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Número 365-366

Serie XXXVII

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El orden de los órdenes. El concepto de orden en San Alberto y en Santo Tomás de Aquino. Su actualidad en el contexto de la filosofía política y jurídica

EL ORDEN DE LOS ÓRDENES
EL CONCEPTO DE ORDEN EN SAN ALBERTO Y EN
SANTO
TOMÁS DE AQUINO. SU ACTUALIDAD EN EL CONTEXTO
DE LA FILOSOFÍA POÚTICA Y JURÍDICA
POR
JOSÉ RICARDO PIERPAULl
1. Introducción
A partir de la lectura del artículo de G. Wieland (!) titulado
"Secundum Naturam Vivere". Acerca del cambio de las relaciones
entre Naturaleza
y Moralidad, he creído oportuno formular algu­
nas reflexiones, a fin de tomar posición en favor de una relación
armónica entre ambos conceptos centrales. Así pues, el título de
mi exposición, según esta toma de posición, debiera leerse:
"Secundum Naturam Vi'vere ". Acerca de una concepción realista
en torno de las relaciones entre Naturaleza y Moral. Pero como
se ve, mi título es otro.
En efecto, aludo al Orden de los órdenes, pues por el cami­
no del realismo, o lo que es equivalente en el marco de una refle­
xión filosófico-política,
por el camino de la experiencia, he
encontrado detrás del nombre orden una variedad de significados
que, a su vez, mantienen entre sí una relación de fundamenta­
ción. Ello se debió antes a un descubrimiento del autor de este
trabajo, a la reflexión en torno del concepto de orden, dentro de
las obras de Alberto Magno y de Tomás de Aquino. El resultado
de esa lectura no tendrá aquí tan sólo un valor histórico, sino
(1) Cfr. WIELAJ\D, G., "Secundum naturam vivere. Ueber das Verhaeltnis von
Natur und Sittlichk.eit", en FRAUNG, B., Natur em ethischen Argument, Universitaet­
verlag, Freiburg, Schweiz, 1990, págs. 13 a 33.
Verbo, núm. 365-366 0998), 401-418
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critico y sistemático, pues permitirá fundamentar debidamente mi
torna de posición, en el marco de un debate tan actual como el
que presenta Wieland en su artículo.
Mi propósito es abordar las relaciones de orden que hay, si
es que las hay, entre la Moral y la Política y, de ésta con el
Derecho y
la Economía. Pretendo aclarar también que estas rela­
ciones, leídas siempre desde una perspectiva realista, remiten a
otro nivel de orden, pero de carácter supra y per-politico (2), sin
que esta relación de dependencia signifique una relación de
estricta derivación.
Sería--este el caso si me propusiera ofrecer uha
utopía. Muy por ble vivir según la
náturaleza, a pesar de las múltiples variaciones 1 que se nos presentan a consideración en torno de los objetos
materiales de las diferentes disciplinas que enumeré.
Si, en Jugar de elegir una posición de partida realista, nos
inclinásemos por otra de signo opuesto, la tarea debiera ceñirse
a una descripción
de los órdenes en su sentido positivo, inten­
tando hallar su razón de ser y la última explicación de sus muta­
ciones, a partir del llamado marco interdisciplinario, respetando,
claro está,
la consigna de no sobrepasar el plano de referencia
que se nos presenta como evidencia inmediata. Hablaríamos así,
de la moral y de las morales, de la manera de expresar los nom­
bres de lo moral, de la Política como ciencia rigurosamente posi­
tiva, del Derecho positivo como sistema de normas completo en
sí mismo (3) y, por último, de la Economía como ciencia del mer­
cado.
Si bien este proceder seña provechoso a los fines de pre­
parar la base empírica para un posterior reflexión crítica, con
todo no pasarla de eso, es decir, de una prolija enumeración de
hechos.
Debemos a quienes
no han podido ver detrás del nombre
más
que una atrayente ocasión de pensar y repensar en torno de
su estructura gramatical, el habemos preparado aquella base em-
(2) Cfr. PIERPAUU, ]. R., "A-cerca de las formas de Gobierno", en Verbo,
Madrid, España, núm. 353-354, pág. 272.
G) Cfr. BROEKMAN, ]. M., "Rechtstheorie en Htstorlsches Woerterbucb der
Pbtlosopbte, WGB, Darmstadt, T.• R-Sc, 1992, págs. 342-352.
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pírica, pues, a través de su insistente referencia al nombre y a su
inmediata realidad, han redescubierto la primera etapa de un
viejo camino, el cual, a pesar de haber sido transitado por Alberto
y
por Tomás de Aquino ( 4), fue olvidado por algunos de sus
seguidores, más preocupados en las esencias que en la relación
dinámica que existe entre éstas y el acto de ser. Pero, dado que
el mundo de lo inmediatamente perceptible no es un reflejo de
una realidad situada
en el más allá ni tampoco unos hechos des­
vinculados de toda racionalidad estructurante, se impone con
necesidad metódica, el indagar en torno del nombre orden a fin
de conectarlo con su más honda explicación. Se trata, dicho de
otro modo, de correr el telón del nombre para presenciar el
espectáculo multifacético de su realidad.
