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Número 361-362

Serie XXXVII

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La Realeza de Cristo o la soberanía popular

LA REALEZA DE CRISTO O LA SOBERANÍA
POPULAR
BALTASAR PÉREZ ARGOS, S. J.
1
La fiesta de Cristo Rey fue establee.ida por Pio XI con la enci­
clica
Quas primas para que el dogma de la realeza de Cristo se
viva y
se propague lo más posible, dada la importancia de este
dogma para la sociedad civil de los pueblos (20). "Es dogma de
fe católica que Cristo fue dado a los hombres como Redentor en
quien confiar y como Legislador a quien obedecer" (13).
Cristo,
en efecto, es Rey no sólo ,en un sentido metafórico y
espiritual, sino
en un sentido propio y estricto. A Jesucristo como
hombre le pertenece el título y potestad
de Rey. Siempre que
puede se atribuye el titulo de Rey (Mt., 25, 31), confirma pública­
mente su realeza (Jn., 18, 37) y declara solemnemente que se le
ha
dado todo poder en el cielo y en la tierra (Mt., 28, 18). Es Rey
no sólo por derecho de naturaleza, en virtud de su unión hipos­
tática, sino también por derecho de conquista, adquirido a costa
de la redención (21). El Padre le confirió un derecho absolutisimo
sobre todas las cosas creadas,
de modo que todos están someti­
dos a
su arbitrio (15). El imperio de Cristo se extiende no sólo a
los católicos y a los bautizados, extraviados
por el error o separa­
dos por el cisma, sino a todos, de manera que bajo potestad de
Cristo se halla todo el género humano, (cfr. LEóN XIII, An. sacr.).
De esta soberanía absoluta de Cristo deriva toda autoridad a
príncipes y gobernantes.
Los gobernantes leg!timamente elegidos
mandan por mandato de Cristo y en representación del Rey divi­
no (18).
Verbo, núm. 361-362 (1998), 83-93 83
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BALTASAR PERBZ ARGOS
Afinnar la soberania absoluta de Cristo es, por consiguiente,
negar la soberania del pueblo. El pueblo no es soberano. No
puede serlo; a lo más, de un 1nodo transitorio, según la teoria
democrática de Santo Tomás y de Suárez. Que el pueblo sea
soberano, es decir, derivar la autoridad no de Dios, sino de los
hombres, es
arrancar los fundamentos da la autoridad, una vez
suprimida la causa principal, que hace que unos tengan el dere­
cho
de mandar y otros la obligación de obedecer. La única causa
capaz
de hacer que. unos tengan derecho para mandar y los
otros, consiguientemente, obligación de obedecer, es Dios y sólo
Dios. De Él sólo puede derivar la autoridad, en cuanto capacidad
de mandar. Lo explica muy bien la Pacem in tenis: "Como todos
los ho1nbres son entre sí iguales en dignidad natural, ninguno de
ellos puede obligar a los demás a
to1nar una decisión en la inti­
midad de sus conciencias. Es este un poder exclusivo de Dios"
(PT 48).
"Los gobernantes, por tanto, sólo pueden obligar en con­
ciencia al ciudadano, cuando su autoridad está unida a la de Dios
y es una participación de la núsma" (PT 49). "Sentado este prin­
cipio, se salva la dignidad del ciudadano, ya que
su obediencia a
la autoridad pública
no es en modo alguno sometimiento de
hombre a ho1nbre, sino en realidad un acto de culto a Dios
Creador, solícito de todo, quien ha ordenado que las relaciones
de la convivencia se regulen por el orden que Él ha establecido"
(PT 50).
• • •
La fiesta de Cristo Rey recoge, conmemora la doctrina tradi­
cional
de la Iglesia, fundada no sólo en la revelación, sino en la
misma reflexión filosófica
de que el poder viene de Dios, no del
pueblo. Verdad
de fe que un católico debe reconocer y profesar;
por consiguiente, sin renegar de su fe no puede dar el voto a nin­
gún siste1na
político que afir1ne y se apoye sin más en la volun­
tad soberana del pueblo. "Sea cual fuere la forma de gobierno, la
autoridad deriva siempre
de Dios" (LEÓN XIII, Praeclara gratul.,
15), no del pueblo.
