Índice de contenidos

Número 189-190

Serie XIX

Volver
  • Índice

El tradicionalismo político y el régimen que cronológicamente siguió al 18 de julio

EL TRADIClONALISMO POLITICO Y EL REGIMEN
QUE CRONOLOGICA.MENTE SIGlilO
AL 18 DE JULIO
POR
MANUEL DE SANTA Omz
He leído con interés el artículo de. don Gonzalo Feroández de
la Mora titulado "España y el Foscismo" y publicado en Verbo,
núm 188. Creo que es una aportación valiosa a un tema apenas
tocado
con la profundidad y erudición con que él Jo ha hecho. No
obstantle, contiene una frase de la que yo quisieca disentir con al­
gunos apoyos

documentales y, por .supuesto, siempre muy amisto­
,;amente. Me

refiero a
estas pal11Jbtas: "El Estado nacido el 18 de
julio
de 1936 ( ... ) se explica desde el tradicionalismo espafiol que
en
la edad contemporánea representan Balmes,
Donoso ~. Me­
néndez

Pelayo,
Mella y Maeztu con su grupo de Acción Española
(111)." La nota dice: "Vid. Gambra, Rafael: Trddiri6n o mime­
lismo, Madrid, 1976, págs. 103 a 202; y Morado, Raúl: A«i6n
Espaíi111a. Orígenes ideológicos del frdllquismo. Madrid 1980, pá­
ginas 233 y sigs."
No deseo enredarme en la polémica, últimamente alimentada por
el profesor Elías
de Tejada (1) acerca de si las personas citadas,
excepto
Mella,

fueron
auténticos aadicionalistas políticos españoles,
y

si su tradicionalismo
eta más cultural que polltico y más francés
que
español.
Me limitaré a consignar ,aJgi,.nas noticias, únicamente referen­
tes .' di¡-án en las ideas que se hayan formado algunos lectores de esas
palabras del Sr.

Femández de la Mora.
(1) Vei, en Boina Roja, núm. il:. febrerO 1962, su artículo Cada ,osa
en su sitio,
1231
Fundaci\363n Speiro

MANUEL DE SANTA CRUZ
Aprovecharán también a otros, víctimas de una propaganda que
les
ha llevado a creer que la actual situación política no tiene a ,su
derecha

más alternativa que el franquismo, porque el tradiciona­
lismo, que es la verdadera alternativa, viene a
ser lo mismo que
éste.
En la mención al "grupo de Acción Española" va implícito el
nombre de su infatigable animador, Eugenio Vegas Latapie, que
ha sobrevivido a
Franco, con
el que estuvo en oposición ideológica
constante. Supla

esta observación personal que no analice el libro
del Sr. Morodo
cirado (2).
En

cuanto al libro "Tradición o mimetismo", de don
Rafael
Gambra,

mencionado
en la b;bliografia como
apoyo del
párrafo que
comentamos,

su referencia
parece detenerse más en la lectura del
índice, que· como todos los índices · es esencialmente esquemático,
que en la del texto. Hay en ambos otras dos partes, extensas, dec
dicadas
a la parre del programa político tradicionalista que Franco
no
!hizo y a otra que Fm.nco hizo primero, y negó después. Pero
aun en la aducida, las discrepancias con Franco
son profundas y
constantes y están señaladas con precisión página a página, párrafo
a párrafo. No haré una

antología
de tantas y tantas salvedades como
se hacen

en la
parte del libro más afín a la tesis que vamos a im­
pugnar,
pero señalaré un dato orienrador valioso que no figura en
el libro: y es, que su auror, Alférez Provisional en la Cruzada, no
desempeñó ningón cargo político bajo Franco.
Las personas citadas en el artírulo que comento, como repre­
sentantes del tradicionalismo en lá edad contemporáoea, hablan fa­
llecido todas cuando nacía el Estado que, segón él, "explicarían".
No

cita, en cambio, a los
representannes del tradicion\llismo polí­
tico durante la vida de Franco. Con la excepción de don Bsneban
Bilbao

Eguía,
y de algón otro, discreparon activamente de la fiso­
nomía del Estado que se construía, hasta el punto· de sufrir casi
todos ellos multas, destierros y enQ.rce!amientos.
Algunos de estos
represientantes del tradicionalismo político,
coe-
(2) Esperamos que estudie este libro en estas páginas el mismo Vegas
La.tapie
1232
Fundaci\363n Speiro

TRADICIONALISMO POLITICO Y POST REGIMEN 18 DE JULIO
táneos de Franco, son: S. A. R. el príncipe don Francisco Javier
de Borbón