Por el camino de una gradual penetración
de sentido apare­
cerán, según espero, aquellos capítulos principales que corres­
ponden a una Filosofía Política. No buscamos tan solo un catálo­
go de ítem.'i, sino principalmente una relación dispositiva entre
esas estaciones
de un mismo nombre, aplicado a realidades en
parte semejantes y en parte diferentes. Partiré, pues, de la rela­
ción entre
Hombre y Naturaleza a fin de descubrir luego otros
órdenes más directamente concernientes a la Filosofía Práctica. Es
este contexto, una será nuestra conclusión en la búsqueda de una
fundamentación entre los órdenes, si nos mantenemos dentro de
la lectura de Aristóteles, que formularon Alberto y Tomás, pero
muy diferente será el resultado, si es que partimos desde el exa­
men propuesto por Hobbes, quien concibió a la Naturaleza
como un mecanismo regulable técnicamente por la razón hu­
mana (5).
Resetvo para la cuarta parte de esta exposición una lectura
del parágrafo 1.253 a 2-3 de la Política de Aristóteles, oportuni­
dad ésta
en la que intentaré reflejar el resultado parcial hasta allí
obtenido. ¿Qué significa
la conocida afirmación de que el hom­
bre es político por naturaleza? ¿Hay ya en su naturaleza una cier-
(4) Cfr. RAMíREz, ]., De Ipsa Phi/osopbta tn Untversum, t. 1, Consejo Superior
de Investigaciones Científicas, Instituto de Filosofía Luis Vives, Madrid, 1970,
págs. 21-22.
(5) Cfr. WIELAND, G., op. cit., págs. 30-31.
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ta prepoliticidad que le permite resolver sin más, los problemas
que presenta la convivencia en comunidad? ¿Es su naturaleza
concordante o disonante respecto de los presupuestos de la con­
vivencia humana? ¿Hay en su naturaleza un punto de partida que
sea al mismo tiempo participación de un orden y principio de
otros órdenes?
2. El orden como nombre y su realidad concomitante
Según parece, una de las primeras aplicaciones del nombre
orden estaría vinculada con el arte textil (6). Allí el artesano habla
de orden para aludir a un dispositivo de líneas rectas, paralelas y
perpendiculares, que constimyen la trama del tejido. Hay alli
un
orden de las filas paralelas entre sí, otro entre las perpendiculares
y otro entre las paralelas y las perpendiculares. Pero las llamamos
paralelas y perpendiculares respecto de una posición de partida,
fijada por el textil que
es principio de la textura. Precisamente
podemos llamar a éstos, orden paralelo y transversal sólo por
referencia al orden que todas las líneas mantienen respecto del tex­
til. La acción de iniciar la textura aparece significada con el verbo
latino
ordiori (7), que significa empezar, comenzar, principiar. De
alli provienen tanto
Primordium -comienzo de la trama-como
Exordium (8), que significa inicio de la ordenación o de la textura.
Por nuestra parte, decimos
en la vida cotidiana que tal o cual
orden debe cumplirse y nos referimos con ello a dos acciones:
una es la de quien impartió esa orden, vale decir quien la elabo­
ró a la manera de un cierto proyecto por realizarse. Otra acción
es
la de quién debe concretar ese proyecto, a la manera de un
ministro (9). Sin perjuicio de otros exámenes, podemos detener-
(6) Cfr. RAMIREZ, ]., De Ordine plactta quaedam tbomtsttca, Salamanca, 1963,
pág. 4.
(J) Cfr. BLA.zQUEZ FRAILE, Dtccionarlo latino-español, S.11 ed., K-Z, Barcelona,
1960, pág. 1167.
(8) Cfr. RA,_\fiREZ, J., op. cit., pág. 4.
(9) Cfr. ALBERTUS MAGNUS, Politicorum Ltbri VIII, Ed. A. Borgnet, t. VIII, París,
1841, pág. 2S-h.
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nos aquí, en la acción por cumplir y en su proyecto intelectual.
Es evidente que la obra ordenada será un ámbito de referencia
dentro del que permanecerán unidos quien impartió la orden con
quien la cumplió (10). Se tratará de una unión dentro de un
orden, pero ese tal orden reconoce un punto de partida, a saber,
la razón
de quien ordena, y un punto de receptividad, a saber,
quién la capta y la cumple. Este orden resultante tanto podrá ser
una obra de ane como si se tratara de un tejido, o bien podrá ser
el contitutivo esencial
de una organización. Aludo, por ejemplo,
a la relación
que vincula a quien manda con quien ejecuta, pero
ya no en el marco de una factura, sino de una acción al modo en
que podria darse en un ejército. Ambos constituirán en este últi­
mo caso, un cieno todo de orden del que podrá predicarse potes­
tativo
(11), pues el ejecutor del proyecto intelectual se perfeccio­
na cumpliéndolo,
según la idea del arquitecto.
