Índice de contenidos

Número 365-366

Serie XXXVII

Volver
  • Índice

Álvaro d'Ors: La posesión del espacio

INFORMACIÓN BIBLIOGRÁFICA
Álvaro d'Ors: LA POSESIÓN DEL ESPACIO 1•1
En este pequeño libro, Alvaro d'Ors continúa impartiendo se
muestría,
no solamente jurídica. En otra ocasión subrayé cómo
Alvaro d'Ors tiene
un pie entre "los lógicos" y otro. entre "los
mágicos"; y que en sus enseñanzas, llenas de sabiduría, fluyen las
paradojas. "Ese medio de demostración tan válido como un silo­
gismo sólo que mucho más divertido", como decía Chesterton,
con el que, a mi modo de ver, Álvaro se asemeja también física­
mente.
La, posesión del espacio comienza con una conjunción para­
dójica, casi incongruente. ¿Cómo se puede tener materialmente
algo tan sólo intelectual como es el espacio?
La contestación a
esta pregunta del autor la encuentra el lector
en pocas y razona­
das páginas,
que le llevan desde la percepción del espacio como
la totalidad del ámbito sensible,
no reducido a la "solidez" del
suelo, sino también a la "insolidez" del mar
y del aire, pasando
por el hombre (creado responsable y libre, siendo la libertad
consecuencia
de la responsabilidad) como administrador y no
soberano de la Tierra que Dios le confió, a los conceptos de la
Geonomía y la Geodierética. La cadena de razonamientos puede
condensarse así (advirtiendo al lector que es difícil condensar lo
expuesto
por d'Ors en este sugerente libro):
La idea primigenia del Derecho romano del control de lo
poseido era no de carácter físico sino económico. El régi­
men interdictial romano de la posesión de fincas rústicas
puede extenderse a toda la Tierra, considerada como una
grande y única finca de la humanidad.
(') Cuadernos CtVltas, Ed. Civitas, s. A., Maruid, 1998, 77 págs.
Verbo, núm. 365-366 0998), 509-552 509
Fundaci\363n Speiro

INFORMACIÓN BIBLIOGRÁFICA
510
La Geopolítica se concibió y desarrolló (por Kjellen,
Haushofer, Goskhor, MacKinder, Mahan y Castex,
en
Suecia, Alemania, Rusia, Inglaterra, Norteamérica y Fran­
cia, respectivamente) como "una natural expansión de
los Estados más fuertes, apoyada en la superioridad de la
raza".
Es una ciencia falaz al pretender justificar científi­
camente las ambiciones estratégicas
de cualquier Estado.
Pero este planteamiento sufre cambios drásticos con la
aparición de nuevas armas que hacen inútiles las fronte­
ras territoriales y la insuficiencia de la defensa nacional
por el mismo Estado (así,
por ejemplo: los misiles de
largo alcance, la potencia de las armas nucleares, la auto­
nomía
de los cohetes y satélites; los ordenadores interna­
cionales, etc.). Hoy puede avenrurarse la idea de que la
guerra con las nuevas armas se reserva para las superpo­
tencias como
defensa disuasiva; aunque la guerra con
armas convencionales puede persistir entre pueblos me­
nores.
Por ello, un orden de paz mundial puede quizá alcan­
zarse mediante la constitución de grandes espacios. No
distribuyendo
la Tierra, sino estableciéndose un orden
racional de posesión conforme a la Geodierética, o parte
de la Geonomía referida a la justa distribución acrual de
las parcelas del espacio accesible al hombre como "pos­
sessor" parcial del suelo público; y fundada
no en la
necesidad del
poder estatal (como la Geopolítica), sino
en la más estricta necesidad vital de los grupos sociales.
Un orden racional
de la Geodierética debe proceder de
abajo arriba según el principio de subsidiariedad, por el
cual debe concederse a cada instancia social la autono­
mía necesaria en la meclida en que puede aquélla regirse
razonablemente
por sí misma. Este fecundo principio
sirve
no sólo para la defensa del individuo y los grupos
intermedios (familia, Municipio, región ... ) frente al
Estado, sino para una ordenación universal, no sólo esta-
Fundaci\363n Speiro

