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Número 209-210

Serie XXI

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Introducción

DOCTRINA SOCIAL DE LA IGLESIA CATOLICA Y CONCEPCION CRISTIANA DEL HOMBRE
PRIMER TEMA DEL SEGUNDO COLOQUIO NACIONAL
DE LA
CONFEDERACIÓN DE
JURISTAS CATÓLICOS DE FRANCIA
(*).
INTRODUCCIÓN,
POR EL
R. P. p H ILIPPE ANDRB-VINCENT, o. p.
Doctor en Derecho.
Consejero espiritual de la Confederación de Juristas Católicos de Francia.
Según una enseñanza constante en la Iglesia, recordada con
insistencia por Juan Pablo II, el hombre está hecho a «imagen de Dios».
Lo que distingue la «concepción crisriana del hombre»
es la eminente dignidad de la
naturaleza humana
asumida por
(*) La Confedération des juristes catholiques de France, que preside
nuestro
amigo Joel-Benoit d'Onorio, ha celebrado, hasta la fecha, tres co­
loquios nacionales. El primero, en Versalles, los días 29 y 30 de abril y
1 de ·mayo de 1979, acerca de Los derechos del niño. El segundo, eh París,
del

21
al 23

de noviembre de 1980, presidido
por el Cardenal. Ecligio Vag­
nozzi, tratando de La actualidad de la doctrina social de la Iglesia. Y, el
tercero, coincidiendo en fechas con nuestra_ XXI Reunión, es decir, los días
12, 13 y 14 de noviembre de este año, en París, con el tema general La
Iglesia y el Estado en Fancia.
De las Actas del segundo coloquio editadas eo Patís por Ed. Tequi,
1982, tenemos el gusto
·de reproducir,

traducidas
al castellano, la confe­
rencia

que, con
el título enunciado, pronunció nuestro amigo el profesor
Michel VHley, juntamente con su introdq.cci6n_ y la ulterior intervención de
nuestro también amigo, el R. P. Philippe Y. André-Vincent, O. P.
Agradecemos a Maitre Joel-Benoit d'Onorio, al profesor Michel Villey y
al Rvdo. Padre André-Vincent, que nos hayan permitido este honor.
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ANDRE-VINCENT, O. P.
Dios mismo en la persona del Verbo. Esta asunción redentora
restituye al hombre su dignidad original:
la de un ser creado a
imagen de Dios. ¿Qué quiere esto decir? Dios es Espíritu, Dios es Amor. Esta doble y única verdad
constituye la verdad del hombre. En su condición de criatura, el hombre refleja el esplendor increado del Espíritu y el Amor,
tales como son, en lo absoluto, de su divina Unidad: tres per­
sonas, tres relaciones en un sólo acto de conocer y de amar. El
h0mbre también es espíritu; existe como una persona; es amor,
existe en relación a otro.
La persona, he aquí un término familiar para un jurista. La
palabra
person11<, en latín, proviene de la máscara que amplificaba
la
voz de los actores en
el_ teatm. Sobre la escena de la vida, la
personalidad ¿está reservada a los actores?, ¿a quienes disponen del medio para hacerse entender? No. Los derechos están atri­
buidos aunque los sujetos no sean capaces de actuar en derecho.
¿Acaso un niño no es sujeto de derechos?, ¿incluso antes de su
nacimiento?
El realismo jurídico_ no espera a -la edad de la responsabili­
dad para discenir
eI ser
humano en todo hijo de madre humana.
En este ser, por su naturaleza espiritual, hay una persona; y, a
través de lo que es debido a este pequeño ser por aquellos que
responden de él, surge una relación de persona a persona, una
relación de justicia. En las relaciones de cosas y de personas
la razón contempla
un orden. Puesto que el hombre es espíritu no obedece ciega­ mente a este orden.
Juzga de

sus relaciones según las finalidades
de las cosas (a su utilidad) y según la finalidad de las personas,
su bien. El amor es el movimiento de los seres hacia su bien. La persona es espíritu. Su bien pleno, su fin definitivo no
puede ser de orden material. No obstante, la persona humana está en
la materia. El hombre asume en si todo el universo de
los cuerpos: Posee en su
síntesis biológica
el reino mineral
y la
vida vegetativa con la vida animal, conjunto asumido por el alma
espiritual. El hombre es un microcosmos. Pero, porque es espíritu,
el
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DOCTRINA SOCIAL Y CONCEPCION CRISTIANA DEL HOMBRE
cosmos no le basta. Le hace falta el Bien absoluto. Conoce el
Principio de este orden cósmico cuyas relaciones dependen de la
relación primordial que en todo ser consiste en hacerle existir.
Es una

