con ella, aunque
él; natu
ralmente, no lo crea así.
Pacte el autor de considerar que es el fin que se preterule con
seguir el que determina la aplicación de los medios adecuados para
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ello. Y . para lograr el .fin de que se trate hay medios aceptables ~
inaceptables. Por el fin que la Universidad se_ propone, ya se ha
visto· cómo el medio de. -1a democracia, en su más ·amplia acepción,
no es· Válido.
· · En ·cambio, en lo que se refiere al gobierno de la comunidad
política en su. más amplio sentidO, el· autor reconoce en la democra
cia universal y representativa, el medio idóneo, incluso el más ade
cuado, para conseguir el fin que la comunidad política pretende.
:En este sentido, -los· ecos rousseaub.iá.nos Se_ perciben en la argu
mentacióri del autor. Así; para éste, «un fin qne_ el hombre persigne
desde
antiguo es el poder ser libre y con la máxima libertad posible
déntro de · la sociedad ·-política... la· solllción qúe se encOntró ·como
más.
adecuada fué el sistema
de la derriocracia universal en
la con
fecci6,n de
las leyes y, en ménor ·medida, la democr~Ú repres~.ta-
tiva». ·«La Ley-impone deberes o limitaciones de la libertad, pero
tódos · continuan · siendo
libres, porque se
han impuesto
libremente
límitadortes y deberes, si 1a ley es democrática, si se ha creadó de-
mocráticamente)).· · · · · ·
· · . Así;
por medio · de la lim_itacióh de la libertad, porque mediante
ella'
éadá :
uno decide limítársela. Cuando los gobernantes son
los
gobernados. y al: revés, midié obedece n;iás que a sí' misrim,; cu~
y obedécen a sí · mismos ; cuando los· que deben _ cumplir ·· Jos deberes
son. los mismos qúe se los hán iinpllesto, no hacen más que cumplir
con su propia voluntad».
y para evitar que esa vólunfad se vuelva contra la libertad de
sus
miembros, al ser la: ley expresión de la voluntad manifestada co,;i
independencía
de
su bondad o maldad,
«no· queda más. salida
que
establecer limitaciones -concretás a la V~luntacl de los ~otap.tes; S(i
impone la necesidad de hacer réspetar las libertadés fundamentales
del individuo o persona, pero sólO las.· que se dffinen previamente,
y Iá asamblea carece de competencia para decidir 1a anulación de tales
libertades
declaradas».
Este planteamiento_ acerca __ dé la_ democradá,. que parece ser sus
tentado_ por el
~utor, no limitándose
a ser una exposicifm de la.de
mocracia
libera:!, dificulta enormemente la aceptación de 1a tesis - del
autor en tomo a la aplicación de la democracia a la Universidad, y
que, sin duda, no podrá ser compartida por quienes
· se
declaren
partidarios de
la democracia-
liberal, puesto
que· ésta no
admite las
restricciónes a· la.misma que ·e1 -autor señala y -que ya han quedado
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Fundaci\363n Speiro
JNF.ORMACION BIBLIOGRAFICA
indicadas: la existencia de un ámbito de lo no decidible y el grado
de fiabilidad para lograr un fin determinado.
Estas
restricciones son las que
permiten hablar, por lo menos
de ecos de la concepción
rousseauniana en
el autor, puesto
que ésta
no
admite aquéllas. Aparte de que
la democracia no es la única fórmula para lograr ser
libres por medio de la limitación de la libertad, más aún,
'esa
fórmula
no lo consigue, ¿qué límites pueden ser unas
libertad~ fun
damentales
del individuo que la asamblea previamente ha definido?
¿Cómo los ha definido? ¿Por qué
llna vez
definidos no los puede
cambiar? ¿ Y si falta alguna libertad fundamental? ¿ Y si alguna de las definidas no
es una verdadera libertad-?
¿Cuál
es el criterio ·se~
guido?
No
hay otro criterio que
el Derecho natural, para cuyo hallazgo
no hay más método que el método del Derecho natoral, con el que
el hombre
lea' en la
naturaleza, atendiendo -a las cosas en si mismas
y a sus consecuencias, y, de ese modo, recogiendo en leyes positivas los principios del Derecho natural, bien a modo de conclusiones lo
que es verdadero Derecho natoral
y en aquéllo que le es indiferente,
pero que de
algún modo tiene que ser regulado para 1a convivencia,
el Derecho positivo debe proceder a modo de determinaciones dentro
del ámbito indiferentemente lícito de aquél.
