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Número 137-138

Serie XIV

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Reflexión sobre la Iglesia

REFLEXION SOBRE LA IGLESIA
POR
BERNARDO MONSEGÚ, P. C.
Importancia y condicionamientos.
Reflexionar sobre

la Iglesia
-decía Pablo
VI en la audiencia
.ge­
neral del 5 de septiembre de .1973-es una de las cuestiones desco­
llantes del pensamiento religioso contemporáneo; · 10 ha sido para el
Concilio
y debe serlo para quienes quieren consagrarse a un estudio
intelectual
y moralmente provechoso.
Peto nadie entrará con buen pie en ese estudio si no comienza
por tener ideas
claras acerca de la Iglesia -,-,,.ñadía el Papa-. Y la
primera idea
clara que hay que tener es la de hacernos cargo de que
la Iglesia es un misterio. Lo que supone por lo menos esto: que su
ser excede nuestra capacidad intelectiva, y que como tal misterio es
algo sobrenatural
y revelado.
Por donde no podemos prometernos una comprensión perfecta
y
fácil· de la misma, ni menos aún encerrarla dentro de unos esquemas
humaoos o naturales previos o preconcebidos, puesto que la idea de
la constitución de la Iglesia no
ha nacido de la cabeza de los hom­
bres, sino que
"es una

idea divina;
un designio de Dios que se
introduce

en la vida
y en la historia del hombre'".
$e imposibilitan, pues,
a priori, para una inteligencia exacta, ra­
dicalmente
exacta, del misterio de la Iglesia, quienes proceden por
vía de invención, siendo así que la Iglesia es una revelación de Dios
al hombre; o quienes
extreman la

analogía con las demás sociedades
terrenas, ignorando que

este desbordante
éoncepto de
la sociedad
eclesial, sustantivamente revelado,
y sociedad constitutivamente je­
rárquica, no cabe en cuadros puramente humanos.
La Iglesia no ha nacido por un imperativo histórico, sino por vo-
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BERNARDO MONSEGU, P, C.
Juntad de Dios. Y como no es fruto propiamente de la historia ni
de
la voluntad de los hombres, tampoco puede quedar a merced ni de
la historia ni de las concepciones de los hombres.
Tentación de que hay que guardarse,
Tenemos que defendernos pues de la tentación de querer cons­
truir por nosotros mismos, con nuestro cerebro o con nuestra cultu­
ra, un nuevo tipo de Iglesia, un esquema artificial de sociedad reli­
giosa, distinto del evangélico
y apostólico, elaborando un estatuto
extraño, o contrario al que la misma Iglesia, en sus expresiones res­
ponsable, ha establecido históricamente.
Son palabras
casi textuales
de Pablo
VI, quien agrega .que "la
reforma de los aspeetos humanos y caducos de la Iglesia es siempre
obligada
y posible; pero no autoriza a nadie a adoptat posturas crí­
ticas
o polémicas destruetoras, o simplemente personalistas.
La refor­
ma
débe servir

para construir,
no para demoler la Iglesia. Y juez en
ello no es
más que quien ha recibido legítimamente el poder de ins­
truir y de guiar al Pueblo de Dios".
Pertenece la Iglesia a uno de esos hechos que
están en la sustan­
cia de la fe, susrancia por
la cual creemos que Dios irrumpe en la
historia de
la humanidad para comuniclrsenos en el sacramento de
la humanidad de Cristo
y en el sacramento de la Iglesia, la que el
Vaticano II
ha dicho set un "como sacramento de Cristo" mismo.
El oor misterioso de la Iglesia.
Estamas
pues
ante una sociedad sobrenatural. Nótese bien -decía
Pablo
VI, el 17 de septiembre de 1973, en el discurso a los partici­
pantes al Congreso
Internacional de
Derecho Canónico de
Milrui-:
sociedad religiosa y sobrenatural. Si sobrenatural, venida de arriba,
de Dios; no de los hombres, no
da en ellos, sus elementos esenciales, t3flto carismáticos como insti­
tucionales, tienen origen divino, son efecto de la voluntad positiva
de Cristo.
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RJ#'LEXJON SOBRE LA IGLESIA
Y por difícil que sea enrender este mislerio de la Iglesia, el cómo
una cosa sobrenatural pueda incluir en ella misma elementos instiru­
cionales

