Índice de contenidos
Número 171-172
Serie XVIII
- Textos Pontificios
- Monográficos
- Actas
-
Estudios
-
Nova et vetera. El pontificado de Juan Pablo II
-
El tradicionalismo filosófico y Donoso Cortés
-
El Estado y la política
-
Mundo, hombre y Derecho (Notas sobre el presupuesto antropológico de la filosofía jurídica)
-
El otro pacto del conde de Egmont
-
1903, un año decisivo en la historia del comunismo
-
Algunas innovaciones de la pedagogía moderna
-
Leyes civiles y comportamiento moral
-
Presentación del libro del Padre Santiago M. Ramírez, O.P.: La esencia de la caridad
-
- Información bibliográfica
- Ilustraciones con recortes de periódicos
Autores
1979
Hugo Tagle: El principio de subsidiariedad
INFORMACION BIBLIOGRAFICA
gentemente su "vocación política". Esta. recuperación es inconcebible
sin una presencia viva de la libertad del espíritu
y las libertades
políticas
y personales del hombre en una sociedad que sólo así puede
ser calificada,
en forma auténtica, como democrática. Sin una liber
tad
enteru:Iida como
esencia
y epifanía de la personalidad del hombre,
el hombre
humano, el
hombre de la libertad en la verdad y de
la
verdad en el espíritu de la libertad, la democracia no dejará de ser
un puro concepto al
cual cada uno le dará el sentido que se le antoje
o le
con\'enga. Será
una democracia que, lejos de pertenecer al mundo
de la libertad,
perten=rá cada vez más al mundo de la necesidad.
Una constante caída en
el mundo de la necesidad que ni siquiera
Marx dejaba en su día de denunciar. El drama de la democracia -de
la democracia europea-, en su simple despliegue semántico, que ex
presa su propia crisis en el olvido o la ignorancia de los problemas
profundos de
la libertad, ofrece uno de sus aspectos
más importantes,
si se trata de la acfualización del tema de la libertad misma y del
tema de la guerra. Tema que la tradición cultural europea no ha
sabido desligar nunca de los problemas de la política. El teroa de la
libertad ha sido profundamente deformado por
los avatares
de la
democracia envuelta -en complicadas y trágicas confusiones semánti
cas. Nadie se acuerda casi de la lucha misma por la libertad, mientras
todos proclaman la gloria de las jornadas de lucha
por la deroocracia ...
Al finalizar la apasionada lectura de estas páginas, podemos líegar
a u.na conclusión de inequívoco matiz lírico, a saber: la Europa de
mañana, el mañana de Europa, si es europeo, está colgando de una
voz, de una pluma, de un verso, más que de una espada, de un grito
o de una bomba. Una Europa, mañana, que necesite para despertar,
o para ser, de un grito, de una espada o de una bomba, que no en
tierre lo que la voz, la pluma y el verso resucitan.
JosÉ MARíA NIN DE CARDONA
Rugo Tagle: EL PRlNCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD (*)
El profesor Hugo Tagle, director del Depamirn.enro de Filoso
fía del Derecllo e Historia del Derecho de la Pontificia Universi
dad 0.rólica de Chile, ha publicado recientemen1le un estudio en
el
que
presta a la. filosofía jurídica el notable servicio de replan
near
en profundidaa, con rigor científico y ,perspectivas acruaks,
(*) Persona y Derecho, vol. III, págs. 129 y sigs, Facultad de Derecho de la Universidad de Navarra, Pamplona.
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Fundaci\363n Speiro
INFORJ\IACION BIBLIOGRAFICA
-un tema que, a!l. menos en sectores, por desventura basra:nte consi
deralJles, del pensamiento católico, parecía querer ser relegado, sien
do de
esperar una positiva rectificación en tal sentido tras el re
centísimo diSCU1'SO de S. S. Juan Pablo II a los wbogados católiros
italianos el
28 de noviembre de 1978.
Se trata del prmdpw de subsidiariedtid o de la acción subsidia
ria, clave de bóveda o "regla de oro" de aquella ya ttadicional
"docttina
socia[ católica", inicialmente formulada en la Remm no
VtlT""', continuada en la QtklMagesí,mo """° y sistematizada en
los Códigos de Malinas.
Noción
del principio
Comienza con una formulación condensada del mismo:
"Según
la Docl!tina Pootifici-. ... , es aquel que reconoce y
da a[ individuo, con respecto a roda sociedad y a toda sociedad
memr con respecto a una mayor, prioridad en 1a acruación."
(Conviene, pues, puntualizar que, sin perjuicio de su ori
gen y de su ttasfondo teológico, no se trata de una definición
dogmática, sino de una concepción interpretati-va de la Ley na
t#l'al).
