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Número 261-262

Serie XXVII

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José María Martínez Val: Ética de la abogacía

INFORMACION BIBLIOGRAFICA
de la negativa al mismo Franco cuando pretendió cambiarle la
trinchera por
el Gobierno civil de Orens¡, o el abandono de un
nuevo puesto burocrático para embancar en el Castillo de Olite
y zarpar a liberar
Cartagena sin preocuparse de especiales per-
misos. .
La odisea del Castillo de Olite, el heto!smo de sus prisione­
ros liberando Cartagena están contados desde
el protagonismo
aunque en la «toma» Germán no pudiera intervenir pues estaba
gravísimo en
el hospital. La guerra concluía con tremendas incer­
tidumbres sobre su vida. Que al
.fin logró salvar. Nuevamente
con la eficacisima ayuda
de Laly que es casi tan· protagonista
como el autor.
Libro de grat!sima lectura y de gran importancia para el
conocimiento de unos hechos hoy tan tergiversadós y, sobre todo,
de un
magnífico espíritu que vibró entonces en muchos ~­
les, y, ciertamente, en Germán Alvarez de Sotomayor.
FRANCISCO JosÉ FERNÁNDEZ DE LA GIGOÑA.
José M.• Martínez Val: ETICA DE LA A:BOGACIA (*)
Entre tantas cosas como se . están haciendo y programando
con motivo del V Centenario del Descubrimiento,
hay una que
:--Sin esa
intención~ significa, a mi modo de ver, una de má­
xima trascedencia. Se trata de la publicación de la obra de José
Mat!a Mart!nez Val, Etica de la Abogacla.
Es la obra de un gran jurista y, a su vez, también la de un
gran humanista. No en vano, antes de ser doctor en Derecho el
autor es doctor en Humanidades y, antes de ser catedrático de
Derecho mercantil, lo
fue de Geografía e Historia. Su trayectoria
me recuerda la de su antiguo colega, Contardo Ferrini, que hizo
su tesis sobre las ventajas· que el jurista puede sacar de
los
poe,¡oas de Homero y Hesíodo, poniendo de manifiesto el inte­
rés que
las humanidades tienen tanto en la confección como en
la. interpretación del Derecho. ·
La idea de un C6digo de Deontología Profesional del jurista
es constante en la Historia del Derecho. Apenas hay alguien que
no la tenga propia o adoptada de otros
países. Lo nuevo aqu!
es que un bloque de países tan importante como
el iberoameri­
cano apruebe y adopte en su totalidad un C6digo de Etica Jurl­
dica común.
(*) l)yrsa, Madrid, 1987, 256 págs., 700 ptas.
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INFORMACION BIBLIOGRAFICA
El proceso de gestaci6n fue largo. No es mi intenci6n enu­
merar los hitos más importantes en este proceso que duró, como
el ,autor explica en el «Comentario a la Declaraci6n de Mar del
Plata»,
más de cuarenta años y que culmin6, en 1984 en el
VI Congreso de la UIBA (Unión Iberoamericana de Colegios y .
Agrupaciones de Abogados) que tuvo lugar en Argentina, al ser
aprobado el Código,
al que completan los comentarios que com­
ponen este libro. El Código constaba de 67 normas que fueron
leídas y discutidas en dicho Congreso, quedando aprobado por
unanimidad con
la denominación de «Declaraci6n de Mar del
Plata». Esa unanimidad de criterios como faros de inspiraci6n,
que no de imposiciones jurídicas, en
el establecimiento de nor­
mas e interpretación de la& mismas en Cada país., nos parece -de
una importancia trascendental.
Pienso que nada mrevo hay en ellas
ya que, en la mayor· pare
te de los casos, se trata de normas o exi>resioneS .de lo ,que, en
lenguaje clásico, se llam6 Derecho natural. Pero fa novedad está
en darle una expresi6n jurídica
en la que todos esos pueblos han
colaborado y que todos aceptan como marco moral y
jurídíro
de su actividad profesional.
Marrínez Val no
se ha inventado esas 67 proposiciones nor­
mativas.
En primer lugar, ha tenido en cuenta cuantos C6digos
de Etica Profesional están actualmente vigentes.
Su información
e'n este sentido es extraordinaria. Me atrevería a sugerir .al autor
que, en próxiinas ediciones, en forma · de citas a pif de páginas
o en ·notas marginales, hiciera constar
la. concordancia de cada
norma con los Códigos nacionales o internacionales de. Deonto­
logía
Jurídica.
A mi modo de ver, tan importante como el elenco de nor­
. mas que abarca el amplio abanico de los problemas morales de
la Abogacía,
es el, breve pero enjundioso, comentario que el autor
hace de las mismas.
Se trata, en realidad, de unir a la norma los
principios que la justifican y, a su vez, de la recta interpretaci6n
de la misma. Esto convierte el libro no en un Código, sino en
un verdadero tratado de Etica de la
Abogada, Quizás por eso
no ha hecho uso en el título del término C6digo, sino de Etica,
que no obliga como un Código de normas positivas, sino de nor­
mas morales
y, como tales, fuente de inspiraci6n de todo dere­
cho.
«De todo esto resulta, citando textualmente al autor, que
nuesro
C6digo de Etica Profesional del Ab está en la linea general de preoeupaciones
deontológicas. de la
Abogacía
l\lundial, pero por su extensi6n y detalles no tiene pre-
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INEORMACION BIBLIOGRAEICA
