Índice de contenidos
Número 305-306
Serie XXXI
- Textos Pontificios
- Noticias
- Notas
- In memoriam
-
Estudios
-
¿Hacia un nuevo orden mundial?
-
Filosofía política y ciencias políticas
-
Estado de naciones, nación de estados, nación de naciones
-
Democracia y Constitución
-
Constitución española y realidad política (Apuntes críticos en torno a la aplicación cotidiana de la Constitución española en sus primeros doce años de vigencia)
-
El concepto de «guerra justa» en relación con la unidad de los pueblos europeos
-
El poder y la libertad
-
Concepto y metodología de la ciencia histórica (I)
-
-
Información bibliográfica
-
Luis María Sandoval Pinillos: Cuando se rasga el telón
-
Francisco Elías de Tejada: Historia de la literatura política en las Españas
-
Carlos Cardona: Ética del quehacer educativo
-
AA.VV.: Libertad, vida, cultura y ciencia. Memoria del Primer Foro «Juventud Positiva»
-
Francis Fukuyama: El fin de la historia y el último hombre
-
José Manuel Blanco-Ons: Luis de Trelles y Noguerol (1819-1891)
-
Salvador Abascal: La Revolución mundial. De Herodes a Bush
-
Rafael García Serrano: Cantatas de mi mochila
-
Florentino del Valle, S.J.: Sisinio Nevares S.J., realizador y guía en la encrucijada social del siglo XX
-
- Crónicas
Autores
1992
Democracia y Constitución
DEMOCRACIA Y CONSTITUCION
POR
E. ))JI CARONTE
Sin duda alguna sobre los temas del tirulo, tanto por separa·
do como conjuntamente, la literatura de
t
jurídica, sociológica, filosófica ... -clásica y .moderna -y hasta
postmoderna-es superabundante en grado superlativo; No pre
tendemc;is por ello decir nada nuevo, sino tan sólo reflexionar en
alta voz dialogando con nuestros lectores, en esta
época de nuestra
querida España, en que las voces no se oyen
-pues quienes de
bietan hablar permanecen mudos-y los gritds no se. escuchan
-pues sus destinatarios ~ sordos. a todo lo que no sea su propio
monólog<>-. Pero, ¡las piedras gritarán! (l} y los hechds ---.-espe
rémgslo-tetminarán por imponerse.
Las pequeñas reflexiones que siguen están inmediatamente
motivadas por
.el ensayo del profesor Carlos. Flores que se publica
a continuación.
En él, el .autor. señala algunQS aspectos de la reali
dad política española en los que se muest;.. que la aplicación de
la Constitución
se hace a costa de la propia Constitución. Y ello
dentro de la
más estricta Iegalidacj. Cqn ello se muestra --a nues
tro juiciD-"-que nuestra Constitución pertenece a la categoría de
las Constituciones
semánticas; es decir, en leng1,1aje lland, que lo
son sólo de nombre.
La realidad del desarrollo constitucional y de la interpretación
que
se ha hecho de ella por el Tribunal Constitucional, ha condu
cido a que
el pueblo sea el servum pecus de que hablaba J daquín
(1) Cfr. JEAN ÜUSSET, «La piedras gritarán», Verbo, núm. 133-134
(1975), págs. 303-308.
Verbo, núm. 305-306 (1992), 595-603 595
Fundaci\363n Speiro
E. DE CARONTE
Costa y a que la famosa democracia, la partitocracia tan bien es
tudiada por Femández de la Mora (2), no sea más que un sistema
oligárquico
casi de partido único. El domiuio del Ejecutivo es
---
bajo cualquier perspectiva, pero
máxime d.sile .lll que se predica
de
democrática-prácticamente. casi total. Las ruedas de molino
que
nos quieren hacer tragar resultan cada día -¡cada día!, no
de vez en cuando--más monstruosas. Y, al parecer, la mayoría
¡sin enterarse!, pues no le resultan indigestas.
Es cierto que aquí
-más aquí que en otros lugares--y allá
se alza alguna vdz ; incluso desde el principio algunos supieron
ver de lo que
se trataba y lo advirtieron (3). Otros, de vuelta de
algunas
cosas, advierten cdntra · esto o aquello ; incluso claman con
tra cuestiones que hablan pór sí mismas como el execrable permi
sivismo del abortd, baldón de cualquier sociedad, incluso bárbara.
Pero
fa mayoría de los intelecn:iales permanecen mudos. No se in
terroga a los hechos ni se cuenta con la sociedad. La democracia
se ha construido unas estructuras que han sustituido· al pueblo y a
los pueblds.
y el diálogo ~on apariencia· de cínico e hip6crifa
se verifica en el interior del propio sistema al que tan sólo acce
den unos poquísimos elegidos: el monólogo es el pan nuestro de
cada dfa. · . . . .
Pero las cosas ·no sucederi porque sí. Ni nds gobiernan los dio
ses del Olimpo, aunque alguno pueda creerselo. Ni tampoco hay
nada inexorable
ea: la historia humana. Todo puede ·cambiarse,
aunque
algunas cosas ho deben modificarse y tengah que perma
necer. Otras deben variarse· aunque parezca que no' se· pueden
mudar y tienen que
transformarse. Nuestra Constitución es ejem:
¡,lo
de ello y mucho más su aplicación.
(2) Cfr. GONZALO FERNÁNDÉ:Z D.E LA MORA, µJ pal'titocracia, Instituto
de Estudios Políticos, Madrid, 1977, y «C.C,titradlcciones de la partitocra-
cia», en Verbo, núm. 291-292 (1991), págs. 53-90. .