Viene luego una consideración de importancia capitail: cierto
que
en la Doctrina Pontificia el principio se aplica principa,lmente
a materias económicas; pero esto hay que intetpretailo a la luz de
aquel otto
principio,
.de orden lógico, . más generad y superior y
de menor certidumbre, según el cual "donde existe la misma raz6n
se ha de aplicar la misma disposición". De donde se infiere sin
duda
la
universa:lización del primero, con b>s consecuencias de
su
aplicación a l:as relaciones entt,e una sociedad menor y otra mayor;
del reconocimiento del primado en la "cci6n del individuo en re
lacióo con la sociedad y de la sociedad menor respecto de la ma
yor,
F"ioridad cuyo último fundamento radica en
la
dignidad o den
sidad ontol6gica
de cada uno de los seres citados.
"Por «densidad ontológica» parece querer eilpteSO! el profesor
'l'agle, en términos metafísicos, aJgo análogo a Jo que en ciencias
físicas
se
conoce como
«peso especifico», y que se estimaría en
proporcióo ail grado de exigibiiidad consiguiente a su aproxima
ción a la natu!rtde71!. humana, así romo a da autonomía esencia:l d,e
cada ente.
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Fundaci\363n Speiro
INFORMACION BIBUOGRAFICA
Causalidad del principio
Tras estos aciertos fundamentales, pasa a1 análisis de las c,u;sas
del principio de sub.idiariedad, con base en la clásica doctrina es
colástica de las cuatro: mwerial, form.il, eficiente y find.
Mtlteria o sujeto es Ja sociedad. Pero como ,esta no es más que
un ente de rek,c;ón, un orden que vincula a dos o más personas
por un mismo fm o bien común, regida por una autoridad -prin
cipio de
orden y unid.a, cuyo cometido es proourar dicho fin o
bien-, procede cliscinguir en este su j,ero ~o dos ,elementos:
autoridad y súbditos.
Sociedad, por antonomasia, es la universal, en [.a que, a su vez,
hay que distinguir los siguientes elementos --<> componentes--: el
hombre y las sociedooes particula,:,es que son: cl matrimonio, la
fam/Ua, el municipio, las sociedades que llama seminaturdes, se
midrtificia/.es --<> sea, las de libre. constitución, como asociaciones
labomles, protesionail:es e ideológicas, prindpdmente-, la región,
la nación o sociedad nacional y la federación de naciones.
El hombte queda definido ,en la linea tradiciooa,1 romo el set
humano, persona individual, unidad sustandial de natutaleza rot·
póreo-espiritual; y en cuanto tal, no enre ab.,ttact:o, sino existencia
lizado.
Y \las sociedades, caracterizadas por razón de su permanencia,
su ámb#o -territorial o no-y su fin.es, que oon duales, el especí
fico de cada uoa y el genérico de procurar la perf,cción de sus
miembros en cuanto no logren alcanzarlo el individuo o las so
ciedades menores ,en ella romprenclida$. En función de esto se de
termina la que pucliétarnos llamar ley de la digmdad o densidad
ontológica
de his oospectivas sociedades, de acuerdo ron el siguienre
rawnam'iento que, romo resumen, consigna ail final de esta clasifü
cación:
Si bien todo hombre, todo miembro individual de la sociedad
un-iversal, es mi prójimo, no lo es en el mismo grado, sino en ra~
zón directa a su proximidad existencial a mí, conforme a la cual
"constituimos diferentes sociedades,
que
son uniones estables, las
que
mien1iras más lejos estén del hombre, que es su centro, y más
integrantes teogan -reailidox:les ambas que van unlidas-, menor den
sidad onrológi01 poseen, men~ cohesión social tienen y menor es
el campo de su obligatoriedad jurídica" (es deci!r, obligatoriedad
en razón
inversa de
la extensión).
Sin embargo, esta relación de propon:iona1idad in.,-ersa de la
densidoo ontológica
con la
longitud del radio de
los círculos con-
Fundaci\363n Speiro
INFORMACION BIBLIOGRAFICA
céntricos no es sino una regla general, no absoluta, oomo se des
prende de estas impottantísimas observaciones del propio autor:
-
en CuaJJ
naturales, que 'la densidad ontológica de éstas y, consiguien
,emente,
su obligatoriedad mstitucirmal es, paita ,el hombre,
"muchísimo más
débil" que
las de 1as restantes --anre,;iores
y posneriores-, "lo que siguifica que puede o no consti
tuirlas, o si las orea e integra, salir de las mi&mas con una
facilidad que no tiene illeSpecto de his -eriores (1), ya que
si prescinde de ellas no se perjudica en su ser corno en el
caso de las otras";
-en cuanto al séptimo círculo, la nac10n, que ha sido tradi
cionaJmente considerada corno la sociedad perfecta, por ra
zón de su autono,mfa jmídi:ca y autarquía económica, y por
comprender ,eo su seno a todo tipo de sociedad que el hom
bre puede
ronstituit (a
propósito
-romo anillo al dedo-
vendría
aquí
la afirmación del profesor Sándb.ez de la Torire:
"la posición de grupos par,ticuJares y de individuos frente
al
Estado carece de posibilidades efecnivas de seguridad pa
ra ios primeros, mientras el Estado aipa:rezica como instancia
unlfücada y suprema a todos l<>s efectos" (2);
-y, finalmente, en cuanto al noveno, la sociedad universal,
que es "verdadera sociedad, aun cuando en potencia, aunque
los hombres: --al menos en su mayoría- no tengan con
ciencia de ello y, por tanto, no pongan su vdlullltad dirigida
a
actmuliza1'la jurídicamente".