Hay, pues, hasta aquí
un orden como disposición por cum­
plirse y
un orden como disposición acabada. Pero el hecho de
que exista una dispositio tanto antes como después de la orden
verbal
o escrita, está indicando que el nombre orden toma senti­
do a partir de una disposición previa, dicho en otras palabras,
estamos
en presencia de un nombre análogo por analogía de
atribución (12), respecto de un primero y principal. Ese primero
no es tan solo el textil ni el jefe del ejército. En este último ejem­
plo
se comprenderá mejor el sentido de este análisis. Decirnos
que el jefe del ejército ordena pero, a menos que usemos esta
expresión
en sentido irónico, nos estamos refiriendo a quien esta­
blece
un cierto orden real, y ello en virtud de que su disposición
está
en un lugar determinado, respecto de otro orden que inclu­
ye a su vez al jefe del ejército. Hay aquí
un principio y una pos­
terior
derivación de éste, que nos permite distinguir el orden. Sin
un primero y un posterior no habría orden, así decimos que hay
(10) Cfr. ALBERTUS MAGNUS, op. cit., pág. 26-b.
(11) " ... est natura totius potestativi, quod potentia conjuncta superiori etiam
ad propria efficitur potentior, sicut potestas ballivi efficitur est ad ea quae sunt
ballivi, in domino quam in ipso et adhuc in rege efficitur", ALBERTUS MAGNUS, Super
Etbtca, Ed. Aschednorff, 1968-72, págs. 85-20/24.
(12) Cfr. RAMíREz, J., op. cit., pág. 17.
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orden dentro de la sala de teatro porque unos ocupan los pri­
meros lugares y otros los
que se llaman segundo y tercero, por
referencia al primero. El jefe del ejército cumple con el papel que
le toca dentro de
·un cierto orden, pero también ordena, vale
decir es principio de orden, pues imparte órdenes que son pro­
yectos intelecruales suyos
que vienen a reflejar, según el nivel en
el que se sitúe, un cierto espejo o semejanza del orden que por
su parte lo incluye. Si sus órdenes salieran de esa semejanza
serian desórdenes, sean en proyecto o concretamente realizados.
El principio de legitimidad de la orden sería en nuestro ejem­
plo la correspondencia de
la orden o, mejor dicho, de su conte­
nido, con
la lógica proyección que emerge desde una previa dis­
posición, a la manera de
una prolongación perfectiva. Así, habla­
mos
de un cierto orden cultural cuando pretendemos indicar la
formación de unos determinados principios y creencias que se
han proyectado de generación en generación. Pero hablamos
también de un cambio de paradigma culrural cuando
un orden
ha caducado para dar lugar a otro,
de sentido diferente; no se tra­
taría entonces de un orden segundo por relación al primero, sino
de un relevo del orden cultural. Son legítimas las órdenes de los
jefes de un ejército con jerarquía menor, toda vez
que sus dispo­
siciones tengan como propósito el perfeccionar la obra que
pensó el máximo jefe del ejército. Por ejemplo, éste último pla­
nea ganar la batalla, pero
uno de sus subalternos ordena de tal
modo
que aquellos planes resultan de tal manera contrariados
que incluso puede perderse la batalla. Sus órdenes podrán ser
válidas, mas no legítimas. Las mismas no pertenecerán a un
segundo orden en el marco de todo el ejército, sino que inaugu­
rará un nuevo orden, t.al vez un nuevo ejército, o un ejército den­
tro de otro.
A manera de resumen,
debe decirse que la noción de orden
es una noción análoga por analogía de atribución. Hay orden
sólo por referencia a otro orden superior, a
partir del cual éste
toma su sentido. Hay también analogía de atribución dentro de
cada nivel de orden a saber, entre sus partes constitutivas y
el
principio generador de esa ordenación.
Habrá orden como dis­
posición en proyecto
y orden como disposición realizada. El cri-
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terio de legitimidad de la orden como proyecto es su encausa­
miento recto, según el sentido perfectivo
que surge de la natura­
leza de la cosa
que es objeto de nuestra ordenación. Ordenamos
rectamente a nuestros hijos cuando propendemos a su formación
en la virtud (13), pero una vez hechos hombres virtuosos, tanto
sus familias respectivas como
el municipio y el Estado serán
unos órdenes perfectos según
que los primeros se perfeccionan
en virtud de su referencia respecto del orden ordenante a saber,
el orden
de la virtud que habiendo sido alcanzado dentro de la
familia se ubica ahora en la base del orden del todo estatal. La
definición elaborada por Ramirez podrá tal vez ofrecer un pano­
rama completo de lo dicho hasta aqui, sirviendo de esquema
para el desarrollo
posterior: Concludere possumus ordinem essen­
tialiter
esse relationem plurium distinctorum et inaequalium
simulque aliquatenus convenientium
ad aliquid unum et pri­
mum, secundun prius et posterius sive secundum magis et minus.
Correlatio autem seu coordinatio illorum plurimorum inter se,.
secundaria est et a primaria dependens, quae est ipsorum ad illud
primum et
maximum (14).
3. El orden del todo del universo como explicación
de lo perceptible
Observa Wieland que la diferencia más notoria que existe
entre las ideas
de orden entre Santo Tomás y Aristóteles, al
menos en cuanto nos interesa aquí, radica en que mientras el Filó­
sofo remitió el orden moral al político (15), Tomás lo puso en
(13) Cfr. PIERPAuu,J. R., "El papel de la educación en la preparación del hom­
bre para
la vida política", en Verbo, Madrid, España, núm. 343-344, marzo-abril,
1966, págs. 295 a 318.