(3) Cfr. el volumen ¿Crisis en la democracia?, Speiso, Madrid, 1984;
J. VALLET DE GoYTISOLO, Más sobre temas de hoy, Speiro, Madrid, 1979,
págs. 192-228; E. CÁNTERo, «Una Constitución sin libertad de-enSeñanm»,
El Alcázar, 7 de junio de 1978. ·
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Fundaci\363n Speiro
DEMOCRACIA Y CONSTITUCION
En primer lugar, debemos y tenemos que tener una Constiw
ción. Es decir, una nor1¡1a o conjunto de ¡,ormas, claras y diáfanas,
que no permitan más que una interpretación, cualquiera que sea
el intérprete político, que permita y promueva el fin que debe
perseguir toda
Constiwción. Lo contrario es una
Anticonstiwción,
como advertía Juan Vallet
al referirse a la que habla de ser apro
bada (4).
Fue
en Cádiz donde se iMugur6 el voluntarismo constiwcio
nal rompiendd con la historia, la tradición, la ra:¡:ón nawral y la
cosmovisión católica de la vida. Desde entonces nuestras Consti
tuciones establecieron lo que S\IS artífices quisieron, fuera o no
razonable. Y lo hicieron contra toda m(nima exigencia de repre
sentatividad. Desde entonces la historia .nd ha hecho sino repetirse.
La Constiwción histórica· de España -muy abandonada por los
Borbones españoles-fue ignorada y se pretendi6 escribir haéien
do tabla rasa del pasado. · ·
·
En segundo lugar, ha de cambiarse para bien, nunca para maL
Para ello hay que tener bien claro que es lo que se .precisa y en
donde se encuentra su
fundariiento. Durante la preparación de las
Cdrtes de
·Cádiz
e incluso en los debates constiwcionales de en
tonces, hubo algunos que recordaron que
Espaí'ía no carecía de
Constiwcióri, apelando a la Constitución hist6rica de las Españas,
de sus diversos reinos. Recordaron, aunque fos soberbios diputa
dos liberales no quisieron escucharles ~pues de soberbia ha de
calificarse
la pretensión de alumbrar de la nada una nueva socie
dad-, que los espa6oles hablan sido· libres y habían gozado de
amplias garantías, similares a las hoy llamadas constitucionales,
pero dotadas
de mayor eficacia que las actuales, sobre todo de ca
rácter institucional. ·
Nd se trata de retornar al pasado, sino de buscar en él, sobre
todo,
el esp(titu de las instituciones que provocaron la eclosión
de diversos reg(menes de libertades concretas. Suprimiendo las
instituciones ficticias -los partidos políticos-que sustituyen a
(4) Cfr. JuAN_ VALLEi DE GoYTISOLO, Más sobre_témas de hoy, Speiro,
Madrid, 1979, págs. 216-228.
597
Fundaci\363n Speiro
E. DE CARONTE
las auténticamente representativas que son los cuerpos interme
dios. De ese modo no estaremos sometidos, ni la sociedad entre
gada, atada de pies y manos, a la voluntad de quien domina
el
partido mayoritario.
Pero sobre todo
se trata de volver a una cosmovisi6n cat6lica,
a una concepci6n cat6lica de la vida, que en palabras de Federico
de Castro, constituía uno de los principios generales del derecho
propio de la tradici6n española,
y que hoy, está claro, ha sido
expulsado de
la Constituci6n. La disoluci6n del matrimonio, in
cluido. el can6nico, y la permisividad del aborto con su despena
lizaci6n, recogidas en la legislaci6n actual,
·no son sino dos .botones
de muestra del cambio radical verificado con la Constituci6n. El
que otros intérpretes y otros gobernantes pudieran haber hecho
otra cosa,
confirma la necesidad de la. reforma absoluta de la
Constitución.
Para que ello sea posible
es necesario ser conscientes de la
actual insuficiencia, no s6lo de la aplicación constitucional -como
pone de relieve el estudio del profesor Carlos Flores-, sino de
la misma Constituci6n. Abrir los ojos a la realidad, a
los hechos,
no con un ánimo de. crítica destructiva, sino con el deseo de cons
truir, sobre los fundamentos naturales
y divinos -como mandaba
San
Pío X-, una ciudad humana, que s6lo podrá serlo ·si es una
ciudad cristiana. Y luchar con la esperanza de que los políticos
-algunos políticos-, quizá una nueva. generaci6n de personas
dedicadas verdaderamente
al bien común y no al particular de un
partido, de una ideología
o·· simplemente de algunas personas,
entren en la vida política con otras intenciones.
Los políticos católicos conservadores deberían
leer y meditar
con asiduidad lo que Juan Pablo
II ha escrito en el número 45
de la enc!clica Centesimus annus. La Iglesia católica, que siempre
ha sido respetuosa
con todas las fortnas de gobierno mientras sean
tales, es decir, mientras procuren el bien ·comúri, como acredita
su doctrina social, nunca ha admitido la democracia moderna, en
tre otras cosas, porque esa democracia no
deja nada fuera del
marco de lo opinable. Por ello, resulta incompatible
con las ver-
598
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DEMOCRACIA Y CONSTITUCION
dades más elementales: el escepticismo y el consenso, o la com
ponenda cuando no hay mayoría suficiente, le '80n esenciales.
