Índice de contenidos

Número 126-127

Serie XIII

Volver
  • Índice

La fundación de Chile hispánico. Ciudades y Cabildos

LA FUNDACION DE CHILE HISPANICO:
CIUDADES Y CABILDOS
POR
JullN V ALLET DE GüYTISOLO.
SUMARIO: l. Los núcleos básicos de sociabilidad en la formación de las dvilizaciones.-2.

Las ciudades
pobladas por
españoles en Chile un
ter­cio de siglo después -de su descubrimiento por Diego de A.4nagro.-3.
Sus

fundaciones.-4. La fundación de ciudades
y las encomiendas de
indios.-5. El trasplante del municipio castellano a las Indias.---6. Co­rregidores, cabildos y cargos concejiles.-7. Los cabildos y su papel en
las interinidades de gobierno y en otros momentos cruciales.-8. Otras
actuaciones de los cabildos: actitudes con ocasión de nuevos impuestos y cargas de guerra.
l. La vida social se realiza a través de un entramado de rela­
ciones humanas que se inician en unas
estrucru.ras básicas
de origen
natural, fundadas en los instintos de la sociabilidad, procreación y
mutua ayuda, que dan
lugax a

una interacción y producen los prime­
ros núcleos de las sociedades.
Es en éstos donde se deben apoyar, y
no en individuos aislados, todas las superestructuras políticas para
mantenerse estables sin destruir
sus propias raíces. Tales núcleos bá­
sicos son, . fundamentalmente, la familia, las comunidades de trabajo
( que en su esencia no implican propiedad colectiva sino esfuerzo
común) y los municipios. Cuando los vínculos sociales resultan destruídos, o hay que crear­
los
ex novo por cualquier causa, siempre debe recomenzarse a partir
de estos cuerpos sociales básicos.
La muerte social puede ser violenta, consecu'.encia de _ µna -catás­
trofe exterior que cae sobre una comunidad desintegrándola; pero
puede también ser consecuencia de una enfermedad de ella misma que
la descompone desde dentro, ya
sea despedazándola por tendencias cen-
587
Fundaci\363n Speiro

JUAN V ALLET DE GOYTISOLO
trífugas, o, más frecuentemente, masificándola por exceso de fuerza
centrípeta impuesta desde arriba por el propio poder. A veces este
último fenómeno acaba por sincronizarse con el primero.
Así sucedió en el Imperio Romano de Occidente, que se desin­
tegró por sí solo, mientras los bárbaros llamados a su defensa ocu­paron el
vacío que
una sociedad desecha,
por el peso de un poder
político
y de una presión fiscal que no pudo soportar, dejaba inde­
fenso por falta de fuerza social física
y moral. Muy posiblemente ocu­
rrió así también al püderoso imperio incaico que, socializado al máxi­
mo, pese a su enorme oi:ganización política, no ofreció apenas resis­
tencia al puñado de conquistadores españoles. ¡ Qué diferencia con
la brava resistencia de los indígenas de Chile, de quienes el propio
Góngora Marmolejo (1) dejó escrito:
"Es gente bien agestnda, por
la mayor parte blanca, bien dispuestos amigos en _gran manera de
seguir la guerra y defender su tierra, para lo cual han grandísima
obediencia a sus mayores, y tienen· por orden cuando quieren pe­
lear .•. ", y que son "la gente más bien partida que hasta hoy se ha
visto en las Indias".
La civilización. comienza con la casa labradora, "gran símbolo
del sedentarismo", en la que
una familia
asienta "sus rafees honda­
mente en el suelo propio"", como ha observado Spengler (2); y se
desarrolla en las ciudades, que son un conglomerado de hogares,
verdaderos centros
de la respectiva familia, en los que sigue viva
su
íntima relación

con el campo que los alimenta (3).
Y la civilización concluye por la hipertrofia de "sus ciudades
gigantescas", cuando desprecia
las "raíces del alma y las arranca",
cuando el hombre civilizado se convierte en '"nómada intelectual",
para quien "vuelve a ser todo macrocosmos sin patria" (4). Al ocu-
(1) Alonso de G6ngora Marmolejo: Historia de Chile desde su descu­
brimiento hasta el año 1'75 ... », cap. !; cfr. en Crónkas del reino de Chile,
tomo 131 de la Biblioteca de Autores Españoles, Colección Rívadeneira,. Ma­
drid, 1960, pág. 79.
(2) Oswald Sp~gler: _La decadencia de Occidente, II Parte, cap. II,
núm. 2; dr. trad. al castellano de M. G. Morente, Madrid, 1945, vol. III,
págs. 129 y sigs.
588
(3) S~ogler, ob., cap. y vol. óts., núm. 5, pági. 144 y sigs.
( 4) 'Spengler, oh., cap. y voL cits., núm. 2, págs. 129 y sigs.
Fundaci\363n Speiro