INFORMACIÓN BIBLIOGRÁFICA
tal. En tal sentido es equivalente a "la foralidad" típica­
mente hispánica. De ahí
que en los niveles de preferen­
cias posesoriales, vaya
por delante el hogar familiar y
sigan,
por este orden, las empresas, las ciudades, las
comarcas, las regiones y naciones, hasta finalizar
en los
grandes espacios.
La Geodierética cuenta a éstos como
nivel superior,
pues niega la estructt.ira estatal, y rechaza
la idea
de un Estado universal único, dentro del cual
desaparecerian los Estados nacionales actuales, a costa de
constituir un Superestado mundial.
En esta ordenada aplicación del principio
de subsidiarie­
dad, el profesor d'Ors aclara cuantos conceptos geopolí­
ticos están
hoy confusos: comarca, región, nación y
patria; ésta como comunidad
de origen y de tradición,
compatible a la vez
-dice-"para el nivel inferior de
región y el superior de nación, salvo cuando el patriotis­
mo regional pretende excluir el nacional o al revés,
en
cuyo caso surge respectivamente el conflicto del separa­
tismo o del centralismo".
El gran espacio es una confederación de naciones; ni es
él
un Estado, ni lo son las naciones que lo integran. Su
forma pudo encarnarse en la "Comrnonwealth" británica,
que fue el último de los imperios, pero con una mayor
autonorrúa
en los pueblos que la integraban. Estas confe­
deraciones o grandes espacios
pueden ser garantía de la
libertad y
no de sometimiento a una potestad universal
única.
Los factores comunes que pueden determinar la unidad
de un gran espacio diferenciado son, entre otros: la situa­
ción geográfica, la identidad confesional (hoy
no tan acu­
sada como antaño); y,
en todo caso, la vigencia de una
ética común.
Más o menos, los mismos principios que
justifican la constitución
de naciones. En último término,
como las mismas naciones, el gran espacio ha de estar
511
Fundaci\363n Speiro

INFORMACIÓN BIBLIOGRÁFICA
dotado de un poder militar para mantener el orden inter­
no y la propia independencia. Lo que plantea el proble­
ma de la guerra.
Contra la ilusión
de los "pacifistas", la guerra siempre es
posible. Respecto
al orden interno, la fuerza militar del
gran espacio actúa en función de policía; sólo frente a
otros grandes espacios, el conflicto puede dar lugar a
una guerra, y con nuevo armamento. La guerra es el
último recurso, después de agotarse todos los demás
razonables. Dos son esenciales: la sentencia de una
autoridad judicial y el arbitraje. En los grandes espacios
habrán
de ser tribunales superiores y árbitros preconsti­
tuidos; extraños a los espacios
en conflicto. Unos y
otros, aunque no tengan fuerza para ejecutar las sen­
tencias, siempre serán un límite
para la potestad, inclu­
so en los grandes espacios.
Los principios de la posesión del espacio encuentran su
aplicación práctica en todas las redes no territoriales; es decir,
en las organizaciones cuyo servicio trasciende de los línútes de
los grandes espa¿ios. Las preferencias posesorias del espacio
aéreo (aviación, televisión, radio ... ) son puramente funcionales
y técnicas. Los posibles conflictos habrán de ser resueltos: den­
tro
de un gran espacio por el orden (las leyes) en éste vigentes;
en conflictos exteriores, por sentencia, por arbitraje, o, en últi­
mo término, por
la fuerza. Para las preferencias posesorias en
el espacio marítimo, es decir, sobre los mares "exteriores", el
profesor d'Ors, después de explayar la idea romana del mar
como res communís y de la isla, "nacida" del mar, como res
nullius (doctrina que sirvió para atribuir las tierras desconoci­
das a ~as naciones que organizaron las expediciones descubri­
doras), la aplica para los fondos marítimos. Sobre éstos sus
explotadores tendrían
una preferencia temporal en la medida de
la utilidad
de la explotación.
Asimismo, la doctrina romana de
la pauta para las preferen­
cias pesqueras (el mar
no es susceptible de apropiación ni de
512
Fundaci\363n Speiro

INFORMACIÓN BIBLIOGRÁFICA
división). Análogamente a la caza en la tierra, la pesca ha de ser
libre; aunque esto
no implique inexistencia de limitaciones; im­
puestas no por razón de la posesión de una zona, sino por un
interés general:
conservar el género objeto de las capturas en
beneficio de la totalidad humana. Las tensiones en la pesca (tan
actuales),
deben ser desnacionalizadas y objeto de un arbitraje
internacional, estable y universalmente convenido.
Estas ideas de Álvaro d'Ors son perfectamente racionales. Su
pragrnantismo solamente puede chocar con el hasta hoy estable­
cido del "dominio" como derecho subjetivo absoluto
y, en rela­
ción con el de la soberanía estatal, como criterio para la distri­
bución de
la Tierra. Per d'Ors parte del principio teológico de
que "el señorío del hombre sobre la tierra no es el de un déspo­
ta, sino el de un administrador responsable, pues cualquie.r pre­
ferencia jurídica relativa, a la vez
que implica la exigibilidad de
que otros la respeten, consiste. ella misma en un servicio a los
demás". No son éstos, pues, unos pensamientos utópicos; es
decir, muy buenos pero irrealizables. Cuando hoy se superan
fronteras y distancias, cuando el Estado parece
en vías de desa­
parición, puede ser posible una más racional distribución de la
posesión del espacio terrestre, marítimo y aéreo. Ha de basarse
en el principio de subsidiariedad para atribuir a los grupos socia­
les unas preferencias posesorias relativas; dependientes no de la
fuerza sino de las necesidades naturales de cada grupo, y con­
forme a su propia capacidad técnica.
Este libro,
en su brevedad, renueva y aclara las palabras
de Barthou
en 1906: "Precisa vivir según los tiempos y no
perpetuar en las costumbres el dogma de un Estado soberano e
infalible cuyos individuos habrían de ser esclavos resignados y
unidos".
JAVIER NAGORE Y ÁRNOZ
513
Fundaci\363n Speiro