• • •
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LA REALEZA DE CRISTO O LA SOBERANIA POPULAR
Según esto, es consolador pensar que Cristo está presente
entre nosotros, primero de
una manera personal y substantiva
-misterio de fe-en la Sagrada Eucaristía; pero también de una
manera activa en todo gobernante legítimamente elegido, cuya
autoridad
es participación de la autoridad soberana de Cristo. Así
Cristo se nos hace presente
en la persona del gobernante y de
cualquier superior legítimamente nombrado. Obedecer al gober­
nante, al superior, es nada menos que un acto de culto a Dios,
como nos decía Juan XXIII (PT 50). De ahí la reverencia y amor
que debemos a todo superior. Según esto, ¿qué pensar de la cos­
tumbre introducida en comunidades religiosas de tratar al supe­
rior de igual a igual, que no haya "superiores", sino sólo "res­
ponsables", que no se le dé ninguna muestra de preferencia, sino
que sea uno de tantos en la co1nunidad? ¿No es esto echar fuera,
de alguna manera, la presencia de Cristo de la comunidad? ¿No
vivir esa presencia, ejercitando con el superior, que representa a
Dios, un acto de culto a Dios? !Qué astucia tan diabólica! Y ¡c6mo
se ablanda y
se degrada la autoridad al no sentirse el superior
responsable, nada menos
que ante Dios, del cuidado con que
debe cuidar de la comunidad a quien sirve y rige como vicario y
representante de
Cristo! Ac,í andamos.
Para que estos inapreciables provechos, que derivan de la
autoridad divina, presente en los gobernantes y superiores, se
vivan
en la sociedad cristiana, es necesario que se propague lo
más posible el conocimiento de la realeza
de Cristo, tal como es
y la entiende la Iglesia. Para lo cual nada mejor
que instituir una
fiesta, la fiesta de Cristo Rey, que nos lo recuerde y nos lo haga
profesar cada
año (20).
11
Maravillosa fiesta. Agradecimiento perenne a Pío XI. Pero
¿c6mo va a consentir Satanás
que la soberanía de Cristo le expul­
se de dominar en este mundo? Si Cristo es soberano sobre todas
las cosas creadas y todo poder deriva, por consiguiente, de
Cristo, Satanás queda fuera. Si el pueblo es soberano y no reco-
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BALTASAR PEREZ ARGOS
nace otra soberania que la voluntad general, ya se encargará Sa­
tanás de reinar él y de imponer su imperio, no el de la verdad, de
la justicia y de la paz; sino del engaño, de la corrupción y del caos.
La soberanía popular se dinamiza esencialmente a través de
los partidos políticos y del sufragio universal, entendido, como es
lógico,
"un hombre, un voto". Pero la experiencia, larga y dolo­
rosamente nos demuestra
la verdad de aquella frase atribuida a
San Pío
X: "Sufragio universal, mentira universal".
Hoy el grito casi unánime,
cuidadopmente arropado, es ¡no to­
quéis a
la democracia! Palabra sagrada, entendida en el sentido del
liberalismo, que no reconoce más soberanía que
la del pueblo.
Nada de
un poder o ley superior y divina. Esta soberanía popular
es intangible.
Se podrá discrepar en cualquier otra cosa, pues una
de las expresiones de esta democracia es
la libertad de opinión; pero
de ninguna manera opinar y afirmar otra soberanía. Para esto no
hay libertad. Queda anatematizado quien niegue
la soberanía popu­
lar. Podrá haber derechas e izquierdas. Hay libertad para ello. Pero
de ninguna manera se acepta hoy que haya libertad para afirmar
la
soberanía de Cristo. Así pues, el pensamiento católico, el dogma
católico de que Cristo es rey
en el sentido propio y estricto de la
palabra, es absolutamente inaceptable. Ningún ciudadano puede
afirmar, profesar y comportarse
en la vida pública, reconociendo a
Cristo
Rey de las naciones, de quien deriva todo poder a cuya ley
se deben someter todos los gobiernos como instancia suprema.
