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Número 351-352

Serie XXXVI

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Laudatio in honorem Alvari d'Ors

LAUDA TI O IN HONOREM ALVARI D'ORS
POR
RAFAEL DOMIN<,ü
Por concurrir en mí la condición de Decano de la Facultad de
Derecho de la Universidad
de Navarra, en la que él profesa desde
poco después de su erección
en 1960, y la de discípulo de tan egregio
maestro, me ha sido otorgado el honor de elogiar con esta laudatio
la persona de Alvaro d'Ors, a quien le ·honra ahora encontrarse,
junto con su querido amigo Julio Caro Baraja, entre los galardonados
con el prestigioso premio de
Humanidades de la Eusko Ikaskuntza.
***
No habíap. transcurrido dos semanas desde su nacimiento, cuando
Xenius daba la noticia a su querido amigo Juan Ramón Jiménez,
en una breve carta, datada el 27 de abril de 1915, que escribió con
motivo del envío de unas pruebas corregidas:
«Sepa usted y diga a
mis amigos que mi tercer retoño ha nacido estos días, varón como
los otros do.s y que se cristiana IIlañana con, nombre de Alvaro.
Tómese nota de él como de un futuro residente [se refiere a la
Residencia
de estudiantes]. Ya ve usted, yo estoy hecho ya un jo­
ven patriarca, mientras que, por lo visto, usted continúa en Zeno­
bita» (1). (El poeta, casado con Zenobia, seguía sin descendencia).
De sus padres -Eugenio d'Ors y María Pérez-Peix-heredó
su marcado temperamento esteticista. No es extraño, pues, que
nuestro homenajeado haya llegado a afirmar que el torno de alfarero,
el dibujo de mapas, las colecciones de insectos y las traducciones
(1) Publicada en Punta Europa 104 (1964) 22.
Verb,, núm. ?51-352 (1997), 164-172
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CRONICAS
fueran lo que más conrribuyeron a su formación inrelectual. Y yo
añado: la música y la danza, que educaron su sentido de la armonía,
siempre presente en su obra. Tampoco sorprende que haya elegido
el subtítulo de «Sinfonía de
una vida» para acompañar sus todavía
inéditos,
Catalipómenos mctaescolásticos. Este carácter esteticista ~muy
presente en su teoría del derecho-le llevó a concebir un orden
más «sensible» que «racional»
(2); de ahí que tambi_én el desorden
racional, según d'Ors, pueda ser armonizado. Así, me lo hacía saber
en carta de 2 de septiembre de 1988:
« ... los libros empiezan a
llenar ya el suelo de
mi cuarto de trabajo, que es más pequeño que
el de Pamplona, pero
acogedor( ... ). Tendré que acomodarme a la
estética del desorden».
El pensamiento de Alvaro
d'Ors no se entiende, como digo, sin
la impronta de
su padre. De él aprendió «el amor a Roma y la
Gramática,
y la exigencia de una íntima congruencia intelectual de
coordinar la
pane con el-todo, la anécdota con la categoría (3)», a la
que Eugenio
d'Ors llamaba «sintaxis». Inspirado en 'su padre,
D. Alvaro toma, sin embargo,
-un camino distinto, pues él es ante
todo
un amante de la concreción: «Aunque fue admirable la cosmo­
visión
-la 'Weltanschailung'-de mi padre, me atrevería.a decir
que, siempre desde
las-raíces jurídicas, pero con consecuencias de
mucho mayor ámbito,
ni.i _propio ensamblaje de ideas ha sido más
riguroso e inequívoco que el suyo, que siempre fue esencialmente
estético, y, por eso, compatible
con la ambigüedad» (4).
La atracción por la belleza clásica. embriaga su época de adoles­
cente. En efecto, en 1931 pasa el verano en Londres, donde sus
visitas diarias al
Museo Brltánico le convierten al murido clásico.
Pero su pasión
por la armonía de lo concreto y por el rigor le acercó
al
mundo del Derecho, más particularmente al Derecho romano,
atraído
por la personalidad de D. José Castillejo Duarte, eminente
pedagogo y gran impulsor
de la Investigación en la España de los
(2) Cfr. A. n'ORS, Cartas ~_un joven estudiante (Pamplona 1991) 48.
(3)
A. n'ORS, Papeles de/Oficio universitario (Madrid 1961) 349.
(4)
A. o'ORS, Catalipómenos metaescolásticos (Pamplona 1996) §2 (pro ma­
nuscripto).
