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Número 495-496

Serie XLIX

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Sobre la igualdad

 

1. Lo igual y lo desigual en las personas

Leo varios errores en los periódicos, fruto de confusiones. Pretendo aclarar ciertas nociones fundamentales sobre la igualdad –y la desigualdad–, y algunas cuestiones relacionadas con las mismas.

Igualdad es una especial relación entre dos o más cosas cualesquiera, sean éstas personas, conductas, tratamiento de personas, bienes y cosas externas a las personas; también pueden darse relaciones de igualdad de derechos, de deberes, de coacciones, de sanciones y hasta relaciones de igualdad entre números, ángulos, etc. Existen relaciones de igualdad natural, y entonces solo hay que reconocerlas, otras se establecen, y entonces tienen que tener un fundamento para que no sean arbitrarias. Relación de desigualdad es la que carece de igualdad. Pueden ser tan diversas como las anteriores, y hasta correlacionadas y alternativas a ellas. Entre dos cosas determinadas, o hay relación de igualdad o de desigualdad.

La relación de igualdad es diferente de la relación de identidad. Esta se puede formalmente representar con la expresión simbólica A=A, en la que ambas AA son una y la misma, o, la segunda A es la misma que la primera y viceversa. Dándole un contenido personal resulta: Juan=Juan; que significa Juan es la misma persona que Juan, o bien que Juan es igual a sí mismo.

En cambio A=B es propiamente una relación de igualdad. Traducido a personas, la relación de igualdad seria: Juan es igual a Pedro. Y, a Miguel, a Antonio, etc. a toda otra persona, es una serie abierta. Existen personas distintas, pero iguales, no diferentes entre sí. Ahora bien, si hay diferencias personales entre unas y otras, peculiares de cada una, ya no son exactamente iguales, aunque necesariamente tienen algo en común. Tienen de común e igual el ser personas; y de diferencial el que cada una tiene peculiaridades propias que la distinguen de las otras.

¿En la realidad, verdaderamente, dos personas existentes, una llamada Juan y otra Pedro, son exactamente iguales? No; nunca hay –ni puede haber– dos personas exactamente iguales. ¿Por qué nunca dos personas son exactamente iguales, sino que se diferencian; y por qué necesariamente tienen algo en común que las iguala?

Empezando por lo último: Lo que iguala a todas las personas humanas entre sí es su misma naturaleza humana, consistente en tener el mismo conjunto de potencias o facultades que les permiten desarrollarse como personas. Pero esta misma naturaleza humana trae consigo diferencias. Comprobemos: todas las personas normales tienen el mismo ADN humano, pero cada una tiene su peculiar y propio y diferencial ADN, diferente al del padre, al del de la madre y al de sus hermanos, salvo el caso de mellizos. Todos el mismo ser biológico común a toda persona, pero realizado de forma peculiar. Todas tienen los mismos instintos, pero con diferente potencialidad. Asimismo todas tienen inteligencia, voluntad, memoria, sentidos, sentimientos etc., pero se diferencian naturalmente unas de otras por ser más o menos inteligentes, con mayor o menor voluntad, con mejor o peor memoria, vista, oído, etc. Destacamos: todas tienen libertad, pero no todas exactamente la misma.

A estas igualdades y diferencias –desigualdades– basadas en el mismo ser natural de cada persona hay que sumar otras igualdades y desigualdades que provienen del uso que cada persona hace de sus potencias humanas. Entre todas ellas la libertad es la potencia más desigualadora en sí misma, y por medio de todas las otras potencias que domina porque su ejercicio depende de la libertad. Destaquemos dos consecuencias que se producen indefectiblemente por el ejercicio –uso– de la libertad:

Primera, según el uso que cada persona haga de su libertad, aumenta o disminuye la capacidad de la misma. Puede producir tanto liberaciones (aumentos) como esclavitudes, reducciones. Ninguna persona tiene exactamente el mismo grado y ámbito de libertad que otra. Ni ella misma posee la misma en el decurso de su vida. La libertad evoluciona como todas las demás potencias, pero se diferencia en que se modifica por sí misma, autoevoluciona. Evidentemente la libertad forma parte del ser de la persona. Cada cual es responsable de su libertad interna.