que parecen
y bajo cierro aspect0 son cosa humana, y el
cómo unas
relaciones tan intimas, personales e irrepetibles, cual
son las del hombre con Dios, se compadecen con una organización
exrerna, visible y reformable, renemos que admitirlo, porque a ello
nos obliga
la fe.
Pío XII,

en
la M1sli« Corporis, subrayó y sintetizó bien esta
doctrina católica sobre el ser de
la Iglesia. Y Pablo VI lo hace suyo
en ese su discurso, completándolo con lo dicho
por el
Vaticano 11.
La Iglesia, por voluntad de Cristo, no goza sólo de una organización
externa, sino

que goza
también de
la vida misma de Cristo. Por lo
que resulta,
según doctrina

del Angélico
(De V erilate, q.
29, a.
4, e)
"una realidad de orden no
natural sino

de orden
sobrenatural, más
aún, en sí mismo

absolutamenre
infinito e

increado,
cual es el Divi­
no Espíriru... que siendo númericamente uno e idéntico, llena
y
une toda la Iglesia" (AAS 35 (1943).
Y el Vaticano 11 -- la doctrina ecle­
siológica de los últimos decenios presenta
la Iglesia, misterio de
salvación, como un sacrttrfl,B1Jto en Cristo, y, si sacramento, señal vi­
sible de algo invisible, signo e instrumen!O de la unión intima con
Dios y de
la unidad de todo el género humano (Lumen gen#um,
núm.

1),
compuesta por un elemenro inrerno · y otro externo, para
cumplir su misióo en el mundo. "Ella es el Cuerpo socia/. de Cristo y
tiene como alma al Espíritu Santo, que informa aquel Cuerpo y Jo
enriquece con una doble relación
social", la que une a los hombres
con Dios
y la que une a los hombres entré . sí, por la eficacia sobre­
narural del

Espíriru que
act6a en ellos y nos hace a· todos sentirnos
hermanos

porque,
antes, hijos

de
Dios.
Constitución carismátieo jurídica.
Aquí está la razón de por qué "la constirución de la Iglesia es al
mismo tiempo pneumática e instirucional;
la lglesia · es misterio de
salvación hecho visible
por su esttucrura de auténtica sociedad hu-
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BERNARDO MONSEGU, P. C.
mana y por su actividad en la esfeta. externa. De esta forma, en la
Iglesia, como unión social humana, los hombres se unen en Crist0 y,
por medio de El, con Dios, consiguiendo la salvación; y el Espíriru
Saot0 se
halla presente y actúa en ella y en toda la extensión de su
vida.
Lo que equivale a decir que la . Iglesia-imtituci6n es al mismo
tiempo intrínsecamente espirirual
y sobrenarural" (Pablo VI, disc.
cit.).
En consecuencia, los mismos derechos y deberes en la Iglesia son
de índole
sobrenarural; y si es un designio divino -Ecclesia de Tri­
nittJte-también su finalidad es divina y ha de disponer de unos me­
dios

consonantes
y proporcionados a este fin. Por tantO sus instiru­
éiones, a pesar de ser perfectibles
-<00tinúa el Papa,-se ordenao a
comunicar la gracia divina
y hacerla crecer, de acuerdo con los dones
y la misión de cada uno. La saotificación de los fieles es el objetivo
esencial de la misión de la Iglesia". Esta finalidad social, que es la
salvación de las almas, la saht.r anwuwum, es también, por consiguien­
te, la meta suprema de las instituciones, del derecho y de las leyes"
de
la Iglesia.
fil bien
común de que
cuida es de orden divino: la vida de la
gracia, la salvación del hombre. De esta forma
el Derecho de la
Iglesia "se transforma en Derecho de caridad
para con todo el cuerpo
eclesial, dentro del marco de esta estructura de comunión
y de gracia".
Lo primero en la comunidad eclesial es el Espíritu de Crist0, que
nos integra en ese misterio de comunión.
Y a eso se ordena la vida
sacramental que
fa Iglesia nos comunica; Todo al servicio de la per­
sona humana, restaurada en Crist0 y elevada a
la condición de hija
de Dios, en posesión por tanto de un espíritu de filiación no de
es­
clavitud, de caridad más que de ley.
Pero en cuaotO los
bautizados no guardan entre sí una mera unión
interior, sino que
están socialmente