Parma, considerado aquí
por nosotros más que como di­
rigente político como
autor de

escritos doctrinales políticos; don
Manuel Senante, director de
El Siglo Futuro; don Maauel Fa! Con·
de y don José María Valienre, sucesivos Jefles delegados de don
Javier de Borbón Parma; don Mauricio de
Sivatre, fundador
de
la
Regencia Nacional Carlista de Estella; don Luis Hernando de La­
rramendi, secretario y delegado de don Jaime III; don José María
Lamamie de Clairac, don José María Arauz de Robles, don Rafael
Garnbra Ciudad, don Juan Sáenz Díez, don Francisco Elías de Te­
jada, don Luis Ortiz
y Estrada, el Conde de Samitier, y otros más,
imposible de

nombrar todos.
El Conde de Rodezno, que fue ministro de Justicia en
e! pri­
mer gobierno de Franco (1938) manifestó sus· discrepancias inme­
diatamente después dé
rerminar la

guerra. Don
José Luis Z:amani­
Jlo, antiguo Jefe Nacional de Requeté,;, colaboró ron Franco a
partir de la
década de los años sesenta, pero en los años cnarenta
le him una oposición vivísima por· 1a que sufrió casi un ,año de
confinamiento en Albacete.
El trato dado

a las
personas ,es· muy

importante para la consi­
deración de
las ideas políticas. En nuestro t=, el mal traro dado
a
los políticos tradicionalistas se
complementó con

el
buen trato
dado

a
personas liberales que

luego
han sido morores de la demo­
craci'1.
Aquellos sucesos y

los principales
escritos polítioos
tradi­
cionalistas
que se opusieron al Estado que se ronstruía después del
18
de julio, están recopilados en mi obra
"Apuntes y Documentos
para la Historia del Tradicionalismo Español, 1939-1966" (3).
De ella se han espigado a rontinuación, no con pretensiones de antología, sino· meramente
indicativas de la dificultad que tiene para el tradicionalismo la
afirmación que motiva este comentario. -Dejaré otras diferencias im­
portantes, como la pérdida de las provincias africanas sin disparar
(3) _Manuel de ,Santa_ Cru2: Apuntes y Documentos pa,a, la Histor/a
Je/ TradiciontJ/ismo Español
1939-

1966,
Madrid, 1979, apartado 1288,
tomos de

Íos
afios 1939 á Í944. -
1233
Fundaci\363n Speiro

MANUEL DE SANTA CRUZ
un tiro, y h libertad de cultos, de tan largas consecuencias, porque
fueron debidas, en gran parte, a presiones exteriores.
Se
dice que

la polltica es el
anie de lo posible. Pero estt> no
nos interesa
aquí porque

no vamos a juzgar a la persona de Franco,
obj,etivo
ajeno a esta rev,ista, sino

a
rratar de expliCllr que

"El Esta­
do nacido
el 18 ele julio de 1936" no "se explica desde el tradicio­
nalismo esp malo,
juotificado o

no.
• • •
El tradicionalismo político esp los "funlamentos de la legitimidad
esp en el Real
Decrero de don Alfonso Carlos, de 23 de enero de 1936, que, ade­
más,

los califica de "intangibles".
Son los. siguientes: "I.-La Re­
ligión Católica Apostólica Romana, con la unidad
y oonsecuendas
jurídicas
oon

que fue amada
y servida ttadicionalmenre en Nues­
tros
Reinos. II.-La constituci6n natural y orgánica de los Estados
y cuerpos de la sociedad tradicional. III.-La federación histórica
de las

distintas
regiones, sus fareros y libertades, integrante de la
unidad de
la Patri ml, legfoima de

origen
y ejercicio. V.-I..os principios y espíritu y,
en cuanto sea prácticamenre posible, el mismo estado de dereho
y legislativo anterior al mal llamado detiecho nuevo."
I'a.ra evitar largas disquisidones dejemos el beneficio de la du­
da en cuanto al grado de realización, por Franco, de los fundamen­
tos I y V. Nos basta avisar qule en ningún grado se realizaron los
fundamientos II y III, ni el IV, que, por de pronto, exige el cum­
plimienro de

los I
y 11.
• • •
El 10 de marzo de 1939 anre "1,l próximo y victorioso fin de
la guerra", el Jefe Delegado de la Comunión Tradicionalista, don
Manuel
Fal O,nde, eleva