Juan Pablo
II, como es habitual, habla con toda claridad y se
dirige a todos los católicos, incluidos los políticos católicos. Nues
tro deber como católicos nos exige adherirnos a
sus enseñanzas,
tanto intelectualmente como en nuestra vida práctica. Y de
-ello
no se exime a la actividad política.
«La Iglesia
-señala el Papa-aprecia el sistema de la demo
cracia, en la medida en que asegura
la participación de los ciuda
danos en las opciones políticas y garantiza
a· los gobernados la
posibilidad de elegir y controlar a sus propios gobernantes, o bien
de sustituirlos oportunamente de manera pacifica. Por esto mismo
no puede favorecer
la formación de grupos dirigentes restringidos
que, por intereses particulares o por motivos ideológicos, usurpan
el poder del Estado».
.
«Una auténtica democracia es posible solamente en un Estado
de derecho y sobre la base de una
recta concepción de la persona
humana. Requiere que se den las condiciones necesarias para la
promoción de las personas concretas mediante la educación y la
formación en los verdaderos ideales, así como de la "subjetividad"
de la sociedad mediante la creación de estructuras de participación
y de corresponsabilidad».
«Hoy se tiende a afirmar que el agnosticismo y
el relativismo
escéptico son la filosofía y
fa actitud fundamental corresponilien
tes a las formas políticas democráticas, y que cuantos están· con.
vencidos de conocer la verdad y se adhieren a ella con firmeza no
son fiables desde el
¡,untd de vista democrático, al no aceptar que
la verdad
sea determinada por la mayoría o que sea variable segón
los diversos equilibrios políticos. A este propósito hay que obser
var que si no existe una verdad última, la
cual· guía y orienta la
acción política, entonces las ideas
y las convicciones humanas pue
den ser instrumentalizadas fácilmente para fines de poder. Una
democracia sin valores
se convierte con facilidad en un totalitaris
mo visible o encubierto,
como demuestra la historia».
Juan Pablo
II no está hablando de hipótesis, sino que se re
fiete a la vida práctica, a lo cotidiano; y no habla de los regíme-
599
Fundaci\363n Speiro
E. DE CARONTE
nes comunistas sino de las democracias occidentales.; de. esas ' . .,
mismas democracias. contra las que ha puesto en guardia a los
países que
salen del comunismo, por l.a falsedad de muchos de sus
«valores» (5). Su voz, una. vez más; resuena por todo el orbe,
aplicando la doctrina católica a lo que todo el mundo que no cierre
los .ojos puede ver. El .deber de quienes se consideran católicos
es escucharle y procurar poner los medios adecuados para ciinen
tar la comunidad política y la convivencia, en la doctrina católica.
Los católicos, también los políticos que verdaderamente quie
ran ser fieles a sµ fe, hemos. de hacer todo lo posible para que las
Constituciones políticas respondan a las exigencias de
la k Y
cuando la Constitución
se aparta de la doctrina católica, decirlo
con toda. claridad y poner todos los medios a su alcance para
reformarla, no siendo
el menor de ellos el proclamar, al frente
de sus programas
políticos, la necesidad de. la• reforma constitu
cional para
.lograr la adecuación a fa doctrina católica.
El legítimo pluralismo político del
que habla la Iglesia. pre
supone la verdad y
el bien,. tanto de orden natural como sobre
natural, y sobre ellos se
basa la moral y la convivencia. Los ca
tólicos tenemos libertad para preferir un s~tema de representa
cién de intereses, de. representación orgánica a un sistema de
representación ideológica e inorgánim; y por supuesto, el prefe
rir . unos partidos a otros., y no estamos obligados a militar en un
partido determinado. Pero en todo caso, estamos obligados a ·ha
cer política católica, y por ello, nos está ·vedado participar en
políticas que , prescinden
de la doctrina católica o la rechazan.
Si el pluralismo es legítimo, lo es a condición de que las
diversas opciones o posturas .acepten un mínimo común consti
tuido por la doctrina. social de la Iglesia; este mínimo común
tiene que ser indiscutible para los ·católicos, y la base sobre la
cual
poder realizar coaliciones electorales o acciones políticas con
juntas en orden a lograr la ciudad ·católica. Las dif=ncias se
mostrarán en el aspecto de lo opinable, pero nunca debieran exis-
(5) Cfr. EsTANISLAO CANTERO> La Concepci6n dé los dei-échos huma
no, en Juan Pablo II, Speiro, Madrid, 1990 págs. 1147.
600
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DEMOCRACIA Y CONSTITUCION
tir respecto a ese mínimo común. Como., ha recordado Juan Pa
blo
II en el número 5 de la encíclica Centesimus annus, «para
la Iglesia enseñar y difundir la doctrina social pertenece a su
mi.
sión evangelizadora y forma parte esencial del mensaje cristiano» ;
y en el número 57 insiste:
«Parll la Iglesia el mensaje social del
evangelio no debe considerarse como una ,teoría, sino, por enci
ma de todo, un fundamento y un estímulo para la acción».
Erraríamos completamente
si· creyéramos' que cuando el Papa
dice que la doctrina social
es esencial a la Iglesia se refiere ,al
clero o a las instituciones eclesiásticas; porque cuando habla de
la Iglesia se refiere también a, los fieles que la formamos, y muy
especialmente
a los seglares, a quienes nos corresponde ~a cada
cual
·en su esfera de competencia y según su deber de estad~
actuar conforme a la doctrina éatólicil y lle11ar a la práctica · la
ddctrina social de la Iglesia,
Hace ya más de una década que Juan Pablo II dirigiéndose
a todos los católicos exdatnó: «¡Cristianos no tengáis miedo!».