unidos con Cristo, formando el
acuerdo social cristiaoo, que hace unidad con
Crisw mismo,

la liber­
tad de

los hijos de Dios queda encuadrada dentro del orden de
derechos
y de deberes ordenados al mejor desarrollo de la vida sobre­
narural, a la edificación del Cuerpo Místico; y todo lo institucional y
visible a eso debe subordinarse.
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RBFLEXION SOBRE LA IGLESIA
Ordenada jerarquía.
No es posible la comunión ecleslal de un modo social, si no hay
un orden y una jerarquía. "Por ello corresponde a la comunión
je,
rárquica,

creada e informada por el Espíritu de Cristo, procurar que
el orden y la
paz reinen realmente, que se conserve la unidad. en la
"comunión"
y que la vida de la misma se desarrolle de forma que dé
testimonio, incluso misionero, d~ Cristo".
la misma comunión eclesial es imposible, .. si no toma su origen
de un ministerio jerárquico de la palabra, de la gracia y de la direc­
ción
pastoral".
No

hay que olvidar que
"la misma comunión de la Iglesia está
ordenada a la
edificación del

Cuerpo social de Cristo" (Pablo VI). Y
aunque todos
lcis fieles han de sentirse comprometidos en esa edifica­
ción, es

la jerarquía de la Iglesia la que tiene el cometido de
orde­
nat
e inspeccionat todo el movimiento eclesial, gozando para ello de
facultades y poderes que le
han sido dados por Cristo, y que la
comunidad, como tal, ni
lcis simples fieles

poseen ni pueden
ejercer.
El

Pastor supremo de la iglesia cumple con esta
misión ante
toda
la "comunión" de pastores y fieles, ante la Iglesia universal, porque
representa ante
ella al mismo · Cristo; y cada obispo en su diócesis
hace

lo mismo, representando a Cristo cabeza en su Iglesia particular.
Y aún hay
mis. Estando constituida

la
comunión jerárquica
por el
don del
mismo Espíritu, que. actúa en ella, esta actuación, como es
natural, no
alcanza sólo a las personas sino también a las leyes e
instituciones que en
ella se dan, y se ordenan al fin salvffico o · de
edlficación del

cuerpo
·social de Cristo. "Por tanto, también todo
aquello
que se impone para garantizar el orden y la
paz en la comu­
nidad de los cristianos -he aquí el Derecho canónico en el foro ex­
terno- procede, en
última instancia, del Espíritu y, en consecuencia,
no causa perjuicio a la
libertad y a la dignidad de la persona humana,
antes al contrario la valora y defiende".
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BERNARDO MONSEGU, P. C.
En la lógica del Espíritu.
Y se comprende -6ade Pablo VI- a base de este razonamieo­
to.
Es el
don del Divino
Espíritu quieo
fundameota
la libertad de los
hijos de
Dios y conviette eo ejercicio de caridad el ejercicio de los
propios detechos
y el cumplimiento de los deberes en la Iglesia. De
suyo, todo hombre, eo el interior de su concieocia
y por ley de natu­
raleza se halla ordenado a Dios. Se ttata de una ordeoación ontoló­
gica,
fundamental, que

por la
gracia y el Espíritu es elevada eo el
cristiano a un ordeo
sobreoatural. "Y

como eo
la Iglesia los · fieles
forman
una sola comunión con Cristo, que se despliega eo el signo
institucional y social, es también el don del Espíritu Santo el que
conviette eo sobrenaturales la personalidad, la dignidad, la
libertad,
los