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RAFAEL DOMINGO
años 20. Hombre de sagaces intuiciones, Alvaro d'Ors se adentra
en el campo de la Papirología
-- y de la Epigrafía, donde, en pocos años, adquiere renombre inter­
nacional. Su
Epigrafía Jurídica de la España Romana ( 195 3 ), sus crónicas
trienales sobre Epigrafía Griega y Romana, publicadas en la revista
lateranense «Srudia
et Documenta Historiae et Iuris», y su reconstruc­
ción de
La Ley Flavia municipal (1986), son quizá sus investigaciones
más conocidas en el
ámbito de esta especialidad.
U na
vez licenciado, amplió estudios en Roma, donde el magisterio
de Emilio Albertario
-cuyo Digesto anotado todavía conserva­
le colocó «declaradamente en el bando del romanismo crítico» (5 ),
como puede apreciarse en su libro Presupuestos críticos para el estudio
del derecho romano (1943).
Esta obra viene a ser la constitución escrita de lo que Alvaro
d'Ors
ha denominado «Escuela Compostelana de Derecho romano»,
de
la que formamos parte un buen puñado de caredráricos -no
sólo españoles-que lo reconocemos como maestro, y que hemos
proseguido sus muchas líneas de investigación.
En efecto, d'Ors,
siempre en cabeza y sin perder cota, iba abriendo senda en el bosque
de la investigación, y cuando contemplaba
un camino expedito,
fácil de transitar, dejaba que
lo recorrieran sus discípulos, para que
fueran ellos
-y no él-los que obtuviesen el éxito. Su labor de
investigación es,
por tanto, ardua, pesada. Pero este tipo de trabajo
«de menudeo»
--como ha sido calificado por alguno----, de resolver
pequeños problemas, microscópico y no macroscópico, que huye
del enciclopedismo y de
la investigación culturalista --quizá más
fascinante pero menos
eficaz-es método, camino, para resolver
las grandes cuestiones que
se plantean las disciplinas que Alvaro
d'Ors cultiva.
Sus importantes aportaciones al estudio de la Constitutio
Antoniniana, al dei-echo de obligaciones romano, muy particular­
mente con su teoría del
creditum o, al derecho romano vulgar de los
visigodos, con
su libro sobre El Código de Eurico (1960), muestran
cómo d'Ors investiga lo concreto, sin perder la visión de conjunto.
(5) A. n'ORS, Papeles del oficio universitario (Madrid 1961) 348.
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CRONICAS
Fiel reflejo de esta su marcada personalidad investigadora es su
manual
Derecho Privado Romano (81991). El afán de autosuperación
crítica, que
le conduce a incorporar abundantes modificaciones en las
sucesivas ediciones, el rigor y la acribia, la concisión de estilo,
así como el propio orden de materias evidencian que su autor «ha
vivido medio siglo esforzándose por superar críticamente las nociones
establecidas» (6).
D'Ors es un inconformista, que busca soluciones
a los múltiples problemas que
su acusada capacidad crítica le sugiere.
Soluciones a veces audaces, pues tienen normalmente su origen en
un golpe de intuición, pero siempre cribadas
por su rigor científico.
D'Ors no tiene miedo a equivocarse, y mucho menos a rectificar, ya
que lo importante para él es seguir abriendo camino en la investi­
gación.
Con ser un romanista, Alvaro
d'Ors es mucho más. Su pasión
por la verdad le lleva a adentrarse en otros campos del saber. En el
ámbito del derecho, han sido importantes sus aportaciones al derecho
canónico y al derecho civil, así como su colaboración en el «equipo
del Fuero», tanto para la redacción como luego para
el comentario
del Fuero Nuevo de Navarra.
En el campo de la filosofía política
ha centrado su atención en
la crítica contra la «secularización europeizante», e
-influenciado
sobre todo por Car! Schmitt, Michel Villey y Max Weber-en la
crítica de «la forma política
de Estado», del «derecho subjetivo» y
del «consumismo capitalista» (7), que d'Ors considera efectos de la
revolución protestante.
De estos tres autores, su querido amigo
Car! Schmitt ha sido, sin
duda alguna, el que más ha contribuido
-por contraste-a configurar su pensamiento. En efecto, en tanto
Carl Schmitt fundamenta su teoría del «nomos» en los principios
de territorialidad y potestad,
d'Ors opta por los principios de per­
sonalidad y autoridad. Esta distinción entre
autoridad-saber social­
mente reconocido-- y potestad
-poder socialmente reconocido--,
(6) A. n'ORs, Derecho Privado Romanoª (Pamplona 1991) 10.
