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Número 179-180

Serie XVIII

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Rafael Somoano Berdasco: Pacifismo, guerra y objeción de conciencia

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menta, sólo en la ley, la libertad social-, y puesto que la ley • se
impone por

a voluntad de la mayoría que
la impone", se llega a
hacer por

la
democracia lo

mismo que
haoe ia tiraoía. De ahí el
profundo sentido -"perfectatneute lógico, pei'fectamente coherente,
perfectamente equivocado" -de

la frase de Lenin:
"libertad, ¿pa­
ra qué "clase" ? Expresó así, de macera insuperada, el pensamiento
sobre "su" libertad social. Sólo la doctrina
soci~l de

la Iglesia, termina d'Ors, ofrece solu­
ción
a este conflicto del mundo de hoy. Con ella se puede salvar la
libertad social, desviada pot el liheralismo democrático del que el
socialismo moderno

es la
inevitable consecuencia.
El Jihro de Alvaro d'Ors revela, en todos sus .ensayos, que --romo
decía

Sciacca- "nada hay
más infecundo que el querer comenzar­
lo todo de nuevo, ex fllWO. En la cultura, sólo la tradición es por sí
misma progreso, sólo ella tiene futuro".
La ávida lectura de este lihro es un grao goce, que se podrá su­
perar - tranquilas. Comci si las hiciéramos en el entorno del paisaje de Car­
halledo -
"foscos

macizos de robles,
rústicas casas entre prados y
maizales, suaves lomas de galaicos, montes"_:_, en aquel sereno pai­
saje en el que se escribió el diálogo agilísimo del último ensayo de
este libro admirable.
JAVIER NAGORE YARNOZ
Rafael &mwa,u, Berdasc,o,: PACIFISMO, GUERRA
Y OBJ'ElCION DE

CONCIENCIA(*)
El
problema de la objeción de conciencia al servicio militar ha
sido fuente de una copiosa literatura. En
España, por razones no
difíciles de determinar, tal problema llegó con retraso respecto a la
mayoria de las demás naciones del mundo occidental, ya que las
«pioneras» en esta materia han sido fundamentalmente aquellas cuyo
sustrato ideológico hundía
sus raíces en la cosmovisión protestante.
Por otra parte,
la casi totalidad de la literatnra española en tomo al
terna, que vería
la luz sobre todo en el periodo comprendido entre la
segunda mitad de la década de los sesenta y la primera de los se­
tenta,
se manifestó,

de
modo principal, a través de artículos en la
prensa diaria o sernaoal y en uso de argumentos superficiales y ca­
rentes, la mayoría de las
veces, de
auténtica
solidez. Entre
los muchos
(*) Editorial Fuerza Nueva, Madrid, 1979, 326 págs.
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que entonces se publicaron, sólo un escaso número profundizaron
más allá de la epidermis de la problemática planteada por la obje­
ción de conciencia.
Y lo cierto es que la misma reviste verdadera importancia
y tras­
ciende a la obligatoriedad o no del servicio castrense, pues --<:orno
se
ha observado--- «viene siempre a incidir en la raíz misma del
Derecho», ya que la objeción .de conciencia niega, en definitiva, la
figura y la función del jurista, que se basa en un sistema de man­
datos para una determinada organización social, el cual presupone
y se fundamenta en un correlativo deber de obediencia. Con la ob­
j

eción de conciencia se quiebra el sistema, minando su base y
ha­
ciendo el ordenamiento absolutamente inútil, y, como secuela, la
función del jurista -que se mueve siempre en el ámbito del orde­
namiento jurídico, procurando su perfección, mas nunca su trastro­
que-, deviene también en inútil.
La obra del profesor Somoano, objeto de esta glosa, representa una
importantísima aportación a la ya existente sobre tema tan
debatido.
Quizá

quepa afirmar que, junto con la del italiano Alfredo Gómez
de Ayala -L'Obiezioni di cwcienza al Servizio Militari nei suoi as­
petti giuridko-teologicl-constituyen los estudios más completos y
profundos en tomo a tan apasionante problema.
El padre Somoano somete, en primer téi:m.ino, a examen las ten­
dencias pacifistas surgidas en la sociedad precristiana, en el Antiguo
Testamento, en los primeros tiempos del cristianismo pre y post
constantiniano, hasta llegar, después de los brotes renacentistas de
Santo Tomás
Moco, Erasmo
...
, a
las posturas contemporáneas de
Gandhi, Luther King, el teólogo Ude, etc. La exposición de las diversas formulaciones sobre
la guerra justa
a través de los siglos, desde
el paganismo hasta las de los postreros
Pontífices -Pío IX,
Benedicto XV,
Pío XI, Pío XII, Juan XXIII
y Pablo VI-, puede ser
calificada, sin

riesgo de exageración, de
exhaustiva. Concluye abordando el complejo y espinoso tema de la
licitud de guerra defeosiva en caso de guerra nuclear; tal vez
uno
de