LA PUNDACION DE CHILE HISPANICO.
rrir esto, se descompone la familia y aparece la masa de individuos
aislados desarraigados; se pierde la tradición
y, sin ella, toda posi­
bilidad de progreso que no sea puramente técnico; langoidece la
pietas y con ella el amor a la ciudad, a la patria, cuyo patriroonio
espiritual es dilapidado.
Cuando la civilización renace, como ocurrió en la edad media,
o cuaodo es trasplantada, como en la colonización española de Amé­
rica, se construyen ciudades de medida humana a las que se dota de
vida al infundirles su alma, el municipio.
Sociológicamente, la vida humana es imposible sin familias;
y
la civilización no puede desarrollarse sin ciudades en contacto con la
tierra. Como ha hecho notar
Elías de
Tejada (5),
el Estado, en un
territorio, solamente puede ejercer un único poder político, el im-­
perium, mientras que a las entidades sociales: la familia, el municipio
y la región, les compete la actividad social: "Fuera de las utopías
que por definición se encuentran fuera de la
naturaleza y de la his­
toria, no cabe un Estado que pueda suplantar a la familia
y al mu­
nicipio". "El Estado que pretendiera abarcarlo todo, reduciendo a uo
montón de cenizas las entidades que son anteriores a él por derecho
natural, sería uo Estado suicida. Ni siquiera en las demasías del 89
o en el totalitarismo soviético, ha sido realidad sociológica posible"
... "Siendo fortuna para el Estado el fraca,;o en el empeño destructor
por deshacerlas. Porque, de haberlo conseguido,
el Estado hubiera
acabado por destruirse a sí propio, vaciando el contenido de su en­
traña".
2. Los adelantados del Imperio español sabían que para realizar
su misión cristianizadora y civilizadora ésta tenía que asentarse en
ciudades. Sabían sus capitanes que era preciso promover su funda­
ción, asentarlas, para que en su habitáculo, religándose sus poblado­
res en torno al templo y comprometiéndose con el nuevo .solar y con
los indígenas que se les encomendaban, se desarrollase la ciudad, fe-
(5) Francisco Elías de Tejada: La familia y el municipio como base¡
de

la organización política,
en VERBO 91-92, págs. 32 y sigs., o en El Muni­
cipio de la organización de fa .sociedad, Speiro 1971, págs. 30 Y sigs.
* 589
Fundaci\363n Speiro

JUAN V ALLET DE GOYTISOLO
Clilldada con el amor filial de sus vecinos. Había que dotarlas de vida
propja, aunque tuvieran que .ser militarmente protegidas por el impe­
Num contra los enemigos que las amenazaran.
En un trabajo que escribimos el pasado verano con destino a un
libro-Homenaje al ilustre chileno Padre Olvaldo Lira, estudiamos la "Historia de Chile" escrita por
el Capitán Alonso de Góngora Mar­
molejo (6), que abarca los 39 años transcurridos desde su descubri­ miento por Diego de Almagro hasta 15 75 en que fue escrita, y la
"Crónica del reino de Chile", que el Capitán Pedro Mariño de Lo­
bera" (7), compuso en 1595, y en ellas buscamos referencias acerca
de la creación de ciudades
y municipios y de la actuación en ellos
de los cabildos durante el período comprendido desde la conquista
por Pedro Valdivia, incluyendo los gobiernos de
García Hurtado

de
Mendoza, Francisco de Villagrán,
el Doctor Saravia, Rodrigo de Gam­
boa, el Mariscal Martín de Gamboa, Alonso de Sotomayor y Martín
García de Loyola. La descripción física de Chile, con la que Góngora Marmolejo
comenzó el capítulo I de su Historia, indica que desde el valle de
Copiapo a la ciudad de Castro habían en 1575 diez ciudades pobla­
das de españoles. En la
Geografía y descripci6n universa/, de las Indias, escrita por
L. López de Velasco, entre 1571 y 1574 (8), hallamos relacionadas
las siguientes poblaciones (dejando aparte Mendoza y San Juan de la
Frontera, en la Provincia de Cuyo, hoy Argentina) ubicadas en
el
actual Chile: Santiago, con 400 vecinos; Valdivia, con 230; La Im­
perial, 170; La Concepción, 150; Los Confines (o Villanueva de los
Infantes o Angol, segón la historia de Góngora Maldonado), con
( 6) Góngora Marmolejo, loe. cit., págs. 79 y sigs.
(7) Pedro Marifio de Lobera:
Crónica del Reino de Chile, cfr. en el
mismo vol. 131 de la Colección Rivadeneira, págs. 227 y sigs.
·(8) Juan Íópe:z de Velasco: Geografía y descripción Universal de las
Indias,

cfr.
en el vol. 248 de la Biblioteca de Autores_ Españoles, Colección
Riv.ideneira, Madrid, 1973, págs. 265 y sigs. Véase, también, el estudio de
Marta Milagros del

Vas Mingo:
Instituciones iurfdicas en la «Geografía» de
Juan L6pez de Vela.reo, en «Actas y Estudios del III Congreso del -Instituto
Internacional de Historia del Derecho Indiano, Madrid,
17-23 de enero de
1972», Madrid, l. N. de E. J. 1973, págs. 396 y sigs.
~90
Fundaci\363n Speiro

LA FUNDACION DE CHILE HISPANICO
150; Osomo, 130; Villa Rica (o Ciudad Rica, según Góngora Mar­
molejo,
o Villarica, según Mariño
de. Lobera),
con 120;
La Serena
o Coquimbo, con 100;-Castro1 con 85, y, en fin, Cañete, con 27 ó 28
encomenderos, entre
las casas fuertes de Purén y de Arauco, pues
fundose en medio de la tierra de indios de guerra, y que ya es rese­
ñada
como despoblada, conforme vemos también referido en la
his­
toria y en la crónica de referencia.
Sus fundaciones las podemos leer en las narraciones de ambos
capitanes que se complementan en el enriquecimiento de datos.
3. Valdivia pobló en primer lugar SANTIAGO, nombre que Ma­
riño

de Lobera
(9) nos cuenta que fue.puesto en gratitud por la mi­
lagrosa intervención del Apóstol en una batalla con los indios, que
huyeron despavoridos ante su aparición cuando parecía que tenían
la
victoria en la mano.
Luego de que se fundó, cuenta el mismo Mariño, "se señaló pri­
.lJ].etamente sitios para monasterios de religiosos de todas órdenes me­
dicantes, que después con el tiempo han ido entrando y fabricando
casas e iglesias de las mejores de las Indias, y también se fundó an­
dando el tiempo un monasterio de monjas ... ".
La segunda ciudad que se pobló en Chile fne
· asentada
en el
valle de Coquimbo y se llamó
LA SERENA. Fue

fundada en 1543 por
el caballero Juan Bohon o Boan, comisionado por Valdivia y con la
gente que Francisco de Aguirre había llevado
(10), indicando Ma­
riño