Así, se comprende que la encíclica Quas primas, en donde
Pío XI expone espléndidamente el dogma de la realeza de Cristo,
afir1nando taxativa1nente que "los. ho1nbres están bajo la autori­
dad de Cristo, tanto considerados individualmente, como colecti­
vamente" (8),
se la haya considerado desde mucho antes del
Vaticano II co1no desfasada. Ni se la citaba, ni se quería oir hablar
de ella. Sobre todo después de la segunda guerra mundial se la
daba por no existente. Tanto es así que ha sido una alegria saber
que está vigente, al verla citada, después de mucho tiempo, nada
menos
que por el Papa Juan Pablo II en el Catecismo de la Iglesia
Católica,
en el número 2105, junto con la Inmortale Dei de
León
XIII. Estamos en el año de gracia de 1992.
• • •
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LA REALEZA DE CRISTO O LA SOBERANJA POPULAR
También se comprende otro hecho singular, que va en la
misma línea. Cuando
después del Vaticano II, según las directri­
ces
de la Constitución sobre la sagrada liturgia, se organiza el
calendario litúrgico
de manera que manifieste y desarrolle la his­
toria
de la salvación, era un momento propicio y fundado para
eliminar la fiesta
de Cristo Rey. ¿Suprimirla? Era demasiado. Muy
arraigada estaba
en el corazón de ·los fieles. Miles de mártires,
desde los Cristeros, hablan muerto por la fe al grito de ¡Viva
Cristo Rey! ¿Qué hacer? ¿Dejarla igual? No. Se optó por dejar la
fiesta
al final del año litúrgico, pero vaciándola de contenido,
dándole litúrgicamente otro sentido. Cristo Rey, sólo
en un senti­
do espiritual y metafórico, no en un sentido temporal y político.
Veámoslo, cotejando la antigua liturgia
de Pío XI con la actual.
Así,
en la Misa, vemos que en la oración colecta de la nueva
liturgia
se ha quitado la petición de que "Dios Todopoderoso
conceda propicio que todas las naciones de la tierra, a quienes
separó la herida del pecado, se sometan al suavísimo imperio de
Cristd'
(que estaba en la antigua liturgia) y en su lugar se ha
puesto, "que la creación
entera sirva a la majestad de Dios y le
glorifique sin fin". Esta
nueva petición nada tiene que ver con la
soberanía de Cristo, como es evidente.
En el gradual de la antigua liturgia de Cristo Rey se procla­
maba: "Dominará
de mar a mar. Le adorarán todos los reyes de
la tierra; todas las gentes le servirán y su Reino no será des­
truído". Clara mención, en términos del Antiguo Testamento, de
la realeza de Cristo.
En el
salmo responsorlal de la nueva liturgia que correspon­
de al gradual de la antigua, ni mención del Reino o realeza de
Cristo; sólo se dice que "reina vestido de 1najestad".
En el Prefacio, siempre de gran contenido teológico, se
advierte el mismo cambio
que en la colectá. Se suprime la frase
que afirma la realeza de Cristo, a saber, "sometidas a su imperio
todas las criaturas'. Todo lo demás permanece igual, menos esa,
frase que expresa la realeza de Cristo. La intención es clara. No
se quiere saber nada ni mencionar la realeza de Cristo.
En la poscomunión lo mismo. La,frase "cuantos nos gloriamos
en militar bajo las banderas de Cristd' de la antigua liturgia, de
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BALTASAR PÉREZ ARGOS
clara significación de la realeza de Cristo, se suprime y se cam­
bia por la de "cuantos nos gloriamos en obedecer los mandatos
de Cristo", en que no aparece el carácter de Cristo Rey del uni­
verso,
que era lo que afirmaba la antigua fiesta y por lo que
Plo XI la instituyó.
En el Oficio divino
que con la Misa completa la liturgia del
día, el vaciado es aún 1nás patente. Aparece en las lecturas teo­
lógicas del "Oficio de lectura". En el Oficio Divino de Pío XI se
lelan las partes más claras y significativas
de la enclclica Quas pri­
mas acerca de la soberanla de Cristo Rey. No habla lugar a dudas
y la enseñanza para los sacerdotes, espléndida. Hoy,
en el nuevo
Oficio de Lecturas se han suprimido esas lecturas de la enclclica
y
en su lugar se hi puesto un texto de Orlgenes sobre la oración,
que habla "del Reino de Cristo que está dentro de nosotro.<'.
Tampoco hay duda del nuevo sentido que el Oficio Divino da
hoy a la fiesta de Cristo Rey.
• • •
En confirmación de lo que acabamos de decir, y para que se
vea que no es interpretación nuestra, nada mejor que la Ho1nilía
pronunciada
en la fiesta de Cristo Rey, el año concluido, trans­
mitida desde la Parroquia de San Francisco Javier (de La Ventilla,
Madrid)
por Radio Nacional el dia 23 de noviembre y que todos
pudimos oír, pues por eso se radiaba.