una "Manifestación de
los Ideales Tra­
dicionalistas al

Generalísimo
y Jefe del Estado Espafíol". & _un ¡,;_
123.4
Fundaci\363n Speiro

TRADICIONALISMO POLITICO Y POST REGIMEN 18 DE ¡uuo
tudio polítiw muy extenso distribuido ,en tres anie,ros: El primero,
:u:erca
de "El Criterio Tmdiciona:lista sobre el Partido Político Uni­
co". El segundo, se titula, "Bosquejo de l& futura organización po­
lltica española inspir¡¡da en los Principios Tradiciom,J,,s", y el ter­
cero, "Sucesión Dinástica en la .Monarquía ,española", es de opo­
sición nominal a Don Juan de Borbón y Battemberg. Renunciando
a
ocuparnos de este tlerCetO, resumiremos brevemente los otros dos.
El PaJltido Unico, wl= vertebral del listado nacido crono­
lógicament'e
el 18 de julio, no se explica desde el tradicionalismo
polítioo español.
Largamlente se podría probar esro. Pero es mejor
sumar a algunos de los argumentos, la auroridad de los políticos
tradicionalistas, que

dicen de él:
"Nuestra tesis. El partido político es contrario al verdadero fin
del
Estado
y de manera especial en España en las presentes circuns,­
tancias,

es necesaria su desaparición para la salvación de la Patria,
( ... ) Lª La autoridad que vive mixtificada con el Partido Unico,
tiene
perdida gran parte de su eficaéia. ( ... ) 2.• La autoridad que
ha de estar sujeta a, las inspiraciones del Partido Pol!tico Unico se
divorcia
del legitimo sentir popum. ( ... ) 3." El Partido Uniw no
puede
nunca tener verdadera unidad.

( ... )
4.• El Partido Político
Unico
fatalmente divide la sociedad. ( ... )
5.B. El Partido Unico se
produce por selección a:l revés, o sea, por selección de los peo­
res. ( ... ) 6.ª Es punto menos que imposible que el Partido Unico
pueda
purificarse a

sí mismo
de una

manera completa. ( ... )
7 ·ª El
Pa,tido Unico es campo fértil para la siemh,:,a de daignios secta­
rios y tenebrosos. ( ... ) s.• El régimen de partido oficial acumula
los males de la plun1Jii,lad de partidos liberales. ( ... ) 9. • El Partido
Unico fomen11a el germen morboso del opinionismo libera:!. ( ... )
10. • El Partido Político Unioo wmo io!sttumento de gobierno pue-­
de concebirse en países antidemoaáticos que fo han utilizado para
el acceso al poder, pero es inoompatible con el acto de gobierno en
aquellos
pueblos en que se ha rescatado el poder sin necesidad de
partido político.

( ... )
11.1 El Partido Unico contagia en la pasión
política,
aun a
aquellos órganos del Estado que por su natutaleza
han
estado siempre apartados de toda .q,anifes1'a0ión de ideas polí­
ticas. ( ... ) 12. ª El ¡,mioo oficial grava los presupuestos del Estado
12J5
Fundaci\363n Speiro

MANUEL DE SANTA CRUZ
considerablemenre con daño '.P"J:'a el contribuyente y quebranto pata
el interés público. ( ... ) l3.•
La d representará
,en la

conciencia
nacional el primer paso para la paci­
fioación espimtu:aJ del pueblo español" ( ... ).
El "Bosquejo de la
futura orgaruzación política

española
ins­
pimda en los principios t!radiciono:les", que es el Anexo II, contie­
ne grandes frases espirituales de carácter
antiliberal que

también se
encuentran
en el preámbulo de algunas leyes del Estado que exa­
minamos. Pero en la mayoría de los puntos conoretos, -Cortes, re­
giones,
municipios,
gremios, y, por supuesto, Rey y Omsejos---, el
abismo
es
insalvi>ble. El

conjunto,
también lo es. Como que uno
de los resúmenes más lúcidos del tradicionalismo ,es la famosa ron­
signa

de Mella:
"Más sociedad

y menos Estado",
y el Estado nacido
cronológicamente después

del
18 de julio fue un estado invasor y
secante.
• • •
Empieza el año 1940 con una ley de la Jefatura del Estado so­
bre "Utúdad s;ndiCdl" (26 de enero, .Axaruiadi, 177) y termina. con
la Ley de &ses Sindioal de 6 de diciembre que ba estado vigente,
annqne
con retoques
crecientes, hasta 1970. l!stamos ante nno de
los gmndes pilares del aparato del régimen.
Don
José Matfa Amuz de Robles, alto dirigenre del tradicio­
nalismo político,
entonces vinculado a · la dinastía

carlista,
escribe
sobre está Ley de Bases a su amigo Ramón Serrano Súñer pata ex­
ponerle su "modesta pero fundámental disarepancia". Se queja, ini­
cialmente, en el t*rafo que reproducimos a rontinuación a pesat
de su extensión, del procedimiento seguido; es paradigmático de
cómo
se oonstrufa ,el Estado que analizamos, que era una manera
muy poco afín de la tradicionalista. Después del año 1940, Axauz
ya no se hubiera quejado del quebranto del procedimiento natural,
porque
se hizo habitual en todo. ·
"Ante

todo,
llama la
atenoióri
el cambio eri el prooedimientó se­
guido para Tui redacción y promulgación de 1a ley. En la primavera
de 1939, · primera vez que se imeritó ii.¡;robarla y publicarla, fueron
1236
Fundaci\363n Speiro