Segunda: según el uso que, por medio de la libertad, una persona haga de sus potencias irá conformando el conjunto de su particular modo de ser persona humana. Por y según el modo de actuar se va produciendo el modo de ser: así se adquieren, modifican o pierden hábitos buenos o malos (virtudes-vicios), se retienen, o cambian, o desaparecen memorizaciones, proyectos, voliciones, propósitos, experiencias sentimentales, o sexuales, costumbres de estudio, de lectura, musicales, de comida, de aseo, de diversiones, de ocio, etc. Luego los modos de ser constituidos empujan a determinados modos de obrar. Pero no todo lo pone en movimiento la voluntad libre, muchas potencias biológicas funcionan al margen y según leyes propias.

La unidad de la persona humana es un todo individual concreto que comprende dos aspectos fundamentales: el ser y actuar de cada persona tal como lo hacen todas las demás personas, (igual o muy semejantemente), lo que constituye su socialidad; y el ser y actuar de modo peculiar y diferencial de cada una, lo que constituye su personalidad. El ejercicio de la propia libertad es capaz de aumentar o disminuir uno o ambos aspectos, o solo uno cualquiera de los dos. De ahí puede resultar una persona con mucha o poca personalidad (cualidades peculiares diferenciales), y a la vez resultar una persona con poca o mucha socialidad, de modo que se limite a ser, pensar y actuar solo como lo hacen las demás con las que convive.

Es más difícil desarrollar la personalidad –la desigualdad– que la socialidad, la igualdad. Aquella únicamente progresa si la persona se lo propone expresamente y va tomando iniciativas singulares propias. Favorece la personalidad desigual el vivir en una sociedad realmente libre, el recibir una educación libre, y estar bajo un Estado liberal. En cambio la socialidad viene impuesta en gran medida por el hecho de convivir en una sociedad, sea o no liberal; pues no se puede vivir en ninguna sociedad a menos que se adopten mínimos de socialidad, empezando por hablar el mismo lenguaje común, y compartir un cierto nivel de pensamiento, de valores y de prácticas comunes. Pero además son poderosos y eficaces medios de socialización o de igualación entre personas: la imitación (espontánea), la educación socialista impuesta, los medios de comunicación social (controlados), el derecho socialista ideologizado, y estar bajo un Estado (socialista).

Queda dicho que son dos aspectos de la estructura de la persona humana misma, y por tanto necesarios, tanto la socialidad como la personalidad. Pero pueden variar las proporciones y combinaciones en distintas personas. Existen dos principios que definen la relación entre igualdad y libertad. Son: a) cuanta más libertad tiene y ejerce espontáneamente una persona más se desiguala de las otras. b) Para lograr (fin) que las personas se igualen lo más posible es necesario limitar su libertad en aquello que se quiere se igualen. Sin duda para alcanzar niveles elevados de socialidad, lo que es propio de una sociedad socialista, es preciso forzar la libertad de muchas personas porque casi nadie quiere consciente y libremente que le reduzcan su libertad. Es sobre todo el Estado el que tiene más capacidad de hacerlo, y el que lo hace si adopta su propia ideología socialista.

 

2. La libertad arrebatada

Efectivamente, lograr la igualación real no solo legal de las personas que conviven en una misma sociedad es una de las metas irrenunciables, y un rasgo característico de la ideología (teoría o doctrina), y de la práctica (realidad) del socialismo –de los varios socialismos–, y de todo Estado completamente socialista. Las ideas, las prácticas comunes todos los proyectos igualitarios, cuando es posible, hay que imponerlos a la fuerza, drásticamente mediante una revolución. Conviene ante todo hacerse con el Poder del Estado, e inmediatamente constituir el poderoso estado totalitario; o instaurar la dictadura del proletariado, según expresión de Marx. Para socializar una sociedad lo más posible y para lograr que todas las personas sean iguales, y que tengan aproximadamente lo mismo y que cada una se comporte como se comportan las demás sin resistencias invencibles es indispensable que intervenga un poder de sometimiento aplastante como es el del Estado totalitario. Esta forma de Estado típico del socialismo avanzado como es el comunista y el nacionalsocialista expulsa de la sociedad la libertad individual.

En general el Estado totalitario consiste en que él lo es todo, lo puede todo; se ha arrogado todos los derechos, y deja reducida la persona a nada o casi nada, porque el Estado la ha despojado y usurpado todos los derechos y libertades que le pertenecen por ser hombre, y por los que tenia libertad y poder personal y social. A través del expolio y usurpación de los derechos y libertades fundamentales en todos los ámbitos es como el Estado totalitario acumula en sí mismo todo el poder político y todos los poderes sociales que naturalmente pertenecen a los hombres y a las asociaciones que ellos crean, pero que dejan de ser posibles.

