Índice de contenidos

Número 297-298

Serie XXX

Volver
  • Índice

Derecho público cristiano y derecho público eclesiástico

E,ULQGIO IU_Jl,l.lREZ
poder público que estií a. _su alcance y nos . imponen legalmente
al resto de los
españoles los. corolarios polí¡;icos. y administrati­
YOS que . se derivan l6gicaroepte . de .. su. fe . marxista, socialista,
comunista, liberalista o roicro-nl!cionalistll · :,-,pacífica, astuta. o
viol,mtaroente, según les cua~, los españoles con fe cat6li­
ca¡ porque creemos que la . a,¡iología, cat6lica es la mejÓr' debe­
mos imponer los. ¡:orol¡¡rios que se . infieren . d1= nq.estra creencia,
democráticamente, legalmente y, llegado el ca~o, en legítima de­
fensa
de nuestros intereses, que no pueden ser otrosque.«losdel
bien común que se rige ptimariaroente por la Ley eterna», de Dios,
como nos inculca el Concilio Vaticano II (Gaudium .~t spes, 74
y 78), en el contexto del cual hemos de interpretar la Centesimus
ar.nus y todo el peosa,miento de Juan .Pablo II -que no es ni
puede ser el inventor del C el
Concilio Vaticano I imP9ne a todo Papa. Ya decía, asimismo, .el
cardenal Saliege que «el catolicismo en el siglo xx no hay que in­
ventarlo, hay que vivirlo». Otro cardenal de nuestros días, Giu­
seppe Siri,
en coherencia con lo que proponía San Pablo a los ro­
manos, nos aclaraba: «No es el Evángello él que ha de adaptarse
al mundo, sino el mundo el,quehemqs d<: adaptar a!Eva"1!elio».
QJIBECH() PtJBLlC:O C:ÍUS'IJANO y llERECHO
. .. . . PJJ]ÜJC(i EC:LEi'HASTlCO .
POR
. MIGUEL AYUSO t").
I
Como es sabido, Su Santidad el Papa Juan Pablo II ha
designado el presente año de 1991 como «año de la, doctrina
social de la Iglesia», aprovechando la
ef~méríde del. centenario
. (*) U¡¡ive~dad Pontiíiq• .~ (~adrjd)¡i'
1098
Fundaci\363n Speiro

DER. PUBLICO CRISTIANO Y DER. PUBLICO ECLESIA.STICO
de la encíclica -R.erum . novarum _ de . 1,eqn . XIII. Du;ante el .Jl}is,
mo, entre .otras. muestras, ha hecho pública -,-sigt¡iondq los .pa­
sos de Pío XI en Quadragesimo anno· y de Pablo VI en Octoge­
sima adveniens-su .encíclica Ce,¡tesim.11s annus, a la que está
dedicado
e] Coloq¡¡,io lµ:terdisciplinar a que dirijo esta breve co-
municación ( ** ). . , -
_ Mi aportación pretende deseµvo)verse en el marco genera.] de
la doctrina
social de la. Iglesia y su actualidad y virtualidad, más
que
en el-análisis ceñido del último. te,:W de_, la misma, aunque
la
referencia a éste Se!I, il>excusable desde todo pu,nto de ,vista. En
cuanto al
tonp de la intc:rvencíón --"-deudor . de .la finalidad con
que la he
.concebido-----,-quisiera que fuera .más sugerente e in­
quietante.· que. simplemente. afipnativo
o. apologético, excluido,
por supuesto, lo lisa y •llan¡¡menti, d¡istructivg, <;on respeto y fide­
lidad al magisterio, ·pero. también ~lo que no ~s en modo algu­
no
incompatible-,-- ejerciendo la libi,rtad intelectu,d a través d,e
lo que ,\lyaro D'Ors. h,,, llamado ironía universitaria. por opos.i,
ción al pedagogismo cata,:;ti,nsticO de los medios .de comunica­
ción y otras .insta~as.
H
En el mes de mayo pasaclc;,, ~'. 4s jornadas s,obre la liliertad
religiosa organizadas,por.la.,Facµltad
de,J:>\,recho c:an6nico de. la
Universidad Pontificia Comillas de Madrid, ,y en unq de los colo,
quíos, un jov~ profesor de la Universid~d de N~v~ intexrogó
al ponente .sobre .. si la. !>e<;Jarac;ióµ, conciliar Di!!,nitatis' h11manae
no había «descolocado» el Deres;ho Públi\;p,· Eclesiástico. Contes­
¡ó el v~tera~o jesuita que efectivam~nt,e !os Í:ratados de l,oy poco
tienen que ver
coµ los de. otros tielllpos, por , ejemplq cyn el
af~do d,e Ottaviani, pero que _proP,iaipen~e no se. había _pro,
(**) ·se t~rocÍuce 'et texto de Ia._co~uni~aci6n.'.p;eseritadá J .. U>lóquiO
11:ltefdiscÍp~ sobre CenÍesimus··afl.~uS :organizad?· ·.por el ''Instfíúló de
Estudios-·S:uperioreS' de· la EmPreSa (!ESE) ·de la ·Universidad ,de Navarra,
coll sede eq. 'Barcelona.· '
1099
Fundaci\363n Speiro