detechos del bautizado... De donde se signe -baste indicarlo-­
que también el valor de
la responsabilidad que cada una de las pet­
sonas tiene eo el ordeoamiento social de la Iglesia, responsabilidad
que ciertamente no autoriza. una libertad entendida como emancipa­
ción de la autoridad y de la norma, es o supone el compromiso del
Hbre don
4e sí mismo, con una mayor obligación o exigeocia ante si
y ante los demás".
Y se signe también que es absurdo contraponet el carisma a la
ley o autoridad, como si el Espíritu no
actuase también a través del
mum,s u

oficio jerárquico o -de autoridad. "El "carisma"
-- P~blo
VI-

no puede
contraponerse al munus eo la Iglesia, porque es
el mismo
Espíritu el

que
actúa, en primet Jugar, eo y mediante el
munus. Por esta razón, todos los miembros de la Iglesia estáo obli­
gados a reconocet que
ésta tiene

necesidad de un ordenamieoto, fal­
tando el
cual, la comuni6n en Cristo no podría set socialmeote ac­
tuada ni podría
obrar con

eficacia. El mismo
San Pablo vincula el
ejetcicio
de los carismas al
ordenamieoto existente
en
la Iglesia"
(cf. I, Cor. 14, 37-40).
"En consecuencia, todos los elemeoros institucionales y jurídicos
son sagrados y espirituales, ya que
estáo vivificados por el Espíritu. En
realidad el "Espíritu" y el "Derecho" eo su misma fueote forman
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R.BFLEXlON SOBR.B LA IGLESIA
una unión, cuyo elemento espiritual es determinante; la Iglesia del
"Derecho" y la Iglesia de la "caridad" constituyen una única reali­
dad, de cuya vida interior
la forma jurídica es signo externo".
Tensión de polaridad.
Lo que importa pues es no separar lo que Dios ha unido, y, sobre
todo,
establecer entre ello la debida subotdinación y servicio. Que
oficio y carisma sirvan al fomento de la vida espiritual y a la edifi­
cación

del Cuerpo de Ctisto.
Para lo
cual hasta la misma legislación canónica debe éstat ani­
mada
por el soplo del Espíritu.
Lo carismático y lo jurídico no están
en tensión

de oposición sino de polaridad.
Y
"la polaridad entre el carácter espiritual-sobrenatural y el ins­
titucional-jurídico de
la Iglesia, lejos de convettirse en fuente de
tensión, está siempre orientada hacia el bien de
la Iglesia, que inte­
riormente está animada
y exteriormente sellada por el Espíritu Santo".
Esta esencialidad del doble elemento
interior y exterior, carismá­
tico e institucional, en la comunión eclesial, no se contrapone sino
que se polariza al servicio de una misma finalidad, ni tampoco su­
pone una igualdad mal entendida,
por la que desaparecería la ver­
dadera
jerarquía y la debida diferenciación entre ambos elementos.
Prioridad y prevalencia.
En el fuero externo, en el orden propiamente social, orden jerárqui­
co

para la sociedad eclesial, la preponderancia compete a lo institu­
cionai y jurídico, sin lo cual no se concibe una sociedad ---4'bi ,ocie­
ta, ibi ius-, y sin lo cual hasta lo interno y carismático no podría
cumplir su misión de servicio a
la edificación del cuerpo social cris­
tiana, ser una auténtica
comunión. En el fuero interno, sin embargo,
en
las almas de los fieles, hasta, quizá o sin quizá, en su mismo ser,
lo espiritual- sobrenatural prevalece sobre lo otro.
Prevalencia de valor
y de jerarquía Oiltológica, pero no de impo-
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BERNARDO MONSBGU, P. C.
sición de ley ni de gobierno. Los au:ismas, en efecro, han de sujetarse
a
la autoridad. Pero en ningún caso ello supone que la santidad y
dignidad de las almas dependa de lo externo ni del mero cumpli­
miento
de la ley. "La Iglesia -dice el Papa- reconoce, por ejemplo,
esta superioridad

de la
gracia y de la santidad en la canonización de
sus
hijos mejores, de los escogidos, aunque hayan sido únicamente
simples fieles". Hemos de admitir pues que aun a
pesar de la revalorización y es­
timación del elemento carismático
y profético de la Iglesia, hecha
por