(14) "Podemos condutr que el orden es esencialmente una relación de
muchos dtsttntos desiguales y en cterto modo semejantes que convienen respecto
de
algo uno y primero, según «la relación· de primero y posterior, según más o
menos. Pero la correlact6n o bien la coordinact6n de aquellos muchos entre sí es
secundarla y depende de la primaria que es la de los mismos respecto de un pri­
mero y máxtmo". RAM'iREZ, J., op. cit., pág. 16.
(15)
Cfr. WIEUND, G., op. ctt., pág. 17.
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vinculación con el orden de la naturaleza (16). Una mirada diri­
gida sobre el plan del Comentario
de las Sentencias y sobre el de
la Suma de Teología nos permitiría comprender los motivos de tal
innovación. Pero
debe observarse que las ideas de Tomás al res­
pecto, son correspondientes con las
de su Maestro Alberto, lle­
gando incluso a superarlas.
La semejanza apuntada permite cap­
tar el sentido doctrinario
que la idea de orden tenía durante el
siglo XIII pero, si se lo mira comparativamente respecto de la
perspectiva ockhamista, y dentro del proceso de formación del
llamado Estado Moderno, tal vez
pueda comprenderse mejor que
precisamente allí,
en la cesura que existe entre la Edad Media y
la Modernidad y a propósito,
en parte, de la resolución que unos
y otros dieron
al problema de los Universales (17), radica el ori­
gen del hoy llamado positivismo jurídico y político, en su versión
más radical (18). En efecto,
si el nombre orden nos impone de
suyo un compromiso con una cierta realidad fundante, el cami­
no que en busca de esa última estructura iniciemos no podrá
detenerse en lo puramente inmanente. El hecho de que entre el
sentido etimológico del nombre y la mutación de usos a través
del tiempo, nos indique la permanencia
de un último sentido
invariable, suscita nuestra búsqueda
por la realidad más simple a
saber, aquella a partir
de la cual y en la cual el nombre toma sen­
tido,
en razón de hallar la más plena perfección. Tanto para
Alberto como para Tomás, Dios es principio
de todo orden. La
radical diferencia respecto de Ockham consiste en que Alberto y
Tomás pusieron
en evidencia el camino que partiendo desde la
razón, permite alcanzar una cierta comprensión respecto de esa
escala que vincula los órdenes menos perfectos con su fuente
dimanante primera. Una explicación de lo real a partir de la idea
de orden no significa, en la perspectiva albertino-tomista, que el
(16) Ibídem.
(17) Cfr. GILSON, E., La unidad de la experienctafilosófica, trad. al castellano
por Carlos Amable
B. Fernández, Ed. Rialp, Madrid, España, 1973, págs. 77 y sigs.
(18) Para quien se interese en la conexión entre el problema de los Univer­
sales y la
Filosofia del Derecho conviene leer el muy interesante libro de ]UAN
ALFREDO CAsAUBoN, Palabras, ideas, cosas. El problema de los Untversales, Ed.
Candil, Ds. As., 1984.
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primer capítulo de tal exposición deba consistir en una lección
de metafísica (19). Se tratará, en cambio, de evidenciar la dispo­
sición íntima
que la razón puede descubrir en el objeto singular
y también la disposición
en virtud de la que la misma razón
puede conocer. Una vez hallado este esbozo incipiente cuya
dirección nos permitió unir en el orden nuestra propia razón y el
mundo que nos rodea, la Lógica deberá ceder su lugar a la Moral,
por cuanto, puesto el entendimiento humano en la dirección de
la Verdad, conviene que se expliquen las implicaciones que tiene
el
deber de honestidad para con la Verdad misma (20). Pero para
Alberto y para Tomás
tampoco la Moral permitirá completar una
exposición sistemática en torno del orden, ambos exigirían una
conversión espiritual (21). Ello se ve con claridad cuando se exa­
mina la idea
de orden que ambos incluyeron cuando se referían
al Todo Creado. En efecto, sostiene Alberto en la Summa de
Creaturis,
Q. 81, que el universo está ordenado según tres órde­
nes: a saber, el orden del universo en sí mismo, el de éste res­
pecto del hombre y el del Todo respecto de Dios Creador (22).
Tomás, por su parte, expresa una idea muy semejante en la
primera parte de la Suma Teológica: "Se debe considerar un
orden doble en las cosas. Uno es el orden en virtud del cual algo
creado se ordena respecto de otro algo creado así como las partes
se ordenan
al todo, los accidentes a las sustancias y cada cosa a
su fin. Otro
es el orden en virtud del cual todas las cosas creadas
se ordenan a Dios"(23).
Alberto y Tomás derivan irnplicancias relevantes para la vida
práctica, partiendo
de los textos leídos, pero las derivan dentro
de la lógica que toda su exposición alcanza en la especulación
teológica. Dice Alberto
en el mismo contexto del texto transcrito:
(19) Esta idea me fue sugerida en varias ocasiones que tuve para conversar
con Soaje respecto de los enfoques epistemológicos que corresponden a una
posición tomista.
(20)
Cfr. Gil.SON, E., op. cit., págs. 77-78.