(11) que "se señaló el sitio para la iglesia mayor, monasterios
y hospitales, y, finalmente, un solar para las casas de
su magestad".
Destruida por sorpresa por los indios, que mataron a los cuarenta
descuidados españoles
con su
capitán Juan Bohon, fue inmediatamen­
te reedificada y poblada por el Capitán Francisco de Aguirre (12).
LA CONCEPCIÓN fue fundada por Valdivia en 1550, dedicándola
a Nuestra Señora en agradecimiento por una victoria que a dos le-
(9) Mariño, !, XI, págs. 255 y sigs.
(10) Góngora, VI, pág. 87.
(11) Mariño, I, XXI, págs. i77 y sigs.
( 12) Marifio, !, XXVII, pág. 29 5.
591.
Fundaci\363n Speiro

JUAN VALLET DB GOYTISOLO
guas de allí acababa de obtener sobre los indios (13). Según Góngora
Marmolejo:
""Habiendo visto [Valdivia}

mucba parte
de la comarca,
no
hallando atta tan a propósito. como la de Penco, por
tenet buen
puetto

en una bahía grande, después de bien reconocido
trazó y
pobló la ciudad de Concepción. Dio solares a los soldados que allí
habían de ser vecinos, y tomando para sí una CU¡1.dta, dió órden como
hacer un fuette torreado donde pudiesen
estar seguros"
(14).
Despoblada cuatro años después de muetto Valdivia, al ser de­
rrotado Francisco de Villagrán, fue incendiada por hombres del
fa­
moso jefe indio Lautaro (15), quien desbarató el intento de repo­
blarla acometido por Jnan de Alvarado a fines de 1555 (16). Siendo
definitivamente repoblada tres años más tarde por Jerónimo de Vi­ llegas por orden de García Hurtado de Mendoza (17). Felipe II en
1568 ordenó
situar allí

la Audiencia Real (18).
V aldivia había ido poblando la
CIUDAD IMPERIAL, a 38 grados
de

latitud (19); la de su nombre, V
ALDIYIA, a 39 y medio grados (20),
que se comenzó "fabricando lo primero la iglesia matriz con nombre.
de Santa María la Blanca, y prosiguiendo los demás edificios hasta
poner la ciudad en buen punto", "distribuyó el sitio conveniente a
los mo!"lldores, señalándoles un solar a cada uno conforme a la cali­
dad de su petsona",
y ""en lugar de encomenderos señaló petsonas
que atendieran al bien de los indios,
las cuales los doctrinasen y so­
segasen en la paz
y quietud" (21), y, finalmente, pobló la ciudad de
Los
CoNFINBS, en el lago Angol, peta después de la derrota y muette
del grau conquistador, ""despoblaron su

ciudad
y se fueron a la de
(13) Mariño, I, XXXII, pág. 304,
(14) Góngora, XI, pág. 113.
(15) Góngora, XVII, pág. 112 y Mariño I, L, pág.
349,
(

16) Góngora, XXI, págs. 118
y sigs,, y Mariño, I, LIII y págs, 353
y siguientes.
(17) Góngora XXVII, págs. 131 y sigs, y Mariño, 11, IX, págs. 388
y siguientes.
(18) Mariño, II, XVIII, págs. 453 y sig.
(19) Góngora, XII, págs. 97
y sig., y Mariño, I, XXXIV, págs, 309
y siguientes.
(20) Góngora, XIII, págs, 98 y sigs.
(21) Mariño, I, XXXIX, págs, 320 y sig.
592
Fundaci\363n Speiro

LA FUNDACION DE CHILE HISPANICO
Concepción con el temor que tenían a los enemigos" (22), hasta que
la repobló García Hurtado de Mendoza con vecinos de los antiguos
y otros con que los acrecentó, "muy principales en linaje y calidad",
a cierta distancia, con el nombre de
Los INFANTES DE LARA (23).
VILLARICA,
VILLA RICA o CIUDAD
RICA, fue
poblada por encar­
go de Valdivia, poco después de fundada la ciudad de su nombre, a
quince leguas de
ésta, por su teniente Jerónimo de Alderete, "en un
lugar _que está junto a la laguna llamada de Mallalauquen", en "tie­
rra muy fértil y fructífera" (24).
García Hurtado de Mendoza, después de repoblada la Concep­
ción, continuó

en enero de 1558 hasta el lugar en que pobló
CAÑETE
DE

LA
FRONTERA (25), que fue despoblada en 1563 ante la amenaza
de los indios (26), y vuelta a construir en 1566 (27), pero fue de
nuevo evacuada en 1569 y después abandonada, tras largo asedio, la
casa fuerte de Arauco (28).
ÜSORNO fue poblada en 1558, también por García Hurtado de
Mendoza (29), a 41 y medio grados de latitud.
Y
Martfn Ruiz

de Gamboa, por orden del gobernador Rodrigo
de Quiroga, fue a poblar
las islas Chiloe donde fundó a 43 y medio
grados de latitud la ciudad de CASTRO, en febrero de 1567 (30).
4. Es de notar, a la vista de la "Historia" y de la "Crónica" re­
feridas, el cuidado que ponían los españoles en elegir el emplaza'
miento
de las ciudades que fundaban, cómo cuidaban el habitáculo,
comenzando por el templo
donde se

centraba la religación con Dios,
generalmente con la intercesión de su Santísima Madre en sus diver-
(22) Mariño, !, XLVI, pág. 342.
(23) Marifio, II, XIII, Resumen, pág. 409.
( 24) Mariño, !, XXXIX, pág. 322.
(25) Góngora, XXVII, pág. 32, y
Mariño, 11,
IX, pág. 389.
(26) Mariño, 11, XX y
-XXII, págs. 429

y sig., y Góngora, LXXI,
págs. 207 y sigs.
(27) Mariño, 11, XXVI, págs. 444 y sig.
(28)
Marifio, 11,
XXXV,
págs. 464
y sig.
(29) Góngora, XXIX, pág.
136, y