Por
causalidad formal entiende el priincipio intrínseco que im
prime una determinada forma de relación funciona,! o de acción
en,re lo,¡ sujetos; forma
educida de
la actuafuación de la poteneia
lidad de la materia --el ser humano-- en las sucesivas institucio
nes
sociales creadas por e!!. Coolsiste, pues, en otras palabras, en:
256
'" estructurar las relaciones del hombre con las distintas so
ciedades
y las relaciones de éstas entre sí, de maneu:a que
cada
uno de
estos seres actúe de acuerdo con
su
función es
pecifica, que
deriva
de su particu[ar naruraieza, que l., indica
( 1) Subrayado de la transcripción,
(2) Subrayado de
la transcripción.
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INFORMACION BIBUOGRAFICA
cuflll es el fin propio de cada uno de ellos, fin que coincide
ron su propia perfección".
En
cuya vmtud se ha
de
reconocer el ,primado de la aoción:
-a:l ser con ?1UP'J01' densidad ontológica sobre el que la tiene
menor;
- al ser con mayor necesidad de actualizar sus potencias, so
bre el que las tiene ya destJrrolladas;
-a:l ser con ?1UP'jOr capacidad para desa.molla.r una tarea, sobre
el que la posea en menor grado;
-al ser. con ?1UP'J01' j11sdfécación existencial ·sobre el que la tie
nie en menor grado (se refiere sólo a las sociedades: el
homht'e DO la nocesita).
Por causa eficlent,e entiende "/,os fact01'es e"trímecos que dan
origen
a su e,,;stenci,l'; y que son el metaflsico, el moral y el eco
nómico.
El metafísico reside en las respectivas esencias del hombre, unidad
sustancial corpóreo-espiritual, y de la sociedad, unidad acciderrtal de
relación. De donde se infiere indiscutiblemente que el hombre ocu
pa el primer lugar entre todos los demás seres, que existen por
razón de él y para él, pera sn ~icio y petifección, pwra su bien.
Y
la
sociedad ocupa el segundo, de manera que todos los restantes
existen también por razón de ella y ,para ella en las mismas con
diciones.
La conclusión que aquí parooe inferirse -,porque no lo .dioe
explícitamente
el auror- .,. que la subordinación ai hombre de
todos los demás seres, salvo la sociedad, tiene 'lug,u: mediaf;ame,/Jte,
a tiravés de ésta última, que Jo estaría inmediatamente; lo cual es
desumain;,J:>ortancia
El factor m01'al reside en la esenoia ética del hombre, manifes
tándose
en
su capacidad ----<¡ue en eJ
d>emás ser.,.___ para crmocerse a sí mismo y a los •estantes, y para
actuar sdbt\e unos y orros, creando realid«des 1111e11as, hasta el punto
de que
,la perfección de soaedad y -cosas no es sino un efecto de la
humana. Este facmr se compone de ios aaos monásticos (los inter
nos y los externos que DO infiluyen en otras personas), los domés
ticos (que tienen lugar en el ámbito del matrim;,nio, la familia y
otras socieda,des de carácter privado) y los políticos (los relativos
a
ias sociedades de tipo terrirorial). De modo que la perfección de
cada. uno de esros niveles es causa u origen de 'la inmediatam.ente
mayor; el primero
es el inicial y el último el fina:!.
257
,,
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INFORMAC10N BlBUOGRAFlCA
En cuanto al factor económú;o, a ·pru,tir de la concepción filo
sófica, amplia y predorrnnantemente espiritualista, .de econom/a co
mo
"o~en oreado --efecto de la acción dWgida-por el conoci
miento
de la casa u hogar de un ser determinado", enrendiendo
por
tal
tanto el
propio
ser del ·hombre --es decir, ila persona-, co
mo el ámbito y contenido de bien que necesita una sociedad -ma
trimonio,
familia, taller,
escuela,
etc.-"paira lograr su plenitud co
mo tal ser", esra:bLeoe estas conclusiones:
- Que este orden creado es tanto más eficiente paira el bien
común de la
,ociedad universail cuamo· más amplio, pro
fundo y estable sea;
- y siendo el ser humano, por su 1imitaci6n, más eficiente
para ordena. un
ámbito
reducido y obtener los bienes pro
pios dél mismo, resuilta que el orden universal s.erá tanto
más conquistable cuanto más se faciliten al hombre y socie
dadies más cercanas a él las . competencias para autoorde
narse con independencia de las más amplias y suf>eri01'es;
--' resuiltando, en resumen, la importancia decisiva de la liber
tad
corno promotora de responsabilidad, eficiencia y creación
humana
en hs obras culrura!es externas, en todos los ór
denes, desde el religiO\SO hasta el técnico.