Respecto de lo que ahora interesa destacar, el Estado totalitario despoja a la persona humana de todos los derechos de libertades fundamentales que le pertenecen por ser persona en todos los ámbitos de posible actuación libre. Consiguientemente en este particular el Estado totalitario queda autoconfigurado de la siguiente manera:

Se autoproclama ateo, por razón de que la religión –una ideología según Marx– impide que se realice la justicia en este mundo. Por tanto, expulsa la libertad religiosa e impide el culto a Dios. Se autodetermina Estado de partido político único, excluyente de la libertad fundamental de creación de partidos políticos, y así se hace imposible la concurrencia en elecciones democráticas. Proscribe el derecho de propiedad privada de los medios de producción, que pasan a ser propiedad común del Estado. Así toda la economía está planificada y gestionada por el Estado, y queda excluida la libertad fundamental de creación de empresas, en particular económicas. Igual que partido único y economía única del Estado, es única y del Estado, la prensa y demás medios de comunicación social, y quedan excluidas las libertades fundamentales correspondientes. Por otro lado solo se admite el pensamiento único oficial del Estado, y queda prohibida y perseguida la libertad de expresión y difusión de pensamientos diferentes, Queda incluido en la libertad del pensamiento la libre expresión de la libertad de conciencia. Por supuesto este Estado solo tolera la enseñanza y educación única del Estado, planificada y controlada por él, y consecuentemente queda excluida la libertad fundamental de creación de escuelas de ideario diverso. Igualmente impone la sanidad única del Estado, y queda excluida la libertad fundamental del ejercicio libre de la medicina, y la de creación de empresas de gestión privada. Asegura el derecho al trabajo a toda persona, pero no a un trabajo y profesión libremente elegidas sino impuestas por la planificación estatal.

Además es característica de esta forma de Estado el dotarse de una policía política y social que persigue, castiga, y elimina a todo disidente que piense, o actúe por su cuenta, al margen de la ortodoxia establecida y controlada. El poder policial es desmesurado y practica toda clase de violencias: asesinato, prisión, destierro, trabajos forzados, clínicas psiquiátricas, gulags, checas, etc. Se trata del terror institucionalizado; que es parte permanente de la organización del Estado como instrumento de dominio absoluto. Por otro lado no hay que olvidar el recurso a un ministerio de propaganda –sin prensa libre que pueda contradecirle– que decide qué es preciso comunicar o silenciar, y establece oficialmente lo que es verdadero y falso, sin posibilidad de réplicas ni disensiones.

Así oprimida la personalidad de cada persona, y la persona misma quedan anuladas. No puede ser más que lo que le deja ser y le impone ser el Estado: personas muy iguales, seriadas, programadas, cancelada toda iniciativa propia. Este le niega todos los derechos de libertades fundamentales, los que permitirían a cada persona hacerse lo que quisiera ser, y pensar, hacer y decidir su propio destino personal. Queda obstruido el derecho a singularizarse en lo que no se perjudica a nadie; por el contrario se impone un deber general de delación del que transgrede la uniformidad impuesta. ¿Qué clase de humanismo es este que yugula e impide el libre desarrollo de la personalidad de las personas y niega el ejercicio de todas las libertades fundamentales? Es falso que el socialismo sea libertad, es lo contrario; siempre es en la doctrina y en la práctica restricción de libertad para lograr así realizar la igualación interpersonal. Por eso su modo de proceder normal no es la concesión de derechos, sino la imposición de obligaciones, dimanantes tanto de prohibiciones como de preceptos. Y si no se cumplen, se aplican las coacciones propias del derecho.

Los socialistas suelen argüir que la persona no es nada –una abstracción dirá Comte– pues no puede vivir al margen de la sociedad; pero olvidan que ésta no es nada sin las personas; y que no es posible el progreso social sin libertad, y sin personas sobre s alientes y notables que aporten descubrimientos y tengan iniciativas de proyectos no entorpecidos por mor de una ideología igualitaria.