Mariño, 11, X, págs. 391 y sigs.
(30) G6ngora, LVIII, págs. 183 y sigs., y Mariño, II, XXVII, pá-
gina 448.
,, 593
Fundaci\363n Speiro

JUAN V ALLET DE GOYTISOLO
sas advocaciones, que era la base de su propia religación, y cómo
cuidaban de
construir la fortaleza que

debía defenderlos, los monas­
terios que debían ser fuente de
la contemplación de Dioo, puestos al
lado de los rudos hombre de acción, como crisol para irradiar
1a cris­
tianización y, tras de ésta, la cUlrura. A la vez, como hemos leído en
varias fundaciones, se alzaba el árbol de la justicia en nombre del
rey
(31); naturalmente de una justicia dura, para hombres apasiona­
dos
y violentos en situación de lucha por la existencia, en circuns­
tancias difíciles que necesitaban una mano de hierro que frenara sus
excesos y les salvara de una anarquía que les resultaría suicida.
También nos narran minuciosamente, la "Historia" y la "Cró­
nica''. que venimos siguiendo, las encomiendas de indios que los fun­
dadores de cada ciudad establecían al poblarlas, como vínculo de
compromiso de sus pobladores con los indios. No regatea Mariño de Lobera (32)
fus referencias

a los abusos de los primeros pobla­
dores
y aún de las mujeres españolas recién llegadas al reino. Pero.
también, muestra cómo se fue superando esta situación, en especial
desde la llegada de García Hurtado de Mendoza, a quien tanto que­
rían y respetaban los indios, que le llamaban San García (33).
Igualmente, emite Mariño su juicio acerca del criterio que man­
tuvo Valdivia, al poblar la Imperial, de no establecer encomiendas: "Ninguna utilidad le resultó aquí al gobernador, antes manifiesto
daño, porque como los indios _ no tenían encomenderos que los go­
bernasen, acudiendo cada
cual a su particular repartimiento, vivían
más a sus anchuras;
y así vinieron con el tiempo a tratar de alza­
mientos para ponerse en la libertad, como lo han puesto por obra, según
hoy vemos, con notable detrimento y miserias, así de los es-
{31) Así, v. gr., Io dice Góngora, XVII, pág. 131, refiriendo la orden
de repoblación
de la Concepción dada por García Hurtado de Mendoza a
Jerónimo de Villegas;
y, al reseñar la fundación de Castro por el General
Martín
Ruiz, cap. LVIII, pág. 182, concluye:
«y puesta Ia horca se embarcó
en un_ navio

del
rey». Mariño

de Lobera, I, XXI, pág. 278, al narrar
la
fúndación de Coquimbo, es decir, de La Serena, dice: «y púsose en ella hor­
ca y cuchillo».
(32) Mariño, I, XVIII, págs. 272 y sig. y XIX, págs. 275 y sig., es­
pecialmente.
(33)
Mariño, 11, XVI, pág. 421.
Fundaci\363n Speiro

LA FUNDACION DE CHILE HISPANICO
pañoles como de los mismos indios, que todos andan en perpema
guerra" (34.).
Notemos
que la institución de la
encomienda tuvo la finalidad
"de colocar a determinado número de indios libres bajo la autoridad
de un español para que, a cambio de su prestación personal o de
su tributo, los acosrumbre a la civilización europea, les instruya y les
haga posible la vida independiente". Después de las leyes nuevas,
aparte de la inaplicación de su cap. XXX, la encomienda consistió
en definitiva, "en el goce de un impuesto que cedía la Corona al
encomendero que. por razón de soberanía pertenecía al rey", "no
suponía derecho alguno sobre el indio, ni por prestación personal
ni por otro motivo"', de modo que "la calidad de hombre libre del
indio era perfectamente compatible con la institución"; el encomen­
dero "quedaba obligado a atender al pago de la instrucción religiosa,
y otras cargas militares, civiles y económicas -sin que tuviera función
pública, ya que los encomenderos estaban bajo la jurisdicción de la
Corona, representada por sus funcionarios", el encomendero "carecía
de propiedad sobre la encomienda y no podía ni alquilarla, ni cederla
entre vivos, ni por disposición testamentaria, pues el beneficio era
limitado y temporal" (35). Segúu explica Alfonso García-Gallo (36):
"En primer lugar el
encomendero estaba obligado, ahora como antes, a cuidar de la con­
versión y doctrina de los indios; pero semejante carga desde 1536,
debía cumplirse sosteniendo económicamente un clérigo o religioso
que los atendiese, con lo qú~ la incapacidad catequística del enco­
mendero quedaba subsanada. El encomendero es ahora, por encima
de todo, el defensor de la sociedad indiana. Se Je obligó a arraigarse
(34) Mariño, I, XXXN, pág. 312. Sin duda por esto, el propio Val­
divia parece que rectificó poco después; pues, como el mismo Marifio refiere,
LXXX LX, págs. 322 y sigs., después de fundar
Villarica estableció

V al
di vía
encomiendas

en la Imperial.
(35) CTr. Demetrio Ramos Pérez: Hiitoda de la colonización española
en América, Madrid, Ed. Pegaso, 1947, Lib. III, cap. III, págs. 296 y 311,
especialmente.
(36) Alfonso García-Gallo: El encomendero indiano, en R. Est. Polit.,
55, 1951, pág. 157; o en Estudios de Historia del Dereiho Indiano, Madrid,
1972, págs. 531 y sig.
595
Fundaci\363n Speiro