TRADICIONALISMO POLITICO Y POST RJ',GIMEN 18 DE JULIO
convocadas en Burgos autowadas y amplios cepresentaciones de la
economla nacional, a las que oe rometi prudente
celo por lJlS repercusiones de la misma, los proyecros
preparados por el Gobierno. Las objeciones fueron tan genera­
les y fundadas, que estos proyecros fueron· recixados.. Ahora se ha
prescindido por completo, -según parece-, de estos asesoramien­
tos.

Pudiera
creerse que
se estimaron aquéllos suficientes; pero al
prev-al«Jer en la nueva ley las tendencios más combatidas entonces,
pairece que lo que se ha qllet'ido es imponer a las realidades ,econó­
micas la concepción doctrinaria que ellas rehusaban; esto es, se
da la sensación de legishr, ante todo, para dar sstisfocción a una
doctrina particular y al partido que la adopra" ( ... ).
"Entrando en el contenido de la ley", continúa Arauz manifes­
tando discrepancias del

tradicionalismo.
"Pero sí he de
llamrurte la atención sobre dos notaS de la Ley
que nos ocupa: Una, la subordinación de lo económico a lo polf­
tico; y otra, el control de toda la organización que se proyecta ¡x,r
el Partido".
La subordinación de lo económico a lo político no sería l,amen­
table

si
la concepción política que ha de regi< la economía fuera
la tradicionoJista, que

no lo es,
según tan calificado opinan11e como
Airauz.
"FiruL!mente, el control del «Partido» destruye en la organiza­
ción que la
Ley propone todo carácter profesional; hará desaparecer
la fisonomía auténtica de la nación, tal como se manifiesta en sus
distintas actividades, bajo el barniz
partidista; invalidarla las ins­
titndones
que

se
craisen, aunque en

si
fuesen acertadas, pa,ra ser­
vir
de imrrumenws y vehículos de relación con otros pueblos al
ponerse en contacto con órganos semejantes de los mismos; y en
fin, contagiaría a la producción muchos vicios sin comunicarle vir­
rud,:;s."
"Creo sinceramente que es vana la esperanza de reunir por este
medió
una sél.occi6n de veidaderos valores de la erooomía y las
empresas; sabiendo que lo ·que más se ha de cotizall' en l:a m,eva
organización es la condición de «fubngista», -puede prev,,rse con se­
guridad

el resultado:
los hombres

verdaderamente
capaces y peritos
1237
Fundaci\363n Speiro

MANUEL DE SANTA CRUZ
en una actividad, de ordina:rio entregados a la misma, no serán los
que
se preocupen de aparentar este carácter; pero aquellos que pro­
fesionalmente
no han renido éxito en su trabajo, los que no son
oapaoes de levantar sus emprélas ron el esfuerzo y la competencia
profesiona1 que ellas piden, encontrarán un puerto de salvación o
un
atajo en este oamiru, que se les brinda, para ascender rápida­
mente a manejar no

sólo
sus negocios, sino los de los demás.··
"Una
vez más, la selección al revés habrá de producirse; . y los
fmmsad.os, los

dados
a la avenrura o los_ eiroesiwmente ambiciosos,
revestidos de

fervor
fulangista, asoenderá,n con frecuencia a,! man­
do en sindicatos
y actuarán perniciosamente sobre el conjunto de
la prodncdón."
"En
suma, oreo que la ley malogra el propósito de reforma so­
ciaJ y económica que todo el mundo estaba dispuesto a aceptar
después de la guerra, dejMdo inmctas las bases del siStJema liberal,
creando organizaciones superfluas y plegándose a un doctrinarismo,
fácilmenre acept,ado en lugar de buscar el verdadero mundo del
trabajo, el < finid~ por los tr~ieionrNisl~" ( *).
La Ley Orgánica de 1967 rectificó muchas expresiones esratis­
tas y rorilitarias del Fuero del Trabajo (1938) refurentes a sindica­
ros, que en la práctica siguieron como si no se hubiera co,regido
nada. Aunque aquellos cambios semánticos se hubieran prolongado
en ·realidades, éstas no hubieran sido más próximas no sólo al tradicio­
mlisrno, sino mmbién a otras escuelas políticas. Y en última ins­
tancia, más defme a aquel Estado su fisooomía de sus primeros
treinta ruíos
que la de los ocho últimos.
• • •
Las Cortes de 1942
Estas Cortes son otro de los grandes elementos del Estado na­
cido cronológicamenre del

