Índice de contenidos
Número 223-224
Serie XXIII
- Textos Pontificios
-
Estudios
-
Razón humana y cultura histórica
-
El arte de comprender la historia
-
Objetividad y verdad en historia
-
El pecado colectivo: existencia y naturaleza
-
El marxismo y el cristianismo. Apuntes de una conferencia
-
La otra revolución
-
La democracia, ¿legitimadora del derecho?
-
La teología de la liberación en acción: La denominada «Iglesia de los pobres» utilizada por la iglesia de la revolución
-
El neo-politeísmo
-
Forjadores de México (IV)
-
«La societá partecipativa» de Pier Luigi Zampetti
-
El mal de la democracia moderna. Del error a la autodestrucción. A propósito de los libros : Cuando la rosa se marchite, de Alain Peyrefitte y Comment les démocraties finissent , de jean-François Revel
-
- Actas
-
Información bibliográfica
-
Martirián Brunsó Verdaguer: España sin rumbo
-
Álvaro del Portillo: Descubrimientos y exploraciones en las costas de California
-
Armando Bandera, O.P.: Paulo Freire, un pedagogo
-
Una conferencia de José María Mardones: Esperanza cristiana y utopías intrahistóricas
-
General Ramón Salas Larrazábal: Los fusilados en Navarra en la guerra de 1936
-

Autores
1984
El pecado colectivo: existencia y naturaleza
EL PECADO COLECTIVO
EXISTENCIA Y NATURALEZA
POR
VICTORINO RODRÍGUEZ, 0. P.
l. Primer acercamiento al tema.
Quien se acerque en actitud indagadora a la problemática del
pecado moral o culpa se encontrará de primeras con tal diversi
dad de términos, de conceptos y de actitudes que toda la
flexi
bilidad analógica del lenguaje resultará demasiado rígida para
moverse con facilidad en este
enmarañado campo
moral.
¿ Qué
son, en qué se parecen y en qué difieren el pecado
actual y el
pecado
habitual, el pecado mortal y el pecado venial, el pecado
original y el pecado personal, el pecado individual y el pecado
colectivo, la acción pecaminosa y el hábito de pecado o vicio,
el pecado
ético y el pecado teológico?
No pienso tratar a fondo y extensamente toda la teología
del pecado; quiero prestar especial atención al pecado
colecti
vo,
al que se suele aludir frecuentemente estos últimos años,
cuya definición e imputabilidad resulta difícil.
illtimamente se
ocup6 de él el VI Sínodo de los Obispos (Roma, octubre 1983).
La dificultad nace de que en el pecado
colectivo o social el fac
tor
libertad personal parece diluirse en la sociedad. Parecida
dificultad, y aun mayor, ofrece la teología del pecado original
originado o hereditario, al que algunos quieren identificar con
el pecado colectivo.
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Fundaci\363n Speiro
VICTORINO RODRIGUEZ, O. P.
11. ¿Existe realmente el pecado colectivo? En
la literatura veterotestamentaria no s6lo existe el pecado
colectivo del pueblo de Israel, sino que es presentado en primer
plano,
más censurado
y castigado que el pecado individual. So
doma y Gomorra fueron castigadas comunitariamente por su
maldad colectiva, sin que Dios encontrase
diez justos
que aplaca
sen
la justicia divina, según se narra en el Génesis, 18,20-19,25.
El profeta
Isa/as empieza sus vaticinios con estas tremendas
admoniciones: «¡Oíd, cielos! ¡Escucha, tierra! ¡Que habla Yavé!
Y o he creado hijos
y los he engrandecido, y ellos se han rebela
do contra
mí ... ¡Oh gente pecadora, pueblo cargado de iniqui
dad, raza malvada, hijos desnaturalizados! Se han apartado de
Y avé, han renegado del Santo de Israel, le han vuelto las es
paldas ... Si Yavé Sebaot no nos hubiera dejado un resto, se
ríamos ya como Sodoma; escucha
la doctrina de nuestro Dios,
pueblo de Gomorra. Lavaos, limpiaos, quitad
de ante mis ojos
la iniquidad de vuestras aciones» (Is., 1, 2, 4, 9, 16).
El profeta
Baruc confiesa que «hemos pecado contra el Se
ñor, nuestro Dios,
y la c6lera del Señor y su furor no se apart6
de nosotros hasta el presente ... ; porque pecamos en presencia
del Señor y no le obedecimos ni escuchamos la voz del Señor,
nuestro Dios, ni caminamos por los preceptos del Señor, que
él nos dio» (Baruc, 1, 13, 17, 18).
Pecado colectivo
y sanci6n comunitaria es lo que reflejan
también aquellas palabras de Cristo: «¡Jerusalén, Jerusalén, que
matas a los profetas
y apedreas a los que te son enviados! ¡Cuán
tas
veces quise reunir a tus hijos a
la manera que la gallina
reúne a sus pollos bajo las alas y no quisiste! Vuestra casa
quedará desierta» (Mt., 23,37-38). Solidaridad en el pecado ex
pres6
el pueblo en la condena de Jesús: «Y todo el pueblo
constest6 diciendo: Caiga su sangre sobre nosotros y sobre nues tros hijos»
(Mt., 27, 25).
También es notable
la referencia de San Pablo al pecado co
lectivo de la gentilidad:
« Y como no procuraron conocer a Dios,
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Fundaci\363n Speiro
EL PECADO COLECTIVO
Dios los entregó a un réprobo sentir, que los lleva a cometer torpezas
y a llenarse de teda injusticia, malicia, avaricia, mal
dad,,, (Rom., 1,28-29).
No obstante, el pecado
individual o personal, empezando
por el de Eva, está operando y es justamente recriminado en todo
el Antiguo Testamento. «En esos días -anunciaba Jeremías- no se dirá ya más: Nuestros padres comieron agraces y los hi
jos sufrimos
la dentera, sino que cada uno morirá por su propia
iniquidad»
(fer., 31,29-30). Y el profeta Ezequiel: «El alma
que pecare, esa morirá; el hijo no llevará sobre sí la iniquidad
del padre,
ni el padre la del hijo, la justicia del justo será so
bre
él, y sobre él será la iniquidad del malvado» (Ez., 18, 20).
Mucho más acentuada
quedó la
responsabilidad del pecado in
dividual en el Nuevo Testamento, alcanzando muy especialmen te la vida personal interior: «Lo que sale del hombre, eso es lo
que mancha al hombre, porque
de dentro, del corazón del hom
bre proceden los pensamientos malos, las fornicaciones, los hur
tos, los homicidios, los adulterios, las codicias, las maldades, el
fraude,
la impureza, la envidia, la blasfemia, la altivez, la insen
satez»
(Me., 7,20-22).
Resumiendo este punto de vista bíblico diré con M. García
Cordero, O. P.: «La misma justicia divina -principal atributo
de Dios en la mentalidad semítica- es concebida dentro del
marco de
responsabilidad colectiva, basada en el principio de la
solidaridad de la comunidad nacional . . . No obstante, ese fuerte
sentimiento de solidaridad en
el bien y en el mal tan fuerte
mente enraizado en
la conciencia israelita antes del exilio ba
bil6nko, no
podemos afirmar que se
anuÍara totalmente la per
sonalidad del individuo. Los profetas Jeremías y Ezequiel
pro
curaron
orientar las conciencias en sentido más personal. Se
desarrolla
el sentido de la responsabilidad individual» ( «Las
diversas clases de pecados en
la Biblia», en La Ciencia Tomis
ta 85
(1958) (407-409).
En
el Magisterio Eclesiástico se encuentran alusiones más o
menos explícitas al pecado colectivo, sin mayores preocupacio
nes por su especificidad. «El hombre es, en efecto, por su
ín-
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Fundaci\363n Speiro
VICTORINO RODRIGUBZ, O. P.
tima naturaleza, un ser social, y no puede vivir ni desplegar sus
cualidades sin relacionarse con los demás» ( Conc. Vaúcano
II,
Gaudium et Spes, núm. 12). «Toda la vida humana, la indivi
dual y la colectiva, se presenta como lucha, y por cierto dra
máúca, entre el bien y el mal» (Ibidem, núm. 13 ). «Mas si la
persona humana, en lo tocante al cumplimiento
de su vocación,
incluida la religiosa, recibe mucho
de esta vida en sociedad, no
se puede,
sin embargo, negar que las circusntancias sociales en
que vive
y en que está como inmersa desde su infancia, con
frecuencia le apartan del bien
y le inducen al mal. Es cierto
que las perturbaciones que tan frecuentemente agitan la realidad social proceden en parte
de las tensiones propias de las estructu
ras
económicas, políúcas y sociales. Pero proceden, sobre todo,
de la soberbia y del egoísmo humanos, que trastornan también
el
ambiente social. Y cuando la realidad social se ve viciada por
las consecuencias
del pecado, el hombre, inclinado ya al mal
desde su nacimiento, encuentra nuevos estímulos para el pecado»
(lbidem, núm. 25). «Es de suma urgencia proceder a una reno
vación en la educación de la mentalidad
y a una nueva orienta
ción en la
opinión pública ... Para edificar la paz se requiere,
ante todo, que
se desarraiguen las causas de discordia entre los
hombres, que son las que alimentan las guerras ... Como,
ade
más, existen los mismos males en las relaciones internacionales,
es totalmente necesario que, para vencer y prevenir semejantes
males y para reprimir las violencias desenfrenadas, las institucio
nes internacionales cooperen
y se coordinen mejor y más firme
mente y se estimule sin descanso la creación de organismos que
promuevan la paz» (Ib!dem, núms. 82, 83 ).
Posteriormente, en los Prenotandos al Ritual de la peniten
cia,
de la Sagrada Congregación para el Culto Divino (1975),
se hace mención del pecado individual
y del pecado solidario
o colecúvo: «Porque el pecado es una ofensa hecha a Dios, que rompe nuestra amistad con
él, la finalidad última de la peni
tencia consiste en lograr que amemos intensamente a Dios y nos
consagremos a
él . . . Además hay que tener presente que los
hombres, con frecuencia, cometen
la injusticia con;untamente.
340
Fundaci\363n Speiro
EL PECADO COLECTIVO
Del mismo modo se ayudan mutuamente cuando hacen peniten
cia
pata que
librados
del pecado por . la gracia de Cristo, unidos
a todos los hombres de buena voluntad, trabajen en el mundo
por el progreso de la justicia
y de la paz» (núm. 5).
Por último,
Juan Pablo II, en el discurso de clausura del
VI Sínodo de los Obispos (Roma, 29-X-1983 ), advierte que «si se puede
y se debe hablar de pecado social, e incluso de pecado
estructural
-en sentido analógico, puesto que el pecado es pro
piamente un acto de la persona-, surge ante ·nosotros, en cuanto
pastores y teólogos, el problema siguiente: «¿qu.é penitencia y
qu.é reconciliación social deben corresponder a este pecado analó
gico?»
(L'Osservatore Romano,
ed. esp., 6 de noviembre pág. 12).