Tenía razón el Papa, pues parece que los católicos padecemos un
complejo de culpabilidad por el hecho de ser católicos y tenemos
que
ir pidiendo perdón por nuestras conwcciones, con el resul
tado de que
prescinclimos de ellas, sobre
'todo
en el campo di, la
pol!tica.
Y
a
es hora de que dejemds todo temor, por otra parte
nada cristiano; y nos decidamos -,;e decidan sobre tododos po
lític~ a profesar lntegramente nuestra fe:
Muros
más altos han caído ~mo en nuestros días muestra
el
derrumbe del telón de acero, que parecía indestructible no hace
mucho y que se mantuvo en parte gracias a las claudicaciones y
ante las-complacencias de no pocos católicos (6}-, por lo qué
la reforma constitucional debiera ser la bandera de combate bajo
la cual enrolarse, tanto los diversos partidos que dicen profesar
un humanismo
cristiarto como los que desde siempre han coloca
do en el frontispicio de sus programas la .doctrina. católica, y aglu
tinar
de ese modo a todos los electores católicos· ~ue estarían
(6) Cfr. Luts MARÍA SANDOVAL, Cuando se ras¡¡a el tel6n, Speiro, Ma
d,:id, 1992.
601
Fundaci\363n Speiro
B. DE CARONTE
obligados a votar esa opción-, con el propósito explícito de ha
cer una política cristiana, cuya primera condición es la reforma
constitucional. Durante
cierto tiempo se ha hablado de un determinado «ro
dillo» y hasta se ha escuchado algún tenue y muy específico «no
es esto, no
es esto»; pero la realidad es que todo ello lo ha pro
piciado la Constitución actual y la interpretación que se ha hecho
de ella,
recordémosld, dentro de la legalidad, pues casi nadie ha
puesto en tela de juicio esa interpretación. La cuestión crucial es
constitucional, es política, y por ello lo es también su solución.
Eugenio
Vegas lo vio Cdn claridad en su época, como antes lo ha
bía visto Maurras (7): mientras el régimen no se cambiase, toda
acción parcial para
intentar mejorar, mantener o crear institucio
nes sociales,
podía en cualquier momento ser destruida, prohibida
d incautada por el régimen político, sin más que promulgar la
legislación correspondiente, De esa forma sería preciso ~acer
constantemente una obra que se destruía, también continuamen
te, desde el poder.
Si tomamos el caso del aborto, por ser paradigmático -Y que
mañana puede serlo
el de la eutanasia-, lo veremos con toda
claridad
.. De poco sirve predicar que se viva de acuerdo con la ley
moral, de forma que ni las mujeres aborten,
tú los facultativos
los realicen o contribuyan a ello, si la ley no castiga
los· que se
practiquen. Siempre habrá quienes su egoísmo supere a su moras
lidad o quienes carezcan de toda moralidad o se escuden en ra
zones «humanitarias». De lo que se trata es de proteger la vida
del
nasciturus y ello ya sólo es posible, después de la sentencia
del
Tnbunal Constitucional y de la Reforma del Código Penal (8),
(7) Cfr. E. CANTERO, «El pensamiento político de Eugenio Vegas !,•
tapie», en 'ffqgenio Vegas· Latapie. In memorú,m, Spdro, Madrid, 1985,
págs. 73-108, en especfa! 94-97; o eo Verbo, núm. 239-240 (1985), págs.
1.077 -1.112, especialmente 1.098'1.101. · ·
(8) Sobre la sentencia del Tribunal Constitucional, cfr. JOAQUÍN BRAGE
CAMAZANO,
«Consideraciones cdticas en torno a la jurisprudencia constitu
ciorutl ei:t ·materia' de aborto», Verbo, núm. 303-304 (1992), págs. %5-413;
sobre el proyecto de reforma, cfr. M. AYUSO, R. BOTELLA, M. A. BADÍA y
602
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DEMOCRACIA Y CONSTITUCION
si se reforma la Constitución, lo que constituye una solución po
lítica, la única solución.
Después de casi
catooce años del estreno de la magna carta
que había de regir los destinos . de los españoles, su aplicación ha
demostrado su insuficiencia, sus
lagunas y sus sombras, como
muestra el ensayo del profesor Flores que se publica a continua
ción; para muchos
-inumerables-la noche negra permanente,
pues
jamás vieron ni verán la luz, asesinados antes de nacer, pri
vados del
más elemental y principal derecho una vez que fueron
concebidos, bajo
el. amparo de la ley y con tod~ las garantías
-¡pues a esto hemos llegado y así hay que gritarlo!-y bendi
cidnes constitucionales.
Es imposible decir que
se es católico .o que la política se ins
pira en un «humanismo cristiano» si se consiente un crimen se
mejante. Las leyes no pueden constituir campo abonsdo para la
maldad intrínseca
de actos que no tienen justificación alguna. Y
menos aún tolerarse que
sea constitucional el asesinato de los
inocentes ; ni existe Estado de derecho cuando las leyes amparan
a
los más fuertes: los abortistas frente a la total y absoluta inde
fensión
de los concebidos. Resulta de un cinismo absoluto hablar
de derecho, que siempre ha de referirse a
la justicia, y legalizar
contra toda razón,
«la ley del más fuerte». Es pues necesario
-¡imprescindible!-la reforma constitucional. Y la unión de
los católicos para esa finalidad.