(21) También SOAJE ha propuesto este camino en sus inéditas Lecctones
acerca del orden político,
dictadas en la U.C.A.
(22) Cfr. AI.BERTIJS MAGNUS, Summae de Creaturts, II pars, Q. 81.
(23) TOMÁS DE AQUINO, Suma Teológica, 1 Pars, Q. 21 a. l., ed. BAC, t. 1,
pág. 748.
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"Mas respecto de la creatura humana el orden es múltiple. En
efecto, dice el Apóstol San Pablo que todas las cosas son nuestras.
Los bienes superiores nos pertenecen en razón de su custodia y del
ministerio
y para la felicidad futura. Los inferiores nos pertenecen
en virtud de las necesidades de la vida, sea en el comer, en
los
auxilios para el trabajo, para el ejercicio de la sabiduria y el de
la virtud" (24). Tomás expresa una idea semejante pero con
mayor precisión:
"Siendo Dios el primero que mueve absoluta­
mente,
es a partir de su moción que todas las cosas se convierten
según la común intención de bien,
en virtud de la cual cada cosa
busca asimilarse a
Dios al modo de cada criatura"(25). Mientras
que Alberto expresa la bondad de cada cosa y su servicio res­
pecto del bien humano, Tomás descubre también la
bondad de
lo creado pero remitiéndola a Dios,
en línea de causalidad efi­
ciente.
Es, pues, evidente que entre el Bien Creador y el bien
creado hay una relación analógica, es evidente también
que el
bien de la cosa creada tiene su fundamento en su orden consti­
tutivo, así como el bien del todo del universo consiste
en su
orden ínsito. Pero así como Dios crea según la Inteligencia
Di­
vina, así el hombre crea y ordena según su propia razón que deri­
va
de la Inteligencia Divina. Debe haber, sin duda alguna, una
relación vital entre la Inteligencia Divina y la razón humana (26),
ambas en su función creadora, pues dentro del marco armónico
en que se movían los dos doctores medievales, el orden político
o, si se prefiere, el orden
de nuestra vida práctica, debe ser, a fin
de alcanzar la perfección que le es posible alcanzar, un cierto
reflejo del modo
en que Dios gobierna toda la creación.
Analizamos aquí la idea de orden
en línea de causalidad efi­
ciente porque el bien político es una tarea por realizar. Siendo así
importa probar
que la razón humana es el principio del orden
político, aún si en este emprendimiento alcanzáramos el éxito,
faltaría examinar si la razón humana es principio de orden poque
Dios le participó una visión anticipada y completa del orden hu-
(24) Cfr. ALBERTUS MAGNUS, Ibídem.
(25) TOMÁS DI". AQillNO, Suma Teológica, 1-11, Q. 109, Resp. Ed. Leonina, t. IV.
(26) Cfr. TOMÁS DE AQmKO, Sententia Libri PollNcorum, Ed. Leonina, Roma,
1971,
in Prólogo. ALBERTIJS MAGNUS, Po/tllcornm, Llbri VIII, ed. citada, in Prólogo.
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mano o tan solo unos principios de orden en virtud de los cua­
les deberá ajustar la realidad. Esta última parece ser la tesis
de
Alberto y de Tomás (27), pero, aceptada la misma, debiéramos
todavía indagar acerca
de si las creaciones humanas a las que
observamos según su orden, guardan relación autonómica o
armónica (28) respecto del orden de las cosas creadas por Dios.
Según lo dicho hasta aquí, el
orden humano no puede ser anti­
nómico ni autónomo respecto del
orden con que Dios creó el
Todo del Universo,
pues de otro modo no seria orden, ello en
virtud de la relación de analogía que atribuimos al concepto de
orden. Expondré a continuación el modo en que Alberto y
Tomás, de manera. coincidente, explican la construcción del
orden politico a partir de la razón, valiéndose para ello del con­
tenido del Primer Principio práctico:
bonum esse Jaciendum et
prosecuendum, et malum vitandum.
4. Secundum naturam politice vivere
Conviene que se analice ahora el significado que la conocida
tesis
de Aristóteles, El hombre es un animal político por natura­
leza, tiene.
Wieland compara en la última parte de su artículo no sola­
mente las concepciones
de Tomás y de Aristóteles, sino ambas
con la
de Hobbes (29), y ello porque observa, con razón, que
Hobbes modifica el concepto
de naturaleza asumido por Tomás
y por Alberto. En una clasificación esquemática, explica Wieland
que las relaciones entre Naturaleza y Moral pueden ser: 1. Armó­
nicas, en el sentido de Aristóteles, Alberto y Tomás; 2. Autóno­
mas, según que, como se ha intentado últimamente, se separe la
Ética de la Metafisica (30); y 3. Antinómicas, según que se acep­
te el significado
que Hobbes asigna a la Naturaleza humana en
(27) Cfr. Ibídem.
(28) Tomo parcialmente la clasificación dada por WIELAND, G., en su op. cit.,
pág. 9.
(29) Cfr. WIELAND, G., op. cit., págs. 15 y sigs.
(30) Cfr. KLVXEN, W., Phtlosopbische Ethik bel Tomas, Munster, 1984.
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relación con las exigencias de la vida en comunidad. Hobbes,
quien era
en cierto modo deudor de Ockam, propone una visión
parcial del hombre a partir
de la cual alcanza el modelo del con­
trato originario.