El Estado totalitario, da lo mismo que sea el socialista comunista, que el nacionalista socialista es una forma de Estado que se arroga injustificadamente un poder absoluto, total e ilimitado, que lo ejerce expoliando los derechos y libertades fundamentales que pertenecen a las personas por ser personas. Es evidente que cuanto más poder ejerce el Estado sobre la sociedad civil, menos poder y libertad personal y social queda para los miembros de la misma. Estos quedan despojados de la libertad necesaria para determinar como quieren ser y vivir en lo que pueden diferenciarse sin perjudicar a otras personas, ni al bien común.

Quisiera insistir, y que quedara muy claro, que afirmar que socialismo es libertad es absolutamente falso. El socialismo teórica y prácticamente ha sido siempre, y necesita ser por su ideal igualitario, restricción y coacción de la libertad de las personas, más allá de lo necesario para lograr el bien común. También la socialdemocracia restringe la libertad todo lo que puede, solo con el límite de poder concurrir bajo condiciones generales en la disputa del ejercicio del poder del Estado democrático (revisionismo, Bernstein). Pero incluso el socialismo democrático tiene siempre tendencia ineliminable al totalitarismo y a coartar la libertad de las personas. Bobbio, sin duda socialista honrado y documentado, ha reconocido que socialismo y democracia son incompatibles en el fondo.

Como el actuar depende en buena parte del pensar y de la conciencia de cada cual ¿Es lícito que el Estado se arrogue el derecho de configurar la conciencia de las personas en determinada ideología? ¿No tienen los padres derecho primordial a educar a sus hijos en el tipo de educación que determinen? Hay negaciones de libertades fundamentales no totales y manifiestas, sino parciales y encubiertas. Y en esto es maestro el socialismo democrático. Educar en el credo socialista es el prólogo de una sociedad y de un derecho socialista. Esta es la revolución pacífica que algunos demandan.

¿Por qué el socialismo tiene tantos partidarios? A mi entender, hay dos razones principales que son motivo y causa respectivamente de la aceptación y de la existencia de muchos adeptos al socialismo. Una es justificativa y otra explicativa. La primera es la reclamación de una justicia universal objetiva a la vista del hecho de las desmesuradas desigualdades sin duda injustas respecto de bienes externos que siempre ha existido y continúa. En la actualidad un número exiguo de personas son dueñas de la mayor parte de la riqueza mundial. Y en otra proporción se da el caso escandaloso de que mientras muchas sobreabundan en toda clase de bienes, otras muchísimas carecen de lo indispensable para vivir, y mueren de hambre. No tienen garantizado ningún derecho humano ni el de la vida. Sin duda la riqueza existente está mal repartida y tal realidad es injusta e intolerable racionalmente, y exige tomar medidas urgentes que no se toman por quienes están al mando de las naciones.

Pero la riqueza, los bienes de todo tipo, excepto los naturales, primero hay que crearlos. Y aquí se produce, sobre todo se produjo en el siglo XIX con el nacimiento del capitalismo, una deplorable explotación del trabajo productivo por parte de los que poseían los medios de producción. La denuncia que hizo Marx era dramática y verdadera, y la situación miserable a que estaba reducido el trabajador era tremendamente injusta. Pero la solución que propugnó Marx, es asimismo injusta porque, aparte la utopía final imposible de conseguir, el medio adoptado de implantar a la fuerza el Estado totalitario de la dictadura del proletariado, precedida y seguida de la irrenunciable eliminación física de la clase social explotadora vulnera el más elemental derecho a la vida de las personas. Quitar la vida de una persona es cometer la suprema iniquidad. Sin duda existen otros medios más justos para solucionar el problema, en parte todavía existente. La protección en infortunios, mejoras de seguridad y una más justa participación del obrero en la producción de bienes se debe y es posible conseguir, como está ya demostrado en la realidad, sin dictaduras, sin incitar un abismal odio de clase, y sin eliminar a nadie.