Empieza diciendo textualmente: "«Después del Concilio Vati­
cano II debemos situar esta solemnidad en un nuevo contexto
social, dentro de las perspectivas litúrgicas del Viernes Santo. El
111undo posee su autonomía propia, no l)ertenece a la Iglesia.
Sólo desde la fe podemos afirmar que Jesucristo es Señor del uni­
verso y de tbdos nosotros~. Así ter1nina sabia1nente en el Misal
Ro1nano la instrucción sobre esta sole1nnidad".
¿Más claro el cambio que se ha producido y en qué sentido?
Y esto
de una manera oficial, en una instrucción del Misal Ro­
mano sobre esta solemnidad.
La exposición que a continuación hace el predicador de
cómo entender ahora la realeza de Cristo en conformidad con la
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LA REALEZA DE CRISTO O LA SOBERANÍA POPULAR
instrucción del Mi<,al Ro1nano, es sorprendente. Razona así: "En las
lecturas de hoy escuchamos que la majestad de Jesucristo no es de
este mundo.
En el evangelio vemos que los fariseos, escribas y
sacerdotes no han reconocido a Jesús cotno Rey; pero un romano,
un pagano, reconoce a Jesucristo
con10 Rey y no ve en Él ningún
crünen.
Ahora bien, si los fariseos, sacerdotes y personas religiosas
de aquella época no han reconocido a Jesús como Rey y sólo lo ha
reconocido un pagano, ¿có1no nosotros van1os a reconocer la reale­
za de Jesús hoy?". Sorprendente argumentación, que deja a Pío XI y
a todos los que reconocemos la realeza
de Cristo, en la paganía.
Continua la homilía y nos dice que
"el evangelista San Juan
nos presenta enseguida a Jesucristo coronado de espinas y sien­
do proclamado nuestro Rey" Ecce Rex vester. Pues bien, ¿dónde
está ese rey coronado
de espinas? En los necesitados, en los
enfennos,
en los hambrientos, en los pobres. Ese es nuestro Rey.
"Pode1nos encontrar a Jesucristo todavía hoy coronado de espi­
nas. Y encontrar
en los necesitados, enfermos han1brientos y
pobres, a nuestro Dios".
No hay por qué seguir para comprender cuál es el sentido
que se da hoy a la fiesta de Cristo Rey, "después del Vaticano II
hay que situarla en un nuevo contexto social", según ordena .la
instrucción del Misal Romano.
111
Resumiendo. Según la Quas primas, "incurrirá en un grave
error el
que negase a la humanidad de Cristo el poder real sobre
todas y cada
una de las realidades sociales y políticas del hom­
bre, ya
que Cristo como hombre ha recibido de su Padre un dere­
cho absoluto sobre toda la creación, de tal manera que
toda ella
está sometida a
su voluntad" (8).
Siendo Rey
de pleno derecho:
!) De hecho no ha fundado sino un Reino espiritual sui
generis, la Iglesia, no sólo sociedad perfecta y visible, sino. tam­
bién "cuerpo místico de Cristo", de quien Cristo es la Cabeza.
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BALTASAR PÉREZ ARGOS
II) De Él reciben el poder: a) el Papa, vicario suyo en la
Iglesia para el gobierno de lo espiritual y sagrado;
b) los gober­
nantes, elegidos legítima1nente por el pueblo, vicarios suyos para
el gobierno de lo temporal.
U!) Cristo ejerce su potestad real: a) sobre las almas a las
que gobierna por la fe y la caridad; b) sobre la Iglesia, a la que
gobierna a través de la Jerarquía de la Iglesia (el Papa y los obis­
pos
en comunión con el Papa); c) sobre la sociedad civil, a la que
gobierna a través de los gobernantes legítimamente elegidos, que
como vicarios suyos han de gobernar según la voluntad de Cristo,
es decir,
en conformidad con la ley de Dios, natural y evangéli­
ca.
Los gobernantes, lo mismo que el Papa, son responsables
ante Cristo de
quien reciben el poder; pero también ante el pue­
blo
que los ha elegido. Ni el Papa ni los gobernantes tienen
poder absoluto, están fundamentalmente limitados y condiciona­
dos
por el poder de Cristo Rey, de quien son vicarios.
