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Número 297-298

Serie XXX

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Entre Lutero y Pelagio

MIGUEL' A YUSO
de Estado, pues h, democracia .cómo ideología -'-como religión
incluso
segón la terminología de Maurras--- lleva incoado el to­
talitarismo:
«Hoy se tiende' a afirm.ru:'qt'ie•el agnosticismo '/ el
relativismo escéptico son la filosofía y h, actitud fundamental
correspondientes a las fortnas políticas democráticas',' y que cuan­
tos ·están convencidos de,'tonocer la verdad y se adhieren a ella
con firmeza no. son fiables desde el punto de vista detnocrático,
al no aceptar qúe la verdad' sea detertninada· por h, mayoría o
que sea
variable segón los diversos equilibríos políticos: A· este
propósito,
hay que observar' que, si no existe una verdad ,iltima,
la cual gufa la ácción política, enronces las ideíis y. las conviccio­
nes' humánas pueden ser instrutnentalizada& fácilmente para fines
de poder. Una •democracia sin.· valores se· ron vierte con , facilidad
en un totalitarismo visible'º encttbierto; 'como' demuestra h, his­
toria» ( Certtesimus anrtus, nú:tn. 46 ).
· Sin etnbitrgó; · se 'sigue ecl:iando en falta· una recapitulnción
sintética · y . nítida de la· -'-perinÍtaselile una' exptesión discutida'­
teologfa política &tóliéá, que signifique en nuestro tiempo lo que
en el suyo fue el hoy
inn0tnbrable Syllabus de Pío IX o las en­
cíclicas de León XIII. La clarificación en este terreno es, inclu­
so, necesaria respecto de ortos aspectos singulares o específicos,
¡,ues
ocupa una posición' .estructural respecto de éstos. Por eso
111e he permitido afrontarlo 'en eota comUniC'ación.
ENTRE LUTERO Y PELAGIO
POR
LUIS MARk SANDOVAL (•)
La tnera afirtnación de uria doctrina social de la Iglesfa cons­
tituye la
antítesis de'la doctrina de ah<>leí:tgo luterano dd hbre
.;.;amen.
Si cada cual puede inteq:iretar, según. su criterio -y su
(*) Escuela Española de EstticÍíos Polítkos · (EEEP). ·
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ENTRE LUTERO-Y PELAGIO
gusto-, las Escrituras y los Mandamientos, reconocet o no a la
Iglesia
y los Sacramentos, ¿ cóÍno nci habrfa de atectar ese relati·
vismO a la enseñanza social que se deriva de la Revelación, impor·
tante, pero a la postre derivada y
setubdaria? ·
El libre examen tiene lose máximos efectos · disolventes sobre
toda la moral, incluida la faotal social, y la ""!'eriericia reciente lo
ha corroborado:
desde pretender dar el calificativo de cristianas a
las más pervetsas'ideologfas·contemporáneas, a negilr que existiera
W1a doctrina social cátólica específica.
Gracias a Dios, dichas tendencias han comenzado a remitir.
Existe
hoy una reafirmación de la doetrina social de la Iglesia por
parte
de las jerarquías (1 ), y un renovado interés por redescubfula
en su pureza én todos·los estamentos ·de la Iglesia.
Sin
embatgo, cabe preguntarse pcir' qúé, pese a la 'mayor'Ín"
sistencia de la ptedicación, las realidades, sociales · distan tanto ilé
la doctrina social, Induso en palsés dónde los católicos constitu·
yen aún el mayor bloque de población, la que el Papa ha bautizado
como «civilización
de la muerte», se artaiga y ,afirma. al mismo
tiempo que proliferan las advertencias y los
d&umenios edciíiiles.
Una de las
claves más importantes debe buscatse en la ailsen·
cía
de destinatarios naturales de la enseñanza social de la Igle.
sia: la desapatición de sociedades civiles confesionales.
Aunque los católicos
reciban la doctrina social del magisterio ;
aunque la acepten, acojan y acaten gozosamente; y aunque
lá pr;,.
fesen, esl:)ldien y conozcan a fondo; no pueden, por su propia na­
turaleza social, ponerla en

práctica aisladamente. Es claro que cada
cual puede y debe procurar
patii!r los male& sociales con su buena
conducta personal (y eso, si las leyes e instituciones dejan fogar a
ello), pero esa no
es la conclusión propia que pretende la doctrina
social: equivaldría
.a suplantar completamente la legislación social
por
las acciones benéficas.
La doetrina social; en cuanto se refiere a reconocer derechos,
a establecer leyes justas, o