A su vez
la experiencia nos muestra hechos y situaciones
pecaminosas de
dimensiones sociales o colectivas indubitables:
guerras ofensivas de ocupación injustificable, programación y
realización de subversión social, campaña organizada de ateísmo
e inmoralidad, legislación democrática contraria a la ética natu
ral, el permisivismo del desorden público, la opresión partito crática o pseudodemocrática
¿ Qué
creyente no calificaría de
gra
vísimo pecado colectivo una sesión parlamentaria que aprobase
la ley de aborto o de eutanasia o de enseñanza antireligiosa? Y
la legislación consiguiente, ¿no sería un vicio estructural o insti
tucional? Y
la misma «pérdida generalizada del sentido del pe
cado» que denunciaba Pío XII (Radiomensaje al Congreso Ca tequístico de Chicago, 26 de octubre de 1946), ¿no es un tre
mendo pecado colectivo?
III. El problema de la· especificidad del pecado colectivo.
Cuando hablamos de pecado «colectivo», de pecado «social»,
de pecado «estrnctnral», nos referimos no
tanto al
término o
efecto del pecado individnal que atenta contra el orden social
o bien de la colectividad, sino al pecado activo solidario, a
la
cooperación en el mal, tenga por término inmediato un grupo
social, v. gr. el genocidio, o a una sola persona, v. gr. la coope
ración a un homicidio.
341
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VICTORINO RODRIGUEZ, O. P.
¿Existe realmente el pecado colectivo, específicamente dis
tinto del pecado individual? El problema es especulativamente arduo. No hago cuestión
ni de la terminología ni del hecho de
su existencia tal como ha sido registrado anteriormente, sino
de su naruraleza o especificidad. Especificidad que no nace de
su objeto material, común al pecado individual y al pecado co
lectivo,
ni de su subiectum quo o facultad ( como se distinguen
los pecados de
la razón y de la voluntad), sino de su subiectum
quod o suposital ¿Es la sociedad un colectivo o una estructura,
sujeto formal de pecado? ¿Es sujeto culpable
la sociedad? ¿Pue
de ser formalmente pecaminosa una institución?
¿Se dan accio
nes sociales moralmente imputables a
la sociedad? ¿No es ver
dad que
las acciones son de las personas (Actiones sunt suppo
sitorum)?
Hemos visto cómo Juan Pablo II al hablar del «pecado
social» advertía expresamente que «el pecado es propiamente
un acto de
la persona».
IV. Ni personalismo solipsista ni colectivismo impersonal.
De acuerdo que las actiones sunt suppositorum (Santo To
más,
Suma Teo/6gica, III, 7, 13), y que el pecado moral o culpa
es un
acto humano malo (I-II, 71, 6), es decir, «un hecho, un
dicho o un deseo contra
la ley divina», como lo deSctibía San
Agustín (Contra Faustum, XXII, 27, ML, 42, 418); y que, por
consiguiente,
al pecado hay que referirlo e imputarlo primor
dialmente a la persona o supuesto como a
subiectum quod, de
cara a Dios que es
la persona ofendida antes que nadie: «Con
tra ti, sólo contra ti he pecado, he hecho lo malo a rus ojos»,
confesaba David
(Salmo, 51, 6), habiendo pecado contra Urías
(II Samuel, cap. 11). Y aunque
la realidad del pecado se veri
fique de modos esencialmente diversos,
no univoca, sino analó
gicamente, en el acto pecaminoso o culpa y en el hábito de pe
cado o vicio, en el pecado mortal y en el pecado venial, en el
pecado «originado» o hereditario
y en el pecado personal, en
el pecado individual y en el pecado colectivo, la nota de per-
342
Fundaci\363n Speiro
EL PECADO COLECTIVO
sopalidad, tanto por parte de la persona ofensora (hombre) como
por parte de la persona ofendida (Dios, ante todo) hay que sal
varla siempre. Se trata de uo acto
humano malo (Suma Teoló
gica,
1-II, 71, 6) que es «cierta ofensa de Dios, que excluye de
la vida eterna» (1-II, 114, 2). Incluso el pecado original origi nado, en el que parece salvarse el mínimo de libertad (y por eso
se le suele contradistinguir del pecado «personal») es pecado
o mácula de la persona: «Inest
unicuique proprium», como de
fine el Concilio
de Trento (Ses. V, can. 3, DS, 1513 ).
Esie carácter
personal de todo pecado propiamente dicho ha
movido o mueve a algunos teólogos a «privativar» del todo al
pecado y a negar la existencia del pecado colectivo.
La sociedad
no peca; las instituciones o estructuras y las situaciones no son
formalmente pecaminosas; el llamado pecado colectivo no es
más que la colección o
suma de pecados individuales o persona
leS; las estructuras y situaciones no son malas en sí, sino efec
tos de pecados personales que inducen, a su vez, a pecados per
sonales. Esta es
la posición que había adoptado, en definitiva,
el padte
Jos'é Sagüés, S. J.: «No se da el pecado colectivo es
tricto,
o sea, uo pecado que sea a uo tiempo verdadero pecado
y
distinto del personal y del original . . . por lo mismo ni se le
puede llamar pecado
analógico, según el valor técnico-filosófico,
propio del término, pues él indicaría un pecado propiamente
tal, que es lo que hemos negado. Y tampoco hay lugar a im
poner uoa pena a uoa persona por uo pecado colectivo ( «Al
cance de la expresión "pecado colectivo"», en
Est. Beles., 36
(1961)
319). La única concesión que hace es ésta: «Con todo
nada impide que
la expresión equívoca de pecado colectivo se
emplee en sentido analógico, pero impropio o traslaticio, para
indicar uo pecado en sí personal, pero de índole social o comu
nitaria, por su íntima conexión con influjos antecedentes o coor
dinados o con ramificaciones subsiguientes, acaso como fruto de
uo ambiente y a
la vez propulsor del mismo» (Ibidem, pág. 321 ).
Pienso que
la solución correcta no es tan simple. Es verdad
que el pecado colectivo no conviene con el pecado individual
más que analógicamente,
y que el sumo o primer analogado en-
343
Fundaci\363n Speiro
VICTORINO RODRIGUEZ, O. P.
tre los pecados es el pecado individual-actual-mortal. Pero pensar
y decir que d pecado colectivo es pecado analógicamente no
equivale a decir que lo es traslaticia o metafóricamente,
tal como
se explica Sagüés (pág. 304 ). Pues, además de la analogía me
tafórica existe la analogía de proporcionalidad
propia y la de
atribución intrínseca y extrínseca. No se puede reducir
la ana
logía a metáfora, ni piensan en una metáfora los que hablan de
pecado colectivo ni rehúyen el problema con una «expresión
equívoca». También a las asociaciones se las llama «personas mo
rales» sin incurrir en el equívoco. ¿Será persona la sociedad?
Volveremos sobre ello. Otro extremo
dd problema
es
desacralizar y despersonalizar
el pecado individual, no admitiendo más pecados que el pecado
social o colectivo o estructural, de ámbito intramundano. La fal
ta, de
conciencia de pecado personal como ofensa a Dios viene
siendo denunciada insistentemente por los últimos Papas: «¿Podemos, por ejemplo, excluir de nuestra mentalidad mo
ral el sentido del pecado? No podemos; porque el pecado in
cide en
nuestra relación
con Dios. Es una de las verdades bási
cas de nuestra concepción ético-religiosa; todas nuestras acciones
terminan, positiva o negativamente, en el orden querido por
Dios para nosotros. Sin embargo, la mentalidad radicalmente
laica de nuestro tiempo anula la primera y más fundamental responsabilidad moral, negando u olvidando
la referencia de
nuestras acciones a la mirada de Dios, la referencia negativa es
pecialmente; esto es, la
ofensa hecha a Dios, que es el pecado»
(Alocución de Pablo VI, 8 de agosto de 1973, en
Ectlesia, nú
mero 1.655, pág. 6). Ya Pío XII, en la encíclica
Humani ge
neris, de 1950 (DS 3891), hacía responsable a la «Nueva Teolo
gía» de
pervertir
la doctrina del pecado como ofensa de Dios,
A ello se refirió también Juan Pablo II en distintas ocasio
nes: «El hombre contemporáneo experimenta la
amenaza de una
impasibilidad espiritual y basta de la muerte de
la conciencia;
y esta muerte es algo más profundo que el pecado: es la muerte
dd sentido
del pecado. Innumerables factores contribuyen hoy
a sacrificar la conciencia en los hombres de nuesrro tiempo, y
344
Fundaci\363n Speiro
EL PECADO COLECTNO
ello se corresponde con la realidad que Cristo ha denominado
pecado contra el Espíritu Santo» (Alocución del 1 de abril de
1979, en
Ecclesia, núm. 1.930, pág. 8).
Y con más matizaciones: «Entre los muchos males que afli
gen al mundo contemporáneo, el más preocupante es el de una
pavorosa atenuación del sentido del mal. Para algunos la pala
bra
pecado ha pasado a ser expresión vacía, tras .la que sólo se
han de ver mecanismos sicológicos aberrantes que tomar
a la
normalidad con una adecuado tratamiento terapéutico. Para otros,
el pecado queda reducido a
la injusticia social, fruto de degene
raciones opresoras del
sistema e imputable, por tanto, a cuantos
contribuyen al mantenimiento
de éste. Para algunos otros el
pecado
es una realidad inevitable, debida a inclioaciooes inven
cibles de
la naturaleza humana y, en consecuencia, oo se puede
adjudicar al sujeto la responsabilidad personal del mismo.
Y, en
fin,
hay también quienes admiten el concepto auténtico de pe
cado, pero interpretan arbitrariamente
la ley moral y se distan
cian de las indicaciones del Magisterio
de la Iglesia, alineándose
de este modo con
la mentalidad permisiva de la moda en boga»
(Homilía ante los Obispos de
Italia, 14
de abril de 1983, en
L'Osservatore Romano, ed. esp., 24 de abril de 1983. pág. 1).
Y en Lourdes, el 14 de agosto de 1983: «Hoy, el sentido
mismo de pecado ha desaparecido en parte, porque se está per
diendo el sentido de Dios. Se ha creído poder edificar un hu
manismo sin Dios, y
la fe corre constantemente el riesgo de
aparecer como una originalidad de algunos, sin nada que
ver
con la salvación de todos. Las conciencias se hao oboubilado,
como después del primer pecado, sin distinguir ya el bien
y el
mal»
(L'Osservatore Romano, ed. esp., 21 de agosto de 1983,
pág. 3) (451).
Eo
la encíclica Redemptor hominis, reconociendo expresamen
te
el valor comunitario de la penitencia ( e implícitamente, la
existencia del pecado colectivo), pone todo el énfasis en el pe
cado individual: «En los
último años
se ha hecho mucho para
poner en evidencia
-en conformidad por otra parte, con la an
tigua tradición de la Iglesia- el aspecto
comunitario de la pe-
345
Fundaci\363n Speiro
VICTORINO RODRIGUEZ, O. P.
nitencia, y, sobre todo, del sacramento de la penitencia en la
práctica de la Iglesia. Estas iniciativas son útiles y servirán
ciertamente para enriquecer
la praxis penitencial de la Iglesia
contemporánea. No podemos,
sin embargo, olvidar que ta con
versión es un acto interior de una
especial profundidad,
en el
que el hombre no puede ser sustituido por los otros, no puede
hacerse
reemplazar por
la
comunidad» (núm. 20).
