Índice de contenidos

Número 407-408

Serie XLI

Volver
  • Índice

Investigación con células madre: Una cuestión jurídica

INVESTIGACIÓN CON CÉLULAS MADRE:
UNA CUESTIÓN JURÍDICA
POR
JOSÉ MIGUEL SERRANO RUIZ-CA!.DERÓN
El congreso de los Diputados, tras el debate del Estado de la
Nación, ha aprobado con el número
24 de las conclusiones una
proposición tendente a fomentar y priorizar la investigación con
células madre adultas.
Si consideramos la intervención del dirigen­
te socialista Rodríguez Zapatero
en el mismo debate, que incluía la
preocupación sobre el destino de los embriones, y la atención a su
estatuto jurldico, como una cosa antigua, parece que la respuesta
de la mayorla no ha podido ser más concreta. Para el Congreso
esta
no es una cuestión antigua sino que marca uno de los carac­
teres de identificación de la política más inmediata.
Se hace, sin
embargo, necesario explicar cuál
es la razón por la que en un tema
tan controvertido se abandona la cómoda indefinición del pasado
y se prefiere el enfrentamiento con el
lobby cientifista, antes de
adoptar el
Jatssez !aire de José Luis Rodríguez Zapatero.
Lo que se debate en tomo a unas técnicas de escaso impac­
to real hasta el momento en España, es la opción entre diversas
vías de investigación, unas trabajan con células madre extraídas
de tejidos adultos, otras de embriones. Parecerla que, en princi­
pio, es lógico
permitir la exploración en ambos sentidos, salvo
que se encontrara algún señalado inconveniente técnico y jurídi­
co
en alguno de ellos. Sin embargo, en el debate enconado es
observable
un doble proceso que se resume muy bien en el uso
que hace del tópico "antiguo" el líder de la oposición.
Por
un lado, el sector no antiguo parece haber logrado la eli­
minación del propio debate
de la opción de las células adultas,
Verbo, núm. 407-408 (2002), 587-590. 587
Fundaci\363n Speiro

¡ost MIGUEL SERRANO Rl!IZ-CALDERÓN
lanzando dudas constantes sobre la viabilidad de estos procedi­
mientos, que
en España, por cierto, han dado lugar a ensayos clí­
nicos, lo que no es pensable en un decenio en lo que se refiere
a las células embrionarias. Aún más los mecanismos p~ra dirigir
las células madre embrionarias parecen 1nás complejos de con­
trolar en evoluciones no deseadas aunque pres~nten las ventajas
de su número y versatilidad.
En segundo lugar, parece
que se quiere implantar la convic­
ción de que cualquier preocupación sobre el embrión humano y
sobre las acciones directamente destructivas a
que sea sometido
corresponden a una actitud supersticiosa y anti.científica. De esta
forma, los científicos que pretenden la modificación del estatus
legal del embrión, y aspiran a profundizar
en caminos erróneos
emprendidos en este aspecto o quieren cambiar la reciente regu­
lación penal sobre clonación, actuarían en nombre de la ciencia.
Los otros científicos, los que consideran que estas acciOnes no
sólo no son necesarias sino que son gravemente perjudiciales
desde el punto de vista de lo humano,
Jo harían desde la perte­
nencia a alguna cofradía.
Es más, un observador atento puede caer en la cuenta de una
sorprendente traslación del foco del debate. La permisión de la
clonación de embriones humanos para
la investigación se deno­
mina clonación terapéutica. Y los procedimientos que
en un futu­
ro permitirían la obtención de células de embriones clonados
mediante su destrucción
son valorados en virtud de sus más
hipotéticos resultados
La consecuencia parece clara; si uno encuentra dudas éticas
a la clonación y posterior destrucción de embriones, aunque
ofrezca alternativas de investigación, se coloca automáticamente
en contra del tratamiento del Alzheimer o la diabetes. Desde
luego, quienes pretenden
usar los embriones se lo ponen a sí
mismos muy
fácil. Basta invocar cualquier razón benéfica o la
posibilidad remota de que una acción actual genere un bien en
el futuro para que cualquier objeción ética o jurídica resulte des­
cartada.
En este punto, parece
que la bioética, en cuanto canalizado­
ra de puritos de vista morales sobre la acción científica, se ve
588
Fundaci\363n Speiro

INVESTIGACIÓN CON clLl!LAS MADRE: UNA CUESTIÓN JURÍDICA
reducida a un papel puramente ideológico. Sirve para justificar
cualquier acción con resultado exitoso
en el campo de la inves­
tigación. Es una especie de droga de cbnciencias. Parece existir
acuerdo
en que debe descartarse, por el momento como ocurre
siempre en estas cosas, la clonación reproductiva. Ahora bien1 no
se ha establecido aún en qué forma podrá prohibirse efectiva­
mente
la implantación de embriones clonados una vez que se
fomente y extienda la clonación de investigación, que es uno de
sus inevitables pasos previos.
Aún más, si en el curso de las investigaciones conviniese por
razón de nuevos hallazgos o por pura curiosidad científica pro­
longar el desarrollo
de los embriones clonados, dando lugar a
fases
aún más avanzadas, ¿no seria esto a juzgar por los argu­
mentos esgrimidos razón suficiente para autorizar el nuevo paso
Descartando directamente las razones de útdole religiosa, a la
que quieren paradójicamente reducir los laicistas la discusión
sobre el embrión, la oposición a la producción de embriones
por
clonación, y su posterior destrucción, puede justificarse al menos
desde los argumentos.
Uno es estrictamente ontológico y se refiere a la cualidad del
embrión humano
en cuanto ser perteneciente a la especie. No
existiendo ninguna forma de ser humano que no sea personal se
concluye que el embrión es persona. La consecuencia que pare­
ce deducirse de la propia jurisprudencia constitucional alemana,
al menos en sus primeras fases, es que merece una protección
jurfdica completa. Respecto a este punto conviene matizar que la
discusión sobre el carácter personal o
no del embrión no puede
resolverse mediante una mera apelación a la conclusión "de
facto" de que mientras no haya acuerdo el embrión debe quedar
fuera
de protección jurídica.
Desde
una perspectiva posmetafísica y de inmediato alcance
jurídico se sostiene que la vida prenatal1 sea cual sea su carácter,
tiene una indudable relación
con nuestra consideración como
especie. Es decir, se afirma que la acción sobre los embriones
tiene efectos sobre
la Humanidad y sobre la definición de la
sociedad occidental en sus bases esenciales} es decir, como com­
puesta por seres libres e iguales. La donación reproductiva es,
589
Fundaci\363n Speiro

JOSÉ MIGUEL SERRANO RUIZ-CALDERÓN
por supuesto, el más directo ataque que se puede producir en
este sentido, pues intenta predeterminar totalmente el futuro suje­
to libre,
mediante su reducción a ser una mera copia genética de
un adulto, pero hay otros como la eugenesia positiva, es decir, la
que
no cura defectos sino que construye cualidades o la clona­
ción de investigación, no menos importantes.
En efecto, la reducción de la vida humana prenatal al proce­
so meramente productivo de utilización y destrucción
que está
presente
en la clonación de investigación es un precedente muy
grave
que alcanza a la propia consideración de lo humano en
nuestra sociedad futura. Por mucho que se esgriman razones
benéficas, la experiencia
de los debates morales prueba que no
hay crimen o utilización del hombre como mero objeto que no
se justifique desde esa perspectiva.
590
Fundaci\363n Speiro