cedentes. ,Se, ha adelantado a cualquier otra organización de ju­
ristas del mundo».
Difícil sería señalar preferencias en
los comeQtarios a· 'esas
67 propo.siciones. El autor que, por supuesto, conoce como ·:nadie
sus aportaciones, destaca el comentario al tema de la quota-litis
cuya moral ha sido siempre tan debatida; el secreto profesional
del abogado,, cuyos fundamentos, límites y contenidos siguen
siendo tan actuales hoy
,como en los tiempos de los mejores ju­
ristas y teólogos medievales.
En, este comentario, uno de los, más
extensos, se siente la necesidad, dé apertura a otras perspectivas
en orden, por ejemplo, a la Etxa en la investigación del secreto
cou
árumo, de develar la justicia de una cosa. ¿Hasta dónde
llega la posibilidad de respetar el secreto «del otro» en la inves­
tigación de atchivos secretos, control · de comunicáciones, · explo­
ración psicológica con ánimo de defender o juzgar una causa?
, M margen de estos temas hay otros sumamente sugerentes.
Es el caso de la independencia de los_ jueces o del uso en la ju-
lo dicatura de las , leyes manifiestamente justas o injustas, a lo me­
nos para la conciencia del juez. No es fácil decir que el juez se
linúta a juzgar con las leyes, establecidas. Si esto fuera así ,mu­
chos de los sentenciados en Nuremberg deberían ,haber sido ab­
sueltos.
El juez no es un mero instrumento de medio entre ,un
hecho,,
presuntamente delictivo y una ley. El juez 'no es una es­
~ádra o una_ cinta métrica. Es un ser consciénte, libre y res.pon­
sable, al que se ha encomendado, la defensa-no cl.l derech,o
establecido--, sino del supremo valor social, que es la jus(icia.
En tal supuesto, su tarea comienza, en el análisis de la concoid~n­
cia
entre la ley y la justicia y su deber está en optar siempre'por
la iusticia. Lo contrario le haría pasar de ministro , de la justicia
a cómplice de la injusticia, como colaborador consciente
de, l.a
injusticia de la ley.
, Otros muchos temas, hasta 67, contiene el libro que hoy nos
ofrece Martínez Val, avalado
por tantas y tan prestigiosas auto­
ridades presentes en Mar del Plata, verdadero monumento jurí-
dico-moral levantado a la cooperación Ibero-Americana. ,
La obra de Martínez V al concluye con dos anexos: su Hep­
tálogo del Abogado, ya publicado en su obra Abogada y Aboga­
dos
(1981) y un Decálogo de Moral Profesional del Abogado,
aprobado por aclamación en el I Congreso Nacional de la Unión
Profesional (Madrid,
198:3 ). La pretensión de reducir al menor
número de principios
el ideario de las profesiones es constante.
Recuérdese la declaración de Ginebra, relativa a los médicos
( 1948), que
por tantas cosas recuerda este Decálogo de Martínez
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INFORMACION BIBUOGRAFICA
Val. Couture había escrito ya un Decálogo dl'l Abogado, citado
por
el autor en esta obra y bien conocido por todos los dedica­
dos a esta profesión. A este Decálogo de Couture ha querido
quitar
Martínez Val algunos «mandamientos», .como el l.º: «Es­
tudia».
En cambio ha añadido otros que no constan en Cbuture,
como los refereotes a la
retribución, al secreto o a la colegiali­
dad. Creo que
el deseo de reducirlos a diez es la verdadera causa
de esos pequeños. cambios. eotre ambos Decálogos. Tengo gran
devoción por el texto de Couture; .pero. me parece muy acertada
la mención del secreto y la colegialidad.
No cabe duda de que esta
Etica de la Abogac!a que es, a su
vez, una Declaración de Principios de todas las naciones de .Ibero­
américa, constituye un verdadero· monumeoto, un ideario ético
jurídico y que el autor puede estar orgulloso de su obra; no solo
de su obra sino de haber sido el ejecutor de esta tarea en •nom­
bre de toda Iberoamérica, que unánimemeote la ha aplaudido,
como aplaudió sus inicios un día. Vaya con estas líneas mi feli­
citación al autor con la seguridad de que su obra alcanzará gran
difusión por
su enorme interés. ·
JosÉ TonoLf DuQuE
C'.atedrático de Etica y Sociología
Fray Ignacio M.ª de fu Eucaristia: HOMBRE, MUNDO,
REDENCION.
PRÓLOGO DE FRAY JosÉ LóPEZ 0RTIZ (*)
Ediciones Dyrsa nos obsequia con la publicación de uh bello
libro de espiritualidad (ya anteriormeote áparecido ~y agota­
do--- en América), debido a la pluma del carmelita fray Ignacio
M.' Barraéhina. Libro profundo
y esclarecedor en el que estas
cualidades · se conjugan con una aineoa lectura, grata y enrique­
cedora para todas las meotalidades.
El
eje temático de. esta obra es el concepto de mundo, tan­
tas veces repetido en
las Sagradas Ecrituras y en el mensaje de
Cristo. Señala en su prólogo, el que fue obispo de Túy, fray José
López Ortiz, que catecismo y
los tratados de moral suelen citar
tres eoemigos del
a1ma: mundo, demonio y carne, por este ordeo.
Sin embargo, la literatura exegética y moral les ha prestado
atención en' el orden inverso. La· carne, esa tentación más cerca­
na y vulgar, -cuenta con un tratamiento abundantísimo, al paso
(*) Ed: Bosch, Barcelona, 1987, 14,5 X 21 cm., 240 págs.
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