En la Bula
Aperite portas Redemptori (6 de enero de 1983,
núm. 8) hace derivar esta pérdida del sentido teológico del pe
cado de la pérdida del sentido de Dios: «Conviene descubrir el sentido del pecado, y para llegar a ello conviene descubrir el
sentido de Dios. El pecado es, en efecto, una ofensa hecha a
Dios justo
y misericordioso, que exige ser coovenientemente ex
piada
en esta o en
la otra vida».
Esta llamada de atención del Magisterio eclesiástico sobre el
carácter personal y teológico del pecado está motivada, además,
por
la exagerada acentuación del sentido comunitario, socio-po
lítico y laico del pecado, muy en consonancia con la concepción
filosófica que tiene el socialismo del hombre. «No es la con
ciencia del hombre la que determina su ser, sino por el contra
rio, el ser social es lo que determina
.su conciencia»
(Marx). No
peca el hombre; peca la sociedad con sus estructuras injustas,
opresoras del pueblo. El «pecado del mundo» queda reducido
a
la injusticia social. Positivamente, la cumbre del bien común,
las apetencias del pueblo; el primer dogma político, la demo
cracia. Ambientación
política de
este pecado laico-sociológico, el
socialismo liberal, tal como lo describe A.
Millán Puelles: «Cla
ro que el socialismo liberal no es liberal solamente, sino también
y, por supuesto, socialista. Ello quiere decir que concibe a
la
sociedad,
no a las personas humanas individuales, como lo pri
mordial
y sustantivo. De ah! que entienda al Estado como el
primer agente y el primer responsable de la vida social»
(Sobre
el hombre
y la sociedad, Madrid, Ed. Rialp, 1976, pág. 276)'.
En
esa línea va la llamada
«teología de
la liberación» his
panoamericana. «¿Qué es el pecado?
Lo contrario de gracia.
· Cada
uno de estos conceptos o superestructuras se define por
346
Fundaci\363n Speiro
EL PECADO COLECTIVO
orden al otro. La definición, bien sencilla y concreta, hela aquí:
gracia es unidad popular; pecado, no colaborar con ella» (Juan
Luis Segnndo ). Luchar contra el pecado es destruir las estruC· turas opresoras del pueblo. «Se impone aquí el paso
de una
concepción individualista del pecado a otra social
y estructu
ral» (Hugo Assman). El pecado colectivo recriminado en el
An
tiguo Testamento era, ante todo, una rebelión teológica o una
apostasía de Dios en una sociedad teocrática. El pecado colec
tivo de
la teología de la liberación es otra cosa: «Según la teo
logía
de la liberación, ¿ qué pecado es la pérdida interna de la
fe,
la apostasía total consumada en lo íntimo del corazón y co
ll()Oda solamente del apóstata y de Dios? Nada de eso puede
ser pecado desde el momento que el
odio mismo
al prójimo que
no comparte la opción socialista es proclamado un acto bueno, saludable e incluso necesario»
(A. Bandera, O. P., La Iglesia
ante
el proceso de
liberaci6n, Madrid, BAC, 1975 pág. 256).
En esta teoría no cabe más que el pecado colectivo de injusticia
social en clave socialista. En este contexto histórico se entienden bien las palabras del
cardenal Alfonso L6pez Trujillo, Presidente del CELAM, en el
VI Sínodo
de los Obispos, el 3 de octubre de 1983: «El llama
do
pecado social no puede dar lugar a que el pecado personal
sea opacado o tornado como algo secundario. Aunque la confe
rencia de Puebla no empleó el término, se refirió en cierta ma
nera al contenido, sosteniendo
y vigorizando la responsabilidad
personal
y mostrando las consecuencias sociales del mismo ...
Si el término
pecado social resulta legítimo, adviértase que no
se puede reducir, no obstante, su gran importancia a la mera
di
mensión
de la justicia social. Abarca también otras dimensiones.
Merecerían igualmente el nombre de pecados sociales el erotis
mo, la permisividad. Habría incluso que relacionarlo con el
lla
mado pecado del mundo, como sería la poligamia, la dureza de
corazón. No parece correcto confundir simplemente el pecado
so
cial y el pecado que algunos llaman estructural. Este debería
ser referido
más bien a las estructuras o a lo institucional, por
ejemplo,
la educación atea de los niños, la legislación abortiva,.
347
Fundaci\363n Speiro
VICTORJNO RODRJGUEZ, O. P.
etc.» ( en L'Osservatore Romano, ed. esp., 16 de octubre de
1983, pág. 7).
Esta concepción laica y colectivista
del pecado se hace sentir
en la Iglesia universal, según la advertencia de los Papas.
En el
Editorial de
Le Fígaro-Magazine, del 9 de abril de 1983, Luis
Pauwels
hacía este comentario: «Que el
sentido del
pecado sea,
propiamente hablando, el sentido religioso, es evidente para un cristiano; excepto hoy día, si se cree a las abrumadoras estadísticas, para los creyentes desazonados en una Iglesia de Francia que
tiende a reemplazar la confesión personal y
la absolución por no
se qué sesión de grupo donde el problema es
vivir meyor todos
;untos en
el mundo bajo la mirada de un Dios comunitario, ha
biendo dejado Dios, según parece, de considerar a los individuos.
La pérdida del sentido del pecado individual es el efecto de una
religión que se pierde socializándose.
Concluyendo ya este largo apartado, digamos, pues, que el
pecado es ante todo personal o de la persona, pero no de la per sona solitaria e incomunicada, sino solidaria y comunicada: con
Dios siempre; y con los demás hombres normalmente. Todo pe
cado_ es
personal
y es
teológico, y, además de eso, en muchos
casos es colectivo. Ni solipsismo
ni colectivismo.
Juan Pablo II lo indicaba en estos términos: «Con toda
la
tradición de la Iglesia, nosotros creemos que el pecado es per
sonal, en el sentido de que compromete
tu crecimiento en nos
otros. Creemos ignalmente que el pecado es
social, en el sentido
de que, infiltrándose entre las diversas ·responsabilidades que Tú
has confiado a
tu pueblo, en las comunidades eclesiales y en la
sociedad, bloquea
la expansión de tu vida entre nuestros her
manos los hombres, y hieren a tu Cuerpo místico que es la
Iglesia» (Alocución
en Lourdes, 15 de agosto de 1983, en
L'Os
servatore Romano, ed. esp., 21 de agosto de 1983, pág. 6 [ 454] ).
«Es acertado que hoy se preste mayor atención a la dimen
sión social del pecado. Pero
seria peligroso
que
el concepto de
"pecado colectivo" llegara a ofuscar la responsabilidad moral,
propia
y personal· de cada uno de nostros». (Homilía del 15 de
diciembre de 1983, durante la Misa celebrada en
la basffica de
348
Fundaci\363n Speiro
EL PECADO COLECTIVO
San Pedro para estudiantes universitarios y hombres de la cul
tura, en L'Osservatore Romano, ed. esp., 25 de diciembre de
1983, pág. 7 [723] ).
V.
Los grados de la personalidad y la complejidad del
pecado.
Si
todo pecado es de la persona y algunos son real y verda
deramente pecados colectivos, ¿en qué sentido
la sociedad es
persona o
la persona incide en la sociedad para que se pueda
hablar de una acción social o de una estructura social formal e intrínsecamente pecaminosas
y responsablemente punibles? ¿Son
salvables coherentemente estos extremos? Al principio hacía alusión al carácter
analógico del pecado,
refiriéndome concretamente al pecado individual y colectivo. Este
extremo tenemos que conjugarlo con
el carácter también analó
gico de la persona en sus diversos grados de realización. Con
frontamos entonces un
suieto análogo (persona social) y un pre
dicado
análogo (pecado colectivo). De ahí la complejidad del
tema
y la ampliación de las vías de acceso al mismo.
a) Los estratos de la persona.
Cuando decimos que el pecado es de la persona, puesto que
actiones sunt suppositorum, señalamos el subiectum «quod», que
es la persona en su consistencia óntica, expresada en la defini
ción clásica de Boecio:
substancia individual de naturaleza racio
nal (De duabus naturis,
c. 3, ML, 64, 1343 ). Ahora bien, al
afirmar que el pecado nace de la persona y es de la persona, a
la que degrada, enfanga o envicia, no se ha de pensar que la
persona pecadora está corrompida o que se corrompa intrínse
samente en su substancialidad, como suponía Lutero, hasta lle
gar a pensar que «peccatum est de essentia hominis»
(In Gen.,
cap. 3).
349
Fundaci\363n Speiro
VICI'ORINO RODRIGUEZ, O. P.
El pecado, como la moraliélad en general, es un accidente o
cualidad adventicia que afecta
real e intrínsecamente a la per
sona mediante sus facultades libres y responsables por las que
(quibus) se realiza, sin que altere su condición óntica. El justo
que peca, aunque sea «mortalmente», no pierde su individuali~
dad personal, para recuperarla con la justificación. Ni el pecado
ni la acción en general constituye la persona, aunque pertenezca
a la persona. Menos la podrán constituir las relaciones (predi
camentales), fundadas en la acción, «pues aunque la relación en tre en la
significación de
la persona divina, no entra en la
signi
ficación de la persona angélica o humana» (S. Tomás, l, 29, 4
ad 4). Sujeto más inmediato (
subiectum «quo» ), tanto del pecado
actual o culpa como del hábito de pecado o vicio, son las
fa
cultades libres del hombre ( voluntad, razón, apetito) con las que
( «quibus») peca formahnente. Tampoco las facultades humanas
se corrompen o extinguen por pecar, aunque disminuya su dis
ponibilidad natural para la verdad y para el bien y pierdan la supercapacidad de gracia. Pues bien, estas facultades tan per
sonales, en cuyos actos se revela,
dignifica o
degrada la perso
na, realmente distinta de ellas, están expuestas a una infinidad de realizaciones pecaminosas
específicamente diversas: estima
ciones incorrectas o falsa conciencia, amores ilícitos, deseos egoís
tas, odios mortales, etc. De este modo se «analogiza» el sujeto
inmediato del pecado y se «analogiza» el pecado mismo. Esta mediación de las facultades libres del hombre en la rea
lización moral de la persona,
dignificándola o
degradándola,
,a
acentuó muy bien Juan Pablo II en la alocución del 20 de julio
de 1983: «Mediante su actuación libre, la persona humana se
expresa a sí _misma y al mismo tiempo se realiza a sí misma. La
fe de la Iglesia, fundada sobre la Revelación divina, nos enseña
que cada uno de nosotros será juzgado según sus obras. Nótese:
es
nuestra persona la que será juzgada de acuerdo con sus obras.
Por ello se comprende que en nuestras obras es
la persona la que
se expresa, se realiza y -por así decirlo-- se plasma. Cada uno
es responsable no sólo de sus acciones lihres1 sino que, me~
350
Fundaci\363n Speiro
EL. PECADO COLECTIVO
mediante tales acciones, se hace responsable de sí mismo ... La
persona humana no es dueña absoluta de sí misma. Ha sido
creada por Dios. Su s:er es un don: lo que ella es y el hecho mis
mo de su ser
son un don de Dios. . . Sintiéndose recibido cons
tantemente de las manos creadoras de Dios,
el hombre es res
ponsable ante El de lo que hace. Cuando
el acto realizado li
bremente es
conforme al ser de la persona, es bueno. Es nece
sario subrayar esta relaci6n fundamental entre
el acto realizado
y
la persona que lo realiza ... La verdadera y más profunda aliena
ción del hombre consiste en
la acción moralmente mala: en ella
la persona no pierde lo que
tiene, sino lo que es, es decir, se
pierde a
si misma. «¿Qué le impotta al hombre ganar el mundo
entero,
si se pierde a sí mismo?», nos dice el Señor. El único
verdadero mal,
absolutamente mal para la persona humana es el
mal moral» (en
L'Osservatore Romano, ed. esp., 24 de julio de
1983, pág. 3).