Y, por último, en cuanto a la causa final, dice que es efecto de
la
material ,¡ la formal; y distingne, en o;msecuencia, roes aspectos:
el teferten'tle a los seres m4.rmos, a su tJ,CCÍonar · y .a su creatividad o
· perfecci6n. De donde se infiere:
258
- en cuanto ail primero, la p·ermisi6n al hombre para consti
t:M cuantas sociedades tenga por conveniente, siempre que
Jos fines perseguidO\S y medios empleados concuerden con
su naturaleza; permisión que comporta 'la defensa de la exis
tencia de dichas sociedades, que compete a la sociedad su-pe
rior o más amplia, respecto de 'la in:rerior o más reducida;
-en cuanto al regu,ndo, la libertad de acci6n del hombre y
sociedades por él constituidas, conforme a sus esencias, fines
propios
y respectivas \'ocacicmes;
---, y en cuanto ail te,-cero --colofón de los anteriores--, la
defema de Ja perfecci6n. del hombre y ,oeíe
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tituid,as, en la que se conswna el ser y a
tes
integran la _sociedad_ universal,_ identificándose con el bien
común
del género humano. · ·
Definición
La establece a continuación, como formulación definitiva y a
posteriori del principio de subsidiaroodad, con base en cinco pun
tos o anreoedientes que vien1en a ser un resumen de todo lo· ante
rior; y es ésta:
"Autr,nomia del -hombre y de la sociedad inferior con
respecto "
la superior para proyectarse en la existencia se
gút, su propia esencia, que perm#e la perfección de -Cdda
uno de
los integrantes de la sociedad y la de ésta como to
taüdad."
Límites
Bajo el ~ígrafe "Teoría y práctica d~ prim:ipio de subsidia
riedad" ronsidera este aspecto, oh.servando que la J:etlid,ad histórica
demuestra que el hombre _y las sociedades no se eicisrencializan siem
pre de acuetdo con
sus
propias esencias
o
ideales de ser -
les
no dependen
del arbitrio humano, sino de la esencia misma
del hombre, recibida del Creadot-, sino que, por el contrario, se
apartan en mayor
o
menor
gtado die ellos, hasta llegar o ser las
existencias incluso una grotesca CM'Íeatlll'a de :las esiencias. ·
Por ello, no le puede ser 31J?licado a un hombre, o sociedad, el
ptincipio de subsidiµiedad _sino en la medida_ en que no incurran
en estas desviaciones,
en
los.
aspectos_ en
_ que
actúen de modo autó
nomo.
y con vista a los conflictos que de ,esro pueden originarse, es
tablece 1as siguientes reglas:
- La autotido.d civil tiene como primer objetivo de su actuar
di debet de 'promover aquella autonomía en el 'actuar de
parte de sus súbditos,
-
La eficiencia
y actualización ck sus potencias pot : hÓ!libre
y sociedades debe ser siempre obj-eto de presunción legal,
·Presunción tiltis · ttllntum~ para cuya destrucción la carga de
is9
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INFORMACION BIBLIOGRAFICA
la prud>a recae sobre la autoridad civil, "y en general sobre
el superior al sujeto de la posible deficiencia o falla".
De no procedeL"Se así, 1a sociedad de que se i;ra11e quedará re
gida por la mera fuerza física impuesta como norma de gobierno,
suplantando
a la razón, bien que esto no pueda prolongarse. iruk
finida.mrente.
Historia
Entiende el profesor Tagle que el principio de subsikliariedad, aun
que
no
formulado hasta nuesc,ros días,
como
inherente a
la
esencia
humana,
ha jugado impilídtamente en la Historia, con esw alter
nativas:
Aplicado en Roma· durante la República y hasta maliados del
siglo n, va siiendo abandonado hasta el d=mbamiento del Imp:
rio
de
Oocien11e, Jo que precipita pa.rdalmente su ca:ída. Nuevamen·
te en vigor en la Alta Edad Malia -"Cristiandad"-, del siglo
IX o x hssta el XII, es de nuevo abandonado progresivamente, factor
a su vez de la caída del Imperio de Oriente. Y los dos períodos en
que se divide la Edad Moderna tienen también como au:acterística
común su iml¡,licación: en el primero -,,iglos XVI, xvn y XVIII-,
por el nriunfo de la corriente estatma; en el segundo -siglo XIX
hasta 1914-, por di del más desenfrenado ~smo, o desar
ticulación de la vida ,;ocia!.