JUAN V ALI.ET DE GOYTISOLO
en el país, se le hizo construir casa .de piedra; se tomaron medidas,
incluso la privación de la encomienda, contra los ausentes; se le or·
denó al soltero s_e casase en el plazo de tres años, no teniendo impe­
dimento o que dejase la encomienda, aúnque esto no pudo llevarse
a

cabo. Y se le obligó a
acudir a la guerra con caballo y equipo ade­
cuado. Como el caballero de la Edad Media, fue el encomendero en
la sociedad indiana el
encargado de

defenderla. Premio
y servicio, a
un tiempo, fueron los fundamentos que legitimaron la concesión de
encomiendas y el subsiguiente mantenimiento de los encomenderos,
no a costa de los indios como muchas veces se ha dicho --en cual­
quier caso estaban obligados a pagar tributo al rey- sino del Estado,
que cedía
parte del
importe de éstos. Semejante obligación militar
pudo ser cumplida a la perfección por los conquistadores
y pobla­
dores, cuya aptitud
y experiencia estaban fuera de toda duda".
De
ahí la posterior pérdida de su fuerza social, a muchos años
de la pacificación de la tierra, que al
fin llevó
a la
desaparición de
esta institución.
5. La fundación de una ciudad, además del contorno, del habi­
táculo y de las relaciones con Dios y de los vecinos con los indios
encomendados, también requería la dotación de un sistema medular
nervioso propio que regulara su vida; es decir, de lo que venimos
en llamar el municipio, de su ayuntamiento. Sabemos que desde antes del descubrimiento de América, fue
pensado .. como un sueño, para las nuevas tierras que se descubrieran,
el trasplante a ellas del régimen municipal de Castilla. Así se lee en el Privilegio dado en Granada por Isabel la Católica el 30 de
abril de 1492 a Cristóbal Colón, complementario de las Capitulacio­
nes de Santa Fe, que ordenaba dar traslado de la
carta que lo con­
cedía, entre otras autoridades, a los "Cosexos e Asistentes, Regidores,
Alcaldes, Alguaciles, Merinos, Veinte e Quatro Xurados, Escuderos e omes buenos de todas las
~iudades e

villas e logares de nuestros
reynos e señorios", incluso de
las tierras "que, seyend.o por vos des­
cobiertas e ganadas", '"estén en las yslas e la tierra firme en la dicha
mar Oceana
, .•

" (37).
(37) «Privilegio rodado nombrando a D. Cristóbal Colón Almirante,
5%
Fundaci\363n Speiro

· LA P!JNDACION DE CHILE HISPANICO
Consecuentemente, como explica Ots Capdequí (38), se aplicó a
la América hispana el régimen
mixto castellano
de cabildos
y go­
bernador o corregidor, que "cobra pronto una vitalidad
y un vigor
sorprendentes".
Si bien "es el mismo régimen municipal que en las viejas ciu­
dades castellanas regía ya en período de franca d,ecadencia", "esru.­
diando el desenvolvimiento histórico de los Cabildos coloniales, no
sólo a través de los preceptos jurídicos contenídos en
la llamada le­
gislación de Indias,
sino acudiendo

a otras fuentes documentales que
ponen en descubierto la verdadera vida de esta institución, se
obser­
va

pronto que los nuevos Concejos
indianos jugarán

en los primeros
tiempos de nuestra colonización un papel
tan destacado como el que
hubieron de desempeñar en
la metrópoli los viejos municipios de
Castilla en los tiempos de su mayor explendor'' · No obstante, confiesa García-Gallo (39), que sabemos poco "so­
bre cuando
y cómo se transplanta el municipio castellano a Indias.
Conocemos los nombres de las poblaciones que se van fundando en ellas, a veces las fechas de estos establecimientos
y el número de
sus moradores. Pero no la organización que en los primeros tiempos
reciben. Se sabe, sí, que en el período antillano el municipio indiano
tuvo muy escasa autonomía. "Esta se consigue en el mom'ento' en
que
los pueblos de españoles reciben del rey la facultad de
elegir
sus

propios jueces locales, es decir, los que se llaman
ah;aldes ordina-
Virrey y gobernador de las islas y tierras firmes que descubra», puede con­
sultarse en
An. Hist. del Der. ·&pañol, XV, 1944, págs, 103 y sig.,. en el
Apéndice II, del estudio de Alfonso García-Gallo: Los orígenes de la admi­
nistración te"itoria/ en las Indias».
(38) José Ma.tía Ots Cadequi: Apuntes para la Historia del Municipio
hfrpano-americano
del

periodo colonial,
en «A.o. Hia. del Der. Espafíol», I,
_1924, págs. 93 y sigs.; «El régimen municipal hispano americano del período
colonial: Concejos y ciudades», recogido
en Estudios de Historia del Derecho
español en las
Indias, Bogotá, 1940, e «Historia del Derecho español en
América y del derecho indiano», Madrid, 1968, -Parte II, B, 7, págs. 143 y sigs.
"(39) Alfonso García-Gallo: Alcaldes mayores y coffegidores de indias,
págs. 17 y sigs., en «Estudios de· Historia del Derecho· Indiano», Madrid,
1972, págs, 725 y sigs.
597
Fundaci\363n Speiro