La realización, pues, del bien y del mal moral, aunque no
constituya a la persona en su estructura óntica
ni en sus facul
tades naturales ( todo ello es don recibido de Dios ya constituido),
es de la persona y la califica definitiva o absolutamente en su
ser moral, donde se verifica el bien y el mal humano definitivo,
por encima o más allá del
ser substantivo, de acuerdo con la
conocida distinción de Santo 'Tomás: «Así, pues, por el primer
ser, que es el substancial, se dice que algo
es absolutamente
(simpliciter) y que es bueno relativamente (secundum quid), esto
es, en cuanto que es ser; pero por el acto último se dice que
algo
es relativamente y que es bueno absolutamente» (Suma Teo
l6gica,
I, 5, 1 ad 1): «el bien moral es de algún modo mayor
bien que el bien natural, en cuanto que es acto y perfección del bien natural, aunque de algún modo el bien natural es mejor,
como es mejor la substancia que el accidente»
(De malo, 2,
2 ad 2).
Tenemos ya que el pecado es de la persona o individuo hu
mano y se realiza por y en las facultades libres del hombre en
las que adquiere una gran diversidad analógica. ¿Admite más ampliaciones el agente
y sujeto personal hacia la sociedad donde
351
Fundaci\363n Speiro
VICTORINO RODRIGUBZ, O. P.
pueda darse el pecado colectivo? En otros términos, ¿la solidaridad de las personas constituye un sujeto personal distinto, de
modo que el pecado de cooperaci6n sea distinto de
la suma de
los
pecados individuales
de las personas solidarias?
En la
realliación del bien, máxime en el orden de la gracia,
es más perceptible esta solidaridad con vital intercomunicación en
el cuerpo místico, en que insistió tanto San Pablo (cfr. Con
cilio Vaticano II,
Lumen gentium, núm. 7). Pero también en el
orden menos vital y más disgregador del pecado y del vicio es
comprobable en razón de la
socialidad de
los hombres.
No se trata de hipostasiar o personificar
a la
sociedad en sí.
No; la
sociedad y
las sociedades son unidades accidentarias de
orden, no unidades substanciales o hipostáticas. Están constitui
das por
personas relacionadas por interferencias de acciones. La
relación no constituye a la persona humana (Santo Tomás, Suma
Teológica,
I, 29, 4 ad 4), pero sí a la sociedad. El hecho de que
a la persona se la
reconozca muy
especialmente por su interco
comunicación y vida social no debe dar pie para identificarla on
tológicamente con la relación social.
Sería reducir
el
ser al co
nocer,
la substancia al accidente.
En el supuesto de que
la sociedad está constituida por per
sonas dinámicamente
correlacionadas
cabe distinguir realmente
en ellas la acción propia e individual y
la acción común, solidaria,
que es de todos y de cada uno en conjunción de responsabilida
des. Quien opera entonces son los supuestos o personas indivi
duales (no la mera relación social), pero corresponsabilizados en
la acción común.
Santo Tomás, para demostrar que la ética individual difiere
específicamente de
la ética social, adelanta esta consideración:
«Ha de saberse que este todo que es
la multitud civil o la fa
milia doméstica, tiene sólo unidad de orden, por lo cual no es
algo absolutamente uno. Por eso la parte de este todo puede te ner una operación que no es la operación del todo, como el sol
dado en el ejército tiene una operación que no es de todo el
ejército. Sin embargo, el mismo todo tiene alguna operación, que
no es propia de alguna de las partes, sino del todo, como por
352
Fundaci\363n Speiro
EL PECADO COLECTNO
ejemplo, la batalla es de todo el ejército, y la tracción de la nave
es obra
de todos los que tiran de ella»
(I Ethicorum, lect. 1, nú
mero
5. Sobre la naturaleza relacional de la sociedad e insubs
tancialidad o inconsistencia de la relación, cfr. Santo Tomás,
Suma
Teol6gica,
I, 31, 1 ad 2; III, 4, 1 ad 4; De Pot., 8,3 ad 7).
¿Es que
esa acción del
todo social, distinta de las acciones
individuales, es
impersonal? ¿Nadie es responsable de la batalla
ganada o perdida, de la conducción de la nave del Estado, de
la legislación parlamentaria justa o injusta? ¿Mera suma de ac
ciones individuales? Pienso que no. En todo caso la suma de
acciones individuales no daría una acción solidaria específicamen
te distinta, según el principio magis et minus non mutat speciem.
Esta incidencia de lo personal en lo social tiene su origen
y razón de ser en la naturaleza
social del hombre. La persona
humana, sociable por naturaleza, no puede menos de obrar so
cialmente en muchas de sus actividades, especialmente en las de
orden familiar, social y político.
Entonces obra la persona como
ser social, en solidaridad con otras personas, socialmente corre
lacionadas con ella y corresponsables de la acción común. La
soledad ontológica del individuo humano,
in se indistinctum, ah
aliis vero distinctum (Suma Teol6gica,
I, 29, 4), se abre a la
comunicación con los demás
y a la corresponsabilidad por la
acción vinculante. La acción social, pues, no es una universaliza
ción de la acción individual (universa/e in essendo), sino una
uníversalizaci6n de cooperación (universale in causando). Ello no
supone ni exige un
colectivo hipostático; bastan los individuos,
ontológicamente distintos, coordenados en la vida social, en la
que asumen responsabilidades específicas. En este supuesto se basa la doctrina tomista, que es ya del
Magisterio eclesiástico, de que la
justicia social o del bien co
mún es una justicia especí/tcamente distinta, en especie átoma,
de la ¡usticia individual. Esta regula las relaciones de alteridad
de individuo a individuo; aquélla regula las relaciones de los
hombres como
seres sociales con la sociedad. Así como en el
orden del conocimiento -decía- difieren específicamente
la
ética
individual
y la ética social, así en el orden de la justicia
353
Fundaci\363n Speiro
VICTORINO RODRIGUBZ, O. P.
difieren específicamente la justicia individual y la justicia so
cial;
y en d orden cid mal difieren específicamente d pecado
individual
y d pecado colectivo.
Decía que
d hombre
no puede menos de obrar socialmente
en muchas de sus actividades; no en todas. No se puede socia
lizar totalmente la vida del hombre, porque «el hombre no se
ordena a
la comunidad política en todo su ser y en todas sus
cosas», según nos advierte Santo Tomás (l-11, 21, 4 ad 3 ). No
obstante,
la convivencia social es indispensable pata la realiza
ción de la persona,
como enseña
el Concilio Vaticano II (Gadium
et Spes, núm. 25). Insiste en ello Juan Pablo II: «El sentido
conquistado de solidatidad con toda la humanidad se concreta, ante todo, en una trama de rdaciones, en las cuales
el hombre
es llamado primariamente a vivir y a expresarse, prestándoles su
aportación y recibiendo de ellas, a su vez, un considerable
in
flujo
sobre
el desarrollo de la propia personalidad. En los diver
sos ambientes en que se realiza su crecimiento, el hombre se
educa para percibir el valor de pertenecer a un pueblo, como
condición indudible para vivir las dimensiones del mundo. Los
binomios
hombre-mujer, persona-sociedad
y, más radicalmente,
alma-cuerpo, son las dimensiones constitutivas del hombre» (Alo
cución de 9 de noviembre de 1983, en L'Osservatore Romano,
ed. esp., 13 de noviembre de 1983, pág. 3).
b) La persona social, agente y sujeto responsabk del pecado
colectivo.
A la pregunta que traemos entre manos de si el pecado so
cial o colectivo es de la persona, creo que podemos ya responder:
sí anal6gicamente, refiriendo
la analogía tanto a la persona como
al pecado. No hipostasiando a la sociedad (pues la sociedad
no
es
un subsistens distinctum
), ni «societizando» metafísicamente
a la persona (pues persona dicitur
ad se,
non
ad alterum ),
sino
proyectando la
acci6n personal (libre y responsable) sobre el
cuerpo social en su doble relación de término
y de coprincipio
354
Fundaci\363n Speiro
EL PECADO COLECTWO
agente. Ni tampoco diluyendo la maldad del pecado colectivo
en el anonimato de la masa o en una unidad abstracta inexis
tente, sino dándole la
especificidad propia, distinta de la del pe
cado meramente individual, en todas y cada una de las personas
cooperadoras, con sus circunstancias agravantes (v. gr. el
escán
dalo, mayor eficacia y universalidad) y atenuantes (generalmente
menor reflexión personal, cuando no se busca la cooperación
precisamente para eludir responsabilidades jurídicas personales).
En cuanto al tipo de analogía vigente .en esta realidad tan
compleja del pecado colectivo, pienso que se pueden detectar todos: el de proporcionalidad propia y de atribución intrínseca
( que son los que más vienen al caso en nuestro
planteamiento
del
problema), el de atribución extrínseca y el de proporciona
lidad metafórica. No es este el momento de adentramos en ul
teriores dilucidaciones.
VI. La pena del pecado colectivo.
Existen pecados colectivos específicos de enorme gravedad.
Antes hice alusión, a modo de ejemplo, a la legislación democrática del aborto, de la eutanasia, de la enseñanza antirreligiosa,
a
la agresión colectiva, a la apostasía generalizada, a la deshuma
nización libertista.
En caso de legalización del pecado, del per
misivismo injustificado o de la despenalización del delito into
lerable, no hay lugar a la sanción penal jurídica. Pero la sanción
teológica, en esta vida o en la otra no admite evasivas. Muchas
veces es la misma sociedad
1.a que
se encarga de vengar los
pe
cados colectivos. En una ocasión David confesó que prefería caer
en manos de Dios que en manos de los hombres (II
Samuel, 24,
14 ). En todo caso para castigar colectivamente a los hombres
a Dios le basta retirarles su protección providente, según cons
ta en Rom., 1, 28-32): «Y como no procuraron conocer a Dios,
Dios los entregó a su réprobo sentir, que los lleva a cometer tor
pezas y a llenarse de toda injusticia, malicia, avaricia, maldad;
llenos de envidia, dados al homicidio, a contiendas, a engafios,
a la malignidad; chismosos o calumniadores, aborrecidos de Dios,
355
Fundaci\363n Speiro
VICI'ORINO RODRIGUEZ, O. P.
ultrajadores, orgullosos, fanfarrones, inventores de maldades, re
beldes
a sus padres, insensatos, desleales, desamorados, despia
dados; los cuales, conociendo la sentencia
de Dios, que quienes
tales cosas bacen son dignos de muerte, no sólo las hacen, sino
que aplauden a quienes las hacen». A la vista de este texto es
fácil advertir que el mayor castigo
o pena del pecado es que Dios permita caer en situación colec
tiva de pecado. Ello es más penoso que el flagelo de la epidemia,
de la riada, del accidente, de la guerra y de los demás males
fí
sicos con los que puede Dios castigar a la humanidad pecadora
en este mundo. ¿ Y en la otra vida? ¿Existe también el castigo colectivo?