18 de
julio que
es obligado
examinar en
(*) El subrayado es nuestro.
1238
Fundaci\363n Speiro

TRADICIONALISMO POLITICO Y POST REGIMBN 18 DE JULIO
nuestro inl!entO. Son connra proceden del sufragio uniivetsal, ni son omnipotentes, porque Fran­
co
sigue
consetvando, después de alumbrarlas, poderes superiores
a
ellas. Y no son tradiciona,liscas, porque no son representativas.
Quien pretenda explicalrlw; desde el 1lradicionalismo español por
ese antiliberalismo esencial

suyo,
cae en
el error
de creer que to.do
lo antiliberal es
tradicionalista. El

mismo
carácter antiliberal
tienen
órganos
homólogos del estado soviético, y sería r;sible decir que
se
pueden explil:ar desde el tlmdiciorudismo espoiiol.
Aquellas Cortes nacieron antes

de que la organización natural de
la sociedad hubiera sido restaurada y potenciada, y por ello no po­
dían representarla;

porque no existía. Bien es verdad que por algo
hay que empezar. Pero esta excusa momentánea, que tenía su fuer­
za, la fue perdiendo a medida que pasaba
el tiempo sin cambiar la
situación, y no digamos al cabo de treinta años
y ¡nás de funciona­
miento

de las Cortes sin la restauración de
la sociedad tradicional.
En cuanto se promulgó la ley creando las nuevas Cortes, la
Comunión Tradicionalista desde la clandestinidad y con la
liwta­
ción de medios de d~vulgación que ésta supone, se pronuncia ine~
quívoca y enérgicamente en contra. En los años siguientes, e.t1: v:ar_ios
documentos del máximo rango, los representantes a la sazón del
Tradicionalismo político
siguen denunciando la

disparidad entre
las
Cortes del Caudillaje y las de la Monarquía Tradicional. En total,
son

catorce testimonios tradicionalistas de calidad los que
he po­
dido

recoger en una breve antología sobre el particular,
bien defi­
ciente

y nada exhaustiva ( 4).
La Seguridad Social
Si de algo ha presumido el Estado que analizamos ha sido del
gran desarrollo alcanzado en él por la Seguridad Social.
Ciertamen­
te,

fue éste uno de los aspectos más importantes de aquel
Estado ..
(4) Vid. Apuntes y Doct1menlo1 para la Hi1toria del Tradicionalismo
E.rpallo/, 1939-1966, tomo 4, págs. 37, ll y sigs.
1239
Fundaci\363n Speiro

MANUEL DE SANTA CRUZ
Franco no comprendió nunca que la Seguridad Social es de la so­
ciedad. Creyó siempre que era cosa suya, del Estado,
y realizó ad­
mirablemente todo lo contrario de la consigna de Mella, "Más so­
ciedad
y menos Estado", que recoge un rasgo esencial de la socie­
dad
tradicional. ¿Cómo explicar desde el tradicionalismo el carác­
ter invasor, el crecimiento incesante de la burocracia de aquel Es­
tado y de su capital, Madrid? Las megápolis no son frutos tradi­
cionalistas. Compárese la magnitud de Madrid con la de W as­
hington. La Seguridad Social Estatal, que
es uno de los rasgos definito­
rios de la obra política que continuó cronológicamente al 18 de ju­
lio, no ha sido algo meramente distinto del tradicionalismo. Ha
sido una activísima
y eficacísiina máquina de guerra contra cual­
quier intento de reorganizar la sociedad según su naturaleza. Una
potentísima y devastadora máquina de segar cuerpos intermedios,
grenrios y ·asociaciones , ~atura.les, que sin patrimonios propios y
seguridad social
para sus miembros no son nada, y se convirtieron
---como en Italia_:._, en dedos largos del poder por una inversión
contra natura de la dirección normal de su flujo, que es de abajo
a arriba.
* • *
1943.-'-La Comunión Tradicionaliotá reclama el Poder
En 15 de agosto de 1943 los principales representantes del Tra­
dicionalismo político de entonces elevaron a Franco un escrito y un
estudio en el que le reclaman el Poder para la Comunión Tradicio­
nalista. "El Poder político, rescatado triunfalmente por el Ejército, debe ser entregado a esta gloriosa
, Comunión p,,ra que instaure et
orden
dt,fmitivo y ,nacional m,pirddo e'! el pensamiento tradiriona­
ÍÍJla (*), servido por ella con tan acri,solada fidelidad". Es decir, que
no creen que aquel
germen de ' Estado
tenga mucho que ver con el
orden definitivo y naciOtlal iCISpirado en él pensamieñto tradicio -
nalista.
(*) El subrayado es nu'estro.
1240
Fundaci\363n Speiro