MIGUEL A YUSO
puesta, piadosa y probablemente bienintet1cionáda, resulta con­
tundente en exceso, en vista ·110 sólo de la abundante discusión
teórica que subsiste, si.no incluso de la propia praxis. Eri cuanto
al primer nivel, la menci6n de uná veintena de nombres, entre
otros muchos, puede servir de principio de'prucliai Joaquín María
Alonso, Eustaquio
Guerrero, Guy de Broglie, L:tigi Qappi, John
Couttney Muuay, Marcel Lefebvte; Louís Salleron, Rafael Gam­
bra, Jesús Muñoz, Emile-Joseph
de Stuedt, Pietro Pávan, Yves
Congar, Jean Madiran, Leopoldo Eulogio Palacios, Mkhel Martin,
Victorino
Rodríguez, 'Alvaro D'Oni, Briall:1 W. Harrison, José
Guerra 'Campos, 'Michael Davies, Louis Marie de Blignietes,
Amadeo de Fuenniáyot, Feriiimdo Ocáriz, ete. En cuanto a lo
segundo, tenemos
un artículo ejemplar· del· d0ctor Guerra Cam­
pos -escrito a requerimientd de quien °'firma estas líneas para
un. obra' colectiva~ de c6mo las incoherencias de ia predicaci6n
attual sobre catolicismo y comunidad· política descubren la nece­
sidad de reedifitar· la doctrina de la Iglesia. La propia :conmem<>­
ráci6n del centeriário de Reriim · C,,ovarum -qrie no· ha venido
precedida, como hubiese sido conveniente, de
las respectivas de
Inmortale Dei o Libertas, y que en la práctica ha escindido el
magisterio unitario de
Le6n XUI-, y el acento que se ha puesto
sobre
su problemática económica, como si en el corpus leonino
no
hubiera una tri.idear vinculacióli de la tüesti6n social con un
'conjunto de
''causas pci!Ítit!as y en "Óltima instancia morales f re­
ligiosas, constituyen indicios''que tampóed cabe ecliar sin más en
el olvido. ' ' · . ·
Pero, pór endina de la· muy 'específica discusióli sobre Dig­
nitatis humanae -qué mé patete lícita y' aun necesaria' .. la luz
de la
exl\ortaci6n contenida 'en la Ér:élesia Dei de Juan Pablo II-,
queda abierto el debate sobre fa· «constituci6h católica de los Es­
tadé!s~ que,'si así ló préferirrios; es en el fo,;do el debate sobre
la invariante moral del ol'den político. Y esto en modo· alguno es
disi:utible desde el ángulo del pensamiento católico. Se ha tratado
de sepultar
el término. «confes~onálidad», y ciertat)lente qué al
variar la realidad . tiene que · adaptarse el prisma del magisterio
--el hechd no crea derecho, pero modifica la reálidad y.nos obli-
1100
Fundaci\363n Speiro