JUAN VALUT DE GOYTISOLO
rios, a diferencia de los alcaldes mayores designados por el rey o el
gobernador de la provincia con jurisdicción en ésta".
"En todo caso, un pueblo de españoles -sea ciudad o sea villa­
constituye una
parte de la
comunidad, remo o república y como tal
regida por el rey en virtud del poder que aquélla
ha transmitido a
éste. Ahora bien, cuando éste no ejerce su poder directamente o por
medio de sus oficiales, en los que ha delegado, el ejercicio del mismo
revierte· a la comunidad, que lo usa en nombre del rey. Esto tiene
especial importancia en el Nuevo Mundo donde el fallecimiento o
incapacitación de uno de los oficiales crea graves problemas, porque
por la larga disrancia y dificultad de las comunicaciones, no puede
ser sustituido rápidamente
por. el
rey. En tales casos es la ciudad o
villa la que ejercitando el poder real provee interinamente
las medi­
das necesarias o la designación de nuevos oficiales. El uso y abuso
de
esto, facilitado por la · lejanía, otorga de hecho una gran auto­
nomía".
6. El imperium en los municipios lo ejercía el rey por medio
de los coMegidores, que eran esencialmente sus representantes, o de
los alcaldes mayores. Estos últimos, si bien eran por esencia unos
jueces, por vía de comisión se les encomendaban funciones ajenas a
su oficio, encargándoles funciones militares, de hacienda
y, en es­
pecial, la gobernación, produciéndose confusión entre alcaldes ma­
yores

y corregidores (40).
La
autonomía municipal se centraba en los cabildos ordinarios
-integrados por los alcaldes . ordinarios y los regidores--, en los ca­
bildos abiertos y en los oficios concejiles.
En nuestro repaso por las páginas de la
"Historia" de Góngora
Marmolejo y de la
"Crónica" de Mariño de Lobera, hemos buscado
las referencias a los cabildos y cargos concejiles.
Dejarnos de lado las referencias a corregidores y a los nombra­
mientos de

capitán
y justicia mayor (41) y nos ceñirnos únicamente
a las relativas a·cargos propiamente municipales.
(40) García-Gallo: Loe. últ. cit., nútns. 20 y sigs., págs. 732 y sigs.
(41) Refiere ·Marifio de Lobera la designación de capitán y justicia mayor
de
la ciudad de Valdivia en su fundación (I, XXXVIII, pág. 321); de cómo
598
Fundaci\363n Speiro

LA FUNDACION DE CHILE HISPANICO
Hallamos entre ellas algunas indicaciones que muestran que el
fundador de la ciudad hacía -al menos a veces--- a su arbitrio los
primeros nombramientos (42). Así Pedro de Valdivia, al fundar la ciudad de su nombre, "nom­
bró por alcaldes que
la administrasen a Francisco Godoy, natural de
los habitantes que abandonaron Villarica se acogieron en la Imperial, «donde
estaba Pedro de Villagnin por corregidor y teniente general» (I, XLVI, pá­
gina 342); la designación de Diego García de Cáceres dispuesta por García
Hurtado de Mendoza «por justicia mayor y lugarteniente de
general, en
la
ciudad de Valdivia (II, IX, pág. 389); el nombramiento efectuado pot los
oidores, que constituyeron en
la Concepción la Audiencia, del maestre de
campo Lorenzo Berna! «por capitán de la ciudad y corregidor de ella» (II,
XXVIII,
pág. 4'.>3); la decisión del comendador.Alonso de Sotomayor, como
gobernador de Chile, de «nombrar corregidores para todas las ciudades», lo que hace pensar en que no
todas los

tuvieran (Mariño, III, XXX, pág. 537).
( 42) Notemos que Hernán Cortés, llegado
á. Nueva España, al fundar
la Villa Rica de la -V era Cruz, para hacer más firme su autoridad la apoyó
en el hecho de que sus hombres, como pobladores de Veracruz y formando
el cabildo de ésta, lo eligieron justicia mayor y alcalde
y capitán ( cfr. Ma­
nuel Giménez Fernández:
Hemán Cortés y la revolución comunera de la
Nueva España, en < mo modo, ruando en
el Ecuador estuvieron- a punto de chocar Pedro de
Alvarado y Diego de Almagro, éste, dando -cumplimiento a una de las capi­
tulaciones de Francisco de Pizarro con la Corona de
Castilla, recurrió al ex­
pediente de fundar una .ciudad, y así,
el _15 de agosto de 1538, convocó a sus
soldados en la falda del Chimborazo y fundó la primera ciudad ecuatoriana,
con la cual pudiera probar la posesión de dichas tierras a Alvarado, y con esa
baza a su favor verificaron ambos conquistadores acuerdos amistosos, proce­
diendo a fundar
San Francisco . de Quito, el 28 de agosto del mismo año,
organizando el cabildo de común acuerdo, repartiéndose los cargos entre Pi­
zarra, Almagro y nombrando gobernador a
Sebastián de

Belakázar, encar­
gándole su traslado
de las faldas del Chimborazo a las del Pichincha ( dr.
José

Gabriel Navarro:
Guía artística de la ciudad de.., Quito, Quito, 1961, pá­
ginas 22 y sigs.).
Así también, al fuhdar Santiago de -ChÜe, Pedro de Valdivia
designó cabildo
y pronto éste lo eligió como capitán gobernador general de
Nueva
Extremadura, mientras no hiciese designación en propiedad el rey;
con

lo
rual se

sintió con autoridad para efectuar algunos nombramientos
ád­
ministrativos,

como el del capitán Alonso de Monroy por «teniente
genenil
de

gobernador» (
cfr. Fernando
Campos Herriet:
La institución de corregidor
en el
reino de Chile,

II,
en «Actas y Estudios de dicho III Congreso», Ma­
drid, 1973, pág. 691).
599
Fundaci\363n Speiro