La afirmación liminar desde la que parte Hobhes
es exactamente antinómica respecto de la tesis de Aristóteles que
aquí analizamos. En efecto, dice Hobbes
en De Cive, 1, 2,
Hominem ad societatem aptum non esse, y más adelante com­
pleta:
Ad societatem ergo hamo aptus, non natura, sed disciplina
factus est
(31).
Si examinamon ahora el lugar que Hobbes asigna al concep­
to
de Disciplina, su tesis ya no será antinómica respecto del Filó­
sofo, sino también respecto
de Alberto y también de Tomás. En
efecto, para Alberto y para
su discípulo la naturaleza humana que
es parte principal de la Naturaleza en si, está dotada de todo lo
necesario para configurar la vida política
que es su perfección
temporal. Como
se sabe, Tomás, a diferencia de Alberto, explica
en la 1-JI (32) que existen dos tipos de operaciones en el hom­
bre, las unas lo presentan
como hombre en su sentido más natu­
ral, asi serán operaciones
de este tipo el respirar, el dormir y el
digerir, entre otras. Mientras
que existen operaciones, de especial
relevancia para nuestro asunto, a las
que llama operaciones del
hombre, vale decir aquellas a las
que llamamos estrictamente
voluntarias.
Alberto y Tomás coinciden, en todo caso, en afirmar que la
naturaleza humana es también razón, que es natural
que el hom­
bre gobierne aquellas operaciones llamadas voluntarias median­
te la razón y
que ésta está participada de la Ley Divina desde que
tiene ínsito el principio de orden ya enunciado, a saber: Bonum
faciendum et prosecuendum esse, et malum vitandum. Es este
contexto doctrinal la
Disciplina (33) tiene dos sentidos: a saber,
uno es persuasivo y el otro es coercitivo. Como sostiene Alberto
al principio de su Comentario a la Ética a Nicómaco y también
Tomás
en el suyo, la Disciplina, enseña al hombre todo aquello
(31) Citado por WIEIA..'ID, G., op. cit., pág. 15.
(32) Cfr. ToMAs DE AQUINO, Suma Teológtca, 1-11, Q. I, art. 1, Ed. Leonina,
pág. 6.
(33) Cfr. ALBERTUS MAGNUS, super Etbtca, ed. citada, 1-24 y sigs. y 4-36-44.
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que debe saberse para obrar lo honesto y evitar su contrario. Así,
es posible que el hombre realice operaciones justas aún cuando
la
Ley Positiva no exista, pues en virtud de la Disciplina, se com­
porta como
un cierto Justo viviente (34). Pero, tanto por la com­
pleta
contextura~aturakleLhombre como por el carácter prácti­
co
que la Ética tiene, ambos autores entienden que hay ciertas
disposiciones del hombre
que lo impulsan a obrar mal a pesar de
sus buenas inclinaciones. Un tal comportamiento puede, incluso,
permanecer más allá de las admoniciones paternas y públicas, es
allí, pues,
donde cobra todo su peso el significado coercitivo de
la Disciplina (35). Luego, el arte de gobernar la formación del
etbos del hombre, es tarea de la política a través de la pedago­
gía, mas el arte
de sujetarlo dentro de cierto orden cuando las
admoniciones resultan insuficientes, será tarea de la política, pero
a través de su sistema de normas positivas. Se
ve aquí la mayor
amplitud que el concepto Disciplina tiene en Alberto y en Tomás,
pero
no debe perderse de vista en la comparación con la idea
hobbesiana acerca del hombre y
de su politicidad, lo que tal vez
podría llamarse la hora del nacimiento del positivismo jurídico a
saber, el énfasis con que se acentúa la coercitividad
de las nor­
mas creadas
por la autoridad, para refrenar la naturaleza defec­
tuosa del hombre.
La politica albertino-tomista se ocupa de la formación del
etbos humano a fin de que éste se conrresponda con el Etbos de
Comunidad Perfecta que es el Estado. Aquí la idea de orden que
buscamos mantiene la relación siguiente: Orden político -orden
moral,
mas si cambiamos nuestra perspectiva, esto es, si exami­
namos la formación del Etbos del Estado, aquella relación se
invierte, pues del orden moral dependerá el orden
de la comu­
nidad política. Si bien ambas direcciones son relevantes, convie­
ne señalar que la segunda parece aventajar en importancia a la
primera.
En efecto, la formación del Estado es una tarea arqui­
tectónica
de la autoridad política mientras que el mantenimiento
(34) Cfr. ALBERTUS MAGNUS, op. cit., págs. 306-46-57.
G5) Cfr. TOMÁS DE AQUI~O, Sententia Librt Ethicorum, Ed. Leonina, vol. I,
Roma, 1969, págs. 4-75.
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de ese orden le corresponde a sus súbditos, desde que el Etbos
estatal es para ellos un cierto fin por alcanzar. Ahora bien, tanto
el
Ethos del todo político como las disposiciones personales para
configurarse según esa medida, hacen directa alusión al orden
del alma, sea esta
la de la autoridad o bien la del súbdito del
Estado.