M. B. GARCÍA-CONDE, «Consideraciones sobre el proyecto de Ley de des
penalización del aborto», Verbo, núm. 221-222 (1984), págs. 205-251; tam·
bién, e&. JOSÉ MIGUEL SERJlANo Rmz-CALDERÓN, Cuestiones de. bioética,
2.• ed., Speiro, Madrid, 1992, especialmente págs. 87-175; Jos~ LoIS Es
TÉVEZ, «La inincautahilidad política del derecho a la vida. El artículo 15
de la Constitución, ¿una trampa lógica?», Verbo núm. 229-230 (1984),
págs. 1.169-1.183;
RAMÓN MAc1Á MANso, «Las degeneraciones del poder
frente al aborto», Verbo, núm. 215-216 (1983), págs. 519-550; EMILIO
SERRANO V1LLAFAÑÉ, «La conciencia individual no puede, por sí sola, jus
tificar el aborto», Verbo, núm. 213-214 (1983), págs. 305-314; JUAN P•·
BLO II (fragmentos sobre): «Sacralidad de la vida humana desde su con
cepción y crimen abominable del aborto», Verbo, núm. 213-214 (1983),
págs.
275-304.
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POR
E. ))JI CARONTE
Sin duda alguna sobre los temas del tirulo, tanto por separa·
do como conjuntamente, la literatura de
t
postmoderna-es superabundante en grado superlativo; No pre
tendemc;is por ello decir nada nuevo, sino tan sólo reflexionar en
alta voz dialogando con nuestros lectores, en esta
época de nuestra
querida España, en que las voces no se oyen
-pues quienes de
bietan hablar permanecen mudos-y los gritds no se. escuchan
-pues sus destinatarios ~ sordos. a todo lo que no sea su propio
monólog<>-. Pero, ¡las piedras gritarán! (l} y los hechds ---.-espe
rémgslo-tetminarán por imponerse.
Las pequeñas reflexiones que siguen están inmediatamente
motivadas por
.el ensayo del profesor Carlos. Flores que se publica
a continuación.
En él, el .autor. señala algunQS aspectos de la reali
dad política española en los que se muest;.. que la aplicación de
la Constitución
se hace a costa de la propia Constitución. Y ello
dentro de la
más estricta Iegalidacj. Cqn ello se muestra --a nues
tro juiciD-"-que nuestra Constitución pertenece a la categoría de
las Constituciones
semánticas; es decir, en leng1,1aje lland, que lo
son sólo de nombre.
La realidad del desarrollo constitucional y de la interpretación
que
se ha hecho de ella por el Tribunal Constitucional, ha condu
cido a que
el pueblo sea el servum pecus de que hablaba J daquín
(1) Cfr. JEAN ÜUSSET, «La piedras gritarán», Verbo, núm. 133-134
(1975), págs. 303-308.
Verbo, núm. 305-306 (1992), 595-603 595
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E. DE CARONTE
Costa y a que la famosa democracia, la partitocracia tan bien es
tudiada por Femández de la Mora (2), no sea más que un sistema
oligárquico
casi de partido único. El domiuio del Ejecutivo es
---
máxime d.sile .lll que se predica
de
democrática-prácticamente. casi total. Las ruedas de molino
que
nos quieren hacer tragar resultan cada día -¡cada día!, no
de vez en cuando--más monstruosas. Y, al parecer, la mayoría
¡sin enterarse!, pues no le resultan indigestas.
Es cierto que aquí
-más aquí que en otros lugares--y allá
se alza alguna vdz ; incluso desde el principio algunos supieron
ver de lo que
se trataba y lo advirtieron (3). Otros, de vuelta de
algunas
cosas, advierten cdntra · esto o aquello ; incluso claman con
tra cuestiones que hablan pór sí mismas como el execrable permi
sivismo del abortd, baldón de cualquier sociedad, incluso bárbara.
Pero
fa mayoría de los intelecn:iales permanecen mudos. No se in
terroga a los hechos ni se cuenta con la sociedad. La democracia
se ha construido unas estructuras que han sustituido· al pueblo y a
los pueblds.
y el diálogo ~on apariencia· de cínico e hip6crifa
se verifica en el interior del propio sistema al que tan sólo acce
den unos poquísimos elegidos: el monólogo es el pan nuestro de
cada dfa. · . . . .
Pero las cosas ·no sucederi porque sí. Ni nds gobiernan los dio
ses del Olimpo, aunque alguno pueda creerselo. Ni tampoco hay
nada inexorable
ea: la historia humana. Todo puede ·cambiarse,
aunque
algunas cosas ho deben modificarse y tengah que perma
necer. Otras deben variarse· aunque parezca que no' se· pueden
mudar y tienen que
transformarse. Nuestra Constitución es ejem:
¡,lo
de ello y mucho más su aplicación.
(2) Cfr. GONZALO FERNÁNDÉ:Z D.E LA MORA, µJ pal'titocracia, Instituto
de Estudios Políticos, Madrid, 1977, y «C.C,titradlcciones de la partitocra-
cia», en Verbo, núm. 291-292 (1991), págs. 53-90. .
(3) Cfr. el volumen ¿Crisis en la democracia?, Speiso, Madrid, 1984;
J. VALLET DE GoYTISOLO, Más sobre temas de hoy, Speiro, Madrid, 1979,
págs. 192-228; E. CÁNTERo, «Una Constitución sin libertad de-enSeñanm»,
El Alcázar, 7 de junio de 1978. ·
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DEMOCRACIA Y CONSTITUCION
En primer lugar, debemos y tenemos que tener una Constiw
ción. Es decir, una nor1¡1a o conjunto de ¡,ormas, claras y diáfanas,
que no permitan más que una interpretación, cualquiera que sea
el intérprete político, que permita y promueva el fin que debe
perseguir toda
Constiwción. Lo contrario es una
Anticonstiwción,
como advertía Juan Vallet
al referirse a la que habla de ser apro
bada (4).