TRADICIONAUSMO POUTICO Y POST REGIMEN 18 DE JUUO
En la conclusión escrii>en que la M:onarquia Tradicional es esen­
ciálmente incompatible con
lo actuál (*). Antes, han propuesto unas
"Medidas
Fundamentales" encaminadas a evolucionar hacia el Tra­
dicionalismo. La primera
es, "Suspensión del Partido Unico Oficial
y de los sindicatos .creados por él". Y luego, entre otras, el Regio­
nalismo, que es "la forma natural de gobierno de la Legitimidad
Monárquica y la supone necesari~mente, iormando con ~lla una con-. ' . . .
cepción política completa.» Pero hay más medidas que tomar: La
distinción entre funciones políticas y administrativas. La Restaura­
ción Corporativa, que "consiste esencialmente, no en organizar des­
de el Estado sindicatos y oficinas, sino por_ el contrari_o,· en devolver
a la sociedad y a las profesiones el derecho a organizarse y gober­
narse por sí mismas, dentro de los imperativos del bien común''.
La Organización de la Representación Nacional, que es "incompa­
tible con el
actual sistema totalitario, (y) urge el cambio de éste
para hallar fórmulas de participación del pueblo en las tareas de
gobierno".
• • •
El Fuero de los Españoles
Fue

promulgado el 17
·de julio
de 1945 para definir desde el
más alto nivel "los
derechos y deberes de los españoles y amparar
sus garantías". Este intento es de
significado tradicionalista,
pero
también es parte, por derecho propio, de
otras escuelas

pol!ticas
y
del Derecho Público Cristiano, de manera que si nos atenernos so-­
lamente
a esta
pieza importantísima
del
· Estado,
nacido cronoló­
gicamente después del 18 de julio, con tanta verdad se podría
decir que éste tanto se explica desde cada una de esas escuelas como
se ha dicho que se explica desde el tradicionalismo. Pero hay en este punto una senda que
nos lleva

al fin que pre­
tendernos sin necesidad de traspasar
un espeso bosque de disqui­
siciones. Es que este código, carta o fuero, no se rumplió en sus
(*) El subrayado es nuestro.
1241
Fundaci\363n Speiro

MANUEL DE SANTA CR.UZ
líneas generales ni en su espíritu. Solamente se cumplió diligen­
temente, después del
Referendum del
14-XII-1966 en Jo tocante a
la implantación de la libertad de
· cultos,

que tanto ha contribuido a
la
descristianización de

nuestro pueblo como
distante está
del
pen­
samiento político tradicional decimonónico. Si exceptuamos este pun­to,
y algón otro asunto sencundario, pondremos el Fuero en una pi-
2arra de la más especulativa de nuestras aulas
y la cerraremos con
siete llaves.
Prueba de ello es que en to tinuamente tuvieron que elevar los carlistas
para librarse
de
multas
y arrestos, se invoca el tal Fuero de los Españoles como incumplido.
Tengo a la vista los
recursos que se

hicieron en 1963 por unas
multas impuestas,
tras una concentración celebrada en Villareal de
los Infantes, a unos carlistas, ¡del ala colaboracionista con el
Mo­
vimiento!
• • •
Los Cuerpos lnte:nnedioe
La insuficiente y oscura presencia del derecho de asociación en
el Fuero

de los Españoles, además de su falta de realización, com­
pleta
la tetralogía de las heridas· mortales que recibieron de aquel
Estado los cuerpos intermedios, básicos de la
organi2ación natural y
tradicional de la sociedad. Las otras fueron : la barrera de la Ley de
Bases Sindical
al nacimiento

de nuevos
gremios, cooperativas y aso­
ciaciones laborales ; el carácter estatal de
la Seguridad Social que
impedía a unos hipotéticos

cuerpos intermedios poseer
sus patrimo­
nios
al. servicio'-0e su propiá seguridad

social
y de la de sus afilia­
dos ;
y el nombramiento gubernativo dírect<> y no reglado de los pre­
sidentes y directivas de los mismos, que consta en -una serie de pe­
queñas leyes dispersas menos llamativas que ·Jas leyes de alto rango
que

estamos recorriendo. Cualquier parecido de esta situación con
el tradicionalismo político es mera coincidencia.
1242
Fundaci\363n Speiro