(7) Cfr.
una extensa reflexión sobre estos cuatro temas en A. o'ORS,
Retrospectiva de mis últimos XXV años, en Atlántida 13 (1993) 90-99.
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RAFAEL DOMINGO
que, aunque romana, pertenece a la misma naturaleza de las cosas,
ha sido y seguirá siendo una de las principales aportaciones de d'Ors
a la filosofía social (8).
En
el campo de la teoría del derecho - de lo que podríamos denominar «Estética
jurídica»-d'Ors concibió
el derecho como un juego de posiciones, como la «posición justa»
(9). En efecto, haciendo
caso omiso de concepciones logicistas y ra­
cionalistas~ d'Ors se enfrenta al Derecho desde la Estética, que poste­
riormente trasciende con su concepción judicialista
-reflejada en la
fórmula «derecho
es lo que aprueban los jueces» (10)--en la que da
primacía a las fuentes de autoridad (v. gr. doctrina) frente a las de
potestad
(v. gr. ley) (11). Recientemente, completando su propia teo­
ría jurídica,
ha definido el derecho como el conjunto de «servicios
socialmente exigibles» (12), cambiando así la perspectiva subjetivista
desde la que
se viene contemplando el derecho en los últimos siglos.
Romanista, Historiador, Filólogo, Epigrafista, Papirólogo, Ci­
vilista, Foralista, Canonista, Filósofo, sí, pero Alvaro d'Ors
es, sobre
todo
y ante todo, un universitario, que ha sabido descubrir la gran­
deza de esta servidumbre. Precisamente como universitario cabal
quiso vivir desde sus inicios una de las aventuras universitarias más
apasionantes de los últimos decenios: la Universidad de Navarra,
fruto del amor de
su Fundador --el Beato Josemaría Escrivá-a
esta tierra; Fundador al que D. Alvaro profesó, desde que lo co­
noció en Madrid en 1940,
un respeto profundo, luego filial, y del
que toma su conocido símil del borrico pata aplicarlo a su propia
vida:
(8) Así lo ha manifestado el propio o'ORS, Retrospectiva con las bodas de plata
con la cátedra, en Nuevos papeles del oficio universitario (Madrid 1980) 148-149; cfr.
también
R. DOMINGO, Teoría de la «auctoritas» (Pamplona 1987).
(9) Vid. A. n'ORS,
Una introducción al estudio del derecho8 (Madrid 1989)
§28.
(10) Vid. ibidem §10.
(11) Cfr. en este sentido, A. n'ORS, Elementos de Derecho privado romano3
(Pamplona 1992) 11.
(12)
Un desarrollo de esta formulación puede verse en A. o'ORS, Derecho y
sentido común (Madrid 1995) 25-27.
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Borrico de noria fui
y, con mi anhelo
tantísimas vueltas
di,
que pronto espero,
diciendo al Señor que sí
verme en el Cielo (13).
EL PROFESOR ALVARO D'ORS
Y EL DERECHO FORAL
POR
]UAN BMS. V AIJ.ET DE GOYTISOLO
CRONICAS
Es para mí un honor participar, personalmente y como presidente
de la Real Academia de] urisprudencia, en este merecedísimo home­
naje al maestro
del derecho, profesor ALVARO o'ORS PÉREZ-PEIX,
con motivo de entregársele el prestigioso premio Eusko-Ikaskuntza.
He aprendido de él muchas cosas, me ha sugerido otras muchas, y
me siento ligado a él con vínculos de gratitud y amistad cordial.
En la Laudatio in honorem Alvari d'Ors, que acabamos de escuchar,
el profesor
RAFAEL DOMINGO, entre los muchos saberes del homena­
jeado
ha enumerado el de fatalista, perspectiva que tiene una relación
muy concreta con Navarra. Voy a centrar en ella mi contribución a
su laudatio.
Desde enero de 1962 se integró ALVARO o'ORs en el reducido
grupo de juristas, todos ellos prácticos -notarios, abogados, magis­
trados-, que redactaron las recopilaciones privadas de 1968 y 1971.
Esta llegó a ser el
Fuero Nuevo. Su indiscutido saber ha sido muy
especialmente valioso en esa comisión pues no en vano el derecho
romano era supletorio de leyes
y costumbres de la tierra. No voy a
enumerar sus colaboraciones
en esta materia, que han continuado,
(13) A. n'ORS, Catalipómenos metaescolásticos (Pamplona 1996) Prefacio (pro
manuscripto).
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