Desde luego. El infierno es, por definición, un castigo colectivo:
« Y dirá a los de la izquierda: apartaos de mí, malditos, al fue
go eterno, preparado para el diablo y para sus ángeles»
(Mt., 25,
41). Y aunque no hubiese castigo compartido, sí habría sanción
personal por el pecado colectivo
del que es personalmente res
ponsable cada uno de los cooperadores.
Digamos, finalmente, que la pena del pecado colectivo asu
mida voluntariamente, en actitud penitenciai virtuosa, será más
completa y adecuada cuando se asume también colectivamente,
que es precisamente el sentido de las celebraciones comunitarias
de la Penitencia, como preparación para la confesión
y absolu
ción sacramental personal.
356
Fundaci\363n Speiro
EXISTENCIA Y NATURALEZA
POR
VICTORINO RODRÍGUEZ, 0. P.
l. Primer acercamiento al tema.
Quien se acerque en actitud indagadora a la problemática del
pecado moral o culpa se encontrará de primeras con tal diversi
dad de términos, de conceptos y de actitudes que toda la
flexi
bilidad analógica del lenguaje resultará demasiado rígida para
moverse con facilidad en este
enmarañado campo
moral.
¿ Qué
son, en qué se parecen y en qué difieren el pecado
actual y el
pecado
habitual, el pecado mortal y el pecado venial, el pecado
original y el pecado personal, el pecado individual y el pecado
colectivo, la acción pecaminosa y el hábito de pecado o vicio,
el pecado
ético y el pecado teológico?
No pienso tratar a fondo y extensamente toda la teología
del pecado; quiero prestar especial atención al pecado
colecti
vo,
al que se suele aludir frecuentemente estos últimos años,
cuya definición e imputabilidad resulta difícil.
illtimamente se
ocup6 de él el VI Sínodo de los Obispos (Roma, octubre 1983).
La dificultad nace de que en el pecado
colectivo o social el fac
tor
libertad personal parece diluirse en la sociedad. Parecida
dificultad, y aun mayor, ofrece la teología del pecado original
originado o hereditario, al que algunos quieren identificar con
el pecado colectivo.
337
Fundaci\363n Speiro
VICTORINO RODRIGUEZ, O. P.
11. ¿Existe realmente el pecado colectivo? En
la literatura veterotestamentaria no s6lo existe el pecado
colectivo del pueblo de Israel, sino que es presentado en primer
plano,
más censurado
y castigado que el pecado individual. So
doma y Gomorra fueron castigadas comunitariamente por su
maldad colectiva, sin que Dios encontrase
diez justos
que aplaca
sen
la justicia divina, según se narra en el Génesis, 18,20-19,25.
El profeta
Isa/as empieza sus vaticinios con estas tremendas
admoniciones: «¡Oíd, cielos! ¡Escucha, tierra! ¡Que habla Yavé!
Y o he creado hijos
y los he engrandecido, y ellos se han rebela
do contra
mí ... ¡Oh gente pecadora, pueblo cargado de iniqui
dad, raza malvada, hijos desnaturalizados! Se han apartado de
Y avé, han renegado del Santo de Israel, le han vuelto las es
paldas ... Si Yavé Sebaot no nos hubiera dejado un resto, se
ríamos ya como Sodoma; escucha
la doctrina de nuestro Dios,
pueblo de Gomorra. Lavaos, limpiaos, quitad
de ante mis ojos
la iniquidad de vuestras aciones» (Is., 1, 2, 4, 9, 16).
El profeta
Baruc confiesa que «hemos pecado contra el Se
ñor, nuestro Dios,
y la c6lera del Señor y su furor no se apart6
de nosotros hasta el presente ... ; porque pecamos en presencia
del Señor y no le obedecimos ni escuchamos la voz del Señor,
nuestro Dios, ni caminamos por los preceptos del Señor, que
él nos dio» (Baruc, 1, 13, 17, 18).
Pecado colectivo
y sanci6n comunitaria es lo que reflejan
también aquellas palabras de Cristo: «¡Jerusalén, Jerusalén, que
matas a los profetas
y apedreas a los que te son enviados! ¡Cuán
tas
veces quise reunir a tus hijos a
la manera que la gallina
reúne a sus pollos bajo las alas y no quisiste! Vuestra casa
quedará desierta» (Mt., 23,37-38). Solidaridad en el pecado ex
pres6
el pueblo en la condena de Jesús: «Y todo el pueblo
constest6 diciendo: Caiga su sangre sobre nosotros y sobre nues tros hijos»
(Mt., 27, 25).
También es notable
la referencia de San Pablo al pecado co
lectivo de la gentilidad:
« Y como no procuraron conocer a Dios,
338
Fundaci\363n Speiro
EL PECADO COLECTIVO
Dios los entregó a un réprobo sentir, que los lleva a cometer torpezas
y a llenarse de teda injusticia, malicia, avaricia, mal
dad,,, (Rom., 1,28-29).
No obstante, el pecado
individual o personal, empezando
por el de Eva, está operando y es justamente recriminado en todo
el Antiguo Testamento. «En esos días -anunciaba Jeremías- no se dirá ya más: Nuestros padres comieron agraces y los hi
jos sufrimos
la dentera, sino que cada uno morirá por su propia
iniquidad»
(fer., 31,29-30). Y el profeta Ezequiel: «El alma
que pecare, esa morirá; el hijo no llevará sobre sí la iniquidad
del padre,
ni el padre la del hijo, la justicia del justo será so
bre
él, y sobre él será la iniquidad del malvado» (Ez., 18, 20).
Mucho más acentuada
quedó la
responsabilidad del pecado in
dividual en el Nuevo Testamento, alcanzando muy especialmen te la vida personal interior: «Lo que sale del hombre, eso es lo
que mancha al hombre, porque
de dentro, del corazón del hom
bre proceden los pensamientos malos, las fornicaciones, los hur
tos, los homicidios, los adulterios, las codicias, las maldades, el
fraude,
la impureza, la envidia, la blasfemia, la altivez, la insen
satez»
(Me., 7,20-22).
Resumiendo este punto de vista bíblico diré con M. García
Cordero, O. P.: «La misma justicia divina -principal atributo
de Dios en la mentalidad semítica- es concebida dentro del
marco de
responsabilidad colectiva, basada en el principio de la
solidaridad de la comunidad nacional . . . No obstante, ese fuerte
sentimiento de solidaridad en
el bien y en el mal tan fuerte
mente enraizado en
la conciencia israelita antes del exilio ba
bil6nko, no
podemos afirmar que se
anuÍara totalmente la per
sonalidad del individuo. Los profetas Jeremías y Ezequiel
pro
curaron
orientar las conciencias en sentido más personal. Se
desarrolla
el sentido de la responsabilidad individual» ( «Las
diversas clases de pecados en
la Biblia», en La Ciencia Tomis
ta 85
(1958) (407-409).
En
el Magisterio Eclesiástico se encuentran alusiones más o
menos explícitas al pecado colectivo, sin mayores preocupacio
nes por su especificidad. «El hombre es, en efecto, por su
ín-
339
Fundaci\363n Speiro
VICTORINO RODRIGUBZ, O. P.
tima naturaleza, un ser social, y no puede vivir ni desplegar sus
cualidades sin relacionarse con los demás» ( Conc. Vaúcano
II,
Gaudium et Spes, núm. 12). «Toda la vida humana, la indivi
dual y la colectiva, se presenta como lucha, y por cierto dra
máúca, entre el bien y el mal» (Ibidem, núm. 13 ). «Mas si la
persona humana, en lo tocante al cumplimiento
de su vocación,
incluida la religiosa, recibe mucho
de esta vida en sociedad, no
se puede,
sin embargo, negar que las circusntancias sociales en
que vive
y en que está como inmersa desde su infancia, con
frecuencia le apartan del bien
y le inducen al mal. Es cierto
que las perturbaciones que tan frecuentemente agitan la realidad social proceden en parte
de las tensiones propias de las estructu
ras
económicas, políúcas y sociales. Pero proceden, sobre todo,
de la soberbia y del egoísmo humanos, que trastornan también
el
ambiente social. Y cuando la realidad social se ve viciada por
las consecuencias
del pecado, el hombre, inclinado ya al mal
desde su nacimiento, encuentra nuevos estímulos para el pecado»
(lbidem, núm. 25). «Es de suma urgencia proceder a una reno
vación en la educación de la mentalidad
y a una nueva orienta
ción en la
opinión pública ... Para edificar la paz se requiere,
ante todo, que
se desarraiguen las causas de discordia entre los
hombres, que son las que alimentan las guerras ... Como,
ade
más, existen los mismos males en las relaciones internacionales,
es totalmente necesario que, para vencer y prevenir semejantes
males y para reprimir las violencias desenfrenadas, las institucio
nes internacionales cooperen
y se coordinen mejor y más firme
mente y se estimule sin descanso la creación de organismos que
promuevan la paz» (Ib!dem, núms. 82, 83 ).
Posteriormente, en los Prenotandos al Ritual de la peniten
cia,
de la Sagrada Congregación para el Culto Divino (1975),
se hace mención del pecado individual
y del pecado solidario
o colecúvo: «Porque el pecado es una ofensa hecha a Dios, que rompe nuestra amistad con
él, la finalidad última de la peni
tencia consiste en lograr que amemos intensamente a Dios y nos
consagremos a
él . . . Además hay que tener presente que los
hombres, con frecuencia, cometen
la injusticia con;untamente.
340
Fundaci\363n Speiro
EL PECADO COLECTIVO
Del mismo modo se ayudan mutuamente cuando hacen peniten
cia
pata que
librados
del pecado por . la gracia de Cristo, unidos
a todos los hombres de buena voluntad, trabajen en el mundo
por el progreso de la justicia
y de la paz» (núm. 5).
Por último,
Juan Pablo II, en el discurso de clausura del
VI Sínodo de los Obispos (Roma, 29-X-1983 ), advierte que «si se puede
y se debe hablar de pecado social, e incluso de pecado
estructural
-en sentido analógico, puesto que el pecado es pro
piamente un acto de la persona-, surge ante ·nosotros, en cuanto
pastores y teólogos, el problema siguiente: «¿qu.é penitencia y
qu.é reconciliación social deben corresponder a este pecado analó
gico?»
(L'Osservatore Romano,
ed. esp., 6 de noviembre pág. 12).
A su vez
la experiencia nos muestra hechos y situaciones
pecaminosas de
dimensiones sociales o colectivas indubitables:
guerras ofensivas de ocupación injustificable, programación y
realización de subversión social, campaña organizada de ateísmo
e inmoralidad, legislación democrática contraria a la ética natu
ral, el permisivismo del desorden público, la opresión partito crática o pseudodemocrática
¿ Qué
creyente no calificaría de
gra
vísimo pecado colectivo una sesión parlamentaria que aprobase
la ley de aborto o de eutanasia o de enseñanza antireligiosa? Y
la legislación consiguiente, ¿no sería un vicio estructural o insti
tucional? Y
la misma «pérdida generalizada del sentido del pe
cado» que denunciaba Pío XII (Radiomensaje al Congreso Ca tequístico de Chicago, 26 de octubre de 1946), ¿no es un tre
mendo pecado colectivo?