TRADICIONALISMO POLITICO Y POST REGIMJJN 18 DB JULIO
La Ley del Referéndum
Se promulgó el 22 de octubre de aquel mismo año de 1945,
ya bajo la presión de las democracias vencedoras a las que
se tra­
taba de apaciguar con ella. Precisamente por esto no contamos con
escritos inmediatos de réplica
y oposición de los representantes del
tradicionalismo político, porque
éstos, en
insuperable lección de pa­
triotismo, habían hecho un alto el fuego contra la situación política
en tanto'. durara la amenaza exterior. Pero en otros documentos, por
ejemplo, en el titulado "La Lección de los hechos", de octubre de
1944, los dirigentes políticos tradicionalistas ya habían denunciado
la figura

del Referendum como una trampa de
los dictadores para
aparentar una representación · social que ellos mismos extirpan de
sus
·eortes, que son en la organización natural y tradicional las
que permanentemente deben ejercerla de maneta
que haga absolu­
tamente

innecesarios
los Referendums. Es ·una cuestión rnás doctri­
nal que práctica.
• • •
1947.-La Ley de Sucesión
El Jégislador redactó en esta ley un artículo 10.2 que -englo­
baba
unos Principios

Fundamentales extraídos de las
leyes que
he­
mos ido viendo y que no tienen relación inmediata con los meca­
nismos sucesorios.
Nace así uno de los principales vicios de los Referendums de
aquel Estado
-el primero
de los
cuales se celebró para esta ley­
que es el
ele consultar

a la
vez e

inseparablemente sobre muchas
cuestiones heterogéneas.
Desglosado este artículo 10.2, oscuro y de técnica jurídica com­
plicada, el
resto de

la ley se cifra en la sutesión, que podrá ser
ha­
cia la ·monarquía o hacia una República presidencialista con ro­
paje monárquico de Regencia. ·No solamente, pues; no se dice nada,
1243
Fundaci\363n Speiro

MANUEL DE SANTA CRUZ
sino que, además, se difiere úne die la realización y avance de la
ley. Pero
más propio de nuestro intento y de mi insuficiencia pa­
rece
prescindir de

opiniones
y comentarios personales y descubrir
documentos del
máximo rango

que fueron
y siguen siendo ignora­
dos. Así, S. A. R. el Príncipe don Javier de Borbón Parma escribió
al Jefe del Estado, que realizaba una política de hechos consuma,
dos nada tradicionalista, manifestándole
"la más fundamental dis­
crepancia"
acerca de

aquel proyecto de ley. Reiterando este punto
de vista, la Comunión Tradicionalista, como tal entidad, hizo un~
"Declaración" contraria al proyecto de ley.
Solamente veintidós años después, en 1969, se
determirulrla que
la
!IUCesión de

Franco se haria en forma de Monarquia;
la actual
Monarquía que no se explica desde
el tradicionalismo.
Tal ve2 desde

este punto, de no
haberlo hecho ya

antes,
habria,
mos

de volver al principio para preguntarnos previamente si Franco
fue
¡efe de

un solo Estado o de varios Estados disimuladamente su­
cesivos. Si su aparato político fue un régimen en sentid(? estricto
u otra cosa.
¿ Evolución hacia el Tradicionalismo?
A loo_ veintiún años del 18 de juíio,-el 17 de mayo de 1958,
se
promulgó

una ley, con el rango de
"fundamental", titulada
"de
los Principios_ del Movimiento Nacional". Varios años antes, los
principios de FET y de las JONS, que eran los 27 puntos de Fa­
lange Española, fueron dejándose en desuso, omitiéndose, silencián­
dose y a fuerza de todo ello, olvidándose.
Los nuevos Principios del
Movimiento nacional no fueron una reedición de los de
Falange,
como cabia esperar de su nombre, sino algo relativamente nuevo,
que lleva un injerto tradicionalista. El 24 de diciembre de 1964, -casi
una inocentada-,
se pro­
mulga una "Ley de Asociaciones" que
parecía un

factor de deshielo
del estatismo
y del Partido Unico. Pero fue administrada _ por la
1244
Fundaci\363n Speiro

TRADICIONAUSMO POLITICO Y POST REGIMEN 18 DE JULIO
Secretaría General del Movimiento con tal rigor, que no alumbró
ni wia sola asociación importante.
El 10 de enero de 1967, tras un Referendum el 14 de diciembre
precedente, se promulga la "Ley Orgánica del Estado" que ha tar­ dado, pues, treinta años en culminarse. El Jefe del Estado
mantie­
ne todos sus poderes, pero no los transmitirá a su sucesor. Se reto­
can casi todas las leyes fundamentales anteriores. Del Fuero del
Trabajo se suprimen los vocablos totalitarios y se descongela cau­
telosamente una parte de su estatismo. Valoremos estas tres grandes leyes conjuntamente por tener cada
una y
Ias tres