La otra razón, que no justifica pero que es causa que mueve a muchas personas a sintonizar con la doctrina socialista, sin que tengan ideas claras de que sea ésta pues en realidad hay muchas doctrinas, arraiga en la psicología humana: es el móvil de la envidia y el resentimiento que invade y del que se dejan lleva r muchas personas al comprobar la situación ventajosa que disfrutan otras, sobre todo en riqueza, pero también en cualidades personales de los que ellas carecen, o tienen en menor grado. Y no están dispuestas a tolerar ninguna desigualdad. El resentimiento y hasta el odio que empuja el ánimo contra los que tienen más, y que les lleva a la intolerancia radical de toda desigualdad, compagina bien con una doctrina que reclama la igualdad. Y no se dan cuenta de que la pretensión de igualación en todo y del todo, aparte de ser imposible, no es la más justa. Las desigualaciones son inevitables, y no todas vituperables, incluso en bienes externos, pues aún en el supuesto de que se partiera de una inicial igualdad, si funciona la libertad se producirían rápidas desigualdades. Estas son ineludibles si es que aceptamos lo que por naturaleza nos corresponde ser: seres racionales y libres. Libres con limitaciones racionales teniendo en cuenta exigencias del bien común. Determinados niveles relativamente desmesurados de desigualdad son contrarios al bien común y al deber de remediar males comunes, pero muchos son beneficiosos a las personas y al bien común, o no contrarios al mismo.

 

3. El tratamiento justo

Se apela frecuentemente a la justicia para justificar la igualdad entre personas, sus bienes, su cultura, sus oportunidades, etc. Veamos.

Se dice que la justicia consiste en establecer una relación de igualdad entre todas las personas, o también, que hay que tratarlas a todas igualmente. Tampoco esto es del todo verdad. La justicia en el debido modo de tratar las personas tiene principios precisos:

a) Es justo y un deber el tratar igual a las personas en lo que sean iguales y diferente en lo que sean diferentes.

b) Es injusto tratar igual a las personas que sean y en lo que sean desiguales, o desigualmente en lo que sean iguales, O sea, que es justo que pague más impuestos el que más tiene, y menos el que menos. Y es injusto que el que menos tiene pague más o igual que el que tiene más. Por eso, gravar con iguales impuestos directos los artículos de consumo de primera necesidad es injusto, y deberían quedar exentos de impuestos. Semejantemente es justo atribuir cargos a las personas mas preparadas frente a las menos, e injusto hacer lo contrario.

c) En el trato justo hay que respetar, pues, tanto la igualdad como la desigualdad. Prescindir de las desigualdades es una injusticia. Y forzar las igualdades excesivas en las personas y en sus patrimonios es también injusto.

El fin de lograr la máxima igualdad posible de las personas de una sociedad es un error, y un mal. Mal porque restringe la libertad más de lo exigible para lograr el bien común. Y grave porque anula o impide la formación de una personalidad destacada y libre. Enseguida comprobaremos recortes injustificados de libertad civil.

Efectivamente por iniciativa del actual gobierno socialista se han promulgado varias leyes que reducen y reprimen injustificadamente la libertad civil de las personas. Y se apoya en una base errónea, tenga o no conciencia de ello, que consiste en trasladar y extender rasgos propios de los derechos humanos naturales, a todos los derechos, en particular a los que no son derechos humanos.

Sin duda alguna todas las personas, igual y universalmente todas ellas, por –a causa de– tener naturaleza humana tienen el mismo derecho a la vida, a la verdad, a la libertad, al trabajo, a crear asociaciones de todo tipo salvo para fines perversos, al matrimonio, etc. y todo ello independientemente, o sea, sin distinción o discriminación de su edad, raza, sexo, profesión, religión, incluso ideas e ideologías, modos de comportarse bien o mal, etc. Por esta razón hasta las personas criminales tienen los mismos derechos humanos que las personas honradas. Todas las personas en tanto personas son absolutamente iguales, y por ser personas iguales tienen los mismos derechos naturales. La universalidad y la igualdad de derechos entre todas las personas es una característica fundamental y exclusiva de los derechos naturales humanos.

O sea, los denominados derechos humanos los tiene cada persona, universalmente e igualmente por ser hombre, –especie–, o, por ser persona, –individuo–, sin que cuente absolutamente para nada su modo propio y diferencial de ser persona concreta, como es su estado, su sexo, su profesión, su raza, su instrucción, sus creencias religiosas y de todo otro tipo, etc. ni tampoco cualesquiera otras cualidades ni defectos peculiares suyos. Por otra parte, nadie le transmite a nadie los derechos humanos; cada cual los tiene por mismo desde el principio, solo por haber nacido humano; y no los puede transferir, ni modificar, ni extinguir ni tampoco puede perderlos nunca. Estas imposibilidades son también caracteres propios y exclusivas de estos derechos. Tampoco el Estado los puede crear ni modificar, ni extinguir, solo puede y debe reconocerlos y protegerlos.