Se crea entre ellos algo así como una cierta comunión
espiritual de tipo creativa.
El alma, por su parte, se ordena siem­
pre
que sus partes constitutivas encuentren la originaria disposi­
ción que la caracteriza por naturaleza, vale decir cuando la razón
es suficientemente lúcida y robusta que alcanza para sujetar y
dirigir, de conformidad
con el primer principio práctico, las ten­
dencias inferiores
que corresponden a la vida afectiva y vegetati­
va. Hay aquí
no sólo una clara relación de subalternación entre
Política y Antropología, sino también de ésta respecto del orden
de la naturaleza.
La tesis aristotélica enunciada más arriba indica: l. Que el
hombre es un animal; 2. Que es racional, y 3. Que es capaz de
expresarse mediante el lenguaje a fin de transmitir lo justo y lo
injusto.
La politicidad del hombre está estructurada en virtud de
su racionalidad, pero ambas se hacen perceptibles mediante el
lenguaje.
El lenguaje no es punto de partida del orden moral,
político y antropológico, sino
que es reflejo de los mismos, según
las relaciones de subalternación expresadas. El hombre en que
Hobbes pensó
era en cierto modo irracional, pues su egoísmo era
la nota dominante. En esa precaria condición no era posible que
naturalmente pudiera emerger la Comunidad Política, sino sólo
un estado de guerra de todos contra todos. Es así como se hacía
indispensable la coacción normativa de esa naturaleza dominan­
te
en el hombre, es así también como el contrato no sólo conte­
nía
la firme decisión de vivir en comunidad detrás de un fin espi­
ritual y material común, sino
que principalmente debía consistir
en una tabla rigurosa de obligaciones, creadas según la humana
previsibilidad del legislador y conforme a la medida
de un hom­
bre distinto del
que fuera creado por Dios, esto es, capaz del mal
en razón del pecado, pero llamado a la santidad. El Estado hob­
besiano nacía de modo coincidente con la estructura juridica
que
demarcaba aquellas obligaciones. La estructura política coincidía
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EL ORDEN DE LOS ÓRDENES
con la jurídico-positiva, habiendo nacido aquélla de ésta. Muy
diferente son las relaciones
de orden en el sistema albertino­
tonústa. Aquí, según se vio, la política es aquel arte
que permite
plasmar
en preceptos normativos, sean estos morales o jurídicos,
el plexo normativo prepolítico. En esta perspectiva la
Naturaleza
precede a la Moral; ésta es, en un sentido, fundamento de la polí­
tica y ambas lo
son del orden jurídico positivo.
Alberto alude varias veces
al orden de la naturaleza cuando
comenta el texto
de la política del Filósofo, pero tal vez uno de
esos textos sea el más significativo para confirmar los resultados
hasta aquí alcanzados.
Me pernúto, pues, transcribir ese pasaje y
sus derivaciones, pues al paso que, como digo, echan luz sobre
este esquema, permiten conocer según sus textos,
la rica doctri­
na del Doctor Universa/is. Dice Alberto en la Política: "Tal como
dice Aristóteles en el Libro
11 de la Física, la naturaleza es la que,
con presciencia de nuestra razón, genera movimiento, lo que no
podría ocurrir a no ser desde unas faerzas superiores de la natu­
raleza que dominan todo según la complexión de las causas, las
que, a su vez, ordenan y disponen
los hechos humanos, según lo
que dice Boecio en el Libro IV de la Consolación, a saber, que es
en las cosas naturales en las que se adhiere a cierta disposición
en
virtud de la cual la providencia entrelaza cada cosa a sus
órdenes respectivos"
(36). Esta doctrina luego es aplicada a la for­
mación del orden político, según el esquema explicativo expues­
to más arriba. En efecto, dice Alberto también en su Comentario
a la Política: "La Política, que es ordenadora de los ciudadanos
según la forma
de la Justicia, no hace a los hombres-véase aquí
la relación Naturaleza-Política-, sino que los toma ya consti­
tuidos y ordena las leyes y las constituciones
jurídicas según la
forma de laJusticia"(37).
Luego, Alberto vincula la Justicia Gene­
ral, aludida hasta aquí indirectamente, con el contexto teológico a
fin de completar su perspectiva,
en armonía con la triple división
del orden
que fuera expuesta en el punto II. Dice Alberto: "En
efecto, como toda Justicia, la Justicia General consiste en cierto
(36) ALBERTUS .MAGNUS, Polittcorum, Libri VIII, ed. citada, págs. 13-1.
(37) ALBERTUS .MAGNÚS, op. cit., pág. 58-q.
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débito. Pero el débito general hace a la Justicia General. Mas el
débito general es el débito
de toda el alma según las fuerzas orde­
nadas
al acto y al prójimo, a sí mismo y a Dios, según el orden
recto en el que el hombre
fue creado, tal como dice Salomón: Dios
ha creado al hombre recto y éste se inmiscuyó luego en múltiples
asuntos"
(Eccl.,7-30) (38).