III. El problema de la· especificidad del pecado colectivo.
Cuando hablamos de pecado «colectivo», de pecado «social»,
de pecado «estrnctnral», nos referimos no
tanto al
término o
efecto del pecado individnal que atenta contra el orden social
o bien de la colectividad, sino al pecado activo solidario, a
la
cooperación en el mal, tenga por término inmediato un grupo
social, v. gr. el genocidio, o a una sola persona, v. gr. la coope
ración a un homicidio.
341
Fundaci\363n Speiro
VICTORINO RODRIGUEZ, O. P.
¿Existe realmente el pecado colectivo, específicamente dis
tinto del pecado individual? El problema es especulativamente arduo. No hago cuestión
ni de la terminología ni del hecho de
su existencia tal como ha sido registrado anteriormente, sino
de su naruraleza o especificidad. Especificidad que no nace de
su objeto material, común al pecado individual y al pecado co
lectivo,
ni de su subiectum quo o facultad ( como se distinguen
los pecados de
la razón y de la voluntad), sino de su subiectum
quod o suposital ¿Es la sociedad un colectivo o una estructura,
sujeto formal de pecado? ¿Es sujeto culpable
la sociedad? ¿Pue
de ser formalmente pecaminosa una institución?
¿Se dan accio
nes sociales moralmente imputables a
la sociedad? ¿No es ver
dad que
las acciones son de las personas (Actiones sunt suppo
sitorum)?
Hemos visto cómo Juan Pablo II al hablar del «pecado
social» advertía expresamente que «el pecado es propiamente
un acto de
la persona».
IV. Ni personalismo solipsista ni colectivismo impersonal.
De acuerdo que las actiones sunt suppositorum (Santo To
más,
Suma Teo/6gica, III, 7, 13), y que el pecado moral o culpa
es un
acto humano malo (I-II, 71, 6), es decir, «un hecho, un
dicho o un deseo contra
la ley divina», como lo deSctibía San
Agustín (Contra Faustum, XXII, 27, ML, 42, 418); y que, por
consiguiente,
al pecado hay que referirlo e imputarlo primor
dialmente a la persona o supuesto como a
subiectum quod, de
cara a Dios que es
la persona ofendida antes que nadie: «Con
tra ti, sólo contra ti he pecado, he hecho lo malo a rus ojos»,
confesaba David
(Salmo, 51, 6), habiendo pecado contra Urías
(II Samuel, cap. 11). Y aunque
la realidad del pecado se veri
fique de modos esencialmente diversos,
no univoca, sino analó
gicamente, en el acto pecaminoso o culpa y en el hábito de pe
cado o vicio, en el pecado mortal y en el pecado venial, en el
pecado «originado» o hereditario
y en el pecado personal, en
el pecado individual y en el pecado colectivo, la nota de per-
342
Fundaci\363n Speiro
EL PECADO COLECTIVO
sopalidad, tanto por parte de la persona ofensora (hombre) como
por parte de la persona ofendida (Dios, ante todo) hay que sal
varla siempre. Se trata de uo acto
humano malo (Suma Teoló
gica,
1-II, 71, 6) que es «cierta ofensa de Dios, que excluye de
la vida eterna» (1-II, 114, 2). Incluso el pecado original origi nado, en el que parece salvarse el mínimo de libertad (y por eso
se le suele contradistinguir del pecado «personal») es pecado
o mácula de la persona: «Inest
unicuique proprium», como de
fine el Concilio
de Trento (Ses. V, can. 3, DS, 1513 ).
Esie carácter
personal de todo pecado propiamente dicho ha
movido o mueve a algunos teólogos a «privativar» del todo al
pecado y a negar la existencia del pecado colectivo.
La sociedad
no peca; las instituciones o estructuras y las situaciones no son
formalmente pecaminosas; el llamado pecado colectivo no es
más que la colección o
suma de pecados individuales o persona
leS; las estructuras y situaciones no son malas en sí, sino efec
tos de pecados personales que inducen, a su vez, a pecados per
sonales. Esta es
la posición que había adoptado, en definitiva,
el padte
Jos'é Sagüés, S. J.: «No se da el pecado colectivo es
tricto,
o sea, uo pecado que sea a uo tiempo verdadero pecado
y
distinto del personal y del original . . . por lo mismo ni se le
puede llamar pecado
analógico, según el valor técnico-filosófico,
propio del término, pues él indicaría un pecado propiamente
tal, que es lo que hemos negado. Y tampoco hay lugar a im
poner uoa pena a uoa persona por uo pecado colectivo ( «Al
cance de la expresión "pecado colectivo"», en
Est. Beles., 36
(1961)
319). La única concesión que hace es ésta: «Con todo
nada impide que
la expresión equívoca de pecado colectivo se
emplee en sentido analógico, pero impropio o traslaticio, para
indicar uo pecado en sí personal, pero de índole social o comu
nitaria, por su íntima conexión con influjos antecedentes o coor
dinados o con ramificaciones subsiguientes, acaso como fruto de
uo ambiente y a
la vez propulsor del mismo» (Ibidem, pág. 321 ).
Pienso que
la solución correcta no es tan simple. Es verdad
que el pecado colectivo no conviene con el pecado individual
más que analógicamente,
y que el sumo o primer analogado en-
343
Fundaci\363n Speiro
VICTORINO RODRIGUEZ, O. P.
tre los pecados es el pecado individual-actual-mortal. Pero pensar
y decir que d pecado colectivo es pecado analógicamente no
equivale a decir que lo es traslaticia o metafóricamente,
tal como
se explica Sagüés (pág. 304 ). Pues, además de la analogía me
tafórica existe la analogía de proporcionalidad
propia y la de
atribución intrínseca y extrínseca. No se puede reducir
la ana
logía a metáfora, ni piensan en una metáfora los que hablan de
pecado colectivo ni rehúyen el problema con una «expresión
equívoca». También a las asociaciones se las llama «personas mo
rales» sin incurrir en el equívoco. ¿Será persona la sociedad?
Volveremos sobre ello. Otro extremo
dd problema
es
desacralizar y despersonalizar
el pecado individual, no admitiendo más pecados que el pecado
social o colectivo o estructural, de ámbito intramundano. La fal
ta, de
conciencia de pecado personal como ofensa a Dios viene
siendo denunciada insistentemente por los últimos Papas: «¿Podemos, por ejemplo, excluir de nuestra mentalidad mo
ral el sentido del pecado? No podemos; porque el pecado in
cide en
nuestra relación
con Dios. Es una de las verdades bási
cas de nuestra concepción ético-religiosa; todas nuestras acciones
terminan, positiva o negativamente, en el orden querido por
Dios para nosotros. Sin embargo, la mentalidad radicalmente
laica de nuestro tiempo anula la primera y más fundamental responsabilidad moral, negando u olvidando
la referencia de
nuestras acciones a la mirada de Dios, la referencia negativa es
pecialmente; esto es, la
ofensa hecha a Dios, que es el pecado»
(Alocución de Pablo VI, 8 de agosto de 1973, en
Ectlesia, nú
mero 1.655, pág. 6). Ya Pío XII, en la encíclica
Humani ge
neris, de 1950 (DS 3891), hacía responsable a la «Nueva Teolo
gía» de
pervertir
la doctrina del pecado como ofensa de Dios,
A ello se refirió también Juan Pablo II en distintas ocasio
nes: «El hombre contemporáneo experimenta la
amenaza de una
impasibilidad espiritual y basta de la muerte de
la conciencia;
y esta muerte es algo más profundo que el pecado: es la muerte
dd sentido
del pecado. Innumerables factores contribuyen hoy
a sacrificar la conciencia en los hombres de nuesrro tiempo, y
344
Fundaci\363n Speiro
EL PECADO COLECTNO
ello se corresponde con la realidad que Cristo ha denominado
pecado contra el Espíritu Santo» (Alocución del 1 de abril de
1979, en
Ecclesia, núm. 1.930, pág. 8).
Y con más matizaciones: «Entre los muchos males que afli
gen al mundo contemporáneo, el más preocupante es el de una
pavorosa atenuación del sentido del mal. Para algunos la pala
bra
pecado ha pasado a ser expresión vacía, tras .la que sólo se
han de ver mecanismos sicológicos aberrantes que tomar
a la
normalidad con una adecuado tratamiento terapéutico. Para otros,
el pecado queda reducido a
la injusticia social, fruto de degene
raciones opresoras del
sistema e imputable, por tanto, a cuantos
contribuyen al mantenimiento
de éste. Para algunos otros el
pecado
es una realidad inevitable, debida a inclioaciooes inven
cibles de
la naturaleza humana y, en consecuencia, oo se puede
adjudicar al sujeto la responsabilidad personal del mismo.
Y, en
fin,
hay también quienes admiten el concepto auténtico de pe
cado, pero interpretan arbitrariamente
la ley moral y se distan
cian de las indicaciones del Magisterio
de la Iglesia, alineándose
de este modo con
la mentalidad permisiva de la moda en boga»
(Homilía ante los Obispos de
Italia, 14
de abril de 1983, en
L'Osservatore Romano, ed. esp., 24 de abril de 1983. pág. 1).
Y en Lourdes, el 14 de agosto de 1983: «Hoy, el sentido
mismo de pecado ha desaparecido en parte, porque se está per
diendo el sentido de Dios. Se ha creído poder edificar un hu
manismo sin Dios, y
la fe corre constantemente el riesgo de
aparecer como una originalidad de algunos, sin nada que
ver
con la salvación de todos. Las conciencias se hao oboubilado,
como después del primer pecado, sin distinguir ya el bien
y el
mal»
(L'Osservatore Romano, ed. esp., 21 de agosto de 1983,
pág. 3) (451).
Eo
la encíclica Redemptor hominis, reconociendo expresamen
te
el valor comunitario de la penitencia ( e implícitamente, la
existencia del pecado colectivo), pone todo el énfasis en el pe
cado individual: «En los
último años
se ha hecho mucho para
poner en evidencia
-en conformidad por otra parte, con la an
tigua tradición de la Iglesia- el aspecto
comunitario de la pe-
345
Fundaci\363n Speiro
VICTORINO RODRIGUEZ, O. P.
nitencia, y, sobre todo, del sacramento de la penitencia en la
práctica de la Iglesia. Estas iniciativas son útiles y servirán
ciertamente para enriquecer
la praxis penitencial de la Iglesia
contemporánea. No podemos,
sin embargo, olvidar que ta con
versión es un acto interior de una
especial profundidad,
en el
que el hombre no puede ser sustituido por los otros, no puede
hacerse
reemplazar por
la
comunidad» (núm. 20).
En la Bula
Aperite portas Redemptori (6 de enero de 1983,
núm. 8) hace derivar esta pérdida del sentido teológico del pe
cado de la pérdida del sentido de Dios: «Conviene descubrir el sentido del pecado, y para llegar a ello conviene descubrir el
sentido de Dios. El pecado es, en efecto, una ofensa hecha a
Dios justo
y misericordioso, que exige ser coovenientemente ex
piada
en esta o en
la otra vida».
Esta llamada de atención del Magisterio eclesiástico sobre el
carácter personal y teológico del pecado está motivada, además,
por
la exagerada acentuación del sentido comunitario, socio-po
lítico y laico del pecado, muy en consonancia con la concepción
filosófica que tiene el socialismo del hombre. «No es la con
ciencia del hombre la que determina su ser, sino por el contra
rio, el ser social es lo que determina
.su conciencia»
(Marx). No
peca el hombre; peca la sociedad con sus estructuras injustas,
opresoras del pueblo. El «pecado del mundo» queda reducido
a
la injusticia social. Positivamente, la cumbre del bien común,
las apetencias del pueblo; el primer dogma político, la demo
cracia. Ambientación
política de
este pecado laico-sociológico, el
socialismo liberal, tal como lo describe A.