a
erigir instituciones, tiene que ser'pues-
(1) Instrucciones de la Congregación para la Doctrina de la Fe Ubertatis
nuntius
Xl,12 y Libertatis conscientia § 72; encíclica Sollicitudo rei soci(JJ­
lis § 4(
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LUIS MARIA SANDOVAL
ta en práctica por socieda las sociedades .. Por .eso .. se., l¡a dirigido. y dirige expresamente a
ellas (2).
Las destinatarias
naturales de la doctrina social cat.ólica son
las
sociedades~ públicas y privacl~s,. toi;ifesionales. Ciertamente,
exist~ hoy en día, incluso entre católicos militantes, mucha confu­
sión acerca de este término, pero lo importante es reconocer en
él
¡d ,exacto co,p-cepto que querenios .traps!l)Í.tir, y. que está magní­
ficamente expuesto por el Pim>io León XIIIJJ).
El principi<> b~sico es . que «los .. hombres no e.stán menos suje­
tos, al poder· de ))ios qat1do viven. uuidos en sociedad que .cuan­
do, viv¡,n aislados» (4); .de ahí se sjg,ien las ¡,bligaci<>nes religiosas
de las sociedades y
los.resta~~: qar culto a Dios (5), favorecer la
vida
religiosa de sus miembros, fec¡>n.qcer a. Cristo y su Iglesia,
s.()llleter la legislación a la I;ey ·de Dios seg¡ínld propone la Iglesia,
e inspirar la acción
.. de gobierno.en el espíritu, evangélico (6 ) ..
(2) Recordetnos la «Carta de .los derechos de la familia (presentada por
la .. Santa, .Sede a __ todas -Jas_ persqnas, :ipstituciones_ y_ autorid,ades interesadas _ en
lá misióO: de la. familia_ ·en, el ~lUJ.d~ ·contemporáneo)», _de 22-X-1983, que
afirma ciue _ «está deStinada_ eri Primer 1ugar a los gobi~nos», o también .la
ri:J.ás reciente etldclica 'social, ,srJtlicitudo ·rei socialfi,: que poi su problemátiéa
mundial tiene Sus de8tinatarios:·1laturales :en :1as náclonés y sus· gobiernos, 'y
los
org_anismoS iQ.~onales_ .Sólo: a grandes sociedades públi~ se puede
plan_tear
Y, encomendar la resoluP.ón de cuestiones-de esa índole. Esto resulta
evidente
-~n algÜno de sus párr_~~' comO -el 43. ,
'(3) Eti e1:'cent_enado'-dé.-la R_erum nqvarUtlt, no' Se deb~.mUtiÍ.ar el al­
cance de la Doctrina Social die la Iglesia, -COmo si atañera sólo. a las relaciones
labontles -salariOS, sindicatbs-o~ también, á ·la institución familiar -ma­
trimonio, natalidad,. enseñ!UlZá-; cuando-abarca tpcla la vida social, inclu­
yendo.
,la ó;rbita .qu:e ordena y .regul~. esas. q~_ esfetas;, la .. de los grandes
princil)ios y 1a poÍítica del ·Estado. ])e León_ X~II son, i._gualmente, otras en­
clclicás -fundamentales pata
la Th:>ctnna Social, cotÍlo Diuf~Ynum illud; ·Liber­
tas o I nmortale Dei sobre el tema de los deberes religiosÓs de las sociedades~
Mal: se haría conmemorándo sblamente aquélla y· silenciando todas las demás
que. -la , acompañaban y constituyen. Su· eón texto.
(4) LEÓN XIII, !nmortale Dei, § 3.
{5-)_ «Es, _ por tanto, 9bligación grave de las_-autol'idades honrar el santo
nombre de·Dios», Ibidem.
( 6) Seguimos el rico y cond.so resumen que representa sobre el tema la
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ENT,,RJi ,LUTERO Y -~B!,AGIO
El que los est,¡dos y se><¡ied,ades reC en lo que consiste su confesioruµidad deseada por]? Iglesi~ (7).
Si se quiere p1Jede emplearse otr9 téi:min,11 y d.µ, p¡ro , septido a
esa palabra,
pero no se tral;a .de ace:ptar .o rech¡¡zar la i,a]abra «.con,
fesiimal»;. sino el co,;,.~epto así definido.
Pues bien,
precisamente sqbre este ~P se pla11tea otr error, más' solapado, ~rea de la doctrin11 socfal_ cat6lica, Para. mu­
chos cat6licos fieles
lo. que importaria de. fa doctrina social serían
sus,principios humanof!,,.sus «~etas»_, :m.ientra~·tque las:~rmanen:
tes apelaciQlleS a la oraci6n, la graja y la¡. caridad, 'que 11<) faltan
en ningún documento social, no serían sino cláusulas de estilo;
. El mismo plantearoit;nto de fondo, más mitiga90, se <;J1cuentra
entre q\lÍenes consideran. que debe eludirse el h~er uiw; la};,or social