juntas algunos reflejos tradicionalistas propicios a la
afirmación que hemos rechazado cómodamente hasta ellas. Nuestra
resistencia continúa después de su valoración, que forzosamente he­
mos de resumir y que es la siguiente:
Pero tan necesario como entender si se explican o no desde
el pensamiento tradicional, es saber si después y en qué grado fueron
definitorias el Estado que cronológicamente
les sucedió. Son dos cues­
tiones inseparables para nuestro fin.
Soy testigo de aquellos años y creo que no llegaron a proyectarse
en la vida política de entonces. Solamente se cumplió pronto, bien
y claramente, la nueva redacción del Fuero de los Españoles refe­
rente
a la libertad de cultos, que se explica únicamente desde el
Concilio Vaticano II y de ninguna manera desde el tradicionalismo
español. Por lo demás, todo siguió igual en lo sustancial. Ciertamen­
te, el ambiente de
la calle se benefició de una notable distensión pla­
centera. Pero esto fue accidental y en el ámbito de lo negativo, no
en lo constructivo del Estado. Y entre otras, tuvo sus excepciones en
nuestro tema, muy significativas, en el pertinaz bombardeo de mul­
tas y arrestos a los carlistas, y en la nueva expulsión de España del
Príncipe don Javier de Barbón Parma. No hay que insistir en resal­
tar la importancia que todo esto ha tenido en la situación ulterior del
País V asco
y de Navarra..
Todo lo demás fue incumplido. Por la impronta e inercia del
estado de cosas de los treinta años precedentes; por la mentalidad
existencia!ista
y los omnipotentes poderes del Jefe del Estado, que
se
extendfan de
hecho, pero con cierta
lógica virtual,
a sus repre-
1241
Fundaci\363n Speiro

MANUEL DE SANTA CRUZ
sentantes hasta el último escalón; por el talante de la clase poli­
tica gobernante, de la que estuvieron ausentes los carlistas;
y por
las propias contradiccioóes internas de esos Principios, de redacción
cautelosa, imprecisa, y no seguida muchas veces de leyes y regla­
mentos que los desarrollaran.
Si se hubieran cumplido, hubieran
seguido ausentes

los Fueros
y la representación social entendida a la manera tradicional. Al­
gunos
reflej06 tradicionalistas

hubieran sido sofocados por otros
opuestos de la misma fuerza legal. Y sobre todo, una reflexión su­
ficiente hubiera descubierto que pertenecían
por igual a otras es­
cuelas políticas, es decir, que· no eran típica y exclusivamente tra­
dicionalistas.
* * •
No son los doctrinarios tradicionalistas los únicos en no expli­
carse el Estado nacido cronológicamente el 18 de julio desde el
tradicionalismo político español.
Entre las interpretaciones serias que se
han hecho

de
la época
de Franco, no demasiado numerosas, merecen destacarse las de otros
amigos comunes, de otras ideologías, que tampoco hallan en la
etapa anterior vestigios tradicionalistas en forma y cuantía defini­
torias.
Solamente citaré a dos de ellos. Escribió Valdeiglesias:
"El Estado surgido después de la guerra sólo
ha tenido,
eviden­
temente, un parecido lejano con el de los tradicionalistas, el de los
falangistas o
el de los monárquicos de Acción Española. La parti­
cipación ocasional de representantes de estos grupos en los sucesivos
gobiernos, no debe inducir a error. Fueron siempre representaciones
simbólicas, como la de los componentes del primer secretariado polí­
tico de FET y de las JONS. Nuestro Estado nacional-sindicalista ha
sido, sobre todo, un Estado pragmático, mucho
más preocupado de
las

realizaciones concretas que de las especulaciones doctrinales"
("Así empezó",
2.i edición, pág. 231).
Pemán escribió en uno de sus artírulos: "Franco ha sido autori­
tario y demócrata, inf18donista · o deflacionista, utiliiador cauteloso
1246
Fundaci\363n Speiro

TRADICIONALISMO POUTICO Y POST REGIMEN 18 DE JUUO
de camisas azules y blancas, de boinas de vari05 colores, de la de­
mocracia cristiana y de la tecnocracia cristiana ... ; ha sido, él solo,
régimen parlamentario, poder y oposición, y turno bipartidista, ha
hecho su pacto de El Pardo consigo mismo." ( citado por V alde­ iglesias en "Así empezó", pág. 340).
Estos text06, que modestamente Suscribo, más parecen acercarse
a la tesis del crepúsculo de las ideologías que a la de que el Estado
del 18 de julio guardara alguna relación con la ideología tradi­
cionalista.
1247
Fundaci\363n Speiro