Pero hay otros derechos, en realidad todos los demás derechos que no son humano naturales, que son adquiribles y adquiridos a veces sí, y otras no; pero que es preciso adquirirlos por algún título legal para tenerlos. De lo contrario no se tienen. Título legal es el reconocido por ley jurídica. Suele ser legal el contrato (acuerdo de voluntades) para transmisión y adquisición de derechos determinados. El contrato puede ser de compraventa, o arriendo, o permuta, de asociación, etc. También puede ser título legítimo, si lo reconoce la ley, la donación, el testamento y herencia, el legado, la prescripción adquisitiva y la extintiva de derechos, etc.

Ahora bien, la exigencia jurídica de trasladar cualquier carácter o propiedad exclusivas del ser de los derechos humanos a los derechos no humanos, aquellos que no pertenecen igualmente a todo hombre por el mero hecho de ser hombre, sino que solo pertenecen a algunos hombres por ser adquiribles y haberlos adquirido por algún título legítimo es una intromisión intolerable del poder político legislativo en la libertad civil de las personas; pues por ley y derecho natural pueden pactar libremente las personas que se pongan de acuerdo, unas y no otras, para adquirir los derechos que sean, o para modificarlos, transmitirlos, o extinguirlos. Y los pactos, con sus clausulas libremente establecidas son ley válida únicamente entre las partes contratantes y en cada contrato pueden ser diferentes. En cambio, la imposición legal del poder legislativo, p.e. la de paridad de miembros (y miembras) en la creación de una sociedad, o en la gestión de la misma (por mor a la igualdad entre dos colectivos de personas de distinto sexo), y sin que evidentemente ello sea necesario para el bien común, es no solo una arbitrariedad sino un abuso de poder político legislativo, que cercena y coacciona la libertad civil posible de las personas. Y este abuso lo comete frecuentemente el socialismo rampante al imponer coactivamente la característica de la igualdad a instituciones civiles que no la requieren porque no tratan de derechos humanos.

Podemos comprobar que hay instituciones de derecho positivo que se basan en diferencias naturales entre hombre y mujer –diferencias de sexo– y si esta diferencia es relevante, o incluso esencial, entonces hay que tenerla en cuenta para configurar la institución. En cambio en otras instituciones esta misma diferencia entre hombre y mujer es irrelevante, y por tanto, no hace falta tenerla en cuenta. Sin embargo el legislador socialista, por razón de igualdad, transforma instituciones e impone que no se tenga en cuenta la diferencia que hay que tener en cuenta; p. e. en la institución del matrimonio es esencial la unión de vidas de un hombre y una mujer como la forma natural más adecuada para la propagación de la especie; y sin embargo, por aquella razón aquí impertinente de no hacer distinción de sexos, –precisamente en el matrimonio que la requiere como necesaria– se transforma en unión de vida entre dos personas cualesquiera, sin que importe el sexo que tengan. Evidentemente se traslada a esta institución particular positiva un rasgo universal de no discriminación, que es exclusivo de los derechos naturales. La consecuencia es que la institución queda desnaturalizada, y es otra cosa diferente de lo que era, y por tanto, requiere otro nombre para distinguirla de la unión matrimonial. Porque lo que resulta no es matrimonio sino falso matrimonio, igual que una donación forzada no es donación. El derecho no puede cambiar la naturaleza de las cosas.

Por el contrario, aunque también por razón de igualdad, que ahora es de igualación entre desiguales, se reclama tener en cuenta diferencias irrelevantes para la existencia de una institución que no es necesario tener en cuenta, por ejemplo, la ya citada de asociación. Para formar y (o) para gestionar una sociedad, privada o pública, se establece la exigencia injustificada de que tenga un igual número de hombres que de mujeres.

En el caso del matrimonio, por igualdad se desechan diferencias que hay que conservar si no se quiere destruir la institución; en el segundo para la formación o gestión de una sociedad, se imponen exigencias innecesarias de paridad de sexos diferentes, que lo único que hacen es cercenar la libertad de contratación sin necesidad alguna, pues para crear o conseguir la gran mayoría de fines asignados a una institución societaria es absolutamente indiferente el diferente sexo de las personas que la compongan o intervengan.