Millán Puelles: «Cla
ro que el socialismo liberal no es liberal solamente, sino también
y, por supuesto, socialista. Ello quiere decir que concibe a
la
sociedad,
no a las personas humanas individuales, como lo pri
mordial
y sustantivo. De ah! que entienda al Estado como el
primer agente y el primer responsable de la vida social»
(Sobre
el hombre
y la sociedad, Madrid, Ed. Rialp, 1976, pág. 276)'.
En
esa línea va la llamada
«teología de
la liberación» his
panoamericana. «¿Qué es el pecado?
Lo contrario de gracia.
· Cada
uno de estos conceptos o superestructuras se define por
346
Fundaci\363n Speiro
EL PECADO COLECTIVO
orden al otro. La definición, bien sencilla y concreta, hela aquí:
gracia es unidad popular; pecado, no colaborar con ella» (Juan
Luis Segnndo ). Luchar contra el pecado es destruir las estruC· turas opresoras del pueblo. «Se impone aquí el paso
de una
concepción individualista del pecado a otra social
y estructu
ral» (Hugo Assman). El pecado colectivo recriminado en el
An
tiguo Testamento era, ante todo, una rebelión teológica o una
apostasía de Dios en una sociedad teocrática. El pecado colec
tivo de
la teología de la liberación es otra cosa: «Según la teo
logía
de la liberación, ¿ qué pecado es la pérdida interna de la
fe,
la apostasía total consumada en lo íntimo del corazón y co
ll()Oda solamente del apóstata y de Dios? Nada de eso puede
ser pecado desde el momento que el
odio mismo
al prójimo que
no comparte la opción socialista es proclamado un acto bueno, saludable e incluso necesario»
(A. Bandera, O. P., La Iglesia
ante
el proceso de
liberaci6n, Madrid, BAC, 1975 pág. 256).
En esta teoría no cabe más que el pecado colectivo de injusticia
social en clave socialista. En este contexto histórico se entienden bien las palabras del
cardenal Alfonso L6pez Trujillo, Presidente del CELAM, en el
VI Sínodo
de los Obispos, el 3 de octubre de 1983: «El llama
do
pecado social no puede dar lugar a que el pecado personal
sea opacado o tornado como algo secundario. Aunque la confe
rencia de Puebla no empleó el término, se refirió en cierta ma
nera al contenido, sosteniendo
y vigorizando la responsabilidad
personal
y mostrando las consecuencias sociales del mismo ...
Si el término
pecado social resulta legítimo, adviértase que no
se puede reducir, no obstante, su gran importancia a la mera
di
mensión
de la justicia social. Abarca también otras dimensiones.
Merecerían igualmente el nombre de pecados sociales el erotis
mo, la permisividad. Habría incluso que relacionarlo con el
lla
mado pecado del mundo, como sería la poligamia, la dureza de
corazón. No parece correcto confundir simplemente el pecado
so
cial y el pecado que algunos llaman estructural. Este debería
ser referido
más bien a las estructuras o a lo institucional, por
ejemplo,
la educación atea de los niños, la legislación abortiva,.
347
Fundaci\363n Speiro
VICTORJNO RODRJGUEZ, O. P.
etc.» ( en L'Osservatore Romano, ed. esp., 16 de octubre de
1983, pág. 7).
Esta concepción laica y colectivista
del pecado se hace sentir
en la Iglesia universal, según la advertencia de los Papas.
En el
Editorial de
Le Fígaro-Magazine, del 9 de abril de 1983, Luis
Pauwels
hacía este comentario: «Que el
sentido del
pecado sea,
propiamente hablando, el sentido religioso, es evidente para un cristiano; excepto hoy día, si se cree a las abrumadoras estadísticas, para los creyentes desazonados en una Iglesia de Francia que
tiende a reemplazar la confesión personal y
la absolución por no
se qué sesión de grupo donde el problema es
vivir meyor todos
;untos en
el mundo bajo la mirada de un Dios comunitario, ha
biendo dejado Dios, según parece, de considerar a los individuos.
La pérdida del sentido del pecado individual es el efecto de una
religión que se pierde socializándose.
Concluyendo ya este largo apartado, digamos, pues, que el
pecado es ante todo personal o de la persona, pero no de la per sona solitaria e incomunicada, sino solidaria y comunicada: con
Dios siempre; y con los demás hombres normalmente. Todo pe
cado_ es
personal
y es
teológico, y, además de eso, en muchos
casos es colectivo. Ni solipsismo
ni colectivismo.
Juan Pablo II lo indicaba en estos términos: «Con toda
la
tradición de la Iglesia, nosotros creemos que el pecado es per
sonal, en el sentido de que compromete
tu crecimiento en nos
otros. Creemos ignalmente que el pecado es
social, en el sentido
de que, infiltrándose entre las diversas ·responsabilidades que Tú
has confiado a
tu pueblo, en las comunidades eclesiales y en la
sociedad, bloquea
la expansión de tu vida entre nuestros her
manos los hombres, y hieren a tu Cuerpo místico que es la
Iglesia» (Alocución
en Lourdes, 15 de agosto de 1983, en
L'Os
servatore Romano, ed. esp., 21 de agosto de 1983, pág. 6 [ 454] ).
«Es acertado que hoy se preste mayor atención a la dimen
sión social del pecado. Pero
seria peligroso
que
el concepto de
"pecado colectivo" llegara a ofuscar la responsabilidad moral,
propia
y personal· de cada uno de nostros». (Homilía del 15 de
diciembre de 1983, durante la Misa celebrada en
la basffica de
348
Fundaci\363n Speiro
EL PECADO COLECTIVO
San Pedro para estudiantes universitarios y hombres de la cul
tura, en L'Osservatore Romano, ed. esp., 25 de diciembre de
1983, pág. 7 [723] ).
V.
Los grados de la personalidad y la complejidad del
pecado.
Si
todo pecado es de la persona y algunos son real y verda
deramente pecados colectivos, ¿en qué sentido
la sociedad es
persona o
la persona incide en la sociedad para que se pueda
hablar de una acción social o de una estructura social formal e intrínsecamente pecaminosas
y responsablemente punibles? ¿Son
salvables coherentemente estos extremos? Al principio hacía alusión al carácter
analógico del pecado,
refiriéndome concretamente al pecado individual y colectivo. Este
extremo tenemos que conjugarlo con
el carácter también analó
gico de la persona en sus diversos grados de realización. Con
frontamos entonces un
suieto análogo (persona social) y un pre
dicado
análogo (pecado colectivo). De ahí la complejidad del
tema
y la ampliación de las vías de acceso al mismo.
a) Los estratos de la persona.
Cuando decimos que el pecado es de la persona, puesto que
actiones sunt suppositorum, señalamos el subiectum «quod», que
es la persona en su consistencia óntica, expresada en la defini
ción clásica de Boecio:
substancia individual de naturaleza racio
nal (De duabus naturis,
c. 3, ML, 64, 1343 ). Ahora bien, al
afirmar que el pecado nace de la persona y es de la persona, a
la que degrada, enfanga o envicia, no se ha de pensar que la
persona pecadora está corrompida o que se corrompa intrínse
samente en su substancialidad, como suponía Lutero, hasta lle
gar a pensar que «peccatum est de essentia hominis»
(In Gen.,
cap. 3).
349
Fundaci\363n Speiro
VICI'ORINO RODRIGUEZ, O. P.
El pecado, como la moraliélad en general, es un accidente o
cualidad adventicia que afecta
real e intrínsecamente a la per
sona mediante sus facultades libres y responsables por las que
(quibus) se realiza, sin que altere su condición óntica. El justo
que peca, aunque sea «mortalmente», no pierde su individuali~
dad personal, para recuperarla con la justificación. Ni el pecado
ni la acción en general constituye la persona, aunque pertenezca
a la persona. Menos la podrán constituir las relaciones (predi
camentales), fundadas en la acción, «pues aunque la relación en tre en la
significación de
la persona divina, no entra en la
signi
ficación de la persona angélica o humana» (S. Tomás, l, 29, 4
ad 4). Sujeto más inmediato (
subiectum «quo» ), tanto del pecado
actual o culpa como del hábito de pecado o vicio, son las
fa
cultades libres del hombre ( voluntad, razón, apetito) con las que
( «quibus») peca formahnente. Tampoco las facultades humanas
se corrompen o extinguen por pecar, aunque disminuya su dis
ponibilidad natural para la verdad y para el bien y pierdan la supercapacidad de gracia. Pues bien, estas facultades tan per
sonales, en cuyos actos se revela,
dignifica o
degrada la perso
na, realmente distinta de ellas, están expuestas a una infinidad de realizaciones pecaminosas
específicamente diversas: estima
ciones incorrectas o falsa conciencia, amores ilícitos, deseos egoís
tas, odios mortales, etc. De este modo se «analogiza» el sujeto
inmediato del pecado y se «analogiza» el pecado mismo. Esta mediación de las facultades libres del hombre en la rea
lización moral de la persona,
dignificándola o
degradándola,
,a
acentuó muy bien Juan Pablo II en la alocución del 20 de julio
de 1983: «Mediante su actuación libre, la persona humana se
expresa a sí _misma y al mismo tiempo se realiza a sí misma. La
fe de la Iglesia, fundada sobre la Revelación divina, nos enseña
que cada uno de nosotros será juzgado según sus obras. Nótese:
es
nuestra persona la que será juzgada de acuerdo con sus obras.
Por ello se comprende que en nuestras obras es
la persona la que
se expresa, se realiza y -por así decirlo-- se plasma. Cada uno
es responsable no sólo de sus acciones lihres1 sino que, me~
350
Fundaci\363n Speiro
EL. PECADO COLECTIVO
mediante tales acciones, se hace responsable de sí mismo ... La
persona humana no es dueña absoluta de sí misma. Ha sido
creada por Dios. Su s:er es un don: lo que ella es y el hecho mis
mo de su ser
son un don de Dios. . . Sintiéndose recibido cons
tantemente de las manos creadoras de Dios,
el hombre es res
ponsable ante El de lo que hace. Cuando
el acto realizado li
bremente es
conforme al ser de la persona, es bueno. Es nece
sario subrayar esta relaci6n fundamental entre
el acto realizado
y
la persona que lo realiza ... La verdadera y más profunda aliena
ción del hombre consiste en
la acción moralmente mala: en ella
la persona no pierde lo que
tiene, sino lo que es, es decir, se
pierde a
si misma. «¿Qué le impotta al hombre ganar el mundo
entero,
si se pierde a sí mismo?», nos dice el Señor. El único
verdadero mal,
absolutamente mal para la persona humana es el
mal moral» (en
L'Osservatore Romano, ed. esp., 24 de julio de
1983, pág. 3).