Fue
en Cádiz donde se iMugur6 el voluntarismo constiwcio
nal rompiendd con la historia, la tradición, la ra:¡:ón nawral y la
cosmovisión católica de la vida. Desde entonces nuestras Consti
tuciones establecieron lo que S\IS artífices quisieron, fuera o no
razonable. Y lo hicieron contra toda m(nima exigencia de repre
sentatividad. Desde entonces la historia .nd ha hecho sino repetirse.
La Constiwción histórica· de España -muy abandonada por los
Borbones españoles-fue ignorada y se pretendi6 escribir haéien
do tabla rasa del pasado. · ·
·
En segundo lugar, ha de cambiarse para bien, nunca para maL
Para ello hay que tener bien claro que es lo que se .precisa y en
donde se encuentra su
fundariiento. Durante la preparación de las
Cdrtes de
·Cádiz
e incluso en los debates constiwcionales de en
tonces, hubo algunos que recordaron que
Espaí'ía no carecía de
Constiwcióri, apelando a la Constitución hist6rica de las Españas,
de sus diversos reinos. Recordaron, aunque fos soberbios diputa
dos liberales no quisieron escucharles ~pues de soberbia ha de
calificarse
la pretensión de alumbrar de la nada una nueva socie
dad-, que los espa6oles hablan sido· libres y habían gozado de
amplias garantías, similares a las hoy llamadas constitucionales,
pero dotadas
de mayor eficacia que las actuales, sobre todo de ca
rácter institucional. ·
Nd se trata de retornar al pasado, sino de buscar en él, sobre
todo,
el esp(titu de las instituciones que provocaron la eclosión
de diversos reg(menes de libertades concretas. Suprimiendo las
instituciones ficticias -los partidos políticos-que sustituyen a
(4) Cfr. JuAN_ VALLEi DE GoYTISOLO, Más sobre_témas de hoy, Speiro,
Madrid, 1979, págs. 216-228.
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las auténticamente representativas que son los cuerpos interme
dios. De ese modo no estaremos sometidos, ni la sociedad entre
gada, atada de pies y manos, a la voluntad de quien domina
el
partido mayoritario.
Pero sobre todo
se trata de volver a una cosmovisi6n cat6lica,
a una concepci6n cat6lica de la vida, que en palabras de Federico
de Castro, constituía uno de los principios generales del derecho
propio de la tradici6n española,
y que hoy, está claro, ha sido
expulsado de
la Constituci6n. La disoluci6n del matrimonio, in
cluido. el can6nico, y la permisividad del aborto con su despena
lizaci6n, recogidas en la legislaci6n actual,
·no son sino dos .botones
de muestra del cambio radical verificado con la Constituci6n. El
que otros intérpretes y otros gobernantes pudieran haber hecho
otra cosa,
confirma la necesidad de la. reforma absoluta de la
Constitución.
Para que ello sea posible
es necesario ser conscientes de la
actual insuficiencia, no s6lo de la aplicación constitucional -como
pone de relieve el estudio del profesor Carlos Flores-, sino de
la misma Constituci6n. Abrir los ojos a la realidad, a
los hechos,
no con un ánimo de. crítica destructiva, sino con el deseo de cons
truir, sobre los fundamentos naturales
y divinos -como mandaba
San
Pío X-, una ciudad humana, que s6lo podrá serlo ·si es una
ciudad cristiana. Y luchar con la esperanza de que los políticos
-algunos políticos-, quizá una nueva. generaci6n de personas
dedicadas verdaderamente
al bien común y no al particular de un
partido, de una ideología
o·· simplemente de algunas personas,
entren en la vida política con otras intenciones.
Los políticos católicos conservadores deberían
leer y meditar
con asiduidad lo que Juan Pablo
II ha escrito en el número 45
de la enc!clica Centesimus annus. La Iglesia católica, que siempre
ha sido respetuosa
con todas las fortnas de gobierno mientras sean
tales, es decir, mientras procuren el bien ·comúri, como acredita
su doctrina social, nunca ha admitido la democracia moderna, en
tre otras cosas, porque esa democracia no
deja nada fuera del
marco de lo opinable. Por ello, resulta incompatible
con las ver-
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dades más elementales: el escepticismo y el consenso, o la com
ponenda cuando no hay mayoría suficiente, le '80n esenciales.
Juan Pablo
II, como es habitual, habla con toda claridad y se
dirige a todos los católicos, incluidos los políticos católicos. Nues
tro deber como católicos nos exige adherirnos a
sus enseñanzas,
tanto intelectualmente como en nuestra vida práctica. Y de
-ello
no se exime a la actividad política.
«La Iglesia
-señala el Papa-aprecia el sistema de la demo
cracia, en la medida en que asegura
la participación de los ciuda
danos en las opciones políticas y garantiza
a· los gobernados la
posibilidad de elegir y controlar a sus propios gobernantes, o bien
de sustituirlos oportunamente de manera pacifica. Por esto mismo
no puede favorecer
la formación de grupos dirigentes restringidos
que, por intereses particulares o por motivos ideológicos, usurpan
el poder del Estado».
.