Hemos comprobado que no es necesario ni siquiera justo que se trate igual en todo a personas diferentes, es decir, desiguales ¿Por qué una persona no va a poder contratar libremente un arriendo con otra determinada persona, y no querer hacerlo con una tercera, por los motivos que sean, si no se le quita injustamente la libertad? Alguien puede preferir hacerse socio, o contratar algo con una determinada mujer, más que con un hombre, o al revés. Alguien puede preferir adquirir un derecho de arrendamiento antes que de propiedad, al revés, o ninguno de estos, sino de usufructo, o de préstamo, etc. Alguien puede preferir casarse, hacerse religioso, o permanecer soltero. Sobran todas las imposiciones que recorten estas y otras libertades civiles, sin que lo demande el bien común. Conviene aclarar que no permitir la discriminación de personas, es decir, el impedir legalmente que se tengan en cuenta sus cualidades o defectos, situaciones, o circunstancias, etc. significa no poder elegir razonablemente, o según gustos, o intereses, o conveniencias; y esto es coartar la libertad sin necesidad.

Sin duda, todas las personas son, o deben ser, iguales ante la ley, pero no todas las personas han de tener los mismos derechos, no siendo los derechos humanos. Éste es un asunto que cada cual tiene que decidir libremente según sus preferencias, posibilidades, gustos, sentimientos, circunstancias, etc. El poder legislativo de una sociedad debe dejar libertad civil para que las personas decidan libremente en sus relaciones civiles sin mas interferencias, imposiciones ni coacciones suyas que las indispensables para el bien común. Pues el poder político no se justifica para imponer la ideología colectivista de la igualdad, como tampoco la individualista liberalista de la desigualdad, sino para procurar el bien común de una sociedad.

Queda claro por lo dicho que la base de la justicia y del trato justo puede ser tanto la igualdad como la desigualdad. En el ámbito del derecho, la igualdad es necesaria y justa en los derechos denominados humanos, o naturales; pero en todos los demás no humanos, llamados positivos, moldeados por el Poder legislativo, lo justo y más conveniente muchas veces es poder tener en cuenta ciertas desigualdades personales.

¿En qué y hasta donde se pretende llegar por razones de igualdad indiscriminada? Esta no lo puede invadir y extenderse a todo, sin causar injusticias y aberraciones. ¿Se impondrá en la institución matrimonial, p. e. la injerencia intolerable de que una persona tenga que casarse con otra con la que no quiere casarse por ser a su parecer, gorda, fea, o baja, etc., o por ser realmente del mismo sexo, pero que no puede ser rechazada o discriminada por estos motivos? El que pacta, y el matrimonio es un contrato, puede pactar con quien quiera y como quiera con las clausulas que convengan, con tal de que no contravenga la naturaleza de la institución. Por esto generalmente existe la posibilidad de establecer capitulaciones matrimoniales.

Con abuso de poder, y por mor de la igualdad entrometida en todas partes, ¿se llegará a exigir que exista igual número de matrimonios heterosexuales (o procreativos) que de los mal llamados sin serlo matrimonios homosexuales (o no procreativos), y de éstos igual número entre mujeres que entre hombres? O tal vez, en otra parcela ¿hay que preterir y desalojar a las personas que están más preparadas para ocupar determinado cargo, público o privado, con el fin de que entren igual número de otras no preparadas, o con menos capacidad y meritos, por razón de que todas son igualmente personas, o para que haya igual número de hombres que de mujeres, o de raza blanca que de raza negra, o de católicos que de musulmanes? Sabemos que en el trato justo hay diferencias o desigualdades pertinentes e impertinentes a tener o no en cuenta.

Se puede advertir por lo dicho que en la realidad los Estados totalitarios socialistas usurpan y niegan a las personas los derechos de libertades fundamentales. En los Estados socialdemócratas tienen que admitir los derechos y libertades fundamentales, pero en cuanto ejercen el poder partidos socialistas, cercenan la libertad más allá de lo necesario porque quieren regular la vida entera de las personas según su ideología colectivista igualitaria. Para este fin carecen de poder justificable. La injusticia se da también en el ejercicio del poder, por crear leyes injustas, que quitan la libertad posible y necesaria que pertenece a las personas.

En conclusión, la igualdad en el ser, en el obrar, en el sentir, en el pensar, etc. es tan necesaria como la desigualdad, y suprimir o forzar ciertas igualdades lo mismo que desigualdades va contra la naturaleza humana, contra la libertad, contra el desarrollo de las personalidad de las personas, contra el progreso de la sociedad, y a veces contra la justicia, porque ésta como hemos visto también discrimina y tiene en cuenta desigualdades.