los más difíciles de solucionar
en este
mundo, donde la
paz sólo
se ha conseguido y se ha mantenido por medio de lo que se
ha lla­
mado el «ex¡uilibrio, del terror», que, a no dudarlo, se quebraría tan
pronto una de las partes adquiriese conciencia cierta de que en caso
de agresión la otra no emplearía los terroríficos instrumentos de que
dispone. No deja -según era de esperar- el padre Somoano de abordar
la cuestión. básica de la objeción de conciencia al servicio militar
desde la óptica de la teologia moral católica. Y así, tras admitir el
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principio general del derecho a objetar las leyes que sean contrarias
al

bien común, porque «prescriben lo inhonesto o porque anulan
o restringen gratuitamente derechos fundamentales de
la persona
humana», enaltece a aquellos que, «frente a la. acción devastadora
del escepticismo moral, sordo y ciego al bien común», proclaman
con gallardía, sin miedo al sacrificio, la prioridad de unos valores
con los que
no cabe

transacción», al igual que hicieron Tobías, Ma­
tías, Eleazar, los hermanos macabeos ... , ya que --como proclamara
León XIII- «es impiedad, por agradar a los hombres, dejar el ser­
vicio de Dios; ilícito quebrantar las leyes de Jesucristo por obedecer
a los magistrados o, so color de conservar un derecho civil, infringir
los derechos de la Iglesia... Conviene obedecer a Dios antes que a
los hombres ... ». Pero el «quid» radica en precisar si efectivamente
el objetor de conciencia se halla ante un caso de colisión de los im­
perativos de la ley natural con los de
la norma positiva. Y tan
básica problemática es afrontada por el profesor Somoano con el
análisis de la
moralidad de

la objeción de conciencia, tanto desde
el punto de vista objetivo
como desde

el subjetivo.
El primero a la
luz de la exposición objetiva de las razones adu­
cidas por los partidarios y por los oponentes de la objeción de con­
ciencia. Y, al fin, llegará a
la conclusión del rechazo de la misma,
pues «nada hay tan disolvente en
la vida de los pueblos que la repulsa
a unas disposiciones que afectan esencialmente a la vida de la misma
"comunidad". No obstante, al examinar el tremendo dilema que
surgiría en la hipótesis de guerra nuclear, no oculta que, si bien de acuerdo con la doctrina pontificia, la objeción de conciencia resul­
taría obligada
«por la

injustida de una acción que trasciende los
límites de la defensa o que simple
y llanamente condena a la tota­
lidad de la familia humana a un holocausto apocalíptico», no faltan
moralistas que legitiman el exterminio de la misma especie humana
a trueque de salvar los valores absolutos del espíritu. A lo que el
autor replica:
«La evitación
de una esclavitud degradante no puede
alcanzarse arrojando a una pira dantesca a todo set humano».
El análisis del aspecto subjetivo de la moralidad de la objeción
de conciencia es -a mi modesto entender-la parcela más intere­
sante de
la obra, dado que quizá es. uno de los escasos autores --si no
el
único-que la trata, afrontando tan candente cuestión, y que
aplica, con claridad y acierto, los principios generales de la moral a la
especialidad impuesta por este concreto problema. Y sí describe el
grave conflicto que se presenta ante el objetor con conciencia inven­
ciblemente errónea: «Apoyado en motivos de concienáa, rehúsa el
objetante la prestación castrense. La autoridad, por el contrario, apela
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a la santidad objetiva de las normas que regulan la presencia ciuda­
dana en las instituciones militares, a los imperativos de justicia exi­
gidos por el bien de la comunidad y al ejercicio obligado de obe­
diencia de los súbditos respecto a las disp05iciones legales en vigor.
Es ciertamente tangencial el derecho del objetante frente a los ser­
vicios que le exige la comunidad, pero no son ilimitados frente
a él
los
derechos de la autoridad.

los del primero se centran en
el segui­
miento de los dictámenes de su propia conciencia e inciden a través
de ella en las prestaciones objetivas. Los del poder público recaen
sobre aquellos servicios reclamados por las leyes e inciden a través
de ellos en la conciencia del objetante. Por la inextricable conexión,
desde

el
objetante, entre

conciencia
y prestación, y desde la autori­
dad,
entre prestación
y conciencia, no es fácil el ejercicio .del derecho
por ambos titulares sin exponerse a una invasión injusta, siquiera
sea parcial, del derecho ajeno». Y al igual que sabe el padre Somoano
plantear tan delicada
y muchas veces mal enfocada cuestión, sabrá
resolverla a la
luz de los

principios siempre válidos de la teología
moral tradicional.
He aquí un libro que honra a la editora que lo ha dado a cono­
cer. En él se puede buscar y encontrar la
totalidad de las éuestiones
suscitadas

en torno a la trilogía que
se incluye
en el título. No hay
duda de que el padre Somoano ha ofrecido una contribución harto
valiosa, que clarifica las ideas sobre tan
actuaies y preocnpantes pro­
bleroas,
como son los que se derivan de
la moralidad de la guerra y
de su participación eo ella,
y que inciden en la moral, en el Derecho
internacional, penal, mi'litar, etc.
GoNZALO MUÑIZ VEGA
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