DER. PUBLICO CRISTIANO Y DER. PUBLICO EC,!,ESIAS!l_t;O
ga a considerar!<>-:; w:,ora. l¡ien, por enci¡na de ciert ciones
pe.rturbador~s, ]e¡, qqe hay detrás. del .térrwno es l!ll con­
junto. ele. •razones y _realic,la,les que ,pía a día se co!)lprueban jnso­
brepasables.
Al prescin~se cle las ,t<:m¡Íti,~ propias de lo que .hasta .me,
diad9s
ele este, siglo se llam6 .el :l)erecho. Púl,JicQ Cristiano,. se ha
disueltp . el Derecho, Póblico &lesi!ÍStico, convertido hoy en dis­
cipllna. tributru;ia. del Dere¡¡:ho Constitucional. Gue,tta Campos, en
el. texto antes
.. refei;idP, lo. ha. n9tado con, gl'an sutile¡,a: «Para
ll).Uc;:bos . es, \entador, ,sÍjllplificar corno si . tc¡do, ,se resolv~~se .. cqn
deCÍl' qµe la ,Iglesia nq,11ecesita apoyai;se en el po,der civil, ni .de~
hacerlo, y que le \;itst;a gozar de la .jibertad ¡;ow(m en µo,. Estado
demqcrático, P¡,rp ,la ,~l'Sti6n
p<;rrnanente·,,es otra .. Lo .<\el pooer
y la liberta.<\, ,qu~dan, .-wbsµrnido&, en ,.algo ;más. ,l'll ci6n de la Iglesia acerca de .Io.s del?etes del pixler civil y de los
ciudadanos.
La. cues~i1 no es s6lo có.mo ha de tratar el poder
a
la Iglesia, .respew,do .5µ libertad. en . fa. sociedad ciRil, sino c6mo
debe
.ejercer el Ro.de~, su propia misión en •el orden moral. y en
relaci6n
con la :vida .religiosa».
Por eso; sÍ,-,-<¡pmo decía el canqi1ista dé.Comillas, a que,antes
me referí-hace· veinticinco afios, cuandd surgi6 Dignitatis hu­
manae, urgía una .«clarificación definitivá», c;reo. · que Jejas. de
haberla logrado
c¡cizás, hayamos desandado· parte del camino. Y
problemas
tan trascendentales como las sectas, el pluralismo y
sus límites o
el papel político de lds cat6licos en las sociedades
democráticas claman por una auténtica clarificaci6n.
En algunos textos del cardenal Ratzinger y en diversos docu­
mentos de Juan Pablo
H encontran\os ·«pistas» importantes para
tal objeto. Cdncretamente, en los .números 46
y 47 de la propia
Centesimus annus vemos delinea no viene sino a
prolongar las instrucciones de Pío XI y Pío XII
-recuérdese de este. último el . Radiomensaje de l 944-en pro
de
Ul1lldemocracia san~. Par¡ qué' la .democracia seasana, para
que pu;,.¡,.. ser dendminacfu a~téntica, sehace necl'5~iá fa iubor­
dinaci6n dei orden pólíti~ ~ la ley moral'. Es decir, nos encon­
tramos dentro de las
fonru¡s ·de gobi,;:rno • más que de las formas
1101
Fundaci\363n Speiro

MIGUEL' A YUSO
de Estado, pues h, democracia .cómo ideología -'-como religión
incluso
segón la terminología de Maurras--- lleva incoado el to­
talitarismo:
«Hoy se tiende' a afirm.ru:'qt'ie•el agnosticismo '/ el
relativismo escéptico son la filosofía y h, actitud fundamental
correspondientes a las fortnas políticas democráticas',' y que cuan­
tos ·están convencidos de,'tonocer la verdad y se adhieren a ella
con firmeza no. son fiables desde el punto de vista detnocrático,
al no aceptar qúe la verdad' sea detertninada· por h, mayoría o
que sea
variable segón los diversos equilibríos políticos: A· este
propósito,
hay que observar' que, si no existe una verdad ,iltima,
la cual gufa la ácción política, enronces las ideíis y. las conviccio­
nes' humánas pueden ser instrutnentalizada& fácilmente para fines
de poder. Una •democracia sin.· valores se· ron vierte con , facilidad
en un totalitarismo visible'º encttbierto; 'como' demuestra h, his­
toria» ( Certtesimus anrtus, nú:tn. 46 ).
· Sin etnbitrgó; · se 'sigue ecl:iando en falta· una recapitulnción
sintética · y . nítida de la· -'-perinÍtaselile una' exptesión discutida'­
teologfa política &tóliéá, que signifique en nuestro tiempo lo que
en el suyo fue el hoy
inn0tnbrable Syllabus de Pío IX o las en­
cíclicas de León XIII. La clarificación en este terreno es, inclu­
so, necesaria respecto de ortos aspectos singulares o específicos,
¡,ues
ocupa una posición' .estructural respecto de éstos. Por eso
111e he permitido afrontarlo 'en eota comUniC'ación.
ENTRE LUTERO Y PELAGIO
POR
LUIS MARk SANDOVAL (•)
La tnera afirtnación de uria doctrina social de la Iglesfa cons­
tituye la
antítesis de'la doctrina de ah<>leí:tgo luterano dd hbre
.;.;amen.
Si cada cual puede inteq:iretar, según. su criterio -y su
(*) Escuela Española de EstticÍíos Polítkos · (EEEP). ·
1102
Fundaci\363n Speiro