En resumen: Tercera vía
La fundamental importancia del priacipio de subsidiarialad .ra
dica en ser "el principio o ley de la autonomía o libertad de las per
sonas y de la sociedad in!lierior frente a la superior", pero no en
tendido al! modo libera/,, ni menos aún al marxista, sino al modo
cristiimo cat6üco, que permite al hombre proyectair su vida de
acuerdo con su vocación personal, recibida de Dios, ante quien ha
de
rendir cuenta de 'la adminiottación de ella; 'I por cuya proyec
ción puede,
como
causa segumla, crear socialades que sean un ima
logado de la sociedad divina, conquistar su bien fiarti<:u/,;r natural
y sobrenatural, y el común, también natural y sobrenatural, de 'la
sociedad universal de loo hombres.
Jesús Valdés y Menéndez Valdés
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gentemente su "vocación política". Esta. recuperación es inconcebible
sin una presencia viva de la libertad del espíritu
y las libertades
políticas
y personales del hombre en una sociedad que sólo así puede
ser calificada,
en forma auténtica, como democrática. Sin una liber
tad
enteru:Iida como
esencia
y epifanía de la personalidad del hombre,
el hombre
humano, el
hombre de la libertad en la verdad y de
la
verdad en el espíritu de la libertad, la democracia no dejará de ser
un puro concepto al
cual cada uno le dará el sentido que se le antoje
o le
con\'enga. Será
una democracia que, lejos de pertenecer al mundo
de la libertad,
perten=rá cada vez más al mundo de la necesidad.
Una constante caída en
el mundo de la necesidad que ni siquiera
Marx dejaba en su día de denunciar. El drama de la democracia -de
la democracia europea-, en su simple despliegue semántico, que ex
presa su propia crisis en el olvido o la ignorancia de los problemas
profundos de
la libertad, ofrece uno de sus aspectos
más importantes,
si se trata de la acfualización del tema de la libertad misma y del
tema de la guerra. Tema que la tradición cultural europea no ha
sabido desligar nunca de los problemas de la política. El teroa de la
libertad ha sido profundamente deformado por
los avatares
de la
democracia envuelta -en complicadas y trágicas confusiones semánti
cas. Nadie se acuerda casi de la lucha misma por la libertad, mientras
todos proclaman la gloria de las jornadas de lucha
por la deroocracia ...
Al finalizar la apasionada lectura de estas páginas, podemos líegar
a u.na conclusión de inequívoco matiz lírico, a saber: la Europa de
mañana, el mañana de Europa, si es europeo, está colgando de una
voz, de una pluma, de un verso, más que de una espada, de un grito
o de una bomba. Una Europa, mañana, que necesite para despertar,
o para ser, de un grito, de una espada o de una bomba, que no en
tierre lo que la voz, la pluma y el verso resucitan.
JosÉ MARíA NIN DE CARDONA
Rugo Tagle: EL PRlNCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD (*)
El profesor Hugo Tagle, director del Depamirn.enro de Filoso
fía del Derecllo e Historia del Derecho de la Pontificia Universi
dad 0.rólica de Chile, ha publicado recientemen1le un estudio en
el
que
presta a la. filosofía jurídica el notable servicio de replan
near
en profundidaa, con rigor científico y ,perspectivas acruaks,
(*) Persona y Derecho, vol. III, págs. 129 y sigs, Facultad de Derecho de la Universidad de Navarra, Pamplona.
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INFORJ\IACION BIBLIOGRAFICA
-un tema que, a!l. menos en sectores, por desventura basra:nte consi
deralJles, del pensamiento católico, parecía querer ser relegado, sien
do de
esperar una positiva rectificación en tal sentido tras el re
centísimo diSCU1'SO de S. S. Juan Pablo II a los wbogados católiros
italianos el
28 de noviembre de 1978.
Se trata del prmdpw de subsidiariedtid o de la acción subsidia
ria, clave de bóveda o "regla de oro" de aquella ya ttadicional
"docttina
socia[ católica", inicialmente formulada en la Remm no
VtlT""', continuada en la QtklMagesí,mo """° y sistematizada en
los Códigos de Malinas.
Noción
del principio
Comienza con una formulación condensada del mismo:
"Según
la Docl!tina Pootifici-. ... , es aquel que reconoce y
da a[ individuo, con respecto a roda sociedad y a toda sociedad
memr con respecto a una mayor, prioridad en 1a acruación."
(Conviene, pues, puntualizar que, sin perjuicio de su ori
gen y de su ttasfondo teológico, no se trata de una definición
dogmática, sino de una concepción interpretati-va de la Ley na
t#l'al).
Viene luego una consideración de importancia capitail: cierto
que
en la Doctrina Pontificia el principio se aplica principa,lmente
a materias económicas; pero esto hay que intetpretailo a la luz de
aquel otto
principio,
.de orden lógico, . más generad y superior y
de menor certidumbre, según el cual "donde existe la misma raz6n
se ha de aplicar la misma disposición". De donde se infiere sin
duda
la
universa:lización del primero, con b>s consecuencias de
su
aplicación a l:as relaciones entt,e una sociedad menor y otra mayor;
del reconocimiento del primado en la "cci6n del individuo en re
lacióo con la sociedad y de la sociedad menor respecto de la ma
yor,
F"ioridad cuyo último fundamento radica en
la
dignidad o den
sidad ontol6gica
de cada uno de los seres citados.