JUAN V ALLET DE GOYTISOLO
C6rdoba, y a Nieto de Gaete, de Zalamea, natural de Extremadura;
hizo regidores amforme la costumbre de indios
y,,," (43). Y cuan­
do Don García mand6 a Jer6nirno de Villegas que pattiese pata po­
blar de nuevo la ciudad de la Concepción, le encarg6 que "hiciese
alcaldes
y regidores como a él le pateciese" (44). El mismo Don
García Hurtado de Mendoza, al fundat Osorno, dejó "alcaldes y re­
gidores" (45). Incluso quizás el fundador nombrase a veces todos los catgos del
cabildo, o por lo menos lo promoviera, pues se nos refiere, en la fun­
dación por el Capitán Boan de la ciudad de la Serena, que "púsose
cabildo de regidores" (46);
y en la fundaci6n de la ciudad de Castro,
dice Góngora (
47) que el General Mattín Ruiz de Gatnboa: "Des­
pués nombrado concejo y puesta la horca, se embarcó en una nave
del rey ... " (48).
La funci6n de los
ALCALDES ORDINARIOS tornaba fundatnental
importancia en los momentos en que la gobernación del reino se
hallaba en cuesti6n. Así ocurrió a la muerte de V aldivia, cuando Fran­
cisco de Villagrá y Francisco de Aguirre se disputaban su sucesi6n
en 1555. La Audiencia de los Reyes, a la que el reino de Chile es­
taba a la sazón sujeta, ordenó entonces -que los alcaldes ordinarios
administrasen justicia, "cada uno en su jurisdicción",
y "que ponían
la tierra en aquél ser y punto en que estaba cuando Valdivia murió".
Según Góngora
(49) dice: "Con este proveimiento los alcaldes to­
matan todo

a su cargo".
( 43) Góngora Marmolejo, XIII, págs. 98 y sig.
(44) Góngora, XXVII, págs. 131 y sig.
( 45) Góngora, XXIX, pág. 136.
( 46)
),fariña, !, XXI, pág. 278.
(47) Góngora, LVIII, pág. 183.
( 48) Esto no implica que después de la fundación las cosas ocurrieran
de otro modo, pues, como explicó Solórzano, en su «Política
Indiana»- (Ma­
drid, ·1136; lib.

V, cap. I, n.
3), «por la gran distancia de su Rey y por el
peligro
dé la tardanza puedan

sus moradores por derecho
natural elegir
estos
magistrados o

alcaldes
ordinarios que
así los
,_gebiei-nen y juzguen· siempre
que

sucediere morir o faltar por cualquier otra
-causa
e
íinpedioiento el go­
bernador

que el
Rey les

hubiese enviad.o».
(49) Góngora, XIX, pág. 116, y XX, pág. 117.
600
Fundaci\363n Speiro

LA FUNDACION DE Cl{[LE HISPANICO
7. Acerca de los cabildos, hallamos en la crónica de Mariño de
Lobera (50) la transcripción del libro del cabildo de la ciudad de
los Infantes, del acta de su reunión del "martes,
día de

Santa Lucía,
trece de diciembre de 1580
años"', muy

interesante por confirmarnos
.
cómo

funcionaban los cabildos,
en· cuanto
expone que "el ilustre ca­
bildo, justicia y regimiento de la dicha
ciudad se

juntaron en su ayun­
tamiento según costumbre conviene a saber: el muy ilustre señor
capitán Miguel de Silva, corregidor y justicia mayor, y el capitán
Cristóbal de la Cueva y Bernardino de Arroyo, alcaldes ordinarios,
y el capitán Juan Morán de la Cerda, y Juan López del Barrio y
Diego de Loaisa, regidores porque los demás que lo son están ausen­
tes desta ciudad,
y Juan Bautista Maturano procurador y mayordomo
de la dicha ciudad, por ante mí, Martíu de Argaráin, escribano de
dicho cabildo y público,
y del número de dicha ciudad por su ma­
jestad ... ".
Ese cabildo, en el cual se acordó que la ciudad se llamase de Los
Infantes, como la nombró al poblarla don García Hurtado de Men­
doza, y no Los Confines como había sido designada en su primer
asentamiento por Pedro de V
aldivia, se
dirigió
directamente "a su
majestad y su real concejo de Indias'", enviando un traslado del acta.
La función de los cabildos resultaba especialmente importante en
las vacantes de gobierno. Así ocurrió a la muerte de Valdivia, dejan­
do un vacío en el gobierpo de Chile que varios de los conquistadores
pretendían llenar, para lo cual acudieron a los cabildos a fin de apo­
yarse en su elección (51). Dióse el caso de que las tres más antiguas
ciudades de Chile reconocían distintos gobernadores: la Concepción
a Villagrán, la Serena a Aguirre
y Santiago a Rodrigo de Quiroga,
"con quien estaban contentos", "habiendo sido legítimamente nom­
brado en el oficio por las personas que le nombraron a las que de­
rechamente incumbía hacer· ésto, por ser las del regimiento y poder
de la ciudad, que es cabeza de todo el reino" (52).
(50) Mariño dé Lobera, II-, XIII, Resumen, págs. 409 y sigs.
(51) Cfr. Patricio Estellé Méndez:
Remplaz6 del gobernador en el
Reino de Chile, en «Actas y Estudios del III Congreso del Instituto Interna~
cional

del Derecho Indiano», Madrid, 1973,
pág. 583.
()2) Mariño de Lobera,!, XLVI, pág. 341.
601
Fundaci\363n Speiro

JUAN V ALLET DE GOYTISOLO
Estellé Méndez (5 3) destacó la importancia del cabildo en los
primeros años de
la conquista. Entonces, "sin estar específicamente
consignado en la legislación el rol político que le correspondía; no
cabía duda de que al 'producirse la acefalía era a él, como represen­
tante más

directo de la "república de los españoles", al que corres­
pondía tomar cartas en el asunto. Bastante clara fue la posición del
procurador de Santiago, Antonio de Pastrana, cuando · expresó en los
asuntos relativos
al nombramiento de Valdivia como gobernador, en
1541 lo siguiente: «El cabildo
tiehe la
voz
y poder de S. M. y Vues­
tras
mercedes lo

son
y están. en su lugar y pueden hacer nueva pro­
visión
y eleción de oersona que seá cual convenga a su real servicio
para que nos gobierne y mantenga en justicia. Se ha visto muchas
veces y se ha oído ,en ·estas Indias que por inadvertencias de los ca­
bildos
y no hacer esta elección ni dar esta autoridad en tiempo con­
veniente, como lo es éste, a íos capitanes que van a descubrir, con­
quistar y poblar nuevas tierras , y están pobladas sirviendo y aumen­
'tando el

patrimonio
y rentas reales, muriendo los gobernadores que
los envían, perderse los soldados
y matarlos por no ver mandos nue­
vos,
y pues estas causas son tan evidentes y el tiempo lo pide y el
peligro de no hacerse tan
manifiesto y la utilidad tan conocida, es
justo hacerlo»· (Crescente Errázuriz, "Pedro
·de Valdivia", I, San­
tiago,