relación de Amor, pues nace del Acto creador, responde
de Amor

divino. En relación de justicias también, pues esta res­
puesta personal de la criatura espiritual es debida al Creador.
Esta relación, en cada criatura humana, toma la forma de obe­ diencia religiosa. Obedecer en el Amor, tal es la justicia del hom­
bre hacia Dios.
A esta relación de justicia y de amor, que es la religión, están
supeditadas todas las demás. Separadas de la relación fundamen­ tal con Dios todas las relaciones humanas recaen sobre si mis­
mas: están a merced de las voluntades humanas, de las leyes
humanas. Los derechos y los deberes de justicia, ¿están creados por la
ley humana?, ¿no tiene acaso fundamento anterior a la volun­ tad humana? Sin este fundamento, el hombre, sus derechos
y
sus deberes serán modelados por un Poder que toma el puesto
del Creador: este Poder hace tabla rasa del orden natural: crea las relaciones sociales según el modelo que él se fija y en la me­
dida de las fuerzas que hacen presión sobre
él.
En esta perspectiva un humanismo sin Dios puede multipli­
car los derechos del hombre, pero no confiere al hombre
más
que

títulos revocables: la persona humana ha perdido sus de­
rechos naturales inalienables que venían de Dios. Los
valores
humanos

son pateados. Este es el drama que nosotros vivimos:
«Nuestra época es sin duda aquella en que más se ha escrito
y hablado del hombre, la de los humanismos y del antropocen­
trismo. Y, no obstante, de manera paradógica, es la época de
las angustias más profundas del hombre acerca de su propia
identidad y de su destino personal, · la época del retroceso del hombre a niveles hasta el presente insospechados, la época de
los valores humanos pisoteados como jamás se hizo en el pasado. »¿Cómo explicar esta paradoja? Puede decirse que se trata
de la paradoja inexorable del humanismo ateo. Es el drama del
hombre amputado de una dimensión constitutiva de su propio
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MICHEL VILLEY
ser -su búsqueda de lo infinito----, colocado así frente a la peor
reducci6n de su propio ser» ( 1 ). Un hombre amputado de sus relaciones naturales fundamen­
tales, tal es es sujeto absoluto coronado de derechos místicos
cuya imagen
ha sido esculpida por Hobbes y Rousseau. El hom­
bre del
Contrat social es un individuo sin padre ni madre, crea­
dor soberano del mundo social. Liberar la inteligencia moderna de este
mito es una labor previa necesaria para descubrit el hom­
bre real a través de las relaciones fundamentales constitutivas
de un ser.
Ahí se halla el fundamento de la sociedad. El reco­
nocimíento de estas relaciones fundamentales es la primera con­
dici6n de la existencia de la doctrina social.
CONFERENCIA.
POR EL
Prof. Ml:CHEL VILLEY
C1Jtedrático de Historia de la Filosofía del Derecho en la Universidad
de París. Director del «Centre de Philosophie du Droit» de París y de los
«Archives de Philisophie du Droit».
Henos aquí reunidos para examinar la actualidad de la doc­
trina social de
la Iglesia cat6lica. Una actualidad frecuentemen­
te negada, de la que, sin embargo, estoy convencido. La doctrina social católica me parece que forma parte de una
tercera vía saludable entre dos
excesos, y se trata de que noso­
tros lo experimentemos: l.º,
en la vida política, el término medio entre el absolutis­
mo de una parte y de otra el desencadenamiento de las liberta­
des individuales;
2.º, en economía, entre.liberalismo y socialismo;
3 .•, en el orden familar, es posible que ofrezca un término
medio entre el excesivo rigor de un sistema patriarcal,
hoy fe-
( 1) Juan Pablo II, «Discurso de Puebla», en Doc. cat6lica, 18 de fe­
hl'ero de 1979, p,!g. 168.
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