En la concepción cristiana del poder no hay peligro, ni de
lejos, de absolutismo. Sí lo hay en la concepción liberal y ruso­
niana, donde el pueblo es el soberano. Clarisimamente nos lo
explica Pío
XII, deshaciendo una falacia muy común, con la que
se encubre el absolutismo que se encuentra en "el régimen
democrático, donde
el pueblo es el soberano, a pesar de las con­
trarias p·ero vanas apariencias":
90
"Una sacra democracia, fundada sobre los inmutables princi­
pios de la ley natural y de las verdades reveladas, será resuelta­
mente contraria a aquella corrupción que atribuye a la legislación
del Estado un poder sin freno ni limites, y que hace también del
régimen democrático, a pesar de las contrarias, pero vanas apa­
riencias,
un puro y simple sistema de absolutismo.
El absolutismo del Estado (que no debe ser confundido en
cuanto tal; con la Monarquía absoluta, de la cual no se trata aquD
consiste,
de hecho, en el erróneo principio de que la autoridad
del Estado es ilimitada y de que frente a ésta -incluso cuando
da libre curso a sus intenciones deSpóticas, sobrepasando los
límites del bien y del
mal-no se admite apelación alguna a una
ley superior 'rnoralmente obligatoria"
(Benignitas et bumanitas,
núm. 28, 29).
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LA REALEZA DE CRISTO O LA SOBERANJA POPULAR
Es exactamente el absolutismo o totalitarismo de Estado que
vicia la
Constitución española de 1978, que tanto festejamos y
que sólo el Cardenal Primado y ocho obispos más denunciaron
a su tiempo, en vísperas del referendum. Ante el referendu1n
sobre la Constitución dice el Cardenal Primado el 28 de noviem­
bre de 1978, entre otras cosas
que conviene recordar:
"Estimamos muy grave proponer una Constitución agnóstica
--que se sitúa en una posición de neutralidad ante los valores
cristianos-a una nación de bautizados, de cuya inmensa mayo­
ría no consta que haya renunciado a su fe.
No
vemos cómo se reconcilia ésto con el «deber moral de las
sociedades para con la verdadera religión~ reafirmado por el
Concilio Vaticano II en su declaración sobre libertad religiosa
(DH 1).
No se trata de un puro nominalismo. El nombre de Dios, es
cierto, puede ser_ invocado en vano. Pero su exclusión puede ser
también un olvido den1asiado significativo.
Consecuencia de la misma sociedad civil: la falta de refe­
rencia
a los principios supremos de la ley natural o divina. La
orientación moral de las leyes y actos de gobierno queda a
merced de los poderes públicos turnantes. Esto combinado con
las ambigüedades introducidas en el texto constitucional, se
puede convertir fácilmente en n1anos de sucesivos poderes
públicos, en salvoconducto para agresiones legalizadas contra
derechos inalienables del hombre,
como lo demuestran los pro­
pósitos de algunas fuerzas parlamentarias en relación con la
vida de las personas de edad prenatal y en relación con la
enseñanza.
Por falta de principios superiores la Constitución ampara
una sociedad permisiva que -según advirtió oportunamente el
Episcopado Español-no es conciliable con una sociedad de
fundamento ético; y, por lo mismo, es contraria al ejercicio
valioso
de la libertad. La libertad no se sírve con la sola neutra­
lidad o permisividad o no coacción. Se sirve positivamente con
Condiciones propicias que faciliten el esfuerzo de los que quie­
ren elevarse hacia el bien. Al equiparar la libertad de difundir
aire puro y la libertad de difundir aire contaminado, la libertad
resultante no es igual para todos¡ pues en realidad .se impide la
libertad de respirar aire puro y se hace forzoso respirar aire con­
taminado".
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BALTASAR PÉREZ ARGOS
Y continúa: "Pero basten estas sapientisimas palabras para
comprender, a la luz de la experiencia
que vivimos, el acierto de
las 111isn1as, que son nada más que la afirn1ación y consecuencias
de la realeza de Cristo, origen del
¡Joder, o de su negación, la afir­
mación del poder soberano del pueblo. Lo que ahora vivimos en
nuestra Constitución, a pesar de sus «contrarias pero vanas apa­
riencias»,
es un totalitaris1no, duro y puro, salvoconducto para
agresiones legalizadas contra derechos inalienables del hombre".