La realización, pues, del bien y del mal moral, aunque no
constituya a la persona en su estructura óntica
ni en sus facul
tades naturales ( todo ello es don recibido de Dios ya constituido),
es de la persona y la califica definitiva o absolutamente en su
ser moral, donde se verifica el bien y el mal humano definitivo,
por encima o más allá del
ser substantivo, de acuerdo con la
conocida distinción de Santo 'Tomás: «Así, pues, por el primer
ser, que es el substancial, se dice que algo
es absolutamente
(simpliciter) y que es bueno relativamente (secundum quid), esto
es, en cuanto que es ser; pero por el acto último se dice que
algo
es relativamente y que es bueno absolutamente» (Suma Teo
l6gica,
I, 5, 1 ad 1): «el bien moral es de algún modo mayor
bien que el bien natural, en cuanto que es acto y perfección del bien natural, aunque de algún modo el bien natural es mejor,
como es mejor la substancia que el accidente»
(De malo, 2,
2 ad 2).
Tenemos ya que el pecado es de la persona o individuo hu
mano y se realiza por y en las facultades libres del hombre en
las que adquiere una gran diversidad analógica. ¿Admite más ampliaciones el agente
y sujeto personal hacia la sociedad donde
351
Fundaci\363n Speiro
VICTORINO RODRIGUBZ, O. P.
pueda darse el pecado colectivo? En otros términos, ¿la solidaridad de las personas constituye un sujeto personal distinto, de
modo que el pecado de cooperaci6n sea distinto de
la suma de
los
pecados individuales
de las personas solidarias?
En la
realliación del bien, máxime en el orden de la gracia,
es más perceptible esta solidaridad con vital intercomunicación en
el cuerpo místico, en que insistió tanto San Pablo (cfr. Con
cilio Vaticano II,
Lumen gentium, núm. 7). Pero también en el
orden menos vital y más disgregador del pecado y del vicio es
comprobable en razón de la
socialidad de
los hombres.
No se trata de hipostasiar o personificar
a la
sociedad en sí.
No; la
sociedad y
las sociedades son unidades accidentarias de
orden, no unidades substanciales o hipostáticas. Están constitui
das por
personas relacionadas por interferencias de acciones. La
relación no constituye a la persona humana (Santo Tomás, Suma
Teológica,
I, 29, 4 ad 4), pero sí a la sociedad. El hecho de que
a la persona se la
reconozca muy
especialmente por su interco
comunicación y vida social no debe dar pie para identificarla on
tológicamente con la relación social.
Sería reducir
el
ser al co
nocer,
la substancia al accidente.
En el supuesto de que
la sociedad está constituida por per
sonas dinámicamente
correlacionadas
cabe distinguir realmente
en ellas la acción propia e individual y
la acción común, solidaria,
que es de todos y de cada uno en conjunción de responsabilida
des. Quien opera entonces son los supuestos o personas indivi
duales (no la mera relación social), pero corresponsabilizados en
la acción común.
Santo Tomás, para demostrar que la ética individual difiere
específicamente de
la ética social, adelanta esta consideración:
«Ha de saberse que este todo que es
la multitud civil o la fa
milia doméstica, tiene sólo unidad de orden, por lo cual no es
algo absolutamente uno. Por eso la parte de este todo puede te ner una operación que no es la operación del todo, como el sol
dado en el ejército tiene una operación que no es de todo el
ejército. Sin embargo, el mismo todo tiene alguna operación, que
no es propia de alguna de las partes, sino del todo, como por
352
Fundaci\363n Speiro
EL PECADO COLECTNO
ejemplo, la batalla es de todo el ejército, y la tracción de la nave
es obra
de todos los que tiran de ella»
(I Ethicorum, lect. 1, nú
mero
5. Sobre la naturaleza relacional de la sociedad e insubs
tancialidad o inconsistencia de la relación, cfr. Santo Tomás,
Suma
Teol6gica,
I, 31, 1 ad 2; III, 4, 1 ad 4; De Pot., 8,3 ad 7).
¿Es que
esa acción del
todo social, distinta de las acciones
individuales, es
impersonal? ¿Nadie es responsable de la batalla
ganada o perdida, de la conducción de la nave del Estado, de
la legislación parlamentaria justa o injusta? ¿Mera suma de ac
ciones individuales? Pienso que no. En todo caso la suma de
acciones individuales no daría una acción solidaria específicamen
te distinta, según el principio magis et minus non mutat speciem.
Esta incidencia de lo personal en lo social tiene su origen
y razón de ser en la naturaleza
social del hombre. La persona
humana, sociable por naturaleza, no puede menos de obrar so
cialmente en muchas de sus actividades, especialmente en las de
orden familiar, social y político.
Entonces obra la persona como
ser social, en solidaridad con otras personas, socialmente corre
lacionadas con ella y corresponsables de la acción común. La
soledad ontológica del individuo humano,
in se indistinctum, ah
aliis vero distinctum (Suma Teol6gica,
I, 29, 4), se abre a la
comunicación con los demás
y a la corresponsabilidad por la
acción vinculante. La acción social, pues, no es una universaliza
ción de la acción individual (universa/e in essendo), sino una
uníversalizaci6n de cooperación (universale in causando). Ello no
supone ni exige un
colectivo hipostático; bastan los individuos,
ontológicamente distintos, coordenados en la vida social, en la
que asumen responsabilidades específicas. En este supuesto se basa la doctrina tomista, que es ya del
Magisterio eclesiástico, de que la
justicia social o del bien co
mún es una justicia especí/tcamente distinta, en especie átoma,
de la ¡usticia individual. Esta regula las relaciones de alteridad
de individuo a individuo; aquélla regula las relaciones de los
hombres como
seres sociales con la sociedad. Así como en el
orden del conocimiento -decía- difieren específicamente
la
ética
individual
y la ética social, así en el orden de la justicia
353
Fundaci\363n Speiro
VICTORINO RODRIGUBZ, O. P.
difieren específicamente la justicia individual y la justicia so
cial;
y en d orden cid mal difieren específicamente d pecado
individual
y d pecado colectivo.
Decía que
d hombre
no puede menos de obrar socialmente
en muchas de sus actividades; no en todas. No se puede socia
lizar totalmente la vida del hombre, porque «el hombre no se
ordena a
la comunidad política en todo su ser y en todas sus
cosas», según nos advierte Santo Tomás (l-11, 21, 4 ad 3 ). No
obstante,
la convivencia social es indispensable pata la realiza
ción de la persona,
como enseña
el Concilio Vaticano II (Gadium
et Spes, núm. 25). Insiste en ello Juan Pablo II: «El sentido
conquistado de solidatidad con toda la humanidad se concreta, ante todo, en una trama de rdaciones, en las cuales
el hombre
es llamado primariamente a vivir y a expresarse, prestándoles su
aportación y recibiendo de ellas, a su vez, un considerable
in
flujo
sobre
el desarrollo de la propia personalidad. En los diver
sos ambientes en que se realiza su crecimiento, el hombre se
educa para percibir el valor de pertenecer a un pueblo, como
condición indudible para vivir las dimensiones del mundo. Los
binomios
hombre-mujer, persona-sociedad
y, más radicalmente,
alma-cuerpo, son las dimensiones constitutivas del hombre» (Alo
cución de 9 de noviembre de 1983, en L'Osservatore Romano,
ed. esp., 13 de noviembre de 1983, pág. 3).
b) La persona social, agente y sujeto responsabk del pecado
colectivo.
A la pregunta que traemos entre manos de si el pecado so
cial o colectivo es de la persona, creo que podemos ya responder:
sí anal6gicamente, refiriendo
la analogía tanto a la persona como
al pecado. No hipostasiando a la sociedad (pues la sociedad
no
es
un subsistens distinctum
), ni «societizando» metafísicamente
a la persona (pues persona dicitur
ad se,
non
ad alterum ),
sino
proyectando la
acci6n personal (libre y responsable) sobre el
cuerpo social en su doble relación de término
y de coprincipio
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EL PECADO COLECTWO
agente. Ni tampoco diluyendo la maldad del pecado colectivo
en el anonimato de la masa o en una unidad abstracta inexis
tente, sino dándole la
especificidad propia, distinta de la del pe
cado meramente individual, en todas y cada una de las personas
cooperadoras, con sus circunstancias agravantes (v. gr. el
escán
dalo, mayor eficacia y universalidad) y atenuantes (generalmente
menor reflexión personal, cuando no se busca la cooperación
precisamente para eludir responsabilidades jurídicas personales).
En cuanto al tipo de analogía vigente .en esta realidad tan
compleja del pecado colectivo, pienso que se pueden detectar todos: el de proporcionalidad propia y de atribución intrínseca
( que son los que más vienen al caso en nuestro
planteamiento
del
problema), el de atribución extrínseca y el de proporciona
lidad metafórica. No es este el momento de adentramos en ul
teriores dilucidaciones.
VI. La pena del pecado colectivo.
Existen pecados colectivos específicos de enorme gravedad.
Antes hice alusión, a modo de ejemplo, a la legislación democrática del aborto, de la eutanasia, de la enseñanza antirreligiosa,
a
la agresión colectiva, a la apostasía generalizada, a la deshuma
nización libertista.
En caso de legalización del pecado, del per
misivismo injustificado o de la despenalización del delito into
lerable, no hay lugar a la sanción penal jurídica. Pero la sanción
teológica, en esta vida o en la otra no admite evasivas. Muchas
veces es la misma sociedad
1.a que
se encarga de vengar los
pe
cados colectivos. En una ocasión David confesó que prefería caer
en manos de Dios que en manos de los hombres (II
Samuel, 24,
14 ). En todo caso para castigar colectivamente a los hombres
a Dios le basta retirarles su protección providente, según cons
ta en Rom., 1, 28-32): «Y como no procuraron conocer a Dios,
Dios los entregó a su réprobo sentir, que los lleva a cometer tor
pezas y a llenarse de toda injusticia, malicia, avaricia, maldad;
llenos de envidia, dados al homicidio, a contiendas, a engafios,
a la malignidad; chismosos o calumniadores, aborrecidos de Dios,
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VICI'ORINO RODRIGUEZ, O. P.
ultrajadores, orgullosos, fanfarrones, inventores de maldades, re
beldes
a sus padres, insensatos, desleales, desamorados, despia
dados; los cuales, conociendo la sentencia
de Dios, que quienes
tales cosas bacen son dignos de muerte, no sólo las hacen, sino
que aplauden a quienes las hacen». A la vista de este texto es
fácil advertir que el mayor castigo
o pena del pecado es que Dios permita caer en situación colec
tiva de pecado. Ello es más penoso que el flagelo de la epidemia,
de la riada, del accidente, de la guerra y de los demás males
fí
sicos con los que puede Dios castigar a la humanidad pecadora
en este mundo. ¿ Y en la otra vida? ¿Existe también el castigo colectivo?
Desde luego. El infierno es, por definición, un castigo colectivo:
« Y dirá a los de la izquierda: apartaos de mí, malditos, al fue
go eterno, preparado para el diablo y para sus ángeles»
(Mt., 25,
41). Y aunque no hubiese castigo compartido, sí habría sanción
personal por el pecado colectivo
del que es personalmente res
ponsable cada uno de los cooperadores.
Digamos, finalmente, que la pena del pecado colectivo asu
mida voluntariamente, en actitud penitenciai virtuosa, será más
completa y adecuada cuando se asume también colectivamente,
que es precisamente el sentido de las celebraciones comunitarias
de la Penitencia, como preparación para la confesión
y absolu
ción sacramental personal.
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