"Por «densidad ontológica» parece querer eilpteSO! el profesor
'l'agle, en términos metafísicos, aJgo análogo a Jo que en ciencias
físicas
se
conoce como
«peso especifico», y que se estimaría en
proporcióo ail grado de exigibiiidad consiguiente a su aproxima
ción a la natu!rtde71!. humana, así romo a da autonomía esencia:l d,e
cada ente.
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Causalidad del principio
Tras estos aciertos fundamentales, pasa a1 análisis de las c,u;sas
del principio de sub.idiariedad, con base en la clásica doctrina es
colástica de las cuatro: mwerial, form.il, eficiente y find.
Mtlteria o sujeto es Ja sociedad. Pero como ,esta no es más que
un ente de rek,c;ón, un orden que vincula a dos o más personas
por un mismo fm o bien común, regida por una autoridad -prin
cipio de
orden y unid.a, cuyo cometido es proourar dicho fin o
bien-, procede cliscinguir en este su j,ero ~o dos ,elementos:
autoridad y súbditos.
Sociedad, por antonomasia, es la universal, en [.a que, a su vez,
hay que distinguir los siguientes elementos --<> componentes--: el
hombre y las sociedooes particula,:,es que son: cl matrimonio, la
fam/Ua, el municipio, las sociedades que llama seminaturdes, se
midrtificia/.es --<> sea, las de libre. constitución, como asociaciones
labomles, protesionail:es e ideológicas, prindpdmente-, la región,
la nación o sociedad nacional y la federación de naciones.
El hombte queda definido ,en la linea tradiciooa,1 romo el set
humano, persona individual, unidad sustandial de natutaleza rot·
póreo-espiritual; y en cuanto tal, no enre ab.,ttact:o, sino existencia
lizado.
Y \las sociedades, caracterizadas por razón de su permanencia,
su ámb#o -territorial o no-y su fin.es, que oon duales, el especí
fico de cada uoa y el genérico de procurar la perf,cción de sus
miembros en cuanto no logren alcanzarlo el individuo o las so
ciedades menores ,en ella romprenclida$. En función de esto se de
termina la que pucliétarnos llamar ley de la digmdad o densidad
ontológica
de his oospectivas sociedades, de acuerdo ron el siguienre
rawnam'iento que, romo resumen, consigna ail final de esta clasifü
cación:
Si bien todo hombre, todo miembro individual de la sociedad
un-iversal, es mi prójimo, no lo es en el mismo grado, sino en ra~
zón directa a su proximidad existencial a mí, conforme a la cual
"constituimos diferentes sociedades,
que
son uniones estables, las
que
mien1iras más lejos estén del hombre, que es su centro, y más
integrantes teogan -reailidox:les ambas que van unlidas-, menor den
sidad onrológi01 poseen, men~ cohesión social tienen y menor es
el campo de su obligatoriedad jurídica" (es deci!r, obligatoriedad
en razón
inversa de
la extensión).
Sin embargo, esta relación de propon:iona1idad in.,-ersa de la
densidoo ontológica
con la
longitud del radio de
los círculos con-
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céntricos no es sino una regla general, no absoluta, oomo se des
prende de estas impottantísimas observaciones del propio autor:
-
en CuaJJ
,emente,
su obligatoriedad mstitucirmal es, paita ,el hombre,
"muchísimo más
débil" que
las de 1as restantes --anre,;iores
y posneriores-, "lo que siguifica que puede o no consti
tuirlas, o si las orea e integra, salir de las mi&mas con una
facilidad que no tiene illeSpecto de his -eriores (1), ya que
si prescinde de ellas no se perjudica en su ser corno en el
caso de las otras";
-en cuanto al séptimo círculo, la nac10n, que ha sido tradi
cionaJmente considerada corno la sociedad perfecta, por ra
zón de su autono,mfa jmídi:ca y autarquía económica, y por
comprender ,eo su seno a todo tipo de sociedad que el hom
bre puede
ronstituit (a
propósito
-romo anillo al dedo-
vendría
aquí
la afirmación del profesor Sándb.ez de la Torire:
"la posición de grupos par,ticuJares y de individuos frente
al
Estado carece de posibilidades efecnivas de seguridad pa
ra ios primeros, mientras el Estado aipa:rezica como instancia
unlfücada y suprema a todos l<>s efectos" (2);
-y, finalmente, en cuanto al noveno, la sociedad universal,
que es "verdadera sociedad, aun cuando en potencia, aunque
los hombres: --al menos en su mayoría- no tengan con
ciencia de ello y, por tanto, no pongan su vdlullltad dirigida
a
actmuliza1'la jurídicamente".