1911, 163)".
En momentos cruciales hallamos muestras de que es esencial la
actuación de los Cabildos.
La más emotiva la narra Góngora Marmo­
lejo (54) y se refiere a cuando los indios
desbarataron a
Francisco
de Villagrá, al intentar
éSte vengar

la muerte de Valdivia,
y pudo
llegar a Concepción "con ochenta soldados que llevaba maltratados
y heridos", y ante el rumor de que "muchos escuadrones de indios
pasaban el
r/o Biobio",
"estendiendo
el miedo en la ciudad, comen­
zaron algunos hombre y mujeres a irse por el camino de Santiago,
unos tras otros". Ante esta situación, siendo muchos
·1os que

se iban,
nos dice la historia que Villagrá "juntó a los del cabildo y les di jo
que ya veían
.cómo desamparaban la

ciudad, derribando los ánimos;
602
(53) Estellé Ménde%, loe. cit., págs. 582 y sig.
(54) G6ngora, XVII, pág. 113.
Fundaci\363n Speiro

LA FUNDACION DE CHILE HISPANICO
que el tenía por cierto por Jo que había visto que no podrían susten­
tar, si de propósito los indios venían sobre ellos; que Je parecía
mejor, antes que sin orden se fuesen una noche, donde en los unos
y en los otros sobreviniese algún ca..~ adverso, sería mejor irse todos;
los del cabildo le ayudaron a la voluntad que tenía".
Sólo hacía cuatro años que
Va!divia había
poblado la ciudad,
pe­
ro los vínculos de engagement y aproivoissement --como diría Saint
Exupery- comenzaban a set fuertes, como resulta de las palabras
que una mujer nacida en un pueblo de Cácetes, doña Menda de
los
Nidos,

le dijo baldíamente a Vi!lagrá en la plaza de la Omcepción:
"Señor General, pues vuestra merced quiere nuestra destrucción
sin tener respeto a lo mucho que perdemos todos en general, si esta
despoblada es por algún provecho particular que a vuestra merced
resulta, váyase vuesa merced en hora buena, que las mujeres susten­
taremos nuestras casas y haciendas, y no dejaremos ansí perdidas a
las ajenas, sin ver porqué mas de por una nueva que se ha echado
por el pueblo, que debe haber salido de algún hombrecillo sin ánimo,
y no quisiera vuesa merced hacernos en general tan mala obra."
8. Otros cabildos se reunieron por cuestiones de tributos u otras
cargas, unas veces oponiéndose y otras dando su conformidad.
Una de ellas fue en el gobierno de Pedro de Villagrá, cuando el
capitán Gabriel de Villagra solicitó de la ciudad de Valdivia, "pues
sus términos estaban en paz consintiese llevar algunas personas a la
Imperial por algún tiempo para seguridad de aquella plaza". Esti-·
máronse en la ciudad exageradas las pretensiones del capitán y corrió
la opinión de "que no era justo perder sus haciendas
y casas por sus­
tentar las ajenas, que todos de conformidad le defendiesen la entrada;
y como no había más de tres meses que había hecho gente en com­
pañía del Capitán Lorenzo Berna!, y las llagas estaban fresca., en ge­
neral diciendo

que los había agraviado, estaba mal visto. Los del ca­
bildo tomando la mano trajeron a su voluntad a todos los demás por­
que es cierto que, estando los ánimos desdeñados, una pequeña oca­
sión

basta para hacellos inclinar a venganza. Luego le escribieron di­
ciendo habían entendido venía aquella ciudad a hacer gentes: que
603
Fundaci\363n Speiro

JUAN V ALLET DE GOYTISOLO
corrio capitán, ni como soldado, ni de otra manera alguna no viniese
a ella, porque le defenderían la entrada ... " (55).
Otro, después del gobierno de Rodrigo de Quiroga, cuando los
oficiales de la recién creada Andiencia de la ciudad de La Concepción
rogaron al general
Martín Ruiz

de
Gamboa que se encargase de hacer
la guerra a los
indios alzados.

A este efecto, al Capitán Alonso Ortiz de
Zúñiga se

le dio la provisión de que "hiciese la más gente que
pu­
diese

en las ciudades de Valdivia, Osorno, Imperial, Ciudad Rica,
y
con ella viniese a la Concepción"". "Llegado el capitán Alonso Ortiz
a la ciudad de Valdivia, presentó en el cabildo la provisión que
lle­
vaba y comenzó a apercibir a las personas que podían ir a su com­
pañía y otros que eran tratantes y hombres que no seguían la guerra,
se

componían por dineros para con ello ayudar a los que estaban
pobres con que se aderezasen; juntó en breves días sesenta soldados
bien aderezados; y a vueltas dellas muchos otros que venían a. nego­
cios, y las ciudades por dallas el bien venido, les enviaron procura­
dores y que demás de la orden que llevaban tratasen cada uno de lo
que les pareciese conveniente a su súplica conforme a la instrucción
que para ello les daban·· (56).
604
(SS) Góngora, LXVIII, pág. 168.
(56) Góogora, LIX, pág. 186.
Fundaci\363n Speiro