Tomás, por su parte, expresa con la mayor claridad aquello
que considero una cuádruple distinción del orden, pero que tiene
un carácter /undante. El Aquinate sostiene en su Prólogo al Co­
mentario a la Ética que existe un orden que la razón no hace
sino que descubre, a saber, el orden de la naturaleza del cual es
incluso parte. Luego, existe
un segundo orden que la razón cons­
truye a fin de articular los conceptos. Alude aquí al orden de
la
Lógica. Hay aquí una relación de fundamentación, pues el orden
de los conceptos
que la Lógica maneja no está desvinculado del
orden de la naturaleza como creación. Los contenidos materiales
de la lógica aluden directamente a las naturalezas creadas, mien­
tras
que la parte formal de la Lógica consiste en unas reglas del
razonamiento recto, según aquellas naturalezas. De este modo el
orden de la Lógica es también
un refiejo mental del orden de la
naturaleza. Recién a partir de aquí descubre el Aquinate un ter­
cer orden que es el que corresponde a nuestras operaciones
voluntarias y dentro de las cuales se enmarca tanto la política
como
la ética. Obsérvese que dentro de la visión albertino-tomis­
ta del orden, la razón viene a ser un órgano perfectivo de la natu­
raleza. La misma se desenvuelve rectamente cuando ordena den­
tro del orden.
En cambio, para Hobbes, la razón tiene una tarea
notoriamente más compleja, a saber, la tarea instrumental, pues
debe refrenar la naturaleza misma del hombre a fin de crear un
orden mejor, a saber, el
que emerge del contrato y cuya única
garantía es el temor
al castigo.
La razón humana es principio de orden según un orden pre­
vio en la medida en que es capaz tanto de discernir ese orden
previo, como de prefigurar unos esquemas teóricos que estén en
confonnidad con ese orden y con la compleja configuración de
(38) ALBERTUS MAGNUS, De Bono, Ed. Aschendorf, págs. 292-14.
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EL ORDEN DE LOS ÓRDENES
la realidad cambiante. Este es el camino que Alberto y Tomás
siguieron para abordar el orden político.
La diferencia radica en
que mientras Alberto centró su atención en el hombre, al que vio
en su relación con Dios y con el todo político, Tomás describió
analíticamente el concepto
de orden, otorgando así el marco
ontológico preciso que,
en el contexto de los comentarios a la
Política de Aristóteles, le faltaba al texto de Alberto. Aún cuando
la capacidad de síntesis que evidencia a este propósito la expo­
sición del Aquinate sea mayor
que la de su Maestro, ambos se
mantienen dentro
de una interpretación coherente respecto del
orden de los órdenes, pues
en la base de esta elaboración apa­
rece la profunda

vocación
por lo real que los caracterizó. De este
modo, la mirada analítica
y penetrante del maestro y del discí­
pulo
no se agotó en las relaciones de orden que pudimos des­
cubrir observando el Todo de la Creación y las disposiciones inte­
riores del hombre. En efecto, también ambos doctores medieva­
les observaron
que según la constitución físico-espiritual del
hombre existe
un orden de las cosas materiales al que bien
puede dividirse en dos perspectivas. En primer lugar, el orden de
las cosas exteriores en relación con el sostenimiento del cuerpo,
esto es,
el ámbito de la hoy llamada Economía y, en segundo
lugar, el
orden de las cosas exteriores, según que tienen que
ver con el sostenimiento del espíritu, a saber, el orden de la
Estética (39).
Desde este
punto de vista es también tarea de la Política la
recta distribución
de las riquezas en cantidad y en calidad, según
la medida de la Justicia, pero lo es también la ordenación de las
actividades artísticas, según el
orden de la Justicia General que en
la doctrina de Alberto consiste principalmente en el orden de las
potencias del alma humana.
Es a partir precisamente de la recta
ordenación de las potencias inferiores,
que el cuerpo humano
como naturaleza
puede sustentar el recto desarrollo de la vida del
espíritu, según el orden de los bienes superiores aludido más
arriba
por el maestro Alberto.
(39) Cfr. TOMÁS DE AQÚINO, Sententla Llbri Ethic9rnm, ed. citada, págs. 4-14
y sigs.
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El orden natural es fundamento del orden político en la me­
dida
en que el hombre alcanza a leer en el mismo no sólo los
lineamientos
de su razón sino las Leyes Divinas, apoyado en los
primeros principios prácticos y especulativos que le están insitos
debido precisamente a
que su inteligencia es básicamente una
naturaleza ubicada dispositivamente dentro
del orden

de la crea­
ción. Son concretamente esas primeras estructuras racionales las
que permiten al hombre conocer su propio orden interior y el
lugar de éste respecto del Orden del Todo.
Es allí donde la razón
se espiritualiza y asume
como tarea no sólo el fin político per­
fectivo, sino el fin sobrenatural al que este último se subordina.
Es parte esencial del orden del alma esta dinámica tendencia
hacia los opuestos a saber, su aspiración de santidad y su recu­
rrencia
en la flaqueza que le impide ascender. A partir de esta
natural constitución se abre el camino del mérito y del demérito.
Tal vez
pueda decirse que el hombre se vuelve bueno y justo
cuando vive
secundum naturam. Vivir según la naturaleza no es,
según creía Hobbes, el principio de la destrucción del hombre.
Vivere secundum naturam es Vivere politice secundum naturam,
más aún Vívere politice secundum naturam es Vivere religiose et
politice secundum Dei Legem.
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