Y ello con independencia de qué así se reconozca o no por Jas leyes positivas. Si la legislación humana está- de acuerdo con ello
tendremos un Derecho justo,
en caso
contrario, un derecho injusto,
o más precisamente, tendremos Dei-echo en el primer caso, mientras
que en
el segundo no tendremos Derecho, sino la fuerza coactiva
impuesta en
las normas.
Y
esto
es algo que la democracia moderna rio admite, y por· eso_
no es
apta
para el fin que la comunidad politica persigne. La con. cepción
de
la democracia moderna, que el autor indica que no es aceptable
para
el fin de la Universidad, tampoco sirve para el fin
de la sociedad. Porque al margen de
lo que se acaba de indicar, tam
bién aquí el conocimiento oportuno,
la preparación, la capacitación,
determina un ámbito de competencia, un ámbito de participación;
y también aquí, el propio fin de la sociedad requiere que se respete
su organización natural ( del mismo modo que ha respetarse
1~ or
ganización
natural de
la Universidad), donde los
cuerpos, intermedios
tengan
una esfera de poder
-concreta., la que requiera la finalidad
específica de
cada uno de ellos. No es sólo en la Universidad donde
esos aspectos esenciales han de ser
tenidos en cuenta, sino en todo
el ámbito de la sociedad.
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INFORMACION BIBUOGRAFICA
Por ello, resulta· extraño que no considerando válido el plantea
miento para la Universidad, se acepte, en cambio, para la organiza
ción social. Por los mismos argwnentos por los que no es aplicable a
la Universidad tampoco lo es a la sociedad, verificándose un proceso
de autodestrucción social cuando se aplica a la sociedad.- A ésta tam
bién habría que aplicarle la democracia aooohitamente cualificada. Y
entonces, creo que ya no sería
posible hablar
de
democracia.
Por
otra parte, ¿qué razón
hay para que si la democracia liberal
es aceptable para el gobierno de la sociedad no lo sea para la Uni
versidad?
Se responderá que el estudio del autor no tiene vuelta. de
hoja en lo que a la Universidad se refiere, y así es, tal como se ha
indicado. Pero esa respuesta no_ elimina el interrogante, porque la
democracia moderna es una ideología. Y las ideologías se aceptan
o se ·rechazan. Y si se acepta, su dinámica lleva. a· su implantación a
toda la realidad social, a todas las instituciones; la ideología cons
tituye
una
especie de
anteojos que deforman toda la realidad que se
contempla con ella. Y ello sin atender a ningún otro tipo de
razona,
miento,
porque la democracia liberta! también tiene sus
«razones».
Entre
ellas, las mismas que expone Ramón Maciá. Y éstas son las
que conducen a que se quiera implantar en
la Universidad, en contra
de lo que razona -sin anteojos- Ramón Maciá. Por ello, al comienzo decía que el estudio realizado por Ramón
Maciá prácticamente no tiene desperdicio. Si a las restricciones al
q,ncepto de democracia en el ámbito de lo no decidible y el grado
de fiabilidad,
añadimos el
reconocimiento del orden natural de la
sociedad, de
la finalidad de los grupos sociales y de la propia socie
dad, que determina
ámbitoo de
competencia y participación deter
minadoo, que
es algo que el autor aplica a la Universidad,
noo en
contraríamos con que la_ sociedad así organizada sólo conservaría el
nombre de la democracia, vaciado de su contenido actual. Así, de
modo indirecto, el libro de Ramón Maciá vendría a confirmar que
a la sociedad también le es inaplicable determinados tipos de. demo
cracia so pena de autodestrucción, tal como ocurre con la Univer~
sidad.
Estanislao Cantero.
Barry M. GQldwater: WITH NO APOLOG-LES
La campaña presidencial de Estados Unidos, que ha culminado
con el espectacular triunfo de Ronald Reagan, ha constituido
para
un sector muy amplio del pueblo norteamericano ocasión destacada
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