explícitamente confesiÓnal, sea,en
la,polítiC? o,e¡¡Ja )1.1cha,contra
el abortd, con tal de que se a¡,UquenJos principios ctistianos en
nombre del orden
natµral, algp así ~o ~ J?J;O¡x,Ssito Í!Iterno de
proc¡¡rat una confesionalidad cristiana práctica, P<;ro sin c\ecirl9.
I)e¡¡graciadamente,
tales sugestivos y habilidosos propósitos lin­
dan
con el pelagianismo o el semipelagianismo. L;, lierejfapela¡gian~
( de estirpe occidental y~; en la antigüedad)' co,;,.sist,;. t;n cteer que
obrar el bien
es una cuesti6n de mc,ra volunt¡,d, ~ ... que el libre
albedrfo
no ha sido afectado por el pecado ,original. En .suma:
que el hombre
es capaz de salvarse .por sí,11,ismo sin necesidad de
la gracia sobrenatural.. .. . . , .
Pero, como hemos visto, el rulto público al Dios ,ve,,,dadero es
un componente esencial de los
deberes de la sociedad y ,sus auto,
ridades,
y el Vatican9 II enseña .que el poder civil no s6ld «deb,
recooocer Ja vida religiosa de los · c:iudadanos»,. sino .«favorecerla»
positivamente (8).
Oel mqdq propuesto.no se].ograrfa una confe-
. ' conferencia y folleto· de Mgt. GUER.llÁ" CAMPOS, Cotiferionalidad ·religiosa del
Estado, Hermalldad Nacionai ,Universitaria, Madrid,' 1973; .
· (7) Los fieles «han de procurar ,que todos los Estados ~ejen la con­
cepci6n cristiana, que hemos expuesto, de la vida pública», I nmortalé Dei,
§ 23. Tan es así, que para recordarnos sensible, solem.ene y reiteradamente
dicho deber es
por. Jo. que Pío XI. ~nstimyó )a: festividad ·anual. de -Cristo
Rey (vid. encíclica Quar primas, §§ 12 J 20). .
(8) Dignitatis humanae, _§ 3.
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sionalidad práctica aunque 'no fbnnal, sino sólo una ¡:,arte de ella,
de hecho,
y adémás frágil e inestable.
Porque obrar
el . bien, · evitar el mal y perseverár siempre en
esa actitud
sería posible al hombre por sf solo ... · eri:el estado de
naturaleza originaria o íntegra (9),
pero en el de natúraleza caída
en que 'nos encontramos es absolutamente precisa la gracia divi­
na, que no se
puede impetrar si no es invocando· explícitamente
el ·dníco nombre por el que podemos ser salvos ( 10 ). Y lo que se
predica del hombre individuaFse aplica idénticamente al hombre
en sociedad. Las sociedades han de invocar a Dios para' andar en
justicia,•·
Desde luego que la corifesionalidad social, para conjugarse con
la liberta'd'del ácto d~ fe, no debe·extenderse a la imposición de
preceptos
¡:,úrO!lrlente religiosos, sino·a aquellos'que son de orden
natural. Pero
ret:ordémos qúe los hombres entregados a su razón
tocada por el pecado, rara 'vez cóinciden en el reconocimiento de
la verdad,
y que entbnct:s lii apdaci6n al V erhéfencarnado no se
efectúa sino pára confirtriar sin lugar a drtdas la correcta, interpreta­
cióh de las normas 1mpresas por Dios Padre en la Creación.
Finallnente, ·bn· otros órdenes de la vida, es posible decir que
lo imporfáhte es vender el producto, aunque sea cambiando u omi­
tiendo su
mati:ai que ya sé deséubrirá en su momento: Pero ¿ aca­
so Cristo y su Reíiel,icióri eri una simplé etiqueta de la doctrln,i cris,
tiana? ¿ Qué es en ella más esencial que El?
Por todo
lo expuesto, la «doctrina tradiciohal católica acerca
del
deber moral de los hombres y de las sociedades para con la
verdadera religión y la única Iglesia d.e Cristo» no sólo forma par­
te de la doctrina social
de la Iglesia, y permanece «íntegra» ( 11 ),
sind que tiene un' papel fundamental en su conjunto: al manifestar
su vinculación al rnagisterio de la Iglesia evita la conflictividad y
la inoperancia final del relativismo; y al-invocar públicamente a
Dios
y su · gracia preserva sus empresas de la tentación munda­
nizadora.
(9) SANTO ToMÁS DE AQUINO, Suma Teológica, I-II, q. 109.
(10) Vid. Hechos de los Ap6stoles, 4, 12.
(11)
Concilio Vaticano 11, Dignitatis Humanae, § l.
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