Por
causalidad formal entiende el priincipio intrínseco que im
prime una determinada forma de relación funciona,! o de acción
en,re lo,¡ sujetos; forma
educida de
la actuafuación de la poteneia
lidad de la materia --el ser humano-- en las sucesivas institucio
nes
sociales creadas por e!!. Coolsiste, pues, en otras palabras, en:
256
'" estructurar las relaciones del hombre con las distintas so
ciedades
y las relaciones de éstas entre sí, de maneu:a que
cada
uno de
estos seres actúe de acuerdo con
su
función es
pecifica, que
deriva
de su particu[ar naruraieza, que l., indica
( 1) Subrayado de la transcripción,
(2) Subrayado de
la transcripción.
Fundaci\363n Speiro
INFORMACION BIBUOGRAFICA
cuflll es el fin propio de cada uno de ellos, fin que coincide
ron su propia perfección".
En
cuya vmtud se ha
de
reconocer el ,primado de la aoción:
-a:l ser con ?1UP'J01' densidad ontológica sobre el que la tiene
menor;
- al ser con mayor necesidad de actualizar sus potencias, so
bre el que las tiene ya destJrrolladas;
-a:l ser con ?1UP'jOr capacidad para desa.molla.r una tarea, sobre
el que la posea en menor grado;
-al ser. con ?1UP'J01' j11sdfécación existencial ·sobre el que la tie
nie en menor grado (se refiere sólo a las sociedades: el
homht'e DO la nocesita).
Por causa eficlent,e entiende "/,os fact01'es e"trímecos que dan
origen
a su e,,;stenci,l'; y que son el metaflsico, el moral y el eco
nómico.
El metafísico reside en las respectivas esencias del hombre, unidad
sustancial corpóreo-espiritual, y de la sociedad, unidad acciderrtal de
relación. De donde se infiere indiscutiblemente que el hombre ocu
pa el primer lugar entre todos los demás seres, que existen por
razón de él y para él, pera sn ~icio y petifección, pwra su bien.
Y
la
sociedad ocupa el segundo, de manera que todos los restantes
existen también por razón de ella y ,para ella en las mismas con
diciones.
La conclusión que aquí parooe inferirse -,porque no lo .dioe
explícitamente
el auror- .,. que la subordinación ai hombre de
todos los demás seres, salvo la sociedad, tiene 'lug,u: mediaf;ame,/Jte,
a tiravés de ésta última, que Jo estaría inmediatamente; lo cual es
desumain;,J:>ortancia
El factor m01'al reside en la esenoia ética del hombre, manifes
tándose
en
su capacidad ----<¡ue en eJ
actuar sdbt\e unos y orros, creando realid«des 1111e11as, hasta el punto
de que
,la perfección de soaedad y -cosas no es sino un efecto de la
humana. Este facmr se compone de ios aaos monásticos (los inter
nos y los externos que DO infiluyen en otras personas), los domés
ticos (que tienen lugar en el ámbito del matrim;,nio, la familia y
otras socieda,des de carácter privado) y los políticos (los relativos
a
ias sociedades de tipo terrirorial). De modo que la perfección de
cada. uno de esros niveles es causa u origen de 'la inmediatam.ente
mayor; el primero
es el inicial y el último el fina:!.
257
,,
Fundaci\363n Speiro
INFORMAC10N BlBUOGRAFlCA
En cuanto al factor económú;o, a ·pru,tir de la concepción filo
sófica, amplia y predorrnnantemente espiritualista, .de econom/a co
mo
"o~en oreado --efecto de la acción dWgida-por el conoci
miento
de la casa u hogar de un ser determinado", enrendiendo
por
tal
tanto el
propio
ser del ·hombre --es decir, ila persona-, co
mo el ámbito y contenido de bien que necesita una sociedad -ma
trimonio,
familia, taller,
escuela,
etc.-"paira lograr su plenitud co
mo tal ser", esra:bLeoe estas conclusiones:
- Que este orden creado es tanto más eficiente paira el bien
común de la
,ociedad universail cuamo· más amplio, pro
fundo y estable sea;
- y siendo el ser humano, por su 1imitaci6n, más eficiente
para ordena. un
ámbito
reducido y obtener los bienes pro
pios dél mismo, resuilta que el orden universal s.erá tanto
más conquistable cuanto más se faciliten al hombre y socie
dadies más cercanas a él las . competencias para autoorde
narse con independencia de las más amplias y suf>eri01'es;
--' resuiltando, en resumen, la importancia decisiva de la liber
tad
corno promotora de responsabilidad, eficiencia y creación
humana
en hs obras culrura!es externas, en todos los ór
denes, desde el religiO\SO hasta el técnico.