«Una auténtica democracia es posible solamente en un Estado
de derecho y sobre la base de una
recta concepción de la persona
humana. Requiere que se den las condiciones necesarias para la
promoción de las personas concretas mediante la educación y la
formación en los verdaderos ideales, así como de la "subjetividad"
de la sociedad mediante la creación de estructuras de participación
y de corresponsabilidad».
«Hoy se tiende a afirmar que el agnosticismo y
el relativismo
escéptico son la filosofía y
fa actitud fundamental corresponilien
tes a las formas políticas democráticas, y que cuantos están· con.
vencidos de conocer la verdad y se adhieren a ella con firmeza no
son fiables desde el
¡,untd de vista democrático, al no aceptar que
la verdad
sea determinada por la mayoría o que sea variable segón
los diversos equilibrios políticos. A este propósito hay que obser
var que si no existe una verdad última, la
cual· guía y orienta la
acción política, entonces las ideas
y las convicciones humanas pue
den ser instrumentalizadas fácilmente para fines de poder. Una
democracia sin valores
se convierte con facilidad en un totalitaris
mo visible o encubierto,
como demuestra la historia».
Juan Pablo
II no está hablando de hipótesis, sino que se re
fiete a la vida práctica, a lo cotidiano; y no habla de los regíme-
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nes comunistas sino de las democracias occidentales.; de. esas ' . .,
mismas democracias. contra las que ha puesto en guardia a los
países que
salen del comunismo, por l.a falsedad de muchos de sus
«valores» (5). Su voz, una. vez más; resuena por todo el orbe,
aplicando la doctrina católica a lo que todo el mundo que no cierre
los .ojos puede ver. El .deber de quienes se consideran católicos
es escucharle y procurar poner los medios adecuados para ciinen
tar la comunidad política y la convivencia, en la doctrina católica.
Los católicos, también los políticos que verdaderamente quie
ran ser fieles a sµ fe, hemos. de hacer todo lo posible para que las
Constituciones políticas respondan a las exigencias de
la k Y
cuando la Constitución
se aparta de la doctrina católica, decirlo
con toda. claridad y poner todos los medios a su alcance para
reformarla, no siendo
el menor de ellos el proclamar, al frente
de sus programas
políticos, la necesidad de. la• reforma constitu
cional para
.lograr la adecuación a fa doctrina católica.
El legítimo pluralismo político del
que habla la Iglesia. pre
supone la verdad y
el bien,. tanto de orden natural como sobre
natural, y sobre ellos se
basa la moral y la convivencia. Los ca
tólicos tenemos libertad para preferir un s~tema de representa
cién de intereses, de. representación orgánica a un sistema de
representación ideológica e inorgánim; y por supuesto, el prefe
rir . unos partidos a otros., y no estamos obligados a militar en un
partido determinado. Pero en todo caso, estamos obligados a ·ha
cer política católica, y por ello, nos está ·vedado participar en
políticas que , prescinden
de la doctrina católica o la rechazan.
Si el pluralismo es legítimo, lo es a condición de que las
diversas opciones o posturas .acepten un mínimo común consti
tuido por la doctrina. social de la Iglesia; este mínimo común
tiene que ser indiscutible para los ·católicos, y la base sobre la
cual
poder realizar coaliciones electorales o acciones políticas con
juntas en orden a lograr la ciudad ·católica. Las dif=ncias se
mostrarán en el aspecto de lo opinable, pero nunca debieran exis-
(5) Cfr. EsTANISLAO CANTERO> La Concepci6n dé los dei-échos huma
no, en Juan Pablo II, Speiro, Madrid, 1990 págs. 1147.
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tir respecto a ese mínimo común. Como., ha recordado Juan Pa
blo
II en el número 5 de la encíclica Centesimus annus, «para
la Iglesia enseñar y difundir la doctrina social pertenece a su
mi.
sión evangelizadora y forma parte esencial del mensaje cristiano» ;
y en el número 57 insiste:
«Parll la Iglesia el mensaje social del
evangelio no debe considerarse como una ,teoría, sino, por enci
ma de todo, un fundamento y un estímulo para la acción».
Erraríamos completamente
si· creyéramos' que cuando el Papa
dice que la doctrina social
es esencial a la Iglesia se refiere ,al
clero o a las instituciones eclesiásticas; porque cuando habla de
la Iglesia se refiere también a, los fieles que la formamos, y muy
especialmente
a los seglares, a quienes nos corresponde ~a cada
cual
·en su esfera de competencia y según su deber de estad~
actuar conforme a la doctrina éatólicil y lle11ar a la práctica · la
ddctrina social de la Iglesia,
Hace ya más de una década que Juan Pablo II dirigiéndose
a todos los católicos exdatnó: «¡Cristianos no tengáis miedo!».
Tenía razón el Papa, pues parece que los católicos padecemos un
complejo de culpabilidad por el hecho de ser católicos y tenemos
que
ir pidiendo perdón por nuestras conwcciones, con el resul
tado de que
prescinclimos de ellas, sobre
'todo
en el campo di, la
pol!tica.
Y
a
es hora de que dejemds todo temor, por otra parte
nada cristiano; y nos decidamos -,;e decidan sobre tododos po
lític~ a profesar lntegramente nuestra fe:
Muros
más altos han caído ~mo en nuestros días muestra
el
derrumbe del telón de acero, que parecía indestructible no hace
mucho y que se mantuvo en parte gracias a las claudicaciones y
ante las-complacencias de no pocos católicos (6}-, por lo qué
la reforma constitucional debiera ser la bandera de combate bajo
la cual enrolarse, tanto los diversos partidos que dicen profesar
un humanismo
cristiarto como los que desde siempre han coloca
do en el frontispicio de sus programas la .doctrina. católica, y aglu
tinar
de ese modo a todos los electores católicos· ~ue estarían
(6) Cfr. Luts MARÍA SANDOVAL, Cuando se ras¡¡a el tel6n, Speiro, Ma
d,:id, 1992.