el
Vaticano 11, la Iglesia como sooiedad visible y jerárquica tiene
en
la jerarquía, en lo institucional y jurldir.o su elemento capital de
~nstitución, conservación y consistencia.
La misión de la Iglesia a través de su Derecho.
Recibiendo el Papa al Tribunal de la Sagrada Rota Romana, con
fecha 8 de febrero de 1973, dijo a propósito del Derecho Canónico
algo que resulta de suma actualidad
para entender y tener en el fiel
la misión pastoral de la Iglesia.
Recientemente, dijo en un cierto momento de su discurso, recorM
dábamos a los jueces que nos visitaban de todas las naciones, que el
Derecho Canónico "es el derecho de una sociedad ciertamente vi­
sible pero sobrenatural,
la que se edifica sobre la palabra y los sa­
cramentos,
y cuyo fin es llevar a los hombres a la salvación eterna".
He
ahí, añadió,
por qué el derecho canónico es un derecho
sa­
grado, enteramente distinto del civil, derecho además jerárquico por
voluntad del
mismo Cristo,

no del pueblo, circunscrito a la misión
salvífica de la Iglesia, continuadora de la obra de la Redención.
Porque sociedad visible,
la Iglesia necesita del derecho y la ley.
Ley y derecho empero al servicio de la finalidad espiritual de la
Iglesia, porque lo visible e invisible, lo
comunitario y

jerárquico, lo
carismático y
jurídico hacen

unidad en el misterio de la Iglesia. De
forma que no estamos
propiamente ante

dos realidades completas,
sino ante dos elementos constituyentes de una única realidad,
la de la
Iglesia, este como sacramento de Cristo.
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RJJFLEXION SOBRE LA IGLESIA
La Iglesia cumple su misión de un modo pastoral; pastoreo que
Cristo
confió a
sus Apóstoles
y los sucesores de éstos: el Papa y los
obispos, que lo ejercen utilizando con equidad la ley. "Este poder de
legislar y juzgar lo ejercitaron los Apóstoles, y sus sucesores han
continuado su misión. Siguiendo el consejo del Apóstol de las gentes,
han juzgado incluso de cosas civiles para hacer prevalecet el derecho
temperado por la caridad (cf. I, Cor. 6, 1-8). Nos lo recuerda San
Agustín: "Constituit enim talibus causis ecclesiasticos cognitores,
in foro "civile"
prohibens iurgari christianos" (Enarrationes in Ps.
118,
Sermo. 28, 3. Cf.

L'Osservatore Romano 9-2-73). Y es que,
ubi societas ibi un.
"In omnihus caritas".
En consecuencia, creemos mucho más acertada la postura o posi­
ción de aquellos que, como el cardenal Danielou, haciéndose cargo de
las debidas distinciones, prioridades, y de la diferenciación de planos,
resuelven (contra otros que sostienen la
resis contraria, amparándose
en

el espíritu del Vaticano II
y en la igualdad por él establecida en­
tre los fieles todos de la Iglesia desde el punto de vista carismático),
que, efectivamente, en la Iglesia, como
sociedad, deben ser la autori­
dad, la jerarquía, la institución
y la ley quienes tomen la delanrera y
ejerzan el conuol; no precisamenre el carisma, la profecía, la caridad,
y menos la libertad.
La caridad debe, si animarlo todo. Pero esta caridad se afirma al
máximo como

se afirma la
propia libertad, cuando se aceptan por
amor la ley
y la autoridacl Sólo sometiéndose el hombre a la ley y la
disciplina es como realiza su libertad, guarda el orden y el orden le
guarda a
él. Lo ouo expone al subjetivismo, la arbitrariedad, el desor­
den
y la anarquía. Razón por la cwd pedía San Pablo que los caris­
máticos estuvieran sujetos a la autoridad. Y el Vaticano II no le ha contradicho, al revés, lo afirma expresamente
(LG, 12). Y no otro es
también el sentir de Pablo VI.
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