Y, por último, en cuanto a la causa final, dice que es efecto de
la
material ,¡ la formal; y distingne, en o;msecuencia, roes aspectos:
el teferten'tle a los seres m4.rmos, a su tJ,CCÍonar · y .a su creatividad o
· perfecci6n. De donde se infiere:
258
- en cuanto ail primero, la p·ermisi6n al hombre para consti
t:M cuantas sociedades tenga por conveniente, siempre que
Jos fines perseguidO\S y medios empleados concuerden con
su naturaleza; permisión que comporta 'la defensa de la exis
tencia de dichas sociedades, que compete a la sociedad su-pe
rior o más amplia, respecto de 'la in:rerior o más reducida;
-en cuanto al regu,ndo, la libertad de acci6n del hombre y
sociedades por él constituidas, conforme a sus esencias, fines
propios
y respectivas \'ocacicmes;
---, y en cuanto ail te,-cero --colofón de los anteriores--, la
defema de Ja perfecci6n. del hombre y ,oeíe
INFORMACION BIBUOGRAFICA
tituid,as, en la que se conswna el ser y a
integran la _sociedad_ universal,_ identificándose con el bien
común
del género humano. · ·
Definición
La establece a continuación, como formulación definitiva y a
posteriori del principio de subsidiaroodad, con base en cinco pun
tos o anreoedientes que vien1en a ser un resumen de todo lo· ante
rior; y es ésta:
"Autr,nomia del -hombre y de la sociedad inferior con
respecto "
la superior para proyectarse en la existencia se
gút, su propia esencia, que perm#e la perfección de -Cdda
uno de
los integrantes de la sociedad y la de ésta como to
taüdad."
Límites
Bajo el ~ígrafe "Teoría y práctica d~ prim:ipio de subsidia
riedad" ronsidera este aspecto, oh.servando que la J:etlid,ad histórica
demuestra que el hombre _y las sociedades no se eicisrencializan siem
pre de acuetdo con
sus
propias esencias
o
ideales de ser -
no dependen
del arbitrio humano, sino de la esencia misma
del hombre, recibida del Creadot-, sino que, por el contrario, se
apartan en mayor
o
menor
gtado die ellos, hasta llegar o ser las
existencias incluso una grotesca CM'Íeatlll'a de :las esiencias. ·
Por ello, no le puede ser 31J?licado a un hombre, o sociedad, el
ptincipio de subsidiµiedad _sino en la medida_ en que no incurran
en estas desviaciones,
en
los.
aspectos_ en
_ que
actúen de modo autó
nomo.
y con vista a los conflictos que de ,esro pueden originarse, es
tablece 1as siguientes reglas:
- La autotido.d civil tiene como primer objetivo de su actuar
di debet de 'promover aquella autonomía en el 'actuar de
parte de sus súbditos,
-
La eficiencia
y actualización ck sus potencias pot : hÓ!libre
y sociedades debe ser siempre obj-eto de presunción legal,
·Presunción tiltis · ttllntum~ para cuya destrucción la carga de
is9
Fundaci\363n Speiro
INFORMACION BIBLIOGRAFICA
la prud>a recae sobre la autoridad civil, "y en general sobre
el superior al sujeto de la posible deficiencia o falla".
De no procedeL"Se así, 1a sociedad de que se i;ra11e quedará re
gida por la mera fuerza física impuesta como norma de gobierno,
suplantando
a la razón, bien que esto no pueda prolongarse. iruk
finida.mrente.
Historia
Entiende el profesor Tagle que el principio de subsikliariedad, aun
que
no
formulado hasta nuesc,ros días,
como
inherente a
la
esencia
humana,
ha jugado impilídtamente en la Historia, con esw alter
nativas:
Aplicado en Roma· durante la República y hasta maliados del
siglo n, va siiendo abandonado hasta el d=mbamiento del Imp:
rio
de
Oocien11e, Jo que precipita pa.rdalmente su ca:ída. Nuevamen·
te en vigor en la Alta Edad Malia -"Cristiandad"-, del siglo
IX o x hssta el XII, es de nuevo abandonado progresivamente, factor
a su vez de la caída del Imperio de Oriente. Y los dos períodos en
que se divide la Edad Moderna tienen también como au:acterística
común su iml¡,licación: en el primero -,,iglos XVI, xvn y XVIII-,
por el nriunfo de la corriente estatma; en el segundo -siglo XIX
hasta 1914-, por di del más desenfrenado ~smo, o desar
ticulación de la vida ,;ocia!.
En resumen: Tercera vía
La fundamental importancia del priacipio de subsidiarialad .ra
dica en ser "el principio o ley de la autonomía o libertad de las per
sonas y de la sociedad in!lierior frente a la superior", pero no en
tendido al! modo libera/,, ni menos aún al marxista, sino al modo
cristiimo cat6üco, que permite al hombre proyectair su vida de
acuerdo con su vocación personal, recibida de Dios, ante quien ha
de
rendir cuenta de 'la adminiottación de ella; 'I por cuya proyec
ción puede,
como
causa segumla, crear socialades que sean un ima
logado de la sociedad divina, conquistar su bien fiarti<:u/,;r natural
y sobrenatural, y el común, también natural y sobrenatural, de 'la
sociedad universal de loo hombres.
Jesús Valdés y Menéndez Valdés
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