Si queremos defender nuestras libertades y nuestros dere­
chos contra toda suerte de totalitaris1no, sobre todo de aquel
bien can1uflado con "las apariencias contrarias pero vanas", cual
es todo régimen o Constitución a la que le falte una clara refe­
rencia a
los principios supremos de la ley natural o divina;
hen1os de forzarnos, por todos los 111edios pacíficos y legíti1nos
a nuestro alcance, para que nuestra Constitución o Ley funda-
111ental se asiente sobre el poder soberano de Cristo, no sobre
el poder del pueblo. ¿Que el pueblo, una mayoría ignorante,
inculta y 1nenos honesta, cambiante cotno la mitad tnás uno, sea
la que gobierne, la que dé la ley, frente a la ley de Dios, natu­
ral o evangélica? !Qué absurdo! Ante este absurdo, convertido
en ídolo, hoy se inclina y nos obliga a inclinarnos la sociedad
1nodema.
• • •
Por último, hablando de democracia es frecuente, frecuentí­
simo hoy, confundirla e identificarla con el derecho a
la libertad
de expresión,
uno de los derechos fundamentales de la persona
humana, nadie lo duda. Se dice, se deja entender,
que democra­
cia es eso, lo que no sucedía ni podía suceder en la dictadura y
con todo lo que es bueno y óptimo. Democracia se ha converti­
do en un adjetivo calificativo, de 1nanera que lo que no lleva ese
adjetivo no es de recibo; y en ello ponen su diferencia esencial.
Señores, democracia no es eso. Democracia es, aun etitnológica­
mente, el poder del pueblo, la concepción política que no reco­
noce otra soberanía
que la soberanía popular, el pueblo sobera­
no; la antítesis, co1no hemos visto, de la concepción católica del
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LA REALEZA DE CRISTO O LA SOBERANÍA POPULAR
poder. Eso es la democracia en puridad. Que luego en un régi­
men democrático haya libertad de expresión, no faltaría más.
Pero ese derecho a la libertad de expresión ni se origina ni se
fundamenta en la democracia, en el poder soberano del pue­
blo; es anterior a cualquier régünen y concepción política. Ni
tiene su amparo en la democracia; 1nuy al contrario. Co1no
hemos dicho y es evidente, el pueblo soberano es el mayor de
los totalitarismos, ¿quién le limita> Por lo que la democracia no
garantiza en últüna instancia ningún derecho, ni el de la liber­
tad de expresión ni tiene que ser obligado objetivo calificati­
vo,
sino que es pura "careta", "velamen malitia" (S. Pedro), es
decir, una de esas "contrarias pero vanas apariencias,, de que
nos hablaba Pío XII, con las que el totalitarismo democrático
se camufla. Recordemos lo que hemos dicho más arriba y nos
lo explicaba tan sabiamente el Cardenal Marcelo González.
Quedé1nonos aquí para deshacer otra falacia, que en estos
días tiene actualidad a propósito de un programa televisivo
ofrecido en el aniversario del 20 de noviembre. ¿Lla1nar fascis­
ta al régimen de Franco? Es desconocer -¡y tanto!-lo que
acaba1nos de repetir. ¿Saben ustedes cuál es la diferencia esen­
cial y abismal entre el fascismo y toda clase de totalitarismos,
con el régünen de Franco, por tnás que coincidan por 1noda,
por
n1itnetismo o por las razones que sean, en lo del uniforme,
la 1nano
en alto y el partido único, cosas más o menos discuti­
bles? ¿Saben en lo que se diferencian esencial y abismalmente?
En que el fascis1no y cualquier otro régitnen totalitario, inclui­
da la democracia liberal, reconoce y se fimdamenta en la
Nación, en la raza, en el pueblo soberano, en lo que ustedes
quieran, pero
no en la realeza soberana de Cristo, según expre­
saba solemnemente el Principio JI de la Ley fundamental del
franquisn10: "La nación española considera co1no tilnbre de
honor el acatamiento a la Ley de Dios, según la doctrina de la
Santa Iglesia Católica, Apostólica y Romana, única verdadera y
fe
inseparable de la conciencia nacional, que inspira su legis­
lación".
¿Qué mayor garantía de todos los derechos fundamen­
tales
de la persona humana?
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