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obligados a votar esa opción-, con el propósito explícito de ha
cer una política cristiana, cuya primera condición es la reforma
constitucional. Durante
cierto tiempo se ha hablado de un determinado «ro
dillo» y hasta se ha escuchado algún tenue y muy específico «no
es esto, no
es esto»; pero la realidad es que todo ello lo ha pro
piciado la Constitución actual y la interpretación que se ha hecho
de ella,
recordémosld, dentro de la legalidad, pues casi nadie ha
puesto en tela de juicio esa interpretación. La cuestión crucial es
constitucional, es política, y por ello lo es también su solución.
Eugenio
Vegas lo vio Cdn claridad en su época, como antes lo ha
bía visto Maurras (7): mientras el régimen no se cambiase, toda
acción parcial para
intentar mejorar, mantener o crear institucio
nes sociales,
podía en cualquier momento ser destruida, prohibida
d incautada por el régimen político, sin más que promulgar la
legislación correspondiente, De esa forma sería preciso ~acer
constantemente una obra que se destruía, también continuamen
te, desde el poder.
Si tomamos el caso del aborto, por ser paradigmático -Y que
mañana puede serlo
el de la eutanasia-, lo veremos con toda
claridad
.. De poco sirve predicar que se viva de acuerdo con la ley
moral, de forma que ni las mujeres aborten,
tú los facultativos
los realicen o contribuyan a ello, si la ley no castiga
los· que se
practiquen. Siempre habrá quienes su egoísmo supere a su moras
lidad o quienes carezcan de toda moralidad o se escuden en ra
zones «humanitarias». De lo que se trata es de proteger la vida
del
nasciturus y ello ya sólo es posible, después de la sentencia
del
Tnbunal Constitucional y de la Reforma del Código Penal (8),
(7) Cfr. E. CANTERO, «El pensamiento político de Eugenio Vegas !,•
tapie», en 'ffqgenio Vegas· Latapie. In memorú,m, Spdro, Madrid, 1985,
págs. 73-108, en especfa! 94-97; o eo Verbo, núm. 239-240 (1985), págs.
1.077 -1.112, especialmente 1.098'1.101. · ·
(8) Sobre la sentencia del Tribunal Constitucional, cfr. JOAQUÍN BRAGE
CAMAZANO,
«Consideraciones cdticas en torno a la jurisprudencia constitu
ciorutl ei:t ·materia' de aborto», Verbo, núm. 303-304 (1992), págs. %5-413;
sobre el proyecto de reforma, cfr. M. AYUSO, R. BOTELLA, M. A. BADÍA y
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si se reforma la Constitución, lo que constituye una solución po
lítica, la única solución.
Después de casi
catooce años del estreno de la magna carta
que había de regir los destinos . de los españoles, su aplicación ha
demostrado su insuficiencia, sus
lagunas y sus sombras, como
muestra el ensayo del profesor Flores que se publica a continua
ción; para muchos
-inumerables-la noche negra permanente,
pues
jamás vieron ni verán la luz, asesinados antes de nacer, pri
vados del
más elemental y principal derecho una vez que fueron
concebidos, bajo
el. amparo de la ley y con tod~ las garantías
-¡pues a esto hemos llegado y así hay que gritarlo!-y bendi
cidnes constitucionales.
Es imposible decir que
se es católico .o que la política se ins
pira en un «humanismo cristiano» si se consiente un crimen se
mejante. Las leyes no pueden constituir campo abonsdo para la
maldad intrínseca
de actos que no tienen justificación alguna. Y
menos aún tolerarse que
sea constitucional el asesinato de los
inocentes ; ni existe Estado de derecho cuando las leyes amparan
a
los más fuertes: los abortistas frente a la total y absoluta inde
fensión
de los concebidos. Resulta de un cinismo absoluto hablar
de derecho, que siempre ha de referirse a
la justicia, y legalizar
contra toda razón,
«la ley del más fuerte». Es pues necesario
-¡imprescindible!-la reforma constitucional. Y la unión de
los católicos para esa finalidad.
M. B. GARCÍA-CONDE, «Consideraciones sobre el proyecto de Ley de des
penalización del aborto», Verbo, núm. 221-222 (1984), págs. 205-251; tam·
bién, e&. JOSÉ MIGUEL SERJlANo Rmz-CALDERÓN, Cuestiones de. bioética,
2.• ed., Speiro, Madrid, 1992, especialmente págs. 87-175; Jos~ LoIS Es
TÉVEZ, «La inincautahilidad política del derecho a la vida. El artículo 15
de la Constitución, ¿una trampa lógica?», Verbo núm. 229-230 (1984),
págs. 1.169-1.183;
RAMÓN MAc1Á MANso, «Las degeneraciones del poder
frente al aborto», Verbo, núm. 215-216 (1983), págs. 519-550; EMILIO
SERRANO V1LLAFAÑÉ, «La conciencia individual no puede, por sí sola, jus
tificar el aborto», Verbo, núm. 213-214 (1983), págs. 305-314; JUAN P•·
BLO II (fragmentos sobre): «Sacralidad de la vida humana desde su con
cepción y crimen abominable del aborto», Verbo, núm. 213-214 (1983),
págs.
275-304.
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